ANEXO 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024, publicadas en la edición vespertina del 28 de diciembre de 2023 |
Martes 16 de Enero de 2024 |
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Perfil del Almacén General de Depósito |
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Acuse de Recibo |
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Primera Vez: o |
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Renovación: |
o |
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Adición: |
o |
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Modificación: |
o |
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Los datos que proporcione sustituirán los que proporcionó cuando solicitó su autorización. |
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Información General El objetivo de este Perfil es asegurar que los almacenes generales de depósito cuenten con prácticas y procesos de seguridad implementados en sus instalaciones, enfocados a fortalecer la cadena de suministro y a mitigar el riesgo de contaminación de los embarques con productos ilícitos. Los almacenes generales de depósito interesados en obtener la autorización a que se refiere la regla 7.1.5., deberán demostrar que cuentan con procesos documentados y verificables; asimismo, deberán integrar los criterios exigidos en el presente documento de acuerdo al modelo o diseño empresarial que tenga establecido, buscando durante la implementación de los estándares en materia de seguridad, la aplicación de una cultura de análisis de riesgos soportada en la toma de decisiones acorde a los valores, la misión, visión, los códigos de ética y conducta del propio almacén general de depósito. Instrucciones de llenado: I. Deberá llenar un “Perfil del Almacén General de Depósito” por cada una de las instalaciones que el almacén general de depósito determine que se sujetará a la certificación, ya sean directas o habilitadas para que las opere un tercero al amparo de la autorización. El Perfil presentado deberá coincidir con la instalación manifestada en su solicitud de inscripción como socio comercial certificado bajo la modalidad de almacén general de depósito y con el(los) domicilio(s) registrado(s) ante el RFC. II. En cada sub-estándar, el almacén general de depósito deberá detallar cómo cumple o excede con lo establecido en cada uno de los numerales conforme a lo que se indica. III. El formato de este documento, se encuentra dividido en dos secciones, como se detalla a continuación: 1. Estándar. Descripción del estándar
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IV. Indicar cómo cumple con lo establecido en cada uno de los sub-estándares, por lo que deberá anexar los procedimientos en idioma español que, en su caso, se requieran, o brindar una explicación detallada de lo solicitado en el campo de “Respuesta”. El apartado referente a las “Notas Explicativas”, es una guía respecto a los puntos que se deben incluir en la “Respuesta” o en los procedimientos anexos, según sea el caso de cada sub-estándar, señalando de manera indicativa aquellos puntos que no deben excluirse de su respuesta. V. Una vez contestado este “Perfil del Almacén General de Depósito”, deberá anexarlo a la Solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas a que se refiere el primer párrafo de la regla 7.1.5., fracción VII. Para efectos de verificar lo manifestado en el párrafo anterior, el SAT a través de la AGACE, podrá realizar una inspección a la instalación aquí señalada, con el exclusivo propósito de verificar lo señalado en este documento. VI. Cualquier “Perfil de Almacén General de Depósito” incompleto no será procesado. VII. Cualquier pregunta relativa a la Solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas y el “Perfil del Almacén General de Depósito”, favor de dirigirla a los contactos que aparecen en el Portal del SAT. VIII. En el caso de ser autorizado con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, este formato deberá mantenerse actualizado y dar aviso cuando las circunstancias por las cuales se les otorgo el registro hayan variado y derivado de estas se requieran cambios o modificaciones en la información vertida y proporcionada en este “Perfil del Almacén General de Depósito” a la autoridad, de conformidad con lo establecido en la regla 7.2.1., cuarto párrafo, fracciones I, II y VII. IX. Cuando derivado de la visita de inspección resulten incumplimientos relacionados con los estándares mínimos en materia de seguridad, la solicitante podrá subsanarlos antes de la emisión de la resolución establecida en la regla 7.1.6., para lo cual tendrá un plazo máximo de tres meses contados a partir de la notificación de los incumplimientos señalados. Datos de la instalación Se deberá llenar un “Perfil del Almacén General de Depósito” por cada una de las instalaciones que pertenezcan y operen bajo el mismo RFC y que el almacén general de depósito determine que se sujetará a la certificación, siempre y cuando cuenten con autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías destinada al régimen de depósito fiscal, con independencia de que sean directas o habilitadas. |
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Información de la Instalación: |
Número de “Perfil del Almacén General de Depósito”: |
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de |
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Clave en el RFC: |
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Nombre y/o Razón social: |
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Nombre y/o Denominación de la Instalación: (En caso de no existir, realizar la aclaración y justificación correspondiente) |
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Tipo de Instalación: |
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Calle |
Número y/o letra exterior |
Número y/o letra interior |
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Colonia |
Código Postal |
Municipio/Alcaldía |
Entidad Federativa |
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Antigüedad de la instalación (años de operación para prestar los servicios de almacenaje de mercancías operado por el promovente): |
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Actividades que se realizan en la instalación: |
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Productos preponderantes que manejan en el Almacén General de Depósito (según sea el caso): |
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No. de cartas de cupo emitidas promedio mensual: |
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No. de pedimentos de extracción promedio mensual: |
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No. de empleados total de esta instalación: |
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Superficie de la Instalación (m2): |
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Certificaciones en programas de seguridad (indique si esta instalación cuenta con una certificación por alguno de los siguientes programas). |
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CTPAT |
Si |
o |
No |
o |
Nivel: Pre-Aplicante: o |
Aplicante: o |
Certificado: o |
Certificado/Validado: o |
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CTPAT Account number (Ocho dígitos): |
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Fecha de última visita en esta instalación: |
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Operador Económico Autorizado de otros países (OEA) |
Si |
o |
No |
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Programa: |
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Registro: |
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Otros Programas de seguridad en la cadena de suministros |
Si |
o |
No |
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Programa: |
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Registro: |
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Certificaciones (indique si cuenta con certificaciones que considere impactan en el proceso de su cadena de suministros, ejemplo: ISO 9000, ISO 28000, entre otros). |
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Nombre: |
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Categoría: |
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Vigencia: |
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Nombre: |
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Categoría: |
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Vigencia: |
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1. Planeación de la seguridad en la cadena de suministros. |
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El almacén general de depósito debe elaborar políticas y procedimientos documentados para llevar a cabo un análisis que le permita identificar riesgos y debilidades en la cadena de suministros, con el objetivo de que la alta dirección del almacén implemente estrategias que ayuden a mitigar el riesgo en las operaciones de su organización e instalaciones. Asimismo, para construir un programa sólido de seguridad de la cadena de suministro, el almacén debe de contar con un Comité de Seguridad que incorpore representantes de todos los departamentos relevantes, formando un equipo multifuncional que identifique áreas de oportunidad y proponga acciones de mejora continua a lo largo de la cadena de suministro e instalaciones de la compañía. De igual manera, el almacén debe tener designados puntos de contacto para el Programa Operador Económico Autorizado, dicho personal debe involucrarse, conocer los requisitos del programa, pertenecer a la compañía y acreditar su relación con la misma, así como responder a su especialista en seguridad de la cadena de suministro. Si derivado del análisis de riesgo, surgen nuevas medidas de seguridad para incorporarse dentro del almacén, estas deben incluirse en los procedimientos existentes de la empresa y, en su caso, elaborar procedimientos nuevos, lo que crea una estructura más sostenible y enfatiza que la seguridad de la cadena de suministro es responsabilidad de todos. |
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1.1 Análisis de riesgo. |
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El almacén general de depósito autorizado debe establecer medidas para identificar, analizar y mitigar los riesgos de seguridad que podrían derivar en alteraciones de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal durante su manejo, guardia, custodia y entrega a lo largo de su cadena de suministro y sus instalaciones, bajo el lineamiento de un procedimiento documentado que establezca la metodología o técnicas para realizar el análisis de riesgo. Dicho análisis debe estar basado en el modelo de su organización (ejemplo: ubicación de las instalaciones, tipo de mercancías y país de origen, volumen, clientes, proveedores, rutas (cuando aplique), contratación de personal, clasificación y manejo de documentos, Tecnologías de la Información, amenazas potenciales, etcétera), de modo que le permita implementar y mantener medidas de seguridad apropiadas. Conforme a lo anterior, el almacén también debe tener un proceso escrito basado en su análisis de riesgo para seleccionar nuevos socios comerciales y monitorear a los socios con los que ya se encuentra trabajando. Este procedimiento deberá actualizarse por lo menos una vez al año, de manera que permita identificar de forma permanente otras amenazas o riesgos que se consideren en su operación y en la cadena de suministros, por el resultado de algún incidente de seguridad o cuando se originen por cambios en las condiciones iniciales del almacén, así como para identificar que las políticas, procedimientos, mecanismos de control y de seguridad se estén cumpliendo. Es importante señalar, que el Comité de Seguridad de la compañía debe de participar en la elaboración y actualización del análisis de riesgo y el mantenimiento del Programa Operador Económico Autorizado. |
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Respuesta: |
Notas Explicativas: |
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Indicar cuáles son las fuentes de información utilizadas para calificar los riesgos durante la fase de análisis. Anexar la matriz de riesgos, así como el procedimiento documentado para identificar riesgos en la cadena de suministro y las instalaciones del almacén general de depósito, el cual debe incluir como mínimo los siguientes puntos: I. Periodicidad con que se revisa y/o actualiza el análisis de riesgo. II. Aspectos y/o áreas del almacén general de depósito que se incorporan al análisis de riesgo. III. Metodología o técnicas utilizadas para realizar el análisis de riesgo. IV. Responsables de revisar y/o actualizar el análisis de riesgo del almacén general de depósito. Asimismo, el procedimiento documentado para identificar riesgos en la cadena de suministro y sus instalaciones deberá contemplar el proceso de apreciación y gestión del riesgo, e incluir los siguientes aspectos: I. Establecimiento de un contexto (cultural, político, legal, económico, geográfico, social etcétera). II. Identificación de los riesgos en su cadena de suministros y sus instalaciones. III. Análisis del riesgo (causas, consecuencias, probabilidades y controles existentes para determinar el nivel de riesgo como “alto”, “medio” y “bajo”). IV. Evaluación del riesgo (toma de decisiones para determinar los riesgos a tratar y prioridad para implementar el tratamiento). V. Tratamiento del riesgo (aplicación de alternativas para cambiar la probabilidad de que los riesgos ocurran). VI. Seguimiento y revisión del riesgo (monitoreo de los resultados del análisis de riesgo y verificación de la eficacia de su tratamiento). Se sugiere utilizar las técnicas de administración, gestión y evaluación de riesgos de acuerdo a las normas internacionales ISO 31000, ISO 31010 e ISO 28000 que, de acuerdo a su modelo de negocio, deba implementar. |
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1.2 Políticas de seguridad. |
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El almacén general de depósito debe contar con una política orientada a prevenir, asegurar y reconocer amenazas en la seguridad de la cadena de suministros e instalaciones del almacén, como lo son el tráfico de drogas, contrabando de personas, lavado de dinero, tráfico de armas, mercancías prohibidas, actos de terrorismo, así como aquellas amenazas asociadas al intercambio de información. Dichas políticas deben estar reflejadas en los procedimientos y/o manuales correspondientes. Para promover una cultura de seguridad, el almacén general de depósito debe demostrar su compromiso con la seguridad de la cadena de suministro y el Programa Operador Económico Autorizado a través de una declaración que resalte la importancia de proteger el flujo del comercio nacional e internacional de actividades delictivas, establecida por medio de la política de seguridad. Los altos funcionarios o directivos del almacén que deben respaldar y firmar la política de seguridad, pueden ser el presidente de la compañía, al director ejecutivo, al gerente general o personal con cargo homólogo con facultad para toma de decisiones. |
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Respuesta: |
Notas Explicativas: |
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Enunciar la política de seguridad orientada a prevenir, asegurar y reconocer amenazas en la cadena de suministros e instalaciones del almacén general de depósito, indique quién es el responsable de su revisión, firma y difusión hacia los empleados, así como la periodicidad con la que se lleva a cabo su actualización. Dicha política se debe comunicar a los empleados mediante un programa y/o campaña de difusión. La política de seguridad debe estar firmada por un alto funcionario del almacén general de depósito y estar exhibida en diversas áreas de la empresa, incluyendo el sitio web de la empresa, carteles en áreas clave de la empresa (recepción, embarques, recibos, almacén, etcétera), y como parte de la capacitación inicial y de reforzamiento de la empresa. |
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1.3 Auditorías internas en la cadena de suministros. |
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Además del monitoreo de rutina en control y seguridad, es necesario programar y realizar auditorías por lo menos una vez al año, bajo los lineamientos de un procedimiento documentado que permita evaluar todos los procesos en materia de seguridad en la cadena de suministros y sus instalaciones de una manera más crítica y profunda, así como garantizar que sus empleados sigan los procedimientos de seguridad del almacén. Las auditorías deben ser realizadas por el Comité de Seguridad del almacén general de depósito y se debe establecer un procedimiento documentado, así como un programa o calendario para su realización. Si bien es necesario que las auditorías estén enfocadas en la seguridad de la cadena de suministro y basadas en la evaluación, revisión y ejecución de los estándares mínimos en materia de seguridad su enfoque se debe ajustar al tamaño de la organización, modelo de negocios, variación entre instalaciones y nivel de riesgo, identificado durante el análisis conforme al sub-estándar 1.1. Las auditorías pueden ser generales o centrarse en áreas o procesos específicos conforme a su programa de trabajo. El objetivo de una auditoría interna enfocada al Programa Operador Económico Autorizado es verificar y garantizar que los empleados sigan los procedimientos de seguridad del almacén general de depósito. El proceso de revisión no tiene que ser complejo, sin embargo, los formatos y registros que se utilicen para la aplicación de dichas revisiones deben de evidenciar que se validó la aplicación y ejecución de los procesos evaluados, además del seguimiento correspondiente de las observaciones identificadas. La alta gerencia del almacén debe revisar los resultados de las auditorías, analizar las causas y emprender acciones correctivas o preventivas requeridas El proceso de auditoría debe garantizar que se recoja la información necesaria para permitir que la gerencia realice está evaluación. La revisión debe estar documentada, además de que los puntos de contacto de la empresa deben proporcionar y registrar las actualizaciones periódicas sobre el proceso o los resultados de cualquier auditoría, ejercicio o validación. |
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Respuesta: |
Notas Explicativas: |
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Describir el procedimiento documentado para llevar a cabo una auditoría interna, enfocada en la seguridad en la cadena de suministros, asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Señalar cómo el almacén general de depósito lleva acabo la programación o calendarización para realizar auditorías internas en materia de seguridad en la cadena de suministros. II. Indicar quiénes participan en ellas y los registros que se generan, así como la periodicidad con la que se llevan a cabo. III. Indicar cómo es que la gerencia del almacén general de depósito verifica el resultado de las auditorías en materia de seguridad de la cadena de suministros y cómo realiza y/o implementa acciones preventivas, correctivas y de mejora además del seguimiento y cierre de las mismas. IV. Los formatos utilizados durante las auditorías internas deberán de estar debidamente requisitados y a través de ellos, evidenciar que los procedimientos y medidas de seguridad se están poniendo en práctica. |
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1.4 Planes de contingencia y/o emergencia. |
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Debe existir un plan de contingencia y/o emergencia documentado, dicho plan debe de abordar la gestión de crisis, los planes de recuperación de la seguridad y la reanudación del negocio para asegurar la continuidad del negocio en caso de una situación que afecte el desarrollo normal de las actividades y las operaciones de comercio exterior del almacén en su cadena de suministros (instalaciones y durante la recepción, almacenaje, custodia y extracción de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal y mercancía nacional conforme a su proceso logístico). Una crisis o contingencia puede incluir la interrupción del movimiento de datos comerciales debido a un ataque cibernético, un incendio, el secuestro de un conductor de transporte por personas armadas, el robo y/o daño de mercancías, robo de marbetes y/o etiquetas, derrames químicos, una amenaza de bomba, la detección de paquetes sospechosos, el corte de energía eléctrica, no arribo de las mercancías, bloqueos o cierre de carreteras, amenazas o extorsiones, un cierre de aduanas, entre otros. Dichos planes deben ser comunicados a los empleados mediante un programa y/o campaña de difusión, así como realizar pruebas, ejercicios prácticos y simulacros anuales de los planes de contingencia y emergencia de la cadena de suministros para constatar su efectividad, y de los cuales deberá mantener un registro debidamente requisitado y firmado (por ejemplo: reportes de resultados, minutas o informes, los cuales deberán ir respaldados de videograbaciones, fotografías, etcétera) que demuestren su ejecución. El plan de contingencia y/o emergencia debe actualizarse según sea necesario, en función de los cambios en las operaciones y el nivel de riesgo del almacén general de depósito. |
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Notas Explicativas: |
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Anexar el procedimiento o plan de contingencia y/o emergencia documentado, para asegurar la continuidad del negocio en caso de una situación de emergencia o de seguridad, que afecte el desarrollo normal de las actividades en las instalaciones, durante la recepción, almacenaje, custodia y extracción de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal y nacional, conforme a su proceso logístico en la cadena de suministros. Este procedimiento debe incluir, de manera enunciativa mas no limitativa, lo siguiente: I. Qué situaciones contempla, describiendo el plan de acción y pasos que hay que seguir en caso de crisis, así como las tareas que el personal tenga asignadas durante el manejo de dichas contingencias. II. Qué mecanismos utiliza para difundir y garantizar que el plan de continuidad del negocio sea efectivo. III. Contemplar la programación y realización de pruebas, ejercicios prácticos y simulacros anuales y cómo se documentan (por ejemplo: reportes de resultados, minutas o informes, mismos que deberán ir acompañados de videograbaciones, fotografías, etcétera, que demuestren su ejecución). |
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2. Seguridad física. |
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El almacén general de depósito debe contar con mecanismos establecidos y procesos documentados para impedir, detectar o disuadir la entrada de personal no autorizado a las instalaciones. Todas las áreas sensibles del almacén general de depósito deben tener barreras físicas, así como elementos de control y disuasión contra el acceso no autorizado. |
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2.1 Instalaciones. |
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Las instalaciones deben estar construidas con materiales que puedan resistir accesos no autorizados. Se deben realizar inspecciones periódicas documentadas para mantener la integridad de las estructuras y en el caso de haberse detectado una irregularidad, efectuar la reparación correspondiente y lo antes posible por parte del personal designado para estas tareas. Asimismo, se deben tener identificados plenamente los límites territoriales, así como los diversos accesos, rutas internas y la ubicación de los edificios. |
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Notas Explicativas: |
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Indicar los materiales predominantes con los que se encuentra construida la instalación (por ejemplo: estructura de acero con paredes de cemento, paredes de ladrillo, concreto, entre otros), y señale de qué forma se lleva a cabo la revisión y mantenimiento de la integridad de las estructuras. Indicar el personal o área responsable para realizar las tareas de inspección, mantenimiento y reparación de daños de las instalaciones. Anexar un plano de distribución o arquitectónico de conjunto, donde se puedan identificar los límites de la instalación, rutas de acceso, salidas de emergencia, ubicación de los edificios, áreas críticas, estacionamiento y colindancias. |
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2.2 Accesos en puertas y casetas. |
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Las puertas de entrada o salida de personal y/o vehículos de las instalaciones de los almacenes generales de depósito deben ser atendidas, controladas, vigiladas y/o supervisadas ya sea por medio de personal propio o bien por personal de seguridad. La cantidad de puertas de acceso debe mantenerse al mínimo necesario. El acceso a las áreas sensibles debe estar restringido según la descripción del trabajo o las tareas asignadas. |
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Notas Explicativas: |
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Indicar cuantas puertas y/o accesos existen en las instalaciones, así como el horario de operación de cada una e indique de qué forma son monitoreadas y/o supervisadas (en caso de tener personal de vigilancia asignado, indicar la cantidad). Detallar si existen puertas y/o accesos bloqueados, o permanentemente cerradas y su ubicación. Describir cómo asegura que el acceso a las áreas sensibles este restringido según la descripción del trabajo o las tareas asignadas (incluya el tipo de registros y controles que utiliza). |
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2.3 Bardas perimetrales. |
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Las bardas perimetrales y/o barreras periféricas deben estar instaladas para asegurar los perímetros de las instalaciones del almacén general de depósito, y de manera particular, las áreas de recepción, almacenaje, custodia y extracción de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal, mercancía nacional, alto valor, peligrosa, áreas con acceso restringido y otras que determine conforme a su análisis de riesgo, con el objeto de prevenir robo de mercancías e ingresos no autorizados. Estas deben ser inspeccionadas regularmente y llevar un registro de la revisión con la finalidad de asegurar su integridad e identificar daños, mismos que deben repararse lo antes posible por parte del personal designado para estas tareas. Las áreas de almacenaje, alto valor, peligrosas, y/o de acceso restringido, deben estar claramente identificadas y monitoreadas para prevenir ingresos no autorizados. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el tipo de barrera periférica y/o bardas con las que cuenta la instalación, asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Especificar qué áreas segrega en la instalación por ser consideradas críticas y/o sensibles. II. Señalar las características de las mismas (material, dimensiones, etcétera). III. En caso de no contar con bardas, favor de justificar detalladamente la razón. IV. Periodicidad con la que se verifica la integridad de las bardas perimétricas, y los registros que se llevan a cabo con la finalidad de asegurar su integridad e identificar daños, mismos que deben repararse lo antes posible. V. Indicar el personal o área responsable para realizar las tareas de inspección y reparación de daños. Describir de qué manera se encuentra segregada la carga destinada al extranjero, el material peligroso y la de alto valor; asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Indicar cómo controla y separa la mercancía destinada al régimen de depósito fiscal, mercancía nacional, y si está identificada de manera adicional (por ejemplo: etiquetas, empaque distinto, papeletas, entre otros). II. Identificar y señalar las áreas de acceso restringido (mercancías peligrosas, alto valor, colocación de marbetes, etiquetado, sub-maquila, confidenciales, etcétera). El procedimiento para la inspección de las bardas perimétricas podría incluir: I. Personal responsable para llevar a cabo el proceso. II. Cómo y con qué frecuencia se llevan a cabo las inspecciones de las cercas, bardas perimétricas y/o periféricas. III. Cómo se lleva el registro de la inspección. IV. Quién es el responsable de verificar que las reparaciones y/o modificaciones cumplan con las especificaciones técnicas y requisitos de seguridad necesarias. |
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2.4 Estacionamientos. |
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El acceso a los estacionamientos de las instalaciones debe ser controlado y monitoreado, por el personal de seguridad o designado para esta tarea conforme a las disposiciones aplicables. Se debe prohibir que los vehículos privados (de empleados, visitantes, proveedores y contratistas, entre otros) se estacionen dentro de las áreas de manejo y almacenaje de la mercancía, así como en áreas adyacentes. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el procedimiento para el control y monitoreo de los estacionamientos, asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Responsables de controlar y monitorear el acceso a los estacionamientos. II. Identificación de los estacionamientos (especificar si el estacionamiento de visitantes y empleados se encuentra separado de las áreas de almacenaje de mercancía). III. Cómo se lleva el control de entrada y salida de vehículos a las instalaciones, indicar los registros que se realizan para el control del estacionamiento y los mecanismos de control existentes (por ejemplo: tarjetones, tarjetas lectoras, corbatines, etcétera), cómo se asignan y el área responsable de hacerlo. IV. Políticas o mecanismos para no permitir el ingreso de vehículos privados a las áreas de almacenaje de la mercancía. |
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2.5 Control de llaves y dispositivos de cerraduras. |
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Las ventanas, puertas, así como las cercas interiores y exteriores, de acuerdo a su análisis de riesgo, deben asegurarse con dispositivos de cierre. El almacén general de depósito debe contar con un procedimiento documentado para el manejo y control de llaves y/o dispositivos de cierre de las áreas interiores que se hayan considerado como críticas. Asimismo, deben llevar un registro y establecer cartas responsivas firmadas por las personas que cuentan con llaves o accesos autorizados conforme a su nivel de responsabilidad y labores dentro su área de trabajo. |
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Notas Explicativas: |
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Indicar si todas las puertas, ventanas, entradas interiores y exteriores disponen de mecanismos de cierre o seguridad. Anexar el procedimiento documentado para el manejo, resguardo, asignación, control y no devolución de llaves de las instalaciones, oficinas y áreas críticas y/o sensibles. El procedimiento deberá de incluir los siguientes puntos: I. Responsables de administrar y controlar la seguridad de las llaves. II. Formato y/o registro de control para el préstamo de llaves. III. Tratamiento de pérdida o no devolución de llaves. IV. Señalar si existen áreas en las que se acceda con dispositivos electrónicos y/o algún otro mecanismo de acceso. |
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2.6 Alumbrado. |
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El alumbrado dentro y fuera de las instalaciones debe permitir una clara identificación de personas, material y/o equipo que ahí se encuentre, incluyendo las siguientes áreas: entradas y salidas, áreas de manejo, carga, descarga y almacenaje de la mercancía, bardas perimetrales y/o periféricas, cercas interiores y áreas de estacionamiento, debiendo contar con un sistema de iluminación de emergencia y/o respaldo en las áreas sensibles. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el procedimiento para la operación y mantenimiento del sistema de iluminación. Asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Señalar qué áreas se encuentran iluminadas y cuáles cuentan con sistema de emergencia y/o respaldo (indique si cuenta con una planta de poder auxiliar o algún otro mecanismo para suministrar energía eléctrica en caso de alguna contingencia). II. De qué manera se cerciora que el sistema de iluminación tenga continuidad ante la falta de suministro en cada una de las áreas de la instalación y con especial énfasis de las áreas consideradas como críticas y/o sensibles, de manera que permita una clara identificación del personal, material y/o equipo que ahí se encuentre. III. Responsable del control y mantenimiento de los sistemas de iluminación. IV. Programa de mantenimiento y revisión (en caso de coincidir con otro proceso, indicarlo). El procedimiento podrá incluir: I. Cómo se controla el sistema de iluminación. II. Horarios de funcionamiento. III. Identificación de áreas con iluminación permanente. |
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2.7 Aparatos de comunicación. |
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El almacén general de depósito debe contar con aparatos y/o sistemas de comunicación con la finalidad de contactar de forma inmediata al personal de seguridad y/o con las autoridades cuando se requiera en caso de ocurrir una situación de emergencia y seguridad. Adicionalmente, debe contar con un sistema de respaldo y verificar su buen funcionamiento de manera periódica. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el procedimiento que el personal debe realizar para contactar al personal de seguridad del almacén general de depósito o en su caso, de la autoridad correspondiente en caso de algún incidente de seguridad. Indicar si el personal operativo y administrativo cuenta o dispone de aparatos (teléfonos fijos, móviles, botones de alerta y/o emergencia, etcétera) para comunicarse con el personal de seguridad y/o con quien corresponda (estos deberán estar accesibles a los usuarios para poder tener una pronta reacción). Indicar qué tipo de aparatos de comunicación utiliza el personal de seguridad del almacén general de depósito (teléfonos fijos, celulares, radios, sistema de alarma, etcétera). Describir el procedimiento para el control y mantenimiento de los aparatos de comunicación, asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Políticas de asignación de aparatos de comunicación móvil. II. Programa de mantenimiento o reemplazo de aparatos de comunicación fija y móvil. III. Indicar si cuenta con aparatos de comunicación de respaldo cuando el sistema permanente fallara y, en su caso, descríbalos brevemente. El procedimiento podrá incluir: I. Responsable del buen funcionamiento y mantenimiento de los aparatos de comunicación. II. Registro de verificación y mantenimiento de los aparatos. III. Forma de asignación de los aparatos de comunicación. |
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2.8 Sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia. |
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Los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia y las tecnologías de seguridad, se deben utilizar para vigilar, notificar o disuadir accesos no autorizados y actividades prohibidas en las instalaciones y demás áreas consideradas sensibles, notificar al área correspondiente, además de utilizarse como herramienta de prueba en investigaciones derivadas de algún incidente de seguridad. Estos sistemas y tecnologías de seguridad deben colocarse de acuerdo a un análisis de riesgo previo, de tal forma que permita una clara identificación del área o ambiente que vigila, monitorear y supervisar las áreas que impliquen el acceso y salida de personal autorizado, visitantes, proveedores, áreas que impliquen el manejo de carga, descarga, custodia y almacenaje de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal y nacional, inspecciones de seguridad a los vehículos de carga, patios para medios de transporte, estacionamiento de vehículos particulares, así como áreas consideradas críticas y/o sensibles de forma permanente e ininterrumpida de conformidad a su operación. El almacén general de depósito debe contar con procedimientos documentados de operación de los sistemas anteriormente mencionados. Para el caso de los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia y las tecnologías de seguridad, el procedimiento debe incluir la supervisión del buen estado del equipo, indicando la frecuencia con la que deben realizar el respaldo de las grabaciones, los responsables de su operación y la verificación de la correcta posición de las cámaras. Los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia debe permitir una clara identificación del área o ambiente que vigila, estar permanentemente grabando y mantener un respaldo de las grabaciones por lo menos de un mes, considerando que, en el caso de que sus procesos logísticos excedan este periodo, deberá aumentar el periodo del mantenimiento de estos respaldos con la finalidad de tener los elementos necesarios para deslindar las responsabilidades correspondientes en caso de un incidente de seguridad. Dicho sistema y toda la infraestructura de tecnología de seguridad deben tener un acceso restringido. Los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia y las tecnologías de seguridad del almacén general de depósito deberá de cumplir con lo establecido en la regla 4.5.18., para que la autoridad aduanera tenga acceso a los puntos de entrega de la mercancía, así como de los puntos de salida, conforme lo que determine la ANAM. |
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Mencionar el procedimiento documentado en el que Indique el funcionamiento del sistema central de alarmas externo o sensores, y en su caso, describa los siguientes puntos: I. Indicar si las puertas y ventanas tienen sensores de alarma, así como las áreas donde se cuenta con sensores de movimiento. II. Procedimiento a seguir en caso de activarse una alarma. III. Indicar el personal o área responsable de dar mantenimiento, cómo se reportan fallas y los registros que utilizan. Describir el procedimiento documentado para la operación de los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia y las tecnologías de seguridad (este debe revisarse y actualizarse anualmente y de acuerdo con el análisis de riesgo o las circunstancias), asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Indicar el número de cámaras de seguridad de los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia instaladas, características técnicas y su ubicación por área (detalle si cubren los puntos de entrada y salida de las instalaciones para cubrir el movimiento de vehículos e individuos, y donde se lleva a cabo la inspección señalada en el sub-estándar 7.2, así como el lugar de almacenaje de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal y nacional). Anexar un layout o mapa de distribución de las cámaras de seguridad. II. Señalar la ubicación de los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia y las tecnologías de seguridad, dónde se localizan los monitores, quién los revisa, así como los horarios de operación, y en su caso, si existen estaciones de monitoreo remoto. Toda la infraestructura de tecnología de seguridad debe estar protegida físicamente contra el acceso no autorizado. III. Realizar revisiones periódicas y aleatorias de las grabaciones. Indique de qué forma las revisan (aleatoria, cada semana, eventos especiales, áreas restringidas, etcétera) quién es el personal designado y si la gerencia se involucra en las revisiones. Los resultados de las revisiones deben documentarse para incluir acciones correctivas para fines de auditoría. IV. Indicar por cuánto tiempo se mantienen estas grabaciones (debiendo ser por lo menos de un mes). V. Los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia y las tecnologías de seguridad deben de contar con una fuente de energía alternativa que permita que estos continúen funcionando en caso de una pérdida inesperada de energía directa. Por lo anterior, indique si los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia y las tecnologías de seguridad se encuentran respaldadas por una planta de poder eléctrica de emergencia o algún otro mecanismo para suministrar energía eléctrica que garanticen su funcionamiento. Estos sistemas deberían de tener una función de alarma/notificación, que indique una condición de falla en el funcionamiento y/ o grabación, señale si sus sistemas tienen dicha función. VI. Indicar si adicionalmente a los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia, utiliza algún otro tipo de tecnología para robustecer las medidas de seguridad con las que ya cuenta. VII. Describir el procedimiento que se ha implementado para probar e inspeccionar de manera regular los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia y las tecnologías de seguridad y asegurar su buen funcionamiento. Los resultados de las inspecciones y las pruebas de funcionamiento deben estar documentadas, al igual que las acciones correctivas necesarias (estas se deben implementar lo antes posible). Adicionalmente, que los resultados documentados de estas inspecciones se mantengan durante un tiempo suficiente para fines de auditoría. VIII. Indicar si el proveedor de sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia, tiene acceso a las cámaras de seguridad, si es el encargado de realizar el monitoreo de las mismas, de qué forma se controlan los accesos y quien es el responsable de dicho monitoreo. |
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3. Controles de acceso físico. |
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Los controles de acceso físico, son mecanismos o procedimientos que previenen e impiden la entrada no autorizada a las instalaciones, mantienen control del ingreso de los empleados, visitantes y proveedores además de proteger los bienes del almacén general de depósito. Los controles de acceso deben incluir la identificación de todos los empleados, visitantes y proveedores en todos los puntos de entrada. Asimismo, deben mantener registros y evaluar permanentemente los mecanismos o procedimientos documentados de ingreso a las instalaciones, siendo la base para comenzar a integrar la seguridad como una de las funciones primordiales dentro de cualquier compañía. La evaluación de lo señalado en el presente sub estándar, se realizará de acuerdo a un análisis de riesgo previo. |
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3.1 Personal de seguridad. |
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El almacén general de depósito debe contar con personal de seguridad y vigilancia. Este personal desempeña un rol importante en la protección física de las instalaciones y de la mercancía durante su traslado, manejo y resguardo dentro del almacén, así como para controlar el acceso y salida de todas las personas al inmueble. El personal de seguridad deberá contar con un procedimiento documentado para llevar a cabo sus funciones y tener pleno conocimiento de los mecanismos y procedimientos en situaciones de emergencia, detección de personas no autorizadas o cualquier incidente de seguridad en la instalación. La gerencia debe verificar periódicamente el cumplimiento de los procedimientos políticas y funciones a través de auditorías internas con el objetivo de verificar su correcta ejecución. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el procedimiento documentado para la operación del personal de seguridad y asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Indicar el número de personal de seguridad que labora en el almacén general de depósito. II. Señalar los cargos y/o funciones del personal y horarios de operación. III. En caso de contratarse un servicio externo, proporcionar los datos generales de la empresa (clave en el RFC, razón social, domicilio), y especificar número de personal empleado, detalles de operación, registros y reportes que utilizan para desempeñar sus funciones, etcétera. IV. En caso de contar con personal armado, describa el procedimiento para el control y resguardo de las armas. |
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3.2 Identificación de los empleados. |
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Debe existir un sistema de identificación de empleados con fines de acceso a las instalaciones. Los empleados sólo deben tener acceso a aquellas áreas que necesiten para desempeñar sus funciones. La gerencia o el personal de seguridad de la compañía deben controlar adecuadamente la entrega y devolución de gafetes y/o credenciales de identificación de empleados, visitantes y proveedores. Se deben documentar los procedimientos para la entrega, devolución y cambio de dispositivos de acceso (por ejemplo, llaves, gafetes y/o credenciales, tarjetas de proximidad, etcétera). El acceso a las áreas sensibles debe estar restringido según la descripción del trabajo o las tareas asignadas. |
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Describir el procedimiento para la identificación de los empleados y asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Mecanismos de identificación (gafete y/o credencial con foto, control de acceso biométrico, tarjetas de proximidad, etcétera). II. Indicar si los empleados utilizan uniformes, cómo son asignados (por puestos, áreas, funciones, etcétera.) y retirados (en su caso). III. Indicar cómo se identifica al personal contratado por un socio comercial que labore dentro de las instalaciones (contratistas, sub-contratados, servicios in house, personal de empresas de manejo de mercancías, sub-maquila, etcétera). El procedimiento, también debe describir cómo el almacén general de depósito entrega, cambia y retira las identificaciones y controles de acceso del empleado, asegúrese de incluir las áreas responsables de autorizarlas y administrarlas. Indicar cómo asegura que el acceso a las áreas sensibles este restringido según la descripción del trabajo o las tareas asignadas (incluya el tipo de registros y controles que utiliza). Anexar el procedimiento documentado para el control de las identificaciones. |
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3.3 Identificación de visitantes y proveedores. |
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Para tener acceso a las instalaciones, los visitantes y proveedores deberán presentar identificación oficial con fotografía con fines de documentación a su llegada y se deberá llevar un registro. Todos los visitantes y proveedores deben recibir una identificación temporal, estar acompañados por personal del almacén durante su permanencia en las instalaciones y asegurarse que el visitante/proveedor porte siempre en un lugar visible la identificación provisional proporcionada, dicho procedimiento deberá estar documentado. Para el caso de proveedores y usuarios que laboren de manera regular en la instalación, el almacén general de depósito debe contar con un mecanismo o sistema de control de gafetes de identificación. |
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Describir el procedimiento para el control de acceso de los visitantes y proveedores, asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Señalar qué registros se llevan a cabo (formatos personales por cada visita, bitácoras, entre otros). II. El registro de visitantes y proveedores debe incluir lo siguiente: a) Fecha de la visita. b) Nombre del visitante. c) Número de identificación con foto (documentos oficiales como: licencia de manejo, pasaporte, INE, etcétera). d) Hora de entrada y de salida. e) En el caso de acceso vehicular, el formato deberá incluir los datos del vehículo particular o de carga (modelo, placa, número de remolque, etcétera). III. Señalar quién es la persona responsable de acompañar al visitante y/o proveedor y si existen áreas restringidas para su ingreso. |
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3.4 Procedimiento de identificación y retiro de personas o vehículos no autorizados. |
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El almacén general de depósito debe contar con procedimientos documentados que especifiquen cómo identificar, enfrentar o reportar a personas y/o vehículos no autorizados o identificados, dicho procedimiento debe ser comunicado al personal responsable mediante capacitación. La capacitación debe estar documentada. |
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Anexar el procedimiento documentado para identificar, enfrentar o reportar personas y/o vehículos no autorizados o identificados. El procedimiento deberá incluir: I. Personal encargado de llevar a cabo el procedimiento. II. Designar a una persona o área responsable para ser informado de los incidentes de seguridad. III. Indicaciones para enfrentar y dirigirse al personal no identificado. IV. Señalar en qué casos deberá reportarse a las autoridades correspondientes. V. Cómo se lleva a cabo el registro de los incidentes de seguridad y las medidas adoptadas en cada caso. |
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3.5 Entregas de mensajería y paquetería. |
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La mensajería y paquetería destinada a personal del almacén general de depósito debe ser registrada y examinada a su llegada y salida antes de ser distribuida al área y destinos correspondientes. Asimismo, la empresa deberá de tener un procedimiento documentado para la recepción y revisión de mensajería y paquetería, el cual debe ser comunicado al personal responsable mediante capacitación. La capacitación debe estar documentada. |
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Describir el procedimiento para la recepción y revisión de mensajería y paquetería, y asegúrese de incluir lo siguiente: I. Personal encargado de llevar a cabo el procedimiento. II. Indicar cómo identifica al personal o proveedor del servicio de mensajería y paquetería (señale si requiere de procedimiento adicional al de acceso a proveedores). III. Señalar cómo se lleva a cabo la revisión de la mensajería y/o paquetes, qué mecanismo utiliza, los registros que se llevan a cabo y en su caso, los incidentes detectados. IV. Describir las características o elementos para determinar mensajería y/o paquetería es sospechosa. V. Señalar qué acciones realiza en el caso de detectar mensajería y/o paquetes sospechosos. |
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4. Socios comerciales. |
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El almacén general de depósito debe contar con procedimientos escritos y verificables para la selección y contratación de nuevos socios comerciales y monitoreo de los socios con los que ya se encuentra trabajando, como: proveedores de servicios de limpieza, seguridad privada, proveedores de materiales, contratación de personal, prestadores de servicios de almacenaje, carga, descarga y maniobra de mercancías, proveedores de sistemas de Tecnologías de la Información, proveedores de tarimas y suministros para el empaque y embalaje, proveedores de sellos de alta seguridad, recolección y reciclaje, colocación y mantenimiento de los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia, contratistas, y en su caso, transportistas para el traslado y/o distribución de mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, y aquellos que manejan la documentación de importación y exportación, como agentes aduanales, entre otros), y de acuerdo a su análisis de riesgo, exigir que cumplan con las medidas de seguridad para fortalecer la cadena de suministros internacional. El análisis de riesgo que realice el almacén general de depósito respecto a sus socios comerciales (clientes y proveedores), deberá incluir riesgos relacionados con la identificación de actividades relacionadas con el lavado de dinero y la financiación del terrorismo. Adicionalmente, el almacén debe fomentar una política y un programa de cumplimiento social documentado que, como mínimo, aborde cómo entre sus empleados y socios comerciales podrían garantizar que los bienes, insumos o mercancías nacionales e importadas a México para la elaboración de productos o mercancías, no provienen de la extracción, producción o fabricación total o parcialmente, con formas prohibidas de trabajo, es decir, forzoso u obligado, incluido el trabajo infantil forzoso u obligado, al amparo del artículo 23.6 del T-MEC y el Acuerdo que establece las mercancías cuya importación está sujeta a regulación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicado en el DOF el 17 de febrero de 2023. |
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4.1 Criterios de selección. |
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Deben existir procedimientos documentados para la selección, seguimiento o renovación de relaciones comerciales con los asociados de negocio y/o proveedores, que incluyan entrevistas, verificación de referencias, métodos de evaluación y uso de la información proporcionada. La información derivada de la investigación y/o evaluación de los asociados de negocio y/o proveedores deberá documentarse y estar integrada en un expediente (físico o electrónico). El procedimiento para la selección de socios comerciales deberá incluir, indicadores para identificar clientes o proveedores que podrían no ser legítimos o con domicilios no localizados, además de investigaciones, revisiones o evaluación de dichos socios para la identificación y control de las actividades relacionadas con el lavado de dinero y la financiación del terrorismo. Si la investigación y/o evaluación de algún socio comercial conduce a dudas sustanciales sobre la veracidad de sus operaciones o servicios, el almacén general de depósito deberá evitar su contratación y, en su caso, notificar a su especialista de seguridad o contacto del Programa Operador Económico Autorizado y a la autoridad correspondiente sobre sus sospechas. |
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Anexar el procedimiento documentado para la selección y contratación de nuevos socios comerciales y monitoreo de los socios con los que ya se encuentra trabajando, esto comprende cualquier tipo de proveedores que tengan relación con su proceso logístico y con su cadena de suministros (es en el siguiente sub-estándar donde se solicita diferenciar aquellos de riesgo en su cadena de suministros), asimismo, con clientes potenciales y preponderantes de contratar su servicio de manera frecuente y/o aquellos que tengan relación comercial con el almacén general de depósito. Asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Qué información es requerida a su socio comercial. II. Qué aspectos son revisados e investigados (el resultado de la investigación debe integrarse en el expediente). III. Los indicadores para identificar clientes o proveedores que podrían no ser legítimos (pagos por encima de la tarifa estándar, en efectivo; tener poco conocimiento de la mercancía que se va a enviar; ser evasivo; información de contacto mínima (teléfono celular, puntos de contacto, correos electrónicos, entre otros); empresas de reciente creación o negocios sin historial comercial, etcétera) o con domicilios no localizados. Este punto se refiere a señalar todas aquellas alertas para determinar que un socio comercial no es confiable y así, realizar una investigación más profunda y evaluar si se debe trabajar con él. IV. Indicar si mantiene un expediente físico o electrónico de cada uno de sus socios comerciales, así como la información que debe contener. V. Señalar de qué manera se evalúan los servicios de su socio comercial y qué puntos revisa. El expediente debe incluir como mínimo lo siguiente: I. Datos de la empresa (nombre, clave en el RFC, actividad, etcétera). II. Datos del representante legal. III. Comprobante de domicilio. IV. Referencias comerciales (en su caso). V. Contratos, acuerdos y/o convenios de confidencialidad. VI. Políticas de seguridad. VII. En su caso, certificado o número de certificación en los programas de seguridad a los que pertenezca. |
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4.2 Requisitos en seguridad. |
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El almacén general de depósito debe contar con un procedimiento documentado en el que, de acuerdo a su análisis de riesgo, solicite requisitos adicionales en materia de seguridad a aquellos socios comerciales que intervengan en el servicio prestado por dicho almacén y en su cadena de suministro, ya sea como proveedores de tarimas y suministros para el empaque y/o embalaje de las mercancías, proveedores de sellos de alta seguridad, así como de los proveedores de servicios que de igual forma intervengan en el control, manipulación, traslado y/o almacenaje de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal y nacional como: proveedores de servicios de limpieza, seguridad privada, contratación de personal, prestadores de servicios de almacenaje, carga, descarga y maniobra de mercancías, recolección y reciclaje, proveedores de sellos de alta seguridad, colocación y mantenimiento de los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia, subcontratistas, y en su caso, transportistas para el traslado y/o distribución de mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, y aquellos que manejan la documentación de importación y exportación, como agentes aduanales, entre otros. Los requisitos deberán estar basados en el “Perfil del Almacén General de Depósito” establecido por la AGACE de manera genérica, o en caso de existir, el Perfil específico para cada actor de la cadena de suministros que le corresponda. El almacén general de depósito debe solicitar a sus socios comerciales la documentación que acredite y compruebe que cumple con los estándares mínimos de seguridad establecidos en este “Perfil del Almacén General de Depósito”, ya sea a través de una declaración escrita emitida por el representante legal del socio, convenios o cláusulas contractuales, respaldado con documentación que avale el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Programa Operador Económico Autorizado. De igual manera, el almacén debe tener en cuenta y conocer los requisitos específicos del Programa Operador Económico Autorizado que serán aplicables a cada uno de sus socios comerciales, en función de su actividad dentro de la cadena de suministro. En el caso de los socios comerciales del almacén general de depósito que presten sus servicios en el interior de las instalaciones, deberán estar obligados al cumplimiento de estos requisitos de seguridad en la cadena de suministro. |
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Describir el procedimiento que indique cómo lleva a cabo la identificación de socios comerciales que requieran cumplir con estándares mínimos en materia de seguridad. Asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Un registro de los socios comerciales que deben cumplir con requisitos en materia de seguridad, y mencione que tipo de proveedores son estos (transportistas para el traslado y/o distribución de mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, proveedores de servicios de limpieza, comedor, seguridad privada, proveedores de materiales, contratación de personal, prestadores de servicios de almacenaje, carga, descarga y maniobra de mercancías, subcontratistas, etcétera). II. Indicar de qué forma documental (convenios, acuerdos, cláusulas contractuales y/o adendas) asegura que sus socios comerciales cumplen con los requisitos en materia de seguridad. III. Indicar si existen convenios, acuerdos, cláusulas contractuales y/o adendas respecto a la implementación de medidas de seguridad con sus proveedores de servicios al interior del almacén general de depósito, tales como: agentes aduanales, seguridad privada, servicios de limpieza y mantenimiento, comedor, jardinería, proveedores de Tecnologías de la Información, etcétera. IV. Indicar si cuenta con socios comerciales que se les exija pertenecer a un programa de seguridad de la cadena de suministro (por ejemplo: CTPAT, o algún otro Programa Operador Económico Autorizado de la OMA) así como la información y documentación que le son solicitadas. |
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4.3 Revisiones del socio comercial. |
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El almacén general de depósito a través del Comité de Seguridad debe realizar evaluaciones periódicas de seguridad (así como derivadas de situaciones de riesgo), de los procesos e instalaciones de los asociados de negocios con base a un análisis de riesgo para garantizar que cuentan con estándares mínimos en materia de seguridad requeridos por el almacén, basados en el Programa Operador Económico Autorizado, mantener registros de las mismas, que permitan constatar que los procesos y medidas de seguridad se están ejecutando, así como el seguimiento correspondiente. Cuando se encuentren inconsistencias, el almacén general de depósito deberá comunicarlo a su socio y/o proveedor y proporcionar un período justificado para atender las observaciones o áreas de oportunidad identificadas, o en caso contrario, tener las medidas necesarias para sancionarla. Realizar evaluaciones de seguridad de los socios comerciales es importante para garantizar que exista un programa de seguridad sólido y que funcione correctamente, es por eso que, además de un procedimiento documentado, debe existir un programa o calendario para la ejecución de dichas revisiones o evaluaciones de seguridad priorizando a los socios que son más críticos conforme a su análisis de riesgo. Si un miembro no es evaluado y la empresa desconoce si los procesos e instalaciones de sus socios comerciales funcionan correctamente, ponen en riesgo su cadena de suministro. |
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El almacén general de depósito debe contar con un procedimiento documentado para realizar evaluaciones para la verificación o revisión de los requisitos en materia de seguridad en los procesos e instalaciones de socios comerciales. Describa el procedimiento para realizar las revisiones de sus socios comerciales, asegurándose de incluir los siguientes puntos: I. Periodicidad con la que realiza las visitas al socio comercial (esta debe de ser por lo menos una vez al año y derivadas de situaciones de riesgo). II. Programa o calendario para la ejecución de las revisiones de seguridad. III. Registros o reportes de la verificación o revisión y, en su caso del seguimiento correspondiente. IV. El o los formatos de verificación tendrán que estar debidamente requisitados, colocando la fecha, nombre y cargo de quienes participan en la revisión, firmas, etcétera. V. Señalar qué medidas de acción se toman cuando los socios comerciales no cumplan con los requisitos de seguridad establecidos. En caso de tener socios comerciales que cuenten con la certificación CTPAT u otro programa de certificación de seguridad en la cadena de suministros, indique la periodicidad con la que es revisado su estatus, cómo lo registran y las acciones que toma en caso de detectarse que este suspendido y/o cancelado conforme a lo establecido en su procedimiento. El procedimiento deberá incluir: I. Periodicidad de las visitas. II. Área o responsable de llevar a cabo este procedimiento. III. Puntos de revisión en materia de seguridad. IV. Elaboración de reportes. V. Retroalimentación y acuerdos con el socio comercial. VI. Seguimiento a los acuerdos. VII. Medidas en caso de la detección del incumplimiento de los requisitos. VIII. Registro de evaluaciones. |
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5. Seguridad de procesos. |
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Deben establecerse medidas de control para garantizar la integridad y seguridad de la mercancía destinada al régimen de depósito fiscal, de los procesos relacionados con la recepción, almacenaje, custodia y extracción de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal. Estos procedimientos y medidas de control deben documentarse y asegurarse de mantener la integridad desde el ingreso al almacén hasta la entrega de la carga. |
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5.1 Mapeo de procesos. |
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Se deberá contar con un mapa que muestre paso a paso el proceso logístico del flujo de las mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal durante su depósito, manejo y custodia, así como la documentación requerida a través de la cadena de suministros internacional (cartas de cupo, pedimentos de extracción, etcétera). El almacén general de depósito debe tener en cuenta e incluir dentro de su mapeo todas las partes involucradas en su cadena de suministro, conteniendo almacenes, bodegas o centros de distribución adicionales (directas y/o habilitadas), y en caso de aplicar, aquellas que manejan la documentación de importación y exportación, como agentes aduanales, otros que pueden tener un control operativo como transportistas, etcétera. Si dentro de su cadena de suministro se subcontrata alguna parte del transporte, es indispensable que se considere dentro de su análisis de riesgo y su mapeo de proceso, toda vez que, mientras más proveedores directos e indirectos, mayor es el riesgo involucrado. |
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Anexar el mapeo de procesos donde se ilustre y describa el flujo por los que atraviesan las mercancías de importación y exportación destinadas al régimen de depósito fiscal, desde el ingreso al almacén hasta la extracción de la mercancía, y en su caso, tener bien identificados el traslado de mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal a una bodega o almacén distinto (habilitado o directo) por requerimiento de algún cliente, así como el traslado o traspaso de la carga cuando corresponda. De igual manera, es necesario incluir un procedimiento para realizar operaciones de valor agregado a la mercancía (colocación de marbetes, etiquetado, empaquetado para exhibición o venta, etcétera). Y en caso de aplicar, aquellas que manejan la documentación de importación y exportación, como agentes aduanales, otros que pueden tener un control operativo como transportistas, etcétera. Este mapeo de procesos debe contener por lo menos los siguientes aspectos: I. Cotización. II. Contrato de servicios. III. Expedición y transmisión de la carta de cupo mediante su sistema electrónico al del Servicio de Administración Tributaria. IV. Arribo de la mercancía al almacén general de depósito. V. Proceso de recibo de la mercancía. VI. Generación de etiquetas fiscales y/o de identificación. VII. Integración de la documentación aduanera, por ejemplo: a) Verificación de la información comercial. b) Pedimento de importación o depósito fiscal. c) Factura comercial. d) Lista de empaque. e) Guías de empaque. f) Permisos de importación, Certificados de Origen, acreditación de cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana. VIII. Verificación en su caso de la unidad de verificación (UVA). IX. Recepción de solicitud de extracción. X. Salida de mercancías, entre otros. |
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5.2 Almacenes, centros de distribución, patios y bodegas directas y habilitadas. |
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Cuando el almacén general de depósito cuente con almacenes directos y/o habilitados, deberán sujetarse de acuerdo a sus características a lo establecido en este documento, con el objeto de mantener la integridad en la cadena de suministros. |
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De acuerdo al mapeo de procesos de las mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, declare si el almacén general de depósito cuenta con almacenes, bodegas o centros de distribución adicionales, y especifique si son directos y/o habilitados. |
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5.3 Entrega y recepción de mercancía. |
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El almacén general de depósito debe supervisar la recepción y entrega de las mercancías en su instalación, asegurando en todo momento su correcta identificación, registro y manejo conforme a los procedimientos establecidos por el almacén, incluyendo las instrucciones o especificaciones que reciba de los clientes, en su caso, para su manejo y traslado. Por lo anterior, el almacén general de depósito debe tener procedimientos documentados que le permitan llevar a cabo de forma segura la entrega y recepción de la carga en los centros de distribución o bodegas (directas y/o habilitadas), dichos procedimientos deben incluir la recepción, generación de carta de cupo registro en sistema, manejo de acuerdo a las especificaciones del cliente, programación de tareas de ingreso al almacén, descarga, correcta identificación y acondicionamiento de la mercancía hasta la ubicación en bodega, documentación generada para el transportista, cliente y personal de servicios. Asimismo, el almacén general de depósito debe tener mecanismos de control para la recepción de unidades de transporte, además de la identificación y registro de los operadores que efectúan la entrega o recepción de mercancía en las instalaciones. De igual forma, debe garantizar que los operadores que transportan las mercancías, durante la entrega y/o recepción cuenten con toda la documentación requerida para autorizar su ingreso o extracción del almacén general de depósito y en caso de aplicar, la información documental requerida para su correcto traslado en el que incluya, de manera enunciativa más no limitativa, destino, ruta que deberá mantener, datos de contacto y/o procedimiento en caso de ocurrir algún incidente de seguridad o de la inspección por parte de alguna autoridad, entre otros. Las áreas de preparación de la carga y las áreas circundantes inmediatas deben inspeccionarse regularmente para garantizar que estas áreas permanezcan libres de contaminación visible de plagas. Durante el proceso de carga y descarga de mercancías, el área de seguridad de la empresa (supervisor o guardia de seguridad) deberá estar presente para validar que el proceso se está realizando de manera correcta, mitigar el riesgo de contaminación de embarques (mercancía prohibida, ilícita o plagas) y registrar dicha revisión (parte de novedades, registros, reportes, etcétera), como evidencia de que el sello y/o candado de alta seguridad fue colocado correctamente, se deben tomar fotografías digitales al momento de cargar los vehículos. En la medida de lo posible, estas imágenes deberán enviarse electrónicamente al punto de contacto de destino o entrega de la mercancía con fines de verificación. También, el personal responsable del área de embarques y/o recibos debe revisar la información incluida en los documentos de importación y/o exportación para identificar o reconocer envíos de carga sospechosos. Asimismo, se debe brindar capacitación específica sobre la identificación de errores comunes en la documentación de los embarques de exportación, con el objetivo de prevenir que estos deriven en incidentes de seguridad o mercancía sospechosa. |
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Anexar el procedimiento documentado en el que indique el proceso para la recepción y entrega de las mercancías en las instalaciones, verificando en todo momento su correcta identificación, registro y manejo conforme a los procedimientos establecidos por el almacén y asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Método de recepción, descarga y verificación de la mercancía. II. Método para la identificación de operadores de transporte. III. Generación de carta de cupo. IV. Registro en sistema (corporativo). V. Especificaciones del almacén o cliente. VI. Identificación de la mercancía. VII. Documentación generada para el transportista, cliente y personal de servicios. VIII. Proceso de extracción de la mercancía. IX. Documentación que se entrega a los operadores. X. Cómo verifica y garantiza que las áreas de preparación de la carga y las áreas circundantes inmediatas permanecen libres de contaminación visible de plagas. En caso de identificar algún tipo de plaga visible, contaminación, basura, insectos, pasto, hierba o zacate crecido, cómo se reporta y que acciones realizan al respecto. XI. Indicar cómo controla o qué medidas de seguridad tiene implementadas para mitigar el riesgo de colusión o complicidad entre los empleados, como el conductor y el personal de las áreas de despacho (en su caso) almacén, guardias de seguridad, etcétera. XII. Indicar si realiza revisiones permanentes o aleatorias al equipaje de los operadores de transporte que ingresan a sus instalaciones a entregar o recoger carga. En caso de identificar alguna anomalía o tener una sospecha, describa las acciones que realiza al respecto y como reporta a la autoridad. El procedimiento de entrega y recepción de la mercancía deberá incluir: I. Método de inspección en el punto de acceso al almacén. II. Designación del personal responsable de identificar y registrar a los operadores de los medios de transporte al momento de su llegada. III. Registro de la introducción al almacén general de depósito de las mercancías. IV. Salida del almacén general de depósito. |
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5.4 Procedimiento de seguimiento de la mercancía. |
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Cuando el traslado de las mercancías se realice por cuenta del almacén general de depósito, de conformidad a su análisis de riesgo, se debe asegurar la integridad y rastreabilidad de la mercancía destinada al régimen de depósito fiscal durante su traslado entre almacenes, centros de distribución y bodegas previamente autorizadas para este tipo de mercancías. El almacén general de depósito debe monitorear en todo momento el traslado de las mercancías (siempre y cuando sea su responsabilidad) a otra bodega autorizada del mismo almacén o traspasadas a uno diferente, verificando que, para su traslado se genere la documentación que ampare la mercancía (copia del pedimento de importación o exportación a depósito fiscal, así como con el comprobante fiscal que expida el mismo almacén general de depósito) y deberá dar el aviso de traslado correspondiente a la autoridad mediante transmisión electrónica al SAAI, señalando la información necesaria (folio de la carta de cupo electrónica, número de autorización o clave de la bodega autorizada al que serán trasladadas las mercancías, fracción arancelaria, etcétera), conforme a lo establecido en las reglas 4.5.13. y 4.5.14. Si derivado del monitoreo y seguimiento, se identifica una amenaza real (o concretada) a la seguridad de un envío o medio de transporte, el almacén general de depósito debe alertar (tan pronto como sea posible) a los socios comerciales en la cadena de suministro que puedan verse afectados y, en su caso a la autoridad según corresponda. |
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Anexar el procedimiento documentado para monitorear el traslado de las mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, a otra bodega autorizada del mismo almacén o traspasadas a uno diferente, conforme a lo establecido en las reglas 4.5.13. y 4.5.14. Este procedimiento debe incluir, entre otros aspectos de acuerdo a su operación: I. Indicar el tipo de sistema que tienen implementado las unidades que utiliza para el control de las mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal y, en su caso, de ser un servicio tercerizado o subcontratado, describa las herramientas de consulta que dispone para poder monitorear la mercancía. II. Identificación de rutas predeterminadas y tiempos estimados de traslado entrega, entre puntos intermedios, así como de pernocta y/o descanso (patios, aduana de salida, instalaciones del agente aduanal o agencia aduanal, agentes de carga, entre otros). Una vez que se ha determinado el tiempo entre los puntos asignados, deben tener un proceso de seguimiento (auditoría de rutas) y los registros correspondientes. III. En el caso de las geocercas, dentro de sus parámetros deben existir o establecerse tolerancias mínimas permitidas para la ruta de tránsito preestablecida. IV. Deben existir sistemas o procedimientos con instrucciones en caso de existir una demora en el recorrido (detenciones, cambios o desvíos de ruta, fallas mecánicas, accidentes, etcétera). Asimismo, los conductores deben notificar (a su supervisor y en su caso al remitente o consignatario de la mercancía) cualquier retraso significativo en la ruta debido al clima, el tráfico, accidentes, fallas mecánicas, cambio de ruta, etcétera. Y por su parte, la empresa debe de verificar de manera independiente la causa de dicho retraso. V. Detallar si cuenta con medios de comunicación para el seguimiento de la mercancía. VI. Señalar al área o responsable de supervisar este proceso. El procedimiento también debe incluir que, en caso de identificar una amenaza real o concretada a la seguridad de un envío o medio de transporte; cómo es que la empresa informa a los socios comerciales de su cadena de suministro que puedan verse afectados y, en su caso a la autoridad según corresponda, sobre este tipo de incidentes o presuntivas. |
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5.5 Reporte de discrepancias en la carga. |
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Deben existir procedimientos documentados para detectar y reportar mercancía faltante, sobrante, prohibida o cualquier otra discrepancia durante la entrega y/o recepción de las mercancías, con la finalidad de disponer de información que coadyuve a las investigaciones correspondientes por parte de las autoridades competentes en caso de ocurrir algún incidente de seguridad. Asimismo, tendrá que describir las medidas y acciones a realizar en caso de identificar mercancías ilícitas, no declaradas y prohibidas (conforme a lo previsto por el artículo 123 de la Ley) o aquellas que por su naturaleza pongan en riesgo la seguridad del personal durante los procesos de recepción, entrega, traslado, traspaso, almacenaje y en su caso, conforme a los servicios que ofrezca. |
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Anexar el procedimiento documentado para detectar y reportar discrepancias de mercancía faltante, sobrante, prohibida o cualquier otra discrepancia durante la entrega y/o recepción de la misma y asegúrese que incluya los siguientes puntos: I. Responsables de llevar a cabo la revisión. II. Documentos a cotejar. III. Áreas a las que se reporta la información. IV. Qué acciones realizan en caso de detectar alguna discrepancia. |
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5.6 Procesamiento de la información y documentación de la carga. |
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El almacén general de depósito debe contar con procedimientos documentados para asegurar que la información electrónica y/o documental utilizada durante la recepción, almacenaje, custodia y extracción de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal, así como la información recibida por los asociados de negocio sea legible completa, exacta, reportada en tiempo y protegida contra cambios, pérdidas o introducción de información errónea. De igual manera, los formularios y la documentación relacionada con la importación y/o exportación deberían asegurarse para evitar el uso no autorizado. |
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Describir el procedimiento para el procesamiento de la información y documentación de la mercancía, asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Detallar cómo transmite y/o recibe la información y documentación relacionada con la recepción y entrega de la mercancía en el almacén general de depósito. II. Indicar si utiliza un sistema informático de control específico y explique brevemente cómo funciona. III. Asimismo, detalle cómo valida que la información proporcionada por los diferentes actores de la cadena de suministro (transportistas, agentes aduanales, navieras, empresas de ferrocarril, entre otros) que convergen en el almacén, es legible, completa, exacta, reportada en tiempo y protegida contra cambios, pérdidas o introducción de información errónea. IV. Señalar de qué forma los asociados de negocio transmiten información con la empresa y cómo aseguran la protección de la misma. |
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5.7 Gestión de inventarios, control de material de empaque, envase y embalaje. |
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El almacén general de depósito debe contar con procedimientos documentados para llevar a cabo el control de inventarios automatizado conforme a su autorización para prestar servicios de depósito fiscal de mercancías, asimismo, dicho control debe de contemplar lo referente a los remates en depósito fiscal, donaciones en depósito fiscal al Fisco Federal, retorno de mercancías al extranjero, traslados y traspasos, destrucciones, entre otros, conforme a la normatividad aplicable y garantizar que se realicen inventarios cíclicos a la mercancía. Los materiales de empaque, envase, embalajes, en su caso, deben ser controlados y supervisados para evitar que sean susceptibles de manipulación previo a su uso. |
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Anexar el procedimiento documentado para la gestión de inventarios de mercancías. Este debe incluir, de acuerdo a su operación entre otros aspectos, lo siguiente: I. Mencionar que tipo de sistema utiliza para el intercambio de información con la autoridad para efectos de inventario. II. Quién es su proveedor. III. Indicar si cuenta con un plan de contingencia en caso de fallas en el sistema. IV. Mencionar donde está localizado físicamente el sistema y quiénes son los responsables de su operación. V. La frecuencia con la que lleva a cabo la verificación de existencias (inventario cíclico). Indique si existe un calendario programado para realizarlos y si está documentado. VI. Indicar qué acciones realiza en el caso de existir excedentes y faltantes en los inventarios. VII. Señalar el tratamiento que se brinda para el control y manejo del material de empaque, envase y embalaje. VIII. Tratamiento de las mercancías cuando presenten deterioro, así como lo relacionado a su destrucción. IX. Este punto, también está enfocado a reducir el riesgo de introducción o diseminación de plagas de importancia cuarentenaria al país a través del embalaje (importaciones), por lo anterior, describa cómo cumple con las disposiciones señaladas por la SEMARNAT y la NOM-144 SEMARNAT-2017, en concordancia con la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias No.15 denominada “Reglamentación del embalaje de madera utilizado en el Comercio Internacional”, las cuales emanan de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. X. Señalar cómo es el proceso de fumigación para matar, inactivar, esterilizar, desvitalizar o eliminar plagas. Qué acciones realiza en caso de requerir cuarentena de los materiales de embalaje. XI. Indicar el área responsable de llevar a cabo este proceso, así como la documentación o certificados que se obtienen. Los procedimientos del solicitante podrán incluir: I. Restricciones de acceso al almacén para que solo ingrese personal autorizado. II. Acciones que se toman si se identifican irregularidades, discrepancias, pérdidas o hurtos. III. Separación de los diversos tipos de mercancías por ejemplo de alto valor, peligrosas. |
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6. Gestión aduanera. |
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El almacén general de depósito debe contar con procedimientos documentados en los que se establezcan políticas internas y de operación, así como de los controles necesarios para el debido cumplimiento de las obligaciones aduaneras. Asimismo, deberá contar con personal especializado y procedimientos documentados que establezcan la verificación de la información y documentación generada para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras derivadas de su autorización. |
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6.1 Obligaciones aduaneras. |
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El almacén general de depósito debe contar con procedimientos documentados para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras derivadas de su autorización, de conformidad con lo señalado en el Capítulo 4.5., aplicables a los almacenes generales de depósito, dicho procedimiento debe de incluir al menos lo siguiente: I. Definición de las áreas destinadas dentro del almacén, que reúnan las especificaciones que señale la autoridad para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o colocar marbetes o precintos. II. Proceso para la solicitud de adición, modificación y/o exclusión de instalaciones de la autorización (de un mismo local, bodega, patio, cámara frigorífica, silo o tanque, entre dos almacenes generales de depósito de manera simultánea, etcétera) para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal. III. Registro permanente y simultáneo de ingreso y salida de mercancías a los almacenes generales de depósito (designación del equipo de cómputo y de transmisión de datos para que la aduana respectiva y las unidades administrativas de la AGACE puedan realizar la consulta del registro permanente y simultáneo en el sistema con que cuente el almacén general de depósito para tal fin). IV. Responsabilidad solidaria. V. Rectificación de carta de cupo (aviso de los sobrantes y faltantes dentro de las veinticuatro horas siguientes al arribo de las mercancías mediante transmisión electrónica al SAAI, aviso de arribo extemporáneo y aviso de no arribo de mercancías). VI. Identificación de mercancías de depósito fiscal (etiquetas adheribles). VII. Mercancías no susceptibles de depósito fiscal. VIII. Remate. IX. Donación al Fisco Federal. X. Retornos. XI. Traslado (en este caso, deberá modificarse la aduana de circunscripción del almacén general de depósito en el que se encuentren las mercancías). XII. Traspaso. XIII. Avisos correspondientes a la autoridad. XIV. Destrucción o extravío de mercancías. |
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Anexar el procedimiento establecido para cumplir con las obligaciones aduaneras derivadas de su autorización como almacén general de depósito, de conformidad con lo señalado en el Capítulo 4.5., aplicables a los almacenes generales de depósito. Asimismo, dicho procedimiento deberá también de contemplar los siguientes puntos: I. Proceso que deben de cumplir las mercancías que son motivos de actos de conservación, exhibición, colocación de signos de identificación comercial, empaquetado, examen, demostración y toma de muestras. II. Informes a la autoridad dentro del plazo de veinte días siguientes al de la expedición de la carta de cupo, los sobrantes o faltantes de las mercancías manifestadas en el pedimento respecto de las efectivamente recibidas. III. Cumplimiento de las contribuciones y cuotas compensatorias que se causen por la importación y exportación definitiva de las mercancías que tengan en depósito fiscal y la obligación de enterarlas a la autoridad. IV. Proceso de comunicación con la autoridad y el cliente, en caso de daño o extravío de mercancía. |
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6.2 Comprobación aduanera. |
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Con el objeto de verificar la veracidad de la información declarada por el almacén general de depósito ante las autoridades competentes, deben existir procedimientos documentados para que el personal que designe el almacén verifique periódicamente que los pedimentos registrados y la información de cartas de cupo electrónicas coincide con lo declarado en el SAAI Web y, en su caso, reportar a la autoridad aduanera cualquier discrepancia en dicha información. El almacén general de depósito, de igual forma, debe contar con un procedimiento para el archivo de los pedimentos para su adecuado control. |
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Anexar el procedimiento establecido para verificar que la información que aparece registrada en el SAAI Web, es cotejada y coincide con la información de los pedimentos registrados, las cartas de cupo y demás documentación que genera el almacén general de depósito. |
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7. Seguridad de los vehículos de carga, contenedores, carros de tren, remolques y/o semirremolques. |
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El almacén general de depósito debe coadyuvar con los usuarios y autoridades competentes a mantener la seguridad de los medios de transporte, contenedores, carros de tren, remolques y semirremolques (incluyendo vehículos de carga, camioneta, pick up, furgoneta o van, entre otros), que ingresan y salen de sus instalaciones, para protegerlos de la introducción de personas, materiales ilícitos, prohibidos y/o no autorizados. Por lo anterior, es necesario tener procedimientos documentados para verificar la integridad física de la estructura de los medios de transporte que ingresan y salen de sus instalaciones, así como para revisar, sellar y mantener la integridad de los mismos durante los traslados o traspasos de las mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal. De igual manera, el proceso de inspección de los medios de transporte, contenedores, carros de tren, remolques y semirremolques utilizados como Instrumentos de Tráfico Internacional, debe de incluir un procedimiento de inspecciones agrícolas para buscar plagas visibles y deficiencias estructurales graves. La contaminación por plagas se define como formas visibles de animales, insectos u otros invertebrados (vivos o muertos, en cualquier etapa del ciclo de vida, incluidos huevos, etcétera), o cualquier material orgánico de origen animal (incluidos sangre, huesos, cabello, carne, secreciones, excreciones, etcétera); plantas o productos vegetales (incluidas frutas, semillas, hojas, ramitas, raíces, corteza, etcétera); u otro material orgánico, incluidos los hongos, tierra o agua; cuando dichos productos no sean la carga declarada dentro de los Instrumentos de Tráfico Internacional. En caso de utilizar sellos de alta seguridad es necesario contar con procedimientos para sellar correctamente y mantener la integridad desde el punto de origen de las mercancías. Se debe aplicar un sello de alta seguridad a todos los contenedores y remolques a los embarques de comercio exterior, los cuales deben cumplir o exceder la Norma ISO 17712 para sellos de alta seguridad. Con el objetivo de mantener la seguridad de la cadena de suministros, el almacén general de depósito debe inspeccionar todos los vehículos de carga de forma sistemática a la entrada y salida de sus instalaciones (domésticos y de tráfico internacional), además de llevar un registro. |
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7.1 Integridad de la carga y uso de sellos en contenedores y remolques. |
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El almacén general de depósito debe de asegurarse que los medios de transporte de carga propios y/o sub contratados por el almacén para realizar traslados o traspasos de mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal (que pueden ser: marítimos, aéreos, terrestres nacionales, transfronterizos, ferroviarios y/o multimodales, etcétera), utilicen sellos y/o candados que cumplan la Norma ISO 17712 con la finalidad de cumplir con las disposiciones de la autoridad aduanera y garantizar en todo momento la integridad de la carga. Para este caso, el almacén general de depósito debe contar con un procedimiento documentado en el que de conformidad a su análisis de riesgo supervise la colocación de sellos y/o candados que cumplan con la Norma ISO 17712 en los medios de transporte de carga propios y/o sub contratados para traslados o traspasos de mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal. En él, debe evidenciar los controles que permitan acreditar que supervisa la portabilidad de sellos y/o candados, derivado de entradas y salidas del almacén general de depósito. En todos los casos, debe utilizar el método de inspección VVTT para mitigar manipulaciones indebidas conforme a lo siguiente: I. V- Ver el sello y mecanismos de las cerraduras del contenedor (View). II. V- Verificar el número de sello (Verify). III. T- Tirar del sello para asegurarse que está correctamente puesto (Tug). IV. T- Torcer y girar el sello para asegurarse que se ha cerrado (Twist and Turn). Asimismo, es necesario contar con un procedimiento documentado para la administración de los mismos donde se incluya el control, asignación, resguardo, manejo de discrepancias y destrucción de sellos y candados (este último es obligatorio siempre y cuando rompan sellos en sus instalaciones). Respecto al proveedor de los sellos y/o candados, se deberá demostrar de qué forma estos cumplen con la Norma ISO 17712. En caso de una inspección de este tipo, los conductores deben notificar y registrar cualquier anomalía o modificación estructural inusual que se encuentre en el medio de transporte derivado de dicha revisión. Los procedimientos deben incluir los pasos a seguir si se descubre que un sello está alterado, manipulado o hay un número de sello incorrecto en la documentación, los protocolos de comunicación a los socios comerciales involucrados en la cadena de suministros y la investigación del incidente de seguridad, estas deben notificarse al personal de seguridad, socios comerciales que pueden ser parte de la cadena de suministro afectada, especialista de seguridad o contacto del Programa Operador Económico Autorizado. La gerencia del almacén o un supervisor de seguridad debe realizar auditorías periódicas y documentadas de los sellos y/o candados de alta seguridad, estas revisiones deben incluir la verificación del inventario de sellos y/o candados almacenados y la compulsa con los registros de inventario y los documentos de envío. También, los supervisores del área de embarques y/o los gerentes de almacén deben verificar periódicamente los números de sello utilizados en los medios de transporte e Instrumentos de Tráfico Internacional para corroborar que la información sea correcta. |
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Anexar el procedimiento documentado para supervisar la colocación y revisión de sellos y/o candados de alta seguridad en los medios de carga propios y/o sub contratados (vehículos de carga, contenedores, carros de tren, remolques y/o semirremolques) para realizar traslados o traspasos de mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal. De acuerdo a su operación, dicho procedimiento debe incluir entre otros aspectos: I. Qué tipo de sellos y/o candados utilizan y cómo verifican que cumplen o exceden la Norma ISO 17712. II. La utilización del método de inspección de VVTT. III. Revisar y cotejar la documentación que contiene el número del sello y/o candado original a la entrada de los almacenes generales de depósito. En caso, de utilizar el sello y/o candado de reemplazo, deberá de registrarse dicho número dentro del control del almacén general de depósito. Si se identifican sellos y/o candados alterados se deben guardar para ayudar a realizar la investigación de dicho incidente o discrepancia. IV. Revisar que los dispositivos de cierre, bisagras y pasadores para que estén unidos al remolque o contenedor y soldados o con remache. También, pueden colocar placas protectoras en las bisagras de las puertas y/o colocar un sello/cinta adhesiva al menos de cada lado. También, se debe verificar el correcto funcionamiento de las manijas, cerrojos y todos los demás mecanismos de bloqueo o cierre de los vehículos de carga para detectar manipulaciones y cualquier inconsistencia antes de colocar cualquier dispositivo de sellado. En su caso, anexe el procedimiento documentado para el control y manejo de los sellos y/o candados. Este debe incluir, entre otros aspectos de acuerdo a su operación: I. Qué tipo de sellos y/o candados utiliza en sus operaciones (comercio exterior, tránsito, almacenaje, etcétera). II. Indicar quién tiene acceso y cómo se resguardan los candados y/o sellos de alta seguridad. La gestión de los sellos y/o candados debe estar restringida solo al personal autorizado; almacenarse en un lugar seguro, tener un inventario, control de su distribución y seguimiento (registro de sellos que se utilizan, así como de la recepción de nuevos sellos y/o candados. III. Describir cómo la gerencia del almacén general de depósito o el supervisor de seguridad participan en las auditorías de los sellos y/o candados de alta seguridad, las revisiones que realizan, los registros que y las acciones que realizan en caso de identificar discrepancias. También cómo los supervisores del área de embarques y/o los gerentes de almacén verifican números de sello utilizados en los medios de transporte e Instrumentos de Tráfico Internacional para corroborar que la información sea correcta (este proceso también puede estar incluido dentro de las auditorías internas a que refiere el sub estándar 1.3 del presente documento). IV. Indicar cómo llevan el control y manejo de los candados y/o sellos de alta seguridad (inventario). V. Cómo se atienden las discrepancias en los números de candados y/o sellos de alta seguridad. Todos los procedimientos escritos deben difundirse y mantenerse a nivel operativo para que sean de fácil acceso para los empleados encargados de ejecutar las tareas arriba descritas, revisarse al menos una vez al año y actualizarse según sea necesario. |
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7.2 Inspección de los medios de transporte, contenedores, carros de tren, remolques y semirremolques. |
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Debe haber procedimientos establecidos para verificar la integridad física de la estructura de los medios de transporte, contenedores, carros de tren, remolques y/o semirremolques que entran y salen del almacén general de depósito, incluso la confiabilidad de los mecanismos de cerradura en los mismos con la finalidad de identificar compartimientos naturales u ocultos, según sea el caso. Las inspecciones de los medios de transporte o vehículos de carga, contenedores, remolques y semirremolques (de carga terrestre o ferroviaria) deben ser sistemáticas y efectuarse a la entrada y salida del almacén general de depósito y en su caso, en el punto de carga de las mercancías y si la infraestructura lo permite, antes de llegar a la aduana de despacho utilizando el método de inspección de VVTT. Deberá llevarse un registro de estas inspecciones, en un área de acceso controlado y realizarse en un lugar monitoreado por los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia dicho sistema debe cubrir el proceso de inspección en su totalidad. El procedimiento documentado para su inspección debe incluir de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes puntos de revisión:
Para los medios de transporte con remolque o compartimiento de carga integrado, deberá adicionarse a los puntos de medios de transporte, lo indicado en el apartado de remolques. De igual manera, antes de cargar los medios de transporte, contenedores, carros de tren, remolques y semirremolques utilizados como Instrumentos de Tráfico Internacional, deben pasar por inspecciones agrícolas y de seguridad para garantizar que sus estructuras no hayan sido modificadas para ocultar contrabando o que hayan sido contaminadas con plagas agrícolas visibles, mantener un registro y estar respaldadas por un procedimiento documentado. Si se encuentra contaminación visible de plagas durante la inspección o transporte de mercancías objeto de comercio exterior, se debe limpiar (lavar, aspirar, etcétera) para eliminar dicha contaminación. |
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Anexar el procedimiento documentado para llevar a cabo la inspección sistemática de seguridad y agrícola de los medios de transporte o vehículos de carga, contenedores, carros de tren, remolques y/o semirremolques durante la entrada y salida del almacén general de depósito y/o en el punto de carga de las mercancías. Este debe incluir, entre otros aspectos de acuerdo a su operación: I. Responsables de llevar a cabo la inspección. II. Definir los lugar(es) donde se lleva a cabo la inspección e indicar de qué manera es realizado el monitoreo por los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia. III. Los puntos de revisión para medios de transporte, remolques, semirremolques, contenedores transportación ferroviaria y/o multimodal tanto de seguridad como aquellos de calidad e inspecciones agrícolas cuya finalidad es buscar plagas visibles conforme a las disposiciones oficiales. IV. Anexar el formato establecido para la inspección de medios de transporte o vehículos de carga, contenedores, carros de tren, remolques y/o semirremolques. Si ingresa a su instalación otro tipo de vehículo de carga para el traslado de mercancías (camionetas tipo van, pickup, 3.5 toneladas, pipas, etcétera), su procedimiento y formato de inspección deberán de incluir el proceso y punto de revisión. Asimismo, el formato de inspección de seguridad y agrícola deberá incluir la siguiente información: I. Fecha de inspección; II. Hora de la inspección; III. Placas del vehículo (tractor y remolque); IV. Número de contenedor/remolque; V. Áreas específicas de los vehículos de carga que fueron inspeccionadas, y VI. Nombre y firma del empleado que realiza la inspección y del supervisor. Los formatos de inspección de seguridad y agrícola podrán estar firmados por el supervisor para corroborar su información y ser parte de la documentación de importación y exportación. La documentación debe conservarse durante un año para una investigación en caso de ocurrir algún incidente de seguridad, así como para demostrar el cumplimiento continuo de estos requisitos de inspección. Adicionalmente, y conforme al análisis de riesgo, el almacén debería realizar revisiones aleatorias periódicas de los vehículos de carga después de que el personal de transporte haya realizado las inspecciones de seguridad para verificar que se hayan realizado de forma correcta, contrarrestar las conspiraciones internas y prevenir incidentes de seguridad. Las revisiones deben realizarse al azar, sin previo aviso, para que no se vuelvan predecibles, además de llevarse a cabo en distintos lugares donde el medio de transporte pueda ser susceptible de contaminación. Indicar si la reparación o mantenimiento de las unidades de transporte, contenedores o remolques se realizan en las mismas instalaciones o son llevados con un proveedor externo. |
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7.3 Resguardo de vehículos, medios de transporte, contenedores, carros de tren, remolques y semirremolques. |
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Cuando los medios de transporte o vehículos de carga, contenedores, remolques y semirremolques (de carga terrestre o ferroviaria) que serán destinados a transportar mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal se encuentren vacíos y que, en su caso, se resguarden en las áreas de estacionamiento, deberán ser asegurados con un candado y/o sello indicativo, o en un área segura que se encuentre protegida y/o monitoreada por los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia. Cuando se tenga que resguardar algún contenedor, remolque y/o semirremolque cargado con mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, este debe encontrarse en un área segura que tenga barreras perimetrales y monitoreada por los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia para impedir el acceso no autorizado y la manipulación de la mercancía, por lo que debe estar cerrado con un sello y/o candado de alta seguridad de acuerdo a la Norma ISO 17712. |
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Indicar si el almacén general de depósito resguarda contenedores, remolques y/o semirremolques, para su posterior despacho, o en su caso los que se encuentren vacíos y de qué manera mantiene la integridad de los mismos dentro de sus instalaciones. En caso de usar candados y/o sellos para los contenedores, remolques y semirremolques vacíos, indique qué tipo utiliza. En caso de utilizar algún contenedor, remolque y/o semirremolque como almacén de materia prima y/o algún otro tipo de mercancías, señale cómo mantiene la integridad y seguridad de las mismas. |
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8. Seguridad del personal. |
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El almacén general de depósito debe contar con procedimientos documentados para el registro y evaluación de personas que desean obtener un empleo dentro del almacén, estableciendo métodos para realizar verificaciones periódicas de los empleados actuales. También, deben existir programas de capacitación continuos para el personal administrativo y operativo en los que se difundan las políticas de seguridad en la cadena de suministros del almacén general de depósito, consecuencias y acciones a considerar en caso de cualquier falta o incidente de seguridad. |
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8.1 Verificación de antecedentes laborales. |
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El almacén general de depósito debe tener procedimientos documentados para investigar y verificar la información asentada en el currículo, antecedentes criminales (si la legislación y las políticas del almacén general de depósito lo permiten) y solicitud de los candidatos con posibilidad de empleo, de conformidad con la legislación local, ya sea por cuenta propia o por medio de una empresa externa. De igual forma, para los cargos que por su sensibilidad así lo requieran y afecten la seguridad de los embarques con mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, de conformidad con su análisis de riesgo efectuado previamente, deberán solicitar requisitos más estrictos para su contratación, los cuales se deberán realizar de manera periódica (por lo menos una vez al año). Respecto al personal que ya labora en la compañía, se deben realizar investigaciones periódicas en función de las actividades y/o la sensibilidad del puesto del empleado. Toda la información referente al personal deberá mantenerse en expedientes personales, mismos que deberán tener un acceso restringido. |
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Describir el procedimiento documentado para la contratación del personal, y asegúrese de incluir lo siguiente: I. Requisitos y documentación exigida. II. Pruebas y exámenes solicitados. Indicar las áreas y/o puestos críticos que se hayan identificado como de riesgo conforme a su análisis y señale lo siguiente: I. Indicar cuales son los requisitos adicionales para áreas y/o puestos de trabajo específicos, como antecedentes criminales (si la legislación y las políticas de la empresa lo permiten), carta de antecedentes no penales, estudios socioeconómicos, estudios clínicos, toxicológicos (uso de drogas). En su caso, señale los puestos o áreas de trabajo en que se requieren y con qué periodicidad se llevan a cabo. II. Indicar si previo a la contratación, el candidato debe firmar un acuerdo de confidencialidad o un documento similar. En caso de contratar una agencia de servicios para la contratación de personal, indique si esta cuenta con procedimientos documentados para la contratación de personal y cómo se asegura de que cumplan con él. Explique brevemente en qué consisten. Los procedimientos para la contratación del personal y contratistas deberán incluir: I. Investigaciones exhaustivas de los antecedentes laborales y personales de los nuevos empleados. II. Cláusulas de confidencialidad y responsabilidad en los contratos de los empleados. III. Requisitos específicos para puestos críticos. IV. En su caso, la actualización periódica del estudio socioeconómico y físico/médico de los empleados que trabajen en áreas críticas y/o sensibles. V. Proceso de contratación y requisitos que solicitan para los empleados temporales y contratistas. VI. La empresa puede considerar los resultados de las verificaciones de antecedentes de los candidatos, según lo permita la legislación vigente para tomar decisiones de contratación. Las verificaciones de antecedentes no se limitan a la verificación de identidad y antecedentes penales. En áreas de mayor riesgo, puede justificar investigaciones más profundas. |
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8.2 Procedimiento para baja del personal. |
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Deben existir procedimientos documentados para la baja del personal, en los que se incluya la entrega de identificaciones y cualquier otro artículo que se le haya proporcionado para realizar sus funciones (llaves, uniformes, gafetes y/o credenciales, equipos informáticos, contraseñas, herramientas, etcétera). Asimismo, este procedimiento debe incluir la baja en sistemas informáticos y de accesos, entre otros que pudieran existir. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el procedimiento para la baja del personal, y asegúrese de incluir lo siguiente: I. Quién es el responsable de llevar a cabo y dar seguimiento a este procedimiento. II. Cómo se realiza y confirma la entrega de identificaciones, uniformes, llaves y demás equipo. III. Indicar el control, registro y/o formato, en el que se identifique y asegure la entrega de material y baja en sistemas informáticos (en su caso). IV. Señalar el tipo de registros del personal que finalizó su relación laboral con el almacén general de depósito, para que cuando haya sido por motivos de seguridad, se prevenga a sus proveedores de servicios y/o asociados de negocio. |
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8.3 Administración de personal. |
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El almacén general de depósito debe mantener un sistema, control o base de datos de empleados activos actualizada, asimismo, debe realizar y mantener actualizados los registros de afiliación a instituciones de seguridad social y demás registros legales de orden laboral. En el caso de que el almacén general de depósito cuente con personal contratado por sus socios comerciales y labore dentro de las instalaciones, deberá asegurarse que cumplan con los requisitos establecidos para el resto de sus empleados. |
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Notas Explicativas: |
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Indicar si el almacén general de depósito cuenta con un sistema, control o base de datos actualizada, tanto del personal empleado directamente, como aquel contratado a través de una empresa proveedora de servicios y asegúrese que incluya de forma enunciativa mas no limitativa los siguientes puntos: I. Nombre completo. II. Fotografía actualizada mínimo cada cinco años. III. Datos personales (edad, nombre, fecha de nacimiento, número telefónico, domicilio, CURP, número de seguro social, tipo sanguíneo, alergias, etcétera). IV. Filiación. V. Antecedentes laborales. VI. Enfermedades. VII. Exámenes médicos. VIII. Capacitación. IX. Exámenes Psicométricos. X. Exámenes Toxicológicos. XI. Resultados de evaluaciones periódicas. XII. Observaciones. Este personal, deberá estar contratado de acuerdo con las leyes y reglamentos de orden laboral vigentes. |
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9. Seguridad de la información y documentación. |
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Deben existir medidas de prevención para mantener la confidencialidad e integridad de la información y documentación generada por los sistemas del almacén general de depósito, incluyendo aquellos utilizados para el intercambio de información con otros integrantes de su cadena de suministros. Asimismo, deben existir políticas y/o procedimientos integrales documentados para proteger los sistemas de Tecnologías de la Información, que incluyan las medidas contra su mal uso, además de identificación y priorizar acciones para reducir el riesgo de la ciberseguridad. También, podrían abordar cómo un miembro comparte información sobre amenazas de seguridad cibernética con el gobierno y otros socios comerciales. |
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9.1 Clasificación y manejo de documentos. |
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Deben existir procedimientos escritos para clasificar documentos de acuerdo a su sensibilidad y/o importancia. La documentación sensible e importante debe ser almacenada en un área segura que solamente permita el acceso a personal autorizado. Se debe identificar el tiempo de vida útil de la documentación y establecer procedimientos para su destrucción. El almacén general de depósito deberá conducir revisiones de forma regular para verificar los accesos a la información y asegurarse de que no sean utilizados de manera indebida. |
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Notas Explicativas: |
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Anexar el procedimiento documentado para el registro, control y almacenamiento de documentación impresa y electrónica (clasificación y archivo de documentos) debiendo incluir: I. Registro de control para entrega, préstamo, entre otros documentos. II. Acceso restringido al área de archivos. III. Políticas de almacenamiento y clasificación. IV. Un plan de seguridad actualizado que describa las medidas en vigor relativas a la protección de los documentos contra accesos no autorizados, así como contra la destrucción deliberada o la pérdida de los mismos. V. Para el caso de información electrónica o digital, deberá apegarse a los criterios de seguridad del sub-estándar 9.2 Seguridad de la tecnología de la información. |
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9.2 Seguridad de la tecnología de la información. |
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Para proteger los sistemas de Tecnologías de la Información contra amenazas comunes de ciberseguridad, el almacén general de depósito debe contar con suficiente protección que impulse la seguridad en la infraestructura de Tecnologías de la Información (software y hardware) contra “malware” (virus, spyware, gusanos, troyanos, etcétera), “baiting”, “phishing” e intrusiones internas/externas (firewalls) en los sistemas informáticos de las compañías. De igual manera, el almacén general de depósito debe asegurarse de que su software de seguridad esté activo y reciba actualizaciones periódicas. En el caso de los sistemas automatizados y equipos de cómputo, se deben utilizar cuentas individuales que exijan un cambio periódico de la contraseña. Con el fin de proteger la confidencialidad, integridad y disposición de la información, del almacén debe tener políticas, procedimientos y normas de Tecnologías de la Información establecidas, que se deben comunicar mediante un programa de capacitación para todos los empleados que manejan equipos cómputo y sistemas, que incluya temas para prevenir ataques a través de la ingeniería social y todas aquellas amenazas a los que están expuestos (malware, baiting, phishing, etcétera). Los almacenes que permiten a sus empleados conectarse de forma remota a una red, deben emplear tecnologías seguras, como redes privadas virtuales (VPN), para permitir que los empleados accedan a la intranet del almacén de forma segura cuando se encuentran fuera de la oficina, así como procedimientos diseñados para evitar el acceso remoto de usuarios no autorizados. Por lo anterior, deben existir procedimientos escritos e infraestructura para proteger al almacén general de depósito contra pérdidas, robo, fuga, hackeo y/o secuestro de información, esto incluye el procedimiento para la recuperación (o reemplazo) de los sistemas y/o datos de Tecnologías de la Información, así como un sistema o software establecido para identificar el abuso de los sistemas de Tecnologías de la Información, detectar el acceso inapropiado y/o la manipulación indebida o alteración de los datos comerciales y del negocio, así como un procedimiento escrito para la aplicación de medidas disciplinarias apropiadas a todos los infractores. El acceso a los sistemas de Tecnologías de la Información debe protegerse contra la infiltración mediante el uso de contraseñas seguras, que incluyan frases u otras formas de autenticación. Los usuarios de dichos sistemas de Tecnologías de la Información deben salvaguardar y no compartir sus claves de accesos o contraseñas. Toda la infraestructura de Tecnologías de la Información debe estar protegida físicamente contra el acceso no autorizado. Si se produce una filtración de datos u otro evento inesperado que derive en la pérdida de datos y/o equipos, los procedimientos deben de incluir la recuperación o reemplazo de los sistemas y/o datos de Tecnologías de la Información. |
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Notas Explicativas: |
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Anexar el procedimiento para la recuperación (o reemplazo) de los sistemas y/o datos de Tecnologías de la Información que incluya cómo respalda y garantiza la seguridad de su información, además de protegerla de posibles pérdidas. Asegúrese de incluir los siguientes puntos: I. Señalar la frecuencia con que se llevan a cabo las copias de respaldo de la información. II. Quién tiene acceso a las mismas y quién autoriza la recuperación de la información. III. Indicar qué tipo de pruebas realiza y cada cuando, para verificar la seguridad de la red, los sistemas y la infraestructura. IV. Mencionar si para realizar este tipo de pruebas o escaneos de vulnerabilidad, lo hace a través de un software, un tercero o proveedor y, en su caso indique el nombre o razón social. V. En caso de encontrar vulnerabilidades, describa las acciones correctivas que deben implementarse. VI. Indicar si comparte información sobre las amenazas a la seguridad cibernética con sus socios comerciales que participan dentro de su cadena de suministro (por ejemplo: comunicados, boletines, correos electrónicos, etcétera). VII. Los sistemas deben estar protegidos bajo contraseñas y con frecuencia deben ser modificadas, por lo anterior indique el procedimiento para cambiarlas. VIII. Señalar si existen políticas de seguridad de la información para su protección. IX. Debe existir un sistema o software para detectar e identificar el abuso, intrusión o acceso de personas no autorizadas a sus sistemas y/o datos de Tecnologías de la Información (cualquier sistema que sea utilizado por la empresa), así como el abuso de las políticas y procedimientos establecidos por el almacén general de depósito, incluido el acceso indebido a sistemas internos, sitios web externos y la manipulación o alteración de datos comerciales por parte de empleados o contratistas. X. Todos los infractores deben estar sujetos a la aplicación de medidas disciplinarias, por lo anterior, indique las políticas correctivas y/o sanciones en caso de la detección de alguna violación a los sistemas y políticas de seguridad de Tecnologías de la Información. Las políticas y los procedimientos de Tecnologías de la Información y seguridad cibernética deben revisarse anualmente y actualizarse derivado de algún ataque o de acuerdo a situaciones que puedan poner en riesgo los sistemas de la empresa. Describa las medidas de seguridad que utiliza para permitir a sus empleados conectarse de forma remota a una red (VPN), para permitir que los empleados accedan a la intranet del almacén general de depósito de forma remota cuando se encuentran fuera de la oficina. En caso de permitir que los empleados usen dispositivos personales para realizar el trabajo del almacén, dichos dispositivos deben cumplir con las políticas y procedimientos de seguridad cibernética de la empresa, las actualizaciones de seguridad deben ser periódicas y contar con método para acceder de forma segura a la red de la empresa. XI. Señalar si los socios comerciales tienen acceso a los sistemas informáticos del almacén general de depósito. En su caso, indique qué programas y como aseguran el control de acceso a los mismos. XII. Indicar si el equipo de cómputo cuenta con un sistema de respaldo de suministro eléctrico que permita la continuidad del negocio. Los procedimientos referentes al respaldo de la información del almacén general de depósito deberán incluir: I. Cómo y por cuánto tiempo se almacenan los datos (los datos deberían respaldarse una vez a la semana o según corresponda). II. Plan de continuidad del negocio en caso de incidente y de cómo recuperar la información. III. Frecuencia y localización de las copias de seguridad y de la información archivada. IV. Si las copias de seguridad se almacenan en sitios alternativos a las instalaciones donde se encuentra el Centro de Proceso de Datos. V. Pruebas de la validez de la recuperación de los datos a partir de copias de seguridad. Los procedimientos referentes a la protección de la información del almacén general de depósito también deberán incluir como mínimo lo siguiente: I. Una política actualizada y documentada de protección de los sistemas informáticos de accesos no autorizados y destrucción deliberada o pérdida de la información. Todos los datos sensibles y confidenciales deben almacenarse en un formato cifrado o encriptado. II. Detallar si opera con sistemas múltiples (sedes/sitios) y cómo se controlan dichos sistemas. III. Quién es responsable de la protección del sistema informático (la responsabilidad no debería estar limitada a una persona sino a varias de forma que cada uno pueda controlar las acciones del resto). IV. El acceso de cada usuario debe asignarse a través de cuentas individuales y estar restringido según la descripción del trabajo o las tareas asignadas. Por lo anterior, describa cómo se conceden autorizaciones de acceso y nivel de acceso a los sistemas informáticos (el acceso a la información sensible debe estar limitado al personal autorizado a realizar modificaciones y uso de la información). El acceso autorizado debe monitorearse por parte del área responsable de concederlo, para verificar o en su caso reportar que el acceso a los sistemas confidenciales se basa en los requisitos del trabajo. V. Indicar los elementos o formato que deben tener las contraseñas para el acceso a sistemas de Tecnologías de la Información y equipos de cómputo, frecuencia de cambios, si existen otros métodos de autenticación y quién o qué área proporciona esas contraseñas. VI. Indicar nombre del cortafuego “firewall” y antivirus utilizados (incluir lo relacionado al licenciamiento). debiendo evidenciar que este software de seguridad está activo y recibe actualizaciones periódicas. Por lo anterior, las políticas y procedimientos de ciberseguridad deberían incluir medidas para prevenir el uso de productos tecnológicos falsificados o con licencias incorrectas (software y hardware). Todos los equipos de cómputo, medios electrónicos (discos duros, teléfonos celulares, etcétera) y hardware de Tecnologías de la Información que contengan información confidencial relacionada con el proceso de importación y exportación, deben contabilizarse mediante inventarios periódicos y contar con dicha evidencia. Cuando estos equipos tecnológicos se tengan que desechar, debe existir un procedimiento documentado que incluya como deben formatearse, desinfectarse o destruirse adecuadamente para evitar fuga de información. VII. En caso de baja de personal, el acceso equipos de cómputo, telecomunicaciones y red debe eliminarse al momento de la separación del empleado, esto incluye cuentas de correo electrónico, cuentas de accesos a sistemas, software, programas, etcétera. VIII. Medidas previstas para tratar incidentes cuando el sistema se vea comprometido. |
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10. Capacitación en seguridad y concientización. |
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Debe existir un programa de concientización diseñado y actualizado por el personal del almacén general de depósito para reconocer y crear conciencia sobre las amenazas en sus procesos logísticos, prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, así como capacitación referente a contrabando, robo de mercancía, operaciones relevantes, inusuales, internas preocupantes, lavado de dinero, contaminación de embarques, robo, fuga, hackeo y/o secuestro de información, etcétera. El programa de capacitación debe ser integral y cubrir todos los requisitos de seguridad del Programa Operador Económico Autorizado. Los empleados administrativos y operativos deben conocer los procedimientos establecidos del almacén general de depósito para identificar una situación de riesgo y saber cómo denunciarla. Se debe brindar capacitación específica a los empleados que por sus funciones se encuentran en contacto directo con los sistemas informáticos, las mercancías y/o los medios de transporte, así como a los empleados que se encuentren en áreas críticas y/o sensibles determinadas bajo su análisis de riesgo (áreas de seguridad, embarques y recibos, en su caso, así como también, aquellos que reciben y abren mensajería y paquetería, entre otros). |
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10.1 Capacitación y concientización sobre amenazas. |
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El almacén general de depósito debe contar con un programa de capacitación y concientización de las políticas de seguridad en la cadena de suministros dirigido a todos sus empleados (operativos y administrativos) y, adicionalmente, poner a su disposición material informativo respecto de los procedimientos establecidos en la compañía para considerar una situación que amenace su seguridad y saber cómo denunciarla. De igual forma, se debe ofrecer capacitación específica conforme a sus funciones para ayudar a los empleados a mantener la integridad de la mercancía destinada al régimen de depósito fiscal durante su recepción, manejo, almacenaje, guardia, custodia y salida del almacén, realizar la revisión de los medios de transporte, contenedores, carros de tren, remolques y/o semirremolques con fines agrícolas y de seguridad, recepción y revisión de mensajería y paquetería, prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, etcétera), cómo reconocer y cómo reportar conspiraciones internas, proteger los controles de acceso, así como capacitación referente a contrabando, robo de mercancía, colocación de sellos y candados de alta seguridad (método de inspección VVTT), prevención sobre contaminación visible de plagas, etcétera. Estos temas deben establecerse como parte de la inducción de nuevos empleados y mantener periódicamente programas de actualización. La capacitación de actualización debe realizarse periódicamente, después de un incidente de seguridad y cuando haya cambios en los procedimientos del almacén general de depósito. Aunado a los programas de capacitación en seguridad, se debe incluir un programa de concientización sobre consumo de alcohol y drogas. También, difundir y capacitar al personal sobre las políticas, procedimientos y normas de ciberseguridad de almacén general de depósito (robo, fuga, hackeo, y/o secuestro de la información), incluyendo el acceso al equipo de cómputo y sistemas mediante contraseñas o frases. El personal que opera y administra los sistemas de tecnología de seguridad debe recibir capacitación relacionada a su operación y mantenimiento, incluyendo autoformación a través de manuales operativos y otros métodos. Estos temas deben establecerse como parte de la inducción de nuevos empleados y mantener periódicamente programas de actualización. Los programas de capacitación deben fomentar la participación activa de los empleados en los controles y mecanismos de seguridad, así como mantener registros de todos los esfuerzos de capacitación que haya brindado el almacén general de depósito y la relación de quienes participaron en ellos (videos, fotografías, minutas, listas de asistencias, intranet u otro sistema, material didáctico, presentaciones en PowerPoint, folletos, etcétera). Los registros de capacitación deben incluir la fecha de la capacitación, los nombres de los asistentes, los temas impartidos, además de tener medidas para verificar que la capacitación brindada cumplió con todos los objetivos de capacitación. |
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Notas Explicativas: |
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Deberá contar con un programa de capacitación en materia de seguridad y prevención de incidentes de seguridad en la cadena de suministros para todos los empleados que laboren para el almacén general de depósito (administrativos, operativo, directos e indirectos). Explicar brevemente en qué consiste el programa de capacitación, y asegúrese de incluir lo siguiente: I. Breve descripción de los temas que se imparten en el programa. II. En qué momento se imparten (inducción, períodos específicos, derivado de auditorías, incidentes de seguridad, etcétera). III. Periodicidad de las capacitaciones, así como las actualizaciones y reforzamiento. IV. Indicar de qué forma se documenta la participación en las capacitaciones de seguridad en la cadena de suministros (videos, fotografías, minutas, listas de asistencias, intranet u otro sistema, material didáctico, presentaciones en PowerPoint, folletos, etcétera). Los registros de capacitación deben incluir la fecha, los nombres de los asistentes, los temas impartidos, además de tener medidas para verificar que la capacitación brindada cumplió con todos los objetivos de la misma. V. Explicar cómo se fomenta la participación de los empleados en cuestiones de seguridad en la cadena de suministros. La capacitación para realizar la revisión los vehículos de carga, contenedores, remolques y/o semirremolques con fines agrícolas y de seguridad debe incluir los siguientes temas: I. Signos de compartimentos ocultos; II. Contrabando oculto en compartimentos naturales; III. Señales de contaminación por plagas; y IV. Procedimientos a seguir si se encuentra algo durante una inspección del medio de transporte o si ocurre un incidente de seguridad durante el tránsito. V. La capacitación sobre revisiones agrícolas debe abarcar las medidas de prevención de plagas, los requisitos reglamentarios aplicables a los materiales de embalaje de madera en concordancia a la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias No.15 denominada “Reglamentación del embalaje de madera utilizado en el Comercio Internacional”, las cuales emanan de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la identificación de la madera infestada. |
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10.2 Concientización a los operadores de los medios de transporte. |
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El almacén general de depósito debe dar a conocer a los operadores de los medios de transporte que utiliza para el traslado y traspaso de las mercancías destinada al régimen de depósito fiscal, las políticas de seguridad respecto de procedimientos de inspección agrícola y de seguridad de medios de transporte, de carga y descarga, manejo de incidentes de seguridad, reemplazo de sellos y/o candados en caso de inspección por otras autoridades, entre otros, que se tengan implementados. Los operadores y el personal que realiza inspecciones agrícolas y de seguridad de medios de transporte, deben estar capacitados para inspeccionar los vehículos de carga con dichos fines. Cuando el servicio de transporte sea proporcionado por su socio comercial, deberá asegurarse de que los operadores y/o choferes que transportan las mercancías conozcan todas las políticas de seguridad y procedimientos establecidos por el almacén general de depósito. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el programa de difusión en materia de seguridad en la cadena de suministros enfocada a los operadores de los medios de transporte y asegúrese de incluir lo siguiente: I. Indicar cómo se lleva a cabo esta difusión. II. Señalar los temas que cubren. III. En caso de utilizar los servicios de un socio comercial para el traslado y traspasos de sus mercancías, indique de qué manera se informa a los operadores las políticas de seguridad y procedimientos del almacén general de depósito. IV. Indicar de qué forma se documenta la participación en las capacitaciones de seguridad en la cadena de suministros de los operadores de los medios de transporte (videos, listas de asistencia, folletos, etcétera). Los temas que deberán incluir, de manera enunciativa mas no limitativa, son: I. Políticas de acceso y seguridad en las instalaciones. II. Entrega y recepción de mercancía (que incluya envíos de carga sospechosa). III. Confidencialidad de la información de la carga. IV. Instrucciones de traslado y traspaso. V. Reportes de accidentes y emergencias. VI. Instrucciones para la colocación de candados y/o sellos de alta seguridad en caso de la inspección por otras autoridades en tránsito (colocación de uno nuevo, revisión después de alguna parada autorizada, etcétera). VII. Instalación y prueba de alarmas de seguridad y de rastreo de unidades, cuando aplique. VIII. Identificación de los formatos autorizados y documentos que utilizará. IX. Signos de compartimentos ocultos. X. Contrabando oculto en compartimentos naturales. XI. Señales de contaminación por plagas. XII. Procedimientos a seguir si se encuentra algo durante una inspección del medio de transporte o si ocurre un incidente de seguridad durante el tránsito. |
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11. Manejo e investigación de incidentes. |
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Deben existir procedimientos documentados para reportar e investigar incidentes de seguridad en la cadena de suministros, implementar las acciones correspondientes para evitar su recurrencia, así como notificarse al personal de seguridad de los socios comerciales que pueden ser parte de la cadena de suministro afectada, especialista de seguridad o contacto del Programa Operador Económico Autorizado y demás autoridades competentes. Los procedimientos de reporte e investigación deben incluir la información de contacto o directorio actualizado que enumere los nombres y números de teléfono del personal que requiere notificación. La investigación y análisis de incidentes deberá estar documentada (expediente físico y/o electrónico) así como acciones para evitar que vuelvan a ocurrir, mismas que deben implementarse lo más pronto posible. En el caso de que el almacén general de depósito identifique que alguno de los embarques de comercio exterior, se encuentra involucrado en alguna situación que ponga en riesgo la seguridad de la cadena de suministro, debido a la sospecha de algún socio comercial o persona, deberá de informar a la autoridad competente, socios comerciales que pueden ser parte de la cadena de suministro afectada, especialista de seguridad o contacto del Programa Operador Económico Autorizado, así como a la autoridad competente y, de ser posible, antes del cruce fronterizo, salida o despacho aduanero (importación y exportación). Los procedimientos deben incluir los pasos a seguir si se descubre que un sello está alterado, manipulado o hay un número de sello incorrecto en la documentación, los protocolos de comunicación a los socios comerciales involucrados en la cadena de suministros y la investigación del incidente. Todos los procedimientos anteriormente señalados deben revisarse periódicamente o mínimo una vez al año para garantizar que la información de contacto y los protocolos de actuación sean correctos. |
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11.1 Reporte de anomalías y/o actividades sospechosas. |
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En caso de detección de anomalías y/o actividades sospechosas relacionadas con la seguridad de la cadena de suministros y de conformidad con sus procesos logísticos (relacionadas al control de acceso, entrega, recepción y almacenamiento de mercancías, inspecciones de seguridad de los vehículos de carga y operadores de trasporte, etcétera), deben notificarse al personal de seguridad, socios comerciales que pueden ser parte de la cadena de suministro afectada, especialista de seguridad o contacto del Programa Operador Económico Autorizado y demás autoridades competentes, llevando un registro de dichas anomalías y/o actividades sospechas. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el procedimiento para denunciar o reportar anomalías y/o actividades sospechosas, así mismo, indique los mecanismos para informar de forma anónima los problemas relacionados con la seguridad, asegúrese de incluir lo siguiente: I. Quién es el responsable de reportar los incidentes. II. Detallar cómo determina e identifica con qué autoridad comunicarse en distintos supuestos o presunción de actividades sospechosas. III. Señalar el tipo de registro para el reporte de anomalías y/o actividades sospechas y describa brevemente en que consiste. |
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11.2 Investigación y análisis. |
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El almacén general de depósito debe tener procedimientos escritos para denunciar o reportar anomalías y/o actividades sospechosas, así como el análisis e investigación de incidentes de seguridad en la cadena de suministros y poder determinar su causa, además de las acciones correctivas para evitar que vuelvan a ocurrir, mismas que deben implementarse lo más pronto posible. La información derivada de esta investigación deberá documentarse, estar integrada un expediente (físico y/o electrónico) y estar disponible en todo momento para las autoridades que así lo requieran. Esta información y documentación generada deberá incluirse en un expediente con la finalidad de permitir identificar cada uno de los procesos por los que atravesó dicha operación hasta el punto en que se detectó el incidente de seguridad, permitiendo reconocer cuál fue la vulnerabilidad de la cadena de suministros. |
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Notas Explicativas: |
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Describir el procedimiento documentado para iniciar una investigación en caso de ocurrir algún incidente de seguridad, y asegúrese de incluir lo siguiente: I. Responsable de llevar a cabo la investigación. II. Documentación que integra el expediente de la investigación. Los documentos para incluir en el expediente derivado de la investigación del incidente de seguridad, de manera enunciativa más no limitativa, podrán ser: I. Información de la mercancía. II. Información de la empresa transportista y del operador y/o chofer, registros de entrada y salida al almacén general de depósito. III. Formatos de inspección del medio de transporte, contenedor, carro de tren, remolque y/o semirremolque. IV. Registros de entrega y recepción de la mercancía destinada al régimen de depósito fiscal. V. Videos de los sistemas de alarma y de circuito cerrado de televisión y video vigilancia. VI. Documentación generada para la empresa transportista. VII. Documentación generada por y para los socios comerciales y autoridades aduaneras. VIII. En su caso, el reporte de seguimiento y monitoreo de la unidad (rastreo del GPS). |
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E12.
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Formato Único de Garantías en materia de IVA e IEPS |
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Para el llenado del formato consultar el instructivo anexo.
Marque con una “X” en el cuadro que aplique.
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Tipo de Solicitud. Marque con una “X” en el cuadro que aplique. |
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Aceptación |
(Requisitos contenidos en los rubros 1 al 6 y 12) |
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Renovación (cuando se trate de póliza de fianza) |
(Requisitos contenidos en los rubros 1, 2, 6, 7 y 12) |
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☐ |
Ampliación de vigencia (cuando se trata de carta de crédito) |
(Requisitos contenidos en los rubros 1, 2, 6, 8 y 12) |
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☐ |
Aumento de monto garantizado |
(Requisitos contenidos en los rubros 1, 2, 6, 9 y 12) |
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Cancelación |
(Requisitos contenidos en los rubros 1, 2 y 10) |
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Tipo de Aviso (Avisos que se refieren a las reglas 7.4.8. y 7.4.9., relacionados con el esquema de garantías en materia de IVA e IEPS). Marque con una “X” el(los) tipo(s) de aviso de que se trate: |
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☐ |
Aviso por cambio de denominación o razón social. |
(Requisitos contenidos en los rubros 1, 2, 11 y 12) |
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☐ |
Aviso de fusión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS y subsista una de ellas. |
(Requisitos contenidos en los rubros 1, 2, 11 y 12) |
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☐ |
Aviso de fusión o escisión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS, y resulte una nueva sociedad. |
(Requisitos contenidos en los rubros 1, 2, 11 y 12) |
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Proporcione el(los) número(s) y fecha(s) del (de los) oficio(s) con el(los) que se otorgó la aceptación de la(s) garantía(s) en materia de IVA e IEPS. |
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1. DATOS DEL CONTRIBUYENTE. |
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1.1 Denominación y/o razón social. |
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Denominación y/o Razón social: |
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Para el llenado de los puntos 1.2 y 1.3 deberá consultar las claves establecidas en el Anexo 1 del instructivo.
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1.4 Domicilio fiscal. |
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Calle |
Número y/o letra exterior |
Número y/o letra interior |
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Colonia |
Código Postal (5 dígitos) |
Delegación/Municipio |
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Entidad Federativa |
Teléfono (Lada) |
Correo electrónico |
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1.5 Domicilio para oír y recibir notificaciones. |
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Calle |
Número y/o letra exterior |
Número y/o letra interior |
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Colonia |
Código Postal (5 dígitos) |
Delegación/Municipio |
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Entidad Federativa |
Teléfono (Lada) |
Correo electrónico |
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2. DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL CONTRIBUYENTE. |
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2.1 Nombre. |
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Apellido paterno |
Apellido materno |
Nombre (s) |
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave |
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Teléfono (Lada) |
Correo electrónico |
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2.2 Persona autorizada para oír y recibir notificaciones. |
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Apellido paterno Apellido materno Nombre (s)
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave: |
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Teléfono (Lada) |
Correo electrónico |
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3. DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LOS DATOS DEL CONTRIBUYENTE. |
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3.1 Acta constitutiva del contribuyente. |
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Número del instrumento notarial o póliza mercantil |
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Fecha: dd/mm/aaaa |
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Nombre y número del Notario o Corredor Público |
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Entidad Federativa |
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3.2 Documento con el que se acredita la personalidad del representante legal del contribuyente que firma esta solicitud para realizar actos de administración y/o dominio en representación del contribuyente. Marque con una “X” en el cuadro, en caso de constar con acta constitutiva. |
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☐ |
Consta en el acta constitutiva. |
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En caso de no constar en el acta constitutiva señale los siguientes datos: |
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Número del instrumento notarial o póliza mercantil |
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Fecha: dd/mm/aaaa
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Nombre y número del Notario Público o Corredor Público |
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Entidad Federativa |
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4. RÉGIMEN ADUANERO. |
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4.1 Régimen aduanero. Marque con una “X” en el (los) cuadro(s) que aplique. |
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☐ |
Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación (IMMEX). |
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☐ |
Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal. |
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☐ |
Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado. |
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☐ |
Recinto fiscalizado estratégico. |
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4.2 Indique el número de su Programa IMMEX y la modalidad. |
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Número de Programa IMMEX |
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Modalidad del Programa IMMEX |
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5. GARANTÍA. |
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5.1 Póliza de fianza. Señale los siguientes datos: |
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Número de folio de la póliza de fianza |
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Fecha de dd/mm/aaaa Expedición: |
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Nombre de la Institución de Fianzas que emite el documento
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Fecha de vigencia de la póliza de fianza: |
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De |
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al |
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dd/mm/aaaa
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dd/mm/aaaa |
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$ |
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. |
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Importe total en moneda nacional que ampara la póliza de fianza (con número, incluir centavos y sin comas). 5.1.1 Anexar póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas, así como su representación impresa (ver 12.1.1 inciso 4), o 5.1.2 Anexar original de la póliza de fianza formulada en documento impreso (papelería oficial de la Institución de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas) Ver 12.1.1., apartado 4. |
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5.2 Carta de crédito. Señale los siguientes datos: |
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Número de folio de la carta de crédito |
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Fecha de dd/mm/aaaa Expedición: |
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Nombre de la Institución de Crédito que emite el documento |
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Clave en el RFC de la Institución de Crédito: |
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Fecha de vigencia de la carta de crédito: |
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De |
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al |
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dd/mm/aaaa |
dd/mm/aaaa |
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$ |
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. |
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Importe total en moneda nacional que ampara la carta de crédito (con número, incluir centavos y sin comas). |
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5.2.1 Anexar original de la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento) Ver 12.1.1 numeral 5. |
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6. MANIFESTACIONES. |
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6.1 Requisitos generales para la aceptación de las garantías. Marque con una “X” en el cuadro que aplique. |
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6.1.1. Señale si al momento de ingresar su solicitud se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras.
6.1.2. Indique si autorizó al SAT hacer pública su opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
6.1.3. Señale si al momento de ingresar su solicitud se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69 del CFF, con excepción de las fracciones II y VI del referido artículo.
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Del mismo modo indique si al momento de ingresar su solicitud se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF.
6.1.4. Señale si al momento de ingresar su solicitud sus certificados de sellos digitales están vigentes.
En caso afirmativo señale si se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, durante los últimos doce meses.
6.1.5. Señale si al momento de ingresar su solicitud tiene actualizado sus medios de contacto para efectos del buzón tributario.
6.1.6. Señale si al momento de ingresar su solicitud lleva la contabilidad en medios electrónicos de conformidad con el artículo 28, fracción III, del CFF y la regla 2.8.1.5. de la RMF.
6.1.7. Señale si ingresa mensualmente su información contable a través del Portal del SAT, de conformidad con el artículo 28, fracción IV, del CFF y la regla 2.8.1.6. de la RMF.
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7. RENOVACIÓN. |
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7.1 Adicional a lo establecido en los numerales 1, 2 y 6 de este formato, el contribuyente que realice una renovación del plazo de vigencia de la póliza de fianza deberá indicar lo siguiente: |
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Folio Único de Garantía
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Número y/o folio de póliza de fianza
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Nombre de la Institución de Fianzas
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Plazo de vigencia original o inicial: |
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Del |
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al |
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dd/mm/aaaa |
dd/mm/aaaa |
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Plazo por el que se solicita la renovación: |
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Del |
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al |
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dd/mm/aaaa |
dd/mm/aaaa |
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7.1.1. Anexar endoso modificatorio de renovación, formulado en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas, así como su representación impresa (ver 11.1.2 numeral 1), o 7.1.2. Anexar original del endoso modificatorio de renovación, formulado en documento impreso (papelería oficial de la Institución de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas), (Ver 11.1.2., numeral 1). 7.1.3. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias por las que se aceptó la garantía del interés fiscal, no han variado y continúo cumpliendo con los requisitos previstos en las reglas 7.4.2. y 7.4.3.
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8. AMPLIACIÓN DE VIGENCIA. |
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8.1 Adicional a lo establecido en los numerales 1, 2 y 6 de este formato, el contribuyente que realice una ampliación de vigencia de la carta de crédito deberá indicar lo siguiente: |
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Folio Único de Garantía |
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Número y/o folio de carta de crédito |
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Nombre de la Institución de Crédito |
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Plazo de vigencia original o inicial:
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Del |
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al |
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dd/mm/aaaa |
dd/mm/aaaa |
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Plazo por el que se solicita la ampliación de vigencia:
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Del |
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al |
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dd/mm/aaaa |
dd/mm/aaaa |
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8.1.1. Anexar documento modificatorio de ampliación de vigencia (Formulada en hoja membretada de la empresa solicitante), (Ver 12.1.3 numeral 1). 8.1.2. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias por las que se aceptó la garantía del interés fiscal, no han variado y continúo cumpliendo con los requisitos previstos en las reglas 7.4.2. y 7.4.3.
9. AUMENTO DE MONTO GARANTIZADO. |
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9.1 Adicional a lo establecido en los numerales 1, 2 y 6 de este formato, el contribuyente que realice un aumento del monto garantizado deberá cumplir con lo siguiente: |
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9.1.1 Señale lo siguiente datos: |
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Folio Único de Garantía |
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Número y/o folio de póliza de fianza o carta de crédito |
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Nombre de la Institución de Fianzas o Institución de Crédito que emite el documento
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$ |
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. |
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Monto inicial u original en moneda nacional que ampara la póliza de fianza o carta de crédito (con número, incluir centavos y sin comas). |
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$ |
|
. |
|
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|
Monto modificado en moneda nacional que ampara la póliza de fianza o carta de crédito (con número, incluir centavos y sin comas). |
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9.1.2 Anexar endoso modificatorio de aumento, formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas, así como su representación impresa (ver 12.1.4 numeral 1), o 9.1.3 Anexar original del endoso modificatorio de aumento, formulada en documento impreso (papelería oficial de la Institución de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas), (Ver 12.1.4 numeral 1), o 9.1.4 Anexar original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento), (ver 12.1.4 numeral 1). |
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10. CANCELACIÓN. |
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10.1 Adicional a lo establecido en los numerales 1 y 2 de este formato, el contribuyente que realice una cancelación de la garantía deberá cumplir con lo siguiente: Marcar con una “X” en el cuadro, el motivo por el cual se solicita la cancelación de la garantía. |
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☐ |
Por sustitución de garantía (deberá llenar el apartado 5). |
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☐ |
Por el pago de la contribución garantizada. |
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☐ |
Por vencimiento de la vigencia de la garantía. |
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☐ |
Otros. |
Especifique: |
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10.1.1 Señale los siguientes datos: |
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Folio Único de Garantía. |
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Número y/o folio de póliza de fianza o carta de crédito por la cual se solicita la cancelación. |
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Nombre de la Institución de Fianzas o Institución de Crédito. |
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11. AVISOS. |
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11.1 Cambio de denominación o razón social. |
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En caso de haber realizado cambios en la denominación o razón social: |
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Señalar el número de folio del acuse de movimientos de actualización de situación fiscal del cambio en la denominación o razón social: _____________________________________________________________________________________ |
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11.1.1 Anexar documento modificatorio correspondiente. Ver 12.1.5 numeral 1. |
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11.2 Aviso de fusión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS y subsista una de ellas. |
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Fecha en que surte efectos la fusión. |
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R.F.C. |
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Denominación o Razón social de la(s) sociedad(es) fusionada(s): |
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Denominación o Razón social de la(s) sociedad(es) fusionante(s). |
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Señalar el número de folio del acuse de movimientos de actualización de situación fiscal de la fusión: _____________________________________________________________________________________ 11.2.1 Anexar documento modificatorio correspondiente. Ver 12.1.5 numeral 2. |
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11.3 Aviso de fusión o escisión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS, y resulte una nueva sociedad. |
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Fecha en que surte efectos la fusión o escisión: |
|
R.F.C. |
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|
Denominación o Razón social de la(s) sociedad(es) fusionada(s) o escindidas: |
|
|
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Denominación o Razón social de la(s) sociedad(es) fusionante(s) o escindente(s). |
|
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|
Señalar el número de folio del acuse de movimientos de actualización de situación fiscal de la fusión o escisión. ____________________________________________________________________________________ 11.3.1 Anexar documento modificatorio correspondiente. Ver 12.1.5 numeral 3. |
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|
12. DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ANEXAR A LA PRESENTE SOLICITUD. |
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12.1 Marque con una “X” en el cuadro, la documentación que presenta. |
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Presentar la siguiente documentación según corresponda: |
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12.1.1 Aceptación. |
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1. Copia simple del acta constitutiva del contribuyente y original para cotejo. |
☐ |
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2. Copia simple del instrumento notarial o póliza mercantil que acredita la personalidad del representante legal del contribuyente y original para cotejo. |
☐ |
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3. Anexar copia de identificación oficial y original para cotejo del representante legal del contribuyente. |
☐ |
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4. Póliza de fianza (señale sólo una de las dos opciones): 4.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa, o 4.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). |
☐ ☐ |
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5. Original de carta de crédito. |
☐ |
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6. Disco compacto (CD) que contenga los documentos digitalizados anexos a la presente solicitud. (12.1.1 numeral 1 al 5). |
☐ |
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12.1.2 Renovación. |
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1. Tratándose de renovación, anexar documento modificatorio de renovación de la vigencia de la póliza de fianza (señale sólo una de las dos opciones). 1.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 1.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). |
☐ ☐ |
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12.1.3 Ampliación de vigencia. |
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1. Tratándose de ampliación, anexar escrito en hoja membretada de la empresa solicitante, manifestando que no anexa documento modificatorio de ampliación de la vigencia de la carta de crédito (Emitida en hoja membretada de la institución de crédito que emite el documento), ya que la misma señala que: “La vigencia de esta Carta de Crédito se ampliará en forma automática por períodos adicionales de un año a partir de la fecha de vencimiento a menos que el Banco Emisor dé aviso por escrito a la Administración Central de Certificación y Asuntos Internacionales de Auditoría de Comercio Exterior, con por lo menos sesenta días hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento que corresponda, de su decisión de no ampliar la vigencia por un período adicional”). |
☐ |
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12.1.4 Aumento del monto garantizado. |
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1. Tratándose de aumento del monto garantizado, anexar documento modificatorio correspondiente (señale sólo una de las tres opciones). 1.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 1.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 1.3. Anexar original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). |
☐ ☐ ☐ |
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12.1.5 Avisos. 1. Cambio de denominación o razón social. 1.1 Copia simple del instrumento notarial donde conste el cambio en la denominación o razón social y original para cotejo. 1.2 Copia simple del instrumento notarial o póliza mercantil que acredita la personalidad del representante legal del contribuyente y original para cotejo. 1.3 Anexar copia de identificación oficial y original para cotejo del representante legal del contribuyente. |
☐ ☐ ☐ |
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1.4 Tratándose de cambio de denominación o razón social, anexar documento modificatorio correspondiente (señale sólo una de las tres opciones): 1.4.1 Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 1.4.2 Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 1.4.3 Original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). |
☐ ☐ ☐ |
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2. Fusión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS y subsista una de ellas. 2.1 Copia simple del documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión y original para cotejo. 2.2 Copia simple del instrumento notarial o póliza mercantil que acredita la personalidad del representante legal del contribuyente y original para cotejo. 2.3 Anexar copia de identificación oficial y original para cotejo del representante legal del contribuyente. |
☐ ☐ ☐ |
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2.4 Tratándose de fusión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS y subsista una de ellas, anexar documento modificatorio correspondiente (señale sólo una de las tres opciones): |
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4.1 Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 4.2 Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 4.3 Original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). |
☐ ☐ ☐ |
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3. Fusión o escisión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS, y resulte una nueva sociedad. 3.1 Copia simple del documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión o escisión y original para cotejo. 3.2 Copia simple del instrumento notarial o póliza mercantil que acredita la personalidad del representante legal del contribuyente y original para cotejo. 3.3 Anexar copia de identificación oficial y original para cotejo del representante legal del contribuyente. |
☐ ☐ ☐ |
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3.4 Tratándose de fusión o escisión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS, y resulte una nueva sociedad, anexar documento modificatorio correspondiente (señale sólo una de las tres opciones): |
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3.4.1 Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 3.4.2 Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 3.4.3 Original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). |
☐ ☐ ☐ |
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Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas para representar a la solicitante no me han sido modificadas y/o revocadas.
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Instrucciones
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Transmita esta solicitud a través de la Ventanilla Digital en la página electrónica www.ventanillaunica.gob.mx. Nota: La carta de crédito original (emitida en hoja membretada de la Institución de Crédito autorizada), se deberá presentar mediante escrito libre en la AGACE. * Anexar una copia simple de su escrito libre para asentar su acuse de recibo. También puede enviar el escrito libre y la carta de crédito mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería (Para lo cual deberá anexar, Acta constitutiva del contribuyente, Instrumento notarial o póliza mercantil que acredite la personalidad del representante legal del contribuyente, cuando no conste en el acta constitutiva, ambos en original o copia certificada, además de copia certificada de la identificación oficial del representante legal de la empresa). I. Esta forma será llenada a máquina o con letra mayúscula de molde, con bolígrafo a tinta negra y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros. II. Esta forma no será válida si presenta alteraciones, tachaduras, raspaduras o enmendaduras. TIPO DE GARANTÍA. Deberá marcar con una “X” en el cuadro, si el contribuyente opta por garantizar el IVA e IEPS por la importación temporal de mercancías a través de fianza o carta de crédito según corresponda. Deberá marcar con una “X” en el cuadro según corresponda, si se trata de una garantía revolvente o garantía individual. Tratándose de bienes de activo fijo, el interés fiscal se garantizará a través de garantía individual de acuerdo a lo establecido en la regla 7.4.7. |
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TIPO DE SOLICITUD. Deberá marcar con una “X” en el cuadro según corresponda, el tipo de solicitud que presenta: I. Aceptación: Cuando el contribuyente solicite ante la autoridad fiscal la aceptación de los documentos probatorios que garanticen el pago del interés fiscal de sus importaciones temporales. Deberá cumplir con el llenado de los requisitos del 1 al 6 y 12.1.1. II. Renovación: Tratándose de póliza de fianza, cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal la renovación del plazo de la vigencia. Deberá cumplir con el llenado de los requisitos del 1, 2, 6, 7 y 12.1.2. III. Ampliación de vigencia: Tratándose de carta de crédito, cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal la ampliación del plazo de la vigencia. Deberá cumplir con el llenado de los requisitos del 1, 2, 6, 8 y 12.1.3. IV. Aumento de monto garantizado: Cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal el aumento del monto de la garantía. Deberá cumplir con el llenado de los requisitos del 1, 2, 6, 9 y 12.1.4. V. Cancelación: Cuando el contribuyente solicite la cancelación de la garantía conforme a la establecido en el artículo 89 del Reglamento del CFF. Deberá cumplir con el llenado de los requisitos del 1, 2 y 10. 1. Datos del contribuyente: 1.1 Denominación y/o razón social. El contribuyente deberá indicar la denominación y/o razón social de acuerdo a la forma como se encuentra constituida y su clave ante el RFC. 1.2 Actividad preponderante. Deberá indicar la actividad económica preponderante declarada ante el RFC.
1.3 Sector productivo o Sector servicio. Deberá indicar el sector productivo o de servicio al que pertenece según en el anexo 1. Ejemplo: Deberá indicar el sector al que pertenece según corresponda, “A” si pertenece al sector productivo y “B” si es al sector servicio.
Deberá indicar el número correspondiente al concepto de la actividad a la que pertenece.
De acuerdo al ejemplo el contribuyente pertenecería al Sector Productivo (A), en la Industria Textil (15). Anexo 1.
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1.4 Domicilio fiscal del contribuyente. Deberá indicar el domicilio fiscal manifestado ante el RFC o, en su caso, el declarado a través del último aviso de cambio de situación fiscal. 1. 5 Domicilio para oír y recibir notificaciones. Deberá indicar el domicilio para oír y recibir notificaciones. 2. Datos del representante legal del contribuyente: 2.1 Nombre. Deberá indicar los datos del representante legal o apoderado legal con poder general para actos de administración y/o dominio, de la empresa solicitante que realiza el trámite. 2.2 Personas autorizadas para oír y recibir notificaciones. Deberá indicar la información de la persona autorizada para oír y recibir notificaciones, en caso de requerirlo. 3. Documentos que acreditan los datos del contribuyente: 3.1 Acta constitutiva del contribuyente. Deberá anexar copia simple y original o copia certificada para cotejo del acta constitutiva que contenga el número de instrumento notarial o póliza mercantil, con el cual se constituyó el contribuyente, fecha, nombre y número de Notario o Corredor Público y la Entidad Federativa donde se realizó dicha acta. 3.2 Documento con el que se acredita la personalidad del representante legal del contribuyente que firma esta solicitud para realizar actos de administración y/o dominio en representación del contribuyente. Deberá marcar con una “X” en el cuadro, si la personalidad de quien firma con poder general para actos de administración y/o dominio en representación del contribuyente consta en el acta constitutiva. En caso contrario se deberá indicar el número de instrumento notarial o póliza mercantil, fecha, nombre y número del Notario o Corredor Público y Entidad Federativa. Deberá anexar copia simple del poder notarial o póliza mercantil y original o copia certificada para cotejo. |
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4. Régimen aduanero: 4.1 Régimen aduanero. Deberá marcar con una “X” en el(los) cuadro(s) el régimen aduanero en el que introduce mercancías de importación, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, 28-A, 15 y 15-A de la Ley del IVA y de la Ley del IEPS. 4.2 Indique el número de su Programa IMMEX y la modalidad. Deberá indicar su número de Programa IMMEX y la modalidad bajo la cual se encuentra autorizado (controladora de empresas, industrial, servicios, albergue o tercerización). Tratándose de empresas que operan bajo el régimen aduanero de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, o de recinto fiscalizado estratégico, deberá anexar y señalar el número de oficio de su autorización vigente. 5. Garantía: 5.1 Póliza de fianza. Señale los siguientes datos: Deberá indicar el número de folio de la póliza de fianza, fecha de expedición, Institución de Fianzas autorizada que emite el documento, clave en el RFC, fecha de vigencia de la póliza de fianza desde el momento en que entra en vigor su validez hasta la fecha de término de la vigencia (respetar el formato en el orden indicado dd/mm/aaaa) y el importe total de la póliza de fianza (con número, incluir centavos y sin comas). 5.1.1 Anexar la póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas, así como su representación impresa. 5.1.2 Anexar original de la póliza de fianza formulada en documento impreso (papelería oficial de la Institución de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 5.2 Carta de Crédito. Señale lo siguientes datos: Deberá indicar el número de folio de la carta de crédito, fecha de expedición, Institución de Crédito autorizada que emite el documento, clave en el RFC, fecha de vigencia de la carta de crédito desde el momento en que entra en vigor su validez hasta la fecha de término de la vigencia (respetar el formato en el orden indicado dd/mm/aaaa) y el importe total de la carta de crédito (con número, incluir centavos y sin comas). 5.2.1 Anexar original de la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). 6. Manifestaciones: 6.1 Requisitos generales para la aceptación de las garantías (deberá señalar con una “X” todos y cada uno de los cuadros según corresponda). 6.1.1 Indique si se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras. Deberá contestar lo que corresponda. 6.1.2 Indique si autorizó al SAT hacer pública su opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Deberá contestar lo que corresponda. 6.1.3 Señale si la solicitante no se encuentra al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT, en términos de los artículos 69 con excepción de las fracciones II y VI y 69-B, cuarto párrafo del CFF. Deberá contestar lo que corresponda. 6.1.4 Señale si sus certificados de sellos digitales están vigentes y no se hubiere comprobado que se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, durante los últimos doce meses. Deberá contestar lo que corresponda. 6.1.5 Indique si tiene actualizado sus medios de contacto para efectos del buzón tributario. Deberá contestar lo que corresponda. 6.1.6 Señale si al momento de ingresar su solicitud lleva la contabilidad en medios electrónicos de conformidad con el artículo 28, fracción III, del CFF y la regla 2.8.1.5. de la RMF. Deberá contestar lo que corresponda. 6.1.7 Señale si ingresa mensualmente su información contable a través del Portal del SAT, de conformidad con el artículo 28, fracción IV, del CFF y la regla 2.8.1.6. de la RMF. Deberá contestar lo que corresponda. |
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7. Renovación: 7.1 Adicional a lo establecido en los numerales 1, 2 y 6 de este formato, el contribuyente que realice una renovación del plazo de vigencia de la póliza de fianza deberá indicar lo siguiente: Deberá indicar según corresponda el último “folio único de garantía” (contenido dentro del oficio de aceptación de la garantía ofrecida), el número y/o folio de la póliza de fianza, nombre de la Institución de Fianzas, plazo de vigencia original o inicial desde el momento que entró en vigor su validez hasta la fecha de término de vigencia (respetar el formato en el orden indicado dd/mm/aaaa) y el plazo por el que se solicita la renovación desde el momento que entrará en vigor su validez hasta la fecha de término de vigencia (respetar el formato en el orden indicado dd/mm/aaaa). 7.1.1 Anexar endoso modificatorio de renovación, formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas, así como su representación impresa. 7.1.2 Anexar endoso modificatorio de renovación, formulada en documento impreso (papelería oficial de la Institución de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 7.1.3. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias por las que se aceptó la garantía del interés fiscal, no han variado y continúo cumpliendo con los requisitos previstos en las reglas 7.4.2. y 7.4.3. Deberá contestar lo que corresponda. 8. Ampliación de vigencia: 8.1 Adicional a lo establecido en los numerales 1, 2 y 6 de este formato, el contribuyente que realice una ampliación del plazo de vigencia de la carta de crédito deberá indicar lo siguiente: Deberá indicar según corresponda el último “folio único de la garantía” (contenido dentro del oficio de aceptación de la garantía ofrecida), el número y/o folio de carta de crédito, nombre de la Institución de Crédito, plazo de vigencia original o inicial desde el momento que entró en vigor su validez hasta la fecha de término de vigencia (respetar el formato en el orden indicado dd/mm/aaaa) y el plazo por el que se solicita la ampliación desde el momento que entrará en vigor su validez hasta la fecha de término de vigencia (respetar el formato en el orden indicado dd/mm/aaaa). 8.1.1 Anexar documento modificatorio de ampliación de vigencia (Emitida en hoja membretada de la empresa solicitante). 8.1.2. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias por las que se aceptó la garantía del interés fiscal, no han variado y continúo cumpliendo con los requisitos previstos en las reglas 7.4.2. y 7.4.3. Deberá contestar lo que corresponda. 9. Aumento de monto garantizado: 9.1 Adicional a lo establecido en los numerales 1, 2 y 6 de este formato, el contribuyente que realice un aumento en el monto garantizado deberá cumplir con lo siguiente: 9.1.1 Señale los siguientes datos: Deberá indicar según corresponda el último “folio único de la garantía” (contenido dentro del oficio de aceptación de la garantía ofrecida), el número y/o folio de póliza de fianza o carta de crédito, nombre de la Institución de Fianzas o Institución de Crédito, monto inicial u original en moneda nacional, con número, centavos y sin comas que ampara la póliza de fianza o carta de crédito; así como el monto de aumento en moneda nacional, con número, centavos y sin comas. 9.1.2 Anexar documento modificatorio de aumento del monto garantizado. Se deberá anexar el endoso modificatorio de aumento, formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas, así como su representación impresa. 9.1.3 Anexar original del documento modificatorio de aumento, formulada en documento impreso (papelería oficial de la Institución de Fianzas). 9.1.4 Anexar original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). Se deberá anexar original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). 10. Cancelación: 10.1 Adicional a lo establecido en los numerales 1 y 2 de este formato, el contribuyente que realice una cancelación por la garantía deberá cumplir con lo siguiente: Deberá marcar con una “X” en el cuadro según corresponda, el motivo por el cual se solicita la cancelación de la garantía. 10.1.1 Señale lo siguientes datos: Deberá indicar el último “folio único de la garantía” (contenido dentro del oficio de aceptación de la fianza o carta de crédito a cancelar), el número y/o folio de la póliza de fianza o carta de crédito por la cual se solicita la cancelación y el nombre de la Institución de Fianzas o Institución de Crédito. |
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11. Avisos: 11.1 Cambio de denominación o razón social. En caso de haber realizado cambios en la denominación o razón social. Señalar el número de folio del acuse de movimientos de actualización de situación fiscal del cambio en la denominación o razón social. Deberá adjuntar en original o copia certificada el instrumento notarial donde conste el cambio en la denominación o razón social. 11.2 Fusión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS y subsista una de ellas. Se deberá llenar la tabla conforme a los datos solicitados, señalando el número de folio del acuse de movimientos de actualización de situación fiscal de la fusión o escisión. Deberá adjuntar en original o copia certificada el documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión. 11.3 Fusión o escisión de empresas que cuenten con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS, y resulte una nueva sociedad. Se deberá llenar la tabla conforme a los datos solicitados, señalando el número de folio del acuse de movimientos de actualización de situación fiscal de la fusión. Deberá adjuntar en original o copia certificada el documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión. 12. Documentos que se deben anexar a la presente solicitud: 12.1 Marque con una “X” en el cuadro, la documentación que presenta. Presentar la siguiente documentación según corresponda: 12.1.1 Aceptación. Cuando el contribuyente solicite a la autoridad fiscal la aceptación de la garantía del interés fiscal a que se refiere la regla 7.4.1., deberá marcar con una “X” según corresponda, así como anexar la documentación que presenta: 1. Acta constitutiva del contribuyente (copia simple y original o copia certificada para su cotejo). 2. Instrumento notarial o póliza mercantil que acredite la personalidad del representante legal del contribuyente (copia simple y original o copia certificada para su cotejo). 3. Anexar copia de identificación oficial y original o copia certificada para cotejo del representante legal del contribuyente de conformidad con la fracción I, primer párrafo del presente Anexo. 4. Póliza de fianza formulada por Instituciones de Fianzas, expedida a favor de la TESOFE (señalar el domicilio fiscal) que contenga: fecha de expedición, número de folio legible y sin alteraciones, datos de la Institución de Fianzas (denominación y/o razón social, clave en el RFC y domicilio), datos del contribuyente (denominación y/o razón social, clave en el RFC y domicilio fiscal) indicar con número y letra el importe total por el que se expide en moneda de curso legal debiendo coincidir ambos datos, en su caso citar si es revolvente o individual, el plazo de vigencia. Deberá señalar “4.1.”, cuando se trate de póliza de fianza electrónica (archivo XML), o “4.2.”, tratándose de póliza de fianza en papelería oficial: 4.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 4.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 5. Carta de crédito emitida en hoja membretada de la Institución de Crédito expedida a favor de la TESOFE que contenga: fecha de expedición, número de folio legible y sin alteraciones, datos de la Institución de Crédito (denominación y/o razón social, clave en el RFC y domicilio fiscal), datos del contribuyente (denominación y/o razón social, clave en el RFC y domicilio fiscal), indicar con número y letra el importe total por el que se expide en moneda de curso legal debiendo coincidir ambos datos, plazo de vigencia y contener firma autógrafa de los funcionarios que la expiden. 6. Disco compacto (CD) que contenga los documentos digitalizados que anexa a la presente solicitud. (12.1.1 numerales del 1 al 5).
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12.1.2 Renovación. Cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal la renovación del plazo de la vigencia de la garantía, deberá marcar con una “X” en el cuadro que corresponda, así como anexar la documentación que presenta: 1. Tratándose de renovación anexar documento modificatorio de renovación del plazo de la vigencia de la póliza de fianza. Deberá señalar “1.1.”, cuando se trate de póliza de fianza electrónica (archivo XML), o “1.2.”, tratándose de póliza de fianza en papelería oficial: 1.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 1.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 12.1.3 Ampliación de vigencia. Cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal la ampliación del plazo de la vigencia de la carta de crédito, deberá marcar con una “X” en el cuadro que corresponda, así como anexar la documentación que presenta: 1. Tratándose de ampliación, anexar escrito en hoja membretada de la empresa solicitante, manifestando que no anexa documento modificatorio de ampliación de la vigencia de la carta de crédito (Emitida en hoja membretada de la institución de crédito que emite el documento), ya que la misma señala que: “La vigencia de esta Carta de Crédito se ampliará en forma automática por períodos adicionales de un año a partir de la fecha de vencimiento a menos que el Banco Emisor dé aviso por escrito a la Administración Central de Certificación y Asuntos Internacionales de Auditoría de Comercio Exterior, con por lo menos sesenta días hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento que corresponda, de su decisión de no ampliar la vigencia por un período adicional”. 12.1.4 Aumento del monto garantizado. Cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal el aumento del monto de la garantía, deberá marcar con una “X” el cuadro que corresponda, así como anexar la documentación que presenta: 1. Tratándose de aumento del monto garantizado anexar documento modificatorio correspondiente. Deberá señalar “1.1.”, cuando se trate de póliza de fianza electrónica (archivo XML); o “1.2.”, tratándose de póliza de fianza en papelería oficial, o “1.3.”, cuando se trate de carta de crédito: 1.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 1.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 1.3. Anexar documento modificatorio de aumento del monto garantizado de la carta de crédito. (formulada en documento impreso, es decir, hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). 12.1.5 Avisos. Cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal el Cambio de denominación o razón social, deberá marcar con una “X” el cuadro que corresponda, así como anexar la documentación que se señala: 1. Instrumento notarial donde conste el cambio en la denominación o razón social (Copia simple y original o copia certificada para su cotejo). 2. Instrumento notarial o póliza mercantil que acredite la personalidad del representante legal del contribuyente (Copia simple y original o copia certificada para su cotejo). 3. Anexar copia de identificación oficial y original o copia certificada para cotejo del representante legal del contribuyente. 4. Tratándose de cambio de denominación o razón social, anexar documento modificatorio correspondiente (señale sólo una de las tres opciones). Deberá señalar “4.1.”, cuando se trate de póliza de fianza electrónica (archivo XML); o “4.2.”, tratándose de póliza de fianza en papelería oficial, o “4.3.”, cuando se trate de carta de crédito: 4.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. |
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4.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 4.3. Original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). Cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal la fusión de empresas que cuentan con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS y subsista una de ellas, deberá marcar con una “X” el cuadro que corresponda, así como anexar la documentación que se señala: 1. Documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión (original o copia certificada). 2. Instrumento notarial o póliza mercantil que acredite la personalidad del representante legal del contribuyente (Copia simple y original o copia certificada para su cotejo). 3. Anexar copia de identificación oficial y original o copia certificada para cotejo del representante legal del contribuyente. 4. Tratándose de fusión de empresas que cuentan con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS y subsista una de ellas, anexar documento modificatorio correspondiente (señale sólo una de las tres opciones). Deberá señalar “4.1.”, cuando se trate de póliza de fianza electrónica (archivo XML); o “4.2.”, tratándose de póliza de fianza en papelería oficial, o “4.3.”, cuando se trate de carta de crédito: 4.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 4.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 4.3. Original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). |
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Cuando el contribuyente notifique a la autoridad fiscal la fusión de empresas que cuentan con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS y resulte una nueva sociedad, deberá marcar con una “X” el cuadro que corresponda, así como anexar la documentación que se señala: 1. Documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión o escisión (original o copia certificada). 2. Instrumento notarial o póliza mercantil que acredite la personalidad del representante legal del contribuyente (copia simple y original o copia certificada para su cotejo). 3. Anexar copia de identificación oficial y original o copia certificada para cotejo del representante legal del contribuyente. 4. Tratándose de fusión o escisión de empresas que cuentan con la aceptación de garantías en materia de IVA e IEPS, y resulte una nueva sociedad, anexar documento modificatorio correspondiente (señale sólo una de las tres opciones). Deberá señalar “4.1.”, cuando se trate de póliza de fianza electrónica (archivo XML); o “4.2.”, tratándose de póliza de fianza en papelería oficial, o “4.3.”, cuando se trate de carta de crédito: 4.1. Póliza de fianza formulada en documento digital (archivo XML) proporcionado por la Institución de Fianzas y su representación impresa. 4.2. Póliza de fianza original (papelería oficial de las Instituciones de Fianzas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas). 4.3. Original de la modificación a la carta de crédito formulada en documento impreso (hoja membretada de la Institución de Crédito que emite el documento). Notas aclaratorias: I. Los documentos y archivos que se acompañen a la autorización deberán anexarse señalando el numeral y nombre del documento que corresponda. II. De conformidad con la regla 7.4.1., la autoridad resolverá en un término de treinta días contados a partir del día siguiente a que el contribuyente presente la solicitud. En el caso de que la autoridad detecte la falta de algún requisito, le requerirá por única ocasión al contribuyente la información o documentación faltante, para lo cual, el contribuyente contará con un plazo de quince días para dar atención al requerimiento, en caso contrario, se entenderá que se desistió de la promoción. El plazo de treinta días se computará a partir de que se tengan cubiertos en su totalidad los requisitos mencionados en la regla 7.4.2. III. Los contribuyentes que hubieran obtenido la aceptación en términos de las reglas 7.4.1. y 7.4.7., deberán presentar la renovación o ampliación de vigencia de la garantía con al menos veinte días antes del término de su vigencia. |
E13.
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Solicitud de emisión de resolución anticipada |
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Tipo de Resolución Anticipada |
Autoridad competente ante la que debe presentarse el formato |
Marque con una “x” |
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Aplicación de criterios de valoración aduanera. |
ACNCE |
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En materia de origen. |
ACAJACE |
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Clasificación arancelaria. |
ACNCE |
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1. Nombre de la persona física o moral que solicita el trámite y, en su caso, de su representante legal: |
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2. Clave en el RFC o tratándose de residentes en el extranjero número de identificación fiscal: |
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3. Personas autorizadas para oír y recibir notificaciones: |
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4. Domicilio para oír y recibir notificaciones: |
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5. Números telefónicos y dirección de correo electrónico de la persona física o moral solicitante, de su representante legal o de los autorizados para recibir notificaciones, o ambos: |
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6. Describir las actividades a las que se dedica la persona física o moral que solicita el trámite: |
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7. Manifestar las razones de negocio que motivan la solicitud: |
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8. La persona física o moral que solicita el trámite es: |
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Importador en territorio nacional. |
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Productor en otro país. |
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Exportador en otro país. |
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Persona con causa justificable. |
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9. Mencionar el Acuerdo Comercial o Tratado de Libre Comercio, así como el fundamento legal bajo el cual se solicita la emisión de la resolución anticipada: |
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10. Marcar con una “X” la opción correspondiente, según sea el caso. |
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10.1. ¿La mercancía respecto de la cual se solicita la resolución anticipada ha sido o es objeto de una verificación de origen? Si la respuesta es “Sí”, señale la autoridad que está realizando dicha verificación y/o el resultado de la misma. |
Si |
No |
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10.2. ¿Se ha solicitado u obtenido con anterioridad una resolución anticipada respecto de dicha mercancía? Si la respuesta es “Sí”, indique la autoridad que otorgó y/o ante la cual solicitó la resolución anticipada, así como el sentido de la misma. |
Si |
No |
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10.3. ¿Los hechos o circunstancias han sido planteados previamente ante la misma autoridad u otra distinta? Si la respuesta es “Sí”, mencione la autoridad ante la cual se plantearon los hechos o circunstancias y/o el sentido de su respuesta. |
Si |
No |
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10.4. ¿El asunto en cuestión se encuentra sujeto a alguna instancia de revisión o impugnación en cualquiera de los países parte de los Acuerdos Comerciales o Tratados de Libre Comercio suscritos por México y que se encuentren vigentes? Señale, en su caso, el estado que guarda o el resultado de la misma. |
Si |
No |
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10.5. ¿El solicitante, se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación? Si la respuesta es “Sí”, señale los períodos y las contribuciones objeto de la revisión. |
Si |
No |
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10.6. ¿El solicitante se encuentra dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 del CFF? Si la respuesta es “Sí” explique la situación. |
Si |
No |
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10.7. ¿La mercancía objeto de la solicitud de emisión de resolución anticipada ha sido previamente importada a territorio nacional? Si la respuesta es “Sí”, adjunte la documentación que constate lo anterior. |
Si |
No |
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10.8. Informe si actualmente se lleva a cabo la producción de la mercancía objeto de la solicitud de resolución anticipada. Si la respuesta es “Sí”, describa detalladamente, a través de un diagrama de flujo, el proceso de producción de la misma. |
Si |
No |
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11. Describa de manera completa todos los hechos o circunstancias relevantes que se relacionen con el objeto de la solicitud: |
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12. Proporcione la clasificación arancelaria y descripción de la mercancía objeto de la solicitud incluyendo, de considerarlo necesario, la clasificación arancelaria, descripción de los materiales utilizados en la producción de la mercancía y el NICO: |
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13. Tratándose de solicitudes en clasificación arancelaria, aplicación de criterios de valoración aduanera, describir detalladamente los argumentos técnicos y, en su caso, jurídicos en los que sustenta su solicitud. Cuando se trate de solicitudes en materia de origen, describir detalladamente la justificación por la cual considera el origen de la mercancía; así como el proceso de su producción y la implementación de cada uno de sus insumos para llegar al bien final: |
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14. Enlistar la documentación que anexa: |
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Una vez manifestado lo anterior, se solicita a la autoridad competente que emita la resolución anticipada, según corresponda. Declaro, bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados y documentación adjunta en el presente formato son verdaderos y exactos. _____________________________________________________________________________________ Nombre y firma del solicitante o de su representante legal |
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Instrucciones
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Esta solicitud deberá presentarse utilizando el formato denominado “Solicitud de emisión de resolución anticipada”, atendiendo las disposiciones del Acuerdo Comercial o Tratado de Libre Comercio suscrito por México de que se trate y que se encuentre en vigor. En caso de necesitar la emisión de resoluciones anticipadas en sus distintas materias, el formato debe presentarse por cada una de ellas ante la ACAJACE o ACNCE, según corresponda. Información que debe proporcionarse en cada campo: 1. Señale el nombre de la persona física o moral que solicita el trámite y, en su caso, el nombre completo del representante legal que solicita la emisión de la resolución anticipada. 2. Señale la clave en el RFC o número de identificación fiscal en caso de ser residente en el extranjero, de la persona que solicita la emisión de la resolución anticipada. 3. Mencionar el nombre de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones, en términos del artículo 19 del CFF. 4. Informar el domicilio para oír y recibir notificaciones de la persona que solicita. 5. Especificar los números telefónicos y dirección de correo electrónico del solicitante o de los autorizados para recibir notificaciones, o ambos. 6. Describir detalladamente las actividades a las que se dedica la persona solicitante. 7. Manifestar las razones de negocio que motivan la operación, especificando puntualmente los beneficios que pretende obtener o, en su defecto, los daños y perjuicios que desea evitar, con la emisión de la resolución anticipada. 8. Indicar bajo qué carácter actúa el solicitante. 9. Deberá especificarse el Acuerdo Comercial o Tratado de Libre Comercio suscrito por México y que se encuentre en vigor, así como el fundamento legal bajo el cual se solicita la emisión de la resolución anticipada. 10. Señalar la opción correspondiente. En el caso de numeral 10.8. se tendrá que realizar el diagrama de flujo mediante un archivo de Word, que podrá ser enviado con la demás documentación impreso o en un dispositivo de almacenamiento USB o CD. 11. Describir detalladamente todos los hechos o circunstancias relevantes que se relacionen con la solicitud de emisión de resolución anticipada. 12. Indicar la clasificación arancelaria de la mercancía y, en su caso, del material utilizado en su producción, así como presentar la descripción completa de la mercancía o material incluyendo, según corresponda, su naturaleza, composición, NICO, estado y características, una descripción de su proceso de producción, una descripción del empaque en el que la mercancía será importada, el destino, utilización o uso final, así como su designación comercial, común o técnica y dibujos, fotografías, catálogos, folletos o muestras de la mercancía o material. 13. En solicitudes de clasificación arancelaria o de aplicación de criterios de valoración aduanera, describir detalladamente los argumentos técnicos y, en su caso, jurídicos y las razones de derecho en los que sustenta la solicitud de emisión de resolución anticipada. Para solicitudes de origen, Indicar el que considera de la mercancía, con su proceso de producción e implementación de insumos. 14. Enlistar la documentación que anexa a la solicitud de emisión de resolución anticipada. |
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Documentos que deberán anexarse: I. Copia simple del testimonio o del instrumento notarial mediante el cual se desprenda que la persona que firma la solicitud de emisión de resolución anticipada, se encuentra facultada para llevar a cabo los trámites correspondientes ante la autoridad respectiva. II. La solicitud deberá incluir la información y documentación necesaria que permita a la autoridad emitir la resolución anticipada en materia de origen. III. Muestra de la mercancía objeto de consulta. Cuando no sea posible presentar la muestra por su volumen o características físicas, se deberá anexar los catálogos, fichas técnicas, etiquetas, fotografías, planos, etc., que describen de manera detallada las características físicas y técnicas que permitan identificar la mercancía. IV. Los demás documentos necesarios que sustenten la solicitud. V. En caso de resoluciones anticipadas en materia de clasificación arancelaria, deberán anexarse los siguientes documentos: a) Original o copia certificada del poder general para actos de administración del representante legal, de la persona que consulta, cuando se trate de personas morales. b) Original o copia certificada de la identificación oficial vigente del representante legal de la persona moral que solicita la consulta, o de la persona física cuando esta actúa por cuenta propia. c) Muestra de la mercancía objeto de consulta. Cuando no sea posible presentar la muestra por su volumen o características físicas, se deberá anexar los catálogos, fichas técnicas, etiquetas, fotografías, planos, etc., que describan de manera detallada las características físicas y técnicas que permitan identificar la mercancía para su correcta clasificación arancelaria. d) Cuando la muestra en consulta requiera de análisis químico o técnico por parte de la DGJA, deberá anexarse el comprobante de pago de derechos, realizado a través del esquema electrónico e5cinco, por cada muestra sujeta a análisis, de conformidad con el artículo 52 de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente. e) Manifestar la fracción arancelaria y, en su caso, el NICO que considere aplicable, las razones que sustenten su apreciación y la fracción o fracciones arancelarias y, en su caso, número o NICO con las que exista duda o, en caso contrario, señalar que desea conocer la fracción arancelaria y, en su caso, el NICO que la autoridad determine. El oficio de resolución se notificará al solicitante, según proceda, por buzón tributario, personalmente o por correo certificado, en su caso, a las personas autorizadas y en el domicilio señalado para oír y recibir notificaciones. |
E15.
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Manifestación de voluntad para asumir la responsabilidad solidaria en términos de la regla 7.3.3., fracción XIII Fecha: |
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1. Datos del responsable solidario: |
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1.1. Denominación o razón social: |
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1.2. Clave en el RFC: |
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1.3. Domicilio para oír y recibir notificaciones: |
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Calle. Número y/o letra exterior. Número y/o letra interior. |
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Colonia. C.P. Municipio/Alcaldía. Entidad Federativa. |
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Teléfono. |
Correo electrónico. |
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2. Datos del residente en el extranjero sin establecimiento permanente en el país: |
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2.1. Nombre completo / Denominación o razón social: |
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2.2. Clave en el RFC o Tax ID: |
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2.3. Domicilio: |
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Teléfono. |
Correo electrónico. |
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3. Datos relativos a los pedimentos: |
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Fecha de importación temporal: |
_____-_____-_____ |
Fecha de vencimiento: |
____-_____-_____ |
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No. de pedimento: ______________________________________________ Descripción de la mercancía: Marca: ______________________________________ Modelo:______________________________________________ Tipo: ________________________________________ No. de Serie:__________________________________________ Unidad: _____________________________________ Cantidad: _______________________________________ |
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Fecha de importación definitiva: |
_____-_____-_____ |
Fecha del pedimento mediante el cual cumple la obligación establecida en el artículo 108, quinto párrafo de la Ley: |
____-_____-_____ |
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No. de pedimento: ______________________________________________ Descripción de la mercancía: Marca: ______________________________________ Modelo:______________________________________________ Tipo: ________________________________________ No. de Serie:__________________________________________ Unidad: _____________________________________ Cantidad: ______________________________________ |
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4. Manifestación de voluntad para asumir la responsabilidad solidaria: |
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Declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente: a) Que me encuentro al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones fiscales. b) Que el estatus de mi domicilio fiscal es “Localizado”. c) Que me encuentro activo en el RFC. d) Que los datos asentados en el presente formato son ciertos. e) Que por medio del presente se asume la responsabilidad solidaria en términos del artículo 26, fracción VIII del CFF y de la regla 7.3.3., fracción XIII, por las obligaciones fiscales que se originen con motivo de la enajenación realizada por el residente en el extranjero sin establecimiento permanente en el país, respecto de la mercancía relacionada con el pedimento de importación definitiva. |
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5. Manifestaciones del representante legal: |
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a) Que me encuentro al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones fiscales. b) Que el estatus de mi domicilio fiscal es “Localizado”. c) Que me encuentro activo en el RFC. d) Que los datos asentados en el presente formato son ciertos. e) Que las facultades que me fueron otorgadas para representar al responsable solidario no me han sido modificadas o revocadas. |
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6. Firma: |
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Instrucciones
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Información general: El presente formato es de libre impresión y debe ser llenado a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y no se deberán invadir los límites de los recuadros. Opciones de presentación: El formato se deberá presentar a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT. Requisitos: I. Escritura pública con la que el representante legal o el apoderado legal acredite su personalidad, en su caso. II. Listado de bienes susceptibles de embargo y de fácil realización, en términos de las disposiciones del CFF, con los cuales se garantice el pago de las contribuciones causadas. |
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Información adicional: Los bienes propiedad de quien asuma la responsabilidad solidaria deberán corresponder al tipo de bienes señalados en el artículo 155 del CFF, que de forma suficiente garanticen la responsabilidad solidaria asumida por las obligaciones fiscales que se originen con motivo de la enajenación realizada por el residente en el extranjero sin establecimiento permanente en el país. |
F1.
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Solicitud de Expedición de Copias Certificadas de Pedimentos y sus Anexos 1) FECHA: ____________a_________de__________de 20__ |
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FORMA DE ENTREGA |
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Entrega Personal en el módulo (marque con una X) |
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Envío por Mensajería (marque con una X) |
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DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE |
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Nombre, Razón o Denominación Social |
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Clave en el RFC |
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Domicilio para Oír y Recibir Notificaciones |
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Calle: |
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Núm. y/o Letra Ext.: |
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Núm. y/o Letra Int.: |
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Colonia: |
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Localidad: |
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Código Postal: |
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Municipio o Delegación |
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Entidad Federativa: |
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Teléfono: |
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Correo Electrónico: |
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DATOS DEL PEDIMENTO |
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Número del Pedimento |
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Aduana de Despacho |
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Fecha de Pago del Pedimento |
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Nombre del Importador/Exportador que tramitó el o los pedimentos |
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Patente |
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Número del Pedimento |
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Patente |
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Número del Pedimento |
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Patente |
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Número del Pedimento |
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Nota: En caso de más de 3 Pedimentos, anexar relación. |
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CANTIDAD DE COPIAS SOLICITADAS POR CADA PEDIMENTO |
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Número |
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Con Anexos |
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Sin Anexos |
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(marque con una X) |
(marque con una X) |
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Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente solicitud son reales y exactos. |
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Firma autógrafa del solicitante o representante legal |
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DOCUMENTOS QUE DEBERÁN ANEXARSE |
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Personas Físicas |
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Personas Morales |
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1. Copia de identificación oficial vigente: ð Credencial para votar con fotografía; ð Cartilla del Servicio Militar Nacional; ð Pasaporte; ð Forma Migratoria con fotografía; ð Cédula Profesional; ð Carta de Naturalización; o ð Credencial de Inmigrado. 2. Original del Pago de Derechos. Comprobante de pago realizado mediante el Formulario Múltiple de Pago de Comercio Exterior, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6.2.
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1. Copia del Poder Notarial del Representante Legal. 2. Copia de identificación oficial vigente del Representante Legal. ð Credencial para votar con fotografía; ð Cartilla del Servicio Militar Nacional; ð Pasaporte; ð Forma Migratoria con fotografía; ð Cédula Profesional; ð Carta de Naturalización; o ð Credencial de Inmigrado. 3. Original del Pago de Derechos. Comprobante de pago realizado mediante el Formulario Múltiple de Pago de Comercio Exterior, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6.2. |
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Dependencias u Organismos Oficiales |
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Oficio dirigido a la Dirección General de Investigación Aduanera |
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NOTA: LA OMISIÓN DE CUALQUIERA DE ESTOS REQUISITOS, DEJARÁ SIN EFECTOS LA SOLICITUD ESTE FORMATO ES DE LIBRE IMPRESIÓN |
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Instructivo de trámite de la Solicitud de copias certificadas de pedimentos y sus anexos
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¿Quiénes lo realizan? Los contribuyentes que deseen conocer la información y obtener copia certificada de los pedimentos correspondientes a las operaciones de comercio exterior que hayan efectuado. |
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¿Cómo se realiza? Mediante el formato denominado “Solicitud de expedición de copias certificadas de pedimentos y sus anexos” o mediante la Ventanilla Digital en el Portal del SAT. |
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¿Dónde se presenta? En el módulo de control de gestión de la DGIA, por cualquier servicio de mensajería dirigido a la citada Dirección General o bien en la Ventanilla Digital. |
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¿Qué documento se obtiene? Oficio de respuesta de la autoridad y, en su caso, copia certificada del o los pedimentos solicitados y sus respectivos anexos. |
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¿Qué procede cuando la solicitud no se presente debidamente llenada o se omita alguno de los documentos manifestados? La DGIA requerirá al interesado mediante oficio o mediante la Ventanilla Digital, según sea el caso, el dato o documento omitido, a fin de que sea presentado mediante escrito libre o mediante la Ventanilla Digital con la finalidad de subsanar dicha omisión. |
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Supuestos que imposibilitan materialmente a la DGIA a dar atención a las solicitudes de copias certificadas de pedimentos y sus anexos: I. Solicitud de documentos relativos al extinto Registro Federal de Vehículos, correspondiente a los años 1989 o anteriores. II. Solicitud de documentos que hayan causado “baja definitiva” por haber cumplido el tiempo de guarda y custodia por parte de la autoridad aduanera, de conformidad con el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental”, publicado en el DOF el 25 de agosto de 1998. III. Solicitud de pedimentos que no se encuentren registrados en el SAAI o que existan discrepancias entre la información asentada en el pedimento y la información registrada en el sistema antes citado. |
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¿Cómo puede solicitar el interesado información del estado que guarda su trámite y, en su caso, del importe que deberá cubrir por la expedición de copias certificadas? Vía correo electrónico a la dirección copiascertificadas@anam.gob.mx. |
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¿En qué plazo se emite la resolución? La DGIA emitirá la resolución correspondiente en un plazo no mayor a tres meses a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, se entenderá que es negativa en los términos del artículo 37, primer párrafo del CFF. |
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Documentos (requisitos) a cumplir cuando el trámite se efectúe a través de la Ventanilla Digital: I. Pago de derechos por el total de copias certificadas solicitadas (el comprobante de pago realizado mediante el Formulario Múltiple de Pago de Comercio Exterior, de conformidad con el artículo 5o., fracción I de la LFD y la regla 1.6.2., en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente). II. Copia del pedimento a su nombre. III. Identificación oficial vigente del solicitante en el caso de aquellas personas que no cuenten con su e.firma. |
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Entrega de los pedimentos y sus anexos solicitados: I. Una vez cubiertos los requisitos necesarios para resolver y efectuado el pago del importe total de las copias certificadas, la DGIA las entregará de forma personal en el módulo de control de gestión de dicha Dirección General o a través del servicio de mensajería, cuando así se haya requerido en la solicitud. II. En el caso de que no se hubiera especificado en la solicitud la forma de entrega de la documentación, esta se realizará de forma personal en el módulo de control de gestión, a quienes hayan declarado su domicilio en la Ciudad de México o área metropolitana, y a través de mensajería a quienes hayan declarado su domicilio fuera de dicha zona. Una vez transcurridos tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, sin que el interesado hubiera recogido las copias certificadas en el módulo de control de gestión, dará lugar a su invalidez, debiendo realizar nuevamente el trámite en caso de requerirlas. III. Cuando la entrega fuere personal en el módulo de control de gestión, esta será de lunes a viernes dentro del horario de las 9:00 a las 18:00 horas; para ello se deberá presentar identificación oficial vigente y, en su caso, carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante, aceptante y testigos ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público, de conformidad con el artículo 19 del CFF. IV. Cuando el trámite se realice a través de la Ventanilla Digital la entrega se efectuará a través de la misma. |
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Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 19, 37 y 69 del CFF, 144, fracción XXVI de la Ley, 5o., fracción I de la LFD, 19, fracción XXVII del RIANAM, reglas 1.1.10. y 1.6.2. de las RGCE y el Anexo 19 de la RMF. |
F2.
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Solicitud de registro del despacho de mercancías de las empresas |
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1. Nombre, Denominación y/o Razón social. |
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Nombre, Denominación y/o Razón social: |
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave. |
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2. Actividad preponderante. |
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3. Domicilio para oír y recibir notificaciones. |
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Calle Número y/o letra exterior Número y/o letra interior |
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Colonia C.P. Municipio/Delegación Entidad Federativa |
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Correo electrónico |
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DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE. |
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4. Datos del representante legal de la persona moral solicitante. |
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Apellido paterno Apellido materno Nombre |
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave |
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Teléfono |
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Correo electrónico |
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DATOS DE LAS PERSONA MORAL SOLICITANTE. |
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5. Documentos que acreditan los datos de la persona moral solicitante. |
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5.1 Acta constitutiva de la persona moral solicitante. |
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5.2 Modificación (es) al acta constitutiva. |
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NO APLICA. |
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En caso contrario, favor de indicar las últimas dos modificaciones: |
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5.2.1 Modificación al acta constitutiva. |
5.2.2 Modificación al acta constitutiva. |
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Número del instrumento notarial o póliza mercantil. |
Número del instrumento notarial o póliza mercantil. |
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Nombre y número del Notario o Corredor Público. |
Nombre y número del Notario o Corredor Público. |
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Entidad Federativa |
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Descripción de la modificación |
Descripción de la modificación |
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5.3 Documento con el que se acredita la personalidad de quien firma esta solicitud para realizar actos de administración en representación de la empresa. * De constar en el acta constitutiva, marque con “X” en el recuadro. |
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Consta en el acta constitutiva. |
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En caso de no constar en el acta constitutiva por favor señale los siguientes datos:
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Número del instrumento notarial o póliza mercantil. |
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Nombre y número del Notario Público o Corredor Público. |
Entidad Federativa |
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DATOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES. |
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6. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones. |
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave |
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6.1. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones. |
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6.2. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones. |
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave |
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7. REQUISITOS GENERALES. |
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7.1. Señale si al momento de ingresar su solicitud se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras.
7.2. Indique si autorizó al SAT hacer pública su opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
7.3. Señale los datos de la constancia de pago del derecho.
7.4. Señale si al momento de ingresar su solicitud sus certificados de sellos digitales están vigentes.
En caso afirmativo señale si se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, durante los últimos doce meses.
7.5. Indiqué si al momento de ingresar la solicitud se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 con excepción de la fracción VI, y 69-B, cuarto párrafo, del CFF.
7.6. Señale si al momento de ingresar su solicitud tiene actualizado sus medios de contacto para efectos del buzón tributario.
7.7. Indique si la persona moral solicitante cuenta con Programa IMMEX |
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SI |
Señale por favor el número del Programa
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NO |
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Si no cuenta con Programa IMMEX por favor proporcione la siguiente información: |
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1.- Por favor marque con una “X” el supuesto en que se ubica la persona moral solicitante: |
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Realizó importaciones con un valor mayor a $106,705,330.00 en el año de calendario anterior al que se presenta la solicitud. |
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Inicia sus operaciones y estima efectuar en el ejercicio de inicio importaciones con valor superior a $106,705,330.00. |
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7.8. Anote el nombre y número de patente de los agentes aduanales o nombre y número de autorización de los apoderados aduanales autorizados para promover el despacho a nombre y en representación de la solicitante. |
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Patente o autorización |
Nombre completo |
Patente o autorización |
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7.9. Anote el nombre y clave en el RFC de los transportistas que designa para operar bajo el esquema de revisión en origen. |
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7.10. Señale si al momento de ingresar su solicitud se encuentra suspendida en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o Padrón de Exportadores Sectorial.
7.11. Indique si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior.
Indique, en su caso, si cuenta con un sistema de control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el Anexo 24.
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En caso afirmativo, anexe un archivo con el reporte de saldos de mercancía de importación temporal o de mercancías objeto de operaciones de comercio exterior, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud de registro del despacho de mercancías de las empresas. |
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En cualquier caso, señale la siguiente información: |
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Nombre del sistema o datos para su identificación: |
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Lugar de radicación: |
(Domicilio (s) en México con acceso a todas sus funciones del sistema). |
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7.12. Señale si al momento de ingresar su solicitud el SAT ha interpuesto querella o denuncia penal en contra de los socios, accionistas, según corresponda, representante legal e integrantes de la administración de la empresa solicitante o declaratoria de perjuicio, durante los últimos tres años anteriores a la presentación de la solicitud.
7.13. Señale si al momento de ingresar su solicitud lleva la contabilidad en medios electrónicos de conformidad con el artículo 28, fracción III, del CFF y la regla 2.8.1.5. de la RMF.
7.14. Señale si ingresa mensualmente su información contable a través del portal del SAT, de conformidad con el artículo 28, fracción IV, CFF y la regla 2.8.1.6. de la RMF.
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Documentos que se deben anexar a la solicitud. |
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La información incluida en esta solicitud, en formato Word. |
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Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas no han sido modificadas o revocadas. _____________________________________________________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE |
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Instrucciones
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Presente esta solicitud a través de la Ventanilla Digital.
Se deberá asentar su Nombre, Denominación y/o Razón social y clave en el RFC con homoclave.
Deberá señalar su Actividad preponderante.
Deberá señalar el domicilio para oír y recibir notificaciones, sólo en el caso que sea distinto a su domicilio fiscal.
Deberá proporcionar el nombre completo, clave en el RFC, teléfono y correo electrónico del representante legal de la persona moral solicitante.
5.1. Acta constitutiva de la persona moral solicitante. Deberá anexar copia certificada del acta constitutiva, e indicar el número de instrumento notarial con el cual se constituye la empresa solicitante, fecha, nombre y número de Notario o Corredor Público y la Entidad Federativa donde se realizó dicha acta. 5.2. Modificación (es) al acta constitutiva. Deberá marcar con “X” en el recuadro, en el supuesto de que no existan modificaciones al acta constitutiva de la empresa solicitante. 5.2.1. Modificación al acta constitutiva. En caso contrario, se deberá indicar la última modificación al acta constitutiva y señalar número de instrumento notarial o póliza mercantil, fecha, nombre y número de Notario o Corredor Público, Entidad Federativa y descripción de la modificación al acta constitutiva de la empresa solicitante. 5.2.2. Modificación al acta constitutiva. Se deberá indicar la penúltima modificación al acta constitutiva y señalar el número de instrumento notarial o póliza mercantil, fecha, nombre y número de Notario o Corredor Público, Entidad Federativa y descripción de la modificación al acta constitutiva de la empresa solicitante. |
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5.3. Documento con el que se acredita la personalidad de quien firma esta autorización para realizar actos de administración en representación de la empresa. Deberá marcar con “X” en el recuadro, si la personalidad de quien firma con Poder general para actos de administración y/o dominio en representación de la empresa solicitante consta en el acta constitutiva. En caso contrario se deberá indicar el número de instrumento.
Deberá proporcionar el nombre completo, clave en el RFC, teléfono y correo electrónico de la persona designada para oír y recibir notificaciones. En caso de requerirlo, podrá agregar los campos necesarios para declarar a más de una persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
7.1. Señalar si al momento de ingresar su solicitud si se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras. Deberá manifestar lo que corresponda. 7.2. Indicar si autorizó al SAT hacer pública su opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Deberá contestar lo que corresponda. 7.3. Señalar los datos de la constancia de pago del derecho. Indicando la fecha de pago, monto, número de la operación, llave de pago y nombre de la Institución de Crédito. 7.4. Indicar si al momento de ingresar su solicitud sus certificados de sellos digitales están vigentes. 7.5. Indiqué si al momento de ingresar la solicitud se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 con excepción de la fracción VI y 69-B, cuarto párrafo, del CFF. Deberá contestar lo que corresponda. |
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Deberá contestar lo que corresponda. 7.6. Señale si al momento de ingresar su solicitud tiene actualizado sus medios de contacto para efectos del buzón tributario. Deberá contestar lo que corresponda. 7.7. Indicar si la persona moral solicitante cuenta con Programa IMMEX. Deberá señalar el número del Programa IMMEX.
a) Que realizó importaciones con un valor mayor a $106,705,330.00 (ciento seis millones setecientos cinco mil trescientos treinta pesos 00/100 m.n.) en el año de calendario anterior al que se presenta la solicitud. b) Que inicia sus operaciones y estima efectuar en el ejercicio de inicio importaciones con valor superior a $106,705,330.00 (ciento seis millones setecientos cinco mil trescientos treinta pesos 00/100 m.n.). 7.8. Anotar el nombre y número de patente de los agentes aduanales o nombre y número de autorización de los apoderados aduanales autorizados para promover el despacho a nombre y en representación de la solicitante. 7.9. Anotar el nombre, clave en el RFC y domicilio fiscal de los transportistas que designa para efectuar el traslado de las mercancías de comercio exterior. Deberá proporcionar el nombre, clave en el RFC y domicilio fiscal de los transportistas que designa para efectuar el traslado de las mercancías de comercio exterior. En caso de requerirlo, podrá agregar los campos necesarios. 7.10. Señalar si al momento de ingresar su solicitud se encuentra suspendida en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o Padrón de Exportadores Sectorial. Deberá contestar lo que corresponda. 7.11. Indicar si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior. Deberá contestar lo que corresponda.
Deberá contestar lo que corresponda. En caso afirmativo, deberá anexar un archivo con el reporte de saldos de mercancía de importación temporal o de mercancías objeto de operaciones de comercio exterior, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de registro del despacho de mercancías de las empresas. En cualquier caso, deberá señalar el nombre del sistema o datos para su identificación, el lugar de radicación y domicilio o domicilios en México, con acceso a todas las funciones del sistema. 7.12. Señalar si al momento de ingresar su solicitud el SAT ha interpuesto querella o denuncia penal en contra de los socios, accionistas, según corresponda, representante legal e integrantes de la administración de la empresa solicitante o declaratoria de perjuicio, durante los últimos tres años anteriores a la presentación de la solicitud. Deberá contestar lo que corresponda. 7.13. Señalar si al momento de ingresar su solicitud lleva la contabilidad en medios electrónicos de conformidad con el artículo 28, fracción III, del CFF y la regla 2.8.1.5. de la RMF. Deberá contestar lo que corresponda. 7.14. Señale si ingresa mensualmente su información contable a través del portal del SAT, de conformidad con el artículo 28, fracción IV, del CFF y la regla 2.8.1.6. de la RMF. Deberá contestar lo que corresponda. |
Instructivo de trámite de la Solicitud de registro del despacho de mercancías de las empresas.
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¿Quiénes lo presentan? Las personas morales interesadas en obtener la autorización en el registro del despacho de mercancías de las empresas. |
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¿Cómo se presenta? A través de Ventanilla Digital. |
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¿En qué casos se presenta? Cuando solicite el registro del despacho de mercancías de las empresas. |
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Requisitos: I. Estar constituidas conforme a la legislación mexicana. II. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. III. Haber realizado a través del esquema electrónico e5cinco, el pago del derecho que corresponda a la fecha de la presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso a) de la LFD. IV. No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 con excepción de la fracción VI y 69-B, cuarto párrafo, del CFF. V. Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes y no se hubiere comprobado que se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, durante los últimos doce meses. VI. Haber actualizado sus medios de contacto para efectos del buzón tributario. VII. Manifestar el número de Programa IMMEX vigente, o en caso de no contar con dicho programa, deberá manifestar, bajo protesta de decir verdad, que la persona moral realizó importaciones con un valor mayor a $106,705,330.00 (ciento seis millones setecientos cinco mil trescientos treinta pesos 00/100 m.n.) en el año calendario anterior al que se presenta la solicitud, o bien que en el ejercicio de inicio de operaciones estima efectuar importaciones con un valor superior a $106,705,330.00 (ciento seis millones setecientos cinco mil trescientos treinta pesos 00/100 m.n.). VIII. Manifestar los nombres y número de patentes de los agentes y apoderados aduanales autorizados para promover en su nombre y representación el despacho conforme al procedimiento de revisión en origen. IX. Designar a las empresas transportistas autorizadas para efectuar el traslado de las mercancías de comercio exterior, señalando su nombre, denominación o razón social y clave en el RFC. X Que no se encuentre suspendida o cancelada en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o Padrón de Exportadores Sectorial. XI. Permitir en todo momento el acceso al personal de la AGACE, cuando la autoridad programe una visita de inspección inicial o de supervisión de cumplimiento. XII. Contar con control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el SAT en forma automatizada, que mantenga en todo momento el registro actualizado de los datos de control de las mercancías de comercio exterior, mismo que debe estar a disposición de la autoridad aduanera. |
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¿Qué procede una vez presentada la solicitud? En el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito, le requerirá por única ocasión al solicitante la información o documentación faltante, señalando las causas que lo motivan y le otorgará un plazo de quince días para que subsane o desvirtúe la inconsistencia, en caso contrario, se entenderá que se desistió de la promoción. |
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¿En qué plazo la autoridad dará respuesta? En un plazo no mayor a sesenta días, contados a partir del día siguiente a la fecha del acuse de recepción. El plazo de sesenta días se computará a partir de que se tengan cubiertos en su totalidad los requisitos establecidos, según sea el caso. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya resuelto, se entenderá no favorable la resolución. |
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¿Qué documento se obtiene? Resolución por la que se otorgue el registro del despacho de mercancías de las empresas. |
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Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 98, 100 de la Ley, 144 del Reglamento, 17-H-Bis, 69, 69-B del CFF, 40 de la LFD, la regla 7.5.1. |
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Solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas |
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Marque con una X el tipo de solicitud de que se trate:
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MODALIDAD IVA E IEPS |
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En caso de la modalidad IVA e IEPS seleccione el régimen aduanero. (Marque con una "X" en los cuadros que aplique). |
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Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación (IMMEX). |
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Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal. |
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Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
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Recinto fiscalizado estratégico. |
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EMPRESAS DE GRUPO |
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Empresas que forman parte de un grupo, para los efectos de la regla 7.1.7. |
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Indique el nombre de las empresas que forman parte del grupo. (Añada cuantas casillas sean necesarias).
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Para acreditar que forma parte de un grupo, deberán anexar un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de las empresas que formen parte del grupo. |
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Tratándose de las empresas que se mencionan en la regla 7.1.2., apartado B, y 7.1.4., primer párrafo, fracción II, podrán acreditar el requisito de antigüedad mediante una de las empresas del grupo, deberán anexar un escrito en el que asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere la fracción VIII del artículo 26 del CFF, de los créditos fiscales que llegaran a originarse; así como exhibir copia del poder con el cual acredite la personalidad el representante legal de la empresa que asuma la responsabilidad solidaria. |
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Señale, en su caso, el tipo de información que la solicitante acredita, a través de alguna de las empresas que forman parte del mismo grupo:
EMPRESAS DE ALBERGUE |
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Empresas que han operado durante los últimos 3 ejercicios fiscales, para los efectos de la regla 7.1.8. |
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Señale si ha operado durante los últimos 3 ejercicios fiscales en términos del artículo 183 de la Ley del ISR, como empresa extranjera al amparo de otra empresa con Programa IMMEX en la modalidad de albergue.
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Deberá anexar copia del contrato celebrado por un mínimo de tres años con la empresa que cuenta con el programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, declaración, bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal de la empresa que cuenta con el programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, sobre la temporalidad en que la solicitante operó como empresa extranjera al amparo de su programa IMMEX en modalidad de albergue, asimismo exhibir copia del poder con el cual acredite la personalidad el representante legal de la empresa con el programa IMMEX bajo la modalidad de albergue. |
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Indique el nombre de la empresa que cuente con el programa de maquila bajo la modalidad de albergue con la que haya operado los últimos tres años. |
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Nombre |
Clave en el RFC |
Programa IMMEX |
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Señale, en su caso, el tipo de información que la solicitante acredita mediante la empresa con Programa IMMEX en la modalidad de albergue:
Señale si la empresa con el programa de maquila, bajo la modalidad de albergue, con la que ha operado, cuenta con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS, rubro AAA y no se encuentre suspendida o sujeta al inicio de un procedimiento de cancelación.
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1. Nombre, Denominación y/o Razón social. |
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Nombre, Denominación y/o Razón social: |
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave: |
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1.1 Actividad económica preponderante. |
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1.2. Sector productivo. |
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1.3. Domicilio para oír y recibir notificaciones. |
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Calle Número y/o letra exterior Número y/o letra interior |
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Colonia C.P. Municipio/Delegación Entidad Federativa |
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Teléfono (con clave lada) |
Correo electrónico |
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2. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones. |
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave |
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Teléfono (con clave lada) |
Correo electrónico |
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3. Personas autorizadas como enlace operativo con la AGACE. |
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Se requiere que la solicitante designe un contacto que será el enlace con la autoridad, así como la designación de un suplente. |
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3.1. Persona autorizada como enlace operativo. |
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Apellido paterno Apellido materno Nombre(s)
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave |
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Ciudad y Estado de residencia |
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Teléfono (con clave lada) |
Correo electrónico |
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3.2. Persona autorizada como enlace operativo (Suplente). |
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Apellido paterno Apellido materno Nombre(s)
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Clave en el RFC incluyendo la homoclave |
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Ciudad y Estado de residencia |
Cargo o Puesto |
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Teléfono (con clave lada) |
Correo electrónico |
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Anexe copia de la documentación que acredite la relación laboral de las personas señaladas como enlaces operativos con la empresa solicitante. |
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4. Requisitos generales que se deberán cumplir en cualquier régimen aduanero y modalidad en que solicite su registro. |
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4.1. Señale si se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras.
4.2. Indique si autorizó al SAT hacer pública su opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
4.3. Presentar constancias de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del SUA, y el soporte documental del pago de las cuotas obrero patronales, del último bimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud, así como cumplir con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores. |
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Anexe de todos los registros patronales, las constancias de la totalidad de personal registrado ante el IMSS del último bimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud, así como estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de retener y enterar el ISR de los trabajadores. |
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Anexe el soporte documental del pago de cuotas obrero patronales del último bimestre anterior a la solicitud, el cual deberá ser acorde al SUA presentado. |
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Acredite que cumple con la obligación de emitir CFDI de nómina a sus trabajadores, de conformidad con los artículos 29 y 29-A del CFF, artículo 99 de la Ley del ISR, las reglas 2.7.1.8. y 2.7.5.1. de la RMF. |
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4.4. Señale si se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69 del CFF, con excepción de la fracción VI del referido artículo.
Del mismo modo indique si se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF.
4.5. Señale si sus certificados de sellos digitales están vigentes.
En caso afirmativo señale si se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, durante los últimos doce meses.
4.6. Indique todos los domicilios registrados ante el RFC de la persona moral solicitante e indique aquellos en que se desarrollen actividades relacionadas con su proceso productivo y/o la prestación de servicios (Agregar las filas necesarias de acuerdo al número de instalaciones). |
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Municipio o Delegación |
Colonia, calle y número |
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Registro ante SE/SAT |
Realiza Operaciones de CE |
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De los domicilios declarados en el cuadro que antecede, indique en cuál (es) se lleva a cabo la producción de su principal producto o servicio relacionado con el régimen aduanero en el cual solicita su certificación, en términos de valor o de volumen de su producción. |
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Anexe documentación de acuerdo a la legislación aplicable que ampare la propiedad, uso o goce temporal del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, en el que se establezca un plazo forzoso de al menos un año de vigencia, y que le reste una vigencia de por lo menos ocho meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud. |
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4.7. Señale si tiene actualizado sus medios de contacto para efectos del buzón tributario en términos del penúltimo párrafo del artículo 17-K del CFF.
4.8. Señale si se encuentra suspendida en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o Padrón de Exportadores Sectorial.
4.9. Reportar el nombre y dirección de los clientes y proveedores en el extranjero. |
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Anexe un archivo que contenga el nombre y dirección de sus clientes y proveedores en el extranjero directa o indirectamente vinculados con el régimen aduanero con el que se solicita el registro, con los que realizó operaciones de comercio exterior durante los últimos doce meses. |
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4.10. Reportar el nombre y clave en el RFC de sus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que solicita el registro, de los últimos seis meses. |
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Anexe un archivo que contenga el nombre y clave en el RFC de sus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que solicita, de los últimos seis meses. |
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4.11. Contar con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación del servicio del que se trate. Indique el domicilio del inmueble del que pretende acreditar la propiedad, uso o goce temporal. |
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Anexe documentación de acuerdo a la legislación aplicable que ampare la propiedad, legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, en el que se establezca un plazo forzoso de al menos un año de vigencia, y que le reste una vigencia de por lo menos ocho meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud. |
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4.12. Señale si el SAT ha interpuesto querella o denuncia penal en contra de los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de la empresa solicitante o declaratoria de perjuicio, según corresponda, durante los últimos tres años anteriores a la presentación de la solicitud.
4.13. Indique si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior de conformidad con el artículo 59, fracción I de la Ley.
Indique, si cuenta con un sistema de control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el Anexo 24.
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Deberá anexar un archivo con el reporte de saldos de mercancía de importación temporal o de mercancías objeto de operaciones de comercio exterior, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud. |
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En cualquier caso, señale la siguiente información: |
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Nombre del sistema o datos para su identificación: |
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Lugar de radicación: |
(Domicilio (s) en México con acceso a todas sus funciones del sistema) |
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4.14. Señale si lleva la contabilidad en medios electrónicos de conformidad con el artículo 28, fracción III, del CFF y la regla 2.8.1.5. de la RMF.
4.15. Señale si ingresa mensualmente su información contable a través del portal del SAT, de conformidad con el artículo 28, fracción IV, del CFF y la regla 2.8.1.6. de la RMF.
4.16. Señale si los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Enliste a los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, se encuentren obligados o no a tributar en México: |
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Clave en el RFC |
Nombre completo |
En su carácter de |
Nacionalidad |
Obligado a Tributar en México (SI/NO) |
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4.17. Manifieste si sus socios o accionistas, e integrantes de la administración, no se encuentren vinculados con alguna empresa a la que se hubiere cancelado su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, de conformidad con las fracciones V, VI y VII del apartado A; II y III del apartado B de la regla 7.2.4.; y/o VI, VII y XI de la regla 7.2.5.
4.18. Señale si ha efectuado el pago del derecho correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro.
Indique la fecha en que realiza el pago, el monto, número de operación bancaria y llave de pago.
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5. Requisitos adicionales a los establecidos en la regla 7.1.1., que deberán cumplir las empresas que pretendan obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS, Rubro A. |
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5.1. Proporcionar constancias del personal registrado ante el IMSS, del SUA, y el soporte documental del pago de la totalidad de cuotas obrero patronales de por lo menos diez empleados a través de línea de captura del último bimestre anterior del solicitante. |
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Anexe las constancias del personal registrado ante el IMSS, del último bimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud y el soporte documental del pago de cuotas obrero patronales de por lo menos diez empleados del último bimestre anterior a la solicitud, el cual deberá ser acorde al SUA presentado. |
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Acredite que cumple con la obligación de emitir CFDI de nómina a sus trabajadores, de conformidad con los artículos 29 y 29-A del CFF, 99 de la Ley del ISR y las reglas 2.7.1.8. y 2.7.5.1. de la RMF. |
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5.2. Acreditar la inversión en territorio nacional, de acuerdo a lo señalado en el Instructivo. |
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Tipo de Inversión |
Descripción general |
Valor en moneda nacional |
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Bienes inmuebles |
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Bienes muebles |
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5.3. Señale si previamente contó con la Certificación en materia de IVA e IEPS, el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad IVA e IEPS o Garantía del interés fiscal del IVA e IEPS.
5.4. En caso afirmativo, señale si se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones relativas al Anexo 30 sobre dicho registro.
5.5. Indique si sus proveedores se encuentran en el listado de empresas publicadas por el SAT, en términos del artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF.
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6. Requisitos adicionales de acuerdo al régimen aduanero. |
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6.1. Indique el número de su Programa IMMEX y la modalidad. |
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Número de Programa IMMEX |
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Modalidad del Programa IMMEX |
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Señale si ha realizado operaciones al amparo de su programa IMMEX.
6.2. Señale si al momento de su solicitud cuenta con la infraestructura necesaria para realizar la operación del Programa IMMEX, al proceso industrial o de servicios de conformidad con la modalidad de su Programa.
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Deberá anexar evidencia fotográfica de su planta productiva, así como de su proceso productivo. |
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6.3. Indique si durante los últimos doce meses ha importado temporalmente mercancías y que, al menos el 60% de las importaciones temporales de insumos realizadas durante el mismo período fueron transformadas y retornadas, retornadas en su mismo estado, transferidas, destruidas, o se les prestó un servicio.
Capture el valor en aduana total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos del periodo requerido conforme al párrafo anterior:
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(A) Concepto (declare solo los que apliquen) |
(B) Valor comercial del concepto indicado en la Columna A (moneda nacional) |
(C) Valor en Aduana de los insumos importados temporalmente incluidos en concepto de la columna A |
(D) Porcentaje que representa respecto del total de importaciones temporales de materiales directos e insumos. |
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Retornos |
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Transferencias virtuales de mercancías |
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Desperdicios |
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Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM) |
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Total |
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En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), anexe un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), así como los montos en moneda nacional y, en su caso, dos Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM). |
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Nota: (Empresas con reciente obtención del programa IMMEX). Las empresas que hayan obtenido por primera vez su Programa IMMEX ante la SE y que tengan operando menos de un año, podrán cumplir con el requisito general señalado en las reglas 7.1.1., fracción III y 7.1.2., primer párrafo, fracción II con el documento que soporte la contratación de los empleados y no estarán sujetos a los requisitos de la regla 7.1.1., fracciones X y XI, ni al señalado en la regla 7.1.2., apartado A, fracción III, sin embargo, debe acreditar la emisión de los CFDI de nómina expedidos por la solicitante a los trabajadores contratados. 6.4. Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa: |
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Anexe documento que describa detalladamente las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa, describiendo desde el arribo de la mercancía, su almacenamiento, su proceso productivo, y retorno, conforme al Instructivo. |
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6.5. Continuidad del proyecto de exportación: |
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Anexe contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación. |
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7. Las empresas que importen temporalmente o pretendan importar mercancías listadas en el Anexo II del Decreto IMMEX y/o de las listadas en el Anexo 28, deberán cumplir con los siguientes requisitos y anexar la documentación que así lo acredite: |
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NOTA: No podrán presentar la solicitud de registro en el esquema de certificación de empresas si han operado durante menos de doce meses previos a la presentación de dicha solicitud, salvo aquellas que acrediten ser parte de un grupo conforme a la regla 7.1.7. Para las empresas que formen parte de un grupo deberán de presentar un escrito en el que alguna de las empresas que conforman el grupo, tenga más de doce meses operando al amparo del Programa IMMEX, asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere la fracción VIII del artículo 26 del CFF, de los créditos fiscales que llegarán a originarse; así como deberá exhibir copia del poder con el cual acredite la personalidad el representante legal de la empresa que asuma la responsabilidad solidaria. |
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8. Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal. |
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8.1. Señale si al momento de la presentación de su solicitud cuenta con la autorización para operar el régimen de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal.
Indique el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la autorización para operar el régimen de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal. |
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Fecha de fin de vigencia: |
DD/MM/AAAA |
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Número de oficio de autorización: |
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8.2. Señale si al momento de la presentación de su solicitud se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización para operar el régimen de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal.
8.3. Señale si al momento de su solicitud cuenta con la infraestructura necesaria para realizar la operación de su régimen.
8.4. Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a su régimen: |
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Anexe documento que describa detalladamente las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme al régimen aduanero, describiendo desde el arribo de la mercancía, su almacenamiento, su proceso productivo y retorno, conforme al Instructivo. |
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8.5. Continuidad del proyecto de exportación: |
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Anexe contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación. |
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9. Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; o recinto fiscalizado estratégico. |
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9.1. Señale si al momento de la presentación de su solicitud cuenta con la autorización para operar el régimen de elaboración, transformación o reparación en Recinto Fiscalizado y/o Recinto Fiscalizado Estratégico.
Indique el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la autorización para operar el régimen de elaboración, transformación o reparación en Recinto Fiscalizado y/o Recinto Fiscalizado Estratégico. |
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Fecha de fin de vigencia: |
DD/MM/AAAA |
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Número de oficio de autorización: |
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9.2. Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización para operar el régimen de elaboración, transformación o reparación en Recinto Fiscalizado y/o Recinto Fiscalizado Estratégico.
9.3. Señale si al momento de su solicitud cuenta con la infraestructura necesaria para realizar la operación de su régimen.
9.4. Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a su régimen: |
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Anexe documento que describa detalladamente las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme al régimen aduanero, describiendo desde el arribo de la mercancía, su almacenamiento, su proceso productivo y retorno, conforme al Instructivo. |
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9.5. Continuidad del proyecto de exportación: |
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Anexe contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación. |
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10. Modalidad IVA e IEPS rubro AA: |
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Las empresas que aspiren a obtener modalidad IVA e IEPS rubro AA, adicionalmente a los requisitos generales y a los requisitos específicos de cada régimen aduanero, deberán de cumplir con los siguientes: 10.1. Seleccione y llene al menos una de las siguientes opciones: |
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Que durante los últimos cuatro años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la modalidad IVA e IEPS. |
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Que durante los últimos doce meses en promedio contaron con más de mil empleados registrados ante el IMSS. |
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Que el valor de su maquinaria y equipo es superior a los $50,000,000.00 en moneda nacional. |
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10.2. Manifieste si se le ha determinado algún crédito por parte del SAT en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
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En caso afirmativo, acredite que se encuentra autorizado para el pago a plazos en forma diferida de las contribuciones omitidas y de sus accesorios o que se haya autorizado el pago en parcialidades, o que efectuaron el pago del mismo. |
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10.3. Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente, cuyo monto no represente más del 20% del total de las devoluciones autorizadas y/o que el monto negado no supere los $5,000,000.00 en moneda nacional en lo individual o en su conjunto.
En caso afirmativo, señale el porcentaje y el monto que representan de la totalidad de solicitudes de devolución autorizadas, aquéllas en que la autoridad haya emitido resolución de improcedencia. |
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Porcentaje: |
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Monto: |
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11. Modalidad IVA e IEPS rubro AAA: |
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Las empresas que aspiren a obtener modalidad IVA e IEPS rubro AAA, adicionalmente a los requisitos generales y a los requisitos específicos de cada régimen aduanero, deberán de cumplir con los siguientes: 11.1. Seleccione y llene al menos una de las siguientes opciones: |
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Que durante los últimos siete años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la modalidad IVA e IEPS. |
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Que durante los últimos doce meses en promedio contaron con más de dos mil quinientos empleados registrados ante el IMSS. |
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Que el valor de su maquinaria y equipo es superior a los $100,000,000.00 en moneda nacional. |
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11.2. Manifieste si se le ha determinado algún crédito por parte del SAT en los últimos veinticuatro meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
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En caso afirmativo, acredite que se encuentra autorizado para el pago a plazos en forma diferida de las contribuciones omitidas y de sus accesorios o que se haya autorizado el pago en parcialidades o que efectuaron el pago del mismo. |
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11.3. Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente, cuyo monto no represente más del 20% del total de las devoluciones autorizadas, y/o que el monto negado no supere $5,000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 m.n.) en lo individual o en su conjunto.
En caso afirmativo, señale el porcentaje y el monto que representan de la totalidad de solicitudes de devolución autorizadas, aquéllas en que la autoridad haya emitido resolución de improcedencia. |
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Porcentaje: |
% |
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Monto: |
$ |
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12. Requisitos para las modalidades de Comercializadora e Importadora y Operador Económico Autorizado: |
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12.1. Reportar el nombre y clave en el RFC de las empresas transportistas autorizadas para efectuar el traslado de las mercancías de comercio exterior. |
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Nombre, denominación o razón social |
Clave en el RFC |
Registro CAAT |
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Las empresas que aspiren a obtener modalidad de Operador Económico Autorizado, adicionalmente deberán cumplir con lo siguiente: 12.2. Que, durante los últimos dos años anteriores a su solicitud, han efectuado operaciones de comercio exterior. |
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Fecha de inicio de operaciones
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dd/mm/aaaa |
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12.3. Cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato denominado “Perfil de la empresa”, según corresponda: |
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Anexar el formato del “Perfil de la Empresa” que corresponda por cada una de las instalaciones, donde se lleven a cabo operaciones de comercio exterior y en medio magnético. |
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12.4. En caso de contar con una autorización en el registro de empresas certificadas, conforme al artículo 100-A de la Ley, en cualquiera de sus apartados o modalidades, y solicite su inscripción en una modalidad distinta a aquel registro con el que cuente, deberá indicar lo siguiente: Marque con una “X” en el cuadro que aplique. |
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a) apartado en el que le fue otorgado su registro: |
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b) Número de oficio y fecha en que se otorgó su registro y, en su caso, el correspondiente a la última renovación: |
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c) Manifiesto que es del interés de mi representada, en caso de acreditar y cumplir con los requisitos para mi inscripción en el apartado o modalidad solicitada, dejar sin efectos el registro vigente. |
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SI |
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NO |
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13. Requisitos para la modalidad de Comercializadora e Importadora: |
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13.1. Señale si cuenta con un Programa IMMEX.
13.2. Señale si efectuó importaciones por un valor en aduana no menor a $300,000,000.00 en el semestre inmediato anterior a aquél en que ingrese su solicitud.
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14. Modalidad Operador Económico Autorizado rubro Controladora: |
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14.1. Las empresas con Programa IMMEX que aspiren a obtener la certificación bajo el rubro de Controladora, adicionalmente al “Perfil de la empresa” y a lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, deberán cumplir con lo siguiente: |
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Anexar documento emitido por la SE, mediante el cual se acredite que han sido designadas como sociedades controladoras para integrar las operaciones de manufactura o maquila de dos o más sociedades controladas, respecto de las cuales la controladora participe de manera directa o indirecta en su administración, control o capital, cuando alguna de las controladas tenga dicha participación directa o indirecta sobre las otras controladas y la controladora, o bien, cuando una tercera empresa ya sea residente en territorio nacional o en el extranjero, participe directa o indirectamente en la administración, control o en el capital tanto de la sociedad controladora como de las sociedades controladas. |
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Anexar la relación de las sociedades controladas, indicando su participación accionaria, su denominación o razón social, domicilio fiscal, clave en el RFC y el monto de las importaciones y exportaciones realizadas por cada una de las sociedades. |
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Anexar un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia certificada de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de la controladora y de las sociedades controladas. |
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15. Modalidad Operador Económico Autorizado rubro Aeronaves: |
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Las empresas interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado bajo el rubro Aeronaves dedicadas a la elaboración, transformación, ensamble, reparación, mantenimiento y remanufactura de aeronaves, así como de sus partes y componentes, adicionalmente al “Perfil de la empresa” y a lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, deberán anexar lo siguiente: 15.1. Indique el número de su Programa IMMEX y la modalidad. |
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Número de Programa IMMEX |
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Modalidad del Programa IMMEX: |
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15.2. Contar con el permiso de la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT, para el establecimiento de talleres de aeronaves, cuando las empresas realicen dichos procesos. |
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Anexar copia del permiso de la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT, para el establecimiento de talleres de aeronaves, cuando las empresas realicen dichos procesos. |
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16. Modalidad Operador Económico Autorizado rubro SECIIT: |
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Las empresas con Programa IMMEX que aspiren a obtener la certificación bajo el rubro SECIIT, adicionalmente al “Perfil de la empresa” y a lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, deberán cumplir con lo siguiente: 16.1. Indique el número de su Programa IMMEX y la modalidad. |
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Número de Programa IMMEX: |
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Modalidad del Programa IMMEX: |
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16.2. Señale si durante los últimos dos años ha operado bajo el registro de empresas certificadas o con certificación en materia de IVA e IEPS operaciones de comercio exterior. |
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Fecha de inicio de operaciones bajo el registro de empresas certificadas o certificación de IVA e IEPS. |
dd/mm/aaaa |
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16.3. Contar con el dictamen favorable emitido por la Asociación Civil, Cámaras o Confederación autorizada conforme a la regla 7.1.9., con el que acredite el cumplimiento de lo previsto en los “Lineamientos del Sistema Electrónico para el Control de Inventarios de Importaciones Temporales”, de conformidad con la regla 7.1.10. |
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Anexar dictamen favorable emitido por la Asociación Civil, Cámaras o Confederación autorizada conforme a la regla 7.1.9. |
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Cumplir con lo señalado en el Anexo 24, apartado B y con los lineamientos que al efecto emita la AGACE. |
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16.4. Seleccione y llene al menos una de las siguientes opciones: |
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Anexe constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS emitido por el SUA, en la que se pueda visualizar que cuenta con al menos mil empleados registrados ante el IMSS. |
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Anexe documentos con los que acredite que cuenta con activos fijos de maquinaria y equipo por un monto equivalente en moneda nacional a 30,000,000 dólares. |
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Anexe documentación con la que acredite que la empresa cotiza en mercados reconocidos en términos del artículo 16-C del CFF. En el caso de que la empresa solicitante no cotice en bolsa, podrá presentar la documentación que demuestre que al menos el 51% de sus acciones con derecho a voto, son propiedad en forma directa o indirecta de una empresa que cotiza en mercados reconocidos. |
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16.5. Señale si los medios de transporte que utilizará para el traslado de las mercancías de importación cuyo destino final sea fuera de la franja o región fronteriza, cuentan con sistemas de rastreo.
16.6. Señale si cuenta con un sistema electrónico de control corporativo de sus operaciones.
16.7. Describir la operación del SECIIT. |
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Anexar un diagrama de flujo que describa la operación de su SECIIT, que refleje que el mismo cumple con el Anexo 24, apartado B y con los lineamientos que al efecto emita la AGACE, así como que la autoridad aduanera cuenta con acceso electrónico en línea de manera permanente e ininterrumpida, lo cual será verificado por la autoridad aduanera en la visita de inspección. |
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16.8. Señale si realizan importaciones temporales y retornan mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo II, apartados B y D del Decreto IMMEX:
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17. Modalidad Operador Económico Autorizado rubro Textil: |
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Las empresas con Programa IMMEX que aspiren a obtener la certificación bajo el rubro Textil, adicionalmente al “Perfil de la empresa” y a lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, deberán contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de IVA e IEPS. 17.1. Indique si cuenta con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidad IVA e IEPS en cualquiera de sus rubros.
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17.2. En caso de no contar con Programa IMMEX deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos: 17.2.1. Contar con al menos treinta empleados registrados ante el IMSS y realizar el pago de la totalidad de cuotas obrero patronales de los mismos. |
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Anexe constancia de la totalidad de personal registrado ante IMSS del SUA y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales de los tres últimos bimestres anteriores a la solicitud, de por lo menos treinta empleados. |
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17.2.2. Enliste a los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante. Estos deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales: |
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Clave en el RFC |
Nombre completo |
En su carácter de |
Nacionalidad |
Obligado a Tributar en México (SI/NO) |
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17.2.3. Señale si los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, declararon ingresos acumulables ante la autoridad fiscal para los fines del ISR correspondientes a los dos ejercicios fiscales previos a la solicitud.
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18. Modalidad Operador Económico Autorizado rubro Recinto Fiscalizado Estratégico: |
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18.1. Indique si cuenta con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidad IVA e IEPS en cualquiera de sus rubros.
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18.2. Señale si al momento de la presentación de su solicitud cuenta con la autorización del régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico.
Indique el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la autorización del régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico. |
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Fecha de fin de vigencia: |
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Número de oficio de autorización: |
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Anexe copia simple del oficio mediante el cual se le otorgó la concesión o la autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior. |
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18.3. Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización del régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico.
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19. Modalidad Operador Económico Autorizado, rubro Tercerización Logística: |
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Las empresas interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado, rubro Tercerización Logística, que realicen únicamente el manejo de mercancías por cuenta de terceros, con excepción de la fracción XI de la regla 7.1.1., deberán: 19.1. Indique si cuenta con un Programa IMMEX de servicios vigente.
19.2. Indique si cuenta con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS en cualquiera de sus rubros.
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19.3. Indique si cuenta con al menos una instalación para la prestación de los servicios logísticos y resguardo de la documentación de comercio exterior.
19.4. Indique si participa directamente en el manejo de mercancías y gestión de la carga, utilizando su propio transporte, centros de distribución, almacenes y/o consolidación.
19.4.1. Indique si cuenta con terceros para la prestación de servicios aduaneros, almacenaje, traslado y/o distribución de mercancías de comercio exterior, los cuales deberán contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, en cualquiera de sus rubros o CTPAT, otorgado por CBP.
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En caso afirmativo deberá enlistar a la totalidad de los terceros contratados para prestar en su nombre los servicios aduaneros, almacenaje, traslado y/o distribución de mercancías de comercio exterior, acompañado del contrato vigente que acredite la relación comercial. (Agregar las filas necesarias de acuerdo al número de terceros con los que cuente). |
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Nombre, denominación o razón social |
Clave en el RFC |
Tipo de Registro |
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20. Empresas de la modalidad Operador Económico Autorizado, que cuenten con unidades de transporte propias y que soliciten el Registro como Socio Comercial Certificado, rubro Auto Transportista Terrestre, o bien, que sean socios del programa denominado “CTPAT”: |
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20.1. Las empresas que soliciten de manera conjunta el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado en cualquiera de sus rubros y, el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Auto Transportista Terrestre, deberán cumplir adicionalmente a lo señalado en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., párrafos cuarto, quinto, sexto y séptimo, conforme a lo siguiente: |
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20.1.1. Señale si solicita el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado en alguno de sus rubros o, en su caso, señale si cuenta con el registro en alguno de dichos rubros: Marque con una “X” en el cuadro que aplique.
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a) En caso de contar con registro vigente, señale el rubro, número de oficio y fecha en que se otorgó su registro o de la renovación correspondiente: |
Rubro: |
Fecha y número de oficio: |
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b) Señale si su registro se encuentra sujeto a un procedimiento de cancelación: |
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SI |
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NO |
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c) Manifieste bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias por las que se otorgó el registro no han variado y que continúa cumpliendo con los requisitos inherentes al mismo: |
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SI |
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NO |
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20.1.2. Señale si cuenta con medios de transportes propios para el traslado de mercancías de comercio exterior.
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Anexar el formato denominado “Perfil del Auto Transportista Terrestre”, debidamente llenado y en medio magnético, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad, de conformidad con el instructivo de llenado del citado Perfil. |
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20.1.3. Contar con el permiso único para operar el transporte privado de carga vigente expedido por la SICT. |
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Anexar copia del documento expedido por la SICT, con el que acredite que cuenta con el permiso único para operar el transporte privado de carga vigente. |
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20.1.4. Declaración bajo protesta de decir verdad, respecto del número de unidades propias con las que cuenta para operar el transporte privado de carga. |
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Anexar escrito libre en donde se declare bajo protesta de decir verdad, la cantidad de unidades propias con las que cuenta la solicitante. |
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20.1.5. Señale si los medios de transporte para el traslado de las mercancías, cuentan con sistemas de rastreo.
20.1.6. Señale si cuenta con el registro CAAT.
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Fecha de registro: |
(A, AA o AAA) |
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Número de Registro del CAAT: |
(número) |
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20.2. Las empresas que soliciten el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado que sean socios del programa denominado CTPAT otorgado por la CBP y estén localizados ante el RFC podrán acreditar el requisito establecido en la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción IV, conforme a lo siguiente: |
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Anexar el reporte de validación emitido en un periodo no mayor a tres años a la fecha que se presente la solicitud, a través del cual acredite a la solicitante como socio del programa CBP (CTPAT), con estatus certificado-validado, para cada una de las instalaciones validadas por CBP (CTPAT), así como anexar su correspondiente traducción simple al español. |
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20.2.1 Señale si autorizó a CBP (CTPAT) a compartir información con México, a través de su portal de CTPAT o del mecanismo que la autoridad de dicho país defina:
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Cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato “Perfil de la empresa”, para lo cual se deberá entregar ante la AGACE el formato debidamente llenado y en medio magnético, conforme a lo establecido en el instructivo de llenado del perfil, únicamente por las instalaciones no validadas por CBP (CTPAT). Las instalaciones que se encuentren validadas por CBP (CTPAT), de las cuales no se presente el “Perfil de la empresa”, deberán de cumplir en todo momento, con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el “Perfil de la empresa”, conforme a lo previsto en la regla 7.2.1., tercer párrafo, fracción III y no estar sujetas a un proceso de suspensión o cancelación por parte de CBP (CTPAT). |
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20.3. Señale si ha operado durante los últimos tres años como empresa extranjera al amparo de otra empresa con Programa IMMEX en la modalidad de albergue.
20.4. Contrato celebrado por un mínimo de tres años con la empresa que cuenta con el Programa IMMEX bajo la modalidad de albergue. |
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Anexar copia del contrato celebrado por un mínimo de tres años con la empresa que cuenta con el programa IMMEX bajo la modalidad de albergue. |
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21. Modalidad Socio Comercial Certificado, rubros: Auto Transportista Terrestre, Agente Aduanal, Transportista Ferroviario, Parque Industrial, Recinto Fiscalizado, Mensajería y Paquetería y Almacén General de Depósito: |
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21.1. Modalidad Socio Comercial Certificado rubro Auto Transportista Terrestre: |
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Las empresas que aspiren a obtener la certificación bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado en el rubro de Auto Transportista Terrestre, deberán cumplir los requisitos a que se refiere la regla 7.1.1., con excepción de lo establecido en las fracciones VIII, X, XI y XIV, así como acreditar el requisito a que se refiere la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción I; y con los estándares mínimos en materia de seguridad a que se refiere el artículo 100-A, fracción VII de la Ley, con lo siguiente: 21.2. Señale si realiza operaciones de autotransporte federal de carga.
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Anexar el formato denominado “Perfil del Auto Transportista Terrestre” debidamente llenado y en medio magnético, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado. |
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21.3. Señale si a la fecha de presentación de su solicitud cuenta con dos años como mínimo de experiencia en la prestación de servicios de autotransporte de mercancías.
21.4. Contar con el permiso vigente, expedido por la SICT para prestar el servicio de autotransporte federal de carga.
21.5. Declaración bajo protesta de decir verdad, respecto del número de unidades propias o arrendadas, que utiliza para la prestación del servicio. |
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Anexar escrito libre en donde se declare bajo protesta de decir verdad la cantidad de unidades con las que cuenta la solicitante y cuantas son propias y cuantas arrendadas. |
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Anexar el contrato con el que acredite las unidades arrendadas. |
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21.6. Señale si los medios de transporte que utilizará para el traslado de las mercancías de importación, cuentan con sistemas de rastreo.
21.7. Señale si a la fecha de presentación de su solicitud cuenta con el registro CAAT.
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Fecha de registro: |
(A, AA o AAA) |
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Número de Registro del CAAT: |
(número) |
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22. Modalidad Socio Comercial Certificado Auto Transportista Terrestre y que sean socios del programa denominado CTPAT. |
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Las empresas Auto Transportistas Terrestres que soliciten el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado que sean socios del programa denominado CTPAT, otorgado por la CBP y estén localizados ante el RFC podrán acreditar el requisito establecido en la regla 7.1.5., primer párrafo, fracción I, inciso b), conforme a lo siguiente: |
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Anexar el reporte de validación emitido en un periodo no mayor a tres años a la fecha que se presente la solicitud, a través del cual acredite a la solicitante como socio del programa CBP (CTPAT), con estatus certificado-validado, para cada una de las instalaciones validadas por CBP (CTPAT), así como anexar su correspondiente traducción simple al español. |
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22.1. Señale si autorizó a CBP (CTPAT) a compartir información con México, a través de su portal de CTPAT o del mecanismo que la autoridad de dicho país defina:
22.2. Señale si las instalaciones que cuentan con la certificación de CBP (CTPAT) y de las cuales no se deberá de presentar el “Perfil de Auto Transportista Terrestre”, cumplen con los estándares mínimos en materia de seguridad:
22.3. Señale si a la fecha de la presentación de su solicitud se encuentra sujeta a un proceso de suspensión o cancelación por parte de CBP (CTPAT):
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Anexar el formato “Perfil del Auto Transportista Terrestre” y en medio magnético, únicamente por las instalaciones no validadas por CBP (CTPAT). Las instalaciones que se encuentren validadas por CBP (CTPAT).de las cuales no se presente el “Perfil del Auto Transportista Terrestre”, deberán de cumplir en todo momento, con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el “Perfil del Auto Transportista Terrestre”, conforme a lo previsto en regla 7.2.1., cuarto párrafo, fracción II, tercer párrafo y no estar sujetas a un proceso de suspensión o cancelación por parte de CBP (CTPAT). |
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23. Modalidad Socio Comercial Certificado rubro Agente Aduanal: |
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Las personas físicas que aspiren a obtener la certificación bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Agente Aduanal, deberán cumplir los requisitos a que se refiere la regla 7.1.1., con excepción de lo establecido en las fracciones I, VIII, X, XI, XII y XIV; así como acreditar el requisito a que se refiere la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción I, y con los estándares mínimos en materia de seguridad a que se refiere el artículo 100-A, fracción VII de la Ley, con lo siguiente: |
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Anexar el formato denominado “Perfil del Agente Aduanal” debidamente llenado y en medio magnético y, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado. |
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23.1. Que sus mandatarios, se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, para lo cual señalará el nombre de cada uno de sus mandatarios, su clave en el RFC y si se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales: |
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Nombre |
Clave en el RFC |
Señale si se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales |
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23.2. Señale si a la fecha de la presentación de su solicitud la patente aduanal se encuentra activa:
23.3. Señale si a la fecha de la presentación la patente aduanal se encuentra sujeta a un proceso de suspensión, cancelación, extinción, inhabilitación o suspensión voluntaria a que se refieren los artículos 164, 165 y 166 de la Ley:
23.4. Señale si la patente aduanal ha estado suspendida, cancelada, extinguida o inhabilitada en los tres años anteriores a la presentación de su solicitud:
23.5. En caso de haberse incorporado y/o constituido una o más sociedades, de conformidad con la fracción II del artículo 1636 de la Ley, derogada mediante Decreto publicado en el DOF, el 25 de junio de 2018, estas deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales, para lo cual deberá señalar el nombre y clave en el RFC de dichas sociedades:
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Nombre Completo (Nombre(s) y apellido(s), sin abreviaturas) |
Clave en el RFC |
Aduana en la que actúa |
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23.6. Datos adicionales del agente aduanal. |
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Indicar lo siguiente: |
Respuesta. |
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Aduana de adscripción. |
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Aduanas adicionales autorizadas. |
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Número de trabajadores registrados en el IMSS a la fecha de esta solicitud. |
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Número de trabajadores registrados mediante contrato de prestación de servicios. |
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Manifiesto que la patente que represento, cuenta con un mínimo de dos años de experiencia en la prestación de servicios aduanales. |
SI |
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No |
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23.7. Describa los servicios adicionales a la gestión aduanera que presta el Agente Aduanal. (Agregar las líneas que sean necesarias). |
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23.8. Datos de las instalaciones del agente aduanal. Es necesario indicar todas las instalaciones que pertenecen a la patente del agente aduanal solicitante. |
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Nombre y tipo de las instalaciones. (Agregar las filas necesarias de acuerdo al número de instalaciones). |
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Nombre y/o Denominación: |
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Tipo de Instalación: |
(Patios, Talleres, almacén, centro de distribución, oficinas administrativas, etc.) |
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Dirección: |
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Nombre y/o Denominación: |
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Tipo de Instalación: |
(Patios, Talleres, almacén, centro de distribución, oficinas administrativas, etc.) |
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Dirección: |
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24. Modalidad Socio Comercial Certificado rubro Transportista Ferroviario: |
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Las empresas que cuenten con concesión de servicio público de transporte ferroviario y que tengan dos años como mínimo de experiencia en la prestación de servicios de transporte de mercancías por ferrocarril, anteriores a aquél en que soliciten el Registro del Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado rubro Transportista Ferroviario, además de lo establecido en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI y XIV y en la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción I deberán cumplir con lo siguiente: |
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Anexar el formato denominado “Perfil del Transportista Ferroviario”, debidamente llenado y en medio magnético, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado. |
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24.1. Contar con la concesión o el permiso vigente, expedido por la SICT para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga: |
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Anexar copia del documento expedido por la SICT, con el que acredite que cuenta con la concesión o el permiso vigente para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga. |
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24.2. Señalar si a la fecha de presentación de su solicitud cuenta con unidades propias, arrendadas, en comodato u otra figura jurídica con la que acredite la posesión de las mismas (equipo tractivo), que utiliza para la prestación del servicio: |
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Anexar escrito libre en donde se declare bajo protesta de decir verdad que la cantidad de unidades con las que cuenta la solicitante y cuantas son propias y cuantas arrendadas. |
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Anexar el contrato con el que acredite las unidades arrendadas. |
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Manifiesto que se cuenta con dos años como mínimo de experiencia en la prestación de servicios de transporte de mercancías por ferrocarril. |
SI |
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No |
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24.3. Señale si los medios de transporte para el traslado de las mercancías, cuentan con sistemas de rastreo conforme a lo establecido en el formato denominado “Perfil del Transportista Ferroviario”.
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25. Modalidad Socio Comercial Certificado rubro Parque Industrial: |
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Las empresas que soliciten el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado en el rubro Parque Industrial, deberán cumplir adicionalmente a los requisitos establecidos en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI y XIV, y con lo señalado en la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción I, así como con los estándares mínimos en materia de seguridad a que se refiere el artículo 100-A, fracción VII de la Ley, con lo siguiente: |
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Anexar el formato denominado “Perfil de Parques Industriales”, debidamente llenado por cada Parque Industrial, que alberguen las empresas o las instalaciones que pertenezcan al mismo RFC del corporativo, donde se realicen las operaciones de comercio exterior; y en medio magnético, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado. |
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25.1. Señale el nombre y/o denominación de cada Parque Industrial del que se solicite el registro y que pertenezca y opere bajo el mismo RFC del corporativo. Las instalaciones albergadas pueden ser plantas industriales, almacenes, centros de distribución, etc. y deben realizar operaciones de comercio exterior. (Añada cuantas filas sean necesarias). |
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Nombre y/o Denominación del Parque Industrial |
Clave en el RFC |
Tipo de instalación |
Dirección de la instalación |
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25.2. Contar con la Manifestación de impacto ambiental: |
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Anexar documento emitido por la SEMARNAT sobre el impacto ambiental de acuerdo a la norma “NMX-R-046-SCFI-2015, Parques Industriales-Especificaciones”. |
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26. Modalidad Socio Comercial Certificado rubro Recinto Fiscalizado: |
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Las empresas que aspiren a obtener la certificación bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado en el rubro Recinto Fiscalizado, deberán cumplir adicionalmente a los requisitos establecidos en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI, con lo señalado en la regla 7.1.4, primer párrafo, fracción I. |
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Anexar el formato denominado “Perfil del Recinto Fiscalizado”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada Recinto Fiscalizado. |
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26.1. Señale si al momento de la presentación de su solicitud cuenta con la autorización de Recinto Fiscalizado.
Indique el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la autorización de Recinto Fiscalizado: |
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Fecha de fin de vigencia: |
DD/MM/AAAA |
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Número de oficio de autorización: |
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Anexe copia simple del oficio mediante el cual se le otorgó la autorización para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado. |
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26.2. Señale si al momento de la presentación de su solicitud se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización de Recinto Fiscalizado.
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27. Modalidad Socio Comercial Certificado rubro Mensajería y Paquetería: |
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Las empresas interesadas en obtener el registro en el esquema de certificación de empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado bajo el rubro de mensajería y paquetería, además de lo establecido en la regla 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, fracciones I y II, deberán anexar lo siguiente: |
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El formato denominado “Perfil de la empresa de Mensajería y Paquetería”, debidamente llenado y en medio magnético, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado. |
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27.1. Marque con una “X” a quién pertenecen las aeronaves en las que realizan la transportación de documentos y mercancías: |
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Indique el nombre de la dueña de las aeronaves en las que realizan la transportación de documentos y mercancías. (Añada cuantas casillas sean necesarias). |
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Nombre |
Subsidiaria, Filial o Matriz |
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Anexar contrato de servicios, con una vigencia mínima de cinco años y no menor a un año a la fecha de su solicitud, celebrado de forma directa o a través de sus matrices, filiales o subsidiarias, con un concesionario o permisionario debidamente autorizado por la SICT, mediante el cual pongan a disposición para uso dedicado de las actividades de la empresa de mensajería o paquetería al menos 30 aeronaves y que provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde dicha empresa realiza el despacho de los documentos o mercancías. |
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Anexar documento emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT a favor de la concesionaria o permisionaria con el que acredite que tienen autorizadas o registradas las rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional. |
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27.2. Marque con una “X” quién opera el transporte de aeronaves:
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Anexar documento emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT con el que acredite que cuenta con el registro de rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional. |
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27.3. Señale si al momento de la presentación de su solicitud cuenta con la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley.
Indique el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. |
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Fecha de fin de vigencia: |
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Número de oficio de autorización: |
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27.4. Señale si a la fecha de presentación de su solicitud cuenta con una inversión mínima de activos fijos por un monto equivalente en moneda nacional a 1,000,000 de dólares.
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Anexar documento con el que acredite que a la fecha de presentación de su solicitud cuenta con una inversión mínima de activos fijos por un monto equivalente en moneda nacional a 1,000,000 de dólares. |
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27.5. Señale si para efectos del presente rubro se acredita en grupo.
Indique el nombre de las empresas que forman parte del grupo. (Añada cuantas casillas sean necesarias). |
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27.6. Indique el nombre de las empresas que forman parte del grupo que cuenta con las aeronaves. (Añada cuantas casillas sean necesarias). |
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Anexar documento con el que acredite que cuentan con aeronaves para la transportación de documentos y mercancías, mediante contrato de servicios, celebrado de forma directa o a través de una empresa operadora que forme parte del mismo grupo, que cuente con concesión o permiso otorgado por la SICT, mediante el cual ponga a su disposición para uso exclusivo de las actividades de mensajería y paquetería al menos tres aeronaves y provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde las empresas de mensajería y paquetería realizan el despacho de los documentos o mercancías. |
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Anexar permiso por parte de la SICT emitido a favor de la empresa que forma parte del grupo. |
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27.7. Indique el nombre de las empresas que forman parte del grupo, las cuales operen el transporte de las aeronaves señaladas en la fracción anterior, tengan autorizadas o registradas sus rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional ante la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT. |
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Anexar documento emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT con el que acredite que tienen autorizadas o registradas las rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional. |
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27.8. Indique el nombre de las empresas que forman parte del grupo que cuentan con la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. |
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Nombre |
Clave en el RFC |
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Indique el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. |
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Fecha de fin de vigencia: |
DD/MM/AAAA |
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Número de oficio de autorización: |
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28. Modalidad Socio Comercial Certificado rubro Almacén General de Depósito: |
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Las empresas interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Almacén General de Depósito y que hayan prestado el servicio de almacenamiento de mercancías bajo el régimen de depósito fiscal, por al menos dos años previos a la presentación de la solicitud, además de lo establecido en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI, XIV, y en la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción I, deberán cumplir con lo siguiente: |
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Anexar el formato denominado “Perfil del Almacén General de Depósito”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada local, instalación, bodega o sucursal que el almacén general de depósito determine, siempre y cuando cuenten con autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías destinada al régimen de depósito fiscal. |
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28.1. Señale si al momento de la presentación de su solicitud cuenta con la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en régimen de depósito fiscal.
Indique el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en régimen de depósito fiscal: |
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Fecha de fin de vigencia: |
DD/MM/AAAA |
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Número de oficio de autorización: |
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Anexe copia simple del oficio mediante el cual se le otorgó la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en régimen de depósito fiscal. |
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28.2. Señale si al momento de la presentación de su solicitud se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en régimen de depósito fiscal.
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29. Reconocimiento mutuo para las modalidades de Operador Económico Autorizado y Socio Comercial Certificado. |
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La adopción de México de las normas establecidas en el Marco Normativo SAFE de la OMA para Asegurar y Facilitar el Comercio Global publicado por la OMA, donde se incorporan prácticas y normas en materia de seguridad, tiene como uno de sus objetivos, alcanzar el “Reconocimiento Mutuo” con aquellos países que cuentan con un programa similar en materia de seguridad, que cumplen con la condición de Operadores Económicos Autorizados de acuerdo al “Marco SAFE” y la legislación de cada país. |
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Por lo tanto, como parte de la estrategia para evitar la duplicación de controles de seguridad y contribuir de manera significativa a la facilitación y control de las mercancías que circulan en la cadena de suministro internacional, es necesario contar con la participación de aquellos que logren obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas y autorizar el intercambio de información que permita enriquecer los sistemas informáticos, eliminar y/o reducir la redundancia y/o duplicación de esfuerzos en el proceso de inscripción. Por lo anterior y de conformidad con el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, autorizo al sujeto obligado denominado SAT, a través de la AGACE, a compartir, difundir o distribuir con otras autoridades nacionales o extranjeras los datos personales y demás información de la empresa que represento, y que se genere durante el transcurso en que la misma se encuentre inscrita en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
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30. Listado de Socio Comercial Certificado. |
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Con la finalidad de crear cadenas de suministros más seguras, se establecerá un listado con las empresas que hayan obtenido la certificación como Socio Comercial, misma que se publicará en el Portal del SAT que incluirá los datos generales que la empresa autorice, así como el estatus de su certificación, mismas que podrán ser consultadas por las empresas que hayan obtenido su inscripción en el Registro de certificación de empresas. |
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Indique los datos generales que autoriza publicar: |
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NO |
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Nombre o Razón Social |
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Domicilio fiscal |
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En caso de autorizar, especifique los datos de contacto que desean publicar: |
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Teléfono(s) de contacto |
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31. Clasificación de la Información. |
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La información proporcionada, durante este trámite para el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas es clasificada por la empresa como (Marque con una “X” en el cuadro la opción seleccionada):
Una vez manifestado lo anterior, se solicita al SAT, a través de la AGACE, que realice las inspecciones a que hace referencia la regla 7.1.1., fracción IX, a las instalaciones en las que se realizan procesos productivos con el propósito de verificar la información plasmada en la presente solicitud y en el Perfil que corresponda a que se refieren las reglas 7.1.4., párrafos primero, fracción IV y tercero, fracción IV y 7.1.5., fracciones I, inciso b), II, inciso b), III, inciso a), IV, inciso a), V, inciso b), VI inciso e) y VII, inciso b) mismo(s) que adjunto a la presente solicitud. Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que los documentos anexados son verdaderos y que las facultades que me fueron otorgadas para representar a la solicitante no me han sido modificadas y/o revocadas.
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Instrucciones
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Notas aclaratorias: I. En los archivos que se acompañen a la “Solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, deberá señalarse el numeral de la solicitud a la que corresponden y nombre del documento. II. Todos los documentos deberán presentarse en idioma español. Cuando los documentos se encuentren en idioma inglés, deberá adjuntar además del documento en su idioma original una traducción simple de los mismos; cuando se encuentren en cualquier otro idioma, deberá anexar traducciones certificadas al español. III. Para efectos de las reglas 7.1.2., 7.1.3. y 7.1.4., segundo párrafo, apartado A, la AGACE emitirá la resolución correspondiente en un plazo no mayor a sesenta días, contados a partir del día siguiente a la fecha del acuse de recepción, en el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito, le requerirá por única ocasión vía electrónica al solicitante la información o documentación faltante. Para efectos de las reglas 7.1.4., rubro Importador y/o Exportador y los rubros previstos en los apartados B, C, D, E, F y G y 7.1.5., la resolución correspondiente se emitirá en un plazo no mayor a ciento veinte días, en el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito, le requerirá por única ocasión al solicitante, para lo cual el contribuyente contará con un plazo de quince días contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación, para desahogar el requerimiento, en caso contrario, se entenderá que se desistió de la solicitud. Las notificaciones se realizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 134 del CFF y/o 9-A y 9-B de la Ley. Cuando los contribuyentes cuenten con un procedimiento abierto, relacionado con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas y derivado del mismo tengan la necesidad de enviar documentación a través del SEPOMEX, deberán dar aviso inmediato, a la AGACE a través del correo electrónico a la dirección electrónica controldeguiasRECE@sat.gob.mx, y cuando la promoción cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del CFF podrá ser considerada con efectos de la fecha de su presentación ante el SEPOMEX. |
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Modalidad en que solicita su registro Deberá seleccionar la modalidad y rubro en la que desea obtener el Registro. Para aquellas empresas que hayan obtenido un programa IMMEX por primera vez por un periodo pre-operativo; una autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículo; una autorización para el régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o autorización para el régimen de recinto fiscalizado estratégico; dentro de los doce meses anteriores a la fecha de su solicitud de registro, por única ocasión, podrán solicitar el Registro únicamente para la importación temporal de activo fijo, debiendo cumplir con los requisitos señalados en la regla 7.1.1. y los establecidos en la regla 7.1.2., con excepción de la fracción II del apartado A; fracción II del apartado C y fracción II del apartado D; caso en el cual, el Registro será otorgado por un periodo de hasta seis meses, mismo que podrá ser prorrogado, por única ocasión, por un plazo de tres meses adicionales, para lo cual deberán presentar ante la AGACE su solicitud, hasta cinco días antes del vencimiento del Registro, mediante escrito en términos de la regla 1.2.2., primer párrafo, otorgándose dicha prórroga al día siguiente del vencimiento del registro. Una vez que cuente con la infraestructura necesaria para realizar la operación del programa IMMEX, el proceso industrial de conformidad con la modalidad de su programa y/o la operación como depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o de recinto fiscalizado estratégico, se deberá hacer del conocimiento de la AGACE mediante escrito en términos de la regla 1.2.2., primer párrafo. Régimen aduanero por el que solicitara el registro en la modalidad de IVA e IEPS Seleccione el régimen aduanero. Empresas de Grupo Empresas que forman parte de un grupo, para los efectos de la regla 7.1.7. Tratándose de aquellas empresas que pertenezcan a un mismo grupo, podrán acreditar el personal, infraestructura y los montos de inversión a través de alguna de las empresas del mismo grupo. Para ello deberán señalar el nombre y clave en el RFC de las empresas que forman parte del grupo, anexar un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de las empresas que formen parte del grupo. Durante las visitas de inspección a la empresa solicitante, el verificador podrá solicitar la copia certificada de la escritura pública en la que conste la participación accionaria. Únicamente tratándose de las empresas que se mencionan en las reglas 7.1.2., apartado B y 7.1.4., primer párrafo, fracción II, se podrá acreditar el requisito de antigüedad con alguna de las empresas que forman parte del grupo que haya tenido operaciones al amparo del Programa IMMEX, en los últimos doce meses y/o dos años, respectivamente, siempre y cuando esta última anexe un escrito en el que asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere la fracción VIII, del artículo 26 del CFF, de los créditos fiscales que llegaran a originarse. Dicho escrito se deberá transmitir como anexo a través de Ventanilla Digital, y deberá exhibirse en copia del poder con el cual acredite la personalidad el representante legal de la empresa que asuma la responsabilidad solidaria. Deberá marcar el tipo de concepto que acredita como empresa integrante de un grupo, pudiendo elegir una o más de las opciones señaladas. Señale, en su caso, el tipo de información que la solicitante acredita, a través de alguna de las empresas que forman parte del mismo grupo. |
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Empresas de Albergue Empresas que han operado durante los últimos 3 ejercicios fiscales, para los efectos de la regla 7.1.8. Para efectos de las empresas que se constituyan conforme a la legislación mexicana y que hubieren operado en los últimos 3 ejercicios fiscales en términos del artículo 183 de la Ley del ISR, podrán obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS, cualquier rubro, y podrán acreditar los requisitos de personal, infraestructura y montos de inversión (inversión en territorio nacional), a través de la empresa que cuente con el programa de maquila bajo la modalidad de albergue con la que haya operado los último tres años, siempre que, la empresa con el programa de maquila, bajo la modalidad de albergue, con la que ha operado, cuente con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS, rubro AAA y no se encuentre suspendida o sujeta al inicio de un procedimiento de cancelación, la solicitante cuente con un Programa IMMEX, obtenido por primera vez durante los últimos doce meses previos a su solicitud y anexe los siguientes documentos: a) Copia del contrato celebrado, por un mínimo de tres años de vigencia, con la empresa que cuenta con el Programa IMMEX bajo la modalidad de Albergue. b) Declaración, bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal de la empresa que cuenta con el Programa IMMEX bajo la modalidad de Albergue, sobre la temporalidad en que la solicitante operó como empresa extranjera al amparo de su programa IMMEX en modalidad de albergue. c) Copia del poder con el cual acredite la personalidad del representante legal de la empresa con el Programa IMMEX bajo la modalidad de Albergue. Deberá manifestar la denominación o razón social, clave en el RFC y número de programa IMMEX de la empresa que cuenta con el Programa IMMEX en la modalidad de albergue. Señale el tipo de concepto que desea acreditar con la empresa con el Programa IMMEX en la modalidad de albergue. Podrá marcar más de una opción. Datos de la persona física o moral solicitante.
1.1. Actividad económica preponderante. Deberá anotar la actividad económica preponderante declarada ante el RFC. 1.2. Sector Productivo. Deberá anotar la industria a la que pertenece o el servicio que presta, de conformidad con el siguiente catálogo: Industria: Industria metalmecánica; industria de la minería y metalúrgica; siderúrgica; eléctrico-electrónico; aeronaves; química; farmacéutica; médica; autopartes; automotriz terminal; industria alimentaria; industria del papel y cartón; fabricación de artículos de oficina; industria de la madera; fabricación de muebles y productos relacionados; fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón; industria del plástico y del hule; fabricación de productos a base de minerales no metálicos; fabricación de maquinaria y equipo; fabricación de equipo ferroviario; bebidas y tabaco; industria de textil-confección; industria del calzado; y fabricación de juguetes, juegos de recreo y artículos deportivos. Servicio: Abastecimiento, almacenaje o distribución de mercancías; clasificación, inspección, prueba o verificación de mercancías; operaciones que no alteren materialmente las características de la mercancía (que incluye envase, lijado, engomado, pulido, pintado o encerado, entre otros); integración de juegos (kits) o material con fines promocionales y que se acompañen en los productos que se exportan; reparación, re-trabajo o mantenimiento de mercancías; lavandería o planchado de prendas; bordado o impresión de prendas; blindaje, modificación o adaptación de vehículo automotor; reciclaje o acopio de desperdicios; diseño o ingeniería de productos; diseño o ingeniería de software; servicios soportados con tecnologías de la información; servicios de subcontratación de procesos de negocio basados en tecnologías de la información. Si no encuadra en los sectores de los catálogos, deberá seleccionar el más cercano a sus actividades. 1.3. Domicilio para oír y recibir notificaciones. Deberá señalar el domicilio para oír y recibir notificaciones.
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Deberá capturar la información de una persona autorizada para oír y recibir notificaciones, en caso de requerirlo.
3.1. Persona autorizada como enlace operativo. Deberá capturar los datos de la persona designada por la empresa solicitante que fungirá como enlace con la AGACE en aspectos operativos y logísticos. Para acreditar la relación del enlace operativo con las empresas, deberá anexar un documento expedido por la solicitante, donde conste el nombre de la persona, el cargo que ocupa en la empresa y la razón social de la solicitante, por ejemplo: recibo de nómina siempre y cuando contenga el cargo que ocupa; contrato laboral; carta firmada por el representante legal que firma la solicitud de certificación, entre otros. Cuando se realicen cambios de enlaces operativos, éstos deberán notificarse a la AGACE a través del correo: certificacion.iva.ieps@sat.gob.mx, en un término de cinco días para la modalidad IVA e IEPS. Cuando se realicen cambios de enlaces operativos, éstos deberán notificarse a la AGACE a través del correo: oeamexico@sat.gob.mx, en un término de cinco días para las modalidades Comercializadora e importadora, Operador Económico y Socio Comercial Certificado. 3.2. Persona autorizada como enlace operativo (Suplente). Adicionalmente al campo anterior, deberá establecer un suplente del enlace operativo, cumpliendo con los mismos requerimientos del anterior.
4.1. Indique si se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras. Deberá contestar lo que corresponda. 4.2. Indique si autorizó al SAT hacer pública su opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Deberá contestar lo que corresponda. 4.3. Constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del SUA y el comprobante de pago de las cuotas obrero patronales, del último bimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud, así como cumplir con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores. a) Para acreditar la totalidad del personal deberá adjuntar de todos los registros patronales constancias de la totalidad del personal registrado ante el IMSS, del SUA. La empresa podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS). - Documentación con que acredite la retención y entero del ISR de la solicitante, para lo cual podrá presentar la última declaración de retenciones de ISR por salarios, así como el comprobante que demuestre el entero de las contribuciones retenidas de los trabajadores. b) Para presentar el comprobante del pago de cuotas obrero patronales del último bimestre anterior a la solicitud, deberá adjuntar comprobante de pago descargado por el SIPARE o comprobante de pago que sea acorde con la información del SUA. Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito. - La autoridad verificará que las empresas solicitantes cumplan con la emisión de los CFDI de nómina a sus trabajadores, en el caso de que se detecté alguna inconsistencia, la autoridad podrá solicitar se le exhiba documentación que acredite su emisión correspondiente, en todo momento. La empresa solicitante, deberá acreditar todos y cada uno de los puntos de los incisos a) y b). Las empresas que hayan obtenido por primera vez su Programa IMMEX ante la SE, dentro de los doce meses previos a la presentación de la solicitud, podrán cumplir el requisito con el documento que soporte la contratación de los empleados; acreditar la emisión de los CFDI de nómina expedidos por la solicitante a los trabajadores contratados, no será necesario que anexe documentación a la solicitud, la autoridad verificará la emisión de los CFDI; en el caso de que se detecte que no los han emitido, la autoridad podrá solicitar se le exhiba documentación que acredite su emisión correspondiente, en todo momento. Durante las visitas de inspección y supervisión a la empresa solicitante, deberá comprobar que se cuenta con los empleados que se observen en los documentos con los que se pretenda acreditar el presente requisito. |
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4.4. Señale si la solicitante no se encuentra al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT, en términos de los artículos 69 con excepción de la fracción VI y 69-B, cuarto párrafo del CFF. 4.5. Señale si sus certificados de sellos digitales están vigentes y no se hubiere comprobado que se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, durante los últimos doce meses. 4.6. Señale todos los domicilios registrados ante el RFC de la solicitante e indique aquellos en que se desarrollen actividades relacionadas con su proceso productivo y/o la prestación de servicios. Para el caso de las empresas que soliciten el registro en la modalidad de Comercializadora e Importadora, podrán presentar un listado en el que señale únicamente los principales domicilios en que se desarrollen actividades relacionadas con su proceso productivo y/o la prestación de servicios. 4.7. Indique si tiene actualizado sus medios de contacto para efectos del buzón tributario en términos del penúltimo párrafo del artículo 17-K del CFF. 4.8. Señale si al momento de ingresar la solicitud se encuentra suspendida en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o Padrón de Exportadores Sectorial. 4.9. Anexe un archivo que contenga el nombre y dirección de sus clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizaron operaciones de comercio exterior relacionados con el régimen en el que solicita el registro, durante los últimos doce meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Deberá anexar un archivo donde se enlisten nombre, denominación y/o razón social, así como el domicilio de los clientes y proveedores en el extranjero con los que realizaron operaciones de comercio exterior durante los últimos doce meses. En dicho listado se deberá distinguir cuales corresponden a clientes y cuales a proveedores y cuando tengan los dos roles, deberán declararse en ambos. Para el caso de las empresas que soliciten el registro en la modalidad de Comercializadora e Importadora, podrán presentar un archivo que contenga únicamente el nombre y dirección de sus principales clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizaron operaciones de comercio exterior relacionados con el régimen en el que solicita el registro, durante los últimos doce meses. En el caso de no contar con clientes y/o proveedores en el extranjero, vinculados al proceso bajo el régimen que solicita el registro, deberán presentar un escrito libre, manifestándolo. Las empresas que hayan obtenido por primera vez su Programa IMMEX ante la SE durante los últimos doce meses previos a la presentación de la solicitud, no estarán sujetas al cumplimiento de este requisito, siempre y cuando no hayan tenido operaciones de comercio exterior. 4.10. Anexe un archivo que contenga el nombre y clave en el RFC de sus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que solicita el registro, de los últimos seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Deberá anexar un archivo que contenga nombre y clave en el RFC de sus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que solicita el registro, de los últimos seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Para este efecto también se consideran proveedores nacionales aquellas empresas con Programa IMMEX que les transfieran mercancías a través de operaciones virtuales, en términos del Anexo 22, con independencia que los proveedores o vendedores sean residentes en el extranjero que entregan en territorio nacional a través de una empresa con Programa IMMEX, para lo cual deberá de hacer la distinción de las empresas con las que realiza transferencias virtuales. Para el caso de las empresas que soliciten el registro en la modalidad de Comercializadora e Importadora, podrán presentar un archivo que contenga únicamente el nombre y clave en el RFC de sus principales proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que solicita el registro, de los últimos seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. En el caso de no contar con proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que solicita el registro, deberán presentar un escrito libre, manifestándolo. Las empresas que hayan obtenido por primera vez su Programa IMMEX ante la SE durante los últimos doce meses previos a la presentación de la solicitud, no estarán sujetas al cumplimiento de este requisito, siempre y cuando no hayan tenido operaciones de comercio exterior. |
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4.11. Acredite que cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación del servicio, según se trate, en el que se establezca un plazo forzoso de al menos un año de vigencia, y que le reste una vigencia de por lo menos ocho meses. Deberá declarar el o los domicilios donde se lleven a cabo los procesos productivos o la prestación del servicio, según se trate, de los que pretenda acreditar el legal uso o goce, y anexar un contrato o título de propiedad. Dicho domicilio debe de estar dado de alta ante el SAT. Anexe documentación de acuerdo a la legislación aplicable que ampare la propiedad, uso o goce temporal del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, en el que se establezca un plazo forzoso de al menos un año de vigencia, y que le reste una vigencia de por lo menos ocho meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Es importante que el domicilio objeto del contrato o del título de propiedad con el que se pretenda acreditar el legal uso o goce coincida plenamente con alguno de los domicilios registrados ante el SAT. Cuando los domicilios no coincidan plenamente, deberá acompañar al título de propiedad con documentación que acredite que se trata del mismo declarado ante el SAT, por ejemplo: boleta de predial siempre y cuando esté relacionada con la clave de catastro que se observe en el título de propiedad; documento emitido por catastro en el que conste la dirección y el nombre del propietario relacionándose al título de propiedad por la clave de catastro y/o la descripción del inmueble; documento del Registro Público de la Propiedad donde conste la dirección y el nombre del propietario; fe de hechos emitida por Notario Público en la cual dicho Fedatario haya tenido a la vista el título de propiedad, se haya apersonado en el inmueble y constate que el domicilio que visita es el mismo del título presentado. Para el caso de contratos en donde el domicilio no coincida plenamente con alguno de los domicilios registrados ante el SAT, podrá acompañarlos de un adendum o convenio modificatorio en el que coincida plenamente el domicilio. En caso de contar con un contrato de subarrendamiento, deberá exhibir el contrato de arrendamiento principal que contenga una vigencia igual o mayor a la del contrato de subarrendamiento, asimismo deberá exhibir la documentación con la cual se acredite la autorización general para dar el inmueble en subarrendamiento. Durante las visitas de inspección y supervisión a la empresa solicitante, el verificador podrá solicitar los CFDI que se expidan por el pago del arrendamiento del inmueble y/o inmuebles donde se llevan a cabo los procesos productivos y/o la prestación del servicio y/o realicen actividades económicas y de comercio exterior. 4.12. Señale si el SAT ha interpuesto querella o denuncia penal en contra de los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de la empresa solicitante o declaratoria de perjuicio, según corresponda, durante los últimos tres años anteriores a la presentación de la solicitud. Deberá contestar lo que corresponda. 4.13. Indique si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior. Independientemente del tipo de sistema de control de inventarios de que se trate, deberá capturar el nombre o datos para su identificación e indicar su lugar de radicación, es decir, todo aquel establecimiento, sucursal, planta, etc., donde se tenga acceso a todas las funciones e información del sistema de control de inventarios. Cuando tenga más de un sistema de control de inventarios, podrá señalar los datos de todos agregando filas en el cuadro. |
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El sistema de control de inventarios deberá cumplir con las disposiciones previstas por el Anexo 24 y deberá anexar un reporte de saldos de mercancía de importación temporal o de mercancías objeto de operaciones de comercio exterior, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la presente solicitud. La información mínima requerida para la identificación de las operaciones, de forma enunciativa, más no limitativa, es la siguiente:
Las empresas que hayan obtenido por primera vez su Programa IMMEX ante la SE, dentro de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de su solicitud, no estarán obligadas a la presentación del reporte de saldos mencionados en el párrafo anterior, no obstante, deberán acreditar que cuentan con un control de inventarios de conformidad con el artículo 59, fracción I de la Ley, en relación con el Anexo 24. 4.14. Señale si lleva la contabilidad en medios electrónicos de conformidad con el artículo 28, fracción III, del CFF y la regla 2.8.1.5. de la RMF. Deberá contestar lo que corresponda. 4.15. Señale si ingresa mensualmente su información contable a través del portal del SAT, de conformidad con el artículo 28, fracción IV, del CFF y la regla 2.8.1.6. de la RMF. Deberá contestar lo que corresponda. 4.16. Indique si los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, se encuentran obligados a tributar en México y no obligados a tributar en México. Deberá enlistar la totalidad de los socios y/o accionistas: - Deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración que estén obligados a tributar en México. - Cuando la empresa solicitante cotice mercados reconocidos en términos del artículo 16-C del CFF, no estará sujeta a contar con la opinión positiva vigente sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales de los tenedores de las acciones que se cotizan en la misma. - Cuando la misma persona ostente más de una figura (por ejemplo, representante legal y accionista) deberá declararse en cada una, sin importar que se repita, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Para los no obligados a tributar en México deberá tomar en cuenta lo siguiente: - Tratándose de socios o accionistas, deberá presentar el documento denominado "Relación de los Socios, Accionistas o Asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC" (Forma oficial 96), correspondiente al ejercicio fiscal en curso o del último ejercicio por el que estuvo obligado acompañando su acuse de presentación ante el SAT. Cuando los socios se ostenten además como miembros del consejo de administración o administrador único deberán presentar para acreditar que no se encuentran obligados a tributar en el País, únicamente la Forma Oficial 96 con su respectivo acuse de presentación. - Tratándose de representante legal, administrador único y/o miembros del consejo de administración, de forma enunciativa, más no limitativa, podrá presentar documentos que acrediten que dichas personas no se encuentran obligadas a tributar en México, tales como: opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales con la leyenda “Sin obligaciones fiscales”, constancia de residencia para efectos fiscales del país donde tributa, declaraciones fiscales del país donde se encuentren obligados a tributar, pasaporte expedido por su país de origen, etc. La documentación que se exhiba para acreditar que los integrantes de la empresa no se encuentran obligados a tributar en México, deberá contener el nombre completo y correcto de la persona declarada; en caso de que en el documento que se exhiba no contenga el nombre tal cual fue declarado en la solicitud inicial, mismo que deberá coincidir con el acta constitutiva o modificación respectiva; dicha documentación no podrá ser considerada para acreditar este requisito. |
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4.17. Señale si sus socios o accionistas e integrantes de la administración, no se encuentren vinculados con alguna empresa a la que se hubiere cancelado su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, de conformidad con las fracciones V, VI y VII del apartado A; II y III del apartado B de la regla 7.2.4.; y/o VI, VII y XI de la regla 7.2.5. Deberá contestar lo que corresponda. 4.18. Señale si ha efectuado el pago del derecho correspondiente a que refiere el artículo 40, inciso m), de la LFD, en relación con el Anexo 19 de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro: Deberá contestar lo que corresponda. Y deberá de asentar el monto pagado, la fecha de pago, número de operación bancaria y la llave de pago correspondiente.
5.1. Proporcionar constancias del personal registrado ante el IMSS, del SUA, y el soporte documental del pago de la totalidad de cuotas obrero patronales de por lo menos diez empleados a través de línea de captura del último bimestre anterior a su solicitud de la solicitante. a) Deberá adjuntar constancias de al menos 10 cotizantes registrados ante el IMSS, del SUA. La empresa podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS) del último bimestre anterior a su solicitud. b) Deberá adjuntar el soporte documental del pago de cuotas obrero patronales descargado por el SIPARE o comprobante de pago que sea acorde con la información del SUA. Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito. c) Deberá presentar un listado con el nombre y la clave en el RFC de por lo menos diez empleados de la solicitante que puedan visualizarse en constancias del personal registrado ante el IMSS, del SUA presentadas, a los cuales le ha emitido los CFDI de nómina. La autoridad verificará la emisión de los CFDI, en el caso de que se detecté alguna inconsistencia, la autoridad podrá solicitar se le exhiba documentación que acredite su emisión correspondiente, en todo momento. Las empresas que hayan obtenido por primera vez su Programa IMMEX ante la SE, dentro de los doce meses previos a la presentación de la solicitud, podrán cumplir con el requisito con el documento que soporte la contratación de los empleados; acreditar la emisión de los CFDI de nómina expedidos por la solicitante a los trabajadores contratados, no será necesario que anexe documentación a la solicitud, la autoridad verificará la emisión de los CFDI, en el caso de que se detecté que no los han emitido, la autoridad podrá solicitar se le exhiba documentación que acredite su emisión correspondiente, en todo momento. 5.2. Acreditar la inversión en territorio nacional. Deberá de capturar el valor global de cada uno de los conceptos que le aplique (bienes inmuebles, bienes muebles). Dicho valor podrá ser el valor actual de los bienes o el valor en aduana si éstos proceden de importaciones temporales, o una combinación de ambos. No será necesario que anexe documentación a la solicitud, toda vez que durante la visita de inspección inicial o las de supervisión sobre el cumplimiento, la autoridad podrá solicitar se le exhiba documentación que acredite la inversión en territorio nacional como contratos de arrendamiento acompañados con sus CFDI, títulos de propiedad, pedimentos de importación, entre otros. 5.3. Manifieste si previamente contó con la Certificación en materia de IVA e IEPS, Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad IVA e IEPS o Garantía del interés fiscal del IVA e IEPS. 5.4. En caso afirmativo deberá señalar si se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones relativas al Anexo 30, sobre el registro con el que contó. 5.5. Manifieste si cuenta con proveedores que se encuentren en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. Se considera como proveedores a aquellos contribuyentes que presten servicios o produzcan, comercialicen o entreguen bienes. También se consideran proveedores a aquellas empresas con Programa IMMEX que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales, con independencia que los proveedores o vendedores sean residentes en el extranjero que entregan en territorio nacional a través de una empresa con Programa IMMEX, para lo cual deberá de hacer la distinción de las empresas con las que realiza transferencias virtuales. |
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6.1. Indique el número de su Programa IMMEX y la modalidad. Deberá capturar su número de Programa IMMEX y la modalidad bajo la que se encuentra autorizado (industrial, servicios, albergue, tercerización, o controladora). Deberá manifestar si ha realizado operaciones al amparo de su programa IMMEX. 6.2. Indique si cuenta con la infraestructura necesaria para realizar operaciones del Programa IMMEX, al proceso industrial o de servicios de conformidad con la modalidad del Programa. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá acreditar mediante CFDI, títulos de propiedad, pedimentos de importación, propios y/o contratos que amparen que cuenta con el legal uso y/o goce de la maquinaria y equipo con sus respectivos CFDI que amparen el pago, según sea el caso, para llevar a cabo el proceso productivo y/o servicio. Asimismo, deberá anexar evidencia fotográfica de su planta productiva, así como de su proceso productivo. En el caso de aquellas empresas que pretendan acreditar mediante la figura de grupo, dicha documentación deberá encontrarse a nombre de la empresa con la cual forma parte del grupo. En caso de las empresas que cuenten con un Programa IMMEX, en la modalidad de tercerización, podrán acreditar el requisito a través de una de las empresas que les realiza la manufactura, para lo cual deberán presentar el contrato vigente con el que acredite la prestación del servicio; los CFDI, emitidos por el prestador por el concepto del pago del servicio y la autorización emitida por la SE, para la realización de manufactura. 6.3. Indique si durante los últimos doce meses ha importado temporalmente mercancía y que, al menos el 60% de las importaciones temporales de insumos realizadas durante el mismo período, fueron transformadas y retornadas, retornadas en su mismo estado, transferidas, destruidas, o se les prestó un servicio. Deberá capturar el valor en aduana total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos realizadas durante los últimos doce meses. Los últimos doce meses se podrán computar a partir del mes inmediato anterior al que la empresa presente su solicitud. Asimismo, deberá declarar el valor en moneda nacional (valor comercial) de los descargos realizados para cada concepto (retornos, transferencias virtuales, desperdicio, así como Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM)), el valor en aduana de los insumos importados temporalmente incluidos en cada concepto y el porcentaje que representa respecto del total de importaciones temporales que se hayan capturado en el campo correspondiente. En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), deberá anexar un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), así como los montos en moneda nacional y en su caso, dos Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM). Las empresas que hayan obtenido por primera vez su Programa IMMEX otorgado por la SE durante los doce meses previos a la presentación a la solicitud no estarán sujetos al cumplimiento de este requisito. 6.4. Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del Programa. Deberá de anexar una descripción detallada de su principal proceso productivo (en términos de valor o de volumen de producción) que muestre paso a paso el flujo de las mercancías importadas temporalmente, desde el punto de origen, el punto de entrada al país (aduanas), su recepción en la empresa, materiales utilizados con fracción arancelaria, almacenamiento, su integración al proceso productivo, realización de su proceso productivo o servicio punto de salida (aduanas) y su destino (país) o descargo (retorno, transferencia virtual, constancias de destrucción de desperdicio, Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), entre otros), así como los procesos complementarios y servicios que le agregan valor a su producto final (procesos de submanufactura). La descripción podrá presentarse en forma de diagrama de flujo, siempre y cuando contenga la descripción de cada paso conforme al párrafo anterior. |
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6.5. Continuidad del proyecto de exportación. Deberá adjuntar contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación; en dichos documentos se deberá identificar la razón social de la solicitante, la vigencia del documento, las firmas de las partes y si se encuentra en idioma distinto al español, deberá de acompañarse con una traducción simple o certificada, según sea el caso, al español. No se tomarán en cuenta documentos con una fecha anterior a un mes. Las empresas con que realicen las operaciones mencionadas en el párrafo anterior, deberán encontrarse en su listado de clientes en el extranjero, en el caso de realizar operaciones de exportación con clave de pedimento “V1”, del apéndice 2 del Anexo 22, adicionalmente deberá presentar un escrito libre firmado por el representante legal de la empresa solicitante donde se manifieste que realiza dichas operaciones, con qué empresa las realiza y por lo menos un número de pedimento. En el caso de realizar Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), deberá anexar 2 ejemplares de dichas constancias realizadas.
No podrán presentar la solicitud en la modalidad IVA e IEPS, si han operado durante menos de doce meses previos a la presentación de dicha solicitud, salvo aquellas que acrediten ser parte de un grupo. Para las empresas que formen parte de un grupo deberán de presentar un escrito en el que alguna de las empresas que conforman el grupo y tenga más de doce meses operando al amparo del Programa IMMEX, asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere la fracción VIII del artículo 26 del CFF, de los créditos fiscales que llegaran a originarse; así como deberá exhibir copia del poder con el cual acredite la personalidad el representante legal de la empresa que asuma la responsabilidad solidaria.
8.1. Señale si cuenta con autorización para operar el régimen de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente. Deberá contestar lo que corresponda. 8.2. Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación. Deberá contestar lo que corresponda. 8.3. Indique si cuenta con la infraestructura necesaria para realizar operaciones, de conformidad con su régimen aduanero. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá acreditar mediante CFDI, títulos de propiedad, pedimentos de importación, propios y/o contratos que amparen que cuenta con el legal uso y/o goce de la maquinaria y equipo con sus respectivos CFDI que amparen el pago, según sea el caso, para llevar a cabo el proceso productivo y/o servicio, en caso en que la autoridad así lo requiera. En el caso de aquellas empresas que pretendan acreditar mediante la figura de grupo, dicha documentación deberá encontrarse a nombre de la empresa con la cual forma parte del grupo. 8.4. Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos y/o prestación de servicios conforme a su régimen aduanero. Deberá de anexar una descripción detallada de su principal proceso productivo y/o prestación del servicio (en términos de valor o de volumen de producción) que muestre paso a paso el flujo de las mercancías importadas temporalmente, desde el punto de origen, el punto de entrada al país (aduanas), su recepción en la empresa, materiales utilizados con fracción arancelaria, almacenamiento, su integración al proceso productivo, realización de su proceso productivo o servicio punto de salida (aduanas) y su destino (país) o descargo (retorno, transferencia virtual, constancias de destrucción de desperdicio, Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), entre otros), así como los procesos complementarios y servicios que le agregan valor a su producto final (procesos de submanufactura). La descripción podrá presentarse en forma de diagrama de flujo, siempre y cuando contenga la descripción de cada paso conforme al párrafo anterior. |
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8.5. Continuidad del proyecto de exportación. Deberá adjuntar contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación; en dichos documentos se deberá identificar la razón social de la solicitante, la vigencia del documento, las firmas de las partes y si se encuentra en idioma distinto al español, deberá de acompañarse con una traducción simple o certificada, según sea el caso, al español. No se tomarán en cuenta documentos con una fecha anterior a un mes. Las empresas con que realicen las operaciones mencionadas en el párrafo anterior, deberán encontrarse en su listado de clientes en el extranjero, en el caso de realizar operaciones de exportación con clave de pedimento “V1”, del apéndice 2 del Anexo 22, adicionalmente deberá presentar un escrito libre en términos de la regla 1.2.2., primer párrafo, firmado por el representante legal de la empresa solicitante donde se manifieste que realiza dichas operaciones, con qué empresa las realiza y por lo menos un número de pedimento. En el caso de realizar Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), deberá anexar 2 ejemplares de dichas constancias realizadas.
9.1. Señale si cuenta con la autorización vigente, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico. Deberá anexar una copia de su autorización vigente. 9.2. Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación. Deberá contestar lo que corresponda. 9.3. Indique si cuenta con la infraestructura necesaria para realizar operaciones, de conformidad con su régimen aduanero. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá acreditar mediante CFDI, títulos de propiedad, pedimentos de importación, propios y/o contratos que amparen que cuenta con el legal uso y/o goce de la maquinaria y equipo con sus respectivos CFDI que amparen el pago, según sea el caso, para llevar a cabo el proceso productivo y/o servicio, en caso en que la autoridad así lo requiera. En el caso de aquellas empresas que pretendan acreditar mediante la figura de grupo, dicha documentación deberá encontrarse a nombre de la empresa con la cual forma parte del grupo. 9.4. Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos y/o prestación de servicios conforme a su régimen aduanero. Deberá de anexar una descripción detallada de su principal proceso productivo y/o prestación del servicio (en términos de valor o de volumen de producción) que muestre paso a paso el flujo de las mercancías importadas temporalmente, desde el punto de origen, el punto de entrada al país (aduanas), su recepción en la empresa, materiales utilizados con fracción arancelaria y NICO, almacenamiento, su integración al proceso productivo, realización de su proceso productivo o servicio punto de salida (aduanas) y su destino (país) o descargo (retorno, transferencia virtual, constancias de destrucción de desperdicio, Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), entre otros), así como los procesos complementarios y servicios que le agregan valor a su producto final (procesos de submanufactura). La descripción podrá presentarse en forma de diagrama de flujo, siempre y cuando contenga la descripción de cada paso conforme al párrafo anterior. 9.5. Continuidad del proyecto de exportación. Deberá adjuntar contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación; en dichos documentos se deberá identificar la razón social de la solicitante, la vigencia del documento, las firmas de las partes y si se encuentra en idioma distinto al español, deberá de acompañarse con una traducción simple o certificada, según sea el caso, al español. No se tomarán en cuenta documentos con una fecha anterior a un mes. Las empresas con que realicen las operaciones mencionadas en el párrafo anterior, deberán encontrarse en su listado de clientes en el extranjero, en el caso de realizar operaciones de exportación con clave de pedimento “V1”, del apéndice 2 del Anexo 22, adicionalmente deberá presentar un escrito libre en términos de la regla 1.2.2., firmado por el representante legal de la empresa solicitante donde se manifieste que realiza dichas operaciones, con qué empresa las realiza y por lo menos un número de pedimento. En el caso de realizar Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), deberá anexar 2 ejemplares de dichas constancias realizadas. |
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Requisitos para el rubro AA. 10.1. Seleccione y llene al menos una de las siguientes opciones. La empresa solicitante deberá cumplir al menos uno de los tres supuestos, no obstante, podrá elegir más de una opción. En cada uno de los supuestos, la empresa solicitante deberá acreditar su cumplimiento: - Que durante los últimos cuatro años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan el registro en la modalidad IVA e IEPS. Una vez capturada la fecha de inicio de operaciones, la autoridad hará la validación en los sistemas internos. - Durante el ejercicio anterior en promedio contó con más de mil empleados registrados ante el IMSS. A fin de sacar el promedio de la cantidad de empleados, deberá de anexar documentación del SUA de los últimos doce meses. - Valor total de la maquinaria y equipo. Deberá anexar documentación que acredite un valor igual o mayor a $50,000,000.00 en moneda nacional. Por ejemplo: su última declaración fiscal de dichos conceptos; documentos equivalentes y pedimentos de importación propios, títulos de propiedad y/o CFDI. 10.2. Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. En caso afirmativo, deberá anexar una copia simple de la autorización de pago a plazos, en parcialidades o diferido, o el comprobante de pago respectivo. 10.3. Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente, cuyo monto no represente más del 20% del total de las devoluciones autorizadas, y/o que el monto negado no supere los $5,000,000.00 en Moneda Nacional en lo individual o en su conjunto. En caso afirmativo, señale el porcentaje que representa el monto improcedente en relación al monto de devoluciones autorizadas, en los últimos seis meses. El monto improcedente no debe superar el 20% del monto autorizado y dicho porcentaje no debe ser mayor a $5,000,000.00 en moneda nacional en lo individual o en su conjunto. |
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Requisitos para el rubro AAA. 11.1. Seleccione y llene al menos una de las siguientes opciones. La empresa solicitante deberá cumplir al menos uno de los tres supuestos, no obstante, podrá elegir más de una opción. En cada uno de los supuestos, la empresa solicitante deberá acreditar su cumplimiento: - Que durante los últimos siete años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la modalidad IVA e IEPS. Una vez capturada la fecha de inicio de operaciones, la autoridad hará la validación en los sistemas internos. - Que durante el ejercicio anterior en promedio contó con más de dos mil quinientos empleados registrados ante el IMSS. A fin de sacar el promedio de la cantidad de empleados, deberá de anexar documentación del SUA de los últimos doce meses. - Valor total de la maquinaria y equipo. Deberá anexar documentación que acredite un valor igual o mayor a $100’000,000.00 en moneda nacional. Por ejemplo: su última declaración fiscal de dichos conceptos; documentos equivalentes y pedimentos de importación propios, títulos de propiedad y/o CFDI. 11.2. Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. En caso afirmativo, deberá anexar una copia simple de la autorización de pago a plazos, en parcialidades o diferido, o el comprobante de pago respectivo. 11.3. Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente, cuyo monto no represente más del 20% del total de las devoluciones autorizadas, y/o que el monto negado no supere cinco millones en moneda nacional en lo individual o en su conjunto. En caso afirmativo, señale el porcentaje que representa el monto improcedente en relación al monto de devoluciones autorizadas, en los últimos seis meses. El monto improcedente no debe superar el 20% del monto autorizado y dicho porcentaje no debe ser mayor a 5 millones en moneda nacional en lo individual o en su conjunto. |
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12.1. Manifestar el nombre y clave en el RFC de las empresas transportistas autorizadas para efectuar el traslado de las mercancías de comercio exterior: Deberá señalar el nombre, clave en el RFC y registro CAAT de cada una de las empresas transportistas autorizadas para efectuar el traslado de las mercancías de comercio exterior. 12.2. Deberá asentar la fecha de inicio de operaciones a fin de acreditar que ha efectuado operaciones de comercio exterior durante los últimos dos años. 12.3. Cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato denominado “Perfil de la Empresa”: Deberá presentar debidamente llenado el formato denominado “Perfil de la Empresa” y en medio magnético, por cada una de las instalaciones. 12.4. Deberá manifestar si previamente a la presentación de su solicitud, cuenta con una autorización en el registro de empresas certificadas, conforme al artículo 100-A de la Ley, en cualquiera de sus apartados o modalidades. Deberá señalar el apartado en el que le fue otorgado su registro, número de oficio y fecha en que se le otorgó y, en su caso, el correspondiente a la última renovación, así como manifestar si es interés de la solicitante que, en caso de acreditar y cumplir con los requisitos para la inscripción solicitada, dejar sin efectos el registro vigente.
13.1. Señale si cuenta con Programa IMMEX. Deberá contestar lo que corresponda. 13.2. Señale si efectuaron importaciones por un valor en aduana no menor a $300,000,000.00, en el semestre inmediato anterior a aquél en que ingresen su solicitud. Deberá contestar lo que corresponda.
14.1. Las empresas con Programa IMMEX que aspiren a obtener la certificación bajo el rubro de Controladora, adicionalmente al “Perfil de la Empresa” y a lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, deberán cumplir con lo siguiente: Anexar documento emitido por la SE, mediante el cual acredite que han sido designadas como sociedades controladoras para integrar las operaciones de manufactura o maquila de dos o más sociedades controladas, respecto de las cuales la controladora participe de manera directa o indirecta en su administración, control o capital, cuando alguna de las controladas tenga dicha participación directa o indirecta sobre las otras controladas y la controladora, o bien, cuando una tercera empresa ya sea residente en territorio nacional o en el extranjero, participe directa o indirectamente en la administración, control o en el capital tanto de la sociedad controladora como de las sociedades controladas. Anexar un archivo con la relación de las sociedades controladas, indicando su participación accionaria, su denominación o razón social, domicilio fiscal, clave en el RFC y el monto de las importaciones y exportaciones realizadas por cada una de las sociedades. Un archivo que contenga un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de la controladora y de las sociedades controladas. Durante las visitas de inspección a la empresa solicitante, el verificador podrá solicitar la copia certificada de la escritura pública en la que conste la participación accionaria.
Las empresas interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado bajo el rubro Aeronaves dedicadas a la elaboración, transformación, ensamble, reparación, mantenimiento y remanufactura de aeronaves, así como de sus partes y componentes, adicionalmente al “Perfil de la Empresa” y a lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, deberán anexar lo siguiente: 15.1. Indique el número de su Programa IMMEX y su modalidad. Deberá indicar el número de su Programa IMMEX y su modalidad. 15.2. Contar con el permiso de la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT para el establecimiento de talleres de aeronaves. Anexar copia del permiso emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT, para el establecimiento de talleres de aeronaves, cuando las empresas realicen dichos procesos. |
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Las empresas con Programa IMMEX que aspiren a obtener la certificación bajo el rubro SECIIT, adicionalmente al “Perfil de la empresa” y a lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, deberán cumplir con lo siguiente: 16.1. Indique el número de su Programa IMMEX y su modalidad. Deberá indicar el número de su Programa IMMEX y su modalidad. 16.2. Indique si durante los últimos dos años ha operado bajo el Registro de Empresas Certificadas o con certificación en materia de IVA e IEPS operaciones de comercio exterior. Deberá contestar lo que corresponda. 16.3. Contar con el dictamen favorable emitido por la Asociación Civil, Cámaras o Confederación autorizada conforme a la regla 7.1.9., con el que acredite el cumplimiento de lo previsto en los “Lineamientos del Sistema Electrónico para el Control de Inventarios de Importaciones Temporales”, de conformidad con la regla 7.1.10. Anexar dictamen favorable emitido por la Asociación Civil, Cámaras o Confederación autorizada conforme a la regla 7.1.9. Cumplir con lo señalado en el Anexo 24, apartado B y con los lineamientos que al efecto emita la AGACE. Indique si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior, de acuerdo con lo señalado en el Anexo 24, apartado B y con los lineamientos que al efecto emita la AGACE. En caso de contar con un sistema de control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el Anexo 24, deberá anexar un reporte de saldos de mercancía de importación temporal o de mercancías objeto de operaciones de comercio exterior, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la presente solicitud. La información mínima requerida para la identificación de las operaciones, de forma enunciativa, más no limitativa, es la siguiente:
16.4. Deberá acreditar al menos uno de los supuestos siguientes, no obstante, podrá elegir más de una opción: a) Anexar constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del SUA. A fin de evitar que se anexe la totalidad del SUA, la empresa podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS). b) Anexar documento con el que acredite que cuenta con activos fijos de maquinaria y equipo por un monto equivalente en moneda nacional a 30,000,000 de dólares. c) Anexar documentación con el que acredite que la empresa cotiza en mercados reconocidos en términos del artículo 16-C del CFF. En el caso de que la empresa solicitante no cotice en bolsa, podrá presentar la documentación que demuestre que al menos el 51% de sus acciones con derecho a voto, son propiedad en forma directa o indirecta de una empresa que cotiza en mercados reconocidos. |
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16.5. Señale si los medios de transporte que utilizará para el traslado de las mercancías de importación cuyo destino final sea fuera de la Franja o Región Fronteriza, cuentan con sistemas de rastreo. Deberá contestar lo que corresponda. 16.6. Señale si cuenta con un sistema electrónico de control corporativo de sus operaciones. Deberá contestar lo que corresponda. 16.7. Describir la operación del SECIIT: Deberá anexar un diagrama de flujo que describa la operación de su SECIIT, que refleje que el mismo cumple con el Anexo 24, apartado B y con los lineamientos que al efecto emita la AGACE, así como que la autoridad aduanera cuenta con acceso electrónico en línea de manera permanente e ininterrumpida, lo cual será verificado por la autoridad aduanera en la visita de inspección. 16.8. Señale si realiza importaciones temporales y retornan mercancías listadas en el Anexo II, apartados B y D del Decreto IMMEX: Deberá contestar lo que corresponda.
Las empresas con Programa IMMEX que aspiren a obtener la certificación bajo el rubro Textil, adicionalmente al “Perfil de la empresa” y a lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., primer párrafo, deberán contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de IVA e IEPS. 17.1. Indique si cuenta con el registro en el esquema de certificación de empresas modalidad IVA e IEPS en cualquiera de sus rubros: Deberá contestar lo que corresponda. Deberá de señalar el rubro, la fecha de fin de vigencia y número de oficio de autorización mediante el cual se otorgó el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidad IVA e IEPS. 17.2 Las empresas que no cuenten con Programa IMMEX, deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos: 17.2.1. Constancia del personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de los tres últimos bimestres anteriores a la solicitud de certificación, de por lo menos treinta empleados. a) Deberá adjuntar una constancia de al menos treinta cotizantes registrados ante el IMSS, del SUA. A fin de evitar que se anexe la totalidad del SUA, la empresa podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS). b) Para presentar el comprobante del pago de cuotas obrero patronales de por lo menos treinta empleados del último bimestre anterior a la solicitud, deberá adjuntar comprobante de pago descargado por el SIPARE o comprobante de pago que sea acorde con la información del SUA, a que se refiere el primer párrafo. Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito. 17.2.2. Indique si los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, se encuentran obligados a tributar en México y no obligados a tributar en México. Deberá enlistar a los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, se encuentren o no obligados a tributar en México. Para ello deberá tomar en cuenta lo siguiente: - Se entiende por representante legal aquél que en términos del artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles tenga la representación legal de la empresa o aquella persona que cuente con poder para actos de dominio en términos del artículo 2,554 tercer párrafo del Código Civil Federal. |
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- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración que estén obligados a tributar en México. - Cuando la empresa solicitante cotice mercados reconocidos en términos del artículo 16-C del CFF, no estará sujeta a contar con la opinión positiva vigente sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales de los tenedores de las acciones que se cotizan en la misma. - Cuando la empresa solicitante cuente con más de 20 socios o accionistas, deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de aquellos que en lo individual o en su conjunto, representen al menos el 80% de las acciones de la empresa solicitante. - Cuando la misma persona ostente más de una figura (por ejemplo, representante legal y accionista) deberá declararse en cada una, sin importar que se repita, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales. Para los no obligados a tributar en México deberá tomar en cuenta lo siguiente: - Tratándose de socios o accionistas, deberá presentar el documento denominado “Relación de los Socios, Accionistas o Asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC”. (Forma oficial 96). - Tratándose de representante legal, administrador único y/o miembros del consejo de administración, de forma enunciativa, más no limitativa, podrá presentar documentos que acrediten que dichas personas no se encuentran obligadas a tributar en México, tales como, Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales con la leyenda “Sin obligaciones fiscales”, constancia de residencia para efectos fiscales del país donde tributa, declaraciones fiscales del país donde se encuentren obligados a tributar, etc. 17.2.3. Señale si los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, declararon ingresos acumulables ante la autoridad fiscal para los fines del ISR correspondientes a los dos ejercicios fiscales previos a la solicitud. Deberá contestar lo que corresponda
Anexar el formato denominado “Perfil del Recinto Fiscalizado Estratégico”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada instalación donde se lleve a cabo el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, por tramo o por la red completa según sea el caso. 18.1. Indique si cuenta con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS en cualquiera de sus rubros. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá de señalar el rubro, la fecha de fin de vigencia y número de oficio de autorización mediante el cual se otorgó el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad IVA e IEPS. 18.2. Señale si cuenta con la autorización bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá de señalar el fin de vigencia y número de oficio mediante el cual se le otorgó la autorización bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico. Deberá anexar copia simple del oficio mediante el cual se le otorgó la concesión o la autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior. 18.3. Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización del régimen de recinto fiscalizado estratégico. Deberá contestar lo que corresponda. |
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Las empresas interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado, rubro Tercerización Logística, que realicen únicamente el manejo de mercancías por cuenta de terceros, con excepción de la fracción XI de la regla 7.1.1., deberán: 19.1. Señale si cuenta con un Programa IMMEX de servicios vigente. Deberá contestar lo que corresponda. 19.2. Indique si cuenta con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS en cualquiera de sus rubros: Deberá contestar lo que corresponda. Deberá de señalar el rubro, la fecha de fin de vigencia y número de oficio de autorización mediante el cual se otorgó el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS. 19.3. Señale si cuenta con al menos una instalación para la prestación de los servicios logísticos y resguardo de la documentación de comercio exterior. Deberá contestar lo que corresponda. 19.4. Indique si participa directamente en el manejo de mercancías y gestión de la carga, utilizando su propio transporte, centros de distribución, almacenes y/o consolidación. Deberá contestar lo que corresponda. 19.4.1. Señale si cuenta con terceros para la prestación de servicios aduaneros, almacenaje, traslado y/o distribución de mercancías de comercio exterior, los cuales deberán contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, en cualquiera de sus rubros o CTPAT, otorgado por CBP. Deberá contestar lo que corresponda. Cuando la empresa solicitante cuente con terceros para la prestación de servicios aduaneros, almacenaje, traslado y/o distribución de mercancías de comercio exterior, adicionalmente deberá señalar, y en su caso, adjuntar lo siguiente: - El nombre, denominación o razón social, clave en el RFC e indicar con qué tipo de registro cuenta cada uno de los terceros contratados para prestar en su nombre los servicios aduaneros, almacenaje, traslado y/o distribución de mercancías de comercio exterior. - Copia de la documentación que acredite la relación comercial (contrato), mismo que deberá ser acorde a la legislación aplicable y estar vigente. Las empresas con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado, rubro Tercerización Logística, que soliciten su registro en el rubro SECIIT, deberán cumplir con los requisitos establecidos en la regla 7.1.4., segundo párrafo, apartado D, a excepción de lo señalado en la fracción III y IV, exclusivamente con los catálogos y módulos del Anexo 24, apartado B, indicados en los lineamientos que para tales efectos emita la AGACE, mismos que se darán a conocer en el Portal del SAT; y haber realizado al menos el 50% del valor de sus operaciones de comercio exterior dentro de los últimos doce meses, contados a partir de la fecha de presentación de su solicitud, con empresas que tengan registro vigente en el rubro SECIIT.
20.1. Las empresas que soliciten de manera conjunta con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado en cualquiera de sus rubros y, el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Auto Transportista Terrestre, deberán cumplir adicionalmente a lo señalado en las reglas 7.1.1. y 7.1.4., párrafos cuarto, quinto, sexto y séptimo, conforme a lo siguiente: 20.1.1. Deberá señalar si solicita el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado en alguno de sus rubros o, en su caso, señalar si cuenta con el registro en alguno de dichos rubros, llenando los incisos a), b) y c). |
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20.1.2. Señale si cuenta con medios de transportes propios para el traslado de mercancías de comercio exterior. Deberá contestar lo que corresponda. Anexar el formato denominado “Perfil del Auto Transportista Terrestre”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada instalación donde se lleve a cabo el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, por tramo o por la red completa según sea el caso. 20.1.3. Contar con el permiso único para operar el transporte privado de carga vigente expedido por la SICT. Deberá anexar copia del documento expedido por la SICT, con el cual acredite que cuenta con el permiso único para operar el transporte privado de carga vigente. 20.1.4. Declaración bajo protesta de decir verdad, respecto del número de unidades propias con las que cuenta para operar el transporte privado de carga. Deberá anexar escrito libre en donde se declare bajo protesta de decir verdad, la cantidad de unidades propias con las que cuenta la solicitante. 20.1.5. Señale si los medios de transporte para el traslado de las mercancías, cuentan con sistemas de rastreo. Deberá contestar lo que corresponda. 20.1.6. Señale si cuenta con el registro CAAT. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá señalar la fecha de registro y el número de registro CAAT. 20.2. Las empresas que soliciten el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado que sean socios del programa denominado CTPAT, otorgado por la CBP y estén localizados ante el RFC podrán acreditar el requisito establecido en la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción IV, conforme a lo siguiente: Anexar el reporte de validación emitido en un periodo no mayor a tres años a la fecha que se presente la solicitud, a través del cual acredite a la solicitante como socio del Programa CBP (CTPAT), con estatus certificado-validado para cada una de las instalaciones validadas por la CBP (CTPAT), así como anexar su correspondiente traducción simple al español. 20.2.1. Manifieste si autorizó a CBP (CTPAT), a compartir información con México, a través de su portal CTPAT o del mecanismo que la autoridad de dicho país defina. Deberá contestar lo que corresponda. Deberán cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato “Perfil de la empresa”, para lo cual deberán entregar ante la AGACE el formato debidamente llenado y en medio magnético, conforme a lo establecido en el instructivo de llenado del perfil, únicamente por las instalaciones no validadas por CBP (CTPAT). Las instalaciones que se encuentren validadas por CBP (CTPAT) de las cuales no se presente el “Perfil de la Empresa”, deberán de cumplir en todo momento, con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el “Perfil de la Empresa”, conforme a lo previsto en la regla 7.2.1., tercer párrafo, fracción III y no estar sujetas a un proceso de suspensión o cancelación por parte de CBP (CTPAT). 20.3. Señale si para comprobar el plazo de tres años de operación ha operado durante los últimos dos años como empresa extranjera al amparo de otra empresa con Programa IMMEX en la modalidad de albergue. Deberá contestar lo que corresponda. 20.4. Contrato celebrado por un mínimo de tres años con la empresa que cuenta con el Programa IMMEX bajo la modalidad de albergue. Deberá anexar copia del contrato celebrado, por un mínimo de tres años, con la empresa que cuenta con el Programa IMMEX bajo la modalidad de Albergue. |
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21.1 Modalidad Socio Comercial rubro Auto Transportista Terrestre. Las empresas que aspiren a obtener la certificación bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado en el rubro de Auto Transportista Terrestre, deberán cumplir los requisitos a que se refiere la regla 7.1.1., con excepción de lo establecido en las fracciones VIII, X, XI y XIV; así como acreditar el requisito a que se refiere la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción I; y con los estándares mínimos en materia de seguridad a que se refiere el artículo 100-A, fracción VII de la Ley, con lo siguiente: Anexar el formato denominado “Perfil del Auto Transportista Terrestre”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada instalación donde se lleve a cabo el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, por tramo o por la red completa según sea el caso. 21.2. Deberá señalar si realiza operaciones de auto transporte federal. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá anexar el formato denominado “Perfil del Auto Transportista Terrestre”, debidamente llenado y en medio magnético, cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado. 21.3. Señale si cuenta con dos años como mínimo de experiencia en la prestación de servicio de auto transporte de mercancías. |
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Deberá contestar lo que corresponda. 21.4. Contar con el permiso vigente expedido por la SICT para prestar el servicio de auto transporte federal de carga. Deberá anexar copia del documento expedido por la SICT con el cual se acredite que cuenta con el permiso vigente para prestar el servicio de auto transporte federal de carga. 21.5. Declaración bajo protesta de decir verdad, respecto del número de unidades propias o arrendadas, que utiliza para la prestación del servicio. Deberá anexar escrito libre en donde se declare bajo protesta de decir verdad, la cantidad de unidades con las que cuenta y señalar cuantas son propias y cuantas arrendadas. En caso de las unidades arrendadas deberá anexar el contrato con el que acredite las unidades arrendadas. 21.6. Señale si los medios de transporte que utiliza para el traslado de las mercancías de importación, cuentan con sistema de rastreo. Deberá contestar lo que corresponda. 21.7. Señale si cuenta con el registro CAAT. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá señalar la fecha de registro y el número de registro CAAT.
Las empresas Auto Transportistas Terrestres que soliciten el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado que sean socios del programa denominado CTPAT, otorgado por la CBP, podrán acreditar el requisito establecido en el primer párrafo, fracción I, inciso b) de la regla 7.1.5., conforme a lo siguiente: Anexar el reporte de validación emitido en un periodo no mayor a tres años a la fecha que se presente la solicitud, a través del cual acredite a la solicitante como socio del programa CBP (CTPAT), con estatus certificado-validado, para cada una de las instalaciones validadas por CBP (CTPAT), así como anexar su correspondiente traducción simple al español. 22.1. Señale si autorizó a CBP (CTPAT) a compartir información con México, a través de su portal de CTPAT o del mecanismo que la autoridad de dicho país defina. Deberá contestar lo que corresponda. |
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22.2. Señale si las instalaciones que cuenten con la certificación de CBP (CTPAT) y de las cuales no se deberá de presentar el “Perfil de Auto Transportista Terrestre”, cumplen con los estándares mínimos en materia de seguridad. Deberá contestar lo que corresponda. 22.3. Señale si se encuentra sujeta a un proceso de suspensión o cancelación por parte de CBP (CTPAT). Deberá contestar lo que corresponda. Deberá de anexar el formato denominado “Perfil del Auto Transportista Terrestre” y en medio magnético únicamente por las instalaciones no validadas por el CBP (CTPAT).
Las personas físicas que aspiren a obtener la certificación bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Agente Aduanal, deberán cumplir los requisitos a que se refiere la regla 7.1.1., con excepción de lo establecido en las fracciones I, VIII, X, XI, XII y XIV; así como acreditar el requisito a que se refiere la regla y 7.1.4., primer párrafo, fracción I, y con los estándares mínimos en materia de seguridad a que se refiere el artículo 100-A, fracción VII de la Ley, con lo siguiente: Anexar el formato denominado “Perfil del Agente Aduanal”, debidamente llenado y en medio magnético. 23.1. Que sus mandatarios, se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, para lo cual señalará el nombre de cada uno de sus mandatarios, su clave en el RFC y si se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Deberá señalar el nombre y clave en el RFC de sus mandatarios y si se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. 23.2. Señale si la patente aduanal se encuentra activa. Deberá contestar lo que corresponda. 23.3. Señale si a la fecha de la presentación la patente aduanal se encuentra sujeta a un proceso de suspensión, cancelación, extinción, inhabilitación o suspensión voluntaria, a que se refieren los artículos 164, 165 y 166 de la Ley. Deberá contestar lo que corresponda. 23.4. Señale si la patente aduanal ha estado suspendida, cancelada, extinguida o inhabilitada en los tres años anteriores a la presentación de su solicitud. Deberá contestar lo que corresponda. 23.5. En caso de haberse incorporado y/o constituido una o más sociedades, de conformidad con la fracción II del artículo 163 de la Ley, derogada mediante Decreto publicado en el DOF el 25 de junio de 2018, estas deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, para lo cual deberá señalar el nombre y clave en el RFC de dichas sociedades. Deberá señalar el nombre completo, clave en el RFC y aduanas en la que actúan dichas sociedades. 23.6. Datos adicionales del agente aduanal. Deberá señalar la aduana de adscripción, aduanas adicionales autorizadas, número de trabajadores registrados en el IMSS a la fecha de su solicitud, número de trabajadores registrados mediante contrato de prestación de servicios y manifestar que la patente cuenta con un mínimo de dos años de experiencia en la presentación de servicios aduanales. 23.7. Describa los servicios adicionales a la gestión aduanera que presta el agente aduanal (Agregar las líneas que sean necesarias). Deberá de describir los servicios que preste el agente aduanal, adicionales a la gestión aduanera. 23.8. Datos de las instalaciones de la agencia. Deberá indicar el nombre y/o denominación, domicilio y tipo de instalación que pertenecen a la patente del agente aduanal solicitante, para tales efectos podrán adicionar las filas que sean necesarias. |
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Las empresas que aspiren a obtener la certificación bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Transportista Ferroviario, además de lo establecido en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI y XIV y 7.1.4., primer párrafo, fracción I, deberán cumplir con lo siguiente: Anexar el formato denominado “Perfil del Transportista Ferroviario”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada instalación donde se lleve a cabo el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, por tramo o por la red completa según sea el caso. 24.1. Contar con la concesión o el permiso vigente, expedido por la SICT para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga. Deberá anexar copia del documento expedido por la SICT, con el que acredite que cuenta con la concesión o el permiso vigente para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga. 24.2. Señale si cuenta con unidades propias, arrendadas en comodato u otra figura jurídica con la que acredite la posesión de las mismas (equipo tractivo) que utiliza para la prestación del servicio: Deberá anexar escrito libre en donde se declare bajo protesta de decir verdad, la cantidad de unidades con las que cuenta y señalar cuantas son propias y cuantas arrendadas. En caso de las unidades arrendadas deberá anexar el contrato con el que acredite las unidades arrendadas. 24.3. Señale si los medios de transporte para el traslado de las mercancías, cuentan con sistemas de rastreo conforme a lo establecido en el formato denominado “Perfil del Transportista Ferroviario”. Deberá contestar lo que corresponda.
Las empresas que soliciten el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Parque Industrial, deberán cumplir adicionalmente a los requisitos establecidos en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI y XIV, y con lo señalado en la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción I, así como con los estándares mínimos en materia de seguridad a que se refiere el artículo 100-A, fracción VII de la Ley, con lo siguiente: Anexar el formato denominado “Perfil de Parques Industriales”, debidamente llenado por cada Parque Industrial que alberguen las empresas o las instalaciones que pertenezcan al mismo RFC del corporativo, donde se realicen las operaciones de comercio exterior; y en medio magnético. 25.1. Deberá señalar el nombre y/o denominación de cada Parque Industrial del que se solicite el registro y que pertenezcan y operen bajo el mismo RFC del corporativo. Las instalaciones albergadas pueden ser plantas industriales, almacenes, centros de distribución, etc. y deben realizar operaciones de comercio exterior. 25.2. Contar con la Manifestación de impacto ambiental. Deberá anexar el documento emitido por la SEMARNAT sobre el impacto ambiental de acuerdo a la norma NMX-R-046-SCFI-2015.
Las empresas interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Recinto Fiscalizado, además de lo establecido en las reglas 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI, y 7.1.4., primer párrafo, fracción I, deberán cumplir con lo siguiente: Anexar el formato denominado “Perfil del Recinto Fiscalizado”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada recinto fiscalizado. 26.1. Señale si al momento de la presentación de su solicitud cuenta con la autorización de Recinto Fiscalizado. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá indicar la fecha de fin de vigencia y número de oficio de la autorización como recinto fiscalizado. Deberá anexar copia simple del oficio mediante el cual se le otorgó la autorización para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado. 26.2. Señale si al momento de la presentación de su solicitud se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización de Recinto Fiscalizado. Deberá contestar lo que corresponda. |
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Las empresas interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado bajo el rubro de mensajería y paquetería, además de lo establecido en la regla 7.1.1. y 7.1.4, primer párrafo, fracciones I y II, deberán anexar lo siguiente: Anexar el formato denominado “Perfil de la empresa de Mensajería y Paquetería”, debidamente llenado y en medio magnético. 27.1. Señalar a quien pertenecen las aeronaves en las que realizan la transportación de documentos y mercancías. Deberá de señalar si las aeronaves en las que realizan la transportación de documentos y mercancías son propias, o pertenecen a su subsidiaria, filial o matriz. Deberá indicar el nombre de la dueña de las aeronaves en las que realizan la transportación de documentos y mercancías. Deberá de anexar contrato de servicios, con una vigencia mínima de cinco años y no menor a un año a la fecha de su solicitud, celebrado de forma directa o a través de sus matrices, filiales o subsidiarias, con un concesionario o permisionario debidamente autorizado por la SICT, mediante el cual pongan a disposición para uso dedicado de las actividades de la empresa de mensajería o paquetería al menos 30 aeronaves y que provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde dicha empresa realiza el despacho de los documentos o mercancías. Asimismo, deberá anexar documento emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT a favor de la concesionaria o permisionaria con el que acredite que tienen autorizadas o registradas las rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional. 27.2. Señalar quien opera el transporte de aeronaves. Deberá de señalar quien opera el transporte de aeronaves si es la solicitante subsidiaria, filial o matriz. Anexar documento emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT con el que acredite que cuenta con el registro de rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional. 27.3. Señale si cuenta con la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá señalar el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. 27.4. Señale si a la fecha de presentación de su solicitud cuenta con una inversión mínima de activos fijos por un monto equivalente en moneda nacional a 1´000,000 de dólares. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá de anexar la documentación con la que acredite que a la fecha de presentación de su solicitud cuenta con una inversión mínima de activos fijos por un monto equivalente en moneda nacional a 1´000,000 de dólares. 27.5. Señale si para efectos del presente rubro se acredita en grupo. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá de señalar el nombre de las empresas que forman parte del grupo. 27.6. Indique el nombre de las empresas que forman parte del grupo que cuenta con las aeronaves. Deberá de señalar el nombre y clave en el RFC de las empresas que forman parte del grupo que cuentan con las aeronaves. Deberá anexar la documentación con la que acredite que cuentan con aeronaves para la transportación de documentos y mercancías, mediante contrato de servicios, celebrado de forma directa o a través de una empresa operadora que forme parte del mismo grupo, que cuente con concesión o permiso autorizado por la SICT, mediante el cual ponga a su disposición para uso exclusivo de las actividades de mensajería y paquetería al menos 3 aeronaves y provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde las empresas de mensajería y paquetería realizan el despacho de los documentos o mercancías. Asimismo, deberá anexar permiso por parte de la SICT, emitido a favor de la empresa que forma parte del grupo. |
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27.7. Indique el nombre de las empresas que forman parte del grupo, las cuales operen el transporte de las aeronaves señaladas en la fracción anterior, tengan autorizadas o registradas sus rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional ante la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT. Deberá indicar el nombre y clave en el RFC de las empresas que formen parte del grupo, que operen el transporte de las aeronaves. Deberá de anexar documento emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT, a favor de alguna de las empresas que forman parte del grupo con el que acredite que tienen autorizadas o registradas las rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional. 27.8. Indique el nombre de las empresas que forman parte del grupo, que cuentan con la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. Deberá indicar el nombre y clave en el RFC de las empresas que formen parte del grupo, las cuales cuenten con la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. Deberá indicar el fin de vigencia y el número de oficio con el cual se le otorgó la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. Deberá contestar lo que corresponda. |
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Las empresas interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Almacén General de Depósito y que hayan prestado el servicio de almacenamiento de mercancías bajo el régimen de depósito fiscal, por al menos dos años previos a la presentación de la solicitud, además de lo establecido en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI, XIV, y en la regla 7.1.4., primer párrafo, fracción I, deberán cumplir con lo siguiente: Anexar el formato denominado “Perfil del Almacén General de Depósito”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada local, instalación, bodega o sucursal que el almacén general de depósito determine, siempre y cuando cuenten con autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías destinada al régimen de depósito fiscal. 28.1. Señale si al momento de la presentación de su solicitud cuenta con la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en régimen de depósito fiscal. Deberá contestar lo que corresponda. Deberá indicar la fecha de fin de vigencia y el número de oficio de la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en régimen de depósito fiscal. Deberá anexar copia simple del oficio mediante el cual se le otorgó la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en régimen de depósito fiscal. 28.2. Señale si al momento de la presentación de su solicitud se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en régimen de depósito fiscal. Deberá contestar lo que corresponda.
Indicar si autorizan o no al sujeto obligado denominado SAT, a través de la AGACE, a compartir, difundir o distribuir con otras autoridades nacionales o extranjeras los datos personales y demás información de la empresa que representen, y que se genere durante el transcurso en que la misma se encuentre inscrita en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Con la finalidad de crear cadenas de suministros más seguras, se establecerá un listado con las empresas que hayan obtenido la certificación como Socio Comercial Certificado, mismo que se publicará en el Portal del SAT que incluirá los datos generales que la empresa autorice, así como el estatus de su certificación, mismo que podrá ser consultado por las empresas que hayan obtenido su inscripción en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas. Indicar los datos generales que autorizan publicar.
Indicar si la información proporcionada, durante el trámite para el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, es clasificada por la empresa como pública o confidencial. |
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Instructivo de trámite para obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad IVA e IEPS
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¿Quiénes lo presentan? Los interesados en obtener su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS, bajo los rubros A, AA y AAA. |
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¿Dónde se presenta? Ante la AGACE, a través de Ventanilla Digital. |
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¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite? Oficio de respuesta a la solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas. |
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¿Cuándo se presenta? En cualquier momento. |
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Requisitos: I. Manifestar: a) Nombre y dirección de la totalidad de los clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizaron operaciones de comercio exterior durante los últimos doce meses, directamente vinculados con el régimen aduanero con el que se solicita la certificación. b) Nombre, denominación o razón social y clave en el RFC de la totalidad de sus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la certificación, durante los últimos doce meses, anteriores a la presentación de la solicitud. II. Constancias de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del SUA del último bimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud. III. Documentación con la que se acredite que la empresa cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, de al menos un año de vigencia a partir de la fecha de presentación de la solicitud. IV. Documentación con la que se acredite el pago de la totalidad de cuotas obrero patronales de por lo menos diez empleados a través de línea de captura del último bimestre anterior a su solicitud. V. Para el caso de Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación IMMEX, adicionalmente deberán anexar: a) Archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), así como los montos en moneda nacional, y en su caso, dos Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), para acreditar el punto 6.3 del formato. b) Documento que describa las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa, describiendo desde el arribo de la mercancía, su almacenamiento, su proceso productivo, y retorno, conforme al Instructivo. c) Contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación. VI. Las empresas que importen o pretendan importar temporalmente mercancías listadas en el Anexo II del Decreto IMMEX, y/o de las listadas en el Anexo 28, adicionalmente deberán anexar: a) Documentación con la que se acredite que realizaron operaciones al amparo del Programa IMMEX en al menos doce meses previos a la solicitud. VII. Para el caso de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal, adicionalmente deberán anexar copia simple de la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente. VIII. Para el caso de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico, adicionalmente deberán anexar copia simple de la autorización vigente emitida por el SAT para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico. IX. Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. X. Para los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, rubro AA, adicionalmente deberán anexar: a) Para cumplir con lo señalado en el punto 10.1 según la opción u opciones seleccionadas, se deberá cumplir con lo siguiente: 1. Documentación con la que se acredite que durante los últimos doce meses en promedio contaron con más de mil empleados registrados ante el IMSS, conforme lo señalado en el punto 4.3 de la parte de instrucciones. 2. Documentación con la que se acredite un valor igual o mayor a $50,000,000.00 (cincuenta millones de pesos 00/100 m.n.), para el supuesto del valor de su maquinaria o equipo, tal como: última declaración fiscal de dichos conceptos; CFDI o documentos equivalentes y pedimentos de importación. b) Copia simple de la autorización de pago a plazos, en parcialidades o diferido, o bien el comprobante de pago respectivo, para el caso de tener un crédito fiscal notificado por parte del SAT. XI. Para los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, para el rubro AAA, adicionalmente deberán anexar: a) Archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional o de aquellas empresas que les transfieran mercancías a través de operaciones virtuales vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando el registro y sus valores de los últimos seis meses. b) Para cumplir con lo señalado en el punto 11.1 se deberá indicar lo siguiente, según la opción u opciones seleccionadas: 1. Acreditar que durante los últimos doce meses en promedio contaron con más de dos mil quinientos empleados registrados ante el IMSS, conforme lo señalado en el punto 4.3 de la parte de instrucciones. 2. Documentación con la que se acredite un valor igual o mayor a $100,000,000.00 (cien millones de pesos 00/100 m.n.), para el supuesto del valor de su maquinaria o equipo, tal como: última declaración fiscal de dichos conceptos; CFDI o documentos equivalentes y pedimentos de importación. c) Copia simple de la autorización de pago a plazos, en parcialidades o diferido, o bien el comprobante de pago respectivo, para el caso de tener un crédito fiscal notificado por parte del SAT. |
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Condiciones: I. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. II. Cumplir con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores. III. Que sus proveedores no se encuentren en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF. |
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Información adicional: I. En el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito, requerirá por única ocasión al solicitante la información o documentación faltante, y otorgará un plazo de quince días para que subsane o desvirtúe las inconsistencias. II. El oficio de respuesta a la solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, se otorgará en un plazo no mayor a sesenta días, contados a partir del día siguiente a la fecha de recepción del acuse. III. Cuando el contribuyente de conformidad con la regla 1.2.2., presente cualquier documentación para complementar su solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, deberá exhibir la misma en medio magnético. |
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Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 28-A de la Ley del IVA, 15-A de la Ley del IEPS, 40, inciso m) de la LFD, 69-B del CFF, las reglas 1.2.2., 7.1.1., 7.1.2., 7.1.3. y 7.1.6. de las RGCE y Anexo 19 de la RMF |
Instructivo de trámite para obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Comercializadora e Importadora
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¿Quiénes lo presentan? Personas morales interesadas en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad de Comercializadora e Importadora |
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¿Dónde se presenta? Ante la AGACE, a través de Ventanilla Digital. |
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¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite? Oficio de respuesta a la solicitud. |
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¿Cuándo se presenta? En cualquier momento |
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Requisitos: I. Manifestar: a) Nombre, denominación o razón social y dirección de la totalidad de los clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizaron operaciones de comercio exterior durante los últimos doce meses, directa o indirectamente vinculados con el régimen aduanero con el que se solicita el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas. b) Nombre y clave en el RFC de la totalidad de sus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando, de los últimos doce meses, anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. II. Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. III. Constancias del personal registrado ante el IMSS, del SUA del último bimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud, IV. Formato del “Perfil de la Empresa” que corresponda por cada una de las instalaciones, donde se lleven a cabo operaciones de comercio exterior y en medio magnético. V. Documentación con la que se acredite que la empresa cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, de al menos un año de vigencia a partir de la fecha de presentación de la solicitud. VI. Documentación con la que se acredite haber efectuado en el semestre inmediato anterior a aquél en que ingresen su solicitud, importaciones por un valor en aduana no menor a $300,000,000.00 (trescientos millones de pesos 00/100 m.n.). |
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Condiciones: I. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. II. Estar constituidas conforme a la legislación mexicana. III. Cumplir con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores. |
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Información adicional: I. En el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito, le requerirá por única ocasión al solicitante la información o documentación faltante, mismo que contará con un plazo de quince días contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación, para dar atención al requerimiento, en caso contrario, se tendrá por desechada la solicitud. II. La AGACE, emitirá respuesta, en un plazo no mayor a sesenta días, contado a partir de que se tengan cubiertos en su totalidad los requisitos establecidos, según sea el caso. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya resuelto, se entenderá que es favorable la resolución. III. Cuando el contribuyente de conformidad con la regla 1.2.2., presente cualquier documentación para complementar su solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, deberá exhibir la misma en medio magnético. |
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Disposiciones jurídicas aplicables: Artículo 100-A de Ley, 40, inciso m) de la LFD, reglas 7.1.1., 7.1.4. y 7.1.6. de las RGCE. |
Instructivo de trámite para obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado bajo los rubros de Importación y/o Exportación; Controladora; Aeronaves; SECIIT; Textil, Recinto Fiscalizado Estratégico y Tercerización Logística
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¿Quiénes lo presentan? Personas morales. |
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¿Dónde se presenta? Ante la AGACE: I. A través de Ventanilla Digital, tratándose de los rubros de Importación y/o Exportación; Controladora; Aeronaves; SECIIT; Textil y Recinto Fiscalizado Estratégico. II. En oficialía de partes, está solicitud y documentos anexos o puede enviar su aviso mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería. tratándose del rubro Tercerización Logística. |
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¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite? Oficio de respuesta a la solicitud. |
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¿Cuándo se presenta? En cualquier momento. |
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Requisitos: I. Manifestar: a) Nombre, denominación o razón social y dirección de la totalidad de los clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizaron operaciones de comercio exterior durante los últimos doce meses, directa o indirectamente vinculados con el régimen aduanero con el que se solicita el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas. b) Nombre y clave en el RFC de la totalidad de sus proveedores de insumos adquiridos en territorio nacional, vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando, de los últimos doce meses, anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. II. Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. III. Constancias del personal registrado ante el IMSS, del SUA del último bimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud. IV. Formato del “Perfil de la Empresa” o “Perfil del Recinto Fiscalizado Estratégico” según corresponda, por cada una de las instalaciones, donde se lleven a cabo operaciones de comercio exterior y en medio magnético. V. Documentación con la que se acredite que la empresa cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, de al menos un año de vigencia a partir de la fecha de presentación de la solicitud. VI. Documentación con la que se acredite haber efectuado en el semestre inmediato anterior a aquél en que ingresen su solicitud, importaciones por un valor en aduana no menor a $300,000,000.00 (trescientos millones de pesos 00/100 m.n.). VII. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, rubro Importador y/o Exportador, adicionalmente deberán anexar la documentación con la que se acredite haber efectuado operaciones de comercio exterior durante los últimos dos años anteriores a su solicitud. VIII. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, rubro Controladora, adicionalmente deberán anexar: a) Documento emitido por la SE, mediante el cual se acredite que han sido designadas como sociedades controladoras para integrar las operaciones de manufactura o maquila de dos o más sociedades controladas, respecto de las cuales la controladora participe de manera directa o indirecta en su administración, control o capital, cuando alguna de las controladas tenga dicha participación directa o indirecta sobre las otras controladas y la controladora, o bien, cuando una tercera empresa ya sea residente en territorio nacional o en el extranjero, participe directa o indirectamente en la administración, control o en el capital tanto de la sociedad controladora como de las sociedades controladas. b) Relación de las sociedades controladas, indicando su participación accionaria, su denominación o razón social, domicilio fiscal, clave en el RFC y el monto de las importaciones y exportaciones realizadas por cada una de las sociedades. c) Diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia certificada de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de la sociedad controladora y de las sociedades controladas. IX. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, rubro Aeronaves, adicionalmente deberán anexar: a) Autorización vigente del Programa IMMEX otorgado por la SE y contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de IVA e IEPS, en cualquiera de sus rubros. b) Copia certificada del permiso de la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT, para el establecimiento de talleres de aeronaves, cuando las empresas realicen dichos procesos. X. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, rubro SECIIT, adicionalmente deberán anexar: a) Copia del Programa IMMEX vigente y contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de IVA e IEPS, en los rubros AA o AAA. b) El dictamen favorable emitido por la Asociación Civil, Cámaras o Confederación autorizada conforme a la regla 7.1.9., con el que acredite el cumplimiento de lo previsto en los “Lineamientos del Sistema Electrónico para el Control de Inventarios de Importaciones Temporales”, de conformidad con la regla 7.1.10. c) Para cumplir con lo señalado en el punto 16.4 se deberá indicar lo siguiente según la opción u opciones seleccionadas: 1. Constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS emitido por el SUA, en la que se pueda visualizar que cuenta con al menos mil trabajadores registrados ante el IMSS. 2. Anexe documentos con los que acredite que cuenta con activos fijos de maquinaria y equipo por un monto equivalente en moneda nacional a 30,000,000 (treinta millones) de dólares de los Estados Unidos de América. 3. Que la empresa cotiza en mercados reconocidos en términos del artículo 16-C del CFF. En el caso de que la empresa solicitante no cotice en bolsa, podrá presentar la documentación que demuestre que al menos el 51% de sus acciones con derecho a voto, son propiedad en forma directa o indirecta de una empresa que cotiza en mercados reconocidos. d) Documentación con la que se acredite que los medios de transporte que utilizará para el traslado de las mercancías de importación cuyo destino final sea fuera de la franja o región fronteriza, cuentan con sistemas de rastreo. e) Diagrama de flujo que describa la operación de su SECIIT, que refleje que el mismo cumple con el Anexo 24, apartado B y con los lineamientos que al efecto emita la AGACE, así como que la autoridad aduanera cuenta con acceso electrónico en línea de manera permanente e ininterrumpida, lo cual será verificado por la autoridad aduanera en la visita de inspección. XI. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, rubro Textil, que no cuenten con Programa IMMEX. deberán anexar lo siguiente: a) Constancia del personal registrado ante el IMSS, del SUA, o bien a fin de evitar que se anexe la totalidad del SUA, se podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS). b) Comprobante del pago de cuotas obrero patronales de por lo menos treinta empleados del último bimestre anterior a la solicitud, deberá adjuntar comprobante de pago descargado por el SIPARE o comprobante de pago que sea acorde con la información del SUA, a que se refiere el primer párrafo. Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito. c) Listado de los socios, accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio, e integrantes de la administración de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, se encuentren o no obligados a tributar en México. En caso de no estar obligados a tributar se deberá anexar lo siguiente: 1. Relación de los Socios, Accionistas o Asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC. (Forma oficial 96 “Relación de Socios, Accionistas o Asociados residentes en el extranjero”, contenida en el Anexo 1 “Formas oficiales fiscales” de la RMF). 2. Representante legal, administrador único y/o miembros del consejo de administración, de forma enunciativa, más no limitativa, documentos tales como, Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales con la leyenda “Sin obligaciones fiscales”, constancia de residencia para efectos fiscales del país donde tributa, declaraciones fiscales del país donde se encuentren obligados a tributar, etc. XII. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, rubro Recinto Fiscalizado Estratégico, deberán anexar copia simple del oficio mediante el cual se le otorgó la concesión o la autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior. XIII. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, rubro Tercerización Logística, que realicen únicamente el manejo de mercancías por cuenta de terceros, deberán anexar lo siguiente: a) Documentación con la que se acredite que la empresa cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde prestará los servicios logísticos y resguardo de la documentación de comercio exterior, de al menos un año de vigencia a partir de la fecha de presentación de la solicitud. b) Documentación con la que acredite la relación comercial, en caso de contar con terceros para la prestación de servicios aduaneros, almacenaje, traslado y/o distribución de mercancías de comercio exterior. XIV. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, Modalidad Operador Económico Autorizado y que sean socios del programa denominado CTPAT; adicionalmente deberán anexar: a) Reporte de validación emitido en un periodo no mayor a tres años a la fecha que se presente la solicitud, a través del cual acredite a la solicitante como socio del programa CBP (CTPAT), con estatus certificado-validado, para cada una de las instalaciones validadas por CBP (CTPAT), y su correspondiente traducción simple al español. b) Documentación con la que se acrediten los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato “Perfil de la empresa”, para lo cual se deberá entregar ante la AGACE el formato debidamente llenado y en medio magnético, conforme a lo establecido en el instructivo de llenado del perfil, únicamente por las instalaciones no validadas por CBP (CTPAT). |
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Condiciones: I. Cumplir con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores. II. Para el caso de la fracción XI, deberá cumplir con lo señalado en el Anexo 24, apartado B y con los lineamientos que al efecto emita la AGACE. |
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Información adicional: I. En el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito, requerirá por única ocasión al solicitante, el cual contará con un plazo de quince días contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación, para desahogar el requerimiento, en caso contrario, se tendrá por desechada la solicitud. II. La AGACE, emitirá el oficio de respuesta a la solicitud, en un plazo no mayor a ciento veinte días, contados a partir de que se tengan cubiertos en su totalidad los requisitos establecidos, según sea el caso. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya resuelto, se entenderá que es favorable la resolución. III. Las empresas con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado, rubro Tercerización Logística, que soliciten su registro en el rubro SECIIT, deberán cumplir con los requisitos establecidos en la regla 7.1.4., segundo párrafo, apartado D, a excepción de lo señalado en la fracción III y IV, exclusivamente con los catálogos y módulos del Anexo 24, apartado B, indicados en los lineamientos que para tales efectos emita la AGACE, mismos que se darán a conocer en el Portal del SAT; y haber realizado al menos el 50% del valor de sus operaciones de comercio exterior dentro de los últimos doce meses, contados a partir de la fecha de presentación de su solicitud, con empresas que tengan registro vigente en el rubro SECIIT. IV. Cuando el contribuyente de conformidad con la regla 1.2.2., presente cualquier documentación para complementar su solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, deberá exhibir la misma en medio magnético. |
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Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 100-A y 135-A de Ley, 16-C del CFF, 40, inciso m) de la LFD, reglas 1.2.2., 7.1.1., 7.1.4., 7.1.6., 7.1.7., 7.1.9., 7.1.10. y el Anexo 24 de las RGCE. |
Instructivo de trámite para obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de Socio Comercial Certificado, rubros auto-transportista terrestre, agente aduanal, transporte ferroviario, parques industriales, recinto fiscalizado, mensajería y paquetería y almacén general de depósito
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¿Quiénes lo presentan? Personas físicas o morales. |
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¿Dónde se presenta? Ante la AGACE. I. A través de Ventanilla Digital, tratándose de los rubros de auto-transportista terrestre, agente aduanal, transporte ferroviario, parques industriales, recinto fiscalizado y mensajería y paquetería. II. En oficialía de partes, está solicitud y documentos anexos o puede enviar su aviso mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería. tratándose del rubro almacén general de depósito. |
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¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite? Oficio de respuesta a la solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas. |
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¿Cuándo se presenta? En cualquier momento. |
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Requisitos: I. Los interesados en obtener Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Socio Comercial Certificado, rubro Auto Transportista Terrestre, además de los requisitos a que se refiere la regla 7.1.1., con excepción de lo establecido en las fracciones VIII, X, y XI y XIV y 7.1.4., primer párrafo, fracción I; así como con los estándares mínimos en materia de seguridad a que se refiere el artículo 100-A, fracción VII de la Ley, adicionalmente deberán anexar: a) Documentación con la que se acredite que realiza operaciones de autotransporte terrestre federal. b) Formato denominado “Perfil del Auto Transportista Terrestre” debidamente llenado y en medio magnético, con el que se acredite cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado. c) Documentación con la que se acredite estar inscritos en el CAAT, de conformidad con la regla 2.4.5., en caso de tratarse de empresas porteadoras. d) Transmitir: 1. Documentación con la que acredite dos años como mínimo de experiencia en la prestación de servicios de autotransporte de mercancías. 2. Documento con el que acredite que cuenta con el permiso vigente, expedido por la SICT para prestar el servicio de autotransporte federal de carga. 3. Declaración bajo protesta de decir verdad, respecto del número de unidades propias o arrendadas, que utiliza para la prestación del servicio. e) Comprobar que los medios de transporte que utilizará para el traslado de las mercancías, cuentan con sistemas de rastreo conforme a lo establecido en el formato denominado “Perfil del Auto Transportista Terrestre”. f) Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. II. Los interesados en obtener Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Socio Comercial Certificado, rubro Auto Transportista Terrestre y que sean socios del programa denominado CTPAT, podrán acreditar el requisito establecido en la regla 7.1.4., fracción II, con lo siguiente: a) Reporte de validación que acredite a la solicitante como socio del programa CBP (CTPAT), con estatus certificado-validado. b) Documentación que acredite que han sido autorizado a compartir información con México en su portal de CBP (CTPAT). c) Documentación con la que se acredite que cumplen con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato “Perfil del Auto Transportista Terrestre” para lo cual se deberá entregar ante la AGACE el formato debidamente llenado y en medio magnético, conforme a lo establecido en el instructivo de llenado del perfil, únicamente por las instalaciones no validadas por CBP (CTPAT). d) Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. Adicionalmente, las instalaciones que se encuentren validadas por CTPAT de las cuales no se presente el perfil de la empresa, deberán de cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el “Perfil de la empresa”. III. Los interesados en obtener Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Socio Comercial Certificado, rubro Agente Aduanal, adicional a lo establecido en las reglas 7.1.1., con excepción de lo establecido en las fracciones I, VIII, X, XI, XII y XIV, y 7.1.4., primer párrafo, fracción I; así como con los estándares mínimos en materia de seguridad a que se refiere el artículo 100-A, fracción VII de la Ley, deberán: a) Manifestar: 1. Nombre de las personas que han fungido como sus mandatarios y las aduanas ante las cuales actuaron. 2. Describir los servicios adicionales a la gestión aduanera que presta el agente aduanal. 3. Indicar todas las instalaciones que pertenecen a la patente del agente aduanal solicitante. b) Acreditar: 1. Que la totalidad de sus mandatarios se encuentran al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales. 2. Que la patente aduanal esté activa y no se encuentre sujeta a un proceso de suspensión, cancelación, extinción o suspensión voluntaria a que se refieren los artículos 164, 165 y 166 de la Ley, ni haber estado suspendida o cancelada en los tres años anteriores a aquél en que solicitan la inscripción en el registro 3. Haber promovido por cuenta ajena el despacho de mercancías en los dos años anteriores a aquél en que soliciten el registro del esquema de certificación de empresas bajo la modalidad de Socio Comercial Certificado rubro agente aduanal. 4. En caso de haberse incorporado y/o constituido una o más sociedades, de conformidad con la fracción II del artículo 163 de la Ley, derogada mediante Decreto publicado en el DOF el 25 de junio de 2018, estas deberán haber presentado la declaración del ISR correspondiente al último ejercicio fiscal por el que estén obligados la o las sociedades a la fecha de la presentación de la solicitud a que se refiere la presente fracción. c) Formato denominado “Perfil del Agente Aduanal” debidamente llenado y en medio magnético, con el que se acredite cumplir con los estándares mínimos en materia de seguridad establecidos en el formato citado. d) Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. IV. Los interesados en obtener Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Socio Comercial Certificado, rubro Transportista Ferroviario, adicional a lo establecido en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI y XIV y 7.1.4., fracción I, deberán anexar: a) Formato denominado “Perfil del Transportista Ferroviario” debidamente llenado y en medio magnético, por cada instalación donde se lleve a cabo el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, por tramo o por la red completa según sea el caso. b) Copia del documento con el que acredite que cuenta con la concesión o el permiso vigente, expedido por la SICT para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga. c) Documentación con la que se acredite que cuenta con unidades propias o arrendadas (equipo tractivo), en comodato u otra figura jurídica con la que acredite la posesión de las mismas (equipo tractivo), que utiliza para la prestación del servicio. d) Documentación con la que se acredite que los medios de transporte que utilizará para el traslado de las mercancías, cuentan con sistemas de rastreo conforme a lo establecido en el formato denominado “Perfil del Transportista Ferroviario”. e) Documentación con la que se acredite dos años como mínimo de experiencia en la prestación de servicios de transporte de mercancías por ferrocarril, anteriores a aquél en que soliciten el Registro del Esquema de Certificación de Empresas. f) Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. V. Los interesados en obtener Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Socio Comercial Certificado, rubro Parque Industrial, además de lo establecido en la regla 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI y XIV y 7.1.4., primer párrafo, fracción I, deberán anexar: a) Formato denominado “Perfil del Parque Industrial” debidamente llenado y en medio magnético, por cada Parque Industrial. b) Manifestación de impacto ambiental. c) Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. VI. Los interesados en obtener Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Socio Comercial Certificado, rubro Recinto Fiscalizado, además de lo establecido en las reglas 7.1.1. con excepción de las fracciones VIII, X, XI, y 7.1.4 primer párrafo, fracción I, deberán anexar el formato denominado “Perfil del Recinto Fiscalizado” debidamente llenado y en medio magnético, por cada instalación autorizada, así como el pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. VII. Los interesados en obtener Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Socio Comercial Certificado, rubro Mensajería y Paquetería, además de lo establecido en las reglas 7.1.1. y 7.1.4, primer párrafo, fracciones I y II, deberán: a) Transmitir el o los documento(s), con el que se acredite que las aeronaves en las que realizan la transportación de documentos y mercancías son propiedad de la empresa de mensajería y paquetería o bien de alguna de sus empresas filiales, subsidiarias o matrices nacionales o extranjeras. En su caso, el contrato de servicios con una vigencia mínima de cinco años, y no menor a un año a la fecha de su solicitud, celebrado de forma directa o a través de sus matrices, filiales o subsidiarias, con un concesionario o permisionario debidamente autorizado por la SICT, mediante el cual pongan a disposición para uso dedicado de las actividades de la empresa de mensajería o paquetería al menos 30 aeronaves y que provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde dicha empresa realiza el despacho de los documentos o mercancías. b) Acreditar que cuentan con: 1. Registro de rutas aéreas o aerovías dentro del espacio aéreo nacional ante la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SICT. 2. Concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. 3. Con una inversión mínima en activos fijos por un monto equivalente en moneda nacional a 1,000,000 (un millón) de dólares de los Estados Unidos de América a la fecha de presentación de la solicitud, de acuerdo con el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, correspondiente al último ejercicio fiscal por el que esté obligado a la fecha de la presentación de la solicitud de inscripción en el registro de empresas. c) Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. VIII. Tratándose de empresas de mensajería y paquetería que pertenezcan a un mismo grupo, conforme a la regla 7.1.7., a que se refiere la regla 7.1.5., fracción VI, segundo párrafo, deberán anexar la documentación que acredite de forma directa o a través de una empresa operadora que forme parte del mismo grupo, adicionalmente a los puntos anteriores, deberán: a) Manifestar: 1. Denominación o razón social, domicilio fiscal y clave en el RFC de cada una de las empresas que integran el grupo. b) Acreditar: 1. Que cuentan con aeronaves para la transportación de documentos y mercancías, mediante contrato de servicios, celebrado de forma directa o a través de una empresa operadora que forme parte del mismo grupo, que cuente con concesión o permiso autorizado por la SICT, mediante el cual ponga a su disposición para uso exclusivo de las actividades de mensajería y paquetería al menos tres aeronaves y provea frecuencias regulares a los aeropuertos donde las empresas de mensajería y paquetería realizan el despacho de los documentos o mercancías. 2. Que cuentan de forma directa o a través de una empresa que forme parte del mismo grupo, con concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior de conformidad con los artículos 14 y 14-A de la Ley. c) Anexar un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de las empresas solicitantes. d) Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. IX. Los interesados en obtener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Socio Comercial Certificado, rubro Almacén General de Depósito, además de lo establecido en las reglas 7.1.1., con excepción de las fracciones VIII, X, XI, XIV, y 7.1.4., primer párrafo, fracción I, deberán: a) Anexar el formato denominado “Perfil del Almacén General de Depósito”, debidamente llenado y en medio magnético, por cada local, instalación, bodega o sucursal que el almacén general de depósito determine, siempre y cuando cuenten con autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías destinada al régimen de depósito fiscal. b) Pago del derecho realizado a través del esquema electrónico e5cinco, correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud, a que se refiere el artículo 40, inciso m) de la LFD, en relación con el Anexo 19 “Cantidades actualizadas de la LFD” de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud del registro. |
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Condiciones: I. Que participan en el manejo, guarda, custodia y traslado de las mercancías de comercio exterior. II. Para el caso de las fracciones VI y IX, del apartado “Requisitos”, se deberá contar con autorización vigente y no estar sujetos a proceso de cancelación. |
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Información adicional: I. En el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito, requerirá por única ocasión al solicitante, y otorgará un plazo de quince días contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación, para que el solicitante desahogue el requerimiento, en caso contrario, se tendrá por desistido de la solicitud. II. La AGACE, emitirá el oficio de respuesta a la solicitud en un plazo no mayor a ciento veinte días, contados a partir de se tengan cubiertos en su totalidad los requisitos establecidos, según sea el caso. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya resuelto, se entenderá que es favorable la resolución. III. Cuando el contribuyente de conformidad con la regla 1.2.2., presente cualquier documentación para complementar su solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, deberá exhibir la misma en medio magnético. |
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Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 14, 14-A, 100-A, 159, 163, 164, 165 y 166 de la Ley, 40 inciso m) de la LFD, Reglas 1.2.2., 2.4.5., 7.1.1, 7.1.4., 7.1.5., 7.1.6., 7.1.7., 7.2.1., 7.2.2. y 7.2.3. de las RGCE y el Anexo 19 de la RMF. |
F4.
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Solicitud de usuario y contraseña para ingresar al Sistema de Operación Integral Aduanera (SOIA) Lugar y fecha de solicitud _____________________ a ____________de ___________de ______________
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Información general del solicitante. |
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Nombre, denominación y/o razón social de la persona física o moral:_________________________________________ ___________________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________________ Domicilio Fiscal: _____________________________________________________________________________________ Clave en el RFC con homoclave: ________________________ Correo electrónico: ________________________________ Teléfono de contacto: _________________________________________________________________________________ No. de Patente/No. de CAAT/No. de Recinto/Clave de Almacén/Importador (favor de especificar): ___________________________________________________________________________________________________ Describir de manera general las actividades a que se dedique el solicitante: ______________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ |
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Información del representante legal, en su caso. |
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Nombre: ___________________________________________________________________________________________ Clave en el RFC con homoclave:_________________________________________________________________________ |
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Datos generales del poder o acta constitutiva que otorga la representación legal. |
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Instrumento notarial: número: ___________________ Notaría: ________________________________________________ Nombre del notario: _________________________________________________________ Fecha: ___________________ |
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Persona autorizada y domicilio para oír y recibir notificaciones. |
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Nombre: ___________________________________________________________________________________________ Domicilio para oír y recibir notificaciones:____________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Teléfono: ____________________________Correo electrónico: _______________________________________________ |
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Marcar con una “X” la opción correspondiente: |
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Indique si la solicitud ha sido previamente presentada ante la misma autoridad u otra distinta, en caso afirmativo describa la situación en la que se encuentra. __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ |
SI |
NO |
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Indique si la solicitud ha sido objeto de algún proceso administrativo o judicial, en caso afirmativo describa la situación en la que se encuentra. __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ |
SI |
NO |
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Si el trámite lo realizó por mensajería, indique si requiere que la documentación original que presentó con este formato, le sea devuelta. Describa en que consiste: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ |
SI |
NO |
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Declaro bajo protesta de decir verdad que: 1. La información contenida en este documento es verdadera y me hago responsable de comprobar lo aquí declarado. Estoy consciente que seré responsable por cualquier declaración falsa u omisa hecha en o relacionada con el presente documento. 2. Las facultades otorgadas no me han sido modificadas o revocadas para realizar actos de administración o los necesarios en las gestiones del presente trámite. |
o o |
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________________________________________________________________________________
Nombre y firma del solicitante
(Persona física solicitante o representante legal)
Instrucciones
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Información general |
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El presente formato es de libre impresión y debe ser llenado a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul, sin invadir los límites de los recuadros. |
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Requisitos: I. Original o copia certificada y copia simple para cotejo del poder general para actos de administración del representante legal del interesado, siempre que se trate de solicitudes que no se presenten por propio derecho. II. Original o copia certificada y copia simple para cotejo de la identificación oficial vigente del representante legal o de la persona que lo hace por su propio derecho. III. Copia simple del oficio de autorización para inicio de operaciones emitido por la DGJA, para el caso de los recintos fiscalizados y almacenes generales de depósito. IV. En el supuesto de que haya solicitado la devolución de la documentación original que presentó con este formato, deberá anexar una guía pre-pagada con los datos a los que se remitirá dicha documentación. V. Tratándose de la renovación, deberá solicitarla un mes antes del vencimiento mediante el presente formato. |
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Opciones de presentación El trámite podrá presentarse I. En la oficialía de partes de la DGMEIA. II. Mediante los servicios de las empresas de mensajería, en este caso, deberá señalar como destinatario a la DGMEIA. |
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Indicaciones especificas I. Cuando el solicitante sea funcionario público de alguna dependencia de gobierno, la solicitud se realizará mediante oficio dirigido a la DGMEIA, el cual deberá contener los siguientes datos: a) Nombre del funcionario público que resguardará la cuenta. b) Cargo. c) Clave en el RFC. d) Dirección. e) Teléfono. f) Correo electrónico. g) Firma del jefe inmediato. h) Consultas solicitadas. Adicionalmente, el funcionario público interesado deberá presentar original y copia para cotejo de su credencial vigente expedida por la dependencia de gobierno de que se trate. |
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Información adicional I. La autoridad dará respuesta en un plazo no mayor a diez días hábiles mediante oficio dirigido al domicilio señalado para oír y recibir notificaciones y enviará al correo electrónico del solicitante la contraseña y el usuario para acceder al SOIA. II. En caso de haber cambios en la clave del RFC, nombre, denominación o razón social, se deberá realizar una nueva solicitud cubriendo la totalidad de los requisitos. III. En caso de olvido de contraseña, se deberá enviar un correo electrónico a soporte.soia@sat.gob.mx solicitando el reenvío del usuario y contraseña, los cuales serán enviados al correo electrónico registrado en el SOIA, siempre que la cuenta se encuentre vigente. IV. Para cualquier falla o problemática relacionada con el SOIA, el SAT pone a su disposición el correo electrónico soporte.soia@sat.gob.mx. V. El usuario y contraseña tendrá una vigencia de hasta por cinco años. |
F5.
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Solicitud de Matriz de Seguridad para Entrega de Información de Comercio Exterior 1) Fecha de solicitud: _____________________________________ a _____ de ___________________ de _______. |
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Dependencias u Organismos Oficiales. |
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Solicitud dirigida a la Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera. |
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2) Trámite. |
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3) Forma de entrega del oficio de matriz de seguridad. |
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4) Guías. |
Nombre de la empresa o servicio de mensajería. |
Número de guía. |
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Inscripción |
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Personal |
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Recepción de documentos |
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Renovación |
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Por mensajería |
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Entrega de oficio |
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Datos generales del solicitante. |
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5) Nombre, razón social o agente aduanal. |
6) Clave en el RFC o patente. |
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7) Nombre del representante legal. |
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1. |
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2. |
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8) Domicilio para oír o recibir notificaciones. |
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Calle: Núm. ext.: Núm. int.: |
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Colonia: Localidad: Código Postal: |
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Municipio o Alcaldía: |
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Entidad Federativa: Teléfono: |
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9) Nombre de la persona autorizada para recibir la Matriz de Seguridad. |
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10) Nombre(s) de la(s) persona(s) autorizada(s) para recibir notificaciones o información cuando no se pueda enviar por correo electrónico. |
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1. |
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2. |
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11) Dirección de correo(s) electrónico(s) para recibir notificaciones o información. |
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1. |
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2. |
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12) Datos generales del poder o acta constitutiva que otorga la representación legal. |
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Instrumento notarial número: _________________ Notaría: ___________________________________________________ Nombre del notario:____________________________________ Sede del instrumento público:____________________ |
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Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente solicitud son reales y exactos y que el poder que me acredita está vigente y no me ha sido revocado. ____________________________________13) Firma autógrafa___________________________________________ |
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Instrucciones
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Información general El presente formato es de libre impresión y debe ser llenado a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros. Se deberá presentar en dos tantos originales firmados con tinta azul, uno para la autoridad y el segundo será el acuse del interesado. Opciones de presentación El trámite podrá presentarse en cualquier momento en la oficialía de partes de la Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera de manera presencial o utilizando los servicios de SEPOMEX como los de las empresas de Mensajería. Indicaciones especificas Tratándose de renovación, el trámite deberá presentarse cuarenta y cinco días antes de su vencimiento. Requisitos: I. Personas Físicas o Moral: a) Copia legible de la cédula de identificación fiscal (RFC). b) Original o copia certificada y copia simple para cotejo de la identificación oficial vigente (Credencial para votar con fotografía, pasaporte vigente, cartilla del servicio militar nacional, cédula profesional, credencial de inmigrado, carta de naturalización, forma migratoria con fotografía, certificado de matrícula consular de alta seguridad o digital). c) Original o copia certificada y copia simple para cotejo de la identificación oficial vigente de la persona que recibe la matriz de seguridad. d) Presentar original o copia certificada por notario, y copia simple para cotejo del instrumento público donde se otorgue al representante legal poder para actos de administración sin limitación alguna en términos de lo previsto en el artículo 2554, segundo y penúltimo párrafo del Código Civil Federal, o se otorgue poder especial específico para el trámite de actos de administración. e) Si existe cambio de razón social o en la clave del RFC, presentar la documentación que lo acredite. II. Agente Aduanal: a) Copia legible de la cédula de identificación fiscal (RFC). b) Original o copia certificada y copia simple legible para cotejo de la identificación oficial vigente del agente aduanal (Credencial para votar con fotografía, pasaporte vigente, cartilla del servicio militar nacional, cédula profesional, credencial de inmigrado, carta de naturalización, forma migratoria con fotografía, certificado de matrícula consular de alta seguridad o digital). c) Copia legible del gafete vigente del agente aduanal. d) Copia legible de la patente en caso de contar solo con su aduana de adscripción o autorización en caso de operar por su aduana de adscripción y aduanas adicionales. e) Original o copia certificada y copia simple para cotejo de la identificación oficial vigente de la persona que recibe la matriz de seguridad. Si el trámite de la persona física o agente aduanal es realizado por un representante legal, deberá presentar el original o copia certificada y copia simple para cotejo del instrumento público en el que se le otorga al representante legal poder general para actos de administración sin limitación alguna o poder especial que se otorgue para el trámite en específico, en términos del segundo y penúltimo párrafos del artículo 2554 del Código Civil Federal, respectivamente, debiendo anexar original o copia certificada y copia simple para cotejo de la identificación oficial vigente del representante legal. |
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Información adicional I. La autoridad dará respuesta mediante oficio en un plazo no mayor a diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud. II. Cuando la solicitud no se presente debidamente llenada o se omita alguno de los documentos manifestados, se dará respuesta en sentido negativo y se tendrá que realizar nuevamente el trámite. III. El interesado, podrá dar seguimiento a su trámite a través de los teléfonos (55) 12 03 1000 ext. 47403, 54489, 54487, 43043, o bien, podrá mandar su consulta al correo electrónico sianam@anam.gob.mx IV. El oficio con la matriz de seguridad, se entregará de manera personal en la oficialía de partes de la Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera. Si se encuentra en el interior de la República se puede enviar la documentación por mensajería, siempre que a la solicitud se incluya una guía pre-pagada debidamente llenada, para el retorno de su documentación. V. La matriz de seguridad tiene vigencia de tres años, a partir de la fecha de emisión del oficio de matriz de seguridad. VI. Los contribuyentes que deseen continuar recibiendo electrónicamente la información de los pedimentos de las operaciones que hayan realizado, deberán presentar su solicitud de renovación, mediante el formato debidamente llenado denominado “Solicitud de Matriz de Seguridad para Entrega de Información de Comercio Exterior”, cumpliendo con los mismos requisitos previstos para la solicitud inicial. Si los documentos exhibidos con anterioridad, se encuentren vigentes al momento de la solicitud de renovación, ya no será necesario presentarlos, siempre que se manifieste dicha situación. De igual manera deberá presentarse solicitud de renovación cuando se extravíe el oficio de matriz de seguridad, o bien, cuando haya cambio en el representante legal, razón social, o clave en el RFC de la empresa. VII. En caso de modificar los correos electrónicos, se deberá presentar un escrito libre en la oficialía de partes de la Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera, indicando la actualización de los correos electrónicos, siempre que, el representante que tramitó la inscripción o renovación sea el mismo. |
III. Modelos auxiliares utilizados por los usuarios de comercio exterior:
M1.1.
Pedimento
El formato de pedimento, es un formato dinámico conformado por bloques, en el cual únicamente se deberán imprimir los bloques correspondientes a la información que deba ser declarada.
Este formato deberá presentarse en un ejemplar destinado al importador o exportador, tratándose de las operaciones previstas en las reglas 2.5.1., tratándose de vehículos usados, remolques y semirremolques; 2.5.2., tratándose de vehículos usados, remolques y semirremolques; 3.1.21., fracción III, inciso b), 3.5.1., fracción II, 3.5.4., 3.5.5., 3.5.6., 3.5.8., y 3.5.11., así como las de vehículos realizadas al amparo de una franquicia diplomática, de conformidad con el artículo 62, fracción I de la Ley.
A continuación, se presentan los diferentes bloques que pueden conformar un pedimento, citando la obligatoriedad de los mismos y la forma en que deberán ser impresos.
Cuando en un campo determinado, el espacio especificado no sea suficiente, este se podrá ampliar agregando tantos renglones en el apartado como se requieran.
La impresión deberá realizarse de preferencia en láser en papel tamaño carta y los tamaños de letra serán como se indica a continuación:
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INFORMACIÓN |
FORMATO DE LETRA |
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Encabezados de Bloque |
Arial 9 Negrita u otra letra de tamaño equivalente. De preferencia, los espacios en donde se presenten encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%. |
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Nombre del Campo |
Arial 8 Negrita u otra letra de tamaño equivalente. |
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Información Declarada |
Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente. |
El formato de impresión para todas las fechas será:
DD/MM/AAAA Donde
DD Es el día a dos posiciones. Dependiendo del mes que se trate, puede ser de 01 a 31.
MM Es el número de mes (01 a 12).
AAAA Es el año a cuatro posiciones.
ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO
El encabezado principal deberá asentarse en la primera página de todo pedimento. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para la certificación de la selección automatizada.
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PEDIMENTO |
Página 1 de N |
||||||||||||||||
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NUM. PEDIMENTO: T. OPER CVE. PEDIMENTO: REGIMEN: |
CERTIFICACIONES |
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DESTINO: TIPO CAMBIO: PESO BRUTO: ADUANA E/S: |
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MEDIOS DE TRANSPORTE |
VALOR DOLARES: |
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ENTRADA/SALIDA: |
ARRIBO: |
SALIDA: |
VALOR ADUANA: PRECIO PAGADO/VALOR COMERCIAL: |
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DATOS DEL IMPORTADOR /EXPORTADOR |
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Clave en el RFC: NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL: CURP: DOMICILIO: |
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VAL. SEGUROS |
SEGUROS |
FLETES |
EMBALAJES |
OTROS INCREMENTABLES |
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||||||||||||
|
VALOR DECREMENTABLES |
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TRANSPORTE DECREMENTABLES |
SEGURO DECREMENTABLES |
CARGA DECREMENTABLES |
DESCARGA DECREMENTABLES |
OTROS DECREMENTABLES |
|||||||||||||
|
CODIGO DE ACEPTACION: |
CODIGO DE BARRAS |
CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO:
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MARCAS, NÚMEROS Y TOTAL DE BULTOS: |
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|
FECHAS |
TASAS A NIVEL PEDIMENTO |
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CONTRIB.
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CVE. T. TASA |
TASA |
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CUADRO DE LIQUIDACION |
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CONCEPTO |
F.P. |
IMPORTE |
CONCEPTO |
F.P. |
IMPORTE |
TOTALES |
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EFECTIVO |
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OTROS |
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TOTAL |
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ENCABEZADO PARA PÁGINAS SECUNDARIAS DEL PEDIMENTO
El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.
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ANEXO DEL PEDIMENTO |
Página M de N |
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NUM. PEDIMENTO: TIPO OPER: CVE. PEDIM: Clave en el RFC: CURP: |
|
PIE DE PÁGINA DE TODAS LAS HOJAS DEL PEDIMENTO
El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior de todas las hojas del pedimento.
En todos los tantos deberán aparecer su clave en el RFC, CURP y nombre del agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o representante legal acreditado.
Cuando el pedimento lleve la e.firma del mandatario, deberán aparecer su clave en el RFC y nombre después de los del agente aduanal o de la agencia aduanal.
|
AGENTE ADUANAL, AGENCIA ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACÉN NOMBRE O RAZ. SOC: Clave en el RFC: CURP: MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA NOMBRE: Clave en el RFC: CURP:
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DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LOS TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 81 DE LA LEY, PATENTE O AUTORIZACIÓN: |
|
NÚMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO: |
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|
e.firma: |
|
El pago de las contribuciones puede realizarse mediante el servicio de pago electrónico, conforme a lo establecido en la regla 1.6.2., con la posibilidad de que la cuenta bancaria de la persona que contrate los servicios sea afectada directamente por el Banco. El agente aduanal, la agencia aduanal o apoderado aduanal que utilice el servicio de pago electrónico, deberá imprimir la certificación bancaria en el campo correspondiente del pedimento o en el documento oficial, conforme al apéndice 23 “Pago Electrónico” del Anexo 22.
El Importador-Exportador podrá solicitar la certificación de la información transmitida al SAAI por el agente aduanal, la agencia aduanal o apoderado aduanal en el momento de la elaboración del pedimento en la DGIA.
NOTA: Cuando el pedimento lleve la e.firma del agente aduanal o de la agencia aduanal, no se deberán imprimir los datos del mandatario; tratándose de la leyenda de pago electrónico, esta se deberá imprimir en el Pie de Página del pedimento, únicamente en la primera hoja.
FIN DEL PEDIMENTO
Con el fin de identificar la conclusión de la impresión del pedimento, en la última página, se deberá imprimir la siguiente leyenda, inmediatamente después del último bloque de información que se haya impreso.
**********FIN DE PEDIMENTO ******NUM. TOTAL DE PARTIDAS: ******CLAVE PREVALIDADOR: **********
ENCABEZADO DE DATOS DEL PROVEEDOR O COMPRADOR
Se deberán imprimir los números de acuse de valor generados con la transmisión a que se refiere el artículo 59-A de la Ley y la regla 1.9.16., que contiene la información de los CFDI o documentos equivalentes que expresen el valor de las mercancías que ampara el pedimento.
|
DATOS DEL PROVEEDOR O COMPRADOR |
||
|
NÚMERO DE ACUSE DE VALOR |
VINCULACIÓN |
INCOTERM |
DATOS DEL TRANSPORTE Y TRANSPORTISTA
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TRANSPORTE |
IDENTIFICACION: |
PAÍS: |
|
|
TRANSPORTISTA |
Clave en el RFC |
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CURP |
DOMICILIO/CIUDAD/ESTADO |
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CANDADOS
|
NÚMERO DE CANDADO |
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|
1RA. REVISIÓN |
||||||
|
2DA. REVISIÓN |
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GUIAS, MANIFIESTOS O CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE
Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de tres números de guías, manifiestos o números de orden del conocimiento de embarque (número e identificador) o número de documentos de transporte.
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NÚMERO (GUIA/ORDEN EMBARQUE)/ID: |
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|
|
|
|
|
CONTENEDORES/CARRO DE FERROCARRIL/NÚMERO ECONÓMICO DEL VEHÍCULO
Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información de contenedores, equipo de ferrocarril y número económico de vehículo (número y tipo).
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NÚMERO/TIPO |
|
|
|
|
|
|
IDENTIFICADORES (NIVEL PEDIMENTO)
Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios.
|
CLAVE/COMPL. IDENTIFICADOR
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COMPLEMENTO 1 |
COMPLEMENTO 2 |
COMPLEMENTO 3 |
CUENTAS ADUANERAS Y CUENTAS ADUANERAS DE GARANTÍA A NIVEL PEDIMENTO
|
CUENTAS ADUANERAS Y CUENTAS ADUANERAS DE GARANTÍA |
|||||
|
TIPO CUENTA: |
CLAVE GARANTÍA: |
INSTITUCIÓN EMISORA: |
NÚMERO DE CONTRATO: |
||
|
FOLIO CONSTANCIA: |
TOTAL DEPÓSITO: |
FECHA CONSTANCIA: |
|||
DESCARGOS
|
DESCARGOS |
||
|
NUM. PEDIMENTO ORIGINAL: |
FECHA DE OPERACION ORIGINAL: |
CVE. PEDIMENTO ORIGINAL: |
COMPENSACIONES
|
COMPENSACIONES |
|
|
NUM. PEDIMENTO ORIGINAL: |
FECHA DE OPERACIÓN ORIGINAL: CLAVE DEL GRAVAMEN: IMPORTE DEL GRAVAMEN: |
DOCUMENTOS QUE AMPARAN LAS FORMAS DE PAGO: FIANZA, CARGO A PARTIDA PRESUPUESTAL GOBIERNO FEDERAL, CERTIFICADOS ESPECIALES DE TESORERÍA PÚBLICO Y PRIVADO.
|
FORMAS DE PAGO VIRTUALES |
||||||
|
FORMA DE PAGO |
DEPENDENCIA O INSTITUCIÓN EMISORA |
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO |
FECHA DEL DOCUMENTO |
IMPORTE DEL DOCUMENTO |
SALDO DISPONIBLE |
IMPORTE A PAGAR |
Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información de un documento que ampare alguna de las formas de pago citadas.
OBSERVACIONES
El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando se haya enviado electrónicamente esta información, por considerar el agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o de almacén conveniente manifestar alguna observación relacionada con el pedimento.
|
OBSERVACIONES |
|
|
ENCABEZADO DE PARTIDAS
PARTIDAS
En la primera página que se imprima información de las partidas que ampara el pedimento, así como en las páginas subsecuentes que contengan información de partidas, se deberá imprimir el siguiente encabezado, ya sea inmediatamente después de los bloques de información general del pedimento o inmediatamente después del encabezado de las páginas subsecuentes.
Para cada una de las partidas del pedimento se deberán declarar los datos que a continuación se mencionan, conforme a la posición en que se encuentran en este encabezado.
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PARTIDAS |
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|
FRACCION |
SUBD/ NÚM. IDENTIFICACIÓN COMERCIAL. |
VINC. |
MET VAL |
UMC |
CANTIDAD UMC |
UMT |
CANTIDAD UMT |
P. V/C |
P. O/D |
|
|
|
|
|
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SEC |
DESCRIPCION (RENGLONES VARIABLES SEGUN SE REQUIERA) |
CON. |
TASA |
T.T. |
F.P. |
IMPORTE |
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VAL ADU/USD |
IMP. PRECIO PAG. |
PRECIO UNIT. |
VAL. AGREG. |
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|
MARCA |
MODELO |
CÓDIGO PRODUCTO |
|
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|
|
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|||||||||||||
NOTA: El renglón correspondiente a “Marca”, “Modelo” y “Código Producto” únicamente tendrá que ser impreso cuando esta información haya sido transmitida electrónicamente.
MERCANCÍAS
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|
VIN/NUM. SERIE |
KILOMETRAJE |
VIN/NUM. SERIE |
KILOMETRAJE |
|
|
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|
|
REGULACIONES, RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS Y NOM
|
|
CLAVE |
NUM. PERMISO O NOM |
FIRMA DESCARGO |
VAL. COM. DLS. |
CANTIDAD UMT/C |
|
|
|
|
|
IDENTIFICADORES (NIVEL PARTIDA)
|
|
IDENTIF. |
COMPLEMENTO 1 |
COMPLEMENTO 2 |
COMPLEMENTO 3 |
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|
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CUENTAS ADUANERAS DE GARANTÍA A NIVEL PARTIDA
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CVE GAR. |
INST. EMISORA |
FECHA C. |
NÚMERO DE CUENTA |
FOLIO CONSTANCIA |
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TOTAL DEPOSITO |
PRECIO ESTIMADO |
CANT. U.M. PRECIO EST. |
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||||
DETERMINACIÓN Y/O PAGO DE CONTRIBUCIONES POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 2.5 DEL T-MEC A NIVEL PARTIDA
Cuando la determinación y pago de contribuciones por aplicación del Artículo 2.5 del T-MEC se efectúe al tramitar el pedimento que ampare el retorno se deberá adicionar a la fracción arancelaria correspondiente, el siguiente bloque:
DETERMINACIÓN Y/O PAGO DE CONTRIBUCIONES POR APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 2.5 DEL T-MEC, 14 DEL ANEXO III DE LA DECISIÓN, 15 DEL ANEXO I DEL TLCAELC O DEL ACC A NIVEL PARTIDA
|
|
DETERMINACIÓN Y/O PAGO DE CONTRIBUCIONES POR APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 2.5 DEL T-MEC, 14 DEL ANEXO III DE LA DECISIÓN, 15 DEL ANEXO I DEL TLCAELC O DEL ACC |
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VALOR MERCANCÍAS NO ORIGINARIAS |
MONTO IGI |
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OBSERVACIONES A NIVEL PARTIDA
El bloque correspondiente a observaciones a nivel partida deberá ser impreso cuando se haya enviado electrónicamente esta información, por considerar el agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o de almacén conveniente manifestar alguna observación relacionada con la partida.
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|
OBSERVACIONES A NIVEL PARTIDA |
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RECTIFICACIONES
DATOS DE LA RECTIFICACIÓN
Cuando se trate de un pedimento de rectificación, el agente aduanal, la agencia aduanal o apoderado aduanal deberá imprimir el siguiente bloque en donde se hace mención al pedimento original y a la clave de documento de la rectificación inmediatamente después del encabezado de la primera página.
|
RECTIFICACIÓN |
|||
|
PEDIMENTO ORIGINAL |
CVE. PEDIM. ORIGINAL |
CVE. PEDIM. RECT. |
FECHA PAGO RECT. |
CODIGOS DE BARRAS E INFORMACIÓN DE PAGO DE LA IMPRESIÓN DEL PEDIMENTO
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
|
CÓDIGO DE BARRAS DEPÓSITO REFERENCIADO LÍNEA DE CAPTURA |
Cuando el pago se realice con forma de pago 0 (cero, Efectivo – apéndice 13 Anexo 22-), contendrá un código de barras descrito en el estándar Code 128 conteniendo la línea de captura e importe para su pago. |
|
*** PAGO ELECTRÓNICO *** |
En caso de efectuarse el pago por medio de “pago electrónico”, deberá contener la información plasmada en el apéndice 23 del Anexo 22. |
|
CÓDIGO QR DE VERIFICADOR DE PAGO Y/O CUMPLIMIENTO |
La impresión del formato de pedimento y/o impresión simplificada de pedimento, debe incluir un código de barras bidimensional conforme al formato de QR Code (Quick Response Code) descrito en el estándar ISO/IEC18004:2000, conteniendo los datos, conformados de la siguiente manera y agregando un salto de línea:
El código de barras bidimensional deberá ser impreso en un cuadrado con dimensiones de 100 px x 100 px o 3.75 x 3.75 cm que integra la información del pedimento que se menciona en este formato. |
DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO
Después de la información de la rectificación citada en el párrafo anterior, se deberá imprimir el cuadro de liquidación de las diferencias totales del pedimento de rectificación en relación a las contribuciones pagadas en el pedimento que se esté rectificando.
Cabe mencionar que los valores citados en este cuadro, en caso de existir importes a pagar con forma de pago 0 (cero, Efectivo – apéndice 13 Anexo 22), deberán coincidir con el importe de la línea de captura.
|
DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO |
|||||||
|
CONCEPTO |
F.P. |
DIFERENCIA |
CONCEPTO |
F.P. |
DIFERENCIA |
DIFERENCIAS TOTALES |
|
|
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|
|
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|
|
EFECTIVO |
|
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|
|
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|
OTROS |
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DIF. TOTALES |
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NOTA: Cuando se esté rectificando información a nivel pedimento, en el campo de “Observaciones” a Nivel Pedimento se deberá citar la corrección que se haya realizado.
PEDIMENTO COMPLEMENTARIO
ENCABEZADO DEL PEDIMENTO COMPLEMENTARIO
Cuando se trate de un pedimento complementario debido a la aplicación de los Artículos 2.5 del T-MEC, 14 del Anexo III de la Decisión, 15 del Anexo I del TLCAELC o del ACC, el agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal deberá imprimir el siguiente bloque inmediatamente después del encabezado principal del pedimento de la primera página.
|
PEDIMENTO COMPLEMENTARIO |
Después del bloque de descargos, se deberá imprimir el siguiente bloque, esto cuando el pedimento lo requiera.
PRUEBA SUFICIENTE
|
PRUEBA SUFICIENTE |
||
|
PAÍS DESTINO |
NUM. PEDIMENTO EUA/CAN |
PRUEBA SUFICIENTE |
ENCABEZADO PARA DETERMINACIÓN DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PARTIDA PARA PEDIMENTOS COMPLEMENTARIOS AL AMPARO DEL ARTÍCULO 2.5 DEL T-MEC.
|
DETERMINACIÓN DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PARTIDA |
|||||||
|
SEC |
FRACCION |
VALOR MERC NO ORIG. |
MONTO IGI |
TOTAL ARAN. EUA/CAN |
MONTO EXENT. |
F.P. |
IMPORTE |
|
|
UMT |
CANT. UMT |
FRACC. EUA/CAN |
TASA EUA/CAN |
ARAN. EUA/CAN |
|
|
NOTA: Cuando se trate de un pedimento complementario, para el cual existan diversas mercancías que fueron destinadas a EUA y a Canadá indistintamente, se deberán imprimir primero los bloques de “Prueba Suficiente” y “Encabezado para Determinación de Contribuciones a Nivel Partida para Pedimentos Complementarios al Amparo del Artículo 2.5 del T-MEC”, para las mercancías destinadas a EUA y en forma inmediata se imprimirán los mismos bloques para las mercancías destinadas a Canadá.
ENCABEZADO PARA DETERMINACIÓN DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PARTIDA PARA PEDIMENTOS COMPLEMENTARIOS AL AMPARO DE LOS ARTÍCULOS 14 DEL ANEXO III DE LA DECISIÓN, 15 DEL ANEXO I DEL TLCAELC O DEL ACC.
|
DETERMINACIÓN DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PARTIDA |
|||||||
|
SEC |
FRACCION |
VALOR MERC NO ORIG. |
MONTO IGI |
F.P. |
IMPORTE |
|
|
M1.2.
Pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías
|
|
CÓDIGO DE BARRAS |
Número de pedimento_____________________
Datos del vehículo_______________________
Candados______________________________
Contenedor(es)__________________________
|
Tipo de mercancía |
Cantidad en Unidades de Comercialización |
Cantidad en Unidades de Tarifa |
|
|
|
|
|
Número de serie del certificado: |
||
|
e.firma: |
||
___________________________
Nombre
Instructivo de llenado de la forma pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías.
|
Campo |
Contenido |
|
|
1. Código de barras. |
Se imprimirá en este espacio el código de barras bidimensional mismo que se deberá generar mediante programa de cómputo que proporciona el SAT. |
|
|
2. Número de pedimento. |
El número asignado por el agente aduanal, la agencia aduanal, apoderado aduanal o apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que corresponden a: 2 dígitos, del año de validación; 2 dígitos, de la aduana de despacho; 4 dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la ANAM al Agente Aduanal, la Agencia Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén que promueve el despacho. Cuando este número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren necesarios para completar 4 dígitos; 7 dígitos, los cuales serán de numeración progresiva por aduana; en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o apoderado de almacén, referido a todos los tipos de pedimento, empezando cada año con el número 0000001. Nota: Entre cada uno de estos datos, se deberán conservar dos espacios en blanco. |
|
|
3. Datos del vehículo. |
Se anotarán los datos de identificación del vehículo que transporta la mercancía, como son: modelo, número de placas de circulación y número de serie. |
|
|
4. Candados. 5. Contenedores. |
Se anotarán los números de candados con los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda. Se anotará el número de contenedor o remolque, cuando proceda. Tratándose de operaciones por aduanas de la Frontera Norte y Sur y el medio de transporte es Ferrocarril se deberá declarar el número de identificación del equipo ferroviario o número de contenedor. |
|
|
6. Tipo de mercancía. |
Se anotará la descripción de las mercancías, naturaleza y características necesarias y suficientes para determinar su clasificación arancelaria, así como el NICO que corresponda a la mercancía. |
|
|
7. Cantidad en Unidades de Comercialización. |
Se anotará la cantidad de mercancías en unidades de comercialización, de acuerdo a lo señalado en el documento equivalente. |
|
|
8. Cantidad en Unidades de Tarifa. |
Se anotará la cantidad de mercancía correspondiente, conforme a la unidad de medida señalada en la TIGIE. |
|
|
9. Número de serie del certificado. |
Número de serie del certificado de la e.firma del agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho. |
|
|
10. e.firma. |
e.firma del agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho, correspondiente a la firma de validación del pedimento. |
|
|
11. Nombre. |
Se anotará el nombre del apoderado aduanal, agente aduanal, agencia aduanal o apoderado de almacén, o del mandatario del agente aduanal o de la agencia aduanal que promueva. |
|
M1.3.
Pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías
|
|
CÓDIGO DE BARRAS |
Número de pedimento_____________________
Datos del vehículo_______________________
Candados______________________________
Contenedor(es)__________________________
|
Tipo de mercancía |
Cantidad en Unidad de Medida de Comercialización |
Cantidad en Unidad de medida de Tarifa |
|
|
|
|
|
Número de serie del certificado: |
||
|
e.firma: |
||
____________________________
Nombre
Instructivo de llenado de la forma pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías.
|
Campo |
Contenido |
|
1. Código de barras. |
Se imprimirá en este espacio el código de barras bidimensional mismo que se deberá generar mediante programa de cómputo que proporciona el SAT. |
|
2. Número de pedimento. |
El número asignado por el agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que corresponden a: 2 dígitos, del año de validación; 2 dígitos, de la aduana de despacho; |
|
|
4 dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la ANAM al agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal, apoderado de almacén que promueve el despacho. Cuando este número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren necesarios para completar 4 dígitos; |
|
|
7 dígitos, los cuales serán de numeración progresiva por aduana, en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o apoderado de almacén, referido a todos los tipos de pedimento, empezando cada año con el número 0000001. |
|
|
Nota: Entre cada uno de estos datos, se deberán conservar dos espacios en blanco. |
|
3. Datos del vehículo. |
Se anotarán los datos de identificación del vehículo que transporta la mercancía, como son: modelo, número de placas de circulación y número de serie. |
|
4. Candados |
Se anotarán los números de candados con los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda. |
|
5. Contenedores. |
Se anotará el número de contenedor o remolque, cuando proceda. Tratándose de operaciones por aduanas de la Frontera Norte y Sur y el medio de transporte es Ferrocarril se deberá declarar el número de identificación del equipo ferroviario o número de contenedor. |
|
6. Tipo de mercancía. |
Se anotará la descripción de las mercancías, naturaleza y características necesarias y suficientes para determinar su clasificación arancelaria, así como el NICO que corresponda a la mercancía. |
|
7. Cantidad en Unidad de medida de Comercialización. |
Se anotará la cantidad de mercancías en unidades de comercialización, de acuerdo a lo señalado en el CFDI. |
|
8. Cantidad en Unidad de medida de Tarifa. |
Se anotará la cantidad de mercancía correspondiente, conforme a la unidad de medida señalada en la TIGIE. |
|
9. Número de serie del certificado. |
Número de serie del certificado de la e.firma del agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal o de la agencia aduanal, que promueve el despacho. |
|
10. e.firma. |
e.firma del agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal o de la agencia aduanal, que promueve el despacho, correspondiente a la firma de validación del pedimento. |
|
11. Nombre. |
Se anotará el nombre del apoderado aduanal, agente aduanal, agencia aduanal o de almacén, o el mandatario de agente aduanal o de la agencia aduanal que promueva. |
M1.4.
Pedimento de tránsito para el transbordo
HOJA _______ DE _______
|
No. DE PEDIMENTO _____________________________________________________________________ TIPO DE OPERACIÓN ___________________________________________________________________ CLAVE DE PEDIMENTO __________________________________________________________________ ADUANA/SECCIÓN ORIGEN ______________________________________________________________ ADUANA/SECCIÓN DESTINO _____________________________________________________________ PAÍS DE ORIGEN _______________________________________________________________________ T.C. _____________________ FECHA DE ENTRADA _________________________________________ FECHA DE ARRIBO TRANSITO ___________________________________________________________ |
|
|
IMPORTADOR/DESTINATARIO ____________________________________________________________ R.F.C. _______________________________________________________________________________________ DOMICILIO _____________________________________________________________________________ |
|
|
LÍNEA AEREA (1) ________________ No. DE VUELO _____________ MATRICULA No. ____________ LÍNEA AEREA (2) _______________ No. DE VUELO ______________ MATRICULA No. ____________ R.F.C.: __________________________ No. DE REGISTRO LOCAL ______________________________
|
|
DOMICILIO________________________________________________________________________________________________________
VALOR M.E._______________________________________________________________________________________________________
VALOR DLS._______________________________________________________________________________________________________
|
|
CANTIDAD |
|
NÚMEROS/FECHAS |
|
FORMA FACTURACIÓN |
||||||||||||
|
CFDI O DOCUMENTOS EQUIVALENTES |
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||||||||||||
|
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|
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|
||||||||||||
|
GUIAS AEREAS |
|
|
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|
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||||||||||||
|
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|
|
|
|
|
||||||||||||
|
PROVEEDOR(ES) |
|
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|
|
|
||||||||||||
|
|
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|
|
|
||||||||||||
|
BULTOS |
CANTIDAD |
|
MARCAS |
|
NÚMEROS |
||||||||||||
|
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|
|
|
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|
||||||||||||
|
|
|
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|
||||||||||||
|
DESCRIPCIÓN DE LA(S) MERCANCÍA(S) |
PRECIO UNITARIO |
VALOR EN ADUANA |
U/M |
CANTIDAD |
PERMISO(S) AUTORIZACION(ES) E IDENTIFICADORES/ CLAVE(S)/ NÚMEROS/FIRMA |
||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
||||||||||||
|
ACUSE DE RECIBO |
CÓDIGO DE BARRAS |
LIQUIDACIÓN PROVISIONAL |
CVE. F/P |
IMPUESTOS |
|||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||
ENGOMADO O CANDADOS ASIGNADOS
|
OBSERVACIONES:
|
||||
|
AGENTE ADUANAL, AGENCIA ADUANAL O APODERADO ADUANAL |
|
REPRESENTANTE DE LA LINEA AEREA |
|
ENCARGADO DE LA VERIFICACIÓN |
|
|
|
|
|
|
|
NOMBRE Y FIRMA |
|
|
|
NOMBRE Y FIRMA |
M1.5.
Forma Simplificada del Pedimento
La forma simplificada del Pedimento es un formato dinámico conformado por bloques, en el cual se deberán imprimir únicamente los bloques que se indican en el presente, con la información transmitida al SAAI en el momento de la elaboración del pedimento a que se refiere el Instructivo para el llenado del pedimento del Anexo 22.
|
Este formato deberá presentarse en un ejemplar destinado al importador o exportador. En la parte inferior derecha, deberá llevar impresa la leyenda que corresponda conforme a lo siguiente: |
|
Destino/origen: interior del país. Destino/origen: región fronteriza. Destino/origen: franja fronteriza. |
|
Cuando el destino de la mercancía sea el interior del país, se trate de exportación, de pedimento complementario o pedimento de tránsito, la forma en que se imprimirá el pedimento deberá ser blanca, cuando sea a las franjas fronterizas, amarilla y en el caso de la región fronteriza, verde. |
|
En ningún caso la mercancía podrá circular con el ejemplar por una zona del país diferente a la que corresponda conforme al color, excepto del blanco que podrá circular por todo el país. |
Este formato no será aplicable tratándose de las operaciones previstas en las reglas 2.5.1., tratándose de vehículos usados, remolques y semirremolques; 2.5.2., tratándose de vehículos usados, remolques y semirremolques; 3.1.21., fracción III, inciso b), 3.5.1., fracción II, 3.5.4., 3.5.5., 3.5.6., 3.5.8. y 3.5.11., así como las de vehículos realizadas al amparo de una franquicia diplomática, de conformidad con el artículo 62, fracción I de la Ley.
A continuación, se presentan los diferentes bloques que pueden conformar la forma simplificada de un pedimento, citando la obligatoriedad de los mismos y la forma en que deberán ser impresos.
Cuando en un campo determinado, el espacio especificado no sea suficiente, este se podrá ampliar agregando tantos renglones en el apartado como se requieran.
La impresión deberá realizarse de preferencia en láser en papel tamaño carta y los tamaños de letra serán como se indica a continuación:
|
INFORMACION |
FORMATO DE LETRA |
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Encabezados de Bloque |
Arial 9 Negritas u otra letra de tamaño equivalente. De preferencia, los espacios en donde se presenten encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%. |
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Nombre del Campo |
Arial 8 Negritas u otra letra de tamaño equivalente. |
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Información Declarada |
Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente. |
El formato de impresión para todas las fechas será:
DD/MM/AAAA Donde
DD Es el día a dos posiciones. Dependiendo del mes que se trate, puede ser de 01 a 31.
MM Es el número de mes. (01 a 12).
AAAA Es el año a cuatro posiciones.
ENCABEZADO DE LA FORMA SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO
El encabezado principal deberá imprimirse como primer bloque de toda forma simplificada del pedimento. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para la certificación de selección automatizada.
La impresión del sub-bloque denominado “CUADRO DE LIQUIDACION” es obligatorio cuando el pago se realice por Ventanilla Bancaria.
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FORMA SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO |
Página 1 de N |
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NUM. PEDIMENTO: T. OPER CVE. PEDIMENTO: |
CERTIFICACIONES |
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DESTINO: PESO BRUTO: ADUANA E/S: |
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DATOS DEL IMPORTADOR /EXPORTADOR |
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Clave en el RFC: CURP: |
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CÓDIGO DE ACEPTACIÓN: |
CODIGO DE BARRAS |
CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO:
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MARCAS, NÚMEROS Y TOTAL DE BULTOS: |
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FECHAS |
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CUADRO DE LIQUIDACION |
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CONCEPTO |
F.P. |
IMPORTE |
CONCEPTO |
F.P. |
IMPORTE |
TOTALES |
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EFECTIVO |
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|
OTROS |
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TOTAL |
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DEPOSITO REFERENCIADO – LÍNEA DE CAPTURA
0318 21K7 98P1 0629 0292 1458 ***PAGO ELECTRÓNICO*** |
|
|||||||
NOTA: En los pedimentos que se tramiten conforme a las reglas 3.7.5., 7.3.6., fracciones I y II, 4.5.20., 4.5.31., 4.8.5., 4.8.7. y 4.8.8., fracción II, los campos DESTINO, PESO BRUTO, MARCAS, NÚMEROS Y TOTAL DE BULTOS deberán llevar impresa la leyenda “N/A”.
ENCABEZADO PARA PÁGINAS SECUNDARIAS DE LA FORMA SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO
El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.
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ANEXO DEL PEDIMENTO |
Página M de N |
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NUM. PEDIMENTO: TIPO OPER: CVE. PEDIM: Clave en el RFC: CURP: |
|
PIE DE PÁGINA DE TODAS LAS HOJAS DE LA FORMA SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO
El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior de todas las hojas del pedimento. Deberán aparecer la e.firma del agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o apoderado de almacén.
Cuando el pedimento lleve la e.firma del mandatario, deberán aparecer su clave en el RFC y nombre después de los del agente aduanal, agencia aduanal.
|
AGENTE ADUANAL, AGENCIA ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACÉN NOMBRE O RAZ. SOC: Clave en el RFC: CURP: MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA NOMBRE: Clave en el RFC: CURP: |
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LOS TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 81 DE LA LEY: PATENTE O AUTORIZACIÓN: |
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NÚMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO: |
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|
e.firma: |
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|
El pago de las contribuciones puede realizarse mediante el servicio de pago Electrónico, conforme a lo establecido en la regla 1.6.2., con la posibilidad de que la cuenta bancaria de la persona que contrate los servicios sea afectada directamente por el Banco. El agente aduanal o apoderado aduanal que utilice el servicio de pago electrónico, deberá imprimir la certificación bancaria en el campo correspondiente de la forma simplificada del pedimento o en el documento oficial conforme al apéndice 23 “Pago Electrónico” del Anexo 22. El Importador-Exportador podrá solicitar la certificación de la información transmitida al SAAI por el agente aduanal o apoderado aduanal en el momento de la elaboración del pedimento en la DGIA. |
NOTA: Cuando el pedimento lleve la e.firma del agente aduanal de la agencia aduanal, no se deberán imprimir los datos del mandatario; tratándose de la leyenda de pago electrónico, esta se deberá imprimir en el Pie de Página de la forma simplificada del pedimento, únicamente en la primera hoja.
FIN DEL PEDIMENTO
Con el fin de identificar la conclusión de la forma simplificada del pedimento, en la última página, se deberá imprimir la siguiente leyenda, inmediatamente después del último bloque de información que se haya impreso.
*********FIN DE PEDIMENTO *****NUM. TOTAL DE PARTIDAS: *****CLAVE PREVALIDADOR: **********
CANDADO(S)
Para el renglón denominado NÚMERO DE CANDADO se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de seis números de candados.
El renglón 1RA. REVISIÓN y el renglón 2DA. REVISIÓN solamente se imprimen una sola vez.
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NÚMERO DE CANDADO |
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1RA. REVISIÓN |
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2DA. REVISIÓN |
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GUIAS, MANIFIESTOS, CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE O DOCUMENTOS DE TRANSPORTE
Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de tres números de guías, manifiestos o números de orden del conocimiento de embarque (número e identificador) o número de documentos de transporte.
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NÚMERO (GUIA/ORDEN EMBARQUE)/ID: |
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CONTENEDORES/EQUIPO DE FERROCARRIL/NÚMERO ECONÓMICO DEL VEHÍCULO
Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información de contenedores, carro de ferrocarril y número económico de vehículo (número y tipo).
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NÚMERO/TIPO |
|
|
|
|
|
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NÚMERO DE ACUSE DE VALOR
Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de cuatro números.
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NÚMERO DE ACUSE DE VALOR |
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|
|
NOTA: La información de número de acuse de valor, únicamente tendrá que ser impreso cuando esta información haya sido transmitida en términos de la regla 1.9.16.
IDENTIFICADORES (NIVEL PEDIMENTO)
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CLAVE/COMPL. IDENTIFICADOR
|
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COMPLEMENTO 1 |
COMPLEMENTO 2 |
COMPLEMENTO 3 |
NOTA: Este bloque únicamente deberá imprimirse con el identificador correspondiente a las operaciones previstas en la regla 3.1.21., fracción III, inciso a).
E-DOCUMENTS
Este bloque deberá imprimirse únicamente con el complemento 1 del identificador “ED”, sin que sea necesario declarar la clave del identificador; se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de cuatro números de e-document.
|
NÚMERO DE E-DOCUMENT |
|
|
|
|
NOTA: La información de renglones, únicamente tendrá que ser impresa cuando se adjunte documentación en términos de la regla 3.1.31.
DATOS DEL TRANSPORTE Y TRANSPORTISTA
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TRANSPORTE |
IDENTIFICACION: |
PAÍS: |
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|
TRANSPORTISTA |
Clave en el RFC |
||
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CURP |
DOMICILIO/CIUDAD/ESTADO |
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NOTA: Este bloque deberá ser impreso cuando electrónicamente se haya enviado esta información.
OBSERVACIONES
El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando se haya enviado electrónicamente esta información, por considerar conveniente manifestar alguna observación relacionada con el pedimento.
|
OBSERVACIONES |
|
|
RECTIFICACIONES
DATOS DE LA RECTIFICACIÓN
Cuando se trate de un pedimento de rectificación, el agente aduanal o apoderado aduanal deberá imprimir el siguiente bloque en donde se hace mención al pedimento original y a la clave de documento de la rectificación inmediatamente después del encabezado principal.
|
RECTIFICACIÓN |
|||
|
PEDIMENTO ORIGINAL |
CVE. PEDIM. ORIGINAL |
CVE. PEDIM. RECT. |
FECHA PAGO RECT. |
CÓDIGOS DE BARRAS E INFORMACIÓN DE PAGO DE LA IMPRESIÓN DEL PEDIMENTO SIMPLIFICADO
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CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
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CÓDIGO DE BARRAS DEPÓSITO REFERENCIADO LÍNEA DE CAPTURA |
Cuando el pago se realice con forma de pago 0 (cero, Efectivo – apéndice 13 Anexo 22-), contendrá un código de barras descrito en el estándar Code 128 conteniendo la línea de captura e importe para su pago. |
||||||||||||||||||||||||
|
*** PAGO ELECTRÓNICO *** |
En caso de efectuarse el pago por medio de “pago electrónico”, deberá contener la información plasmada en el apéndice 23 del Anexo 22. |
||||||||||||||||||||||||
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CÓDIGO QR DE VERIFICADOR DE PAGO Y/O CUMPLIMIENTO |
La impresión del formato de pedimento y/o impresión simplificada de pedimento, debe incluir un código de barras bidimensional conforme al formato de QR Code (Quick Response Code) descrito en el estándar ISO/IEC18004:2000, conteniendo los datos, conformados de la siguiente manera y agregando un salto de línea:
El código de barras bidimensional deberá ser impreso en un cuadrado con dimensiones de 100 px x 100 px o 3.75 x 3.75 cm que integra la información del pedimento que se menciona en este formato. |
DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO
Después de la información de la rectificación, citada en el bloque denominado “Datos de la rectificación”, se deberá imprimir el cuadro de liquidación de las diferencias totales del pedimento de rectificación en relación a las contribuciones pagadas en el pedimento que se esté rectificando.
Cabe mencionar que los valores citados en este cuadro, en caso de existir importes a pagar con forma de pago 0 (cero, Efectivo – apéndice 13 Anexo 22), deberán coincidir con el importe de la línea de captura.
|
DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO |
|||||||
|
CONCEPTO |
F.P. |
DIFERENCIA |
CONCEPTO |
F.P. |
DIFERENCIA |
DIFERENCIAS TOTALES |
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|
|
EFECTIVO OTROS |
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DIF. TOTALES |
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M1.6.
Formato de Aviso Consolidado
El formato de aviso consolidado está conformado por bloques, en el cual se deberán imprimir únicamente los bloques que se indican en el presente, para efectos de lo previsto en el artículo 37-A de la Ley y las reglas 1.9.17. y 3.1.32.
|
Este formato deberá presentarse en un ejemplar destinado al importador o exportador. En la parte inferior derecha, deberá llevar impresa la leyenda que corresponda conforme a lo siguiente: |
|
Destino/origen: interior del país. Destino/origen: región fronteriza. Destino/origen: franja fronteriza. |
|
Cuando el destino de la mercancía sea el interior del país, se trate de exportación, la forma en que se imprimirá deberá ser blanca, cuando sea a las franjas fronterizas, amarilla y en el caso de la región fronteriza, verde. |
|
En ningún caso la mercancía podrá circular con el ejemplar por una zona del país diferente a la que corresponda conforme al color, excepto del blanco que podrá circular por todo el país. |
A continuación, se presentan los diferentes bloques que deberán conformar el formato de aviso consolidado, citando la forma en la que deberán ser impresos.
Deberá realizarse de preferencia con impresora láser en papel tamaño carta y con el formato de letra que se señala a continuación:
|
INFORMACIÓN |
FORMATO DE LETRA |
|
Encabezados de Bloque |
Arial 9 Negritas u otra letra de tamaño equivalente. De preferencia, los espacios en donde se presenten encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%. |
|
Nombre del Campo |
Arial 8 Negritas u otra letra de tamaño equivalente. |
|
Información Declarada |
Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente. |
ENCABEZADO PRINCIPAL DEL FORMATO DE AVISO CONSOLIDADO
El encabezado principal deberá imprimirse como primer bloque en el formato de aviso consolidado. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para las certificaciones de selección automatizada.
|
FORMATO DE AVISO CONSOLIDADO |
Página 1 de N |
||
|
NUM. PEDIMENTO: T. OPER: CVE. PEDIMENTO: |
CERTIFICACIONES |
||
|
NÚMERO DE ACUSE DE VALOR: |
|
||
|
ADUANA E/S NUM. REMESA: PESO BRUTO |
|
||
|
DATOS DEL IMPORTADOR/EXPORTADOR |
|||
|
Clave en el RFC: NOMBRE, DENOMINACIÓIN O RAZON SOCIAL: |
|||
|
CÓDIGO DE ACEPTACIÓN: |
CÓDIGO DE BARRAS |
CLAVE DE LA SECCIÓN ADUANERA DE DESPACHO:
|
|
|
|
|||
|
MARCAS, NÚMEROS Y TOTAL DE BULTOS: |
|||
|
|
|||
ENCABEZADO PARA PÁGINAS SECUNDARIAS DEL FORMATO DE AVISO CONSOLIDADO
El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.
|
ANEXO DEL PEDIMENTO |
Página M de N |
|
NUM. PEDIMENTO: TIPO OPER: NÚMERO DE ACUSE DE VALOR: Clave en el RFC: |
|
PIE DE PÁGINA DEL FORMATO DE AVISO CONSOLIDADO
El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior como último bloque del formato de aviso consolidado.
Deberán aparecer la clave en el RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal, de la Agencia Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén, el número de serie del certificado y la e.firma de la transmisión a que se refiere la regla 1.9.17.
Cuando la transmisión la realice el mandatario, deberá aparecer su clave en el RFC, CURP, nombre, el número de serie del certificado y la e.firma de la transmisión a que se refiere la regla 1.9.17., después del nombre, clave en el RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal o de la Agencia Aduanal.
|
AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL NOMBRE: Clave en el RFC: CURP: MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA NOMBRE: Clave en el RFC: CURP: |
|
NÚMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO: |
|
e.firma: |
FIN DE LA IMPRESIÓN
Con el fin de identificar la conclusión del formato de aviso consolidado, en la última página, se deberá imprimir la siguiente leyenda, inmediatamente después del último bloque de información que se haya impreso.
**********************************************FIN DE LA IMPRESIÓN************************************
_____________________________
CANDADO(S)
Para el renglón denominado NÚMERO DE CANDADO se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de seis números de candados.
El renglón 1RA. REVISIÓN y el renglón 2DA. REVISIÓN solamente se imprimen una sola vez.
|
NÚMERO DE CANDADO |
|
|
|
|
|
|
|
1RA. REVISIÓN |
||||||
|
2DA. REVISIÓN |
||||||
CONTENEDORES/EQUIPO DE FERROCARRIL/NÚMERO ECONÓMICO DEL VEHÍCULO
Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información de contenedores, equipo de ferrocarril y número económico de vehículo. (número y tipo).
|
NÚMERO/TIPO |
|
|
|
|
|
|
OBSERVACIONES
El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando en el acuse de valor se haya transmitido electrónicamente esta información.
|
OBSERVACIONES |
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INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE AVISO CONSOLIDADO
|
Campo |
Contenido |
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|
Encabezado principal |
||
|
1. |
NUM. PEDIMENTO. |
El número asignado por el agente aduanal, la agencia aduanal o apoderado aduanal, bajo el cual se consolidan las mercancías, integrado con quince dígitos, que corresponden a: 2 dígitos, del año de validación. 2 dígitos, de la aduana de despacho. 4 dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la ANAM al agente aduanal o a la agencia aduanal, apoderado aduanal que promueve el despacho. Cuando este número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren necesarios para completar 4 dígitos. |
|
|
|
1 dígito, debe corresponder al último dígito del año en curso, salvo que se trate de un pedimento consolidado iniciado en el año inmediato anterior. 6 dígitos, los cuales serán numeración progresiva por aduana en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal, referido a todos los tipos de pedimento. Dicha numeración deberá iniciar con 000001. |
|
|
|
Cada uno de estos grupos de dígitos deberá ser separado por dos espacios en blanco, excepto entre el dígito que corresponde al último dígito del año en curso y los seis dígitos de la numeración progresiva. |
|
2. |
T. OPER. |
Leyenda que identifica al tipo de operación. (IMP) Importación. (EXP) Exportación/retorno. |
|
3. |
CVE. PEDIMENTO. |
Clave de pedimento de que se trate, conforme al apéndice 2 del Anexo 22. |
|
4. |
NÚMERO DEL ACUSE DE VALOR. |
e-document al recibir la transmisión de la información conforme a la regla 1.9.17. Integrado por trece caracteres. |
|
5. |
ADUANA E/S. |
En importación será la clave de la ADUANA/SECCION, por la que entra la mercancía a territorio nacional, conforme al apéndice 1 del Anexo 22. En exportación será la clave de la ADUANA/SECCION por la que la mercancía sale del territorio nacional, conforme al apéndice 1 del Anexo 22. |
|
6. |
NUM. REMESA |
Número consecutivo que el agente aduanal, la agencia aduanal o apoderado aduanal asigne a la remesa del pedimento consolidado. |
|
7. |
PESO BRUTO. |
Cantidad en kilogramos, del peso bruto total de la mercancía. |
|
8. |
NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL DEL IMPORTADOR/EXPORTADOR. |
Nombre, denominación o razón social del importador o exportador, tal como lo haya manifestado para efectos del RFC. |
|
9. |
CODIGO DE ACEPTACIÓN. |
Acuse de aceptación, del previo del pedimento bajo el cual se consolidan las mercancías, compuesto de ocho caracteres. |
|
10. |
CODIGO DE BARRAS. |
El código de barras impreso por el agente aduanal, la agencia aduanal o apoderado aduanal, conforme a lo que se establece en el apéndice 17 del presente Anexo 22. |
|
11. |
CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO. |
Clave de la aduana y sección aduanera ante la cual se promueve el despacho (tres posiciones), conforme al apéndice 1 del Anexo 22. |
|
|
MARCAS, NÚMEROS Y TOTAL DE BULTOS. |
Marcas, números y total de bultos que contienen las mercancías amparadas por el formato de aviso consolidado. En las operaciones que se tramiten conforme a las reglas 3.7.5., 4.5.20. 4.5.31 y 7.3.6., fracciones I y II, este campo deberá llevar impresa la leyenda “N/A”. |
|
Encabezado para páginas secundarias |
||
|
1. |
NUM. PEDIMENTO. |
El número asignado por el agente aduanal, la agencia aduanal o apoderado aduanal, bajo el cual se consolidan las mercancías, integrado con quince dígitos. Debe ser el mismo número de documento declarado en el encabezado principal del presente formato. |
|
2. |
T. OPER |
Leyenda que identifica al tipo de operación. (IMP) Importación. (EXP) Exportación/retorno. |
|
3. |
ACUSE DE VALOR. |
e-document al recibir la transmisión de la información conforme a la regla 1.9.17. Debe ser el mismo número declarado en el encabezado principal del presente formato. |
|
4. |
Clave en el RFC DEL IMPORTADOR/EXPORTADOR. |
Clave en el RFC del IMPORTADOR/EXPORTADOR que efectúe la operación de comercio exterior. Debe ser la misma clave en el RFC declarado en el encabezado principal del presente formato. La declaración de la clave en el RFC será obligatoria. |
|
Pie de página Agente aduanal o agencia aduanal, apoderado aduanal |
||
|
1. |
NOMBRE. |
Nombre completo del agente aduanal, de la agencia aduanal o del apoderado aduanal que promueve el despacho. |
|
2. |
Clave en el RFC. |
Clave en el RFC del agente aduanal, de la agencia aduanal o del apoderado aduanal que promueve el despacho. |
|
3. |
CURP. |
CURP del agente aduanal o apoderado aduanal que promueve el despacho. |
|
4. |
PATENTE O AUTORIZACION. |
Número de la patente o autorización otorgada por la ANAM al agente aduanal o agencia aduanal, apoderado aduanal que promueve el despacho. |
|
5. |
e.firma. |
e.firma del agente aduanal o de la agencia aduanal, apoderado aduanal o mandatario del agente aduanal o de la agencia aduanal, que promueve el despacho correspondiente a la firma de la transmisión del acuse de valor. |
|
6. |
NUM. DE SERIE DEL CERTIFICADO. |
Número de serie del certificado de la e.firma del agente aduanal o de la agencia aduanal, apoderado aduanal o mandatario del agente aduanal o de la agencia aduanal, que promueve el despacho correspondiente a la firma de validación de la transmisión del acuse de valor. |
|
MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA. |
Cuando la transmisión del acuse de valor la realice el agente aduanal o la agencia aduanal a través de su mandatario, con su e.firma, se deberán imprimir además los siguientes datos: |
|
|
7. |
NOMBRE. |
Nombre completo del mandatario del agente aduanal o de la agencia aduanal que realizo la transmisión prevista en la regla 1.9.17. |
|
8. |
Clave en el RFC. |
Clave en el RFC del mandatario del agente aduanal o de la agencia aduanal que realizó la transmisión prevista en la regla 1.9.17. |
|
9. |
CURP. |
CURP del mandatario del agente aduanal o de la agencia aduanal que realizo la transmisión prevista en la regla 1.9.17. |
|
10. FIN DE LA IMPRESION |
Se deberá colocar al final de la última página del presente formato, la leyenda de FIN DE LA IMPRESIÓN. |
|
|
Candados |
||
|
1. |
NÚMERO DE CANDADO. |
Número(s) de candado(s) oficial(es) que el agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal coloca al contenedor o vehículo, o el número de candado de origen en los casos previstos en la legislación vigente. |
|
2. |
1RA. REVISION. |
Se anotará el número(s) de candado(s) oficial(es) asignado(s) al terminar la primera revisión. Para uso exclusivo de la autoridad aduanera. |
|
3. |
2DA. REVISION. |
Se anotará el número(s) de candado(s) oficial(es) asignado(s) al terminar la segunda revisión. Para uso exclusivo de la autoridad aduanera. |
|
Contenedores/carro de ferrocarril/número económico del vehículo |
||
|
1. |
NÚMERO
DE CONTENEDOR / |
Se anotarán las letras y número de los contenedores, equipo de ferrocarril o número económico del vehículo. |
|
2. |
TIPO DE CONTENEDOR/EQUIPO DE FERROCARRIL/NÚMERO ECONÓMICO DEL VEHÍCULO. |
Se anotará la clave que identifique el tipo de contenedor, equipo de ferrocarril o número económico del vehículo conforme al apéndice 10 del Anexo 22. |
|
Observaciones |
||
|
1. |
OBSERVACIONES. |
En el caso de que se requiera manifestar algún dato adicional o alguna observación relacionada con el CFDI o con el documento equivalente que expresa el valor de mercancías. En este campo, deberá declararse los números de e-document relacionados con la digitalización de los documentos que comprueben el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias. |
M1.7.
|
DOCUMENTO DE OPERACIÓN PARA DESPACHO ADUANERO (DODA) |
Página 1 de N |
||
|
No. DE INTEGRACIÓN: PATENTE O AUTORIZACIÓN: |
CÓDIGO DE BARRAS BIDIMENSIONAL |
||
|
FECHA DE EMISIÓN: |
|
||
|
N° TOTAL DE PEDIMENTOS Y/O AVISOS CONSOLIDADOS DE LA OPERACIÓN: |
|||
|
CONTENEDORES/EQUIPO DE FERROCARRIL/N° ECONÓMICO DEL VEHÍCULO: |
CANDADOS |
SECCIÓN ADUANERA DE DESPACHO: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||
|
|
|
||
|
|
|
||
|
CADENA ORIGINAL:
|
|||
|
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL, AGENTE ADUANAL, AGENCIA ADUANAL O APODERADO: |
|||
|
N° DE SERIE DEL CERTIFICADO: SELLO DIGITAL: |
|||
|
SELLO DEL SAT: |
|||
|
N° DE SERIE DEL CERTIFICADO: SELLO DIGITAL: |
|||
|
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LOS TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 81 DE LA LEY, REPRESENTANTE LEGAL, AGENTE ADUANAL, AGENCIA ADUANAL O APODERADO.
*La fecha y hora de emisión corresponden a la hora centro del país. |
|||
ENCABEZADO PARA PÁGINAS SECUNDARIAS DEL DODA
El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.
|
DODA |
Página 1 de N |
|
N° DE INTEGRACIÓN: PATENTE O AUTORIZACIÓN: |
|
PIE DE PÁGINA DE TODAS LAS HOJAS DEL DODA
El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior de todas las hojas. Deberán aparecer el nombre y firma del representante legal, agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal:
|
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LOS TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 81 DE LA LEY, REPRESENTANTE LEGAL, AGENTE O APODERADO. |
Instrucciones
Cuando el representante legal, agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal presente sus pedimentos o avisos consolidados conforme a la regla 3.1.33., deberá llenar el formato “DODA”, se deberá presentar este formato en un ejemplar ante el módulo de selección automatizado, en sustitución de los formatos de: pedimento, forma simplificada del pedimento y/o formato de aviso consolidado, relación de documentos, Pedimentos Parte II.
El formato deberá generarlo el representante legal, agente aduanal, agencia aduanal o apoderado cuando realice la transmisión a que se refiere la regla 3.1.33., al servicio web o cuando la transmisión se realice por el Portal del SAT, el portal lo generará con los datos transmitidos.
El formato deberá contener las siguientes especificaciones y los campos se llenarán como a continuación se indica:
|
Campo |
Descripción |
|||||||||||||||
|
N° DE INTEGRACIÓN |
Número de integración proporcionado por el sistema, por la transmisión a que se refiere la regla 3.1.33. |
|||||||||||||||
|
PATENTE O AUTORIZACIÓN |
Deberá declararse el número de la patente o autorización que corresponda al representante legal, agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal que realiza el despacho de las mercancías. Se conforma por cuatro caracteres alfanuméricos. |
|||||||||||||||
|
CÓDIGO DE BARRAS BIDIMENSIONAL |
La impresión del formato de DODA, debe incluir un código de barras bidimensional conforme al formato de QR Code (Quick Response Code) descrito en el estándar ISO/IEC18004:2000, conteniendo los siguientes datos:
Al final de la URL, incluidos los parámetros URL, D1, D2 y D3, debe contener un salto de línea. El código de barras bidimensional deberá ser impreso en un cuadrado con dimensiones de 100 px x 100 px o 3.75 x 3.75 cm que integra la liga del número de integración que se menciona en este formato. |
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FECHA DE EMISIÓN |
Se deberá declarar la fecha en que se emite el documento en formato aaaa-mm-dd HH:MM:SS. |
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N° TOTAL DE PEDIMENTOS Y/O AVISOS CONSOLIDADO DE LA OPERACIÓN |
Cantidad total de pedimentos y/o avisos consolidados que integran la operación de comercio exterior. |
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CONTENEDORES/EQUIPO DE FERROCARRIL/N° ECONÓMICO DEL VEHÍCULO |
Deberá declararse las letras y número de los contenedores, equipo ferrocarril o número económico del vehículo. |
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CANDADOS |
Se anotarán los números de candados con los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda. |
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SECCIÓN ADUANERA DE DESPACHO |
Deberá declararse la clave y el nombre de la aduana/sección conforme al apéndice 1 del Anexo 22, en la que se tramita el despacho aduanero. Este campo está conformado por tres caracteres numéricos. |
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CADENA ORIGINAL |
La cadena original deberá iniciar y terminar con doble carácter pipe (II), y conformarse de la siguiente manera:
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FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL, AGENTE O APODERADO |
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N° DE SERIE DEL CERTIFICADO |
Número de serie del certificado de la e.firma del representante legal, agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal. |
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SELLO DIGITAL |
Sello digital del representante legal, agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal que permite acreditar la autoría de la información transmitida para el DODA. |
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SELLO DEL SAT |
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N° DE SERIE DEL CERTIFICADO |
Número de serie del certificado de la e.firma del SAT |
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SELLO DIGITAL |
Sello digital del SAT que garantiza que la información transmitida fue recibida en el SEA. |
Los tamaños de letra serán como se indica a continuación:
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INFORMACIÓN |
FORMATO DE LETRA |
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Encabezados |
Arial 8 Negrita u otra letra de tamaño equivalente. De preferencia, los espacios en donde se presente encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%. |
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Nombre del Campo |
Arial 8 Negrita u otra letra de tamaño equivalente. |
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Información Declarada |
Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente. |
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Cadena original |
Arial 7 u otra letra de tamaño equivalente. |
M1.8.
Carta de cupo electrónica
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Fecha de Expedición |
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Folio |
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Valor Dólares |
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Día |
Mes |
Año |
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CVE. Sección aduanera de despacho |
Nombre de la sección aduanera de despacho |
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De conformidad con el artículo 119 de la Ley, se expide la presente carta de cupo respecto de la mercancía que a continuación se señala:
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SEC. |
Fracción arancelaria |
CVE. UMT |
Cantidad de UMT |
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Que serán despachadas al régimen de depósito fiscal por el agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal:
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NUM. patente o autorización |
R.F.C. del agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal |
CURP del agente aduanal o apoderado aduanal |
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Nombre: |
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Y enviados con destino al almacén general de depósito:
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CVE. aduana de circunscripción |
Nombre de la aduana de circunscripción |
CVE. de unidad autorizada |
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Denominación o razón social:
Domicilio de la unidad autorizada (bodega):
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Importador/Exportador:
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R.F.C. |
CURP |
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Nombre, denominación o razón social:
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Domicilio fiscal:
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Acuse electrónico de validación
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Instrucciones
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No. de campo |
Contenido |
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Folio. |
Folio consecutivo de la carta de cupo, el cual se forma de la siguiente manera: - Cuatro dígitos para la clave otorgada por la ANAM al almacén general de depósito, conforme a lo establecido en el art. 119 de la Ley. - Dos dígitos para la clave otorgada por la autoridad aduanera a las unidades autorizadas a los almacenes generales de depósito. - Cinco dígitos para el folio consecutivo de la carta de cupo, asignado por el almacén general de depósito, el primer digito de los cinco deberá de ser el último digito del año en que se expide la carta. Este consecutivo es único por aduana de circunscripción a la que pertenece la unidad autorizada que recibirá las mercancías bajo el régimen de depósito fiscal. Nota: La utilización de la carta de cupo será exclusivamente para un pedimento. |
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Fecha de expedición. |
Fecha en que se expide la carta de cupo en formato DD/MM/AAAA. |
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Valor dólares. |
El equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, del valor total de las mercancías, que amparan los CFDI o documentos equivalentes en moneda nacional o extranjera, asentadas en el pedimento para ser destinadas al régimen de depósito fiscal, conforme al factor de moneda extranjera vigente al momento de expedir la carta de cupo. |
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CVE. sección aduanera de despacho. |
Clave de la sección aduanera en la cual se realizará el despacho de la mercancía que se destina a deposito fiscal, conforme al apéndice 1 del Anexo 22. |
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Nombre de la sección aduanera de despacho. |
Nombre de la sección aduanera en la cual se realizará el despacho de la mercancía que se destina a deposito fiscal, conforme al apéndice 1 del Anexo 22. |
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Mercancías |
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SEC. |
Número de secuencia de la fracción arancelaria que se declara. |
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Fracción arancelaria. |
Fracción arancelaria en la que se clasifica la mercancía de conformidad con la TIGIE. |
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CVE. UMT. |
Clave correspondiente a la unidad de medida de aplicación de la TIGIE, conforme al apéndice 7 del Anexo 22. |
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Cantidad de UMT. |
Cantidad de las mercancías conforme a las unidades de medida de la TIGIE. |
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Agente aduanal o agencia aduanal, apoderado aduanal |
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Num. patente o autorización. |
4 Dígitos, del número de la patente o Autorización otorgada por la ANAM al agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal que promoverá el ingreso de la mercancía a deposito fiscal. |
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Clave en el RFC del agente aduanal o agencia aduanal, apoderado aduanal. |
Clave en el RFC del agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal que realiza el trámite. |
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CURP del agente aduanal, apoderado aduanal. |
CURP del agente aduanal o apoderado aduanal que realiza el trámite. |
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Nombre. |
Nombre completo del agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal que realiza el trámite. |
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Almacén general de depósito |
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CVE. aduana de circunscripción. |
Clave de la aduana conforme al apéndice 1 del Anexo 22, en cuya circunscripción territorial se encuentra la unidad autorizada (bodega), del almacén general de depósito que expida la carta de cupo. |
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Nombre de la aduana de circunscripción. |
Nombre de la aduana conforme al apéndice 1 del Anexo 22, en cuya circunscripción territorial se encuentra la unidad autorizada (bodega), del almacén general de depósito que expida la carta de cupo. |
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CVE. de unidad autorizada. |
Clave asignada por el SAT a los almacenes generales de depósito para operar el régimen de depósito fiscal. |
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Denominación o razón social. |
Denominación o razón social del almacén general de depósito. |
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Domicilio de la unidad autorizada (bodega). |
Domicilio de la bodega o del local en donde permanecerá la mercancía en depósito fiscal. |
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Importador/Exportador |
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Nombre, denominación o razón social. |
Nombre, denominación o razón social del importador/exportador tal como lo haya manifestado para efectos del RFC. |
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RFC. |
Clave en el RFC del importador/exportador, que efectúe la operación de comercio exterior. en el caso de extranjeros, se anotará la clave “EXTR920901TS4”. |
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CURP. |
CURP del importador/exportador que realiza el trámite. la declaración de la CURP es opcional, si el importador/exportador es persona física y cuenta con dicha información. |
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Domicilio fiscal. |
Domicilio fiscal del importador/exportador tal y como lo haya manifestado para efectos del RFC. se anotará el de la bodega en el que las mercancías permanecerán en depósito fiscal, cuando las personas físicas o morales que promuevan este régimen y sean residentes en el extranjero. |
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Acuse electrónico de validación. |
Compuesto de ocho caracteres con el cual se comprueba que la autoridad aduanera ha recibido electrónicamente la información transmitida para procesar la carta de cupo, se deberá imprimir este acuse en la carta de cupo autorizada. |
Notas:
Las medidas del papel en que ira impreso el formato serán de 28 cms. de largo por 21.5 cms. de ancho (tamaño carta).
Cuando en un campo determinado resulte insuficiente el espacio definido, podrá ser ampliado agregando tantos renglones como se requieran, imprimiéndose el formato en el número de hojas que sean necesarias.
Cuando se tenga más de una fracción arancelaria que ampara la carta de cupo, deberá declararse una por cada secuencia.
Nombre del organizador:
M1.9.
Carta de cupo para exposiciones internacionales
(Artículo 121, fracción III de la Ley)
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Número de folio: |
Fecha de expedición: |
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Número de autorización: |
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Día
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Mes
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Año
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Número de pedimento: |
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Clave: |
Nombre de la aduana de despacho: |
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De conformidad con el artículo 119 de la ley se expide la presente carta de cupo respecto de la mercancía que a continuación se señala:
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Número de bultos |
Descripción de la mercancía |
Valor m.n. |
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Que serán despachadas al régimen de depósito fiscal por el agente o apoderado aduanal:
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Número de patente o autorización |
Nombre del agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal |
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Y enviados con destino al local destinado a la exposición internacional:
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Nombre, denominación o razón social: |
|
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Domicilio autorizado: |
|
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Nombre del evento: |
Periodo: |
Importador:
|
Nombre, denominación o razón social: |
|
Domicilio fiscal: |
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R.F.C. |
____________________________________________
Nombre y firma del representante legal o titular del local destinado a la exposición internacional.
Nota: De no ser utilizado el presente documento dentro de los veinte días siguientes al de su expedición, deberá devolverse a la empresa que lo expide.
Instrucciones
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No. de campo |
Contenido |
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Número de folio. |
Número de folio consecutivo de la carta de cupo, que deberá ser asignado por el organizador del evento. Nota: La utilización de la carta de cupo será exclusivamente para un pedimento. |
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Fecha de expedición. |
Fecha en que se expide la carta de cupo en formato DD/MM/AAAA. |
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Número de autorización. |
Se deberá anotar el número del oficio de autorización, conforme a la regla 4.5.29. |
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Número de pedimento. |
Se deberá anotar el número progresivo asignado. |
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CVE. Aduana/sección aduanera de despacho. |
Clave de la aduana/sección aduanera en la cual se realizará el despacho de la mercancía que se destina a deposito fiscal, conforme al apéndice 1 del Anexo 22. |
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Nombre de la aduana/sección aduanera de despacho. |
Nombre de la sección aduanera en la cual se realizará el despacho de la mercancía que se destina a deposito fiscal, conforme al apéndice 1 del Anexo 22. |
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Mercancías |
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Número de bultos. |
Se deberá anotar el número de bultos que integran el embarque. |
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Descripción de la mercancía. |
Descripción comercial de las mercancías. |
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Valor M.N. |
El equivalente en moneda nacional del valor en aduana asentado en el pedimento al momento de expedir la carta de cupo. |
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Agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal |
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Número de patente o autorización. |
4 Dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la ANAM al agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal que promoverá el ingreso de la mercancía al local destinado a la exposición internacional. |
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Nombre. |
Nombre completo del agente aduanal, agencia aduanal o apoderado aduanal que realiza el trámite. |
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Local destinado a la exposición internacional |
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Nombre, denominación o razón social. |
Denominación o razón social del organizador local donde se celebrará el evento. |
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Domicilio autorizado. |
Domicilio completo del local autorizado para la exposición internacional. |
|
Nombre del evento. |
Nombre mediante el cual se promociono la exposición internacional. |
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Periodo. |
Fechas en que serán exhibidas las mercancías. Nota: este periodo no deberá exceder de un mes. |
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Importador |
|
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Nombre, denominación o razón social. |
Nombre, denominación o razón social del importador tal como lo haya manifestado para efectos del RFC. |
|
Domicilio fiscal. |
Domicilio del importador como lo haya manifestado para efectos del RFC. |
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RFC |
Clave en el RFC del importador que efectué la operación de comercio exterior. |
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Nombre Y Firma. |
Correspondiente al titular del local destinado a la exposición internacional. |
M1.10.
Reporte de exportaciones de operaciones de submanufactura o submaquila
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No. de Folio |
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Lugar de Expedición: |
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Fecha de expedición: |
Día |
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Mes |
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Año |
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1. Datos de la empresa con Programa IMMEX que emite el reporte: |
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Denominación o Razón Social: ____________________________________________________________ Clave en el RFC _______________________________________________________________________________
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Número de Programa IMMEX: ____________________________________________________________ Domicilio: _____________________________________________________________________________________ Calle: ____________________________________ No. y/o letra ext.: ________ No. y/o letra int.: _______ Colonia: ____________________________________ C.P. ___________ Entidad Federativa: __________ Teléfono: __________________________________ Fax: _______________________________________ Señalar con una “X” si la proporción corresponde al: |
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2. Datos de la empresa que realiza la operación de submanufactura o submaquila: |
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Denominación o Razón Social: ____________________________________________________________ RFC: _____________________________________________________________________________________ Domicilio: _____________________________________________________________________________________ Calle: ___________________________________ No. y/o letra ext: ___________ No. y/o letra int: ______ Colonia: ___________________________________ C.P. ________ Entidad Federativa: ______________ Teléfono: _____________________________________ Fax: ____________________________________
|
|
3. Proporción de exportación de mercancías |
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Descripción de la mercancía transferida: Fracción arancelaria, en su caso, NICO: |
Proporción: |
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Descripción del proceso:
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Manifiesto bajo protesta de decir verdad que la información contenida en este documento es verdadera y exacta. Cuando los datos contenidos en la presente se modifiquen, me obligo a comunicar dicha situación. La falsedad o inexactitud de la información contenida en la presente, se sancionará de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables.
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4. Datos del Representante Legal |
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Apellido paterno: |
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Apellido materno: |
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Nombre(s): |
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Clave en el RFC: |
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____________________ |
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Firma del |
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CURP: |
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representante Legal |
Instrucciones
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I. Este reporte será llenado a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán exceder los límites de los recuadros. II. Se deberá presentar en original y una copia, el original se entregará a la empresa que realiza las operaciones de submanufactura o submaquila y la copia la mantendrá la empresa con Programa IMMEX que expide el reporte. III. Número de folio: La empresa con Programa IMMEX anotará el número de folio consecutivo que corresponda. IV. Lugar de expedición: Lugar en donde se genera el presente reporte (Estado, Capital, Ciudad o Municipio). V. Fecha de expedición: Se deberá anotar la fecha de llenado del reporte, utilizando 2 números arábigos para el día, 2 para el mes y 4 para el año, como sigue: (31 de marzo de 2007 ejem: 31 03 2007). I. Datos de la empresa con Programa IMMEX que emite el reporte. a) Denominación o Razón Social: Anotará la razón social de la empresa con Programa IMMEX. b) Clave en el RFC: Se anotará la clave. c) Número de Programa IMMEX: El número asignado por la SE a la empresa con Programa IMMEX. d) Domicilio: Anotará los datos relativos al domicilio fiscal; nombre de la calle, número y/o letra exterior, número y/o letra interior, nombre de la colonia, código postal, Entidad Federativa, número telefónico y número de fax. e) Señalar con una “X”, si la proporción corresponde al primer o segundo semestre. II. Datos de la empresa que realiza la operación de submanufactura o submaquila. a) Denominación o Razón Social: Anotará la razón social de la empresa. b) Clave en el RFC: Se anotará la clave. c) Domicilio: Anotará los datos relativos al domicilio fiscal; nombre de la calle, número y/o letra exterior, número y/o letra interior, nombre de la colonia, código postal, Entidad Federativa, número telefónico y número de fax. III. Proporción de exportación de mercancías. a) Descripción de la mercancía transferida: Se manifestará la descripción detallada de la mercancía que le transfiere la empresa con Programa IMMEX a la empresa que realice la operación de submanufactura o submaquila. b) Fracción arancelaria, en su caso, NICO de la mercancía transferida: Anotará la fracción arancelaria y NICO que corresponda a la mercancía que se transfiere. c) Descripción del proceso: Se manifestará la descripción de proceso realizado por la empresa de submanufactura o submaquila. d) Proporción de exportación: Indicar la proporción que determine conforme a la regla 5.2.8. IV. Datos del Representante Legal. a) Anotará el apellido paterno, materno y nombre(s) del representante legal. b) Clave en el RFC: Se anotará la clave en el RFC a trece posiciones. c) CURP: Se anotará la CURP, cuando se cuente con ésta. |
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M1.11.
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Relación de documentos. |
Código de Barras |
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Datos generales |
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Aduana de Despacho |
Número de Patente o Autorización |
Nombre del agente aduanal o agencia aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado. |
Fecha de Emisión |
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Listado de pedimentos o avisos consolidados |
||||||
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Consecutivo |
Número de Pedimento |
Número del aviso consolidado |
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Número de contenedores |
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1. |
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2. |
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3. |
||||||
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4. |
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Instructivo de llenado del formato Relación de documentos
El agente aduanal o agencia aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado, es quien tiene la obligación de llenar este formato, cuando se trate tanto de operaciones efectuadas con un pedimento y/o aviso consolidado, o consolidación de carga conforme a la regla 3.1.24., o bien tratándose de operaciones realizadas con pedimentos Parte II a que se refiere la regla 3.1.21., fracción III, inciso a). El formato deberá presentarse ante el módulo de selección automatizado como primera hoja de todos los documentos que ampara.
Los siguientes campos se llenarán, como a continuación se indica:
1. El código de barras estará determinado como:
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|
Longitud |
Formato |
|
|
1 |
Carácter que identifica que la lectura es por código de barras (L). |
1 |
Carácter. |
|
2 |
Número total de pedimentos de la operación. |
2 |
Numérico |
|
3 |
CAAT, obtenido conforme a la regla 2.4.5. |
4 |
Numérico |
|
4 |
Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full). |
11 |
Alfanumérico |
|
5 |
Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full). |
11 |
Alfanumérico |
|
6 |
Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full). |
11 |
Alfanumérico |
|
7 |
Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full). |
11 |
Alfanumérico |
Después de cada campo, se deben presentar los caracteres de control “CARRIAGE RETURN” y “LINE FEED”.
2. Datos generales.
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1. Aduana de Despacho. |
Deberá declararse la clave de la aduana/sección en la que se tramita el despacho aduanero. Este campo está conformado por tres caracteres numéricos. |
|
2. Número de Patente o Autorización. |
Deberá declararse el número de la patente o autorización que corresponda al agente aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado que realiza el despacho de las mercancías. Se conforma por cuatro caracteres alfanuméricos. |
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3. Nombre del agente aduanal o agencia aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado. |
Deberá declararse el nombre del agente aduanal o agencia aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado, que promueve el despacho. |
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4. Fecha de Emisión. |
Deberá declararse la fecha de emisión del formato. El campo deberá declararse como DD/MM/AAAA |
3. Listado de Pedimentos o avisos consolidados.
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1. Consecutivo. |
Consecutivo que se está declarando, del pedimento y/o del aviso consolidado, tratándose de pedimentos consolidados. |
|
2. Número de pedimento. |
Se deberán declarar todos los pedimentos en consolidación de carga que amparen las mercancías en transporte en un mismo vehículo. |
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3. Número del aviso consolidado. |
Se deberá declarar el(los) número(s) de acuse de valor obtenido(s) de la transmisión de la información relativa al valor y demás datos relacionados con la comercialización de las mercancías, que amparen las remesas de los pedimentos consolidados conforme a los artículos 37 y 37-A de la Ley y la regla 1.9.17., en consolidación de carga que amparen las mercancías en transporte en un mismo vehículo. |
4. Número de contenedores.
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1. Número de contenedores. |
Se deberá declarar el(los) contenedor(es) en el (los) que se transporta la mercancía. |
Ciudad de México, a 15 de diciembre de 2023.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.