ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, publicada el 29 de diciembre de 2023 |
Lunes 15 de Enero de 2024 |
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9/IEPS Aviso de cambio de representante legal y/o representante autorizado para recoger marbetes o precintos |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Cambia a tu representante legal y/o representante autorizado para recoger marbetes y precintos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas · Personas morales. |
Cuando lo requieras. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. En Mi Portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario. 4. Requisita el formulario conforme a lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción INS_BEB_ALCOHOLICAS; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Aviso de cambio de representante legal y/o representante autorizado; Descripción: Aviso de cambio de representante legal y/o representante autorizado para recoger marbetes y precintos. Para anexar la información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el archivo digitalizado (formato RE-1) que se menciona en el Apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. 6. Revisa tu caso dentro del plazo de 10 días posteriores a la presentación de su aviso para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud. 7. Ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 10 días posteriores a la presentación del trámite, con el número de folio para verificar la respuesta a tu aviso en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente: En Mi Portal, captura tu RFC e ingresa tu Contraseña; selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta; captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu aviso; si tu solicitud fue resuelta, obtendrás Acuse de respuesta imprímelo o guárdalo. 8. En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas del SAT, para recibir información adicional sobre la situación del trámite, previa cita generada en: · El Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo digitalizado que contenga: · Forma oficial RE-1 de Registro al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas que podrás obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/resultado-busqueda?locale=1462228413195&tipobusqueda=predictiva&words=Formato+RE-1+editable elige las opciones Normatividades / Formato RE 1 (editable), llénalo conforme se indica en la sección de instrucciones del propio formato, deberá estar firmado por el representante legal o contribuyente e impreso en dos tantos. · En caso de personas morales, manifestación escrita en hoja membretada, firmada por el representante legal, en la que bajo protesta de decir verdad se relacione el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas, representantes legales autorizados y representantes autorizados actuales de la empresa debidamente firmada, conforme a lo asentado en las actas protocolizadas ante Fedatario Público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar comprobante de la presentación de la relación de socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma o Contraseña. · En caso de representantes legales o personas físicas, estás deben ser mayores de 18 años. · Opinión de cumplimiento positiva de los socios, accionistas, representantes legales autorizados, representantes autorizados y del contribuyente. · El domicilio fiscal y el contribuyente, deben estar localizados. · Tener registrados en el RFC los establecimientos que se utilicen para fabricar, producir, envasar o almacenar bebidas alcohólicas, cuando sean distintos al domicilio fiscal. · No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, cuarto párrafo del CFF, con excepción de la fracción VI del referido artículo 69. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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· En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción. · Presencial en la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, previa cita, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· Si cumples con los requisitos se actualizan los datos del representante legal designado para recoger marbetes o precintos. · En caso contrario en el mencionado Acuse de respuesta se indica el motivo por el cual no procedió el trámite. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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10 días. |
10 días. |
10 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recepción. · Acuse de respuesta |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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· El representante autorizado para recoger marbetes o precintos debe ser el manifestado en la última forma oficial RE-1 presentada ante esta autoridad. · El representante legal que firma el formato RE-1, también está autorizado para recoger marbetes. · Para el llenado del formato RE-1 deberán incluirse los datos que correspondan al domicilio fiscal, así como el de los establecimientos en donde se fabrican, producen, envasan o almacenan bebidas alcohólicas, establecidas en los incisos a) al n) de la ficha 23/IEPS. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 19 de la LIEPS; 297 del CFPC; Regla 5.2.9. de la RMF. |
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10/IEPS (Se deroga) |
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11/IEPS Solicitud para la sustitución de marbetes físicos o precintos con defectos o la entrega de faltantes |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Solicita la reposición de marbetes o precintos entregados con defectos o la entrega de faltantes derivado de la ministración de marbetes y precintos por parte de la autoridad competente. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales que hayan recibido marbetes o precintos con defectos o en su caso que los reciban de manera incompleta. |
Dentro de los treinta días siguientes a aquel en el que se hayan recibido los marbetes y precintos. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/97657/solicitud-para-la-sustitucion-de-marbetes-o-precintos-con-defectos-o-la-entrega-de-faltantes |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña. 3. Oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet / Orientación fiscal / Solicitud; 4. Requisita el formulario conforme a lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES / CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Solicitud para la sustitución de marbetes o precintos con defectos o en su caso la entrega de faltantes; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo, de igual forma debes especificar el número de solicitud a la que corresponde su petición; si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar. 5. Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, verifica la respuesta ingresando en la liga: https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente: · En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión. · Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta · Captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud. · Si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación para lo cual, elige Cancelación del Servicio. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo digitalizado que contenga un escrito libre mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente: · Cuando se trate de marbetes o precintos entregados por parte de la autoridad con defectos, debes señalar en qué consisten, relaciona los números de folio de cada uno de ellos y, en su caso, cuando se trate de bobinas completas se deberán especificar los números de folios que comprenden estas. · Cuando se trate de marbetes o precintos faltantes, deberás señalar la cantidad y especificar los números de folio de cada uno de ellos. 2. Comprobante de entrega que ampara la ministración de marbetes y precintos emitidos por la autoridad. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con Contraseña. · Contar con buzón tributario activo. · Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. · Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes. · No encontrarse restringido en el uso del certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI. · No estar publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Puedes consultar el estatus de tu solicitud de marbetes y/o precintos en los siguientes medios: · Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action · Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Ingresa tu Número de Folio proporcionado. · MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes y precintos. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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En un plazo de 30 días verifica la respuesta de tu trámite conforme a lo siguiente: · En el supuesto de que tu solicitud de reposición de marbetes o precintos sea procedente la autoridad te notificará la resolución correspondiente a través de buzón tributario para lo cual debes considerar lo siguiente: Ø Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma y contraseña; selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descarga tu oficio de resolución de solicitudes de marbetes y/o precintos; acude al Almacén de Marbetes y Precintos en la CDMX o a la ADSC autorizada a recoger los marbetes · En caso de que tu solicitud de reposición sea negada consulta los motivos como se señala en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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30 días. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recepción. · Oficio de autorización. · Oficio de rechazo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· Cuando la solicitud sea presentada fuera del plazo de los 30 días posteriores a la recepción de los marbetes o precintos con presuntos defectos en la fabricación, no serán sustituidos y quedarán fuera de uso. · Deberás cancelar los marbetes con defectos o faltantes a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) y los precintos con defectos o en su caso faltantes a través del Portal del SAT en el aplicativo MULTI-IEPS en el apartado Anexo 6, en el rubro de TOTAL DE FOLIOS DESTRUIDOS E INUTILIZADOS DE PRECINTOS, de conformidad con la ficha 1/IEPS del presente Anexo. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 19, fracción V de la LIEPS; Reglas 5.2.7., 5.2.8., 5.2.10. y 5.3.1. de la RMF. |
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12/IEPS Aviso de robo, pérdida, deterioro o no utilización de marbetes físicos o electrónicos y precintos |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Avisa a la autoridad el robo, pérdida, deterioro o la no utilización de marbetes, marbetes electrónicos o precintos obtenidos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales que hayan adquirido marbetes, folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos o precintos que deban avisar a la autoridad que los mismos fueron robados, extraviados, deteriorados o no utilizados. |
· En el supuesto de robo o pérdida, dentro de los quince días posteriores a la presentación de la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público. · En el caso de los marbetes no utilizados o deteriorados, los debes destruir e informar a la autoridad, dentro de los quince días siguientes a la fecha que se presente el supuesto legal respectivo. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/69596/aviso-de-robo,-perdida,-deterioro-o-no-utilizacion-de-marbetes-o-precintos |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña y oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente: · En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Aviso de robo, perdida, deterioro o no utilización de marbetes y precintos; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo, de igual forma debes especificar el número de solicitud a la que corresponde el aviso; si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar. 2. El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema). 3. Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación y elige el botón Cancelación del Servicio. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo digitalizado que contenga un escrito libre mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente: · Los números de folio de cada uno de los marbetes, marbetes electrónicos o precintos, robados, extraviados, deteriorados o no utilizados, en el supuesto de que se traten de bobinas completas, debes especificar los números de folio que comprenden estas (únicamente cuando se trate de marbetes físicos). 2. Para el caso de robo o extravío de marbetes, marbetes electrónicos o precintos, debes adjuntar la documentación comprobatoria: Acta de robo o pérdida ante el ministerio público o acta ante Notario Público. 3. Los marbetes, marbetes electrónicos o precintos que hayan sido objeto de robo, pérdida por caso fortuito o fuerza mayor, o deterioro no serán sustituidos y quedarán fuera de uso, asimismo deberás cancelarlos en el supuesto de marbetes la cancelación deberás realizarla a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) y los precintos en MULTI-IEPS en el Portal del SAT. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Acuse de recibo. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 19, fracción V de la LIEPS; Regla 5.2.11. de la RMF. |
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13/IEPS Aviso del control de marbetes o precintos en la importación de bebidas alcohólicas |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Avisa a la autoridad que no utilizaste los marbetes o precintos de importación dentro del plazo de 120 días naturales posteriores a la fecha de entrega de los mismos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales que importen bebidas alcohólicas, que hayan solicitado marbetes y/o precintos en términos de las fichas de trámite 2/IEPS y 8/IEPS de este Anexo y que no los hayan utilizado en un plazo de 120 días naturales siguientes a la fecha de entrega. |
Dentro de los quince días naturales posteriores al vencimiento del plazo de ciento veinte días naturales posteriores a la fecha de entrega de los marbetes o precintos por parte de la autoridad. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/93937/aviso-del-control-de-marbetes-o-precintos-en-la-importacion-de-bebidas-alcoholicas |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña y oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente: · En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Aviso del control de marbetes o precintos de importación; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías, debes especificar el número de solicitud a la que corresponde el aviso; si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar, 2. El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema). 3. Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación eligiendo el botón Cancelación del Servicio). |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo digitalizado que contenga un escrito libre mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente: · Que destruyó los marbetes y/o precintos y el método utilizado para tal fin como por ejemplo incineración, trituración, entre otros, debiendo relacionar los números de folios de cada uno de los marbetes o precintos no utilizados y/o deteriorados, asimismo cuando se trate de bobinas completas se deberán especificar los números de folios que la comprenden. 2. Comprobante de entrega que ampara la ministración de marbetes y precintos emitidos por la autoridad. 3. Acuse de cancelación generado en el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT, cuando se trate de marbetes. 4. Para el caso de precintos deberás adjuntar el acuse de presentación del aplicativo MULTI-IEPS en el rubro de Precintos destruidos e inutilizados, de conformidad con la ficha 1/IEPS del presente Anexo. (es importante mencionar que la declaración se presenta de manera trimestral por lo tanto si al momento de la presentación de este aviso aún no cuentas con tú acuse, podrás adjuntarlo una vez que lo tengas, para ello deberás ingresar un nuevo caso de orientación como se establece en el apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?, debes relacionarlo con el número de caso de orientación presentado con anterioridad). |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Acuse de recibo. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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Los marbetes o precintos no utilizados, no podrán usarse en mercancía distinta para la cual fueron autorizados, y no serán objeto de reposición, asimismo deberás cancelar los marbetes a través del FEM y los precintos en MULTI-IEPS en el Portal del SAT. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 19, fracción V de la LIEPS; Reglas 5.1.7., y 5.2.12. de la RMF. |
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14/IEPS (Se deroga) |
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15/IEPS Aviso de terminación anticipada o vigencia del contrato |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este aviso para informar la terminación anticipada o de la vigencia del contrato o convenio en el que se establezca la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas para el cual se solicitaron con anterioridad los marbetes o precintos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los comercializadores que hayan finalizado el contrato o convenio celebrado con una persona física o moral, y que cuenten con marbetes o precintos en el amparo de dicho contrato o convenio. |
Dentro de los cinco días siguientes a aquel en el que se dé el supuesto. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/27859/aviso-de-terminacion-anticipada-o-vigencia-del-contrato. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña y oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente: · En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Aviso de terminación anticipada o vigencia del contrato; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el número de solicitud a la que corresponde el aviso; si deseas anexar información relacionada con el servicio, elige el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar. 2. El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema). 3. Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación eligiendo el botón Cancelación del Servicio). |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Comprobante de entrega de marbetes o precintos que no fueron utilizados y que se solicitaron con el contrato o convenio terminado y mediante el cual se acordó la fabricación, producción o envasamiento, de bebidas alcohólicas. 2. Archivo digitalizado que señale los números de folio de los marbetes o precintos adquiridos y no utilizados, asimismo deberá especificar el método de destrucción de los mismos. 3. Acuse de cancelación generado en el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT, cuando se trate de marbetes. 4. Para el caso de precintos deberás adjuntar el acuse de presentación del aplicativo MULTI-IEPS en el rubro de Precintos destruidos e inutilizados, de conformidad con la ficha de trámite 1/IEPS “Reporte trimestral de utilización de marbetes y/o precintos (Anexo 6 MULTI-IEPS)”, del presente Anexo (es importante mencionar que la declaración se presenta de manera trimestral por lo tanto si al momento de la presentación de este aviso aún no cuentas con tú acuse, podrás adjuntarlo una vez que lo tengas, para ello deberás ingresar un nuevo caso de orientación como se establece en el apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?, debes relacionarlo con el número de caso de orientación presentado con anterioridad). |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Acuse de recepción. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recepción. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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Los marbetes o precintos solicitados específicamente para un contrato o convenio con el que se acuerde el total o la parcial fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas no pueden ser utilizados o adheridos para productos distintos elaborados conforme a un contrato o convenido distinto, por lo anterior lo marbetes o precintos tendrán que destruirse, asimismo deberás cancelar los marbetes a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) y los precintos en MULTI-IEPS en el Portal del SAT. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 26 de la LIEPS; Reglas 1.6. y 5.3.2. de la RMF. |
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16/IEPS Informe anual del IEPS y consumo por Entidad Federativa (MULTI-IEPS Anexo 8) |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Proporciona la información respecto a los bienes que se produjeron, enajenaron o importaron en el año inmediato anterior, así como los servicios prestados por establecimiento en cada entidad federativa. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
A más tardar, el treinta y uno de marzo de cada año. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros): https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios · En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en: · En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT: Generación del archivo .dec: 1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar. 3. Captura los datos generales, así como los que se solicitan en el Anexo 8, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente: Envío de la declaración: 4. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 5. Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión. 6. Elige Examinar para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo. En forma presencial: 1. Acude a la oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En el Portal del SAT: 1. Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 8. En forma presencial: 1. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar: · Nombre, denominación o razón social de la empresa. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Clave en el RFC. · Domicilio para oír y recibir notificaciones. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. 2. Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 3. Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recibo. · Acuse de aceptación o rechazo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs, excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18 del CFF; 19, fracción VI de LIEPS; Regla 5.2.13. de la RMF. |
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17/IEPS Informe mensual del precio de enajenación de cada producto, del valor y del volumen de enajenación por marca y el precio al detallista base para el cálculo del impuesto de tabacos labrados (MULTI-IEPS Anexo 2) |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Los productores e importadores de tabacos labrados, informaran a las autoridades fiscales, el precio de enajenación de cada producto, el valor, volumen y el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, la cantidad total de cigarros enajenados. La información debe proporcionarse por cada una de las marcas que produzca o importe el contribuyente. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
· Mensual: A más tardar el día diecisiete de cada mes. · Bimestral: Tratándose de contribuyentes que tributen en el RIF a más tardar el día diecisiete del mes siguiente al bimestre que corresponda. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros): https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios · En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en: Ø En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
En el Portal del SAT: Generación del archivo .dec: 1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar. 3. Captura los datos generales, así como los que se solicitan en el Anexo 2, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente: Envío de la declaración: 4. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 5. Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión. 6. Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo. En forma presencial: 1. Acude a la oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
En el Portal del SAT: 1. Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 2. En forma presencial: 1. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar: · Nombre, denominación o razón social de la empresa. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Clave en el RFC. · Domicilio para oír y recibir notificaciones. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. 2. Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 3. Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recibo. · Acuse de aceptación o rechazo. |
Trimestral. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18 del CFF; 5-D, último párrafo, 19, fracción IX de LIEPS; Regla 5.2.16. de la RMF. |
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18/IEPS Informe del reporte trimestral de los registros de cada uno de los dispositivos que se utilicen para llevar el control físico del volumen fabricado, producido o envasado (MULTI-IEPS Anexo 9). |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Los fabricantes, productores o envasadores, que deban llevar un control físico del volumen fabricado, producido o envasado, según corresponda, deberán informar a las autoridades fiscales la lectura mensual de los registros de cada uno de los dispositivos que se utilicen para llevar el citado control. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
Trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros): https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios · En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en: Ø En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
||||||
|
En el Portal del SAT: Generación del archivo .dec: 1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar. 3. Captura los datos generales, así como los que se solicitan en el Anexo 9, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente: Envío de la declaración: 4. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 5. Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión. 6. Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo. En forma presencial: 1. Acude a la oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
En el Portal del SAT: 1. Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 9. En forma presencial: 1. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar: · Nombre, denominación o razón social de la empresa. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Clave en el RFC. · Domicilio para oír y recibir notificaciones. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. 2. Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 3. Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
· Acuse de recibo. · Acuse de aceptación o rechazo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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|
No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18 del CFF; 19, fracción X de LIEPS; Regla 5.2.17. de la RMF |
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19/IEPS Informe de los equipos de producción, destilación o envasamiento (MULTI-IEPS Anexo 3) |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Informar a las autoridades fiscales, las características de los equipos de producción, destilación, envasamiento y almacenaje de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y de bebidas alcohólicas, así como de los contenedores para el almacenaje. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
· Anual: En el mes de enero de cada año. · Por evento: Dentro de los quince días siguientes a que esto ocurra. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros): https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios · En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en: Ø En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT: Generación del archivo .dec: 1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar. 3. Captura los datos generales, así como los que se solicitan en el Anexo 3, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente: Envío de la declaración: 4. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 5. Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión. 6. Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo. En forma presencial: 1. Acude a la oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En el Portal del SAT: 1. Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 3. En forma presencial: 1. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar: · Nombre, denominación o razón social de la empresa. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Clave en el RFC. · Domicilio para oír y recibir notificaciones. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. 2. Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 3. Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
· Acuse de recibo. · Acuse de aceptación o rechazo. |
Anual o por evento. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18 CFF; 19, fracción XII, párrafos primero, tercero de LIEPS; Regla 5.2.18. de la RMF. |
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20/IEPS Reporte de inicio o término del proceso de producción, destilación o envasamiento (MULTI-IEPS Anexos 4 o 5) |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Reportar la fecha de inicio del proceso de producción, destilación o envasamiento, así como la fecha en que finalice el proceso de fabricación, producción y envasamiento, de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y bebidas alcohólicas. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
· Con 15 días de anticipación al inicio del proceso. · Dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que finalice el proceso. · Trimestral: En los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros): https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios · En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en: Ø En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT: Generación del archivo .dec: 1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar. 3. Captura los datos generales, así como los que se solicitan en los Anexos 4 y 5, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente: Envío de la declaración: 4. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 5. Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión. 6. Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo. En forma presencial: 1. Acude a la oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En el Portal del SAT: 1. Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y sus Anexos 4 y 5. En forma presencial: 1. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar: · Nombre, denominación o razón social de la empresa. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Clave en el RFC. · Domicilio para oír y recibir notificaciones. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. 2. Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 3. Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio? |
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Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio? |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recibo electrónico · Acuse de recibo del escrito libre |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18 CFF, 19, fracciones XII, segundo párrafo, XVI de LIEPS; Regla 5.2.19. de la RMF. |
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21/IEPS Aviso de adquisición, incorporación, modificación o enajenación de equipos (MULTI-IEPS Anexo 3) |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Avisar respecto de los equipos de destilación o envasamiento de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y de bebidas alcohólicas adquiridos o incorporados, modificados, enajenados o reparados. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
Dentro de los quince días siguientes a aquel en que ocurra el supuesto. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros): https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios · En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en: Ø En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
En el Portal del SAT: Generación del archivo .dec: 1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar. 3. Captura los datos generales, así como los que se solicitan en el Anexo 3, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente: Envío de la declaración: 4. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 5. Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión. 6. Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo. En forma presencial: 1. Acude a la oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En el Portal del SAT: 1. Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 3. En forma presencial: 1. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar: · Nombre, denominación o razón social de la empresa. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Clave en el RFC. · Domicilio para oír y recibir notificaciones. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. 2. Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 3. Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recibo. · Acuse de aceptación o rechazo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18 CFF; 19, fracción, XII tercer párrafo de LIEPS; Reglas 5.2.1. y 5.2.20. de la RMF. |
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22/IEPS Informe sobre el importe y volumen de compras y ventas (MULTI-IEPS Anexo 1). |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Informa la relación de las personas a las que en el trimestre anterior al que se declara, les hubieras trasladado el IEPS en forma expresa y por separado, así como la información sobre tus 50 principales clientes y proveedores del trimestre inmediato anterior, al de tu declaración y el precio de enajenación de cada producto, valor y volumen de los mismos, efectuado en el trimestre inmediato anterior. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
· Trimestral: Durante los meses de abril, julio, octubre y enero. · Semestral: Durante los meses de julio y enero. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros): https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios · En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en: Ø En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT: Generación del archivo .dec: 1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar. 3. Captura los datos generales, así como los que se solicitan en el Anexo 1, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente: Envío de la declaración: 4. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 5. Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión. 6. Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo. En forma presencial: 1. Acude a la oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En el Portal del SAT: 1. Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 1. En forma presencial: 1. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar: · Nombre, denominación o razón social de la empresa. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Clave en el RFC. · Domicilio para oír y recibir notificaciones. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. 2. Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 3. Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
· Acuse de recibo. · Acuse de aceptación o rechazo. |
Trimestral. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18 del CFF; 19, fracciones II, párrafos tercero, cuarto, quinto, VIII, primer párrafo, XIII de LIEPS; Reglas 5.2.15. y 5.2.21. de la RMF. |
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23/IEPS Solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Solicita tu inscripción en el padrón de contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
Cuando inicies actividades de fabricación, producción, envasamiento e importación de alcohol y de bebidas alcohólicas. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/59934/inscribete-al-padron-de-contribuyentes-de-bebidas-alcoholicas-en-el-rfc |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. En Mi Portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o Solicitud / Solicitud y aparecerá un formulario. 4. Requisita el formulario conforme a lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción INS_BEB_ALCOHOLICAS; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas; Descripción: Solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas. Para anexar la información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona los archivos digitalizados y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. 6. Revisa tu caso dentro del plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud. 7. Ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 45 días naturales posteriores a la presentación del trámite, con el número de folio, para verificar la respuesta a tu aviso, en: https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente: En “Mi Portal”, captura tu RFC e ingresa tu Contraseña; selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta; captura el número de folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu aviso; si tu solicitud fue resuelta, obtendrás el Acuse de respuesta imprímelo o guárdalo. 8. En caso de no contar con respuesta en el plazo señalado, ingresa un caso de aclaración a través del Portal del SAT, seleccionando en la pestaña del trámite la opción INS_BEB_ALCOHOLICAS para recibir por el mismo medio, información adicional sobre la situación del trámite. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En el Portal del SAT: Archivo digitalizado que contenga: 1. Forma oficial RE-1 Solicitud de Registro al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas, el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/resultado-busqueda?locale=1462228413195&tipobusqueda=predictiva&words=Formato+RE-1+editable Elige las opciones Normatividades / Formato RE 1 (editable), llénalo conforme se indica en la sección de instrucciones del propio formato, deberá estar firmado por el representante legal o contribuyente e impreso en dos tantos. 2. Fotografías a color, con medidas mínimas de 4 x 6 pulgadas, del domicilio fiscal y del lugar donde almacenan así como de la maquinaria o equipo que utilizará para los procesos de fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas por cada equipo utilizado durante los procesos, indicando el domicilio en el que se encuentran (Calle, número exterior, número interior, Colonia, Localidad, Municipio, Entidad Federativa, y Código Postal, así como la marca y número de serie de dicha maquinaria y equipo). Requisitos Específicos: Archivo digitalizado que contenga: 1. En caso de personas morales, manifestación escrita en hoja membretada, firmada por el representante legal en el que, bajo protesta de decir verdad, se relacione el nombre completo y clave en el RFC válida de los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante Fedatario Público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante de presentación de la relación de los socios, accionistas o asociados e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. 2. Los contribuyentes que desempeñen las actividades que se establecen dentro del Anexo I: Actividades sujetas a presentación de Aviso de Funcionamiento o que requieren Licencia Sanitaria, deberán presentar debidamente sellado el Aviso de Funcionamiento, de Responsable Sanitario y de Modificación o Baja, que acredite la notificación de funcionamiento de establecimientos de productos y servicios, expedido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). 3. Los comercializadores que realicen actividades económicas en el país de origen establecidas en los incisos m) al x) de esta ficha, deberán presentar el contrato o convenio con un tercero en el cual acuerden la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma o Contraseña vigente. · En caso de representantes legales o personas físicas, deben ser mayores de 18 años y estar inscritas y activas en el RFC. · Contar con buzón tributario activo. · El contribuyente, los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados cuenten con la Opinión de Cumplimiento en sentido positivo. · Los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados se encuentren activos en el RFC; en caso de que la información de los socios y accionistas no se encuentre actualizada en el RFC, antes de presentar este aviso, debes proporcionar su información en términos de la ficha de trámite 295/CFF “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquellas que tengan control, influencia significativa, poder de mando y representantes legales”. · La situación del domicilio fiscal y del contribuyente debe ser localizado. En caso de no estar localizado, ingresa un caso de aclaración selecciona la opción VERIFICACIÓN DE DOMICILIO, conforme al procedimiento señalado en la ficha de trámite 126/CFF “Solicitud de verificación de domicilio”. · No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT, en términos de los artículos 69 y 69-B, cuarto párrafo del CFF, con excepción de la fracción VI del referido artículo 69. · Estar inscrito y activo en el RFC, teniendo registradas por lo menos una de las siguientes actividades económicas: a) Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa. b) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva. c) Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. d) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. e) Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas. f) Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. g) Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña. h) Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. i) Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave. j) Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. k) Producción, fabricación o envasado de alcohol. l) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas destiladas. m) Comercio al por mayor de vinos de mesa. n) Comercio al por mayor de otras bebidas a base de uva. ñ) Comercio al por mayor de sidra y otras bebidas fermentadas. o) Comercio al por mayor de ron y otras bebidas destiladas de caña. p) Comercio al por mayor de bebidas destiladas de agave. q) Comercio al por mayor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte. r) Comercio al por menor de vinos de mesa. s) Comercio al por menor de otras bebidas a base de uva. t) Comercio al por menor de sidra y otras bebidas fermentadas. u) Comercio al por menor de ron y otras bebidas destiladas de caña. v) Comercio al por menor de bebidas destiladas de agave. w) Comercio al por menor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte. x) Venta de alcohol. · Para el caso de los comercializadores, la persona con la que se celebrará el contrato (el tercero) deberá estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC. · La autoridad validará, para efectos de los incisos del a) al l) de la presente ficha de trámite, la presentación del Anexo 3 de la “Declaración Informativa Múltiple del IEPS”, “MULTI-IEPS”. · Estar inscrito en el Padrón de Importadores en el caso de que se importe alcohol y bebidas alcohólicas y se realicen actividades económicas establecidas en los incisos m) al x) de la presente ficha de trámite. · Tener registrados y en estatus de abierto los establecimientos que se utilicen para fabricar, producir, envasar o almacenar bebidas alcohólicas indicadas en los incisos a) al n) de la presente ficha de trámite, cuando sean distintos al domicilio fiscal. · Para el caso de personas físicas, estas deben realizar actividades empresariales y profesionales, o estar inscrita en el Régimen Simplificado de Confianza. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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· En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción. · Ingresando un caso de aclaración a través del Portal del SAT, señalando el número de folio correspondiente a la solicitud. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· La autoridad validará tu información, si es procedente la solicitud se realiza la inscripción en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas y recibes Acuse de respuesta. · En caso contrario en el mencionado Acuse de respuesta se indica el motivo por el cual no procedió la solicitud. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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45 días naturales. |
10 días. |
10 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Concluido el trámite recibirás el acuse de respuesta. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· En el caso de que proceda la inscripción al padrón, se asignará al contribuyente un número de identificación dentro del Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, así como en las declaraciones informativas que lo soliciten. · El cumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, no exime del cumplimiento de las demás obligaciones que establezcan las disposiciones fiscales. · El representante legal que firma el formato RE-1, también está autorizado para recoger marbetes. · Cuando se incurra en alguna de las causales previstas en la regla 5.2.23. de la RMF, y no se cumpla con los requisitos establecidos en la ficha 56/IEPS, “solicitud de aclaración para desvirtuar las causales previo a la baja en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC”, se procederá a la baja en el PCBA, la notificación correspondiente se hará a través de buzón tributario. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 27, 32-D, 69, 69-B, cuarto párrafo del CFF; 19 de la LIEPS; Reglas 2.1.36., 5.2.5., 5.2.9., 5.2.23., 5.3.1. y 5.3.2. de la RMF. |
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24/IEPS (Se deroga) |
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25/IEPS Informe trimestral de litros producidos de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de más de 20º GL (MULTI-IEPS Anexos 4 o 5) |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Informa el número de litros producidos del trimestre inmediato anterior. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
Trimestral: Durante los meses de abril, julio, octubre y enero. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT (Cuando tengas hasta 40,000 registros): https://www.sat.gob.mx/declaracion/58191/declaracion-informativa-multiple-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios · En la oficina del SAT (Cuando excedas de 40,000 registros), previa cita generada en: Ø En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT: Generación del archivo .dec: 1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Ingresa al apartado Contendidos Relacionados y oprime Descarga el Multi-IEPS; elige la opción Abrir o Guardar y selecciona IEPS_2019.exe, cuando concluya la instalación selecciona finalizar. 3. Captura los datos generales, así como los que se solicitan en los Anexos 4 y 5, conforme a la guía de llenado que se proporciona en las pantallas del sistema. Valida la información y si es correcta elige la opción Genera Paquete de Envío, se generará el archivo .dec que enviarás conforme a lo siguiente: Envío de la declaración: 4. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 5. Registra RFC y Contraseña o e.firma y elige Iniciar Sesión. 6. Selecciona Examinar o Elegir Archivo para seleccionar la ruta donde se encuentra guardado el archivo .dec que generaste, selecciona las opciones Abrir y Enviar, guarda o imprime tu acuse de recibo. En forma presencial: 1. Acude a la oficina del SAT como se indica en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En el Portal del SAT: 1. Archivo .dec generado mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y sus Anexos 4 y 5. En forma presencial: 2. Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que debes señalar: · Nombre, denominación o razón social de la empresa. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Clave en el RFC. · Domicilio para oír y recibir notificaciones. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. 3. Identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 4. Unidad de memoria extraíble o disco compacto que contenga el archivo .dec para lo cual deberás seguir los pasos mencionados en el punto Generación del archivo .dec del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma o Contraseña cuando se realiza en el Portal del SAT. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Se realizarán las validaciones pertinentes y se emitirá el Acuse de aceptación o rechazo, según corresponda. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recibo. · Acuse de aceptación o rechazo. |
Trimestral. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18 del CFF; 5-D, último párrafo, 19, fracción XVI de la LIEPS; Regla 5.2.26. de la RMF. |
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26/IEPS (Se deroga) |
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27/IEPS (Se deroga) |
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28/IEPS (Se deroga) |
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29/IEPS Aviso por fallas en los sistemas de cómputo. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el aviso por fallas en los sistemas de cómputo. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas morales que en forma habitual realizan juegos con apuestas y sorteos que presenten fallas en sus sistemas de cómputo, ya sea directamente o a través del PSA con quien hayan contratado. |
Dentro de los dos días siguientes a aquel en que suceda la falla en los sistemas de cómputo no imputables al contribuyente. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En forma presencial: En la oficina del SAT más cercana a tu domicilio, que podrás encontrar al ingresar en la siguiente liga: https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: Ø Para personas físicas: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20777/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales · Para personas morales: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20430/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales-para-tu-empresa |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En forma presencial: 1. Acude a las Oficinas del SAT. 2. Lleva contigo escrito libre acompañado con la evidencia de la falla (archivo electrónico) presentada para la transmisión del reporte mensual de operaciones. 3. Entrega tu escrito con la evidencia al personal que atenderá el trámite. 4. Recibe y conserva un tanto del escrito libre con sello de la autoridad como “Acuse de recepción”. En el Portal del SAT: 1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra tu RFC, Contraseña, Captcha, o selecciona e.firma y elige Enviar. 3. Selecciona Otros trámites y servicios, en el apartado Avisos ubica el aviso que deseas presentar, y elige INICIAR. 4. Verifica que tus datos sean correctos y en Adjuntar archivo, elige Examinar, selecciona el documento que acompañarás a tu promoción, y oprime Abrir. En seguida visualizarás la opción Adjuntar, una vez adjunta toda la documentación, oprime Enviar. 5. En Firmar promoción firmarás tu solicitud con tu e.firma. 6. En seguida el sistema te va a generar en formato .pdf: Acuse de recepción de promoción. 7. Para salir de tu buzón tributario, elegirás la opción Cerrar sesión. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En forma presencial: Lleva contigo escrito libre en dos tantos (conteniendo los datos de identificación del contribuyente que reporta la inconsistencia) acompañado con la evidencia de la falla (archivo electrónico) presentada para la transmisión del reporte mensual de operaciones. En el Portal del SAT: Envía archivo digitalizado en formato .pdf que contenga el informe detallado que provocó la falla en los sistemas de cómputo, así como los archivos electrónicos de la evidencia que acredite la falla manifestada. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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1. Contar con e.firma. 2. Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Corrección en el Sistema de Juegos con Apuestas y Sorteos, de la falla reportada, para que el PSA trasmita su reporte mensual. A través del correo electrónico juegosysorteos@sat.gob.mx se informará de la solución de la falla. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Al momento de realizar tu trámite obtendrás un Acuse de Recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponible en el buzón tributario, deberá presentarse mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal ante una oficina del SAT. La documentación e información señalada en requisitos, deberá digitalizarse en formato PDF, sin que cada archivo exceda los 3 MB, si el peso del archivo es mayor, debe ajustarlo dividiéndolo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas y adjuntarlos, en cualquiera de los diversos campos de la solicitud electrónica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 2, 20 de la LIEPS; Reglas 5.2.34., 5.2.36., 5.2.37., Anexo 17, Apartado D de la RMF. |
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30/IEPS Aviso de asignación de claves para producir e importar nuevas marcas de tabacos labrados. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el aviso de asignación de claves para producir e importar nuevas marcas de tabacos labrados. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas o morales, productores e importadores de tabacos labrados. |
Con quince días de anticipación, a la primera enajenación al público en general de las nuevas marcas de tabacos labrados. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/23934/solicita-asignacion-de-clave-para-producir-e-importar-nuevas-marcas-de-tabacos-labrados |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 2. Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar. 3. Llena el formulario Avisos AGJ; revisa que tus datos en Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio; en Aviso que presenta selecciona Aviso para la asignación de marca de tabacos labrados; en Manifiestos captura los manifiestos según corresponda; selecciona el botón Adjuntar archivos / Examinar, selecciona el archivo electrónico con el aviso para informar las nuevas claves de marca de tabacos; oprime Enviar, si lo deseas puedes guardar o imprimir tu acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Archivo digitalizado con aviso para informar las nuevas claves de marcas de tabacos, las cuales, deberán de contener la descripción y características del producto en cuestión. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma y Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
A través de buzón tributario, se emitirá oficio de respuesta. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Oficio de respuesta, a través de buzón tributario. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
1 mes. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· La asignación de las nuevas claves, deberá realizarse de conformidad con el Apartado “Claves de marcas de tabacos labrados” del Rubro B. “Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados” del Anexo 11 de la RMF. · Presentada la solicitud, la(s) nueva(s) clave(s) de marca se dará(n) de alta en el Catálogo de Claves de marcas de tabacos labrados, contenido en el programa electrónico MULTI-IEPS. · La(s) nueva(s) clave(s) de marca, será(n) incorporada(s) en la modificación al Anexo 11 de la RMF. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 19 de la LIEPS; Regla 5.2.28. de la RMF; Anexo 11 de la RMF, Rubro B. |
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31/IEPS Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como Proveedor de Servicio Autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Renueva por el siguiente ejercicio fiscal tu autorización como PSA, y exhibe la garantía por el periodo por el que se renovará la autorización. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los Proveedores de Servicio Autorizado (PSA). |
Cada año, en el mes de octubre. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/78258/renueva-tu-autorizacion-para-continuar-fungiendo-como-proveedor-de-servicio-autorizado-(psa) |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 2. Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar. 3. Llena el formulario Aviso del proveedor de servicio autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos; revisa que tus datos en Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio por el que renuevas tu autorización; en Manifiesto selecciona el cuadro que menciona Bajo protesta de decir verdad que la información que se proporciona es cierta; en Información selecciona Enviar; en el apartado Adjuntar archivo elige seleccionar archivo, selecciona la Documentación Relacionada y Adjuntar, selecciona el documento que acompañará tu promoción, oprime las opciones Abrir y Adjuntar, y Aparecerá el Nombre del archivo en la parte inferior del apartado, mismo que podrás eliminar en caso de ser necesario, seleccionando X y aparecerá el siguiente mensaje: El documento se eliminó correctamente y elige Aceptar; en Información selecciona Enviar; en seguida el sistema te va a generar en formato PDF: Acuse de recepción de promoción, el cual incluye el Número de Asunto con el que fue recibido. · En caso de no desees enviar el Aviso, selecciona Cancelar. · Si deseas imprimir tu acuse nuevamente, elige la opción Reimpresión de acuse. 4. Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Archivo digitalizado que contenga: 1. Manifestación bajo protesta de decir verdad: · Que continúas reuniendo y cumpliendo en todo momento por el ejercicio en que se renueve tu autorización, con los requisitos y obligaciones establecidos en la regla 5.2.37. de la RMF, así como en el Anexo 17 de dicha Resolución, apartados C y I que cuentan con la certificación emitida por el Órgano Certificador autorizado por el SAT. · Garantía (fianza) en formato XML, la digitalización de su representación impresa y el CFDI, comprobante de pago y en su caso, el complemento de pago que amparen el pago total de la prima por el periodo por el que se pretende renovar la autorización; tratándose de Carta de crédito se deberá enviar esta en archivo .pdf, dicha garantía deberá ser expedida a favor de la TESOFE y deberá contener el siguiente texto: “Para garantizar por (nombre del PSA), con domicilio en (domicilio fiscal), y Registro Federal de Contribuyentes (clave asignada en el RFC del PSA), el pago de cualquier daño o perjuicio que por impericia o incumplimiento de la normatividad establecida en la RMF, sus anexos y la que se dé a conocer a través del Portal del SAT que regule la función del PSA, se ocasione al fisco federal o a un tercero. Lo anterior de conformidad con las reglas 5.2.36. y 5.2.37. de la RMF, así como del Anexo 17 de dicha Resolución apartados C y I.” Garantizando hasta por un monto de $5’000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.), con vigencia del (inicio del periodo de renovación) al 31 de diciembre de ____)”. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma. · Contar con Contraseña. · Contar con buzón tributario activo. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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· Para el Aviso: Trámite inmediato. · Para la garantía: a través de buzón tributario, solo cuando no cumplas con la totalidad de los requisitos, se te emitirá el requerimiento correspondiente. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· Para el Aviso: Trámite inmediato, ya que únicamente obtienes tu acuse de recibo. · Para la garantía: · Si presentaste correctamente toda la documentación, la información como PSA seguirá publicada en el Portal del SAT. · En el caso de que la garantía se presente de manera incompleta, se te emitirá requerimiento, a través del cual, se te solicitará que subsanes la inconsistencia, el cual, será notificado a través de buzón tributario. · En caso de no haberla subsanado en los términos y plazo indicados en el requerimiento, se te notificará el oficio de no renovación de la autorización, el cual se te notificará a través de buzón tributario. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Para el Aviso y garantía: · Acuse de recibo. |
1 año. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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La documentación e información señalada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, deberás digitalizar en formato PDF, sin que cada archivo exceda los 4 MB, si el peso del archivo es mayor, debe ajustarlo dividiéndolo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas y adjuntarlos en cualquiera de los diversos campos de la solicitud electrónica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 18, 18-A del CFF; 20, fracción II de la LIEPS; Reglas 5.2.36. y 5.2.37. de la RMF. |
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32/IEPS (Se deroga) |
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33/IEPS (Se deroga) |
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34/IEPS (Se deroga) |
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35/IEPS (Se deroga) |
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36/IEPS Solicitud de Códigos de Seguridad para impresión |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este trámite para solicitar códigos de seguridad para imprimir en las cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados para su venta en México. |
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Costo: variable |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las personas morales, productores, fabricantes e importadores de cigarros u otros tabacos labrados que deseen solicitar códigos de seguridad. |
Cuando los requieras. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/87578/solicitud-de-codigos-de-seguridad-para-su-impresion-en-cajetillas-de-cigarros. · Conexión con entidades externas o terceros de conformidad con el Anexo 26 “Códigos de Seguridad en cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, para la Industria Tabacalera a través de servicios” de la RMF. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona el botón INICIAR. 3. Captura tu e.firma y elige el botón Enviar. 4. Selecciona las opciones Solicitud de códigos / Solicitar código. 5. Requisita el formulario, que deberás llenar conforme a lo siguiente: En RFC Contribuyente: Selecciona tu RFC; en Razón social: Elige el nombre o denominación de la empresa; en RFC proveedor: Selecciona de la lista desplegable el nombre del proveedor autorizado por el SAT; en Razón social Proveedor: Este campo se mostrará de manera automática; en Tipo de contribuyente: Selecciona si eres FABRICANTE, IMPORTADOR o AMBOS; en Cantidad de códigos: Captura la cantidad de códigos que vas a solicitar; en Origen: Elige el país de origen de la fabricación o importación de las cajetillas de cigarros y otros tabacos labrados; en el Importe correspondiente aparecerá de forma automática el monto que debes pagar. En el apartado Pago de derechos DPA´S captura lo siguiente: · Llave de pago: Código alfanumérico detallado en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? de esta ficha (Debes capturar la llave de pago respetando números y mayúsculas, podrás agregar más de una llave de pago con su importe correspondiente para completar la cantidad requerida, las llaves de pago que utilices en una solicitud, no podrás utilizarlas en otra). · Cantidad pagada: Importe correspondiente a la llave de pago (Los pagos se validarán automáticamente, si todo está correcto la página de códigos de seguridad te permitirá continuar o bien, si no se puede validar en ese momento y la llave es válida el sistema mostrará el siguiente mensaje: El pago no se ha reflejado en los sistemas del SAT, el pago se validará automáticamente más tarde). · Fecha de pago: Selecciona el icono del calendario la fecha en que se realizó el pago. Selecciona el botón Agregar Pago, los datos capturados en la parte superior se reflejarán en la tabla inferior 6. Elige el botón Solicitar y Captura tu e.firma. 7. Oprime la opción Imprimir acuse que contiene el número de folio con el que podrás dar seguimiento a tu solicitud. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Encontrarte registrado en términos de la ficha de trámite 43/IEPS “Solicitud que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT, de incorporación para la obtención de Códigos de Seguridad”, del presente Anexo. 2. Haber realizado el pago de DPA´s para contar con la llave de pago (código alfanumérico a diez posiciones) la cual se visualiza en el recibo bancario correspondiente. 3. Que la autoridad competente no hubiese notificado que has hecho un uso incorrecto de los códigos de seguridad, entendiéndose por uso incorrecto, entre otros, el haber cometido alguna de las infracciones a que se refiere el artículo 86-G del CFF, y que a la fecha de tu solicitud no hayas resuelto tu situación jurídica, y/o que exista carpeta de investigación por alguno de los delitos establecidos en el artículo 113, fracciones I y III del citado Código, o de los contenidos en los artículos 108 y 109 del propio ordenamiento o no hayas incurrido en alguno de los supuestos señalados en el artículo 110 del CFF a la fecha de su solicitud. 4. Proporcionar la información relacionada a la impresión de códigos de seguridad autorizados con anterioridad, a la que se refiere el artículo 19 fracción XXII, incisos c) y d) de la LIEPS. 5. Que la autoridad competente, no notifique al SAT, el incumplimiento de las medidas sanitarias en materia de cigarros y tabacos labrados que al efecto establezcan las disposiciones jurídicas respectivas. 6. Que hayas presentado la declaración informativa a que se refiere el artículo 19, fracciones IV y IX de la LIEPS. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma y Contraseña. · Contar con buzón tributario activo. · Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. · Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes. · No encontrarse restringido en el uso del certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI. · No estar publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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· Ingresando al siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/tramites/87578/solicitud-de-codigos-de-seguridad-para-su-impresion-en-cajetillas-de-cigarros. · Oprime el botón INICIAR; Captura tu e.firma y elige el botón Enviar; ingresa y selecciona Mis Solicitudes; verifica el estatus de tú solicitud. · Ingresa a la liga: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action · Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión Ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Solicitud y aparecerá un formulario. · Requisita el formulario conforme a lo que a continuación se describe: En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Estatus de solicitud; Descripción: Se solicita estatus de solicitud de códigos de seguridad (es importante especificar el número y fecha de la misma); Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu consulta, imprímelo o guárdalo. · Vía telefónica en MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· De igual forma, la autoridad te notificará por buzón tributario el oficio de resolución de tú solicitud conforme a lo siguiente: Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma y contraseña; selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descarga tu oficio de resolución de solicitudes de códigos de seguridad. · En el supuesto de que tu solicitud sea resuelta de manera positiva, descarga los códigos de seguridad como a continuación se te indica: Ø Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, selecciona el botón INICIAR; captura tu e.firma y elige el botón Enviar; selecciona la pestaña Descargar Códigos; elige de la lista desplegable el RFC del contribuyente; captura el folio de tu solicitud y oprime el botón Buscar; el sistema te mostrará los resultados de búsqueda en la tabla inferior; de dicha tabla verifica que el estatus de tu solicitud haya cambiado de AUTORIZADA a GENERADA; descarga el archivo TXT que contiene los códigos de seguridad; captura tu e.firma y contraseña; abre el archivo y verifica los folios asignados. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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15 días. |
15 días. |
15 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Oficio de resolución de solicitudes de códigos de seguridad (autorización o rechazo). |
Indefinida.
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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· La autoridad podrá rechazar tu solicitud de códigos de seguridad en el supuesto de incumplimiento en algunos de los requisitos y condiciones establecidos. · En un plazo de 15 días contados a partir del día siguiente del registro de tu solicitud, la autoridad podrá requerirte información adicional para constatar el uso correcto de códigos de seguridad autorizados con anterioridad. · Los códigos de seguridad tienen una vigencia 120 días naturales contados a partir de la fecha en que fueron autorizados, los códigos que no utilizaste dentro de este plazo quedarán fuera de uso y no serán objeto de reposición, asimismo los debes reportar en el Portal del SAT como desperdicio. · Para que los productores, fabricantes e importadores de cigarros u otros tabacos labrados con excepción a puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, puedan obtener códigos de seguridad, es indispensable que sus claves de marcas registradas y publicadas en el Apartado B Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados del Anexo 11 de la RMF se encuentren vigentes. El costo del código de seguridad establecido en el artículo 53-I de la LFD, se actualizará de acuerdo a lo señalado en el Anexo 19 de la RMF. · Las solicitudes de códigos de seguridad se deberán realizar en múltiplos de 10,000 y únicamente se podrán requerir máximo 25,000,000 códigos por solicitud. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 69-B cuarto párrafo, 86-G, 108, 109, 110, 113, fracciones I y III del CFF; 19 fracción, XXII de la LIEPS; 53-I de la LFD; Reglas 2.1.36., 5.2.29., 5.2.30., y 5.2.32. y Anexo 19 de la RMF. |
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37/IEPS (Se deroga) |
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38/IEPS (Se deroga) |
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39/IEPS (Se deroga) |
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40/IEPS (Se deroga) |
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41/IEPS Aviso de exportación definitiva de bienes a que se refiere la fracción I, inciso J) del artículo 2 de la Ley del IEPS. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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A través de este trámite podrás presentar el aviso de exportación definitiva de alimentos no básicos con alta densidad calórica. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los comercializadores que sean partes relacionadas de fabricantes o productores de alimentos no básicos con alta densidad calórica. |
Dentro de los 15 días anteriores a que se lleve a cabo la exportación definitiva de los bienes. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. En Mi Portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario. 4. Requisita el formulario conforme a lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite elige conforme a tu solicitud; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Aviso de exportación definitiva de alimentos no básicos; Descripción: Se presenta el aviso de exportación definitiva de alimentos no básicos con alta densidad calórica. Para anexar la información relacionada con el servicio, oprime Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el archivo con las características que se indican en el apartado de Información adicional y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio de tu aviso, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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· Archivo digitalizado con la manifestación, bajo protesta de decir verdad que es parte relacionada de los fabricantes o productores, de los cuales realiza la exportación de los bienes. · Documentos que acrediten que más del 80% de sus acciones con derecho a voto son propiedad del fabricante o productor. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Una vez que envías la información, obtendrás tu acuse de recibo. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 2, fracción III Ley del IEPS; Regla 5.1.10. de la RMF. |
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42/IEPS Aviso de suscripción, modificación o revocación de contrato de prestación de servicios que celebren los PSA con Operadores y/o Permisionarios. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el aviso de suscripción, modificación o revocación de contrato de prestación de servicios que celebren los Proveedores de Servicio Autorizado (PSA) con Operadores y/o Permisionarios en materia de Juegos con Apuestas y Sorteos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los Proveedores de Servicio Autorizado (PSA) que celebren contrato, modifiquen o revoquen el mismo, con Operadores y/o Permisionarios de Juegos con Apuestas y Sorteos. |
Dentro de los quince días siguientes a aquel en que se llevó a cabo la celebración, modificación o revocación del contrato de prestación de servicios con el Operador y/o Permisionario. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: · Para personas físicas: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20777/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales · Para personas morales: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20430/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales-para-tu-empresa |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra tú RFC, Contraseña, Captcha, o selecciona e.firma y elige Enviar. 3. Selecciona Otros trámites y servicios, en el apartado Avisos ubica el aviso que deseas presentar, y elige INICIAR. 4. Verifica que tus datos sean correctos y en Adjuntar archivo, elige Examinar, selecciona el documento que acompañarás a tu promoción, y oprime Abrir. En seguida visualizarás la opción Adjuntar, una vez adjunta toda la documentación oprime Enviar. 5. En Firmar promoción firmarás tu solicitud con tu e.firma. 6. En seguida el sistema te va a generar en formato .pdf: Acuse de recepción de promoción. 7. Para salir de tu buzón tributario, elegirás la opción Cerrar sesión. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Envía archivos digitalizado en formato .pdf, con la siguiente información y documentación: 1. Manifestación bajo protesta de decir verdad que la información que proporciona es cierta. 2. Contrato celebrado, revocado o modificado con Operadores y/o Permisionarios de Juegos con Apuestas y Sorteos. 3. Si la documentación adjunta se encuentra ilegible o incompleta, el SAT lo hará del conocimiento a través de buzón tributario. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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1. Contar con e.firma. 2. Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Tramite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Actualización en el Sistema de Juegos con Apuestas y Sorteos del vínculo existente del PSA con el Operador y/o Permisionario de Juegos con Apuestas y Sorteos. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Al momento de realizar tu trámite obtendrás un Acuse de Recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 2, 20, fracción II Ley del IEPS; Reglas 5.2.36. y 5.2.37; Anexo 17, Apartado J, de la RMF. |
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43/IEPS Solicitud que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT, de incorporación para la obtención de códigos de seguridad. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Este trámite te permite solicitar la autorización para incorporarte y posteriormente puedas solicitar códigos de seguridad para imprimir en las cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano que se comercialicen en México. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los contribuyentes que efectúen la producción, fabricación e importación de cigarros u otros tabacos labrados a excepción de los hechos enteramente a mano para su venta en México. |
Cuando desees obtener Códigos de Seguridad por primera vez. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://www.sat.gob.mx/tramites/26367/aviso-que-deberan-presentar-los-productores,-fabricantes-e-importadores-de-cigarros-y-otros-tabacos-labrados-en-el-portal-del-sat-para-poder-ingresar-solicitudes-de-codigos-de-seguridad |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña y oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente: · En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Aviso que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT para poder ingresar solicitudes de códigos de seguridad; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo, para anexar los documentos relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar. 2. El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema). 3. Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación, elige el botón Cancelación del Servicio). |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Ser persona moral con residencia en México que tribute conforme al Título II de la Ley del ISR o, si eres residente en el extranjero, cuentes con establecimiento permanente en el país. 2. Acreditar que tu objeto principal es la producción, fabricación o importación de cigarros y otros tabacos labrados. (Adjuntar Acta Constitutiva). 3. Escrito libre digitalizado en formato PDF en el cual manifiestes bajo protesta de decir verdad la siguiente información: · Denominación o Razón social y RFC de la persona moral. · Nombre y RFC del o los representantes (s) legal (es), (adjuntar instrumento notarial que acredite la personalidad e identificación oficial para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo). · Domicilio fiscal o en caso de ser una persona moral con residencia en el extranjero, el domicilio del establecimiento permanente en México. · El tipo de usuario, es decir, productor y/o fabricante e importador o ambos. · Correo electrónico y número telefónico de la persona moral y del o los representantes(s) legal(es). · El nombre de las máquinas y/o identificador de las mismas. Clave (identificador único de la planta) y su ubicación (país, entidad, ciudad) que utilizan para la producción o fabricación de cigarros u otros tabacos labrados. 4. Contar con el registro correspondiente en el Apartado B Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados del Anexo 11 de la RMF. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma y Contraseña. · Contar con buzón tributario activo. · Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. · Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes. · No encontrarse restringido en el uso del certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI. · Tener registrados en el RFC los establecimientos que se utilicen para producir, fabricar los cigarros y otros tabacos labrados. · Estar inscrito y activo en el RFC, teniendo registradas por lo menos una de las siguientes actividades económicas: · Comercio al por mayor de cigarros, puros y tabaco. · Elaboración, fabricación y producción de cigarros. · Elaboración fabricación y producción de puros y otros tabacos labrados. · Comercio al por menor de cigarros, puros y tabaco. · No estar publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Puedes consultar el estatus de tu solicitud de marbetes y/o precintos en los siguientes medios: · Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action · Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; Ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta (Consulte el estatus o respuesta a su solicitud de orientación fiscal); posteriormente registra en el campo Número de Folio el folio que el sistema te generó al momento del registro de tu trámite y oprime el botón Buscar; verifica tu respuesta. · MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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En un plazo de 10 días verifica la resolución de trámite como se señala en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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10 días. |
10 días. |
10 días contados a partir del día siguiente de la notificación del requerimiento. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recepción. · Oficio de resolución (autorización o rechazo). |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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El aviso no tiene vigencia, sin embargo, en el supuesto de que exista alguna modificación en la información presentada, deberás ingresar nuevamente el aviso. La autoridad en un plazo de 10 días podrá requerir información adicional con la finalidad de verificar los requisitos señalados en esta ficha y contarás con 10 días para atender la solicitud de información, contados a partir del día siguiente de la notificación. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 69-B del CFF; fracción XXII de la LIEPS; Reglas 5.2.29., 5.2.30. y 5.2.48. de la RMF. |
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44/IEPS Aviso del operador o permisionario que opta por contratar los servicios de un Proveedor de Servicio Autorizado (PSA). |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el aviso de suscripción del contrato de prestación de servicios que celebras como Operador y/o Permisionario con el PSA, en materia de Juegos con Apuestas y Sorteos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los Operadores y/o Permisionarios de Juegos con Apuestas y Sorteos que optan por la facilidad de contratar un PSA. |
Dentro de los quince días naturales siguientes a aquel en que se llevó a cabo la suscripción del contrato de prestación de servicios con el PSA. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: · Para personas físicas: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20777/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales · Para personas morales: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20430/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales-para-tu-empresa |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra tu RFC, Contraseña, Captcha, o selecciona e.firma y elige Enviar. 3. Selecciona Otros trámites y servicios, en el apartado Avisos ubica el aviso que deseas presentar, y elige INICIAR. 4. Verifica que tus datos sean correctos y en Adjuntar archivo, elige Examinar, selecciona el documento que acompañarás a tu promoción, y oprime Abrir. En seguida visualizarás la opción Adjuntar, una vez adjunta toda la documentación oprime Enviar. 5. En Firmar promoción firmarás tu solicitud con tu e.firma. 6. En seguida el sistema te va a generar en formato .pdf: Acuse de recepción de promoción. 7. Para salir de tu buzón tributario, elegirás la opción Cerrar sesión. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Envía archivos digitalizado en formato .pdf, con la siguiente información y documentación: 1. Manifestación bajo protesta de decir verdad que la información que proporciona es cierta. 2. Contrato firmado con el PSA. 3. Si la documentación adjunta se encuentra ilegible o incompleta, el SAT lo hará del conocimiento a través de buzón tributario. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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1. Contar con e.firma. 2. Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Tramite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Actualización en el Sistema de Juegos con Apuestas y Sorteos del vínculo existente del Operador y/o Permisionario de Juegos con Apuestas y Sorteos con el PSA que presentará la información de sus operaciones de forma mensual. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Al momento de realizar tu trámite obtendrás un Acuse de Recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 2, 20, fracción II Ley del IEPS; Reglas 5.2.36. y 5.2.38. de la RMF. |
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45/IEPS (Se deroga) |
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46/IEPS Solicitud para obtener folios para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este trámite para solicitar la autorización para obtener folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los contribuyentes inscritos en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas que tengan la obligación a la que se refiere el artículo 19, fracción V de la LIEPS. |
Cuando requieras solicitar folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos por primera vez para marcas específicas. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi Portal: https://www.sat.gob.mx/tramites/77229/solicitud-para-obtener-folios-electronicos-para-la-impresion-digital-de-marbetes |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña y oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente: · En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Solicitud para obtener folios autorizados para impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo; para anexar la documentación relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar. 2. El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema). 3. Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación, seleccionando el botón Cancelación del Servicio). |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Estar inscrito con el estatus de Alta en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC. 2. Archivo electrónico digitalizado formato PDF que contenga lo siguiente: · La manifestación bajo protesta de decir verdad que en los doce meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud hayan pagado un monto igual o mayor a $200,000,000.00 (doscientos millones de pesos M.N. 00/100) por concepto de ISR o $20,000,000.00 (veinte millones de pesos M.N. 00/100) por concepto de IEPS. · La especificación de las marcas de las que deseas solicitar los folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos (señalar si se trata de marbetes electrónicos nacionales o de importación) para bebidas alcohólicas y que para dichas marcas hayas utilizado en el ejercicio inmediato anterior la cantidad igual o superior a 100,000 marbetes físicos. · Especificación del número asignado del producto o productos (SKU), registrados en el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) del Portal del SAT, asociados a las marcas. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma y Contraseña. · Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. · Contar con buzón tributario activo. · Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes. · No encontrarse restringido en el uso del certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI. · No estar publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o Servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Puedes consultar el estatus de tu solicitud de marbetes electrónicos en el siguiente medio: · Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action · Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta, registra en el campo Número de Folio, el folio que el sistema te generó al momento del registro de tu trámite y oprime el botón Buscar; verifica tu respuesta. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· En un plazo de 5 días verifica la respuesta de tu trámite como se señala en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?, en el supuesto de que obtengas autorización podrás consultar en ese mismo medio el dictamen de uso de imagen y diseño para la impresión de marbetes electrónicos y sus anexos. · Asimismo, la autoridad te notificará la resolución correspondiente vía buzón tributario para lo cual debes considerar lo siguiente: Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma o contraseña; selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descargar tu oficio de resolución. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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5 días. |
5 días. |
10 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recepción. · Oficio de resolución (autorización o rechazo). · En su caso, requerimiento de información. · Dictamen de uso de imagen y diseño, acompañado de sus anexos, excepto cuando se trate de renovación y el diseño al que se refiere la regla 5.2.6., fracción II de la RMF, no haya sufrido cambios, o bien la etiqueta del producto no se haya modificado. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· En caso de que desees solicitar folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos para una marca distinta, debes presentar una nueva solicitud en términos de esta ficha. · La autoridad en un plazo de 5 días podrá requerirte información adicional con la finalidad de verificar los requisitos a los que se refiere esta ficha, la cual deberás proporcionar en un plazo de 10 días, contados a partir de la notificación del requerimiento, en el supuesto de que no desahogues dicho requerimiento en tiempo y forma, se tendrá por no presentada la solicitud. · Para el cumplimiento del requisito señalado en el numeral 2 del apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? de esta ficha, referente al cumplimiento de la cantidad igual o superior de 100,000 marbetes físicos solicitados y adheridos en el ejercicio inmediato anterior, se podrá cumplir, con la suma de los marbetes físicos adheridos a los productos de la misma categoría o familia en sus diferentes presentaciones. · El Dictamen de uso de imagen y diseño y sus anexos tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal, por lo que, dentro de los 15 días previos a su vencimiento, debes solicitar a esta autoridad a través del Portal del SAT, la renovación del referido Dictamen. En el supuesto de que el diseño del marbete electrónico a que se refiere la regla 5.2.6., fracción II de la RMF, no se modifique y la etiqueta o contraetiqueta en la cual se imprimirá el marbete electrónico no sufra cambios, únicamente recibirás por parte de la autoridad el documento a través del cual se renueve la vigencia del Dictamen y no será necesario presentar la solicitud prevista en la ficha de trámite 47/IEPS del presente Anexo, para informar a la autoridad las medidas de seguridad que utilizarás para la impresión de marbetes electrónicos. · En el supuesto de que, por la forma del envase, dimensión o las características de la etiqueta o contra etiqueta del mismo y toda vez que la regla 5.2.6. de la RMF, señala la opción de poder variar el tamaño establecido para el marbete electrónico, deberás solicitar mediante escrito libre (el cual debes adjuntar en la presentación de este trámite) la autorización para modificar el tamaño, indicando las medidas exactas que deseas utilizar para su impresión, sin que estas sean menores de 2 X 2 cm, así mismo deberás manifestar la justificación de la modificación del tamaño, la cual podrás complementar con el envío de documentos o imágenes. Lo anterior estará sujeto al análisis de la autoridad y en caso de ser aceptada tu petición se te hará de conocimiento a través de la emisión del dictamen de uso de imagen y diseño. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 69-B del CFF; 19 de la LIEPS; Reglas 2.1.36., 5.1.7., 5.2.6., 5.2.43. y 5.2.49. de la RMF. |
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47/IEPS Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión de marbetes electrónicos |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta esta solicitud para informar a la autoridad las medidas de seguridad que utilizarás para la impresión de marbetes electrónicos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los contribuyentes que hayan cumplido con la solicitud a la que se refiere la ficha de trámite 46/IEPS “Solicitud para obtener folios para la impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas” del presente Anexo". |
Dentro de los 10 días posteriores contados a partir del día siguiente de la notificación de la respuesta a la solicitud para obtener folios autorizados para impresión de marbetes electrónicos para bebidas alcohólicas contenida en la ficha de trámite 46/IEPS del presente Anexo. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi Portal: https://www.sat.gob.mx/tramites/01901/solicitud-para-informar-las-medidas-de-seguridad-para-la-impresion-digital-de-marbetes |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña; oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet; posteriormente Orientación fiscal y Solicitud; requisita el formulario conforme a lo siguiente: · En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión de marbetes electrónicos; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías; si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar. 2. El sistema te mostrará el mensaje Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio (el numero será asignado por el sistema). 3. Selecciona el botón Acuse de Recepción; imprímelo o guárdalo (si la información fue generada de manera incorrecta, cancela el caso de orientación y elige el botón Cancelación del Servicio). |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo digitalizado formato PDF, en el que se manifieste bajo protesta de decir verdad que cumplen con lo siguiente: · Con las características mínimas de seguridad establecidas en la regla 5.2.6., fracción II de la RMF. · Que conoce y acepta expresamente que podrá ser sujeto en cualquier momento de visitas de verificación por parte del SAT para constatar los procesos de impresión, resguardo y control de la información relacionada a la impresión de marbetes electrónicos. 2. Ficha técnica en la que especifique la siguiente información: · Descripción del marbete. · Planos de impresión. · Tintas. · Características del sustrato. · Niveles de seguridad en la etiqueta. · Características específicas de seguridad. 3. Además, deberás adjuntar a la presente solicitud la siguiente información: · El contrato de servicios vigente celebrado con la persona moral que realizará la impresión de marbetes electrónicos, el cual debe estar certificado ante Notario Público y redactado en idioma español, en dicho contrato se debe incluir entre otras cláusulas, lo relativo a la regla 5.2.44. de la RMF, en la que se prohíba al proveedor de servicios de impresión; realizar la reimpresión, impresiones erróneas, copiar, reproducir, o cualquier mal uso del marbete electrónico y se deben especificar las características de seguridad que deben contener los marbetes electrónicos de acuerdo con la normatividad establecida, asimismo deberá contener una cláusula en la que se señale que el proveedor de servicios será responsable solidario de conformidad con el artículo 26, fracción VIII del CFF, en relación con la regla 5.2.45. de la RMF. · El contrato de confidencialidad que deberá celebrar con la persona moral que realizará la impresión de marbetes electrónicos en los envases que contengan bebidas alcohólicas. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma o Contraseña. · Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. · Contar con buzón tributario activo. · Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes. · No encontrarse restringido en el uso del certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI. · No estar publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Puedes consultar el estatus de tu trámite en los siguientes medios: · Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; Ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta (Consulta el estatus o respuesta a tu solicitud de orientación fiscal); posteriormente registra en el campo Número de Folio el folio que el sistema te generó al momento del registro de tu trámite y oprime el botón Buscar; verifica tu respuesta. · MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· En un plazo de tres días verifica la respuesta de tu trámite como se señala en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? · Asimismo, la autoridad te notificará la resolución correspondiente a través buzón tributario, para lo cual, debes considerar lo siguiente: · Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma o Contraseña; selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descargar tu oficio de resolución. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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3 días. |
3 días. |
10 días. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recibido. · En su caso, requerimiento de información. · Resolución que autoriza o niega la solicitud. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · A través de Mi Portal conforme a lo señalado en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· Debes enviar junto con tu solicitud, una muestra o ejemplo del marbete electrónico en la etiqueta o contraetiqueta que contenga el envase de la bebida alcohólica. · En caso de existir alguna modificación en la ficha técnica, debes presentar nuevamente tu solicitud y notificar a la autoridad los cambios realizados. · En el supuesto de que no cumplas con algunos de los requisitos, la autoridad en un plazo de 3 días, puede requerirte para que en un plazo de 10 días atiendas dicho requerimiento, en el supuesto de que no desahogues en tiempo y forma, se tendrá por no presentada dicha solicitud. · El SAT informa que, de conformidad con la regla 5.2.43. de la RMF, así como en la ficha de trámite 46/IEPS y la presente ficha en materia de marbete electrónico, no certifica proveedores ni cuenta con ninguna empresa autorizada para imprimir marbetes electrónicos de bebidas alcohólicas. Es decisión del contribuyente incorporado al esquema de bebidas alcohólicas con marbetes electrónicos, elegir al impresor que mejor convenga a sus intereses, siempre y cuando, este cumpla con las especificaciones necesarias establecidas en la regla 5.2.6., fracción II de la RMF, respete la imagen autorizada mediante el dictamen de uso de imagen y diseño emitido por el SAT y se imprima en la etiqueta o contra etiqueta de los envases que contengan bebidas alcohólicas. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 69-B del CFF; 19 de la LIEPS; Reglas 2.1.36., 5.1.7., 5.2.6., 5.2.43. y 5.2.49. de la RMF. |
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48/IEPS Solicitud de folios para impresión de marbetes electrónicos. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este trámite para solicitar folios para la impresión de marbetes electrónicos. |
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Costo: variable |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los contribuyentes que previamente hayan cumplido con las fichas de trámite 46/IEPS y 47/IEPS de este Anexo. |
Cuando lo requieras. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/04689/solicitud-de-folios-electronicos-para-impresion-digital-de-marbetes |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona en el botón INICIAR. 3. Captura tu e.firma y elige el botón Enviar. 4. Ingresa y registra los datos del Representante Legal y selecciona Continuar. 5. Selecciona la pestaña Marbete Electrónico y el sistema te mostrará el mensaje: Esta opción podrá ser utilizada por los contribuyentes que cumplan con las condiciones y requisitos que señale la regla, elige el botón Aceptar, aparece un formulario que deberás llenar conforme a lo siguiente: Elige en el campo Solicitud Marbetes Electrónicos de Importación o Marbetes Electrónicos Nacionales; en la opción Marca, elige de la lista desplegable la marca para la cual vas a solicitar los folios para la impresión de marbetes electrónicos; en Tipo de Solicitud, Tipo de forma numerada y Tipo de Incidencia el sistema te arrojará las opciones automáticamente (No podrás modificarlas); en Marbetes para adherir en: Bebidas Alcohólicas, Vinos de Mesa o Ambas; en el campo Cantidad captura el número de marbetes electrónicos que deseas solicitar y aparecerá en forma automática; en el campo Importe correspondiente el monto que debes pagar. En el apartado Pago de derechos DPA´S captura lo siguiente: · Llave de pago: Código alfanumérico, detallado en el punto 1 del apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? (Debes capturar la llave de pago respetando números y mayúsculas, podrás agregar más de una llave de pago con su importe correspondiente para completar la cantidad requerida, las llaves de pago que utilices en una solicitud, no podrás utilizarlas en otra). · Cantidad pagada: Importe correspondiente a la llave de pago (Los pagos se validarán automáticamente, si todo está correcto la página de marbetes y precintos te permitirá continuar o bien, si no se puede validar en ese momento y la llave es válida, el sistema mostrará el siguiente mensaje: El pago no se ha reflejado en los sistemas del SAT, el pago se validará automáticamente más tarde). · Fecha de pago: Selecciona el icono del calendario y elige la fecha en que se realizó el pago. 6. Selecciona el botón Agregar Pago, los datos capturados en la parte superior se reflejarán en la tabla inferior. 7. Oprime el botón Generar solicitud y del cuadro que se despliega elige Aceptar para confirmar la información; captura tu e.firma y elige el botón Enviar; descarga el Acuse de Solicitud y conserva el número de solicitud. (De igual forma el sistema de marbetes y precintos te enviará a tus medios de contactos registrados un mensaje SMS y un correo electrónico con los datos de la solicitud). 8. En un plazo de 3 días espera la respuesta a través de buzón tributario (como se señala en el apartado Resolución del trámite o servicio). El plazo de respuesta se interrumpirá cuando la autoridad en un plazo de 3 días, te requiera información o documentación adicional que podrás solventar en un plazo de 10 días, si en el plazo señalado no cumples con el requerimiento, se tendrá por desistida la solicitud de marbetes electrónicos y, deberás volver a presentarla. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Haber realizado el pago de DPA´s para contar con la llave de pago (código alfanumérico a diez posiciones) la cual se visualiza en el recibo correspondiente. 2. Para el caso de los comercializadores de bebidas alcohólicas que contraten total o parcialmente la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas a través de un contrato o convenio con personas físicas o moral además deberán adjuntar el archivo digitalizado que contenga la información correspondiente de acuerdo con lo que se señala a continuación: · Tratándose de propietarios de marca de tequila, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con la NOM-006-SCFI-2005, denominada "Bebidas Alcohólicas-Tequila-Especificaciones", así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 308 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. · Tratándose de propietarios de marca de Mezcal, copia certificada ante Notario Público del Contrato o Convenio de Corresponsabilidad de acuerdo con la NOM-070-SCFI-2016, denominada "Bebidas Alcohólicas-Mezcal-Especificaciones", así como de la Constancia de Registro del citado Contrato o Convenio ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 308 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. · Tratándose de contribuyentes distintos a los propietarios de marca de tequila y mezcal, copia certificada ante Notario Público del contrato o convenio en el que se establezca que efectuarán la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas, así como de la Constancia de Registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la Secretaría de Economía, de conformidad con el artículo 239 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC como Productor, Comercializador y/o Importador. · Estar inscrito en el padrón de importadores (únicamente es aplicable a los contribuyentes que soliciten marbetes electrónicos de importación). · Contar con e.firma y Contraseña. · Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. · Contar con buzón tributario activo. · Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes. · No encontrarse restringido en el uso del de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI. · No estar publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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· Ingresando al siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/tramites/04689/solicitud-de-folios-electronicos-para-impresion-digital-de-marbetes Ø Oprime el botón INICIAR; Captura tu e.firma y elige el botón Enviar; ingresa y selecciona Estatus Solicitudes; consulta tu número de solicitud; verifica el estatus que puede ser Autorizada, Rechazada o en Proceso. · Ingresa a la liga https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action Ø Captura tu RFC y Contraseña: selecciona el botón Iniciar Sesión. Ø Ingresa a las opciones / Servicios por Internet / Orientación fiscal / Solicitud y aparecerá un formulario. Ø Requisita el formulario conforme a lo que a continuación se describe: Ø En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES/CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Estatus de solicitud; Descripción: Se solicita estatus de solicitud de folios electrónicos para la impresión digital de marbetes es importante especificar el número y fecha de la misma; Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu consulta, imprímelo o guárdalo. · Vía telefónica en MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· La autoridad realizará el dictamen de la solicitud a través de validaciones automáticas de los requisitos y condiciones señaladas en los sistemas institucionales del SAT y te dará a conocer la resolución correspondiente a través de buzón tributario para lo cual debes considerar lo siguiente: Ingresa a https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion captura tu e.firma y selecciona Enviar; elige Mis notificaciones y descargar tu oficio de resolución de solicitudes de marbetes. · En el supuesto de que tu solicitud sea resuelta de manera favorable descarga los folios para la impresión de marbetes electrónicos, para ello realiza lo siguiente: · Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?; captura tu e.firma y selecciona Enviar; elige la pestaña Estatus Solicitudes; consulta tu número de solicitud; verifica que sea Autorizada; elige el hipervínculo, captura nuevamente tu e.firma para descargar los folios; una vez descargados verifica que el estatus de tu solicitud se haya modificado a Descargado; observa el hipervínculo de los archivos en carpeta ZIP y encontrarás los archivos .csv con los folios con URL cifrada (cada archivo contendrá como máximo 90,000 folios), de igual forma se enviará a tus medios de contacto registrados en el buzón tributario, las claves para poder abrir los archivos .csv con los folios autorizados para la impresión de marbetes electrónicos que previamente descargaste. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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3 días. |
3 días. |
10 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Oficio de resolución de solicitudes de marbetes electrónicos (autorización o rechazo). · En el supuesto de autorización: folios electrónicos autorizados para la impresión de marbetes a los que se refiere la regla 5.2.6., fracción II de la RMF. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · A través de Mi Portal conforme a lo señalado en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· En caso de que no estés inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, el sistema de solicitudes de marbetes y precintos del Portal del SAT te mostrará el siguiente error: “Error Acceso denegado, no cumple con las condiciones para ver la página solicitada”. · En el supuesto de no cumplir con alguna de las condiciones requeridas, una vez que captures tu e.firma, el sistema de marbetes y precintos del Portal del SAT arrojará el error “Acceso denegado” seguido de la inconsistencia detectada, conforme a lo siguiente: · Cuando exista inconsistencia en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, el sistema no te permitirá ingresar la solicitud y te mostrará el siguiente mensaje: “El ingreso al sistema marbetes no puede ser procesada porque existe una inconsistencia en el registro del Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas. Favor de comunicarse a MarcaSAT 55 627 22 728”, por lo que sólo visualizarás la opción de “Estatus Solicitudes” y también podrás realizar el Registro de uso de marbetes obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados. · Si no tienes habilitado tu buzón tributario, el sistema te señalará lo siguiente Es necesario que ingrese medios de contacto en la siguiente URL: https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/BuzonTributario.Presentacion/DatosContrib.aspx · Si no te encuentras al corriente respecto de tus obligaciones fiscales, el sistema no te permitirá realizar la solicitud y te mostrará el mensaje: El ingreso al sistema marbetes no puede ser procesada porque existe una inconsistencia en la opinión de cumplimiento. Favor de comunicarse a MarcaSAT 55 627 22 728. · Cuando no cuentes con los roles necesarios en el padrón de importadores, el sistema te mostrará el siguiente mensaje: “El ingreso de este tipo de solicitud en el sistema de marbetes no puede ser procesada porque no está registrado en el padrón de importadores. Favor de comunicarse a MarcaSAT 55 627 22 728. · En caso ubicarse en alguno de los supuestos anteriormente señalados, comunícate a los canales de atención señalados en el apartado de Consultas y dudas. · Los únicos pagos que podrá utilizar más de una vez, son los provenientes de solicitudes rechazadas. · Cuando realice la captura de la llave del pago en el sistema y la misma aún no se encuentre registrada en el sistema de pagos, mostrará el siguiente mensaje: Error, El pago no se ha reflejado en los sistemas del SAT, el pago se validará automáticamente más tarde, lo cual significa que la llave de pago se validará posteriormente. · La cantidad máxima que se podrá solicitar bajo esta modalidad será de hasta 10,000,000 de folios para la impresión marbetes electrónicos por solicitud. · La autoridad verificará a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT la información que compruebe que se ha utilizado por lo menos un 60% de los folios para la impresión de marbetes. El 40% restante deberá ser comprobado por el contribuyente en la solicitud inmediata posterior, debiendo cumplir en los términos de este párrafo lo anterior deberá ser cumplido y será verificado por la autoridad por productos de la misma categoría o familia en sus diferentes presentaciones. · En el caso de importación la declaración de uso de marbetes que se presente en el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) a través del Portal del SAT deberá de comprobarse con pedimentos de importación con clave A1 o G1 según corresponda. · De manera sucesiva, procederá lo señalado en los párrafos que anteceden, cuando los contribuyentes, soliciten nuevamente folios para la impresión de marbetes electrónicos. · La autoridad podrá rechazar la solicitud de marbetes electrónicos debido al incumplimiento de algunos de los requisitos y condiciones establecidos. · La autoridad podrá requerirte información adicional para constatar el uso correcto de marbetes electrónicos entregados con anterioridad. · El costo del marbete electrónico señalado en la LFD en el artículo 53-K, fracción II, se actualizará de acuerdo con el Anexo 19 de la RMF. · Los folios para la impresión de marbetes electrónicos tendrán una vigencia de 9 meses contados a partir del día siguiente de la notificación de la autorización de los mismos, transcurrido el referido plazo los mismos no podrán ser utilizados y deberán ser cancelados a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT, además de que deberá dar aviso a la autoridad en términos de la ficha de trámite 12/IEPS “Aviso de robo, pérdida, deterioro o no utilización de marbetes físicos o electrónicos y precintos” del presente Anexo · Las etiquetas o contraetiquetas a las cuales se haya impreso de manera errónea el marbete electrónico, deberán ser destruidas y los folios del marbete deberán ser reportados como cancelados a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT · La entrega de marbetes físicos y precintos que soliciten los contribuyentes será atendiendo al número de disponibilidad que tengan en su inventario, la vigencia de los mismos, la demanda histórica de solicitudes registradas de las formas numeradas y la existencia que tenga el SAT. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 69-B del CFF; 19, fracciones V y XV, 26 y 26-A de la LIEPS; 53-K y 53-L de la LFD; Reglas 2.1.36., 5.1.7., 5.2.6., 5.2.43., 5.3.1. y Anexo 19 de la RMF. |
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49/IEPS Reporte de uso de marbetes a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM) obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Reporta el uso de marbetes nacionales o de importación que adheriste o imprimiste en la etiqueta o contraetiqueta de los envases que contengan bebidas alcohólicas. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales que tengan la obligación de reportar el uso de los marbetes físicos o electrónicos obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados. |
El reporte de uso de marbetes se puede realizar en dos momentos: · Antes de exhibir en puntos de venta, los envases que contengan bebidas alcohólicas a los cuales se les adheriste a los marbetes y; · Treinta días posteriores, contados a partir del momento en que realices la adhesión de los marbetes, o en su caso, de la etiqueta o contraetiqueta que contenga impreso el marbete electrónico, en los envases que contengan bebidas alcohólicas, aún y cuando no sean exhibidos en puntos de venta. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/67622/registro-de-uso-de-marbetes-obtenidos,-utilizados,-destruidos-e-inutilizados- |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona el botón INICIAR. 2. Captura tu e.firma y elige el botón Enviar; ingresa el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) para realizar el reporte de uso de marbetes. 3. Inicia el registro de uso de marbetes llenando la pestaña Carga Producto para ello debes llenar los campos siguientes: · Tipo de bebida: elige del catálogo el tipo de bebida al cual adheriste el marbete. · Nombre o Marca Comercial: captura el nombre o marca comercial tal y como aparece en la etiqueta de tu producto. · Graduación alcohólica: captura el porcentaje de alcohol que contiene tu producto. · Capacidad: escribe la capacidad de tu producto en mililitros · Número de producto asignado: el sistema te asignará de manera automática un número correspondiente al registro de tu producto. 4. Para finalizar el registro del producto selecciona el botón Guardar. Continúa con la pestaña Retroalimentación y encontrarás dos formas de reportar el uso de los marbetes: Registro único y Carga Batch (forma masiva). Elige alguno de los dos métodos para informar a que productos se adhirieron los marbetes y captura lo siguiente: a. Método Registro único: · Número de producto asignado: elige del catálogo el número y producto al cual adheriste los marbetes que vas a reportar. · Lote de producción: captura el número o nombre del lote a través del cual realizaste las bebidas alcohólicas (este campo aplica únicamente para bebidas alcohólicas nacionales). · Origen del producto: selecciona del catálogo el país origen de tu producto. · Número de pedimento: captura el número del pedimento con clave A1 y G1 (a quince posiciones) a través del cual realizaste la extracción de los envases que contengan las bebidas alcohólicas (este campo aplica únicamente para bebidas alcohólicas de importación). · Fecha de envasado o importación: del calendario elige la fecha correspondiente. Del apartado Agregar Rangos, registra los campos; Serie; (para marbetes nacionales la serie es Nn, para marbetes de importación Ii, para marbete electrónico nacional e.n., para marbete electrónico de importación e.i ) Rango de folios compuesto por un folio inicial y un final; Cantidad el sistema de manera automática calculará la cantidad de marbetes registrados; finaliza la carga seleccionando el botón Guardar Rango: cuando selecciones el botón, la información capturada te aparecerá en la tabla inferior del apartado Rangos Cargados; puedes cargar los rangos de folios que desees, verifica la información y finaliza con el botón Guardar; del cuadro de texto que te muestre el sistema confirma la información con el botón Aceptar; si te equivocaste al capturar la información puedes borrarla con el botón Limpiar información y posteriormente cargar la correcta; descarga tu acuse seleccionando los íconos de PDF o EXCEL que aparecen en la parte superior (si no descargas tu acuse al finalizar el registro, el sistema no lo generará nuevamente). b. Método Carga Batch (forma masiva) · Para utilizar este método primero debes de marcar la casilla de verificación que se encuentra a un costado del título de esta sección. · Carga el archivo de excel en el botón Examinar. · El archivo (layout) debe contener exactamente los títulos que se enlistan a continuación a partir de la primero columna y desde la segunda fila: Número de producto, Lote de producción, Número de pedimento, Origen del Producto, Fecha de envasado o importación, Serie, rango inicial, rango final. La descripción correspondiente de los campos es: Ø Número de producto: elige del catálogo el número y producto al cual adheriste los marbetes que vas a reportar. Ø Lote de producción: captura el número o nombre del lote a través del cual realizaste las bebidas alcohólicas (este campo aplica únicamente para bebidas alcohólicas nacionales). Ø Número de pedimento: captura el número del pedimento a través del cual importaste tu producto. (este campo aplica únicamente para bebidas alcohólicas de importación). Ø Origen del Producto: Captura exactamente como está en el catálogo el país origen de tu producto. Ø Fecha de Envasado o importación: captura la fecha correspondiente (dd/mm/aaaa). Ø Serie: Para marbetes nacionales la serie es Nn para marbetes de importación Ii. Ø rango inicial: El folio correspondiente. Ø rango final: El folio correspondiente. Para cada fila de excel puedes capturar diferentes registros, es decir, puedes reportar productos con diferentes números de productos, mismas claves, pero con fechas diferentes, productos con diferente país de origen, etc. · Ya que este cargado el archivo, comprueba lo datos que contiene con el botón Validar producción, y en caso de que el sistema encuentre alguna inconsistencia se activará el botón descargar archivo en donde el sistema te entregará un archivo con los errores detectados en cada fila del archivo de excel. En caso que el archivo no cuente con ninguna inconsistencia se activará el botón de Guardar, el cual permitirá terminar con el proceso de retroalimentación del uso de marbetes de forma masiva. · Descarga tu acuse seleccionando los íconos de PDF o EXCEL que aparecen en la parte superior (si no descargas tu acuse al finalizar el registro, el sistema no lo generará nuevamente). 5. Para cancelar marbetes a través del FEM debes elegir la pestaña Folios Cancelados y requisita el formulario siguiente (puedes cancelar marbetes destruidos, inutilizados, extraviados, robados, defectuosos o faltantes): · Comprobante de entrega: en este campo captura el número de comprobante de entrega que es el documento mediante el cual la autoridad ministró los marbetes. · Serie: en esta opción registra la serie correspondiente a los marbetes que vas a cancelar. · Rango de Folios: indica el rango inicial o final de los marbetes que deseas cancelar (si únicamente vas a cancelar un folio debes capturar el mismo folio en la opción de rango inicial y final). · Cantidad: en esta opción el sistema de manera automática te indicará la cantidad de folios que vas a cancelar. Elige el botón Agregar y la información capturada te aparecerá en la tabla inferior del apartado Carga del reporte de mermas de folios cancelados; finaliza seleccionando el botón Guardar; confirma la información oprimiendo el botón Aceptar del cuadro de texto que se desprende; descarga tu acuse seleccionando los íconos de PDFC o EXCEL que aparecen en la parte superior (si no descargas tu acuse al finalizar el registro, el sistema no lo generará nuevamente). 6. Para modificar la información de marbetes que previamente registraste, debes seleccionar la pestaña Modificar Retroalimentación, para ello requisita el siguiente formulario: · Serie: en esta opción registra la serie correspondiente a los marbetes que vas a cancelar. · Folio Inicial: registra el folio inicial del rango de marbetes que deseas modificar. · Folio Final: registra el folio final del rango de marbetes que deseas modificar (si únicamente vas a modificar un folio debes capturarlo el mismo folio en la opción de rango inicial y final). Una vez capturados los datos selecciona el botón Buscar; de la tabla inferior verifica los datos que te muestra el sistema como resultado de la búsqueda; si los datos son correctos elige la opción Eliminar; descarga tu acuse seleccionando los íconos de PDFC o EXCEL que aparecen en la parte superior (si no descargas tu acuse en el momento que elimines la información de los rangos el sistema no lo generará nuevamente). |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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No se requiere presentar documentación. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Si envías tu información conforme lo indicado en esta ficha de trámite obtendrás tu Acuse de recibo. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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Para poder cancelar folios de marbetes, debes considerar que los mismos no deben contener información cargada previamente en la pestaña Retroalimentación, de lo contrario, el sistema no te dejará realizar la cancelación de los folios de marbetes, por lo que deberás eliminar la información en la pestaña Modificar Retroalimentación, y posteriormente cancelar los folios. Para consultar más información consulta el Instructivo publicado en el Portal del SAT en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/67622/registro-de-uso-de-marbetes-obtenidos,-utilizados,-destruidos-e-inutilizados- en el apartado Contenidos Relacionados. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 19, 26 de la LIEPS; Reglas 5.1.7. y 5.2.25. de la RMF. |
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50/IEPS (Se deroga) |
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51/IEPS (Se deroga) |
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52/IEPS (Se deroga) |
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53/IEPS Aviso de renovación de claves asignadas para producir e importar marcas de tabacos labrados. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el aviso de renovación de clave asignadas para producir e importar marcas de tabacos labrados. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas o morales, productores e importadores de tabacos labrados. |
A más tardar en el mes de enero de cada año. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/87488/solicita-renovacion-de-claves-para-producir-e-importar-marcas-de-tabacos-labrados |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 2. Captura tu RFC, Contraseña, y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar. 3. Llena el formulario Avisos AGJ; revisa que tus datos en Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio; en Aviso que presenta selecciona Renovación de claves de marca de tabacos labrados; en Manifiestos captúralos según corresponda; selecciona el botón Adjuntar archivos / Examinar, selecciona el archivo electrónico con el aviso por el cual declaran bajo protesta de decir verdad en el que manifieste las claves de marcas de tabacos que siguen produciendo o importando, así como las que dejaron de comercializar; oprime Enviar, si lo deseas puedes guardar o imprimir tu acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Aviso electrónico, por el cual declaras: bajo protesta de decir verdad en el que manifiestas las claves de marcas de tabacos que sigues produciendo o importando, así como las que dejaron de comercializar. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma y Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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A través de buzón tributario, se emitirá oficio de respuesta. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Oficio de respuesta, a través de buzón tributario. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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1 mes. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios · Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 19 de la LIEPS; Regla 5.2.28. de la RMF y Anexo 11 de la RMF, Rubro B. |
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54/IEPS Avisos para la actualización de datos de los productores e importadores de tabacos labrados. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el aviso de actualización de datos cuando se actualicen los supuestos siguientes: I. Cambio de denominación o razón social. II. Cambio de clave en el RFC. III. Fusión. IV. Extinción, liquidación o disolución y cambio de residencia. V. Aviso de suspensión de actividades derivado de la presentación del aviso a que se refiere la ficha de trámite 169/CFF “Aviso de suspensión de actividades de personas morales” y/o aviso de reanudación de actividades en términos de la ficha de trámite 74/CFF “Aviso de reanudación de actividades” contenidas en el presente Anexo. VI. Actualización de medios de contacto. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las personas físicas o morales, productores e importadores de tabacos labrados. |
· Dentro de los diez días siguientes a aquel en que se presentó ante la autoridad, cualquiera de los avisos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV y V. · Cuando se actualice el medio de contacto. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario https://www.sat.gob.mx/tramites/86399/aviso-de-actualizacion-de-datos-de-los-productores-e-importadores-de-tabacos-labrados |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR. 2. Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar. 3. Llena el formulario Avisos AGJ; revisa que tus datos en Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio; en Aviso que presenta selecciona Actualización de datos de importadores y fabricantes de tabacos labrados; en Manifiestos captura los manifiestos según corresponda; selecciona el botón Adjuntar archivos / Examinar, selecciona el archivo electrónico con el aviso de actualización de datos, según corresponda; oprime Enviar, si lo deseas puedes guardar o imprimir tu acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Formato electrónico debidamente llenado. 2. Adjuntar en forma digitalizada, los avisos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV y V. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma y Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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A través de buzón tributario, se emite oficio de respuesta. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Oficio de respuesta, a través de buzón tributario. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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1 mes. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 19 de la LIEPS; Regla 5.2.28. de la RMF y Anexo 11 de la RMF, Rubro B. |
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55/IEPS Solicitud para obtener la conexión con entidades externas o terceros. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Este trámite te permite solicitar la conexión con entidades externas o terceros a la que se refiere el Anexo 26. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las personas morales que deseen solicitar códigos de seguridad para su impresión en cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados para su venta en México a través de la conexión con entidades externas o terceros y que hayan cumplido con lo señalado en la ficha de trámite 43/IEPS “Solicitud que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados en el Portal del SAT, de incorporación para la obtención de Códigos de Seguridad” del presente Anexo |
Posterior a la notificación de la resolución de autorización de la ficha de trámite 43/IEPS del presente Anexo. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://www.sat.gob.mx/tramites/12963/solicitud-para-obtener-la-conexion-con-entidades-externas-o-terceros. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona el botón INICIAR; captura tu RFC y Contraseña. 3. Oprime Iniciar sesión; elige el menú Servicios por Internet / Orientación fiscal / Solicitud; 4. Requisita el formulario conforme a lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio; en la pestaña Trámite selecciona la opción MARBETES / CODIGOS DE SEGURIDAD; *Asunto: Solicitud para la conexión con entidades externas o terceros; Descripción: en este apartado debes describir la información que envías y el motivo, de igual forma debes especificar el número de solicitud a la que corresponde su petición; si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo y Examinar; selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; para finalizar oprime el botón Enviar, si la información fue generada de manera incorrecta puedes cancelar el caso de orientación para lo cual, elige: Cancelación del Servicio. 5. Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, en un plazo de 10 días posteriores a la presentación de tu trámite, verifica la respuesta, en la siguiente liga: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión; Selecciona la opción de Servicios por Internet / Orientación fiscal / Consulta; Captura el número de folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud. Asimismo, la autoridad te notificará a través de buzón tributario la resolución a tu solicitud. a. En caso de que tu solicitud sea procedente, selecciona el apartado de Notas y Anexos y descarga el Formato 1 y la Carta compromiso de confidencialidad señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, deberás requisitarlos y firmarlos en forma autógrafa y entrégalos en oficialía de partes de la AGSC ubicada en Avenida Hidalgo núm. 77, planta baja, colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06300, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas, excepto días inhábiles mediante un escrito libre dirigido a la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente. En caso de que tu solicitud sea procedente, se emitirá un oficio de respuesta que podrás consultar en tu buzón tributario. b. En caso de respuesta negativa, se señalarán los requisitos que incumpliste, una vez subsanados, puedes volver a presentar una solicitud. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo digitalizado en formato PDF, que contenga lo siguiente: · La manifestación bajo protesta de decir verdad que desea obtener la conexión con entidades externas o terceros para la solicitud de códigos de seguridad y los trámites que deriven de esta. · Los datos correspondientes del personal designado como responsable de la operación tecnológica y como responsable de la operación del negocio. · Acreditar la personalidad del representante o apoderado legal: · Poder notarial para acreditar su personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (documento digital). *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo. · Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (documento digital). · Identificación oficial, cualquiera de las señalas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 2. Formato 1 debidamente requisitado “Solicitud de Conexión para entidades externas o terceros”. 3. Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos debidamente firmada. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con Contraseña. · Contar con buzón tributario activo. · Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo. · Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes. · No encontrarse restringido en el uso del certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan para efectos de la expedición de CFDI. · No estar publicado en la lista a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Puedes consultar el estatus de tu solicitud de marbetes y/o precintos en los siguientes medios: Ingresa a la liga: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action Captura tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión; ingresa a las opciones Servicios por Internet / Orientación fiscal / Ingresa tu Número de Folio proporcionado. MarcaSAT: 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. y solicitar que te transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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En un plazo de 10 días verifica la respuesta de tu trámite a través del medio de presentación y vía buzón tributario. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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10 días. |
10 días. |
10 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Oficio de resolución, o en su caso, requerimiento de información. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países. · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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La autoridad podrá rechazar tu solicitud en el supuesto de incumplimiento de algunos de los requisitos y condiciones establecidos. El presente trámite tendrá una vigencia indefinida; sin embargo, en caso de alguna modificación en los documentos presentados en cumplimiento a los requisitos señalados para la obtención de la conexión con entidades externas o terceros, deberá presentarse nuevamente la solicitud en términos de esta ficha. El SAT, realizará una revisión anual de la situación fiscal del contribuyente, así como de los requisitos establecidos en esta ficha, lo anterior con la finalidad de asegurar la continuidad de la vigencia de la conexión con entidades externas o terceros |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 69-B del CFF; Artículo 19, fracción XXII de la LIEPS; Reglas 2.1.36., 5.2.29. y 5.2.30. de la RMF. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Aporta la información, datos, documentos y los elementos probatorios que consideres pertinentes para subsanar o desvirtuar las causales detectadas previo a la baja del padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas o morales que se encuentren inscritas en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC y se les haya notificado que actualiza alguno de los supuestos a que se refiere la regla 5.2.23. |
Dentro de los 10 días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del oficio a través del cual la autoridad fiscal te notifique los supuestos a que se refiere la regla 5.2.23. de la RMF. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Oprime el botón INICIAR, posteriormente registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar Sesión. 3. Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y requisita el formulario conforme a los siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción ACLARACIÓN_PCBA, en Asunto: Aclaración causales de baja; en Descripción: Señala los argumentos para informar que se corrigió tu situación fiscal o desvirtuar las causales detectadas para baja en el padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC. Para anexar información relacionada con la aclaración, selecciona el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado que contiene la información en formato PDF y elige Cargar, oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio de la solicitud y tu acuse de recibo electrónico con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. Espera la resolución correspondiente. 4. Para verificar la respuesta a tu aclaración, ingresa al Portal del SAT, con el número de folio, en: https://sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente: · En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión. · Selecciona la opción: Servicios por Internet / Aclaraciones/ Consulta · Captura el Número de Folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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· Archivo en formato PDF con el oficio que informa las causales establecidas en la regla 5.2.23 de la RMF que detectó la autoridad fiscal. · Adjunta la información, datos, documentos y los elementos probatorios que consideres pertinentes para corregir tu situación fiscal o desvirtuar las causales detectadas para baja del padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
· Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Ingresa al Portal del SAT, en la liga señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? Selecciona la opción: Servicios por Internet / Aclaraciones / Consulta, ingresa tu Número de Folio proporcionado y selecciona Buscar. |
Sí, cuando resulte necesario que la autoridad fiscal corrobore los argumentos planteados y las pruebas proporcionadas en tu solicitud de aclaración. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Una vez analizados los argumentos y pruebas aportadas, así como la información con que cuenta la autoridad, se emitirá: · Resolución que se te notificará en términos del artículo 134 del CFF. · En su caso, respuesta electrónica a tu caso de aclaración. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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5 días, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que concluya el plazo de que tiene el contribuyente para presentar su caso de aclaración. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
· Acuse de recepción de la aclaración. · Resolución que recibirás a través de buzón tributario. · En su caso, respuesta electrónica a tu caso de aclaración. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes precintos y códigos de seguridad. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs. · Vía Chat: http://chatsat.mx/ |
· Quejas y Denuncias SAT: 55 88 52 22 22 y 84 42 87 38 03 para otros países. · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias. · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las Oficinas del SAT. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 19 de la LIEPS; 27, del CFF; Regla 5.2.23. de la RMF. |
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Impuesto Sobre Automóviles Nuevos
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1/ISAN Informe de la clave vehicular de vehículos que serán enajenados. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el informe de la clave vehicular de vehículos que serán enajenados. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas Morales y Personas Físicas, fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados, los comerciantes en el ramo de vehículos, así como aquellos que importen automóviles para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora. |
Cuando menos quince días antes de que enajene los vehículos al consumidor. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México. De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs. |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En forma presencial: 1. Acude a la Unidad de Política de Ingresos Tributarios. 2. Con la documentación señalada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
Presenta escrito libre (por duplicado) que contenga la clave vehicular de los vehículos que vas a enajenar, debidamente firmado por el representante legal. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
No aplica. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
No aplica. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Publicación en el Diario Oficial de las claves vehiculares. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
No aplica. |
No aplica. |
No aplica. |
||||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Escrito libre sellado como Acuse de recibo. |
No aplica. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· Atención personal en la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México. De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs |
· Quejas y Denuncias: https://www.gob.mx/tramites/ficha/presentacion-de-quejas-y-denuncias-en-la-sfp/SFP54
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Información adicional |
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|
No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 13 de la Ley del ISAN; Regla 8.6. de la RMF. |
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2/ISAN Solicitud de asignación de número de empresa para integrar la clave vehicular. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Presentar la solicitud de asignación de número de empresa para integrar la clave vehicular. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas Morales y Personas Físicas, fabricantes, ensambladores o distribuidores autorizados, los comerciantes en el ramo de vehículos, así como aquellos que importen automóviles para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora. |
Cuando lo requieras. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México. De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs. |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En forma presencial: 1. Acude a la Unidad de Política de Ingresos Tributarios. 2. Presenta la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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En forma presencial: 1. Escrito libre (por duplicado). · Copia simple de identificación oficial vigente cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. · Copia certificada del poder notarial con el que se acredite la representación legal, cuando no se actúe en nombre propio. *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo. 2. Copia simple de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado Inscripción en el RFC, en el que consten sus obligaciones como sujetos del ISAN. 3. Copia de la opinión vigente sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales expedida por el SAT, en sentido positivo. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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No aplica. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Presencial, presenta el Acuse de recepción. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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El oficio de respuesta a la solicitud de asignación de número de empresa se entregará de manera presencial. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
15 días. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso de cumplir con los requisitos: · Oficio de asignación de número de empresa. |
En tanto las empresas a las que les sea asignado un número en los términos de esta ficha de trámite continúen siendo sujetos del ISAN, dicho número estará vigente. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· Atención personal en la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México. De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs |
· Quejas y Denuncias: https://www.gob.mx/tramites/ficha/presentacion-de-quejas-y-denuncias-en-la-sfp/SFP54 |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 13 de la Ley del ISAN; Reglas 2.1.36. y 8.7. de la RMF. |
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3/ISAN Solicitud de los caracteres 4o. y 5o. correspondientes al modelo del vehículo para integrar la clave vehicular. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta la solicitud de los caracteres 4o. y 5o. correspondientes al modelo del vehículo para integrar la clave vehicular |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas Morales y Personas Físicas, ensambladores de camiones, omnibuses o tractocamiones no agrícolas tipo quinta rueda, nuevos y los importadores de automóviles, camionetas, omnibuses, pick ups, camiones o tractocamiones no agrícolas tipo quinta rueda, nuevos. |
Cuando lo requieras. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México. De lunes a viernes, en horario 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En forma presencial: 1. Acude a la Unidad de Política de Ingresos Tributarios. 2. Presenta la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Copia de identificación oficial vigente, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 2. Copia certificada del poder notarial con el que se acredite la representación legal, cuando no se actúe en nombre propio. *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo. 3. Copia del documento expedido por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, mediante el cual se emita dictamen del cumplimiento de la NOM-001-SSP-2008. · En el caso de ensambladores de camiones, omnibuses o tractocamiones no agrícolas tipo quinta rueda, nuevos, copia de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado “Inscripción en el RFC”, en el que conste que su actividad económica es la fabricación o ensamble de camiones y tractocamiones. · En el caso de importadores de automóviles o camionetas eléctricos, nuevos, copia de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado “Inscripción en el RFC”, en el que conste que su actividad económica es el comercio al por menor de automóviles y camionetas nuevos cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, y, copia del pedimento de importación definitiva del vehículo de que se trate. · En el caso de importadores de automóviles o camionetas híbridos, nuevos, copia de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado “Inscripción en el RFC”, en el que conste que su actividad económica es la venta de automóviles nuevos al consumidor por el fabricante, ensamblador, por el distribuidor autorizado o por el comerciante en el ramo de vehículos y, copia del pedimento de importación definitiva del vehículo de que se trate. · En el caso de importadores de automóviles o camionetas, nuevos, copia de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado “Inscripción en el RFC”, en el que conste que su actividad económica es la venta de automóviles nuevos al consumidor por el fabricante, ensamblador, por el distribuidor autorizado o por el comerciante en el ramo de vehículos y que consten sus obligaciones como sujetos del ISAN y copia del pedimento de importación definitiva del vehículo de que se trate. · En el caso de importadores de omnibuses, pick ups, camiones o tractocamiones tipo quinta rueda, nuevos, copia de la Cédula de Identificación Fiscal, así como del documento anexo a la misma denominado “Inscripción en el RFC”, en el que conste que su actividad económica es la importación o la venta de camiones o tractocamiones y copia del pedimento de importación definitiva del vehículo de que se trate. 4. Copia de la opinión vigente sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales expedida por el SAT en sentido positivo. 5. Presenta escrito libre, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no está en los listados que publica el SAT de contribuyentes que se ubican en el artículo 69 y 69-B del CFF. 6. La asignación de los caracteres correspondientes al modelo del vehículo de que se trate, no exime a los ensambladores e importadores del cumplimiento de las disposiciones fiscales o aduaneras ni acredita la legal estancia o tenencia de los vehículos ensamblados o importados, así como de sus partes. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· La asignación de los caracteres correspondientes al modelo del vehículo de que se trate, no exime a los ensambladores e importadores del cumplimiento de las disposiciones fiscales o aduaneras ni acredita la legal estancia o tenencia de los vehículos ensamblados o importados, así como de sus partes. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Presencial, presenta el Acuse de recepción. |
No. |
|||||
|
Resolución del trámite o servicio |
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|
El oficio de respuesta a la solicitud de los caracteres 4o. y 5o., correspondientes al modelo del vehículo se entregará de manera presencial. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
15 días. |
No aplica. |
No aplica. |
||||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
|||||
|
· Escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso de cumplir con los requisitos: · Oficio de respuesta a la solicitud de los caracteres 4o. y 5o. correspondientes al modelo del vehículo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· Atención personal en la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, ubicada en Palacio Nacional s/n, Edificio 4, Piso 4, Colonia Centro Histórico, C.P. 06000, Ciudad de México. De lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 hrs. a 18:00 hrs |
· Quejas y Denuncias https://www.gob.mx/tramites/ficha/presentacion-de-quejas-y-denuncias-en-la-sfp/SFP54 |
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Información adicional |
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|
No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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|
Artículo 13 de la Ley del ISAN; Reglas 2.1.36. y 2.7.1.27. de la RMF. |
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Ley de Ingresos de la Federación.
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1/LIF Informe que deben presentar los dueños de vehículos marinos para gozar del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 16 de la LIF. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Podrás presentar el informe cuando adquieras diésel marino especial para su consumo final, que sea utilizado exclusivamente como combustible en embarcaciones destinadas al desarrollo de las actividades propias de la marina mercante, cuando tus ingresos totales anuales para los efectos del ISR, sean menores a 60 millones de pesos, a efecto de gozar del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 16 de la LIF. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
Dentro de los cinco días posteriores a la presentación de las declaraciones provisionales o del ejercicio del ISR o definitivas tratándose del IVA. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx hasta en tanto el trámite no se cargue en el buzón tributario, se presentará a través de papel, ante la autoridad competente en términos de la regla 1.6 de la RMF. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Acuda con la documentación al domicilio de la autoridad que corresponda. 2. Entrega la documentación a la autoridad que atenderá su trámite. 3. Reciba el acuse único de ingreso de su promoción. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Archivo que contenga lo siguiente: 1. Manifestación de estar en el Registro Público Marítimo Nacional como empresa naviera. 2. Despacho(s) expedido por la capitanía de puesto respectiva a las embarcaciones de su propiedad o bajo su legítima posesión en las que haya utilizado el diésel marino especial, en el que deberá constar el puerto y fecha de arribo. 3. Tratándose de embarcaciones que solo realizan navegación interior, se deberá presentar copia simple del informe mensual rendido a la capitanía de puerto sobre el número de viajes realizados. 4. Manifestar el número de la inscripción del contribuyente en el registro público marítimo nacional, así como la siguiente información de cada una de sus embarcaciones: · Nombre. · Matrícula. · Eslora y tonelaje de registro bruto de cada una. · Capacidad de carga de combustible. · Cálculo promedio de su consumo de combustible en millas náuticas por galón. 5. Comprobantes fiscales expedidos a favor del contribuyente por la adquisición del diésel marino especial correspondiente al período que abarque la declaración provisional, definitiva o del ejercicio, en el que se aplicó el estímulo. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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La promoción que presenten los contribuyentes, deberá de cumplir con los requisitos de los artículos 18 y 18-A del CFF, así como con los requisitos que se señalan en la presente ficha. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
Acuse de recibo. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
||||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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Los documentos mencionados, deberán contener el sello y la firma originales de la autoridad marítima que los expide. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 16, Apartado A, fracción I de la LIF; Reglas 1.6. y 2.2.6. de la RMF. |
||||||
|
2/LIF Informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible. |
||||||
|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Podrás presentar el informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible. |
|
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|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
· Personas físicas. · Personas morales. |
A más tardar el treinta de abril de cada año. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx hasta en tanto el trámite no se cargue en el buzón tributario, se presentará a través de papel, ante la autoridad competente en términos de la regla 1.6. de la RMF. |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
||||||
|
1. Acuda con la documentación al domicilio de la autoridad que corresponda. 2. Entregue la documentación a la autoridad que atenderá su trámite. 3. Reciba el acuse único de ingreso de su promoción. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
Archivo con la manifestación de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con buzón tributario activo. · La promoción que presenten los contribuyentes deberá de cumplir con los requisitos de los artículos 18 y 18-A del CFF, así como con los requisitos que se señalan en la presente ficha. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
|||||
|
Trámite inmediato. |
No. |
|||||
|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
Acuse de recibo. |
||||||
|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
||||
|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
||||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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|
No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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|
Artículo 16, Apartado A, fracción I de la LIF; Reglas 1.6. y 2.2.6. de la RMF. |
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3/LIF Aviso que presentan los contribuyentes manifestando la aplicación de un estímulo fiscal que se otorga a los que adquieran o importen diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este aviso, donde manifiestes la aplicación de un estímulo fiscal que se otorga a los que adquieren o importan diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales que adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas. |
Dentro de los quince días siguientes a la presentación de la primera declaración en que se aplique el estímulo. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Al ingresar registra tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud. 4. Llena el formulario Servicio de Aviso conforme a lo siguiente: 4.1 En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: 3/LIF DIESEL USO AUTOMOTRIZ; 4.2 En Dirigido a: SAT; en Asunto: Aviso que presentan los contribuyentes manifestando la aplicación de un estímulo fiscal que se otorga a los que adquieran o importen diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga; en el apartado Descripción: señala el motivo de la presentación de tu aviso; 4.3 Si deseas anexar información relacionada con el servicio, elige Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, y se genera el Acuse de recepción que contiene el número de folio del trámite realizado, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Archivo digitalizado que contenga la manifestación para la aplicación del estímulo fiscal que se otorga a los que adquieren diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
||||||
|
Contar con Contraseña. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
|||||
|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
La autoridad validará que tu aviso sea presentado en tiempo, así como que los datos sean correctos, y en su caso, dará por cumplida la obligación del trámite que solicitas. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
||||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 25 del CFF; 16 Apartado A, fracción IV de la LIF; Regla 9.6. de la RMF y Reglas 1.14., 2.13. y 3.16. de la RFA. |
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4/LIF Aviso mediante el cual se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales y que para determinar su utilidad puedan deducir el diésel o biodiésel y sus mezclas que adquieran o importen para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Presenta el aviso para aplicar el estímulo fiscal y que para determinar tu utilidad puedas deducir el diésel o biodiésel y sus mezclas que adquieras o importes para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general. |
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|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
Personas físicas y morales que adquieran o importen diésel para su consumo final. |
Dentro de los quince días siguientes a la presentación de la primera declaración en que se aplique el estímulo. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud. 4. Llena el formulario Servicio de Aviso conforme a lo siguiente: 4.1 En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: 4/LIF DIESEL MAQUINARIA; 4.2 En Dirigido a: SAT; en Asunto: Aviso mediante el cual se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales y que para determinar su utilidad puedan deducir el diésel o biodiésel y sus mezclas que adquieran o importen para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general; en Descripción: señala el motivo de la presentación de tu aviso; 4.3 Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, y se genera el Acuse de recepción que contiene el número de folio del trámite realizado, imprímelo o guárdalo. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
||||||
|
Archivo digitalizado que contenga la manifestación para la aplicación de estímulo fiscal. |
||||||
|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
||||||
|
Contar con Contraseña. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
|||||
|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
La autoridad verificará que tu aviso sea presentada en tiempo, que los datos sean correctos, y en su caso, dará por cumplida la obligación. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
||||
|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
||||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
|||||
|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
|||||
|
CANALES DE ATENCIÓN |
||||||
|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 16, Apartado A, fracción I de la LIF; Regla 9.6. de la RMF y Regla 1.4 de la RFA. |
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5/LIF Aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel en vehículos marinos propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Podrás presentar el aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel en vehículos marinos propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las personas físicas y morales que hayan utilizado diésel exclusivamente para el abastecimiento de sus vehículos marinos. |
A más tardar el 31 de marzo de 2024, o dentro de los treinta días posteriores a la fecha de su adquisición tratándose de vehículos marinos que hayan sido adquiridos durante 2023. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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No aplica |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo digitalizado en el que señale que aplicará el estímulo fiscal. 2. Anexar la información de las embarcaciones de su propiedad o que se encuentren bajo su legítima posesión, en las que haya utilizado el diésel por el que se solicita el estímulo fiscal, de conformidad con lo siguiente: · Nombre de cada una de las embarcaciones; · Matrícula de cada una de las embarcaciones; · Eslora y tonelaje de cada una de las embarcaciones; · Capacidad de carga de combustible de cada una de las embarcaciones, y · Cálculo promedio del consumo de diésel en millas náuticas por litro de cada una de las embarcaciones. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Trámite inmediato. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
No aplica. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 32-D, quinto párrafo del CFF; 16, Apartado A, fracción I, segundo párrafo de la LIF; Regla 9.2. de la RMF. |
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6/LIF Aviso sobre la utilización de diésel exclusivamente para el abastecimiento de vehículos marinos. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Podrás presentar el aviso sobre la utilización de diésel exclusivamente para el abastecimiento de vehículos marinos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las personas físicas y morales que hayan utilizado diésel exclusivamente para el abastecimiento de sus vehículos marinos. |
Trimestralmente. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/home |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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No aplica. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Archivo digitalizado en el que incluya un informe por cada una de sus embarcaciones, que contenga lo siguiente: 1. Consumo mensual de diésel, expresado en litros de cada una de las embarcaciones; 2. Millas náuticas recorridas en el mes por cada una de las embarcaciones, y 3. Comprobantes fiscales que amparen la adquisición de diésel, mismos que deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF, así como en su caso, el número del pedimento de importación con el que se llevó a cabo la importación del citado combustible. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Trámite inmediato. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
No aplica. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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|
No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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|
Artículos: 29, 29-A, 32-D, quinto párrafo del CFF; 16, Apartado A, fracción I, segundo párrafo de la LIF; Regla 9.2. de la RMF. |
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7/LIF Aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel o biodiésel y sus mezclas en maquinaria propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel o biodiésel y sus mezclas en maquinaria propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las personas físicas y morales que hayan utilizado diésel o biodiésel y sus mezclas. |
A más tardar el 31 de mayo de 2023 o dentro de los treinta días posteriores a la fecha de su adquisición o importación tratándose de medios de transporte de baja velocidad o bajo perfil que se consideren maquinaria en general que haya sido adquirida durante 2023. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario, según corresponda: · Personas físicas: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion · Personas morales: https://www.sat.gob.mx/empresas/iniciar-sesion De forma presencial: Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el buzón tributario, deberá presentarse, mediante escrito dirigido a la ACPPFGC de conformidad con la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF. En la Oficialía de Partes de la AGGC, sita en Avenida Hidalgo No. 77, módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs. o, mediante escrito dirigido a la ACPPH en la Oficialía de Partes de la AGH sita en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs. según corresponda. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT, a través de buzón tributario, según corresponda: 1. Ingresa a la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Captura tu RFC, Contraseña o e.firma, y elige Iniciar sesión. 3. Verifica que la información prellenada, relativa a tus datos y domicilio fiscal, esté correcta, de ser así selecciona SI y posteriormente, elige Siguiente; llena los campos que el formato electrónico solicita; adjunta la documentación e información digitalizada relacionada con tu trámite, la cual se encuentra referida en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?; una vez concluida la captura, se muestra tu información ingresada, y elige Verifica para que confirmes que sea tu información correcta, en caso de que así sea, realiza el envío con tu e.firma. 4. Obtén tu acuse de recibo electrónico de la solicitud de devolución, descárgala o imprime y al concluir, elige Cerrar Sesión. De forma presencial: 1. Acude a la Oficialía de Partes de la AGGC, o de la AGH, según corresponda, con los archivos digitalizados e información solicitados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? 2. Entrega los archivos digitalizados en dispositivo óptico (disco compacto, unidad de memoria extraíble, etc.), a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite. 3. Recibe y conserva copia de tu escrito libre sellado, como acuse de recibo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo digitalizado en el que señale que aplicará el estímulo fiscal. 2. Anexa la información de los medios de transporte de baja velocidad o bajo perfil que consideres maquinaria en general de tu propiedad, en los que hayas utilizado el diésel o biodiésel y sus mezclas por el que se solicita el estímulo fiscal, de conformidad con lo siguiente: · El inventario de los medios de transporte de baja velocidad o bajo perfil que se consideren maquinaria en general que utilicen el diésel o biodiésel y sus mezclas por el que se pagó la contribución respectiva y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible. Asimismo, se deberá presentar un informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de referencia durante el año en el que se efectuó el acreditamiento del estímulo, a más tardar el 30 de abril del año siguiente a aquel al que corresponda el citado informe. · Contar con un sistema de control de consumo de diésel o biodiésel y sus mezclas por cada uno de los medios de transporte a que se refiere la fracción anterior, el cual consistirá en llevar un registro con la siguiente información: Ø Denominación del equipo, incluyendo el nombre técnico y comercial. Ø Modelo de la unidad. Ø Número de control de inventario o, en el caso de no estar obligado a ello, número de serie del equipo. Ø Consumo mensual de diésel o biodiésel y sus mezclas, expresado en litros. Ø Horas de trabajo mensual. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma y Contraseña, en caso de que el trámite se realice por buzón tributario. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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La autoridad validará que tu aviso sea presentada en tiempo, que los datos sean correctos, y en su caso, dará por cumplida la obligación. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 32-D, quinto párrafo del CFF; 16, Apartado A, fracción I, primer párrafo de la LIF; Reglas 1.6., 2.2.6. y 9.12. de la RMF. |
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8/LIF Informe de donativos otorgados a organizaciones o fideicomisos no autorizados para recibir donativos. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Las donatarias autorizadas presentan un informe de los donativos otorgados a organizaciones que no cuentan con autorización, pero que exclusivamente realizan labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales, cumpliendo con la obligación prevista en la LIF. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR. que hayan otorgado donativos a organizaciones civiles o fideicomisos que no cuenten con autorización para recibir donativos y cuyo objeto exclusivo sea realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales. |
En el mes de mayo de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT a través del sistema que se habilite para la presentación de informes de transparencia. https://www.sat.gob.mx/tramites/23108/presenta-el-informe-de-donativos-otorgados-a-organizaciones-o-fideicomisos-no-autorizados-para-recibir-donativos-que-exclusivamente-realizan-labores-de-rescate-o-reconstruccion-en-casos-de-desastres-naturales |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT: 1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? / Iniciar. 2. Registra el RFC de la organización civil o fideicomiso y la Contraseña o e.firma y elige Enviar. 3. Selecciona Transparencia / Labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales / Informe 2023 / Siguiente. 4. En Aportaciones patrimoniales, selecciona Si / Agregar, elige el Tipo de recurso y captura el Monto aportado; de tratarse de Aportación en especie, captura la Descripción del donativo, la cual consta de la cantidad y tipo de bien y elige Guardar. 5. En Donativos / Detalle de donativos relacionados en efectivo, recibidos en el periodo señala No y elige Guardar. 6. En Donativos / Detalle de donativos relacionados en especie, recibidos en el periodo selecciona No y elige Guardar. 7. En Destinos y Beneficiarios / ¿Destinaste donativos al sector público, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar. 8. En ¿Destinaste donativos a donatarias autorizadas, en apoyo a la eventualidad? selecciona Si / Agregar, captura los siguientes datos y selecciona Guardar: · Destino. · Uso específico. · Especifique. · RFC. · Denominación o razón social. · Monto en efectivo. · Monto en especie. · Total. 9. En ¿Destinaste donativos a otros beneficiarios, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar. 10. Acepta la declaración de protesta. 11. Envía, firma con tu e.firma, obtén tu acuse y guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Requisita debidamente la información. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma. · Requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Plataforma: Windows 7; Explorador: Firefox Mozilla 3.6, Chrome 27 y versiones superiores, Microsoft Edge. · Contar con autorización vigente para recibir donativos al menos durante los 5 años previos al momento en que se realice la donación y que durante ese periodo la autorización correspondiente no haya sido revocada o no renovada. · Obtener ingresos en el ejercicio inmediato anterior de cuando menos 5 millones de pesos. · Auditar sus estados financieros. · No otorgar donativos a partidos políticos, sindicatos, instituciones religiosas o de gobierno. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Se emitirá un acuse de respuesta. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de respuesta. |
Anual. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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La información declarada será responsabilidad directa de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles del ISR y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 23 de la LIF; Reglas 9.14. y 9.15. RMF. |
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9/LIF Informe de donativos recibidos para la atención de desastres naturales. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Las organizaciones civiles y fideicomisos que no cuenten con autorización para recibir donativos deducibles del ISR y cuyo objeto exclusivo sea realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales, pueden recibir donativos por parte de personas morales que sí están autorizadas para ello, en caso de que los reciban, deberán presentar un informe a través del Portal del SAT, en el que detallen el uso y destino de los recursos recibidos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las organizaciones civiles y fideicomisos sin autorización para recibir donativos deducibles que hayan recibido donativos para labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales, por parte de donatarias autorizadas. |
En el mes de julio de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT a través del sistema que se habilite para la presentación de informes de transparencia. https://www.sat.gob.mx/tramites/26063/organizaciones-o-fideicomisos-no-autorizados-para-recibir-donativos-presenta-el-informe-de-donativos-recibidos-para-la-atencion-de-desastres-naturales |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT: 1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? / Iniciar 2. Registra el RFC de la organización civil o fideicomiso y la Contraseña o e.firma y elige Enviar. 3. Selecciona Transparencia / Labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales / Informe 203 / Siguiente. 4. En Aportaciones patrimoniales, selecciona No y elige Guardar. 5. En Donativos / Detalle de donativos relacionados en efectivo, recibidos en el periodo señala si recibiste donativos en efectivo para atender la eventualidad, de ser negativo selecciona No, de ser afirmativo selecciona Si / Agregar y captura la siguiente información: · País de origen. · Origen de recurso. · Monto. · RFC del donante (Si lo conoces) El RFC, está integrado de 12 dígitos para persona moral y 13 para persona física. *En caso de no conocer el RFC del donante, deberás seleccionar el recuadro de “Sin datos”. · En caso de conocer el RFC del donante deberás de indicarlo en el apartado de RFC del Donante, por lo que se desplegará el nombre, denominación o razón social correspondiente al RFC capturado. *Nota: se debe capturar el RFC correcto del donante. En caso de haber recibido donativos por parte del extranjero selecciona el país de donde recibiste el donativo y especifica si fue de una persona física o una persona moral, selecciona Guardar. 6. En Donativos / Detalle de donativos relacionados en especie, recibidos en el periodo especifica si recibiste donativos en especie para atender la eventualidad, de ser negativo selecciona No, de ser afirmativo selecciona Si / Agregar y captura la siguiente información: · País de origen. · Origen de recurso. · Monto. · Cantidad. · Descripción. · RFC del donante (Si lo conoces) *En caso de no conocer el RFC del donante, deberás seleccionar el recuadro de “Sin datos”. En caso de haber recibido donativos por parte del extranjero selecciona el país de donde recibiste el donativo y especifica si fue de una persona física o una persona moral, selecciona Guardar. 7. En Destinos y Beneficiarios / ¿Destinaste donativos al sector público, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar. 8. En ¿Destinaste donativos a donatarias autorizadas, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar. 9. En ¿Destinaste donativos a otros beneficiarios, en apoyo a la eventualidad? selecciona No y elige Guardar. 10. Acepta la declaración de protesta. 11. Envía, firma con tu e.firma, obtén tu acuse y guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Requisita debidamente la información. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma o Contraseña. · Requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Plataforma: Windows 7;: Explorador: Firefox Mozilla 3.6, Chrome 27 y versiones superiores, Microsoft Edge. · Haber efectuado operaciones de atención de desastres, emergencias o contingencias por lo menos durante 3 años anteriores a la fecha de recepción del donativo. · No haber sido donataria autorizada a la que se le haya revocado o no renovado la autorización. · Que el domicilio fiscal se ubique en alguno de los municipios o en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de las zonas afectadas por el desastre natural de que se trate. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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|
Se emitirá un acuse de respuesta. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de respuesta. |
Anual. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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La información declarada será responsabilidad directa de las organizaciones civiles fideicomisos que no cuenten con autorización para recibir donativos y cuyo objeto exclusivo sea realizar labores de rescate o reconstrucción en casos de desastres naturales y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”. Tener a disposición de la autoridad la relación de los folios de los CFDI y la documentación con la que compruebe la realización de las operaciones que amparan dichos comprobantes. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 23 de la LIF; Regla 9.16. de la RMF. |
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Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
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1/LISH Declaraciones provisionales mensuales de pago del derecho por la utilidad compartida. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta tu declaración provisional mensual del derecho por la utilidad compartida. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una asignación (asignatario) y operador de un área de Asignación. |
Mensual, a más tardar el día veinticinco del mes siguiente a aquel al que corresponda el pago provisional. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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Para la descarga del formato: 1. Ingresa en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/76313/declaracion-mensual-del-derecho-por-la-utilidad-compartida 2. Descarga la forma oficial DUC, que se encuentra dentro del apartado Contenidos relacionados. 3. Captura los datos solicitados dentro de la forma oficial DUC y guárdala para su envío. Para el envío de la declaración: 1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en la aplicación Mi portal, tu RFC y Contraseña, seguido da Iniciar sesión. 3. Selecciona los apartados de: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá el formulario correspondiente. 4. Requisita el formulario conforme lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, pestaña Trámite, selecciona la opción DECLARACIÓN MENSUAL DEL DUC; en Asunto, indica Declaración provisional mensual del derecho por la utilidad compartida; en Descripción, indica Presentación de declaración provisional mensual del derecho por la utilidad compartida. 5. Adjunta la forma oficial DUC y el comprobante de pago digitalizado en formato PDF, elige la opción Adjuntar Archivo / Examinar; la información deberá estar comprimida en formato ZIP. 6. Oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Archivo electrónico en formato .xls que soporte tu declaración (Forma oficial DUC y sus anexos). 2. Comprobante de pago del derecho por la utilidad compartida. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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|
En caso de cumplir con los requisitos y condiciones, la autoridad considerara presentada tu declaración. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 17-D del CFF; 42, 52 de la LISH; 7 de la LIF; Regla 2.8.3.1., Décimo Sexto Transitorio de la RMF. |
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2/LISH Declaración anual de pago del derecho por la utilidad compartida. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta tu declaración de pago anual del derecho por la utilidad compartida. |
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Costo: |
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¿Cuándo se presenta? |
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Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una asignación (asignatario) y operador de un área de Asignación. |
Anual, a más tardar el último día hábil del mes de marzo del año siguiente a aquel al que corresponda el pago. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
Para la descarga del formato: 1. Ingresa en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/78812/declaracion-anual-del-derecho-por-la-utilidad-compartida 2. Descarga la forma oficial DUC, que se encuentra dentro del apartado Aplicaciones relacionadas. 3. Captura los datos solicitados dentro de la forma oficial DUC y guárdala para su envío. Para el envío de la declaración: 1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en la aplicación Mi portal, tu RFC y Contraseña, seguido da Iniciar sesión. 3. Selecciona los apartados de: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá el formulario correspondiente. 4. Requisita el formulario conforme lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, pestaña Trámite, selecciona la opción DECLARACIÓN ANUAL DEL DUC; en Asunto, indica Declaración anual de pago del derecho por la utilidad compartida; en Descripción, indica Presentación de declaración anual del derecho por la utilidad compartida. 5. Adjunta la forma oficial DUC y el comprobante de pago digitalizado, elige la opción Adjuntar Archivo / Examinar; la información deberá estar comprimida en formato ZIP. 6. Oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo. |
||||||
|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
||||||
|
1. Archivo electrónico en formato .xls que soporte tu declaración (Forma oficial DUC y sus anexos). 2. Comprobante de pago del derecho por la utilidad compartida. |
||||||
|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
||||||
|
Contar con Contraseña. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
En caso de cumplir con los requisitos y condiciones, la autoridad considerara presentada tu declaración. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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|
No aplica. |
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|
Fundamento jurídico |
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Artículos: 17-D del CFF; 39, 52 de la LISH; Regla 2.8.3.1., Décimo Sexto Transitorio de la RMF. |
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3/LISH Declaraciones mensuales de pago del derecho de extracción de hidrocarburos. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta tu declaración de pago mensual del derecho de extracción de hidrocarburos. |
|
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|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
|||||
|
Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea titular de una asignación (asignatario) y operador de un área de Asignación. |
Mensual, a más tardar el día veinticinco del mes siguiente al que corresponda el pago. |
|||||
|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
|||||
|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
||||||
|
Para la descarga del formato: 1. Ingresa en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/08310/declaracion-mensual-del-derecho-de-extraccion-de-hidrocarburos 2. Descarga la forma oficial DEXTH, que se encuentra dentro del apartado Contenidos relacionados. 3. Captura los datos solicitados dentro de la forma oficial DEXTH y guárdala para su envío. Para el envío de la declaración: 1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en la aplicación Mi portal, tu RFC y Contraseña, seguido da Iniciar sesión. 3. Selecciona los apartados de: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá el formulario correspondiente. 4. Requisita el formulario conforme lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, pestaña Trámite, selecciona la etiqueta DECLARACIÓN MENSUAL DEL DEXTH; en Asunto, indica Declaración de pago mensual del derecho de extracción de hidrocarburos; en Descripción, indica Presentación de la declaración de pago mensual del derecho de extracción de hidrocarburos. 5. Adjunta la forma oficial DEXTH y el comprobante de pago digitalizado, elige la opción Adjuntar Archivo / Examinar; la información deberá estar comprimida en formato ZIP. 6. Oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo. |
||||||
|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
· Archivo electrónico en formato .xls que soporte tu declaración (Forma oficial DEXTH y sus anexos). · Comprobante de pago del derecho de extracción de hidrocarburos. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
||||||
|
Contar con Contraseña. |
||||||
|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
|||||
|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
En caso de cumplir con los requisitos y condiciones, la autoridad considerará presentada tu declaración. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
||||||
|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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|
No aplica. |
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|
Fundamento jurídico |
||||||
|
Artículos: 17-D del CFF; 44, 52 de la LISH; 7 de la LIF; Regla 2.8.3.1., Décimo Sexto Transitorio de la RMF. |
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4/LISH Declaraciones mensuales de pago del derecho de exploración de hidrocarburos. |
||||||
|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
||||
|
Presenta tu declaración del pago del derecho de exploración de hidrocarburos. |
|
|||||
|
Costo: |
||||||
|
¿Quién puede presentar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
|||||
|
Petróleos Mexicanos o cualquiera otra empresa productiva del Estado que sea asignataria y operadora de un área de Asignación. |
Cada mes: a más tardar el día diecisiete del mes siguiente al que corresponda el pago. |
|||||
|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
|||||
|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
||||||
|
Para descargar el formato: 1. Ingresa al Portal del SAT en la liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/80861/declaracion-mensual-del-derecho-de-exploracion-de-hidrocarburos 2. Descarga la Forma Oficial DEXPH, que podrás encontrar en el apartado Contenidos relacionados. 3. Captura los datos solicitados en la forma oficial DEXPH y guárdala para su envío. Para enviar la declaración: 1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Ingresa a los Apartados Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud. 4. En la pestaña Trámite selecciona la opción DECLARACIÓN MENSUAL DEL DEXPH; en Dirigido a: SAT; en *Asunto: Presentación de la declaración mensual de pago del derecho de exploración de hidrocarburos; en Descripción: Presentación de la declaración mensual de pago del derecho de exploración de hidrocarburos; Adjuntar Archivo: elige en Examinar y selecciona la forma oficial DEXPH, el comprobante de pago y los demás archivos correspondientes que deberán estar comprimidos en formato ZIP y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo que contiene el folio del trámite, imprímelo o guárdalo. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
1. Llena la forma oficial DEXPH, la cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/80861/declaracion-mensual-del-derecho-de-exploracion-de-hidrocarburos 2. Adjunta la Forma Oficial DEXPH y sus anexos en formato XLS que soporte tu declaración y el comprobante del pago en formato PDF. |
||||||
|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
||||||
|
Contar con Contraseña. |
||||||
|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
||||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
|||||
|
Trámite inmediato. |
No. |
|||||
|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
Si cumples con los requisitos, se generará el acuse de recibo de manera inmediata. |
||||||
|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
||||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
|||||
|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
|||||
|
CANALES DE ATENCIÓN |
||||||
|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
|||||
|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
|||||
|
Información adicional |
||||||
|
No aplica. |
||||||
|
Fundamento jurídico |
||||||
|
Artículos: 17-D del CFF; 45, 52 de la LISH; Regla 2.8.3.1., 10.10. y Décimo Sexto Transitorio de la RMF. |
||||||
|
5/LISH (Se deroga) |
|
6/LISH Envío de la información del registro de los costos, gastos y tipos de hidrocarburos. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
|||
|
Envía la información del registro de costos, gastos y tipos de hidrocarburos por la actividad de exploración y extracción, por parte de los Asignatarios. |
|
||||
|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
||||
|
Petróleos Mexicanos o cualquier otra empresa productiva del Estado que sea asignatario y operador de un área de Asignación. |
Cada año: A más tardar el día treinta y uno de marzo. |
||||
|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
||||
|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
|||||
|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
|||||
|
1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Ingresa a los Apartados Servicios por Internet / Servicio o Solicitudes / Solicitud. 4. En la pestaña Trámite selecciona la opción 6/LISH INFORMACION_REGISTRO; en Dirigido a: SAT; en *Asunto: Envío de la información del registro de los costos, gastos y tipos de hidrocarburos; en Descripción: Envío de la información del registro de costos, gastos y tipos de hidrocarburos por la actividad de exploración y extracción, por parte de los Asignatarios; Adjuntar Archivo: elige en Examinar y selecciona los archivos correspondientes que deberán estar comprimidos en formato ZIP y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo que contiene el folio del trámite, imprímelo o guárdalo. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
|||||
|
Adjunta el archivo en formato PDF, con la documentación que a continuación se describe: 1. Reporte anual de inversiones, costos y gastos deducidos en el ejercicio fiscal de que se trate que haya sido presentado a la Secretaría en términos del artículo 49 de la LISH. 2. La información presentada ante la Cámara de Diputados en términos del artículo 40, quinto párrafo de la LISH. |
|||||
|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
|||||
|
Contar con Contraseña. |
|||||
|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
|||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
||||
|
Trámite inmediato. |
No. |
||||
|
Resolución del trámite o servicio |
|||||
|
La autoridad validará la información presentada y en caso de cumplir con los requisitos solicitados se tendrá por presentado el informe. |
|||||
|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
|||
|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
|||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
||||
|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
||||
|
CANALES DE ATENCIÓN |
|||||
|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
||||
|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
||||
|
Información adicional |
|||||
|
No aplica. |
|||||
|
Fundamento jurídico |
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|
Artículos: 17-D del CFF; 40, 49 de la LISH; Reglas., 2.2.6. y 10.7. de la RMF. |
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|
7/LISH Solicitud de devolución de saldos a favor de IVA para contratistas. |
||||||
|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
||||
|
Procedimiento para que los contratistas soliciten la devolución de sus saldos a favor de IVA. |
|
|||||
|
Costo: |
||||||
|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
Los contribuyentes que tengan la calidad de contratistas, conforme a la Ley de Hidrocarburos. |
Cuando lo requieras, y una vez que se hayan generado y declarado los saldos a favor del IVA a partir de la firma del contrato. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://sat.gob.mx/tramites/login/25255/solicita-la-devolucion-para-tu-empresa |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al buzón tributario en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, seguido de la opción Iniciar. 2. Registra en buzón tributario, tu RFC y Contraseña, ingresa el Captcha que indique el sistema, o bien, ingresa con tu e.firma y elige Enviar. 3. Ingresa los datos solicitados en el FED, para tales efectos verifica que la información relativa a tus datos y domicilio fiscal sea correcta, de ser así selecciona SI y posteriormente, elige Siguiente; continúa con el llenado del FED. 4. Adjunta la información y documentación solicitada, señalada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, en una carpeta comprimida en formato ZIP. 5. Firma y envía el aviso de compensación con apoyo de tu e.firma. 6. Obtén y conserva tu acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Deberás adjuntar, en formato PDF la información y documentación que a continuación se describe: 1. Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 2. Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público. *Para mayor referencia, consulta el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo. 3. Encabezado del estado de cuenta que expida la institución financiera, o bien, el contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria (CLABE), con una antigüedad no mayor a dos meses. 4. Escrito libre en el cual, describas en forma clara y detallada las operaciones que dieron origen al saldo a favor. 5. Constancia de pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPS. 6. CFDI que conforman el IVA que le fue retenido al contribuyente por sus clientes, y los estados de cuenta bancarios en los que se puedan apreciar las fechas de cobro correspondientes. 7. Tratándose de la primera solicitud de devolución presentada en términos del artículo 5o, fracción VI, inciso b) de la LIVA, además de cumplir con los requisitos anteriores, deberás presentar la siguiente documentación e información: a. Manifestar que te encuentras en periodo preoperativo y que ejerciste la opción establecida en el artículo 5o, fracción VI, inciso b) de la LIVA. b. Registro contable y documentación soporte de las pólizas relacionadas con los gastos e inversiones. c. Proyecto de inversión que contenga la siguiente información y documentación: i. Planes de exploración o evaluación, según corresponda, presentados ante la Comisión Nacional de Hidrocarburos y, en su caso, el dictamen emitido por dicha Comisión. En el supuesto de no contar con los planes de exploración o evaluación, deberás presentar la descripción general del proyecto, precisando el destino final que se le dará a dichas inversiones, así como los motivos de su estricta indispensabilidad para los fines del ISR en relación con los actos o actividades por las que se vaya a estar obligado al pago del IVA, señalando en qué consistirán los bienes o servicios, o uso o goce temporal de bienes resultado de los gastos e inversiones, así como la fecha en que se iniciará la realización de dichos actos o actividades. ii. Estimación del monto total de los gastos e inversiones que se deban realizar desde el inicio hasta la conclusión del periodo preoperativo. iii. Papeles de trabajo y registros contables donde se identifique la captación del financiamiento, las actas protocolizadas de aportación de capital y, en su caso, el estado de cuenta bancario en donde se identifique el financiamiento o la procedencia de dichos recursos, incluyendo el estado de cuenta correspondiente a los socios y accionistas en el caso de aportación de capital. iv. Nombre, denominación o razón social y RFC de los proveedores de bienes y/o servicios involucrados con el proyecto que generen al menos el 70% del IVA acreditable relacionado con la devolución, señalando la estimación de su recurrencia en el transcurso del tiempo que dure la realización de la inversión (exhibir los contratos correspondientes y los cinco principales comprobantes en cuanto a monto se refiere emitidos por sus cinco principales proveedores, si ya se realizó la adquisición de bienes o se prestaron los servicios). |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma. · Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recibo, podrás hacerlo desde las siguientes rutas: · A través de buzón tributario, ingresando a la liga https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion, capturando tu RFC y Contraseña, o bien, con tu e.firma, en el Apartado Otros trámites y servicios / Devoluciones y compensaciones / Seguimiento de trámites y requerimientos. · A través del Portal del SAT, ingresando a la liga https://www.sat.gob.mx/consultas/login/93266/seguimiento-de-tramites-y-requerimientos, capturando tu RFC y Contraseña, o bien, con tu e.firma, seguido de Enviar. · Una vez autenticado, selecciona el tipo de solicitud y el ejercicio a consultar. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· Resolución que sustenta la devolución de una cantidad menor a la solicitada o la negativa total; o bien, el desistimiento de la solicitud, o que la misma se tenga por no presentada cuando el contribuyente o el domicilio manifestado por este se encuentren como no localizados ante el RFC, la cual, será notificada de forma personal o vía buzón tributario. · En caso de autorización total, el estado de cuenta que expidan las Instituciones financieras, serán considerados como comprobante de pago de la devolución respectiva. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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20 días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud, cuando cumplas con los requisitos establecidos en la regla 10.20. de la RMF. En caso de que incumplas los requisitos señalados en dicha regla o la autoridad requiera información y documentación adicional, el plazo máximo será de 40 días. |
La autoridad fiscal te podrá requerir en un plazo no mayor de 20 días, posteriores a la presentación de la solicitud de devolución. |
Contarás con un plazo máximo de 20 días para cumplir con la información y documentación solicitada. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo de solicitud de devolución de impuestos federales. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 17-D, 22 del CFF; 5, 6 de la LIVA; Reglas 2.3.4., 2.3.6. y 10.20. de la RMF. |
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8/LISH Aviso de la notificación de los planes de desarrollo para la extracción de hidrocarburos aprobados por la Comisión Nacional de Hidrocarburos para la determinación del IAEEH. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el informe sobre la notificación de la aprobación al plan de desarrollo para la extracción de hidrocarburos de los contratistas o asignatarios. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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La Comisión Nacional de Hidrocarburos. |
En los quince días siguientes a que la Comisión Nacional de Hidrocarburos notifique la aprobación del primer plan de desarrollo para la extracción de hidrocarburos a los contratistas o asignatarios, según corresponda. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña, y elige Iniciar sesión. 3. Ingresa a los Apartados Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud. 4. En la pestaña Trámite selecciona la opción 8/LISH PLAN DE DESARROLLO CNH; en Dirigido a: ACPPH de la AGH; en *Asunto: Aviso de la notificación de los planes de desarrollo para la extracción de hidrocarburos; en Descripción: Presentación del Aviso de la notificación de los planes de desarrollo para la extracción de hidrocarburos; Adjuntar Archivo: elige en Examinar y selecciona los archivos correspondientes que deberán estar comprimidos en formato ZIP y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo que contiene el folio del trámite, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Crea un archivo en formato PDF, dirigido a la ACPPH de la AGH, en el que manifiestes: 1. Denominación o razón social del Asignatario o Contratista a quien se notificó el plan aprobado. 2. Número de Contrato o de Asignación. 3. Fecha en la que surtió sus efectos la notificación de la aprobación del primer plan de desarrollo del asignatario o contratista que corresponda. 4. Extensión del Área en kilómetros cuadrados hasta el centésimo (original y, en su caso, modificada, así como las fechas en que surte sus efectos la modificación). |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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La autoridad validará la información presentada y en caso de cumplir con los requisitos solicitados se tendrá por presentado el Aviso. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 17-D del CFF; 55, 56 LISH; Regla 10.9. de la RMF. |
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9/LISH (Se deroga) |
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10/LISH Presentación de la información respecto a las áreas de asignación. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta la información de las áreas de asignación. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Los asignatarios. |
Cada mes: a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente al que realices el pago. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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Para descargar el formato: 1. Ingresa al Portal del SAT en la liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/06629/presentacion-de-la-informacion-respecto-a-las-areas-de-asignacion 2. Descarga la Forma oficial IAEEH, que podrás encontrar en el apartado Contenidos relacionados. 3. Captura los datos solicitados en la forma oficial IAEEH y guárdala para su envío. Para enviar la información: 1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi Portal, RFC y Contraseña, y elige Iniciar sesión. 3. Ingresa a los Apartados Servicios por Internet / Servicio o Solicitudes / Solicitud. 4. En la pestaña Trámite selecciona la opción 10/LISH AREAS DE ASIGNACIÓN; en Dirigido a: SAT; en *Asunto: Información respecto a las áreas de asignación; en Descripción: Presentación de la información respecto a las áreas de asignación; Adjuntar archivo: elige en Examinar y selecciona los archivos correspondientes que deberán estar comprimidos en formato ZIP y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo que contiene el folio del trámite, imprímelo y guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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a) Llena y adjunta la Forma Oficial IAEEH, la cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/06629/presentacion-de-la-informacion-respecto-a-las-areas-de-asignacion b) Adjunta la Forma Oficial IAEEH y sus anexos en formato XLS que soporte tu declaración |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Si cumples con los requisitos, se generará el acuse de recibo de manera inmediata. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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En el caso de declaraciones complementarias o de correcciones, se deberá señalar en la forma oficial IAEEH, el folio, el monto pagado en la declaración que complementa y, en su caso, el número de oficio de notificación de revisión, así como la fecha de dicho oficio para el caso de declaración de corrección. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 17-D del CFF, 54, 55 de la LISH; Regla 2.8.3.1. |
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11/LISH Declaración informativa de operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta la declaración informativa respecto de las operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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El operador de un consorcio petrolero. |
A más tardar, el quince de febrero de cada año. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/declaracion/93286/declaracion-informativa-de-operaciones-realizadas-por-cuenta-de-los-integrantes-del-consorcio-petrolero- |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, seguido de la opción Iniciar. 2. Registra en el sistema de acceso, tu RFC y Contraseña, o bien, ingresa con tu e.firma y selecciona Enviar. 3. Ingresa los datos solicitados por el formulario y selecciona el botón Enviar. 4. Se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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No requieres presentar documentación o información adicional. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con Contraseña. · Contar con e.firma. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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No aplica. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 17-D del CFF; 32, Apartado B, fracción IV de la LISH; Regla 10.21. de la RMF. |
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12/LISH (Se deroga) |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008.
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1/DEC-1 (Se deroga) |
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2/DEC-1 (Se deroga) |
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3/DEC-1 (Se deroga) |
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4/DEC-1 (Se deroga) |
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5/DEC-1 Aviso de aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este aviso para la aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales que importen o enajenen jugos, néctares y otras bebidas. |
Cuando te ubiques en el supuesto. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Al ingresar registra tu RFC y Contraseña, elige Iniciar sesión. 3. Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario electrónico. 4. Requisita el formulario electrónico conforme a lo siguiente: 4.1 En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: 5/DEC-1 IMPORT JUGOS Y BEBIDAS. 4.2 En Dirigido a: SAT; en Asunto: Aviso de aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas; en el apartado Descripción: señala el motivo de la presentación de tu aviso. 4.3 Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, y se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite realizado, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Manifestación de la opción de aplicar los beneficios que confiere el numeral 2.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite Inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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La autoridad verificará que el aviso sea presentado en tiempo, así como los datos del aviso sean correctos. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite Inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 25 CFF; 2.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013. |
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Del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007.
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Aviso de inicio: Realiza el pago del ISR e IVA a través de la presentación de obras de arte de tu producción, como persona física dedicada a las artes plásticas. Aviso de término: Finaliza con la opción de pago del ISR e IVA, a través de la presentación de obras de arte de tu producción. Declaración anual: Cumple con el pago de los impuestos generados por la venta de obras de arte de tu producción, a través de la donación o entrega de obras de arte para su exhibición y conservación a museos abiertos al público establecidos en el país. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas con el rol de artistas y técnicos independientes que se dediquen a las artes plásticas. |
De enero a abril de cada año. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En forma presencial: Previa cita realizada en el teléfono: 55 80 39 20 57 y/o 55 58 02 00 00 extensiones: 45348, 28848, 42601 y 22735; en alguna de las oficinas siguientes: · En la Subadministración de Pago en Especie de la Administración para el Destino de Bienes “5” de la Administración Central de Destino de Bienes ubicada en Calzada de Tlalpan número 2779, planta baja, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. · En la Administración de Operación de Recursos y Servicios “7” de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios ubicada en Periférico Poniente No. 4601. Colonia San Juan de Ocotlán, C.P. 45019, Zapopan, Jalisco, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. · En la Administración de Operación de Recursos y Servicios “8” de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios ubicada en Carretera a Colombia km. 5.5, s/n, Colonia Niños Héroes, C.P. 66050, General Escobedo, Nuevo León, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. · En la Administración de Operación de Recursos y Servicios “9” de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios ubicada en Av. Fuerza Aérea Mexicana s/n, Colonia Centro Urbano 70/76, C.P. 22410, Tijuana, Baja California, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. · En las Subadministraciones de Recursos y Servicios de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. También podrás acudir, en caso de ser de tu conveniencia, a alguna de las señaladas en el siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/tramites/42255/aviso-de-inicio-de-pago-en-especie eligiendo el apartado Contenidos Relacionados / Directorio Subadministraciones de Recursos y Servicios. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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Acude a las oficinas del SAT, previa cita: 1. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? al personal que atenderá el trámite. 2. Recibe del Asesor el sello respectivo que será tu Acuse de recibo. · En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos o condiciones, se te indicará lo que tienes que subsanar y deberás presentar nuevamente tu trámite. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Para apegarte al Decreto debes presentar lo siguiente: · Aviso de inicio: 1. Aviso de Inicio de pago en especie, el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/42255/aviso-de-inicio-de-pago-en-especie en la opción Documento Descargable, Forma Oficial HDA-1 Aviso de inicio o término pago en especie, Apartados 1, 2 y 4 debidamente requisitados, con firma autógrafa e impreso en dos tantos. 2. Identificación oficial cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo, tratándose de extranjeros, documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). 3. Currículum vitae. · Aviso de término: 1. Aviso de término de pago en especie, el cual, puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/03586/aviso-de-termino-de-pago-en-especie en la opción Documento Descargable, Forma Oficial HDA-1 Aviso de inicio o término pago en especie, Apartados 1, 3 y 4 debidamente requisitados, con firma autógrafa e impreso en dos tantos. · Declaración anual: 1. Forma Oficial HDA-2 Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA, el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/72869/declaracion-anual-de-pago-en-especie-con-obras-de-arte; debidamente requisitado, con firma autógrafa e impreso en tres tantos. · Tratándose de obras de arte propuestas para el pago de los impuestos: i. Imagen digital de las obras que proponga en pago en una memoria USB. ii. Forma Oficial HDA-2 Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA. iii. Anexo 1 Pago de Obras. iv. Currículum vitae actualizado. v. Escrito libre que contenga la relación de piezas vendidas en los últimos tres años de conformidad con la Regla 11.1.8. en original, con firma autógrafa. · Tratándose de obras donadas o entregadas a museos para su exhibición y conservación: i. Imagen digital de las obras que proponga en pago en una memoria USB. ii. Forma Oficial HDA-2 Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA. iii. Anexo 2 Donación de obras. iv. Documentación que ampare la donación de las obras o en su caso, que ampare la aceptación de las obras entregadas para su exhibición y conservación. v. Escrito libre que contenga la relación de piezas vendidas en los últimos tres años de conformidad con la Regla 11.1.8. en original, con firma autógrafa. · Para cualquiera de los casos en caso de ser representante legal: 1. Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público (original y copia simple para cotejo). |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva. · Contar con buzón tributario activo. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Cuando presentes tu declaración, obtendrás de manera inmediata el acuse correspondiente, posteriormente el Comité de Pago en Especie dictaminará las obras propuestas para pago y en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/consultas/77703/consulta-el-registro-publico-de-obras-de-arte podrás consultar el Registro Público de Obras de Arte con los resultados, 3 meses después de haber concluido la recepción de declaraciones; finalmente las obras recibidas y aceptadas serán asignadas mediante el sorteo que se desarrollará ante la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales y el destino asignado a cada obra recibida será publicado en la actualización del registro antes citado. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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1 año. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recibo en el caso de Avisos. · Acuse de recibo y posteriormente resolución de pago en especie en los casos en que se presente obra de arte. Tratándose de la Declaración anual. |
Por el ejercicio fiscal que ampara la declaración. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· Atención personal en las oficinas del SAT mencionadas en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? de esta ficha, previa cita. · Realizada en el teléfono: 55 80 39 20 57 y/o 55 58 02 00 00 extensiones: 45348, 28848, 42601 y 22735. · Correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias. · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· La imagen digital, a la que se hace referencia en el apartado de requisitos, deberá considerar lo siguiente: Ø Fotografía de cada una de las obras a presentar en alta resolución, formato .jpg a 300 dpi. Ø Toma fotográfica completamente frontal, sobre fondo blanco y que incluya el marco o base en caso de que la obra cuente con alguno. Ø La toma deberá ser general y no de detalles de la obra misma. Ø Usar buena iluminación, de manera que se perciban los detalles de la obra. Ø Evitar manipulación en programas de diseño, respetando los colores y características propias de la obra. Ø En el caso de obras enmarcadas con vidrio, evitar reflejos o brillos que puedan afectar la percepción de la obra. Ø El archivo fotográfico de cada obra deberá estar nombrado con los apellidos del autor y el título de la obra, ejemplo: APELLIDOS_TITULODELAOBRA. · Cuando habiendo optado por pagar tus impuestos en los términos del Decreto, no enajenes obra de tu producción en un año o residas dicho año en el extranjero, bastará que presentes tu declaración en la Forma Oficial HDA-2 Pago en especie declaración anual ISR, IETU e IVA, pudiendo acompañar alguna obra de tu producción si así lo deseas. · Tratándose de pinturas, esculturas y grabados propuestas para el pago de los impuestos, presentar las mismas ante la Subadministración de Pago en Especie adscrita a la Administración para el Destino de Bienes “5” o bien, ante las Administraciones de Recursos y Servicios “7”, “8” y “9”, o las Subadministraciones de Recursos y Servicios atendiendo a los siguientes requisitos: Ø Tratándose de pinturas y grabados, deberán estar firmados, fechados, enmarcados, armellados y alambrados. Ø Tratándose de grabados, deberán además tener número de serie. Ø Tratándose de esculturas, deberán estar firmadas, fechadas y con número de serie, además de entregarlas en una caja de madera o cartón rígido elaborada ex profeso, que permita su conservación y traslado en óptimas condiciones. · Tratándose de obras donadas o entregadas para su exhibición y conservación, las mismas se presentan ante museos propiedad de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, o que pertenezcan a la Federación, una Entidad Federativa, Municipio u organismo descentralizado. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: Cuarto del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007; 7-A, 7-B, 7-C de la Ley del SAT; 37 del CFF; Reglas 11.1.1., 11.1.2., 11.1.3., 11.1.4., 11.1.5., 11.1.6., 11.1.7., 11.1.8. y 11.1.9. de la RMF. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta aviso de obras donadas o entregadas a Museos |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Museos propiedad de personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, o que pertenezcan a la Federación, una Entidad Federativa, Municipio u Organismo Descentralizado. |
De mayo a diciembre de cada año. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En la Administración Central de Destino de Bienes sita en Av. Paseo de la Reforma No. 10, Piso 7, Torre Caballito, Colonia Tabacalera, C.P 06030, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Acude a las oficinas de la Administración Central de Destino de Bienes mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?. 2. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite. 3. En caso de que cumplas con los requisitos recibe la forma oficial HDA-3 Pago en Especie Donación a Museos, sellada como Acuse de recibo. · En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos o condiciones, se te indicará lo que tienes que subsanar y deberás presentar nuevamente tu trámite. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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· Imagen digital de la obra en alta resolución en una memoria USB. · Formato HDA-3 Pago en Especie Donación a Museos debidamente requisitado el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/normatividad/22185/formas-y-formatos-fiscales (impreso en tres tantos). · Ficha técnica de la obra donada o entregada para su exhibición y conservación en un tanto. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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No aplica. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Vía correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx. |
Sí. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Para el Aviso: Trámite inmediato, ya que únicamente obtienes tu acuse de recibo. Si presentaste correctamente toda la documentación, se emitirá un oficio de respuesta. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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3 meses. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo y posteriormente oficio de respuesta. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· Realizada en el teléfono: 55 80 39 20 57 y/o 55 58 02 00 00 extensiones: 45348, 28848, 42601 y 22735. · Correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias. · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: Tercero y Décimo Segundo del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007; 7-C de la Ley del SAT; y Anexo 14 de la RMF. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Solicita la prórroga para acudir a recoger las obras de arte plásticas asignadas a Entidades Federativas o Municipios. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las Entidades Federativas o los Municipios por conducto del servidor público que cuente con las facultades suficientes para representarlo legalmente, o los Titulares de Finanzas Estatales en su carácter de representantes de las Entidades Federativas y Municipios. |
Dentro de los tres meses contados a partir de que se pongan a su disposición las obras de arte. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
· En forma presencial: En la Administración Central de Destino de Bienes sita en Av. Paseo de la Reforma No. 10, Piso 7, Torre Caballito, Colonia Tabacalera, C.P. 06030, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:00 hrs. a 14:00 hrs. y de 15:00 hrs. a 17:00 hrs., y viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs. · Por correo electrónico: Envía correo electrónico a la cuenta pagoenespecie@sat.gob.mx. |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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· Acude a las oficinas de la Administración Central de Destino de Bienes mencionada en el apartado anterior. 1. Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? de esta ficha, al personal que atenderá el trámite. 2. Recibe del Asesor el sello respectivo que será tu Acuse de recibo. 3. En caso de cumplir con todos los requisitos recibirás respuesta mediante Oficio, por correo postal al domicilio que señalaste. · Por correo certificado. 1. Envía oficio a través de mensajería a la Administración Central de Destino de Bienes con los documentos solicitados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 2. Recibe tu Oficio de respuesta por la misma vía, dentro de los 10 días siguientes a la recepción del mismo. · Por correo electrónico. 1. Envía oficio al correo electrónico pagoenespecie@sat.gob.mx con los documentos solicitados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 2. En caso de que cumplas con los requisitos recibe tu Oficio de respuesta por la misma vía, dentro de los 10 días siguientes, a la recepción del mismo. · En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos o condiciones, se te indicará lo que tienes que subsanar y deberás presentar nuevamente tu trámite. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Oficio de solicitud de prórroga que deberá contener: · Manifestación en la que señales que, en atención a la regla 11.1.7. de la RMF, solicitas prórroga para recoger las obras asignadas. · Nombre y datos generales del representante legal de la Entidad Federativa y/o Municipio. · Fecha en que se realizará el retiro de las obras de arte asignadas. · Designación del personal que intervendrá en la entrega-recepción de las obras de arte. · Firma autógrafa del representante legal de la Entidad Federativa y/o Municipio. 2. Adjuntar el documento donde se hagan constar las facultades suficientes para representar a la Entidad Federativa y/o Municipio. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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No aplica. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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La respuesta a la solicitud se comunicará mediante Oficio que será enviado a la Oficialía de Partes que corresponda al representante legal de la Entidad Federativa y/o Municipio, además de correo electrónico institucional. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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3 meses. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· De forma presencial obtendrás sello de recibo y posteriormente Oficio de respuesta. · Mediante correo certificado y correo electrónico recibirás Oficio de respuesta. |
La prórroga para recoger las obras de arte será de 3 meses. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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En la Administración Central de Destino de Bienes, con cita realizada en: · El teléfono: 55 80 39 20 57 y/o 55 58 02 00 00 extensiones: 45348, 28848, 42601 y 22735. · Correo electrónico: pagoenespecie@sat.gob.mx |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: Octavo del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007; 7-B de la Ley del SAT; 37 del CFF; Regla 11.1.7. de la RMF. |
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Del Decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2015.
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1/DEC-3 (Se deroga) |
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2/DEC-3 (Se deroga) |
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3/DEC-3 (Se deroga) |
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4/DEC-3 (Se deroga) |
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5/DEC-3 (Se deroga) |
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6/DEC-3 (Se deroga) |
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7/DEC-3 (Se deroga) |
Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados de Campeche y Tabasco que se indican, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016.
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1/DEC-4 (Se deroga) |
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2/DEC-4 (Se deroga) |
Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, publicado en el DOF el 04 de octubre de 2023.
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1/DEC-5 Aviso para participar en el Sorteo “El Buen Fin” conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Aviso para manifestar la voluntad de participar con la entrega de premios en el Sorteo “El Buen Fin” y gozar del estímulo fiscal consistente en acreditar contra el ISR propio o el retenido a terceros de este impuesto, el importe que corresponda a la entrega de premios. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Entidades financieras y demás entidades a que se refiere el artículo Primero del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos que pretendan participar con la entrega de premios en el Sorteo “El Buen Fin”, a través de sus representantes legales. |
A más tardar el 16 de noviembre de 2023. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/60219/presenta-el-aviso-para-participar-en-el-sorteo-%22el-buen-fin%22 |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al portal del SAT en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi Portal, tu clave en el RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá en el formulario, el apartado de “Descripción del Servicio”, el cual se deberá llenar con base a lo siguiente: · Trámite: Selecciona la opción SORTEOS. · Dirigido a: SAT. · Asunto:: Manifiesto la voluntad de participar con la entrega de premios en el Sorteo. · Descripción: Presento el aviso para manifestar la voluntad de participar con la entrega de premios en el Sorteo “El Buen Fin” y gozar del estímulo fiscal consistente en acreditar contra el ISR propio o el retenido a terceros de este impuesto, el importe que corresponda a la entrega de premios hasta agotarlo. Para tal motivo, adjunto al presente aviso la “Carta Compromiso de Transmisión de Información y Aceptación de las Condiciones del Sorteo El Buen Fin”, incluye la información de la Cámara de Compensación y/o empresa especializada que auxiliará para transmitir la información, consistente en el número de identificación o Financial Identification (FIID), números de BIN (Bank Identification Number) participantes, naturaleza (crédito o débito); y en su caso el número de identificación de la Base Única. 4. Anexa la “Carta Compromiso de Transmisión de Información y Aceptación de las Condiciones del Sorteo El Buen Fin“, en formato PDF y comprimido (formato zip), en el apartado Adjuntar archivo y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. 6. Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 5 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu aviso. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Anexa en archivo PDF y comprimido (formato zip) la “Carta Compromiso de Transmisión de Información y Aceptación de las Condiciones del Sorteo El Buen Fin” contenida en el Anexo 1. Formas oficiales aprobadas, que contenga la manifestación e información que se señala en el numeral 3 del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con Contraseña activa. · Te deberás sujetar a las bases, términos y condiciones de participación del Sorteo que al efecto el SAT publique en su portal. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente Registra en Mi Portal, tu clave en el RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión. Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Si cumples con los requisitos y las condiciones, se tendrá por presentado el Aviso. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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10 días. |
5 días. |
10 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recepción y respuesta. |
Anual. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00., excepto días inhábiles: · Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. · Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 33-B del CFF; Primero, Segundo, DECRETO DOF 04/10/2023; Regla 11.4.9. de la RMF. |
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2/DEC-5 Aviso de conformidad para que se aplique la compensación permanente de fondos que deben presentar las entidades federativas. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Avisa a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para manifestar tu conformidad para que se aplique el procedimiento de compensación permanente de fondos. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Entidades federativas por conducto de sus respectivos órganos hacendarios. |
Cuando lo requieras. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En Oficialía de Partes de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, ubicada en Palacio Nacional s/n Edificio Polivalente, Piso 4, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México. (En un horario de atención de 9:00 a 15:00 hrs.). |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Acude a las oficinas de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 3. Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá el trámite. 4. Recibe tu acuse de recepción. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Presentar escrito conforme al Modelo de escrito denominado Carta de conformidad de los Sorteos, que se encuentra en el numeral 2, del apartado B. Formatos, cuestionarios, instructivo y catálogos aprobados, contenido en el Anexo 1 de la RMF. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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No aplica. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Directamente en la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, ubicada en Palacio Nacional s/n Edificio Polivalente, Piso 4, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México. (En el horario de atención de 09:00 a 15:00 hrs.). |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
|||||
|
Si cumples con los requisitos, se tendrá por presentado el Aviso. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
|||
|
Trámite inmediato. |
No aplica |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Anual. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00., excepto días inhábiles: · Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. · Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 33-B del CFF; 15 de la LCF; Primero, Cuarto, DECRETO DOF 04/10/2023; Convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal, Sección IV; Regla 11.4.1. de la RMF. |
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|
3/DEC-5 Presentación del comprobante de pago a la Secretaría de Gobernación de aprovechamientos por premios no reclamados conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Entrega del comprobante de pago de aprovechamientos por los premios no reclamados. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin”. |
A más tardar el 31 de enero del 2024. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/73792/presenta-el-comprobante-de-pago-por-aprovechamientos-de-premios-no-reclamados |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al portal del SAT en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi Portal, tu clave en el RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario, en el apartado de “Descripción del Servicio”, el cual se deberá llenar con base a lo siguiente: · Trámite: Selecciona la opción SORTEOS. · Dirigido a: SAT. · Asunto: Entrega del comprobante de pago de aprovechamientos por premios no reclamados. · Descripción: Presento el comprobante de pago a la Secretaría de Gobernación de aprovechamientos por premios no reclamados conforme al Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, manifestando lo siguiente: “Para dar cumplimiento a lo señalado en la Regla 11.4.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, se anexa al presente aviso la copia escaneada del pago de aprovechamientos por la cantidad de $___________, por concepto de premios que, por causas ajenas a mi representada, no pudieron ser entregados a los ganadores del Sorteo El Buen Fin 2023.” 4. Anexa el “Comprobante de pagos a la Secretaría de Gobernación de aprovechamientos por premios no reclamados” en formato PDF y comprimido (formato zip), en el apartado Adjuntar archivo y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. 6. Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 5 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo, es necesario ingresar nuevamente tu solicitud. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Comprobante de pago de aprovechamientos por pagos no reclamados. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña activa. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
En el Portal del SAT con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente Registra en Mi Portal, tu RFC, contraseña y elige Iniciar sesión. Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Si cumples con los requisitos, se tendrá por presentado el comprobante de pago de aprovechamientos. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
10 días. |
5 días. |
10 días. |
|||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recepción y respuesta. |
Anual. |
||||
|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
||||
|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00., excepto días inhábiles: · Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. · Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
||||
|
Información adicional |
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|
No aplica. |
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|
Fundamento jurídico |
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|
Artículos: 33-B del CFF; Primero, Segundo DECRETO DOF 04/10/2023; 123 del RLFJS, Regla 11.4.3. de la RMF. |
|||||
|
4/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin”, auxiliadas de la cámara de compensación y/o empresa especializada. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Presenta la información que deben entregar las entidades participantes del Sorteo del “Buen Fin” a través de las cámaras de compensación y/o empresa especializada. |
|
||||
|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
||||
|
Las entidades participantes en el Sorteo “El Buen Fin” a través de las cámaras de compensación y/o empresa especializada. |
A más tardar el 30 de noviembre de 2023. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En la red privada que el SAT dé a conocer a las cámaras de compensación y empresas especializadas participantes. |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
|||||
|
Las entidades participantes en la entrega de premios del Sorteo “El Buen Fin” deberán entregar al SAT, para lo cual podrán contar con el auxilio de las cámaras de compensación y empresa especializada, la información concerniente a las operaciones de compra y los comercios participantes durante el periodo del “Buen Fin”, para que estas la depositen en la red privada que el SAT les dé a conocer. |
|||||
|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
|||||
|
Proporcionar al SAT, la siguiente información: Para entidades financieras (Emisores). 1. Número identificador de la entidad financiera participante. 2. Fecha de la transacción realizada por el tarjetahabiente persona física, o bien, a través de terminales punto de venta activas del comercio participante, en formato DDMMAA. 3. Número completo de la tarjeta del participante, o bien, de la cuenta asociada al pago de ventas generadas por la terminal punto de venta del comercio participante. 4. Importe total de la transacción expresado en pesos hasta dos decimales. 5. Número de autorización de la venta. 6. Número de referencia de la transacción generada en el punto de venta o las últimas 12 posiciones de la referencia de 23 posiciones del estado de cuenta. Para entidades financieras (Adquirentes). 1. Número de afiliación del establecimiento donde se realizó la operación de compra. 2. Clave en el RFC. 3. Nombre comercial. 4. Razón social asociada al número de afiliación del establecimiento donde se realizó la operación de compra. 5. Institución (nombre de la cámara de compensación). 6. Adquirente (nombre de la entidad financiera). 7. Número de cuenta de cheques. |
|||||
|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
|||||
|
No aplica. |
|||||
|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
|||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
||||
|
La utilización de los servicios de la red privada que el SAT dé a conocer a las cámaras de compensación y empresas especializadas participantes, está soportada en Directrices de Operación en Materia de Seguridad de la Información. |
No. |
||||
|
Resolución del trámite o servicio |
|||||
|
Si cumples con los requisitos, se tendrá por presentado el trámite. |
|||||
|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
|||
|
5 días. |
No aplica. |
No aplica. |
|||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
||||
|
Constancia de confirmación de recepción de información. |
Anual. |
||||
|
CANALES DE ATENCIÓN |
|||||
|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
||||
|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00., excepto días inhábiles: · Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. · Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
||||
|
Información adicional |
|||||
|
No aplica. |
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|
Fundamento jurídico |
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|
Artículos: 33-B del CFF; Primero, Segundo DECRETO DOF 04/10/2023; Regla 11.4.6. de la RMF. |
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|
5/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin” auxiliadas de la cámara de compensación y/o empresa especializada, respecto de los premios pagados por entidad federativa. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Proporciona la información relacionada con los pagos correspondientes a los premios entregados a los tarjetahabientes y comercios ganadores, por entidad federativa. |
|
||||
|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
Las entidades participantes en el Sorteo “El Buen Fin” a través de las cámaras de compensación y/o empresa especializada. |
A más tardar el 16 de enero del 2024. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En la red privada que el SAT dé a conocer a las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin” a través de las cámaras de compensación y empresa especializada. |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
|||||
|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
|||||
|
Las entidades participantes en la entrega de premios del Sorteo deberán entregar al SAT, para lo cual podrán contar con el auxilio de las cámaras de compensación y/o empresas especializadas, la información concerniente a los premios entregados por entidad federativa en la red privada que el SAT les dé a conocer. |
|||||
|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
|||||
|
Proporcionar al SAT, la siguiente información: 1. Los datos establecidos en la ficha de trámite 4/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin”, auxiliadas de la cámara de compensación y/o empresa especializada. 2. Importe del premio efectivamente entregado expresado en pesos hasta dos decimales. 3. Número de referencia de 23 posiciones del estado de cuenta o número de movimiento de la transacción generada en el punto de venta, según corresponda. 4. Código de aplicación del premio o indicador. 5. Nombre de la entidad federativa, municipio y/o Código Postal asociado al domicilio de las tarjetas ganadoras, o bien de las cuentas asociadas al pago de ventas generadas por la terminal punto de venta de los comercios ganadores. |
|||||
|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
|||||
|
No aplica. |
|||||
|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
|||||
|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
||||
|
La utilización de los servicios de la red privada que el SAT dé a conocer a las entidades, a las cámaras de compensación y empresa especializada participantes, está soportada en Directrices de Operación en Materia de Seguridad de la Información. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
|||||
|
Si cumples con los requisitos, se tendrá por cumplido el trámite. |
|||||
|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
|||
|
5 días. |
No aplica. |
No aplica. |
|||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
||||
|
Constancia de confirmación de recepción de información. |
Anual. |
||||
|
CANALES DE ATENCIÓN |
|||||
|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
||||
|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00., excepto días inhábiles: · Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. · Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
||||
|
Información adicional |
|||||
|
La información requerida en la presente ficha de trámite deberá presentarse con independencia de la información proporcionada conforme a la ficha de trámite 4/DEC-5 Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del Sorteo “El Buen Fin”, auxiliadas de la cámara de compensación y/o empresa especializada. |
|||||
|
Fundamento jurídico |
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|
Artículos: 33-B del CFF, Primero, Segundo DECRETO DOF 04/10/2023; Regla 11.4.7. de la RMF. |
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|
6/DEC-5 Aviso de manifestación de participación de la cámara de compensación y empresa especializada para fungir como intermediario de información entre las entidades participantes como pagadoras de premios y el SAT. |
|||||
|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
|||
|
Aviso para manifestar la voluntad para participar como intermediario de información y establecer contacto con las entidades participantes como pagadores de premios para el cumplimiento de las actividades relacionadas con El Sorteo “El Buen Fin”. |
|
||||
|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Cámaras de compensación y empresas especializadas que pretendan fungir como intermediario de información entre las entidades participantes en el Sorteo y el SAT. |
A más tardar el 31 de octubre de 2023. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/60219/presenta-el-aviso-para-participar-en-el-sorteo-%22el-buen-fin%22 |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
|||||
|
1. Ingresa al portal del SAT en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi Portal, tu clave en el RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario Descripción del Servicio el cual se debe llenar con base a lo siguiente: · Trámite selecciona la opción SORTEOS. · Dirigido a: SAT. · Asunto: Manifiesto la voluntad de participar como intermediario de información. · Descripción: Manifiesto la voluntad de participar como cámara de compensación y/o empresa especializada responsable de la transmisión de la información de las entidades que represento en el proceso de El Sorteo “El Buen Fin” 2023, y establecer contacto con estas para el cumplimiento de las actividades relacionadas con el Sorteo. Se designa como enlace de la Cámara de compensación o empresa especializada a RFC, nombre completo, puesto y medios de contacto (correo electrónico y teléfono), que tiene el compromiso de garantizar la seguridad, integridad y confidencialidad de la información a transmitir en la red privada del SAT y dar cumplimiento a los requerimientos técnicos que el SAT establezca para tal efecto. Para tal motivo, adjunto al presente aviso la Autorización emitida por BANXICO para organizarse y operar como cámara de compensación como documento probatorio de la operación y el Listado de RFC de las entidades financieras que son miembros o agremiados que pueden participar como pagadores de premios en el Sorteo. 4. Anexa la “Autorización emitida por BANXICO” en formato PDF y el “Listado de RFC de las entidades que son miembros o agremiados”, en formato xls., ambos comprimidos (formato zip), en el apartado Adjuntar archivo y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. 6. Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 5 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud. |
|||||
|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
|||||
|
Anexar la “Autorización emitida por BANXICO” en formato PDF y el “Listado de RFC de las entidades que son miembros o agremiados”, en formato xls., ambos comprimidos (formato zip) que contenga la manifestación e información obligatoria a que se refiere el numeral 3 del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
|||||
|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
· Contar con Contraseña activa. · Te deberás sujetar a las bases, términos y condiciones de participación del Sorteo que al efecto el SAT publique en su portal. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
||||
|
En el Portal del SAT con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente Registra en Mi Portal, tu clave en el RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión. Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite. |
No. |
||||
|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Si cumples con los requisitos y las condiciones, se tendrá por presentado el Aviso. |
|||||
|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
|||
|
10 días. |
5 días. |
10 días. |
|||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
||||
|
Acuse de recepción y respuesta. |
Anual. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
||||
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a viernes de 9:00 a 16:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 33-B del CFF; Primero, Segundo, DECRETO DOF 04/10/2023; Regla 11.4.10. de la RMF. |
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Del Decreto por el que establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2015.
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1/DEC-6 Informe del Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios y el Padrón de Beneficiarios de Diésel Agropecuario. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta la información relativa a la aplicación del estímulo fiscal a que se refiere el Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. · La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. · Los contribuyentes del impuesto que se establece en el artículo 2o., fracción I, inciso D, numeral 1, subincisos a) y c) de la LIEPS, que apliquen el estímulo fiscal. |
· Tratándose de la información relativa al monto total mensual del estímulo fiscal considerando los litros de combustible enajenados, que deberá presentar la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, así como la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a más tardar el día diecisiete del mes siguiente al que corresponda la información. · Tratándose de los reportes semanales que deben presentar los contribuyentes que apliquen el estímulo fiscal, a más tardar el día diecisiete del mes siguiente en que lo compensaron. · Tratándose de la información relativa al Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios o del Padrón de Beneficiarios de Diésel Agropecuario, dentro de los quince días siguientes a que se realice cualquier modificación a la información previamente proporcionada. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi portal, tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión. 3. Ingresa a los apartados de: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá el formulario correspondiente. 4. Requisita el formulario conforme lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, pestaña Trámite, selecciona la opción 1/DEC-6_PADRÓN_BENEFICIARIOS; en Asunto, indica Informe de la aplicación del estímulo fiscal a que se refiere el “Acuerdo por el que se establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y agropecuario”; en Descripción, indica si la información que presentas es relativa al monto mensual del estímulo fiscal, a los reportes semanales o a los Padrones de Beneficiarios. 5. Adjunta los archivos correspondientes, seleccionando la opción Adjuntar Archivo / Examinar; la información y documentación deberá estar comprimida en formato ZIP. 6. Oprime el botón Enviar, se genera el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Escrito libre dirigido a la AGH. 2. Documento en hoja de cálculo formato .xls que contenga la información siguiente: · Tratándose de la información relativa al monto mensual del estímulo fiscal que deberán proporcionar la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, así como la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural: a) Monto total mensual del estímulo fiscal considerando los litros de combustible enajenados a los beneficiarios. b) Monto total mensual del IVA correspondiente a la cuota del IEPS, en el porcentaje en que se disminuye mediante el estímulo fiscal, considerando los litros de combustible enajenados a los beneficiarios. · Tratándose de la información relativa a los reportes semanales que deberán proporcionar los contribuyentes que apliquen el estímulo fiscal: a) Clave del permisionario en el programa de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca y de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como su clave en el RFC. b) El número de identificación de la estación de servicio autorizada para el suministro del combustible. c) Clave del beneficiario conforme al Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios y al Padrón de Beneficiarios de Diésel Agropecuario, según corresponda, así como su clave en el RFC; identificación individual de cada suministro; relación de los comprobantes fiscales expedidos por el permisionario correspondiente, que amparen la enajenación de combustibles a precio preferencial; los litros enajenados a precio preferencial, el monto por litro del estímulo fiscal y el IVA correspondiente a la cuota del IEPS en el porcentaje que se disminuye mediante el estímulo fiscal. d) El monto total del estímulo fiscal considerando los litros de combustibles enajenados a los beneficiarios. e) El monto total del IVA, correspondiente a la cuota del IEPS en el porcentaje en que se disminuye mediante el estímulo fiscal, considerando los litros de combustible enajenados a los beneficiarios. · Tratándose de la información relativa al Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios y al Padrón de Beneficiarios de Diésel Agropecuario que deberán proporcionar la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, así como la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural: a) Padrón de beneficiarios, con la siguiente información: 1. RFC; 2. Nombre o Razón Social; 3. Clave del beneficiario en el Programa de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca o de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; y, 4. Cuota anual autorizada por tipo de combustible en litros: 4.1 Gasolina menor a 92 octanos. 4.2 Diésel. b) Padrón de Estaciones de Servicio, con la siguiente información: 1. Número de Estación de Servicio; 2. RFC; 3. Nombre o razón social; y, 4. Clave de la Estación de Servicio en el Programa de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca o de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. c) Enajenantes de gasolina y diésel a las Estaciones de Servicio, con la siguiente información: 1. RFC; y, 2. Denominación o razón social. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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En caso de cumplir con los requisitos y condiciones, la autoridad considerara presentado tu informe. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Acuerdo DOF 30/12/2015; Reglas 11.6.1., 11.6.2. y 11.6.3. de la RMF. |
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Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 11 de septiembre de 2017.
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1/DEC-7 (Se deroga) |
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2/DEC-7 (Se deroga) |
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3/DEC-7 (Se deroga) |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el 2 de octubre de 2017.
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1/DEC-8 (Se deroga) |
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2/DEC-8 (Se deroga) |
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3/DEC-8 (Se deroga) |
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018, publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2018.
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1/DEC-9 (Se deroga) |
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2/DEC-9 (Se deroga) |
Del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018.
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1/DEC-10 (Se deroga) |
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2/DEC-10 (Se deroga) |
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3/DEC-10 (Se deroga) |
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4/DEC-10 (Se deroga) |
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5/DEC-10 (Se deroga) |
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6/DEC-10 (Se deroga) |
Del Decreto mediante el cual se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 08 de enero de 2019.
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1/DEC-11 (Se deroga) |
Del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2018 y modificado mediante las publicaciones en el mismo órgano de difusión del 30 de diciembre de 2020 y del 21 de octubre de 2022, así como del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020.
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1/DEC-12 Aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur en materia del ISR. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales. |
· A más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal de que se trate. · Dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción en el RFC o de la presentación del aviso de apertura de sucursal, agencia o establecimiento en la región fronteriza norte o sur. · En el caso de renovación, a más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal de que se trate. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: En la liga: https://zonafronteriza.sat.gob.mx |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra los datos de tu e.firma y Contraseña, y oprime el botón ENVIAR. 3. Ingresa la opción Registro de solicitud. 4. Indica la región fronteriza donde deseas aplicar el estímulo fiscal y selecciona tu trámite: · Incorporación al padrón de beneficiarios. · Aplicación del estímulo fiscal en región fronteriza. · Renovación del estímulo para región fronteriza. · Baja del estímulo en región fronteriza. 5. Valida la vista previa de tu acuse. 6. Ingresa los datos de tu e.firma y oprime el botón firmar solicitud. 7. Oprime el botón Enviar, genera el acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Para los contribuyentes que inicien actividades y establezcan su domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento en la región fronteriza norte o sur, deberán manifestar bajo protesta de decir verdad que sus ingresos en las citadas regiones, representarán conforme a su estimación, al menos el 90% del total de sus ingresos del ejercicio, sin incluir los ingresos que deriven de bienes intangibles, así como los correspondientes al comercio digital, así como que cuenta con la capacidad económica, activos e instalaciones para llevar a cabo la realización de sus operaciones y actividades en dichas regiones y que, para ello, utilizan bienes nuevos de activo fijo. 2. Manifestación bajo protesta de decir verdad, de cumplir con todos los requisitos para aplicar el estímulo fiscal en materia del ISR para la región fronteriza norte o sur. 3. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, que no han realizado operaciones con contribuyentes que hayan sido publicados en los listados a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF o, en su caso, corrijan totalmente su situación fiscal. 4. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, que no han interpuesto algún medio de defensa en contra de la resolución a través de la cual se concluyó que no se acreditó la materialidad de las operaciones y/o en contra de la determinación de créditos fiscales del ISR e IVA que deriven de la aplicación de los Decretos o de haberlo interpuesto, que se desistió del mismo. 5. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de que los socios o accionistas registrados ante el SAT no se encuentren en la presunción del artículo 69-B, primer párrafo del CFF. 6. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de que a la fecha de presentación de la solicitud no ha sido publicado en los listados a que se refiere el octavo párrafo del artículo 69-B Bis del CFF. 7. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, en donde de manera expresa señale que en el ejercicio inmediato anterior cuando menos el 90% del total de sus ingresos se obtuvieron en la región fronteriza norte o sur, derivado de la realización de actividades en dichas zonas, sin incluir los ingresos que deriven de bienes intangibles, así como los correspondientes al comercio digital. 8. Manifestación bajo protesta de decir verdad que en los cinco ejercicios fiscales anteriores a la fecha de aplicación del estímulo no se le han ejercido facultades de comprobación y en caso de que la autoridad si hubiese ejercido sus facultades y se hayan determinado contribuciones omitidas, que corregiste tu situación fiscal. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con Contraseña y e.firma. · No estar incluidos en el listado publicado por el SAT, en términos del penúltimo párrafo del artículo 69 del CFF, excepto cuando la publicación sea consecuencia de la condonación de multas. · No ubicarse en la presunción establecida en el artículo 69-B del CFF. · No estar incluido en los listados a que se refiere el octavo párrafo del artículo 69-B Bis del CFF. · No encontrarse en el procedimiento de restricción temporal a que se refiere el artículo 17-H Bis del CFF. · No tener cancelados los certificados de sello digital en términos del artículo 17-H del CFF. · Contar con opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales. · Contar con buzón tributario activo. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Con el número de folio de tu aviso, en la liga: https://zonafronteriza.sat.gob.mx |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Se emitirá acuse de respuesta. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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3 meses. |
3 meses. |
10 días. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse de recibo. · Acuse de respuesta. |
Tendrá vigencia durante el ejercicio fiscal en el cual se obtuvo. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 297 del CFPC; Séptimo y Octavo del DECRETO DOF 31/12/2018, modificado mediante DECRETO 30/12/2020; Séptimo y Octavo del DECRETO DOF 30/12/2020 Región fronteriza norte y sur; Reglas 11.9.1., 11.9.8., 11.9.9., 11.9.10.,11.9.13. y 11.9.14. de la RMF. |
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2/DEC-12 Aviso para darse de baja del Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este aviso para solicitar tu baja del Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur en materia del ISR. |
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Costo: |
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¿Quién puede presentar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales inscritas en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para región fronteriza norte o sur en materia del ISR. |
En cualquier momento. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: En la liga: https://zonafronteriza.sat.gob.mx |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra los datos de tu e.firma y Contraseña, y oprime el botón ENVIAR. 3. Ingresa la opción Registro de solicitud. 4. Indica la región fronteriza donde deseas aplicar el estímulo fiscal y selecciona tu trámite: · Incorporación al padrón de beneficiarios. · Aplicación del estímulo fiscal en región fronteriza. · Renovación del estímulo para región fronteriza. · Baja del estímulo en región fronteriza. 5. Valida la vista previa de tu acuse. 6. Oprime el botón Enviar, genera el acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
No requiere presentar documentación. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
· Contar con Contraseña y e.firma. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Con el número de folio de tu aviso, en la liga: https://zonafronteriza.sat.gob.mx |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Se emitirá un acuse de respuesta. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
3 meses. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
· Acuse de recibo. · Acuse de respuesta. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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|
Información adicional |
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· Los contribuyentes deben presentar a más tardar en el mes siguiente a aquel en que solicitaron la baja del Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales de meses anteriores del mismo ejercicio, y realizar el pago correspondiente del ISR sin considerar la aplicación del estímulo fiscal establecido en estos Decretos. · El impuesto que resulté se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en el que se presentó la declaración en la que se aplicó el estímulo fiscal hasta el mes en el que se efectué el pago correspondiente, de conformidad con el artículo 17-A del CFF, además el contribuyente deberá cubrir recargos por el mismo periodo de conformidad con el artículo 21 del CFF. · Los contribuyentes que dejen de aplicar el estímulo no podrán volver a aplicar dicho estímulo durante la vigencia de los citados Decretos. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 297 del CFPC; Noveno del DECRETO DOF 31/12/2018, modificado mediante DECRETO 30/12/2020 Décimo; Décimo del DECRETO DOF 30/12/2020 Región fronteriza Norte; Noveno del DECRETO DOF 30/12/2020 Región fronteriza sur; Regla 11.9.15. de la RMF. |
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3/DEC-12 Aviso para aplicar el estímulo fiscal en materia del IVA en la región fronteriza norte o sur. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este aviso cuando apliques el estímulo fiscal en materia del IVA en la región fronteriza norte o sur. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales. |
· Dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción en el RFC o de la presentación del aviso de apertura de sucursal o establecimiento en la región fronteriza norte o sur. · En el caso de reanudación de actividades o actualización de obligaciones, a más tardar el día 17 del mes siguiente a la fecha de presentación del aviso de reanudación de actividades o de actualización de actividades económicas y de obligaciones. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: En la liga: https://zonafronteriza.sat.gob.mx |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra los datos de tu e.firma o Contraseña, y oprime el botón ENVIAR. 3. Ingresa la opción Registro de solicitud. 4. Indica la región fronteriza donde deseas aplicar el estímulo fiscal y selecciona tu trámite: · Incorporación al padrón de beneficiarios. · Aplicación del estímulo fiscal en región fronteriza. · Renovación del estímulo para región fronteriza. · Baja del estímulo en región fronteriza. 5. Valida la vista previa de tu acuse. 6. Oprime el botón Enviar, genera el acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
1. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, que no han realizado operaciones con contribuyentes que hayan sido publicados en los listados a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF o, en su caso, corrijan totalmente su situación fiscal. 2. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, que no han interpuesto algún medio de defensa en contra de la resolución a través de la cual se concluyó que no se acreditó la materialidad de las operaciones o de haberlo interpuesto, que se desistió del mismo. 3. Manifestar, bajo protesta de decir verdad, de que los socios o accionistas registrados ante el SAT no se encuentren en el supuesto de presunción del artículo 69-B, primer párrafo del CFF. 4. Manifestar, bajo protesta de decir verdad, de que a la fecha de presentación del aviso no ha sido publicado en los listados a que se refiere el octavo párrafo del artículo 69-B Bis del CFF. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con Contraseña o e.firma. · Realizar los actos y actividades de enajenación de bienes, de prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, en locales o establecimientos ubicados dentro de la región fronteriza norte o sur, conforme al Artículo Décimo Segundo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre del 2018 y Décimo Primero del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, en locales o establecimientos ubicados en los Municipios señalados en los artículos Primeros de los citados Decretos. · No estar incluidos en el listado publicado por el SAT en términos del penúltimo párrafo del artículo 69 del CFF, excepto en el caso establecido en la fracción VI del citado párrafo, siempre que el motivo de la publicación sea consecuencia de la condonación de multas. · No ubicarse en la presunción establecida en el artículo 69-B del CFF. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Con el número de folio de tu aviso, en la liga: https://zonafronteriza.sat.gob.mx |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Acuse de recibo. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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3 meses. |
3 meses. |
10 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Vigente, hasta que el contribuyente presente el Aviso para dar de baja el estímulo fiscal en materia del IVA en la región fronteriza norte o sur o concluya la vigencia de los Decretos. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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La autoridad otorgará el beneficio fiscal cuando los contribuyentes hayan presentado el “Aviso para aplicar el estímulo fiscal en materia del IVA en la región fronteriza del norte o sur” de acuerdo a lo señalado en los Decretos antes mencionados. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 297 del CFPC; Décimo Segundo del DECRETO DOF 31/12/2018, modificado mediante DECRETO 30/12/2020; Décimo Primero del DECRETO DOF 30/12/2020 Región fronteriza sur; Reglas 11.9.2., 11.9.12. y 11.9.13. de la RMF. |
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4/DEC-12 Aviso para dar de baja el estímulo fiscal en materia del IVA en la región fronteriza norte o sur. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este aviso cuando dejes de aplicar el estímulo fiscal en materia del IVA en la región fronteriza norte o sur. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas o morales. |
En cualquier momento. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: En la liga: https://zonafronteriza.sat.gob.mx |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra los datos de tu e.firma o Contraseña, y oprime el botón ENVIAR. 3. Ingresa la opción Registro de solicitud. 4. Indica la región fronteriza donde deseas aplicar el estímulo fiscal y selecciona tu trámite: · Incorporación al padrón de beneficiarios. · Aplicación del estímulo fiscal en región fronteriza. · Renovación del estímulo para región fronteriza. · Baja del estímulo en región fronteriza. 5. Valida la vista previa de tu acuse. 6. Oprime el botón Enviar, genera el acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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No aplica. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con Contraseña o e.firma. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT realizará alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Con el número de folio de tu aviso, en la liga: https://zonafronteriza.sat.gob.mx |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Consultar sus roles en el apartado de Consulte su información fiscal. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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3 meses. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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A partir del momento en que los contribuyentes avisen de su baja del estímulo fiscal en materia del IVA en la región fronteriza norte o sur, dejarán de aplicar los beneficios establecidos en el estímulo antes mencionado. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 297 del CFPC; Décimo Segundo del DECRETO DOF 31/12/2018, modificado mediante DECRETO 30/12/2020; Décimo Primero del DECRETO DOF 30/12/2020 Región fronteriza sur; Regla 11.9.2. de la RMF. |
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5/DEC-12 Informe al programa de verificación en tiempo real para contribuyentes de la región fronteriza norte o sur. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presentar el informe al programa de verificación en tiempo real de región fronteriza norte o sur. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. Ambas, beneficiarias del estímulo para la región fronteriza norte o sur, en materia del ISR. |
A más tardar treinta días después de que concluya el ejercicio. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En forma presencial: · Ante la ACPPFGC de la AGGC, en la Oficialía de Partes de dicha Administración General, sita en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México. De lunes a viernes en un horario de 8:00 hrs. a 14:30 hrs. tratándose de contribuyentes que sean competencia de la referida Administración General. · Ante la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal más cercana a tu domicilio, en la Oficialía de Partes de dicha Administración Desconcentrada, tratándose de contribuyentes que sean competencia de la AGAFF. · Ante la ACPPH de la AGH, en la Oficialía de Partes de dicha Administración General, sita en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México. De lunes a viernes de 8:00 hrs. a 14:30 hrs. tratándose de contribuyentes que sean competencia de la referida Administración General. En el Portal del SAT: · A través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En forma presencial: 1. Acude a las oficinas del SAT que se indican en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 2. Entrega la documentación solicitada al personal que recibirá el trámite. 3. Recibe y conserva un tanto del escrito libre con sello de autoridad como acuse de recepción. En el Portal del SAT: 1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona la opción Servicios por Internet /Servicios o solicitudes / Solicitud, y aparecerá un formulario; en el apartado Descripción del Servicio, selecciona en la pestaña Trámite: “5/DEC-12 INFORME V.T.R. NORTE o SUR”, escribe en Dirigido a: ACPPFGC o ADAF o ACPPH, conforme a tu competencia, en Asunto: Informe al programa de verificación en tiempo real para contribuyentes de región fronteriza norte o región fronteriza sur, dependiendo del Decreto que apliques ; en Descripción: Presentación del Informe al programa de verificación en tiempo real para contribuyentes de región fronteriza norte o sur, correspondiente al ejercicio fiscal del que se trate. 4. Oprime el ícono Adjuntar Archivo, elige Examinar y selecciona el documento digitalizado en formato ZIP que contiene la información que subirás y elige Cargar. 5. Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de Recibo que contiene el folio del trámite. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Escrito libre, el cual debe señalar por lo menos lo siguiente: I. Tu nombre, denominación o razón social de la persona moral, según corresponda. II. Tu domicilio fiscal manifestado en el RFC o el de la persona moral, según corresponda. III. Número y dirección de sucursales, agencias o establecimientos dentro de la región fronteriza norte o sur. IV. Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción. V. La dirección de correo electrónico para recibir notificaciones. VI. Indica los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción. VII. Tu firma o firma de la o el representante legal. Si acudes a las oficinas del SAT, presenta escrito libre en dos tantos, en caso de presentar tu trámite a través de “Mi portal”, adjunta escrito en formato ZIP. 2. Presenta de manera presencial en un tanto o envía de forma digitalizada en formato ZIP con un máximo 4MB por cada carpeta comprimida, la información y documentación que se indica a continuación de manera enunciativa y no limitativa, según corresponda: I. Tratándose de contribuyentes con una antigüedad en su domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento dentro de la región fronteriza norte o sur igual o mayor a dieciocho meses a la fecha de la presentación del aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur: a) Para acreditar que obtuviste ingresos exclusivamente de la región fronteriza norte o sur de por lo menos el 90% del total de los ingresos, en el ejercicio inmediato anterior al que presentaste el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur, exhibe: i. Declaración anual del ejercicio inmediato anterior que corresponda, debidamente cruzada con papel de trabajo y balanza de comprobación a que se refieren los siguientes numerales ii y iii del presente inciso. ii. Papel de trabajo mediante el cual se integre cuando menos el 90% de los ingresos obtenidos en la región fronteriza norte o sur y los obtenidos fuera de esta, en su caso la integración deberá ser por sucursal, agencia o establecimiento. iii. Balanza de comprobación al 31 de diciembre del ejercicio que corresponda. b) Para la región fronteriza sur, acredita la capacidad económica, activos e instalaciones, con la que demuestres las principales fuentes de ingresos, los bienes, derechos y otros recursos de los que dispones, así como el mobiliario, maquinaria y equipo con que cuentas para la realización de las operaciones del año inmediato anterior al que presentaste el aviso de inscripción al Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza sur, entre otros, con lo siguiente: i. En el escrito libre que proporciones conforme al numeral 1, describe detalladamente la actividad empresarial que desarrollas en la región fronteriza sur, así como el organigrama operativo, en el que se identifiquen los nombres, claves en el RFC y puestos (administrativos y operativos) de las estructuras organizacionales ubicadas en dicha región, así como el detalle de las actividades que desarrolla cada uno de ellos. ii. En caso de partes relacionadas que tengan participación directa o indirecta en el capital social del contribuyente, señalar en el escrito que proporciones conforme al numeral 1, el nombre, razón social o denominación, clave en el RFC y domicilio fiscal de cada una de ellas. Asimismo, presenta la información del Anexo 9 de la DIM respecto de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero y en territorio nacional. En su caso, la referencia a “DOMICILIO DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO” se entenderá hecha al domicilio fiscal del contribuyente residente en territorio nacional con quien se celebró la operación en cuestión, y la referencia a “NUMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL”, se entenderá hecha a la clave en el RFC de dicho contribuyente. iii. Estado de posición financiera y balanza de comprobación del año inmediato anterior al que presentaste al aviso de inscripción al Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza sur. iv. Registro contable y documentación soporte de las pólizas relacionadas con las cinco principales inversiones, además de la documentación que acredite la legal propiedad, posesión o tenencia de los bienes que constituyen la inversión, así como su adquisición, incluyendo, en su caso, las fotografías de las mismas, los comprobantes de pago y la transferencia de las erogaciones por la adquisición de los bienes. v. Precisar en el escrito que proporciones y documentar, si la inversión en activos fijos se destinó en su totalidad a actividades empresariales. vi. Documentación soporte de las cinco principales fuentes y condiciones de financiamiento, tales como contratos y estados de cuenta bancarios, así como actas protocolizadas de aportación de capital y estado de cuenta bancario en donde se identifique la procedencia de dichos recursos, incluyendo el estado de cuenta correspondiente a los socios y accionistas en el caso de aportación a capital. vii. Información de los cinco principales mobiliarios, maquinaria o equipo de tu propiedad que utilizas para la realización de las operaciones, con su respectivo registro contable y documentación que acredite la legal propiedad, posesión o tenencia, incluyendo, en su caso, las fotografías de los mismos, así como las facturas electrónicas, comprobantes de pago y transferencias de las erogaciones por la adquisición. viii. En su caso, planos de los lugares físicos en que se desarrolla el proyecto, o la proyección fotográfica o similar de cómo quedará el proyecto en su conclusión. ix. Número de personal contratado al momento de la presentación del aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza sur, indica el registro de inscripción en el IMSS, y aporta el recibo de pago de las cuotas obrero-patronales ante dicho instituto. x. Tratándose de la adquisición de inmuebles, presenta los títulos de propiedad en los que conste la inscripción en el Registro Público de la Propiedad o el aviso correspondiente o, en su caso, el contrato de arrendamiento o concesión del inmueble donde llevas a cabo la actividad, o el documento donde conste la modalidad jurídica que corresponda. c) De manera adicional a lo antes señalado, deberás proporcionar la información y documentación citada en el presente numeral correspondiente al ejercicio por el que presentas el informe de verificación en tiempo real. De no haberse presentado la declaración del ejercicio deberás aportar las declaraciones de los pagos provisionales del citado ejercicio. II. Para contribuyentes con una antigüedad en su domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento dentro de la región fronteriza norte o sur menor a dieciocho meses a la fecha de presentación del aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur o contribuyentes que inicien actividades, que se inscribieron en el RFC, y constituyeron su domicilio fiscal en la región fronteriza norte o sur o realizaron la apertura de una sucursal, agencia o establecimiento en dichas regiones: a) Para acreditar que obtuviste ingresos exclusivamente de la región fronteriza norte o sur de por lo menos el 90% del total de los ingresos, en el ejercicio inmediato anterior al que presentaste el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur, exhibe la información y documentación del numeral 2, fracción I, inciso a) del presente apartado, correspondiente al periodo de este inciso. b) Tratándose de contribuyentes que inicien actividades, que se inscribieron en el RFC y constituyan su domicilio fiscal en la región fronteriza norte o sur o realizaron la apertura de una sucursal, agencia o establecimiento en dichas regiones; aporta papel de trabajo mediante el cual estimaste que tus ingresos totales del ejercicio en el que presentaste el aviso de inscripción al Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur, representan al menos 90% del total de tus ingresos del ejercicio. c) Acredita la capacidad económica, activos e instalaciones con la que demuestre las principales fuentes de ingresos, los bienes, derechos y otros recursos de los que dispones, así como el mobiliario, maquinaria y equipo con que cuentas para la realización de las operaciones del año inmediato anterior al que presentaste al aviso de inscripción al Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur o del periodo menor de doce meses más reciente que se tenga en los casos de ser de reciente creación o por inicio de operaciones, entre otros, con la información y documentación establecida en el numeral 2, fracción I, inciso b), del presente apartado. d) Para acreditar la adquisición de bienes nuevos, la factura electrónica por dicha adquisición, la cual no deberá tener una antigüedad mayor a dos años, contados a partir de la fecha de la presentación del aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios de estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur, así como el estado de cuenta bancario y la póliza de registro contable. En el supuesto de bienes usados, podrás utilizar el comprobante fiscal en papel o factura electrónica que amparen la adquisición del bien usado por parte del proveedor, así como la factura electrónica por la enajenación al contribuyente. Adicionalmente, en el escrito que proporciones conforme al numeral 1, manifiesta bajo protesta de decir verdad la clave en el RFC de cada una de las partes relacionadas y que el bien adquirido no ha sido enajenado en más de una ocasión. e) De manera adicional a lo antes señalado, deberás proporcionar la información y documentación citada en el presente numeral correspondiente al ejercicio por el que presentas el informe de verificación en tiempo real. De no haberse presentado la declaración del ejercicio deberás aportar las declaraciones de los pagos provisionales del citado ejercicio. III. Para contribuyentes que presentaron aviso de renovación a fin de acreditar que continúan cumpliendo los requisitos establecidos en los Decretos de estímulos fiscales región fronteriza norte o sur, aportarás, según corresponda, la información y documentación señalada en el numeral 2, fracción I, inciso c) y numeral 2, fracción II, inciso e). |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Estar inscrito en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Acuse de recibo. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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· En todos los casos, los documentos que exhibas deberán estar a nombre del contribuyente, donde se observe el domicilio fiscal, o el domicilio de la sucursal, agencia o establecimiento según corresponda. · La autoridad fiscal podrá llevar a cabo el procedimiento de verificación en tiempo real, con la finalidad de corroborar y evaluar la veracidad de la información y documentación presentada conforme a está ficha de trámite. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 37 del CFF, Séptimo del DECRETO DOF 31/12/2018; modificado mediante DECRETO 30/12/2020; Séptimo del DECRETO DOF 30/12/2020 Región fronteriza sur; Reglas 11.9.1. y 11.9.4. de la RMF. |
||||||
Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación, publicado en el DOF el 11 de octubre de 2023
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1/DEC-13 Aviso para aplicar el estímulo fiscal consistente en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta este aviso cuando optes por aplicar el estímulo fiscal en materia de deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas y morales. |
Durante los treinta días naturales inmediatos siguientes al mes en el que apliquen por primera vez los estímulos fiscales. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin. action |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra en Mi portal, tu RFC y Contraseña y selecciona Iniciar sesión. 3. Ingresa a los apartados de: Servicios por Internet / Servicio o solicitud / Solicitud y aparecerá un formulario. 4. Requisita el formulario conforme lo siguiente: En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona la opción AVISO DED INMEDIATA Y CAP; en *Asunto, indica Aplicación del estímulo en materia deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación; en Descripción: Opta por aplicar el estímulo deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación. 5. Adjunta los archivos correspondientes, seleccionando la opción Adjuntar Archivo / Examinar; la información y documentación deberán digitalizarlos en formato PDF, mismos que deberán de pesar como máximo 4 MB, y estar comprimidos en formato ZIP. 6. Oprime el botón Enviar, se generará el acuse de recibo electrónico, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Archivo digitalizado que contenga escrito libre firmado por el contribuyente o representante legal, con la manifestación bajo protesta de decir verdad que: · Cumple con los requisitos para aplicar el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación, incluyendo el registro específico de las inversiones y de capacitación. · Opta por aplicar el estímulo fiscal en materia de deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación a que se refiere el Decreto. · Se encuentra inscrito en el RFC. · Tiene habilitado su buzón tributario y registrados medios de contacto válidos en términos del artículo 17-K del CFF. · Cuenta con opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo a que se refiere el artículo 32-D del CFF. · No está incluido en el listado publicado por el SAT, en términos del penúltimo párrafo del artículo 69 del CFF. · No está publicado en los listados a que se refiere cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF. · No ha realizado operaciones con contribuyentes que hayan sido publicados en los listados a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF, o bien, en caso de haberlo hecho, manifieste que acreditó la materialidad de las operaciones que amparan los CFDI. · No está publicado en los listados a que se refiere el noveno párrafo del artículo 69-B Bis del CFF. · No tiene créditos fiscales firmes o que, al ser exigibles, no estén garantizados o bien que la garantía resulte insuficiente. · No se encuentra en el procedimiento de restricción temporal a que se refiere el artículo 17-H Bis del CFF. · No se encuentra en ejercicio de liquidación, en su caso. · No tiene cancelados los certificados de sello digital en términos del artículo 17-H del CFF |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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El trámite es inmediato para la obtención del aviso. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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En caso de cumplir con los requisitos y condiciones, la autoridad considerará presentado tu aviso. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
2023, 2024 y 2025. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 25 CFF, Sexto Decreto DOF 11/10/2023, Reglas 2.1.36. y 11.12.1. de la RMF. |
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Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas y vientos fuertes durante el 24 de octubre de 2023, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2023
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1/DEC-14 Apoyo para la reconstrucción o rehabilitación de viviendas en las zonas afectadas del estado de Guerrero. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta la información relacionada con el uso y destino de los recursos otorgados a los afectados en los Municipios del Estado de Guerrero, previstos en la Declaratoria de Emergencia que emita la autoridad competente. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que hayan otorgado donativos para la reconstrucción o rehabilitación de viviendas afectadas en los Municipios afectados de Guerrero, señalados en la Declaratoria de Emergencia. |
· Primer Informe: durante el mes de enero de 2024. · Segundo Informe: durante el mes de julio de 2024. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT a través del sistema que se habilite para la presentación de informes de transparencia. http://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/Paginas/obligaciones_informes.html |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En el Portal del SAT: 1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? / Iniciar 2. Registra el RFC de la organización civil o fideicomiso y la Contraseña o e.firma y elige Enviar. 3. Selecciona Transparencia / Apoyo para la reconstrucción o rehabilitación de viviendas en los Municipios de Guerrero / Periodo a informar / Siguiente. 4. En Aportaciones patrimoniales, debes señalar si realizaste alguna contribución de tu patrimonio para atender la eventualidad; de ser negativo selecciona No, de ser afirmativo selecciona Sí / Agregar, elige el Tipo de recurso y captura el Monto aportado; de tratarse de Aportación en especie, captura la Descripción del donativo, la cual consta de la cantidad y tipo de bien y elige Guardar. 5. En Donativos / Detalle de donativos relacionados en efectivo, recibidos en el periodo, señala si recibiste donativos en efectivo, específicamente para ser destinados a atender la eventualidad, de ser negativo selecciona No, de ser afirmativo selecciona Sí / Agregar y captura la siguiente información: · País de origen. · Origen de recurso. · Monto. · RFC del donante (Si lo conoces) El RFC, está integrado de 12 dígitos para persona moral y 13 para persona física. En caso de no conocer el RFC del donante, deberás seleccionar el recuadro de “Sin datos”. · En caso de haber recibido donativos por parte del extranjero selecciona el país de donde recibiste el donativo y especifica si fue de una persona física o una persona moral, selecciona Guardar. 6. En Donativos / Detalle de donativos relacionados en especie, especifica si recibiste donativos en especie para atender la eventualidad, de ser negativo selecciona No, de ser afirmativo selecciona Sí / Agregar y captura la siguiente información: · País de origen. · Origen de recurso. · Monto. · Cantidad. · Descripción. · RFC del donante (Si lo conoces) En caso de no conocer el RFC del donante, deberás seleccionar el recuadro de “Sin datos”. · En caso de haber recibido donativos por parte del extranjero selecciona el país de donde recibiste el donativo y especifica si fue de una persona física o una persona moral, selecciona Guardar. 7. En Destinos y Beneficiarios / ¿Destinaste donativos al sector público, en apoyo a la eventualidad? selecciona la opción que corresponda y elige Guardar. 8. En ¿Destinaste donativos a donatarias autorizadas, en apoyo a la eventualidad? selecciona la opción que corresponda y, de ser afirmativo, captura la información solicitada, posteriormente elige Guardar. 9. En ¿Destinaste donativos a otros beneficiarios, en apoyo a la eventualidad? señala a los beneficiarios a los que destinaste los donativos, los cuales deben estar permitidos conforme a las reglas de carácter general. Al dar clic en el apartado Agregar, se desplegará una pantalla emergente con los datos que deberás llenar para dicho formato: · Entidad federativa. · Municipio / Alcaldía. · Destino. · Uso específico. · Especifique. · Especifique el beneficiario. · Monto en efectivo. · Monto en especie. · Total Finalmente selecciona Guardar. 10. Acepta la declaración de protesta de decir verdad. 11. Envía, firma con tu e.firma, obtén tu acuse y guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Contar con la autorización para recibir donativos deducibles. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma o Contraseña. · Requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Plataforma: Windows 7; Explorador: Firefox Mozilla 3.6, Chrome 27 y versiones superiores, Microsoft Edge. · Que el domicilio de los beneficiarios se ubique en alguno de los municipios afectados en Guerrero, señalados en la Declaratoria de emergencia correspondiente. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Se emitirá un acuse de respuesta. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de respuesta. |
Anual. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT: de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· La información declarada será responsabilidad directa de las organizaciones civiles y fideicomisos que cuenten con autorización para recibir donativos deducibles y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”. Es obligatorio conforme a las disposiciones fiscales, conservar la documentación y registros contables que acrediten el uso y destino de los donativos deducibles que se otorguen a la población afectada. · El primer informe comprende a la información relativa al periodo del 24 de octubre al 31 de diciembre de 2023 y el segundo informe al periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2024. · La presentación de este informe no releva la obligación de informar el destino de los donativos en la Declaración informativa de transparencia prevista en la regla 3.10.10. de la RMF. |
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Fundamento jurídico |
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Decreto DOF 30/10/2023; Regla 11.13.6. de la RMF. |
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De la prestación de servicios digitales y de intermediación entre terceros.
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1/PLT Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Inscripción en el RFC residentes en el extranjero por la prestación de servicios digitales. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionan servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional. |
· Dentro de los treinta días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que se proporcionan por primera vez los servicios digitales a un receptor ubicado en territorio nacional. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal “2”, ubicada en Avenida Paseo de la Reforma Norte, Número 10, Piso 2, Edificio Torre Caballito, Colonia Tabacalera, 06030, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, de lunes a viernes de 08:30 a 16:00 hrs. Previa cita generada en: · En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Acude con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 2. Entrega la documentación al personal que atenderá tu trámite y proporciona la información que te solicite. 3. Recibe al finalizar el trámite, los documentos que comprueban el registro de tu solicitud. 4. En caso no cumplas con alguno de los requisitos, recibes ACUSE DE PRESENTACIÓN INCONCLUSA DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN O AVISO DE ACTUALIZACIÓN EN EL RFC, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Copia certificada del acta o documento constitutivo de la empresa debidamente apostillado o legalizado, según proceda. Cuando estos consten en idioma distinto del español debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado. 2. Copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente del documento con que acrediten el número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con este en dicho país, en los casos en que así proceda. 3. Original de comprobante de domicilio en territorio nacional para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de obligaciones fiscales, cualquiera de los señalados en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del presente Anexo. 4. Copia certificada del poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal, u carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público. Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso contar con traducción al español y haber sido realizado por perito autorizado. *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo. 5. Original de la identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo (original). 6. Designar a un representante legal y proporcionar un domicilio en territorio nacional para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de obligaciones fiscales. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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El representante legal del residente en el extranjero debe estar inscrito en el RFC. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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El trámite se concluye en el momento en que se realiza, por lo que, al finalizarlo contaras con la Cédula de Identificación Fiscal del residente en el extranjero donde puedes consultar la clave en el RFC que fue asignada. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
10 días |
10 días. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse único de inscripción en el RFC que contiene la Cédula de Identificación Fiscal y el código de barras bidimensional (QR). |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. · Preguntas frecuentes: http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/PlataformasTecnologicas_ServiciosDigitales/documentos/PreguntasGeneralesEsquema.pdf |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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Si deseas conocer más información al respecto, se pone a tu disposición el Minisitio de Plataformas tecnológicas en la siguiente liga: http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/index.html |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 113-C de la LISR; 18-D de la LIVA; Regla 12.1.1. de la RMF. |
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2/PLT Solicitud de generación del Certificado de e.firma para residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Los residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales deberán obtener su Certificado de e.firma. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionen los servicios digitales siguientes a receptores ubicados en territorio nacional: · La descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, música, juegos, incluyendo los juegos de azar, así como otros contenidos multimedia, ambientes multijugador, la obtención de tonos de móviles, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas. · Los de intermediación entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos. · Clubes en línea y páginas de citas. · La enseñanza a distancia o de test o ejercicios. |
· Cuando se realice la inscripción en el RFC, conforme a la regla 12.1.1. · Cuando lo requiera el contribuyente.
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal "2", ubicada en Avenida Paseo de la Reforma Norte, Número 10, Piso 2, Edificio Torre Caballito, Colonia Tabacalera, 06030, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, de lunes a viernes de 08:30 a 16:00 hrs., excepto días inhábiles previa cita generada en: · En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Acude a tu cita en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal “2”. 2. Presenta y entrega la documentación e información señalada en el apartado requisitos. 3. Durante el trámite se registrará la documentación que presentes. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Unidad de memoria extraíble (USB) que contenga el archivo de requerimiento (.req) generado previamente en el programa Certifica https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/certifica/ 2. Correo electrónico personal al que el contribuyente tenga acceso. 3. Forma oficial FE "Solicitud de Certificado de e.firma". 4. La documentación presentada conforme a la ficha de trámite 1/PLT “Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales” del presente Anexo. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· El representante legal deberá contar previamente con Certificado de e.firma y presentar el original de alguna identificación oficial vigente de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. · Responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con la situación fiscal del contribuyente que pretende obtener el Certificado de e.firma. · Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, presentar la traducción al idioma español por perito autorizado. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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El trámite es conclusivo. En caso de que se requiera aclarar la situación fiscal del contribuyente o su representante legal, una vez presentada la aclaración el contribuyente deberá acudir a la oficina del SAT en la que inició su trámite. |
Sí, previo a la generación del Certificado Digital de e.firma, se verificará la situación fiscal del contribuyente y representante legal y en caso de que presenten alguna inconsistencia se le emitirá el Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal. |
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Resolución del trámite o servicio |
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El trámite es conclusivo, motivo por el cual, al finalizarlo, se obtendrá su e.firma. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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El trámite es inmediato; sin embargo, cuando se requiera aclarar la situación del contribuyente o su representante legal, 10 días contados a partir del día siguiente a la presentación de la Aclaración con los documentos o pruebas que desvirtúen la situación identificada en la situación fiscal del contribuyente o su representante legal, conforme a lo señalado por la ficha de trámite 197/CFF "Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma" del presente Anexo. |
10 días |
6 días contados a partir del día hábil siguiente al que se reciba el "Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal". |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Cuando proceda el trámite: · Certificado digital de e.firma, archivo digital con terminación (.cer). · Comprobante de generación del Certificado de e.firma. |
El Certificado de e.firma estará vigente por 4 años. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias) · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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Cuando se reciba el "Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal", se deberá presentar información que desvirtúe la irregularidad identificada en su situación fiscal, conforme a lo señalado por la ficha de trámite 197/CFF "Aclaración a la solicitud de generación o renovación del Certificado de e.firma" de presente Anexo. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 17-D del CFF; 113-C de la LISR; 18-D de la LIVA; Regla 12.1.2. de la RMF. |
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3/PLT Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que presten servicios digitales de intermediación |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Inscripción en el RFC residentes en el extranjero que proporcionan servicios digitales de intermediación entre terceros como retenedores cuando cobren el precio y el valor agregado correspondiente. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionan servicios digitales de intermediación entre terceros. |
· Cuando se realice la inscripción en el RFC conforme a la regla 12.1.1. de la RMF. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal “2”, ubicada en Avenida Paseo de la Reforma Norte, Número 10, Piso 2, Edificio Torre Caballito, Colonia Tabacalera, 06030, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, de lunes a viernes, de 08:30 a 16:00 hrs. Previa cita generada en: · En el Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En las Oficinas del SAT, previa cita: 1. Acude con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 2. Entrega la documentación al personal que atenderá tu trámite y proporciona la información que te solicite. 3. Recibe al finalizar el trámite, los documentos que comprueban el registro de tu solicitud. 4. En caso no cumplas con alguno de los requisitos, recibes ACUSE DE PRESENTACIÓN INCONCLUSA DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN O AVISO DE ACTUALIZACIÓN EN EL RFC, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Copia certificada del acta o documento constitutivo de la empresa debidamente apostillado o legalizado, según proceda. Cuando estos consten en idioma distinto del español debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado. 2. Copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente del documento con que acrediten el número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con este en dicho país, en los casos en que así proceda. 3. Original de comprobante de domicilio en territorio nacional para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de obligaciones fiscales, cualquiera de los señalados en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del presente Anexo. 4. Copia certificada del poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal, u carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público. Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso contar con traducción al español y haber sido realizado por perito autorizado. *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo. 5. Original de la identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo (original). 6. Designar a un representante legal y proporcionar un domicilio en territorio nacional para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de obligaciones fiscales. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
El representante legal del residente en el extranjero debe estar inscrito en el RFC. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
El trámite se concluye en el momento en que se realiza, por lo que, al finalizarlo contaras con la Cédula de Identificación Fiscal del residente en el extranjero donde puedes consultar la clave en el RFC que fue asignada. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
10 días |
10 días. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· Acuse único de inscripción en el RFC que contiene la Cédula de Identificación Fiscal y el código de barras bidimensional (QR). |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. · Preguntas frecuentes: http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/PlataformasTecnologicas_Intermediacion/documentos/PreguntasGenerales_esquema_intermediacion.pdf |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
|
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|
Información adicional |
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|
· Si deseas conocer más información al respecto, se pone a tu disposición el Minisitio de Plataformas tecnológicas en la siguiente liga: http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/index.html |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 5, 27 del CFF; 113-C de la LISR; 18-J de la LIVA; Regla 12.2.1. de la RMF. |
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4/PLT Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones para plataformas que prestan servicios digitales de intermediación entre terceros. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Actualiza las obligaciones fiscales de personas morales que presten servicios digitales. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas morales residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México. |
Dentro del mes siguiente a aquel en que inicies la prestación de servicios digitales de intermediación entre terceros. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/34937/presenta-el-aviso-de-actualizacion-de-actividades-economicas-y-obligaciones-de-tu-empresa |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y requisita lo siguiente: 2. Captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma y selecciona Enviar. 3. A continuación, se despliega la pantalla Datos del Representante legal, registra la información solicitada en cada campo y la fecha del movimiento, aparecerá un Cuestionario donde deberás capturar la información de ingresos y actividades económicas solicitada en cada una de las secciones del mismo; una vez completada oprime el botón Continuar, se despliega el RESUMEN de la información capturada, revísala y corrige si es necesario, si está correcta elige Guardar datos del cuestionario y posteriormente Confirmar; se genera el AVISO DE ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL, revisa la información, si es necesario puedes corregir nuevamente, si es correcta oprime Confirmar, con esto finalizas la captura del trámite y se genera el ACUSE DE MOVIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL, que comprueba el registro de tu aviso, imprímelo o guárdalo. 4. En caso de no puedas concluir el trámite en el Portal del SAT, acude a las Oficinas del SAT, para recibir información adicional sobre el mismo, previa cita generada en: · El Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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No requiere entregar documentación. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con contraseña o e.firma |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Si el registro de la información es correcto, de forma automática, se actualiza la situación fiscal de la persona moral en el RFC y recibes los documentos que comprueban el registro de tu aviso. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· AVISO DE ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL. · ACUSE DE MOVIMIENTOS DE ACTUALIZACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 27 del CFF; 29, 30 del RCFF; 113-C de la LISR. |
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5/PLT Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Aviso para considerar como pagos definitivos las retenciones de IVA e ISR que se te efectúen a través de las plataformas tecnológicas o similares. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas. |
Dentro de los treinta días siguientes a aquel en que percibas el primer ingreso o contraprestación por las actividades que realizas. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/33758/presenta-el-aviso-de-actualizacion-de-actividades-economicas-y-obligaciones-fiscales-como-persona-fisica |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Captura tu RFC, Contraseña y el Captcha o tu e.firma y selecciona Enviar. 3. A continuación se despliega la pantalla Datos del Representante legal, registra la información solicitada en cada campo, en caso de que no tengas representante legal puedes dejar los campos en blanco y solo registrar la fecha del movimiento; aparecerá un Cuestionario donde deberás capturar la información de ingresos y actividades económicas solicitada en cada una de las secciones del mismo; una vez completada oprime el botón Continuar, se despliega el RESUMEN de la información capturada, revísala y corrige si es necesario, si está correcta oprime el botón Guardar datos del cuestionario y posteriormente Confirmar; se genera el AVISO DE ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL, revisa la información capturada, si es necesario puedes corregir nuevamente, si la información es correcta oprime el botón Confirmar, con esto finalizas la captura del trámite y se genera el ACUSE DE MOVIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL, que comprueba el registro de tu aviso, te sugerimos imprimirlo o guardarlo. 4. En caso de no puedas concluir el trámite en el Portal del SAT, acude a las Oficinas del SAT, para recibir información adicional sobre el mismo, previa cita generada en: · El Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/ |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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No se requiere entregar documentación. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con Contraseña o e.firma. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Si capturas todos los campos del formulario electrónico, se actualiza tu situación fiscal en el RFC y recibes los documentos que comprueban el registro del aviso. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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· AVISO DE ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL. · ACUSE DE MOVIMIENTOS DE ACTUALIZACIÓN DE SITUACIÓN FISCAL. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.m · Oficina virtual. Podrás acceder a este canal de atención al agendar tu cita en la siguiente liga: http://citas.sat.gob.mx/ · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. · Preguntas frecuentes: https://www.sat.gob.mx/tramites/33758/presenta-el-aviso-de-actualizacion-de-actividades-economicas-y-obligaciones-fiscales-como-persona-fisica |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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Este aviso lo presentan las personas físicas que realizan actividades empresariales y que optan por considerar como pagos definitivos las retenciones que les efectúen las plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 17-D, 27 del CFF; 29, 30 del RCFF; 113-B de la LISR; 18-M, Cuarto Transitorio, fracción IV, de la LIVA; Reglas 12.3.3. de la RMF. |
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6/PLT Solicitud de devolución de pago de lo indebido del IVA, por cancelación de operaciones efectuadas a través de plataformas tecnológicas. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Procedimiento para solicitar la devolución de pago de lo indebido del IVA por la cancelación de operaciones o en caso de descuentos, devoluciones o bonificaciones efectuadas a través de plataformas tecnológicas tratándose de personas físicas que optan por el pago definitivo para efectos del IVA. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las personas físicas que ejerzan la opción a que se refiere el artículo 18-M de la Ley de IVA, cuando se cancelen operaciones, se reciban devoluciones u otorguen descuentos o bonificaciones por la enajenación de bienes, prestación de servicios u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, efectuadas a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares. |
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya realizado el entero de la retención o el pago indebido del IVA. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: · Personas Físicas: https://sat.gob.mx/tramites/login/24016/solicita-tu-devolucion |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT en la liga ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Captura tu RFC, Contraseña y Captcha que indique el sistema, o bien, ingresa con tu e.firma, y elige Enviar. 3. Verifica que la información prellenada, relativa a tus datos y domicilio fiscal, esté correcta, de ser así selecciona Sí y elige Siguiente. 4. Captura en el apartado Información del Trámite; el Origen devolución: Elige conforme a tu solicitud, Tipo de Trámite: Elige conforme a tu solicitud, Suborigen del saldo: Elige conforme a tu solicitud e Información adicional: Captura información adicional conforme a tu solicitud y elige Siguiente. 5. Selecciona la opción al que corresponde el pago de lo indebido en el apartado Datos del Impuesto, Concepto, Periodo y Ejercicio, tales como; Tipo de periodo: Elige conforme a tu solicitud, Periodo: Elige conforme a tu solicitud y Ejercicio: Elige conforme a tu solicitud y elige Siguiente. 6. El sistema te mostrará los datos de tu declaración con el pago de lo indebido. En caso de que tu declaración no se encuentre disponible en el sistema, elige Si para que respondas al apartado Información del saldo a favor; Tipo de declaración: (Normal o Complementaria en el que se encuentre manifestado el pago de lo indebido), Fecha de presentación de la declaración: dd/mm/aaaa, Número de operación: número que se encuentra en la declaración normal o complementaria según corresponda, Importe del pago de lo indebido: Importe manifestado en la declaración normal o complementaria según corresponda, Importe solicitado en devolución: Importe que solicitas en devolución, si, en su caso, recibiste con anterioridad una devolución del importe por el que presenta el trámite, indica el Importe de las devoluciones y/o compensaciones anteriores (sin incluir actualización) y presiona en Siguiente. 7. En el apartado Información del Banco, si ya se encuentra el registro de tu CLABE Selecciona una cuenta CLABE que aparece de forma automática, elige Sí y oprime en el ícono Adjunta el estado de cuenta, regístralo en formato comprimido en ZIP, elige en Examinar, elige la ruta en la que se encuentra tu archivo y elige Cargar o en caso de que desees agregar una nueva cuenta CLABE, selecciona el ícono Adicionar nueva cuenta CLABE y Registra la nueva cuenta CLABE, al seleccionar Sí adjunta el estado de cuenta comprimido en ZIP y elige Examinar, señala la ruta en la que se encuentra tu archivo y elige Cargar y elige en Siguiente. 8. Responde la pregunta relacionada con la titularidad de la cuenta CLABE. 9. Verifica la información del banco que aparece y elige Siguiente. 10. Adjunta los archivos en formato PDF que correspondan de conformidad con los requisitos que se señalan en las tablas 6.1 y 6.2 mismos que deben estar comprimidos en formato ZIP y máximo 4MB cada uno. Los documentos originales se digitalizarán para su envío. En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los requisitos, esta también deberá adicionarse a tu trámite en forma digitalizada. Elige Examinar para que selecciones la ruta en la que se encuentra tu archivo, captura el nombre del documento y después oprime Cargar, realiza la operación cuantas veces sea necesario para adjuntar toda la documentación e información. 11. Una vez concluida la captura aparecerá toda la información, verifica que sea la correcta, en caso de que así sea, realiza el envío con el uso de tu e.firma. 12. Guarda o Imprime el acuse de recibo. 13. Cuando en la solicitud de devolución existan errores en los datos contenidos en la misma, la autoridad te requerirá mediante buzón tributario para que mediante escrito y en un plazo de 10 días aclares dichos datos. 14. Dentro de los 20 días posteriores a la presentación del trámite, la autoridad fiscal podrá notificarte mediante buzón tributario un requerimiento de datos, informes o documentación adicional para verificar la procedencia de la devolución, mismo que deberás atender en el plazo de 20 días. 15. De dar atención oportuna al primer requerimiento, la autoridad fiscal podrá notificarte mediante buzón tributario dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que lo hubieres cumplido, un nuevo requerimiento refiriéndose a los datos, informes o documentos aportados en atención al requerimiento anterior, mismo que deberás atender dentro de un plazo de 10 días. 16. En caso de no atender los requerimientos señalados en los numerales 13, 14 y 15 anteriores, se hará efectivo el apercibimiento de dar por desistido el trámite. 17. La autoridad fiscal para determinar la procedencia del saldo a favor, en caso de considerarlo necesario, podrá ejercer facultades de comprobación, mismas que se sujetarán al procedimiento establecido en el artículo 22-D del CFF. 18. Podrás dar seguimiento a tu solicitud de devolución dentro de los 40 días a la presentación de tu solicitud de devolución, de acuerdo con lo indicado en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Los requisitos se especifican en la tabla correspondiente: Solicitud de devolución de pago de lo indebido del IVA. Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para dar seguimiento a la solicitud de devolución de pago de lo indebido del IVA. |
Ver tabla 6.1 Ver tabla 6.2 |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma y Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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· Ingresa a la liga https://www.sat.gob.mx/consultas/login/93266/seguimiento-de-tramites-y-requerimientos · Captura tu RFC, Contraseña y Captcha que indique el sistema, o bien, ingresa con tu e.firma, y elige Enviar. · Selecciona la opción que corresponde a tu consulta en el apartado Consulta de trámites; Tipo de solicitud: Elige conforme a tu solicitud; Ejercicio: Elige conforme a tu solicitud; Mostrar Solicitudes: Elige la que corresponda a tu solicitud y elige Buscar. · El sistema te mostrará el estatus de tu trámite. |
Para verificar la procedencia de la devolución, la autoridad fiscal podrá: Requerirte aclaraciones, datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con la misma. Iniciarte facultades de comprobación, mediante la práctica de visitas o requerimiento de la contabilidad y otros documentos e informes para que se exhiban en las oficinas de la propia autoridad. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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· Si de la revisión a la información y documentación aportada o de la que obra en poder de la autoridad fiscal, es procedente la devolución, la autorización será total, de lo contrario la devolución será de una cantidad menor o negada en su totalidad, mismas que serán notificadas de forma personal o vía buzón tributario. · En caso de autorización total, el estado de cuenta que expidan las Instituciones financieras será considerado como comprobante de pago de la devolución respectiva. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
40 días. |
· 40 días cuando existan errores en los datos de la solicitud; · 20 días para emitir el primer requerimiento de información adicional; y · 10 días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento de información y documentación. |
· En un plazo de 10 días, cuando aclares los datos contenidos en la solicitud; · Máximo en 20 días, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación, tratándose del primer requerimiento de información y documentación; y · Máximo en 10 días, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del segundo requerimiento. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo electrónico. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
|
||||||
|
Información adicional |
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|
· No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de impuesto pagado, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional. · Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma de la / el contribuyente o de la / el representante legal, en su caso. |
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|
Fundamento jurídico |
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|
Artículos: 17-D, 22, 22-D, 134, fracción I del CFF; 1o.-A BIS, 18-J, 18-K, 18-L, 18-M de la LIVA; Reglas 2.3.4., 2.3.8., 12.1.10., 12.3.3., y 12.3.11. de la RMF. |
|||||||
TABLAS
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Tabla 6.1 Solicitud de devolución de pago de lo indebido del IVA |
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|
No |
Documentación |
IVA |
|
1 |
En caso de cancelación de la operación el CFDI de ingresos con el estatus de cancelado en que conste el monto de la contraprestación cancelada y el IVA, en forma expresa y por separado, que se restituyó los cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF. En caso de descuentos, devoluciones o bonificaciones un CFDI de Egresos que contenga en forma expresa y por separado el monto de la contraprestación y el IVA trasladado que se hubiere restituido. |
X |
|
2 |
CFDI de retenciones e información de pagos que haya sido emitido por la Plataforma Tecnológica, los cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF. En su caso, durante 2020 un comprobante de la retención efectuada en términos de la regla 12.2.4. de la RMF. |
X |
|
3 |
En su caso, acuse de la declaración del pago del IVA correspondiente. |
X |
|
4 |
Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad, que contengan la clave en el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE). |
X |
|
Tabla 6.2 Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para dar seguimiento a la solicitud de devolución de pago de lo indebido del IVA |
||
|
No |
Documentación |
IVA |
|
1 |
Documentos y comprobantes fiscales que deban presentarse conjuntamente con tu solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o se hayan presentado con errores u omisiones. |
X |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar las inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
|
3 |
En caso de que la actividad preponderante no se lleve a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en el que indique bajo protesta de decir verdad el domicilio donde realiza la actividad y, en su caso, aviso de apertura de establecimiento. |
X |
|
4 |
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar tu situación fiscal ante el RFC. |
X |
|
5 |
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
|
7/PLT Declaración de pago del ISR personas físicas plataformas tecnológicas. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Presenta la declaración mensual del ISR |
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|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
· Personas físicas con ingresos recibidos directamente de los usuarios de los servicios o adquirentes de los bienes proporcionados mediante plataformas tecnológicas que hayan optado por presentar pagos definitivos de ISR. · Personas físicas que no optaron por presentar pagos definitivos por los ingresos percibidos mediante plataformas tecnológicas. |
Mensual: · Si recibes ingresos directamente de los usuarios a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente al que correspondan los ingresos. · Si no optaste por el esquema de retenciones definitivas, a más tardar el día diecisiete del mes siguiente al que correspondan los ingresos. |
||||
|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/declaracion/87655/presenta-tu-declaracion-de-pagos- |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona el botón INICIAR, posteriormente registra tu RFC, Contraseña, y Captcha o e.firma y selecciona la opción Presentar declaración. 3. Elige el Ejercicio, la Periodicidad, el Periodo y el Tipo de Declaración; selecciona la obligación ISR personas físicas plataformas tecnológicas y elige Siguiente. 4. Para iniciar el llenado de tu declaración selecciona Tipo de Declaración y se desplegará un recuadro en el que debes señalar el Tipo de ingreso que percibes y dependiendo de la opción elegida te mostrará una pestaña para la captura del monto de tus ingresos y retenciones que te realizaron, para el cálculo correspondiente; posteriormente debes ingresar al aparatado de Pago a validar el monto del mismo, en caso de estar de acuerdo para generar la vista previa y realizar el envío de la Declaración, selecciona Administración de la declaración y elige la opción deseada. · En caso de que desees corregir la declaración, podrás modificar la información de tus ingresos y retenciones y generarla nuevamente. 5. Una vez enviada la declaración, el sistema generará en PDF el acuse de recibo y en su caso, la línea de captura para el pago, la cual podrás descargar e imprimir, el pago podrás realizarlo a través de Internet en el Portal del banco o en la ventanilla bancaria. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
No se requiere entregar documentación. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con Contraseña o de preferirlo contar con e.firma. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Se considera que cumples con la obligación, cuando realizas el envío y en su caso hayas efectuado el pago correspondiente. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo de la declaración y, en su caso, la línea de captura correspondiente para el pago. |
· Indefinida si no resulta saldo a pagar. · En caso de tener saldo a pagar, la vigencia será hasta la fecha indicada en la línea de captura. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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|
· Si el total de tus ingresos anuales obtenidos por la enajenación de bienes, prestación de servicios o por la prestación de servicios de hospedaje a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, salarios e intereses, no exceden de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 m.n.) anuales, podrás optar por realizar pagos definitivos de ISR por los ingresos obtenidos a través de Internet, mediante las citadas plataformas tecnológicas. · Si el total de tus ingresos anuales obtenidos por la enajenación de bienes, prestación de servicios o por la prestación de servicios de hospedaje a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, salarios e intereses, no exceden de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 m.n.) anuales, podrás optar por que las retenciones que efectúen las plataformas tecnológicas sean consideradas como pagos definitivos del ISR. · Se dejan a salvo las facultades de la autoridad para requerir los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con el presente trámite. |
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|
Fundamento jurídico |
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Artículo 113-A, fracciones I, II, III y último párrafo de la Ley del ISR; Regla 12.3.6. de la RMF. |
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|
8/PLT Declaración de pago del ISR retenciones por el uso de plataformas tecnológicas. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presentar la declaración de entero de retenciones del ISR efectuadas a las personas físicas con actividades empresariales que enajenen bienes, presten servicios a través de internet mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas morales residentes en México · Personas morales residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país · Entidades o figuras jurídicas extranjeras que presten servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares. |
Mensual, a más tardar, el día diecisiete del mes siguiente al que corresponda el pago. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: · Residentes en México: https://www.sat.gob.mx/declaracion/39311/presenta-tu-declaracion-de-entero-de-retenciones · Residentes en el Extranjero: https://www.sat.gob.mx/declaracion/69868/presenta-tu-declaracion-de-entero-de-retenciones |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra tu RFC, Contraseña, y Captcha o e.firma y selecciona la opción Presentar declaración. 3. Elige el Ejercicio, la Periodicidad, el Periodo y el Tipo de Declaración; selecciona la obligación ISR personas físicas plataformas tecnológicas y elige Siguiente. 4. Para iniciar el llenado de tu declaración selecciona Tipo de Declaración y se desplegará un recuadro en el que debes señalar el Tipo de retención que realizas posteriormente, deberás ingresar al apartado de Determinación donde realizarás la captura del número de contribuyentes retenidos, importe de las operaciones e ISR retenido; posteriormente debes ingresar al aparatado de Pago a validar el monto del mismo, en caso de estar de acuerdo para generar la vista previa y realizar el envío de la Declaración, selecciona Administración de la declaración y elige la opción deseada. · El envío deberá realizarse invariablemente con la e.firma · En caso de que desees modificar el importe, deberás regresar al apartado Determinación para cambiar la información registrada. 5. Una vez enviada la declaración, el sistema generará en PDF el acuse de recibo y en su caso, la línea de captura para el pago, la cual podrás descargar y conservar, el pago podrás realizarlo a través de Internet en el Portal del banco. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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No se requiere entregar documentación. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma y Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Se considera que cumples con la obligación, cuando realizas el envío y en su caso hayas efectuado el pago correspondiente. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo de la declaración y, en su caso, la línea de captura correspondiente para el pago. |
· Indefinida si no resulta saldo a pagar. · En caso de tener saldo a pagar, la vigencia será hasta la fecha indicada en la línea de captura. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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Se dejan a salvo las facultades de la autoridad para requerir los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con el presente trámite. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 113-A, segundo y tercer párrafo, fracciones I, II, III, 113-C, fracción IV de la LISR; Regla 12.2.4. de la RMF. |
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9/PLT Declaración informativa por el uso de plataformas tecnológicas. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presentar la información de los clientes enajenantes de bienes, prestadores de servicios u otorgantes del uso o goce temporal de bienes a través de plataformas tecnológicas, aun cuando no hayan efectuado el cobro de la contraprestación y el IVA correspondiente. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas y morales residentes en México o residentes en el extranjero sin establecimiento en México, así como las entidades o figuras jurídicas extranjeras, que proporcionen servicios digitales de intermediación entre terceros a través de plataformas tecnológicas. |
Mensual, a más tardar el día diez del mes siguiente al que corresponda la información. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: · Personas físicas: https://www.sat.gob.mx/declaracion/87721/presenta-tu-declaracion-informativa · Personas morales: https://www.sat.gob.mx/declaracion/41038/presenta-tu-declaracion-informativa · Residentes en el Extranjero: https://www.sat.gob.mx/declaracion/43644/presenta-tu-declaracion-informativa |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? que te corresponda y selecciona INICIAR. 1. Registra tu RFC, Contraseña, y Captcha o e.firma seguido de Enviar. 2. Escoge la opción Presentar declaración; elige el Ejercicio, el Periodo y el Tipo de Declaración; selecciona las obligaciones a declarar y presiona Siguiente. 3. El llenado de tu declaración se realiza por apartados, los cuales se habilitan conforme a las obligaciones a declarar, deberás ingresar a cada apartado y capturar los datos solicitados, para generar la vista previa selecciona Revisión, en caso de que desees modificar la información declarada, deberás de oprimir el botón Regresar a Formulario o si es correcta, realiza el envío seleccionando Envío o Enviar declaración. · Si eres persona moral deberás realizar el envío invariablemente con la e.firma. 4. Una vez enviada la declaración, el sistema generará en formato PDF el acuse de recibo, el cual podrás descargar y conservar. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
No se requiere entregar documentación. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Personas físicas: Contar con e.firma o Contraseña. · Personas morales: Contar con e.firma y Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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Se considera que se ha presentado la declaración cuando se realiza el envío y se obtiene el acuse de recibo. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 113-C, fracción III de la LISR; 1-A Bis, 18-J, fracción III de la LIVA; Regla 12.2.7. de la RMF. |
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10/PLT Declaración de pago del IVA personas físicas plataformas tecnológicas. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta la declaración mensual de pago definitivo del IVA |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas de acuerdo a lo siguiente: · Por los cobros de las contraprestaciones realizadas directamente a los adquirentes o usuarios de los bienes o servicios, proporcionados mediante plataformas tecnológicas que hayan optado por presentar la declaración mensual de pago definitivo del IVA. · Por los cobros de las contraprestaciones por la enajenación de bienes o prestación de servicios, proporcionados mediante plataformas tecnológicas cuando no se haya optado por el esquema de retenciones definitivas. |
Mensual: · Si realizas el cobro directamente de los usuarios, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el cobro. · Si no optaste por el esquema de retenciones definitivas, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que correspondan el cobro.
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/declaracion/87655/presenta-tu-declaracion-de-pagos- |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona el botón INICIAR, posteriormente registra tu RFC, Contraseña, y Captcha o e.firma y selecciona la opción Presentar declaración. 3. Elige el Ejercicio, la Periodicidad, el Periodo y el Tipo de Declaración; selecciona la obligación: a) IVA personas físicas plataformas tecnológicas pago definitivo y elige Siguiente. b) IVA personas físicas plataformas tecnológicas y elige Siguiente. 4. Si elegiste el inciso a) para iniciar el llenado de tu declaración selecciona Tipo de Declaración y se desplegará un recuadro en el que debes señalar el Tipo de ingreso que percibes y dependiendo de la opción elegida te mostrará una pestaña para la captura del monto de tus ingresos y retenciones que te realizaron, para el cálculo correspondiente; posteriormente debes ingresar al aparatado de Pago a validar el monto del mismo, en caso de estar de acuerdo para generar la vista previa y realizar el envío de la Declaración, selecciona Administración de la declaración y elige la opción deseada. 5. Si elegiste el inciso b) para iniciar el llenado de tu declaración selecciona Tipo de Declaración, se habilitará el Apartado de Determinación en donde deberás capturar el importe de tus ingresos, el IVA acreditable de tus gastos y el monto de las retenciones que te realizaron; posteriormente debes ingresar al aparatado de Pago a validar el monto del mismo, en caso de estar de acuerdo para generar la vista previa y realizar el envío de la Declaración, selecciona Administración de la declaración y elige la opción deseada · Con relación a los puntos 4 y 5, en caso de que desees corregir la declaración, podrás modificar la información de tus ingresos, acreditamientos y retenciones y generarla nuevamente. 6. Una vez enviada la declaración, el sistema generará en PDF el acuse de recibo y en su caso, la línea de captura para el pago, la cual podrás descargar e imprimir, el pago podrás realizarlo a través de Internet en el Portal del banco o en la ventanilla bancaria. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
No se requiere entregar documentación. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma o Contraseña. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
Se considera que cumples con la obligación, cuando realizas el envío y en su caso hayas efectuado el pago correspondiente. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo de la declaración y en su caso, la línea de captura correspondiente para el pago. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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Información adicional |
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· Si el total de tus ingresos en el ejercicio inmediato anterior, por las actividades realizadas con la intermediación no exceden de $300,000.00 (trescientos mil pesos, 00/100 M.N.) anuales y además no recibes ingresos distintos a salarios o intereses, podrás optar por considerar las retenciones que te realicen las plataformas tecnológicas como definitivas. · Si optas por considerar las retenciones de IVA como definitivas, quedarás relevado de presentar la DIOT. · Se dejan a salvo las facultades de la autoridad para requerir los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con el presente trámite. |
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|
Fundamento jurídico |
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Artículos: 5-D, 18-K, 18-M, segundo párrafo de la LIVA; Regla 12.3.8. de la RMF. |
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11/PLT Declaración de pago del Impuesto al Valor Agregado por la prestación de servicios digitales. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Presenta la declaración mensual del IVA que contenga el monto de las contraprestaciones efectivamente cobradas en el mes, por la prestación de servicios digitales proporcionados a receptores ubicados en territorio nacional. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Personas físicas o morales residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionen servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional. |
Mensual, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente al que corresponda el pago. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/declaracion/42009/presenta-tu-declaracion-de-pagos |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona el botón INICIAR, posteriormente registra tu RFC, Contraseña, y Captcha o e.firma y selecciona la opción Presentar declaración. 3. Elige el Ejercicio, la Periodicidad, el Periodo y el Tipo de Declaración; selecciona la obligación: Impuesto al Valor Agregado por la prestación de servicios digitales y elige Siguiente. 4. Para iniciar con el llenado de tu declaración selecciona Tipo de Declaración, se habilitará el Apartado de Determinación en donde deberás seleccionar el Tipo de servicio que prestas, Capturar el número de receptores, el número de operaciones y el importe de las mismas; posteriormente debes ingresar al aparatado de Pago a validar el monto del mismo, en caso de estar de acuerdo para generar la vista previa y realizar el envío de la Declaración, selecciona Administración de la declaración y elige la opción deseada. · En caso de que desees corregir la declaración, podrás modificar la información capturada. 5. Una vez enviada la declaración, el sistema generará en PDF el acuse de recibo y en su caso, la línea de captura para el pago, la cual podrás descargar e imprimir, el pago podrás realizarlo a través de Internet en el Portal del banco o si eres persona física también en la ventanilla bancaria. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
No se requiere entregar documentación. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma o Contraseña. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
Se considera que cumples con la obligación, cuando realizas el envío y en su caso hayas efectuado el pago correspondiente. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
||||
|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo de la declaración y en su caso la línea de captura correspondiente para el pago. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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|
Se dejan a salvo las facultades de la autoridad para requerir los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con el presente trámite. |
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|
Fundamento jurídico |
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|
Artículo 18-D, fracción IV de la LIVA; Regla 12.1.8. de la RMF. |
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12/PLT Declaración del IVA retenciones por el uso de plataformas tecnológicas. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Presenta la declaración del entero de retenciones del IVA, efectuadas a las personas físicas que enajenen bienes, presten servicios o concedan el uso o goce temporal de bienes a través de servicios digitales de intermediación entre terceros (plataformas tecnológicas). |
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|
Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
Personas físicas y morales residentes en México o residentes en el extranjero sin establecimiento en México, que presten servicios digitales de intermediación entre terceros (plataformas tecnológicas). |
Mensual, a más tardar el día diecisiete del mes siguiente al que corresponda el pago. |
|||||
|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: · Personas físicas: https://www.sat.gob.mx/declaracion/29937/presenta-tu-declaracion-de-retenciones · Personas morales: https://www.sat.gob.mx/declaracion/39311/presenta-tu-declaracion-de-entero-de-retenciones · Residentes en el Extranjero: https://www.sat.gob.mx/declaracion/69868/presenta-tu-declaracion-de-entero-de-retenciones |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Registra tu RFC, Contraseña, y Captcha o e.firma y selecciona la opción Presentar declaración. 3. Elige el Ejercicio, la Periodicidad, el Periodo y el Tipo de Declaración; selecciona la obligación IVA retenciones por el uso de plataformas tecnológicas y elige Siguiente. 4. Para iniciar el llenado de tu declaración selecciona Tipo de Declaración y se desplegará un recuadro en el que debes señalar el Tipo de retención que realizas posteriormente, deberás ingresar al apartado de Determinación donde realizarás la captura del número de contribuyentes retenidos, importe de las operaciones e IVA retenido; posteriormente debes ingresar al aparatado de Pago a validar el monto del mismo, en caso de estar de acuerdo para generar la vista previa y realizar el envío de la Declaración, selecciona Administración de la declaración y elige la opción deseada. · Las personas morales deberán realizar el envío invariablemente con la e.firma. · En caso de que desees modificar el importe, deberás regresar al apartado Determinación para cambiar la información registrada. 5. Una vez enviada la declaración, el sistema generará en PDF el acuse de recibo y en su caso, la línea de captura para el pago, la cual podrás descargar y conservar, el pago podrás realizarlo a través de Internet en el Portal del banco o si eres persona física también en la ventanilla bancaria. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
No se requiere entregar documentación. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
· Contar con e.firma o Contraseña si eres persona física. · Contar con e.firma si eres persona moral. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
|||||
|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
Se considera que cumples con la obligación, cuando realizas el envío y en su caso hayas efectuado el pago correspondiente. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo de la declaración con la línea de captura correspondiente para el pago. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs, excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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|
Se dejan a salvo las facultades de la autoridad para requerir los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con el presente trámite. |
||||||
|
Fundamento jurídico |
||||||
|
Artículos: 1-A BIS, primer párrafo, 18-J, fracción II, inciso a) de la LIVA; Regla 12.2.6. de la RMF. |
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13/PLT Aviso de opción para el pago de contribuciones desde el extranjero, por la prestación de servicios digitales en México. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Presenta el aviso de opción de pago del ISR y del IVA, por la prestación de servicios digitales. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionen, a receptores ubicados en territorio nacional, los siguientes servicios digitales: Ø La descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, música, juegos, incluyendo los juegos de azar, así como otros contenidos multimedia, ambientes multijugador, la obtención de tonos de móviles, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas. Ø Los de intermediación entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos. Ø Clubes en línea y páginas de citas. Ø La enseñanza a distancia o de test o ejercicios. · Residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionen servicios digitales de intermediación entre terceros. |
Por única ocasión, dentro de los diez días antes de que venza el plazo para el pago del ISR e IVA. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? / EJECUTAR EN LÍNEA. 2. Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña, elige Iniciar Sesión. 3. Selecciona el apartado de: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y requisita el formulario conforme a lo siguiente: En el apartado Descripción del servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PLATAFORMA PAGO EXTRANJERO; en ; en Asunto: Presentación del aviso de opción para el pago de contribuciones desde el extranjero, por la prestación de servicios digitales en México; en Descripción: Indicar brevemente el tipo de servicio en Adjuntar Archivo: Elige en Examinar y selecciona los documentos digitalizados y comprimidos en formato PDF que contienen la información que subirás, señalados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar, selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio de la solicitud y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Escrito libre firmado por el representante legal en el que solicites al SAT pagar tus contribuciones en el extranjero, en el que se debe señalar: · Nombre, denominación, o razón social de la empresa si eres persona moral. · Domicilio fiscal manifestado en el RFC. · Domicilio en territorio nacional para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de obligaciones fiscales. · Clave en el RFC. · Señalar la autoridad a la que te diriges. · Los hechos y circunstancias relacionados con el propósito de la promoción, acompañados con los documentos e información que los soporten. · Dirección de correo electrónico. · Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales. En caso de representación legal: 2. Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público (original y copia simple para cotejo). Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso contar con traducción al español y haber sido realizado por perito autorizado. 3. Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo). * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del presente Anexo. * Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del presente Anexo. 4. Una vez presentada el aviso, Acercarte con la Tesorería de la Federación, a través del correo pec@hacienda.gob.mx, para obtener las Especificaciones Técnicas y Operativas que establecen la manera de cómo efectuar el pago desde el extranjero. |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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· Contar con e.firma o Contraseña. · El representante legal del residente en el extranjero deberá estar inscrito en el RFC y contar e. firma. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Ingresa al Portal del SAT, en la liga señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? realiza los pasos 1, 2 y 3 señalados en el apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? selecciona la opción / Consulta, ingresa tu Número de Folio proporcionado y selecciona Buscar. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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En caso de que cumplas con los requisitos para realizar el trámite, la autoridad emitirá la respuesta a tu solicitud a través de Mi portal. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 20, tercer párrafo del CFF; 113-C primer párrafo, fracción IV de la LISR; 18-B, 18-D, primer párrafo, fracción IV, 18-J, fracción II, inciso b) de la LIVA; Regla 12.1.7. de la RMF. |
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14/PLT Solicitud de devolución de pago de lo indebido del ISR, por cancelación de operaciones efectuadas a través de plataformas tecnológicas. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Solicitar la devolución de pago de lo indebido del ISR retenido por cancelación de operaciones efectuadas a través de plataformas tecnológicas. |
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Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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Las personas físicas que ejerzan la opción a que se refiere el artículo 113-B de la Ley de ISR, a quienes les cancelen operaciones por la enajenación de bienes o prestación de servicios, efectuadas a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, cuando les hubieran efectuado retención del impuesto. |
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya realizado el pago indebido del ISR. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://sat.gob.mx/tramites/login/24016/solicita-tu-devolucion |
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INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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1. Ingresa al Portal del SAT en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Captura tu RFC, Contraseña y Captcha que indique el sistema, o bien, ingresa con tu e.firma, enseguida oprime Enviar. 3. Verifica que la información prellenada, relativa a tus datos y domicilio fiscal, esté correcta, de ser así selecciona Sí y elige en Siguiente. 4. Captura en el apartado Información del Trámite; el Origen devolución: elige conforme a tu solicitud, Tipo de Trámite: elige conforme a tu solicitud, Suborigen del saldo: elige conforme a tu solicitud e Información adicional: Captura información conforme a tu solicitud y selecciona Siguiente. 5. Selecciona la opción al que corresponde el pago de lo indebido en el apartado Datos del Impuesto, Concepto, Periodo y Ejercicio, tales como; Tipo de periodo: elige conforme a tu solicitud, Periodo: elige conforme a tu solicitud y Ejercicio: elige conforme a tu solicitud y señala Siguiente. 6. El sistema te mostrará los datos de tu declaración con el pago de lo indebido. En caso de que tu declaración no se encuentre disponible en el sistema, selecciona en Sí para que respondas al apartado Información del saldo a favor; Tipo de declaración: (Normal o Complementaria en el que se encuentre manifestado el pago de lo indebido), Fecha de presentación de la declaración: dd/mm/aaaa, Número de operación: número que se encuentra en la declaración normal o complementaria según corresponda, Importe saldo a favor: Importe manifestado en la declaración normal o complementaria según corresponda, Importe solicitado en devolución: Importe que solicitas en devolución, si, en su caso, recibiste con anterioridad una devolución del importe por el que presenta el trámite, indica el Importe de las devoluciones y/o compensaciones anteriores (sin incluir actualización) y elige Siguiente. 7. En el apartado Información del Banco, si ya se encuentra el registro de tu CLABE Selecciona una cuenta CLABE que aparece de forma automática, elige Sí y presionando en el ícono adjunta estado de cuenta, regístralo en formato comprimido en ZIP y selecciona Examinar, elige la ruta en la que se encuentra tu archivo y elige Cargar o en caso de que desees agregar una nueva cuenta CLABE, selecciona el ícono Adicionar nueva cuenta CLABE y Registra la nueva cuenta CLABE, al seleccionar Sí y adjunta el estado de cuenta en formato comprimido en ZIP y selecciona Examinar, elige la ruta en la que se encuentra tu archivo y elige Cargar y en seguida selecciona Siguiente. 8. Responde la pregunta relacionada con la titularidad de la cuenta CLABE. 9. Verifica la información del banco que aparece y elige Siguiente. 10. Adjunta los archivos en formato PDF que correspondan de conformidad con los requisitos que se señalan en las tablas 14.1 y 14.2, mismos que deben estar comprimidos en formato ZIP y máximo 4MB cada uno. Los documentos originales se digitalizarán para su envío. Ø En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los requisitos, esta también deberá adicionarse a tu trámite en forma digitalizada. Ø Elige Examinar para que selecciones la ruta en la que se encuentra tu archivo, Captura el nombre del documento y después oprime Cargar, realiza la operación cuantas veces sea necesario para adjuntar toda la documentación e información. 11. Una vez concluida la captura aparecerá toda la información, Verifica que sea la correcta, en caso de que así sea, realiza el envío con el uso de tu e.firma. 12. Guarda o Imprime el acuse de recibo. 13. Cuando en la solicitud de devolución existan errores en los datos contenidos en la misma, la autoridad te requerirá mediante buzón tributario, para que mediante escrito y en un plazo de 10 días aclares dichos datos. 14. Dentro de los 20 días posteriores a la presentación del trámite, la autoridad fiscal podrá notificarte mediante buzón tributario un requerimiento de datos, informes o documentación adicional para verificar la procedencia de la devolución, mismo que deberás atender en el plazo de 20 días. 15. De dar atención oportuna al primer requerimiento, la autoridad fiscal podrá notificarte mediante buzón tributario dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que hubieres cumplido el primer requerimiento, un nuevo requerimiento refiriéndose a los datos, informes o documentos aportados en atención al requerimiento anterior, mismo que deberás atender dentro de un plazo de 10 días. 16. En caso de no atender los requerimientos en los numerales 13, 14 y 15 anteriores, se hará efectivo el apercibimiento de dar por desistido el trámite. 17. La autoridad fiscal para determinar la procedencia del saldo a favor, en caso de considerarlo necesario, podrá ejercer facultades de comprobación, mismas que se sujetarán al procedimiento establecido en el artículo 22-D del CFF. 18. Podrás dar seguimiento a tu solicitud de devolución dentro de los 40 días a la presentación de tu solicitud de devolución, de acuerdo con lo indicado en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Los requisitos se especifican en la tabla correspondiente: · Solicitud de devolución de pago de lo indebido del ISR. · Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para dar seguimiento a la solicitud de devolución de pago de lo indebido del ISR. |
Ver tabla 14.1 Ver tabla 14.2 |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma y Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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· Ingresa a la liga: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/93266/seguimiento-de-tramites-y-requerimientos · Captura tu RFC, Contraseña y Captcha que indique el sistema, o bien, ingresa con tu e.firma, y elige Enviar. · Selecciona la opción que corresponde a tu consulta en el apartado Consulta de trámites; Tipo de solicitud: Elige conforme a tu solicitud; Ejercicio: Elige conforme a tu solicitud; Mostrar Solicitudes: Elige la que corresponda a tu solicitud y elige Buscar. · El sistema te mostrará el estatus de tu trámite. |
Sí, para verificar la procedencia de la devolución, la autoridad fiscal podrá: · Requerirte, aclaraciones, datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con la misma. · Iniciarte facultades de comprobación, mediante la práctica de visitas o requerimiento de la contabilidad y otros documentos e informes para que se exhiban en las oficinas de la propia autoridad. |
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Resolución del trámite o servicio |
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· Si de la revisión a la información y documentación aportada o de la que obra en poder de la autoridad fiscal, es procedente la devolución, la autorización será total, de lo contrario la devolución será de una cantidad menor o negada en su totalidad, mismas que serán notificadas de forma personal o vía buzón tributario. · En caso de autorización total, el estado de cuenta que expidan las Instituciones financieras será considerado como comprobante de pago de la devolución respectiva. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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40 días. |
· 40 días cuando existan errores en los datos de la solicitud; · 20 días para emitir el primer requerimiento de información adicional; y · 10 días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento de información y documentación |
· En un plazo de 10 días, cuando aclares los datos contenidos en la solicitud; · Máximo en 20 días, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación, tratándose del primer requerimiento de información y documentación; y · Máximo en 10 días, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del segundo requerimiento. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de recibo. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8. |
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|
Información adicional |
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|
· En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo comprimido en formato ZIP). · Los documentos originales se digitalizan para su envío. · Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma de la o el contribuyente o de la o el representante legal, en su caso. |
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|
Fundamento jurídico |
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|
Artículos: 17-D, 22, 22-D, 134, fracción I del CFF; 113-A, 113-B, 113-C de la LISR; Reglas 2.3.8., 12.1.10., 12.3.3. y 12.3.16., de la RMF. |
|||||||
|
Tabla 14.1 Solicitud de devolución de pago de lo indebido del ISR |
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|
No |
Documentación |
RIF |
ISR |
|
1 |
En caso de cancelación de la operación, el CFDI de ingresos con el estatus de cancelado en que conste el monto de la contraprestación cancelada y el ISR retenido, en forma expresa y por separado, los cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF. En caso de descuentos, devoluciones o bonificaciones, el CFDI de egresos en que conste el monto de la contraprestación cancelada y el ISR retenido, en forma expresa y por separado, los cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF. |
X |
X |
|
2 |
CFDI de retenciones e información de pagos que haya sido emitido por la Plataforma Tecnológica, los cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF. |
X |
X |
|
3 |
Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad, que contengan la clave en el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE). |
X |
X |
|
Tabla 14.2 Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para dar seguimiento a la solicitud de devolución de pago de lo indebido del ISR |
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|
No |
Documentación |
RIF |
ISR |
|
1 |
Documentos y comprobantes fiscales que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o hayan presentado con errores u omisiones. |
X |
X |
|
2 |
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
X |
|
3 |
En caso de que la actividad preponderante no se lleve a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en el que indique “bajo protesta de decir verdad” el domicilio donde realiza la actividad y, en su caso, aviso de apertura de establecimiento. |
X |
X |
|
4 |
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
X |
X |
|
5 |
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
X |
X |
Ley Federal de Derechos.
|
1/DERECHOS Aviso de la determinación del Derecho Extraordinario sobre Minería. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Presenta este aviso ante las autoridades fiscales para la determinación del derecho extraordinario sobre minería, derivado de la enajenación de oro, plata y platino. |
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|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
Las y los titulares de concesiones y asignaciones mineras que obtengan ingresos derivados de la enajenación de oro, plata y platino. |
Dentro de los quince días siguientes al vencimiento de la obligación de pago. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: · Personas físicas: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion · Personas morales: https://www.sat.gob.mx/empresas/iniciar-sesion |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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En buzón tributario, para Personas físicas o Personas morales titulares de concesiones y asignaciones mineras, según corresponda: 1. Ingresa a la aplicación buzón tributario, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Al ingresar registra tu RFC, Contraseña o e.firma, y elige Iniciar sesión. 3. Selecciona la opción de Otros trámites y servicios, elige Ver todos, posteriormente selecciona el listado de Autorizaciones / Presenta tu aviso de la Determinación del Derecho Extraordinario sobre Minería, y elige Iniciar, para continuar. 4. Verifica y completa tus datos en el formulario denominado AVISO DE LA DETERMINACIÓN DEL DERECHO EXTRAORDINARIO SOBRE MINERÍA, elige el Periodo por el que presentas el aviso y completa la información referente a: DATOS INFORMATIVOS DEL PAGO DEL DERECHO EXTRAORDINARIO / DATOS DE LA DETERMINACIÓN DEL DERECHO EXTRAORDINARIO SOBRE MINERÍA. 5. Adjunta la documentación e información relacionada con tu trámite, selecciona Examinar, para elegir y posteriormente selecciona Adjuntar, y una vez concluido el proceso podrás visualizar los archivos que adjuntaste. de acuerdo a lo referido en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? 6. Una vez concluida la captura, se muestra tu información ingresada, y, realiza el envío, o en su caso, elige Reimpresión de Acuses para obtener constancia de la información enviada. 7. Obtén tu acuse de recibo electrónico del trámite, y elige Cerrar Sesión. 8. Finalmente, el SAT te enviará respuesta a través del correo electrónico que registraste para contactarte. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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Formulario electrónico debidamente requisitado (AVISO DE LA DETERMINACIÓN DEL DERECHO EXTRAORDINARIO SOBRE MINERÍA). Adjunta el archivo de texto que cumpla con lo siguiente: Instrucciones: 1. El archivo debe iniciar con un #. 2. Cada línea separada por pipes “|” con extensión (txt) no mayor a 4 Megabytes relativa a las concesiones o asignaciones respecto de las cuales obtienes ingresos, el cual deberá contener los siguientes datos: RFC/ Nombre, denominación o razón social/ Ejercicio/ Importe del Derecho Extraordinario pagado/ Fecha de pago del derecho/ Número de operación del pago/ Banco/ Fecha de presentación aviso minería/Número de folio del aviso minería/ Ingresos derivados de la venta de oro/ Ingresos derivados de la venta de plata/ Ingresos derivados de la venta de platino/ Total de ingreso/ Total de derecho extraordinario de oro/ Total de derecho extraordinario de plata/ Total de derecho extraordinario de platino/ Total de derecho extraordinario/ Consecutivo/ Título / Expediente / Concesionaria / Superficie (Hectáreas) / Nombre del Lote / Estado / Municipio o Demarcación Territorial / inicio de vigencia/ termino de vigencia y Tipo de Mineral extraído y terminar con doble ||. 3. Al final del archivo deben ir dos ##. 4. Siempre todo con mayúsculas. Ejemplo: # |CDMX/2016.1458.34254|CDMX/2016.1458|CASAS y ESPACIOS S.A|500|LA ASCONDIDA|JALISCO|TLAQUEPAQUE|11/02/2016|29/02/2016|PLATA|| ## Las reglas para cada campo del archivo se especifican en la tabla: Aviso de la determinación del Derecho Extraordinario sobre minería. Ver Tabla 1.1, partes I, II, III, IV y V. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
· Contar con e.firma y Contraseña. · Contar con una unidad de memoria extraíble o disco compacto. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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Trámite inmediato. |
No. |
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Resolución del trámite o servicio |
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La autoridad verificará que el aviso sea presentado en tiempo, y en su caso dará por cumplida la obligación, y recibirás respuesta a tu trámite, a través del correo electrónico que registraste para contactarte. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuses de recibo de la información y documentación que adjuntaste. |
Indefinida. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
||||||
|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
|
|||||
|
Información adicional |
||||||
|
No aplica. |
||||||
|
Fundamento jurídico |
||||||
|
Artículo 270 de la LFD; Regla 7.15. de la RMF. |
||||||
TABLA
|
Tabla 1.1 Aviso de la determinación del Derecho Extraordinario sobre Minería. |
PARTE I
|
Dato |
RFC |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL |
EJERCICIO |
IMPORTE DEL DERECHO EXTRAORDINARIO PAGADO |
FECHA DEL PAGO DEL DERECHO |
NÚMERO DE OPERACIÓN DEL PAGO |
|
Tipo de Dato |
Alfanumérico y caracteres especiales |
Alfanumérico y caracteres especiales |
numérico |
Numérico |
Numérico y caracteres especiales |
Numérico |
|
Longitud |
13 posiciones |
50 posiciones |
4 posiciones |
12 posiciones |
10 posiciones |
15 posiciones |
|
Regla |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Numérico y soporta números |
Tipo entero. Seis dígitos. |
Tipo Numérico. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Numérico. Soporta números. |
PARTE II
|
Dato |
BANCO |
FECHA DE PRESENTACIÓN AVISO MINERÍA |
NÚMERO DE FOLIO AVISO MINERÍA |
INGRESOS DERIVADOS DE LA VENTA DE ORO |
INGRESOS DERIVADOS DE LA VENTA DE PLATA |
INGRESOS DERIVADOS DE LA VENTA DE PLATINO |
|
Tipo de Dato |
Alfanumérico y caracteres especiales |
Alfanumérico y caracteres especiales |
Alfanumérico y caracteres especiales |
Numérico |
Numérico. |
Numérico |
|
Longitud |
50 posiciones |
23 posiciones |
25 posiciones |
15 posiciones |
15 posiciones |
15 posiciones |
|
Regla |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Alfanumérico, Permite solo mayúsculas, soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Numérico hasta decimales. |
Tipo Numérico, hasta decimales. |
Tipo Numérico Hasta decimales. |
PARTE III
|
Dato |
TOTAL DE INGRESOS |
TOTAL DE DERECHO EXTRAORDINARIO DE ORO |
TOTAL DE DERECHO EXTRAORDINARIO DE PLATA |
TOTAL DE DERECHO EXTRAORDINARIO DE PLATINO |
TOTAL DE DERECHO EXTRAORDINARIO |
CONSECUTIVO |
|
Tipo de Dato |
Numérico |
Numérico |
Numérico |
Numérico |
Numérico |
Numérico |
|
Longitud |
18 posiciones |
12 posiciones |
12 posiciones |
12 posiciones |
15 posiciones |
3 posiciones |
|
Regla |
Tipo Numérico hasta decimales. |
Tipo Numérico hasta decimales. |
Tipo Numérico hasta decimales |
Tipo Numérico hasta decimales. |
Tipo Numérico. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Numérico. Soporta números. |
PARTE IV
|
Dato |
TÍTULO |
EXPEDIENTE |
CONCESIONARIA |
SUPERFICIE (HECTÁREAS) |
NOMBRE DEL LOTE |
ESTADO |
|
Tipo de Dato |
Alfanumérico y caracteres especiales |
Alfanumérico y caracteres especiales |
Alfanumérico |
Alfanumérico |
Alfanumérico y caracteres especiales |
Alfanumérico y caracteres especiales |
|
Longitud |
15 posiciones |
25 posiciones |
50 posiciones |
10 posiciones |
50 posiciones |
50 posiciones |
|
Regla |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Alfanumérico Permitir solo mayúsculas y soporta números |
Tipo entero. Seis dígitos. |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
PARTE V
|
Dato |
MUNICIPIO |
INICIO VIGENCIA |
TÉRMINO VIGENCIA |
Tipo de Mineral Extraído |
|
Tipo de Dato |
Alfanumérico y caracteres especiales |
Tipo fecha |
Tipo fecha |
Alfabético |
|
Longitud |
50 posiciones |
DD/MM/AAAA |
DD/MM/AAAA |
7 posiciones |
|
Regla |
Tipo Alfanumérico. Permitir solo mayúsculas. Soporta números y caracteres especiales. |
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|
Sólo debe recibir los valores de Oro, Plata o Platino |
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2/DERECHOS Declaración del Pago del Derecho sobre Minería. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Si eres persona física o moral titular de concesiones o asignaciones, presenta esta declaración para el pago del derecho sobre minería. |
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|
Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
· Personas físicas. · Personas morales. |
Semestral: Enero y Julio de cada año. |
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¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://portalconminazr.sat.gob.mx/ |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT, elige Personas Físicas o Empresas, según corresponda, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona la opción Declaraciones, elige los apartados Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos / Presenta tu declaración del Derecho sobre Minería. 3. Captura tu RFC, Contraseña o e.firma y elige Enviar. 4. Elige, debajo de tu nombre Presentar Declaración; selecciona el periodo a declarar y el tipo de declaración; el programa mostrará el listado completo de obligaciones fiscales factibles a declarar; captura los datos solicitados en los campos que se encuentran habilitados y el sistema realizará en forma automática los cálculos aritméticos. 5. Concluida la captura, selecciona enviar para mandar la declaración utilizando el programa electrónico Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos, a través del Portal del SAT, recibirás el Acuse de recibo electrónico, el cual contendrá el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado y selecciona Cerrar, para salir del aplicativo de Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos. 6. En caso de que exista cantidad a pagar, el Acuse de recibo electrónico, incluirá el importe total a pagar, así como la línea de captura y fecha de vigencia a través de la cual podrás realizar el pago. 7. El importe a pagar, deberás cubrirlo por transferencia electrónica de fondos, mediante pago con línea de captura vía Internet, en la página de Internet de las instituciones de crédito autorizadas por la TESOFE publicadas en el Portal del SAT, o por ventanilla bancaria. · Las instituciones de crédito autorizadas te enviarán el Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales generado por estas. |
||||||
|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
||||||
|
1. Utiliza desde tu computadora con cualquiera de los sistemas operativos Windows 8, Windows server 2008, Windows server 2012, Windows 10 o superiores, o en su caso, MAC OS X10.11, MAC OS X10.12, MAC OS X10.13, MAC OS X10.14, MAC OS X10.15, o superior, así como cualquiera de los siguientes navegadores, según corresponda: Google Chrome versión 45 o superior, Safari versión 9 o superior, Edge versión 12 o superior o Mozilla Firefox versión 45 o superior. Accede al Portal del SAT y presenta la declaración utilizando el programa electrónico Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos, indicado en el apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
||||||
|
Contar con e.firma o Contraseña. |
||||||
|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
|||||
|
Trámite inmediato. |
No. |
|||||
|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
La autoridad verificará que tu trámite sea presentado en tiempo, y en su caso, dará por cumplida la obligación del trámite que solicitas, obteniendo Acuse de la declaración y en su caso línea de captura. |
||||||
|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
||||
|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de la declaración. |
Semestral. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículos: 263, 264 de la LFD; Regla 2.8.5.2. de la RMF. |
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3/DERECHOS Declaración del Pago del Derecho Especial sobre Minería. |
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Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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Si eres persona física o moral titular de concesiones o asignaciones, presenta esta declaración para el pago del derecho especial sobre minería. |
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|
Costo: |
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¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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· Personas físicas. · Personas morales. |
Anual: A más tardar el último día hábil del mes de marzo del año siguiente a aquel al que corresponda el pago. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://portalconminazr.sat.gob.mx/ |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
||||||
|
1. Ingresa al Portal del SAT, elige Personas Físicas o Empresas, según corresponda, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona la opción Declaraciones, elige los apartados Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos / Presenta tu declaración del Derecho Especial sobre Minería. 3. Captura tu RFC, Contraseña o e.firma y elige Enviar. 4. Elige, debajo de tu nombre Presentar Declaración; selecciona el periodo a declarar y el tipo de declaración; el programa mostrará el listado completo de obligaciones fiscales factibles a declarar; captura los datos solicitados en los campos que se encuentran habilitados y el sistema realizará en forma automática los cálculos aritméticos. 5. Concluida la captura, selecciona enviar para mandar la declaración utilizando el programa electrónico Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos, a través del Portal del SAT, recibirás el Acuse de recibo electrónico, el cual contendrá el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado y selecciona Cerrar, para salir del aplicativo de Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos. 6. En caso de que exista cantidad a pagar, el Acuse de recibo electrónico, incluirá el importe total a pagar, así como la línea de captura y fecha de vigencia a través de la cual podrás realizar el pago. 7. El importe a pagar, deberás cubrirlo por transferencia electrónica de fondos, mediante pago con línea de captura vía Internet, en la página de Internet de las instituciones de crédito autorizadas por la TESOFE publicadas en el Portal del SAT, o por ventanilla bancaria. · Las instituciones de crédito autorizadas te enviarán el “Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales” generado por estas. |
||||||
|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
||||||
|
1. Utiliza desde tu computadora con cualquiera de los sistemas operativos Windows 8, Windows server 2008, Windows server 2012, Windows 10 o superiores, o en su caso, MAC OS X10.11, MAC OS X10.12, MAC OS X10.13, MAC OS X10.14, MAC OS X10.15, o superior, así como cualquiera de los siguientes navegadores, según corresponda; Google Chrome versión 45 o superior, Safari versión 9 o superior, Edge versión 12 o superior o Mozilla Firefox versión 45 o superior. Accede al Portal del SAT y presenta la declaración utilizando el programa electrónico Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos, indicado en el apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?. |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma o Contraseña. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
La autoridad verificará que tu trámite sea presentado en tiempo, y en su caso, dará por cumplida la obligación del trámite que solicitas, obteniendo Acuse de la declaración y en su caso línea de captura. |
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|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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|
Acuse de la declaración. |
Anual. |
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|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
|
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|
Información adicional |
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|
No aplica. |
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|
Fundamento jurídico |
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|
Artículo 268 de la LFD; Regla 2.8.5.2. de la RMF. |
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|
4/DERECHOS Declaración del Pago del Derecho Adicional sobre Minería. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Si eres persona física o moral titular de concesiones, presenta esta declaración para el pago del derecho adicional sobre minería. |
|
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|
Costo: |
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|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
|||||
|
· Personas físicas. · Personas morales. |
Semestral: Enero y Julio de cada año. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://portalconminazr.sat.gob.mx/ |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT, elige Personas Físicas o Empresas, según corresponda, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona la opción Declaraciones, elige los apartados Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos / Presenta tu declaración del Derecho Adicional sobre Minería. 3. Captura tu RFC, Contraseña o e.firma y elige Enviar. 4. Elige, debajo de tu nombre Presentar Declaración; selecciona el periodo a declarar y el tipo de declaración; el programa mostrará el listado completo de obligaciones fiscales factibles a declarar; captura los datos solicitados en los campos que se encuentran habilitados y el sistema realizará en forma automática los cálculos aritméticos. 5. Concluida la captura, selecciona enviar para mandar la declaración utilizando el programa electrónico Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos, a través del Portal del SAT, recibirás el Acuse de recibo electrónico, el cual contendrá el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado y selecciona Cerrar, para salir del aplicativo de Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos. 6. En caso de que exista cantidad a pagar, el Acuse de recibo electrónico, incluirá el importe total a pagar, así como la línea de captura y fecha de vigencia a través de la cual podrás realizar el pago. 7. El importe a pagar, deberás cubrirlo por transferencia electrónica de fondos, mediante pago con línea de captura vía Internet, en la página de Internet de las instituciones de crédito autorizadas por la TESOFE publicadas en el Portal del SAT, o por ventanilla bancaria. · Las instituciones de crédito autorizadas te enviarán el “Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales” generado por estas. |
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|
¿Qué requisitos debo cumplir? |
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|
1. Utiliza desde tu computadora con cualquiera de los sistemas operativos Windows 8, Windows server 2008, Windows server 2012, Windows 10 o superiores, o en su caso, MAC OS X10.11, MAC OS X10.12, MAC OS X10.13, MAC OS X10.14, MAC OS X10.15, o superior, así como cualquiera de los siguientes navegadores, según corresponda: Google Chrome versión 45 o superior, Safari versión 9 o superior, Edge versión 12 o superior o Mozilla Firefox versión 45 o superior. Accede al Portal del SAT y presenta la declaración utilizando el programa electrónico Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos, indicado en el apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? |
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|
¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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|
Contar con e.firma o Contraseña. |
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|
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
||||||
|
La autoridad verificará que tu trámite sea presentado en tiempo, y en su caso, dará por cumplida la obligación del trámite que solicitas, obteniendo Acuse de la declaración y en su caso línea de captura. |
||||||
|
Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
||||
|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
|||||
|
Acuse de la declaración. |
Semestral. |
|||||
|
CANALES DE ATENCIÓN |
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|
Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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|
· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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|
Información adicional |
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|
No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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|
Artículo 269 de la LFD; Regla 2.8.5.2. de la RMF. |
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|
5/DERECHOS Declaración del Pago del Derecho Extraordinario sobre Minería. |
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|
Trámite Servicio |
Descripción del trámite o servicio |
Monto |
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|
Si eres persona física o moral titular de concesiones o asignaciones, presenta esta declaración para el pago del derecho extraordinario sobre minería. |
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|
Costo: |
||||||
|
¿Quién puede solicitar el trámite o servicio? |
¿Cuándo se presenta? |
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|
· Personas físicas. · Personas morales. |
Anual: A más tardar, el último día hábil del mes de marzo del año siguiente a aquel al que corresponda el pago. |
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|
¿Dónde puedo presentarlo? |
En el Portal del SAT: https://portalconminazr.sat.gob.mx/ |
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|
INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO |
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|
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio? |
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|
1. Ingresa al Portal del SAT, elige Personas Físicas o Empresas, según corresponda, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? 2. Selecciona la opción Declaraciones, elige los apartados Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos / Presenta tu declaración del Derecho Extraordinario sobre Minería. 3. Captura tu RFC, Contraseña o e.firma y elige Enviar. 4. Elige, debajo de tu nombre Presentar Declaración; selecciona el periodo a declarar y el tipo de declaración; el programa mostrará el listado completo de obligaciones fiscales factibles a declarar; captura los datos solicitados en los campos que se encuentran habilitados y el sistema realizará en forma automática los cálculos aritméticos. 5. Concluida la captura, selecciona enviar para mandar la declaración utilizando el programa electrónico Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos, a través del Portal del SAT, recibirás el Acuse de recibo electrónico, el cual contendrá el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado y selecciona Cerrar, para salir del aplicativo de Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos. 6. En caso de que exista cantidad a pagar, el Acuse de recibo electrónico, incluirá el importe total a pagar, así como la línea de captura y fecha de vigencia a través de la cual podrás realizar el pago. 7. El importe a pagar, deberás cubrirlo por transferencia electrónica de fondos, mediante pago con línea de captura vía Internet, en la página de Internet de las instituciones de crédito autorizadas por la TESOFE publicadas en el Portal del SAT, o por ventanilla bancaria. · Las instituciones de crédito autorizadas te enviarán el “Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales” generado por estas. |
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¿Qué requisitos debo cumplir? |
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1. Utiliza desde tu computadora con cualquiera de los sistemas operativos Windows 8, Windows server 2008, Windows server 2012, Windows 10 o superiores, o en su caso, MAC OS X10.11, MAC OS X10.12, MAC OS X10.13, MAC OS X10.14, MAC OS X10.15, o superior, así como cualquiera de los siguientes navegadores, según corresponda Google Chrome versión 45 o superior, Safari, Edge o Mozilla Firefox versión 45 o superior. Accede al Portal del SAT y presenta la declaración utilizando el programa electrónico Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos, indicado en el apartado de ¿Dónde puedo presentarlo? |
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¿Con qué condiciones debo cumplir? |
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Contar con e.firma o Contraseña. |
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SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO |
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¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio? |
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio? |
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|
Trámite inmediato. |
No. |
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|
Resolución del trámite o servicio |
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|
La autoridad verificará que tu trámite sea presentado en tiempo, y en su caso, dará por cumplida la obligación del trámite que solicitas, obteniendo Acuse de la declaración y en su caso línea de captura. |
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Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio |
Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional |
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada |
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|
Trámite inmediato. |
No aplica. |
No aplica. |
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|
¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio? |
¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio? |
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Acuse de la declaración. |
Anual. |
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CANALES DE ATENCIÓN |
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Consultas y dudas |
Quejas y denuncias |
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· MarcaSAT de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs., excepto días inhábiles: Atención telefónica: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728. Vía Chat: http://chat.sat.gob.mx · Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios Los días y horarios siguientes: lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:30 a 15:00 hrs., excepto días inhábiles. |
· Quejas y Denuncias SAT, desde cualquier parte del país: 55 885 22 222 y para el exterior del país (+52) 55 885 22 222 (quejas y denuncias). · Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx · En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia · Teléfonos rojos ubicados en las oficinas del SAT. · MarcaSAT 55 627 22 728 opción 8.
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Información adicional |
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No aplica. |
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Fundamento jurídico |
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Artículo 270 de la LFD; Regla 2.8.5.2. de la RMF. |
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Atentamente.
Ciudad de México, a 15 de diciembre de 2023.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.