ANEXOS 3, 7, 14, 22 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicada el 30 de diciembre de 2024.

Viernes 03 de Enero de 2025

(Viene en la Sexta sección)

3.      Autorizaciones otorgadas a partir del ejercicio 2024.

A.      Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

AMD101217T41

Asociación Mexicana de Diabetes en el Sureste A.C.

CLF230904IQ6

Casa LGBT+ Familia Apps A.C.

GRA221205DF9

Gradiva A.C.

IEI180816147

Instituto de Estudios e Investigación Psicoanalítica A.C.

CAL0910303LA

La Casa del Alimento A.C.

LGA220927S85

Lupita Gallo A.C.

 

B...... ...................................................................................................................................................................................

C...... ...................................................................................................................................................................................

D.      Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 79, fracción XII de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

ACE050928EK9

Asociación Cultural El Estanquillo A.C.

MAX240306TN7

Música Antigua Xalapa A.C.

PPH930914TT5

Patronato Pro Huapango y Cultura Huasteca A.C.

 

E...... ...................................................................................................................................................................................

F.      Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

FDM2107228K3

Fundación Diurna México A.C.

MEF100707II3

Sociedad Mexicana para el Estudio de los Florecimientos Algales Nocivos A.C.

 

G...... ...................................................................................................................................................................................

H.      Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82, penúltimo párrafo de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

FNE080708SI5

AT&T Fundación A.C.

 

I........ ...................................................................................................................................................................................

J...... ...................................................................................................................................................................................

K...... ...................................................................................................................................................................................

L.      Organizaciones civiles y fideicomisos de desarrollo social (artículo 79, fracción XXV de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

AHJ240312H1A

Algaraza, hacia la Justicia Social y Restaurativa A.C.

 

M.     Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.1.7.).

RFC

Denominación Social

Objeto

CLF230904IQ6

Casa LGBT+ Familia Apps A.C.

Asistencial

ECI180601S56

Erandi Centro Integral de Apoyo a Niños con Cáncer A.C.

Asistencial

FVP980713U46

Fundación Vida Plena Ing Daniel Lozano Aduna I.A.P.

Asistencial

HCC210503252

Hexágono Cine y Cultura A.C.

Cultural

IEI180816147

Instituto de Estudios e Investigación Psicoanalítica A.C.

Asistencial

CAL0910303LA

La Casa del Alimento A.C.

Asistencial

ITR180314UT1

La Incubadora de Trabajo para Refugiados y Retornados A.C.

Asistencial

LGA220927S85

Lupita Gallo A.C.

Asistencial

MAX240306TN7

Música Antigua Xalapa A.C.

Cultural

PPH930914TT5

Patronato Pro Huapango y Cultura Huasteca A.C.

Cultural

MEF100707II3

Sociedad Mexicana para el Estudio de los Florecimientos Algales Nocivos A.C.

Ecológica

VIS050203592

Voluntariado del Instituto de Salud del Estado de México A.C.

Asistencial

VSO190218831

Volver a Soñar A.C.

Desarrollo Social

 

4.      Actualizaciones.

4.1.      Cambios de Rubro.

RFC

Denominación Social

Objeto

Rubro Anterior

Rubro Actual

IFA0305053T6

Instituto Federico de Aguinaga A.C.

A

B

PVI091012M61

"Programa Viva" A.C.

F

L

 

4.2.      Cambios de denominación.

RFC

Denominación Social

Objeto

FMA2103307H5

Anterior:

Asistencial

Fundación Mar de Angeles A.C.

 

Actual:

Banco de Alimentos La Paz Sin Hambre A.C.

 

5.      Revocaciones derivadas del procedimiento previsto en el artículo 82 Quáter de la Ley del ISR.

RFC

Denominación Social

Objeto

ATO120806LB1

Abuelos Tosepankali A.C.

Asistencial

AAA060509UEA

Alternativa de Apoyo a los Asuntos del Menor, Prevención, Búsqueda y Posible Recuperación de Niños Robados y Extraviados a Nivel Nacional A.C.

Desarrollo Social

ADN060131SJ5

Alternativa Democrática Nacional A.C.

Asistencial

AIT2201213X2

Asociación Integral Tn Sonrisas A.C.

Desarrollo Social

BIA921230V65

Banco Internacional de Alimentos A.C.

Asistencial

CHM980918BN6

Casa Hogar Marjorie Wurts A.C.

Asistencial

HAM1707139B0

Centro de Estudios Técnicos y Universitarios el Tule A.C.

Asistencial

CPI000203DV3

Centro de Promoción Integral A.C.

Asistencial

CUV180530FQ4

Colaboradores de una Vida en Victoria A.C.

Asistencial

DEL180420D40

Dar es lo que Quiero A.C.

Asistencial

DOL1807265T7

Desarrollo, Oportunidad y Libertad A.C.

Asistencial

DTT190604D37

Descubriendo Talentos a través de la Educación el Arte y el Deporte A.C.

Asistencial

DOR191126566

Dibujando Otra Realidad A.C.

Asistencial

EOA960719ED5

Edad de Oro de los Abuelos San Judas Tadeo A.C.

Asistencial

ASJ121212PV0

El Aposento de San José A.C.

Asistencial

ETE970130F25

Estimulación Temprana Enrique de Osso A.C.

Asistencial

FFU160224834

Familias con Futuro A.C.

Asistencial

FAL171005Q87

Fundación Alba I.A.P.

Asistencial

FAH950627DK6

Fundación Alfredo Harp Helú A.C.

Asistencial

FCI041202622

Fundación Cice A.C.

Asistencial

FCO1907091U9

Fundación Conexia A.C.

Asistencial

FAI9211094Y9

Fundación de Apoyo Infantil Guanajuato A.C.

Asistencial

FAG180627FD6

Fundación de Asistencia, Generación e Innovación en Salud Genis A.C.

Asistencial

FBP740530RF2

Fundación de Beneficencia Privada "Escuela de Enfermeria Emmanuel" Sin Tipo de Sociedad

Educativa

FMO920813285

Fundación de Beneficencia Privada Denominada Maldonado Olvera Sin Tipo de Sociedad

Asistencial

FIM190619CZ8

Fundación de Iztapalapa para el Mundo, Los Ángeles Azules A.C.

Cultural

FDI121214AK3

Fundación Disac A.B.P.

Asistencial

FIC151222TJ6

Fundación Ideas Claras A.C.

Cultural

FJZ150415GS7

Fundación Jesús Zamora por Amor al Beisbol A.C.

Asistencial

FJO181220TJ3

Fundación Joc A.C

Becante

FJU180301LTA

Fundación Jubileo A.C.

Asistencial

FMA160413FH8

Fundación Manos de Amor San Luis A.C.

Asistencial

FMP150904595

Fundación Mar Pacific A.C.

Asistencial

FMF120613LI2

Fundación Mujeres Fuertes Valientes y Libres México A.C.

Asistencial

FOB161129DV0

Fundación Oniros para el Bienestar Social A.C

Asistencial

SGV140303UZ1

Fundación Sara Gabriela Visión de Vida A.C.

Asistencial

FUS091120T59

Fundación Universidad del Sur A.C.

Cultural

GEO0606081T9

Geogénesis A.C.

Ecológica

GES900222EM6

Grupo de Estudios sobre la Mujer Rosario Castellanos A.C.

Asistencial

HOP011116GU6

Horizonte y Oportunidad A.C.

Asistencial

HFO150527NE6

Huma Foundation A.C.

Becante

IUN020806237

Icel Universidad S.C.

Educativa

IMX1905229E0

In&Ge Mx A.C.

Asistencial

ICD171123AN9

Iniciativa Ciudadana para el Desarrollo Barrial A.C.

Asistencial

ICS070330GTA

Instituto Carlos Slim de la Educación A.C.

Asistencial

JPC1709153M8

Jóvenes por la Paz Cactus Turismo Alternativo Sustentable A.C.

Desarrollo Social

LHU170719MZ2

Laurentis Humanity A.C.

Asistencial

MLE1408202P3

Mamita y Lety A.C.

Asistencial

MMS010620H12

Mejoras Materiales de San Juan Ixtaltepec A.C.

Desarrollo Social

MSM151215DG4

Mujeres por la Salud, MUSA A.C.

Asistencial

MTP151211DS9

Mujeres Trabajando por el Progreso de la Región A.C.

Asistencial

NVJ150304SD1

Nueva Vida con Jesús y María A.C.

Asistencial

PCP180516TH0

Patronato del Centro de Prevención de Quemaduras A.C.

Asistencial

PPH900906EE7

Patronato Pro Hospital General de Tlalnepantla A.C.

Apoyo Económico

PJE160425MG2

Poder Juvenil Emprendedor A.C.

Asistencial

PFT1008141M3

Primera Fundación de Talabarteros Zúñiga A.C.

Asistencial

PCO181130TW9

Primero Colima A.C.

Asistencial

PIM160301AX9

Protección Integral para la Mujer y la Niñez A.C.

Asistencial

RES170803F18

Reconexión Esencial A.C.

Asistencial

SFF140127LZ0

Saber Fundación para el Futuro A.C.

Asistencial

SVD170628HZ7

Salud y Vida Digna para Grupo Vulnerables A.C.

Asistencial

MVI181030GI7

Sociedad Mexicana de Virología A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

SAN1803169C2

Sociedad Sana A.C.

Asistencial

SSO150908A85

Solo Sonrisas A.C.

Asistencial

TMA120823UQ5

Tenis del Mayab A.C.

Asistencial

TOJ160517160

Trabajar para Oaxaca, Juntos Avanzando A.C.

Asistencial

UAT110124IS6

Un Ángel para Todos A.C.

Desarrollo Social

VSO140124KT1

Vínculos Solidarios A.C.

Asistencial

YRC171207D72

Yodarta, Reconstrucción y Comunidades Sustentables A.C.

Desarrollo Social

6.      Cancelaciones solicitadas conforme al artículo 82, fracción V de la Ley del ISR.

RFC

Denominación Social

Objeto

CCM070713L51

Centro para la Capacitación Matrimonial y Familiar A.C.

Asistencial

 

7.      Autorizaciones que pierden vigencia para el ejercicio 2025.

7.1.      Organizaciones multadas que incumplieron con los requisitos previstos en el Transitorio Segundo de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, en relación con las reglas 3.10.4., fracción I, inciso a) y 3.10.10., derivados de la obligación de presentar la Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación del ejercicio 2023.

RFC

Denominación Social

ACR050616AJ2

Acción Comunitaria Rita de Cascia I.A.P.

AJA180312RY9

Acción Juvenil Atla Atlatlahuca A.C.

AVM110112QE2

Acciones con Valor por México A.C.

AHM121115BS4

Actuemos Hoy por México A.C.

ACA1908011H9

Adopta Coapa Angel de 4 Patas A.C.

AKA180813I84

A'Katen A.C.

AMH100708DV0

Albergue de Migrantes Hermanos en el Camino A.C.

ATN971216UY9

Albergue Temporal Nuestra Señora de San Juan A.C.

AAL140917IVA

Aliados por Álamos A.C.

AEC1211052T2

Alianzas Educativas de Ciudad Juárez A.C.

ADR190606BD8

Amar Desde la Raíz A.C.

ADP100219B36

Amigos con Discapacidad Primer Paso A.C.

AMA230223J10

Amigos de Mata A.C.

AAM121026RQ9

Amor Agua y Más A.C.

APS150321KG3

Antal Promoción de la Salud A.C.

ACU710617MK9

Antonio Curiel A.C.

ANV230116JCA

Anvijuvi A.C.

APA060130J5A

Apardicos A.C.

AFF230317L65

Apoyo y Fortaleza para las Familias A.C.

AIN150116M84

Aprender con Interés A.C.

ASU2210144P8

Arcoíris de Sueños A.C.

ARO2212182R9

Arogi A.C.

AEI080121M47

Asistencia e Investigación en Glaucoma A.C.

AAM9308038L4

Asociación Amiga A.C.

APC220708MH6

Asociación Bosker A.C.

ABM140606LC3

Asociación Brigadas Médicas de Mérida I.A.P.

ADC211029JY8

Asociación Deportiva, Cañeros Mante A.C.

EEA150831NU5

Asociación Kanner Luz de Esperanza A.C.

AMR080828EH0

Asociación Mariposas Revolucionarias A.C.

AMD230307E24

Asociación Mexicana de Desarrollo Motriz Infantil A.C.

AMD210423FD6

Asociación Mexicana de Docentes de Artes A.C.

APS100126DV2

Asociación para la Procuración Social y Productiva de Chiapas A.C.

ASA941202HF2

Asociación Sonorense de Alzheimer y Enfermedades Similares A.C.

ASS950711AL9

Asociación Sonorense para la Salud Reproductiva A.C.

ASA041027AS3

Asociación Sudcaliforniana de Apoyo al Desarrollo Infantil A.C.

ASS170729AZ9

Asociación Sur Sureste de Ingenieros Industriales A.C.

AJT171020BT2

Avanzando Juntos Triunfaremos A.C.

AVE141201EN9

Aveac A.C.

AME070524RW9

Ayuda Mutua Esencial A.B.P

ASD0403153R9

Ayuda Social Devlyn A.C.

BAL230329IZ1

Baliydeso A.C.

BAR190817SK6

Banco de Alimentos de Rio Grande Zac A.C.

BAS9905115F4

Banco de Alimentos de San Luis Potosí A.C.

BAS180511SW9

Banco de Alimentos de San Miguel de Allende A.C.

BAM9609257Z5

Beneficio y Apoyo Mutuo para el Bienestar Infantil A.C.

BSC160205SU8

Bienestar Social para Cárdenas A.C.

BSF170802PH5

Biólogos y Silvicultores Forestales por el Ambiente A.C.

BPR210205G37

Bomberos y Paramédicos Regionales de las Altas Montañas A.C.

BHI160922JU4

Borlas con Hilos A.C.

BSH1501263E4

Briza Shirley A.C.

BTP2109066B6

Buscando Tu Propio Camino A.C.

CUL190718DM0

Cabalgantes Unidos del Llano A.C.

CAC2201279C6

Cadena de Amor Contra el Cáncer Infantil A.C.

CAT160323HT0

Calmecac Apoyo para Todos A.C.

CAY110511NV2

Canales de Ayuda A.C.

CAR221017NI5

Casa de Asistencia Restaurando Mi Ser A.C.

CHH030414HN7

Casa Hogar Hijos del Rey A.C.

CHJ950105EVA

Casa Hogar Jeruel A.C.

CHM070704HU6

Casa Hogar M. Rivero Atkinson A.C.

CHM110214HD7

Casa Hogar Mamá Estefana I.A.P.

CHS090406SM0

Casa Hogar Sonrisa de Ángeles A.C.

CKA220819BF2

Casa Kaab A.C.

CPI200515FV3

Celso Piña A.C.

CAU130606T12

Centro Alimentario Un Gran Día A.C.

CCG091223RT3

Centro Comunitario Guadalupe Victoria I.A.P.

CCR2209306K1

Centro Creviser A.C.

CCY220704I79

Centro Cultural Yankuik Kuikamatilistli A.C.

CAA180702BZ4

Centro de Apoyo Académico Aprendamos Juntos, Cepaj A.C.

CAR9603186W4

Centro de Apoyo y Rehabilitación Integral de Ayuda a Discapacitados I.A.P.

CAS191204QMA

Centro de Aprendizaje San Diego A.C.

CAI2111234P5

Centro de Atención Integral Humanista Colima A.C.

CAI021023L78

Centro de Atención Integral para Personas con Autismo A.C.

CAD210906352

Centro de Atención y Desarrollo Psicoemocional Emocionarte A.C.

CCT8311156I9

Centro de Capacitación de Trabajo Industrial para Invidentes A.C.

CDH171004AHA

Centro de Desarrollo Humano D.I. Zazil A.C.

CDI180814VE7

Centro de Desarrollo Integral Manos de Servicio A.C.

CEG101220K58

Centro de Enlace, Gestión y Capacitación Agropecuaria Cegca A.C.

CEB230126JN4

Centro de Equinoterapia Barrientos A.C.

CEE631128AN5

Centro de Estudios Educativos A.C.

CII1712117J0

Centro de Innovación e Inteligencia para el Desarrollo Inn-Chamba I.A.P.

CRF131002PT7

Centro de Rehabilitación Femenina Santa María Magdalena A.C.

CRU190731567

Centro de Rehabilitación Una Nueva Oportunidad para Vivir A.C.

CRT9202214Y3

Centro de Rehabilitación y Terapia de San Juan Ixtayopan I.A.P.

CTR2210067A1

Centro de Tratamiento y Rehabilitación en Adicciones Oasis Mérida A.C.

CAO160404EN7

Centro del Aprendizaje para la Organización Social C.A.O.S. A.C.

CEL870619D42

Centro Escolar Lerma S.C.

CEA220120UT7

Centro Especializado en Adicciones Víctor A.C.

CEA1312129J3

Centro Espiritual Avatar A.C.

CIA190314QT4

Centro Integral para el Adulto Mayor San Angel A.C.

CPM980430I81

Centro Pastoral Maná de Mexicali I.B.P.

CSI221025T10

Chavales de Silao A.C.

CMM130723EW6

Cien Mujer por la Mujer A.C.

CTR200220L8A

Cine 13 A.C.

CBA230203QD4

Ciudadanos de los Barrios A.C.

CDD100312EQ0

Clínica de Desintoxicación de Alcoholismo y Drogadicción Renacimiento A.C.

CDI120106NR5

Clínica de Dientezfelices A.C.

CCA2111121A3

Club Chavalines A.C.

CRC880602719

Club Rotario Cuernavaca Tabachines A.C.

CCI150319MV2

Coedems Chihuahua A.C.

CSO210426LG2

Coleccionando Sonrisas A.C.

CFC9812091Y5

Colectivo Feminista Cihuatlahtolli A.C.

CTE130301S30

Colectivo Teriocuri A.C.

CTI210709CB1

Comunidad Terapéutica In Lak Ech A.C.

CCR150223932

Comunidades en Crecimiento Concreta I.A.P.

MCA2202244C4

Con la Mano en el Corazón Apoyo Solidaridad y Asistencia Social A.C

CBE121121N21

Conciencia y Biocultura Ecológica Sustentable A.C.

CCP210211UN7

Conciencia, Conversión y Perseverancia A.C.

CBE230516RA9

Conecta Betania A.C.

CNE221203NJ9

Consejo Nacional de Ejidos y Comunidades Indígenas de México C.O.N.E.C.I.M. A.C.

CED1905166K4

Construyamos Educación A.C.

CLA230131BB0

Contigo Laguna A.C.

COM100727419

Coordinadora de Organizaciones y Ministerios Carcelarios de México A.C.

CDM100210UC2

Coral Divertimento México A.C.

APP180413GQ1

Corazones Invencibles Oncopekes A.C.

CCC160526C86

Corporación de Comerciantes y Ciudadanos en Bienestar Social A.C.

CEM230612P33

Cross Emprendedores S.C.

CUC170403E46

Cuculuste A.C.

CCT1809187S9

Cuenta Conmigo Tepic A.C.

CUI060102G84

Cuidarte A.C.

CCJ160215BN2

Cujua Cultura Jurídica y Administrativa A.C.

DFE220204D61

Dádivas de Fe A.C.

MUV140206HF9

De la Mano por Una Vida Digna A.C.

DDM1201251Q4

Desarrollo de la Mujer Queretana A.C.

DRB061116SF3

Desarrollo Rural para el Bien de Todos A.C.

DTI101008NM1

Descubre Tu Inteligencia A.C.

DTR121122PX3

Despertar para Transformar A.C.

DPR1908156P3

Didáctica con Propósito A.C.

DRA1710183C1

Diversidades, Redes de Apoyo para Mujeres y Opciones Neutrogenéricas de Acompañamiento A.C.

ECO001206QW0

Ecobanca A.C.

ESO180601EF5

Ecocreando Soluciones A.C.

EAT13032797A

Ecolegio Anima Terra A.C.

EIS180816DC3

Ecosistemas de Innovación Social en Latinoamérica A.C.

EFE1811219G9

Egm Fundación Eudokia A.C.

ECN131003GK4

Egresados de la Ciudad de los Niños Padre Cuellar A.C.

CCR2009245P8

El Camino de Crispín A.C

PET180320FU8

El Poder Esta en Tus Manos A.C.

EHF091022537

Empecemos Hoy el Futuro del Mañana A.C.

EPO180810HQ3

Empoderamiento de los Pueblos Originarios A.C.

EJM230605TT5

Encuentro con la Justicia México A.C.

ENE200213442

Entrelazadas, No Estamos Solas A.C.

ECC2103292Z9

Equinos Contigo Cancún A.C.

ECO190404T44

Escuchando con el Corazón A.C.

ECD181015R19

Estamos Contigo Dame Tu Mano A.C.

EIP131107554

Estancia Infantil Pro-Vida Plena A.C.

EEM170224FUA

Este Es el Momento A.C.

ESF200817RG9

Experiencia Sin Frontera A.C.

EMU980814F46

Expresión Musical A.C.

FSE221015TN9

Familia Serdán I.A.P.

FBV1307302Y8

Festival Bella Vía, El Arte Madonnaro A.C.

BIF960117PB3

Fideicomiso F/056 Social Miguel Hidalgo

FTJ151214JY0

Fideicomiso Todos Juntos por el Museo de Historia Natural F/10767

FIM721109DH7

Formación Integral de Monclova A.C.

FEM060215363

Foro de Emergencia A.C.

FIE120302CR2

Foro Iberoamericano de Estudios Cinematográficos A.C.

FAL131030P83

Fraternidad Asistencial de la Laguna A.C.

FLA840801SS5

Fraternidad Luz y Amor A.C.

FMP951213GW7

Frente Mexiquense Pro, Derechos Humanos A.C.

FFB190605K35

Fundación a Favor del Bienestar Biopsicosocial de la Población Vulnerable A.C.

FAA1806157M8

Fundación Aasalud A.C.

FAS190731279

Fundación Adriana Sanchez Transformando Vidas A.C.

FAE070322NY2

Fundación Aeroméxico A.C.

FAM1211275Z1

Fundación Ania Mariposas en Vuelo A.C.

FAS961009TVA

Fundación Antonio Sáenz de Miera Fieytal I.A.P.

FBS201211FJ9

Fundación Banhez Spirits A.C.

FBR2008054B6

Fundación Barbara Rompiendo Barreras A.C.

FBP180914KR3

Fundación Binacional Pasos de Fe y Esperanza A.C.

FCV190406FA2

Fundación Cambiando Vidas, Cambiando Mentes A.C.

FCA0911179J2

Fundación Camino a Damasco A.C.

FCE220818837

Fundación Cejema A.C.

FCI210825MP4

Fundación Cidhpda A.C.

FCE1101257H4

Fundación Ciudadan Experiencia y Juventud por Un México Mejor A.C.

FCA170531188

Fundación Ciudadana Activa A.C

FCY160315CB8

Fundación Comparte Yucatán A.C.

FAI050209M81

Fundación de Apoyo Infantil Quintana Roo I.A.P.

FEP080603B44

Fundación Elda Peniche Larrea A.C.

FEP0810247Y2

Fundación Elena Poniatowska Amor A.C.

FEA220705JWA

Fundación Emma A. de Bustamante A.C.

FEH13121064A

Fundación Empecemos Hoy I.A.P.

FES2009031S4

Fundación Esquizofrenia A.C.

FEV170118841

Fundación Evm A.C.

FFA181018DI4

Fundación Fundacare del Adulto Mayor A.C.

FGP5111164Y2

Fundación Gabriel Pastor Sin Tipo de Sociedad

FGD131205JB4

Fundación García para el Desarrollo y Bienestar de la Familia A.C.

FHM180301QY6

Fundación Harr Michoacán A.C.

FHM060920R95

Fundación Hermes Music A.C.

FHK191011KP8

Fundación Hong Kong por Una Paz Sustentable I.A.P.

FIK1203124R5

Fundación Ike A.C.

FIT221213DK1

Fundación Integral de Trasplantes de Órganos y Tejidos A.C.

FJS230601MU5

Fundación Jacob Sifuentes A.C.

FJA111128410

Fundación Jorge Alann A.C.

FKB191114846

Fundación Kaj Buch A.C.

FKR2210276C5

Fundación Karina Rangel Torres A.C.

FMC130416QA0

Fundación M.A. Cheschistz A.C.

FMJ030616HN8

Fundación Maestro José Luis Cuevas Novelo A.C.

FMC210406M97

Fundación Maria del Carmen Martínez González A.C.

FMA1902265P2

Fundación Mauan A.C.

MFM1703063N6

Fundación Medicina Fetal México A.C.

FMC141007IIA

Fundación Mejoremos al Campo Cnc A.C.

FMP210526RC3

Fundación Michel Pellegrin Gertroux A.C.

MIQ140218K79

Fundación Miquirray A.C.

FMS221209IP9

Fundación Multidisciplinaria Social e Intregral Arab A.C.

FDE150528541

Fundación para el Desarrollo Educativo, de la Investigación y Superación Profesional de los Maestros A.C.

FFD220908MY9

Fundación para el Fomento y Desarrollo de las Comunidades del Sur Sureste A.C.

FDM970113CNA

Fundación para la Dignificación de la Mujer I.A.P.

FPA950719CQ1

Fundación para la Promoción del Altruismo I.A.P.

FSE0805264X3

Fundación para la Salud y la Educación Dr. Salvador Zubirán A.C.

FPG0710183N3

Fundación Pediátrica Guanajuatense A.C.

FPD220613I46

Fundación Pedro Daniel A.C.

FCP7706292J0

Fundación Pernod Ricard México A.C.

FPP020807HM3

Fundación Pro Paciente Reumático A.C.

FPE160728DA0

Fundación Proideas para la Educación A.C.

FPA9009071G9

Fundación Promotora de Ayuda al Indígena I.A.P.

FRV150128IXA

Fundación Rancho Viejo A.C.

FRE110704926

Fundación Recupera I.A.P.

FRE201215G88

Fundación Rehabilita Educando A.C.

FRM191015BI4

Fundación Rh México A.C.

FSS1705195J4

Fundación Salud para Tu Visión I.A.P.

COV910315U15

Fundación Salvando Raíces A.C.

FSC000329673

Fundación Scanda A.C.

DAC7503148XA

Fundación Topaz A.C.

FTA1304246Y3

Fundación Trabajando y Alcanzando Metas A.C.

EEC970905LJ8

Fundación Uvm S.C.

FVC140128Q30

Fundación Vamos Contigo de la Mano A.C.

FYK221212A6A

Fundación Yahve Kjail A.C.

FAS220603117

Fundamigos As A.C.

GPP191007UD9

Gdl 5Pan 2Pescado A.C.

FGL181106IU3

Genes Latinoamérica A.C.

GED220803GV3

Gestión y Estrategia para el Desarrollo Humano A.C.

GDT071127RQ3

Gilberto Delegación Tabasco A.C.

GNN140318AI2

Giner, Nuestro Nuevo Mañana A.C.

GOE201105BZA

Goedheid A.C.

GOE2206274B2

Gran Om Estudio de Artes Visuales A.C.

GMA181203IQ5

Grupo Mexicano en Apoyo a la Transformación A.C.

GPE1904262Z4

Grupo Proeza Educativa de Sonora A.C.

GPS100304MB6

Grupo Prorrestauración San Felipe A.C.

GVB180605IP5

Guardianas de Valle de Bravo A.C.

GUE190510KL3

Guerrero Uniendo Esfuerzos por Un México Desarrollado A.C.

HSU090209694

Huastecos y Serranos Unidos por 500 Años A.C.

HUM140714RQ8

Humbaba A.C.

IME130917639

Inclusión Mexicana A.C.

IEN180212QZA

Institución Educativa Nueva Generación A.C.

IMC191002P18

Instituto de Música de Coahuila A.C.

IDM230120JV4

Instituto Diez Mano A.C.

IET090408GH3

Instituto Eoz de Tecnologías Rurales A.C.

IMP640619JB0

Instituto Mexicano de Psicoanálisis A.C.

IID1301287X4

Integración Inclusión y Deporte Adaptado A.C.

ICD171012V98

Integración y Capacitación para el Desarrollo Profesional y Social A.C.

ICU140703AP4

Interred Cultural A.C.

IHE180723GU5

Isaac Hernandez A.C.

JAU221108DX5

Juntos Aseguramos Un Cambio en la Cultura de la Prevención A.C.

JAH1801177K4

Juntos Avanzamos Hacia Un Mejor Futuro A.C.

JTJ220726K5A

Juventud Teapaneca Juvente S.C.

KTL2302279N4

Kokopelli Tlalli A.C.

ICI130809139

La Internacional Cinematográfica Iberocine A.C.

NES150922LT7

La Nave Espacial A.C.

PAC000306SA5

La Pirinola Actividades Culturales Educativas y de Desarrollo para Educación Especial A.C.

ROS6207252Z4

La Rosa A.C.

VLU170622D33

La Ville Lumiere A.C.

VJA220224SW9

La Voz de la Juventud Asistencia y Gestión Social A.C.

RRO770812N20

Las Rosas Rojas I.A.P.

LCI180709B70

Lean Construction Institute México A.C.

LFC910502ENA

Libre y Feliz A.C.

LSU9807093M1

Lograr y Superar A.C.

CUS211229456

Los Colores de Una Sonrisa A.C.

LUM101005HJ0

Lumaa I.A.P.

LVA150401P53

Luz de Vida al Adulto Mayor A.C.

MMA2204264F0

M.A.To.Ca.Li. Mujer Ámate Toda Capacítate Sé Libre A.C.

MLB161011627

Making Lives Better With Alorica A.C.

MCR191230780

Manantial Cristalino A.C.

MQH080228B52

Manitas Que Hablan Nogales I.A.P.

MFO170831L33

Manos al Futuro de los Oficios A.C.

MUT2107289L8

Manos Unidas para Todos A.C.

MUH230106SN2

Manos Unidas por Huamantla A.C.

MMC210824232

María M.C.B. A.C.

MOR171018EK5

Masschallenge Organization A.C.

MGO090116DK7

Médicos Generales de Orizaba A.C.

MET210722835

Metikbeh A.C.

MSS1806016J6

México sin Sordera A.C.

MMU131218L2A

México y Más por Una Mejor Calidad de Vida de las Mujeres y Hombres del Campo A.C.

MUA071109J80

Mexiquenses por Una Ayuda Mutua A.C.

MBA180614993

Mini Banco de Alimentos Delicias A.C.

MVD2002046M7

Ministerios Vita Dando el Mensaje A.C.

MSH2209283T8

Mírame Soy Humano Como Tú A.C.

MCO070905L51

Misión de Corazones A.C.

MGO0912094BA

Morelia Gourmet A.C.

MCI13111954A

Movimiento Cultural Indígena A.C.

MRE190523PR3

Movimiento Regenerador de la Sociedad A.C.

MVA100628DK1

Mujeres de Valor A.B.P.

MSE201217HA8

Mujeres Sembrando Esperanza A.C.

MTI1710062H6

Mujeres Trabajando por Iztacalco A.C.

MRM181015GL6

Museo del Rock Mexicano A.C.

NAT180511S92

Natlik A.C.

NAT160502F96

Naturania A.C.

NWV210212H17

New Way Vc A.C.

NFE2105144G5

Nido de Felicidad A.C.

NCI0504117N1

Niños por la Ciencia A.C.

NBE201014B11

Nutrición, Bienestar y Educación A.C.

OML0708156I3

Operación de México Libre A.C.

OSI0005187I4

Operación Servir Internacional A.C.

OCP171012GN1

Organización Civil Progresando Juntos A.C.

ODH221114BP7

Organización de Desarrollo Humano Cbad A.C.

OSB101218SSA

Organización de Sordos Bajacalifornianos A.C.

OVC050824M32

Osc, Vive Cadegomo A.C.

PAL220728IK6

Padrinos con Alma A.C.

PBT910610SP2

Patronato de Bomberos de Tapachula A.C.

PPJ0003303T4

Patronato de Pensionados y Jubilados de Angel R. Cabada A.C.

PBS851227IP6

Patronato del Buen Samaritano A.B.P.

PHC210304QM2

Patronato del Heroico Cuerpo de Bomberos del Municipio de Durango A.C.

PHG960425IS6

Patronato del Hospital General de San Miguel de Allende A.C.

PHI880330BB2

Patronato del Hospital Infantil Eva Sámano de López Mateos I.A.P.

PFE890515621

Patronato para el Fomento Educativo Social y Material de los Herreras, N.L. A.B.P.

PCU150701532

Peer Cultura A.C.

PVA150429PD6

Píntate de Valores A.C.

PGS151112K54

Pintemos Grandes Sonrisas A.C.

MQN1408076D8

Por el México Que Nos Vio Nacer A.C.

CEA130320DK4

Por la Cultura, la Ecología y la Acción Asistencial, Humanidad Sustentable A.C.

EDU130116CW4

Por la Educación I.A.P.

PQT080521DF6

Por Que Todos Somos Iguales, Porque Todos Somos Diferentes A.C.

UVD090305AT5

Por Una Vida Digna en Totolco A.C.

PCE040622K93

Prevención y Control de Emergencia de Pedro Escobedo A.C.

PNC150109P31

Prevención y Nueva Conducta A.C.

PDH220624U70

Prolibertad de Derechos Humanos de Michoacán A.C.

PSB121218IK0

Prosperidad Salud y Bienestar para la Familia A.C.

PBC1807316N0

Proyecto para el Bienestar de la Comunidad A.C.

RAB221012467

Rabunna A.C.

ART6902219U2

Radiodifusoras y Televisoras de Occidente A.C.

RCC1906197D2

Real Changes Charity A.C.

RAA230724AN8

Red Alcance en Acción A.C.

RAV220730QB0

Red Ava A.C.

RIA2008058D3

Red Intercultural de Apoyo e Inclusión de Personas Indígenas en Nuevo León A.C.

RUN130401KR8

Reforestemos Unidos A.C.

RUD200722UU8

Renacer por Un Día Nuevo A.C.

REP220405IH0

Representare A.C.

RTS110411RV4

Resignifica en Todos Sentidos A.C.

RCC220812LB5

Responsabilidad, Ciencia y Clima A.C.

RCA061123DL8

Revive Chapultepec A.C.

RCT201202JV4

Rg Cerca de Ti A.C.

RFU120813H67

Rihe Fundación A.C.

SVM221206GG4

Salvando Vidas en Mana-Da A.C.

SRN120702QI3

Salvar Reservas Naturales Sarena A.C.

SBP220926TH7

Siervo Blanco Putla Villa A.C.

SCE170405L54

Simetría, Centro de Estrategia e Innovación Política A.C.

SAS191216NI0

Simja la Alegría de Servir A.C.

PED0709101D0

Sociedad Productiva para el Etnodesarrollo de los Pueblos Potosinos de Alta Marginación A.C.

SOF1402174NA

Sofadis A.C.

SSC140709824

Solcomun Solidaridad Comunal A.C.

SDB221130UZ0

Sport 2 Bien A.C.

SPT1810105I0

Suma Política y Tecnología A.C.

SAM230308QN8

Sumando Acciones y Multiplicando Voces A.C.

TTA170523JFA

T.A.S. Taller Arquitectura Social A.C.

TCP1404072BA

Tejiendo Sociedad, Casa de Pan A.C.

TCE220822DZ7

Tepatlaxco Cultura Sociedad y Ecología A.C.

HMT130301NIA

The Hub Mty A.C.

TDM220627HNA

Tierra de la Divina Misericordia A.C.

TJS170124918

Tocando Juntos Vidas A.C.

TLT1505281V2

Todo Lo Tienes Si Estás Vivo A.C.

TOL210527M42

Tolcayotl A.C.

UFW220126L86

Ufw A.C.

URA1806059C0

Un Rio de Ayuda A.C.

USD0410276Y7

Una Sonrisa al Dolor A.C.

UEM181203TV0

Unidos con Equidad para Mejorar A.C.

UET190411MF1

Unión de Emprendedores, Tata Vasco, (Une-T) I.A.P.

USP090318RN5

Unión de Sectores Productivos Uspro A.C.

UNT970912UD9

Unión Nacional de Trabajadores Agrícolas de Chiapas A.C.

VCO0910194E1

Varones de Compromiso A.C.

VTE050815GJ6

Vivero de Tebanca A.C.

VCC110729476

Voces Contra el Cáncer I.A.P.

VSI010227BLA

Voluntariado Social de Iztapalapa A.C.

XCL220630C60

Xalapa Creativa Lab A.C.

YOR230130522

Y3Org A.C.

YAN0910232J0

Yanavi A.C.

YBE210216925

Yhu Ben A.C.

YKT160108S46

Yktt A.C.

YPM030723FS8

Yucatán Península Mission A.C.

ZRA160728T50

Zona Radical A.C.

 

7.2.      Organizaciones que incumplieron la obligación de presentar la “Declaración anual de ingresos y egresos” correspondiente al ejercicio fiscal 2023, a que se refiere el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del ISR, en relación con la regla 3.10.4., fracción I, inciso b) de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.

RFC

Denominación Social

AAI11062954A

Alidmex Alianza Indígena para el Desarrollo de México A.C.

ACE180206HJ7

Asociación de Consultores, Estrategas e Investigadores Políticos A.C.

AMW900614HU6

Asociación Maka Weiner I.A.P.

AMP200912PA1

Asociación Mexicana de Prevención y Control del Estrés A.C.

ADH211231DN4

Asociación para el Desarrollo Humano, la Transformación e Infraestructura de México A.C.

CFM110224T78

Called2Serve Foundation México A.C.

CHJ130717850

Casa Hogar Jireh. A.C.

CTM991208DH0

Casa Triunfo de México A.C.

CRP161215L23

Centro de Rehabilitación al Pie Diabético en México A.C.

CTN100805L49

Centro de Tratamiento para Niños y Jóvenes de Chihuahua A.C.

CTD130523VA1

Centro Terapéutico para el Desarrollo Infantil Kodomo A.C.

CCP210122HB4

Comedor Comunitario para Personas de Escasos Recursos Guadalupe A.C.

CSA050819RI5

Consejo Sabio A.C.

CEM131107B99

Copa Emprendedores A.C.

CVE0902106C6

Cordica 21 A.C.

TCS070529D58

El Taller Centro de Sensibilización y Educación Humana A.C.

EAC7907205AA

Ex Alumnas del Colegio Nueva Galicia A.C.

FAR140307CF6

Filantrópica Aránzazu A.C.

FAC021230N45

Fundación Actuemos para Crecer A.C.

FAL1704068Q5

Fundación Aldara A.C.

FAJ980826728

Fundación de Apoyo a la Juventud I.A.P.

FIM190703G54

Fundación Integral Medica de Occidente A.C.

FVP190806R67

Fundación Valeria Polet A.C.

IVH2103083Q6

Iniciando Vida con Hemodiálisis A.C.

LAR130704D79

Laripse A.C.

LEP190319981

Luchando por Equidad para el Pueblo A.C.

MBT040923P44

Música y Baile Tradicional A.C.

PHJ131001GZ8

Patronato del Hjm A.C.

ARE140910KT7

Proyectos de Desarrollo para la Sociedad Guerrerense A.C.

SFI220607357

Seguimos Firmes A.C.

TAC150621EQA

Tannos & Chávez A.C.

UPS1311221Z5

Unpaso-Unión de Productores Sanos y Orgánicos A.C.

VPC210311G11

Vivir en Plenitud, Clínica Integral en Comportamiento y Adicciones A.C.

YOO2102027Q4

Yoomomoli A.C.

 

8.      Organizaciones que presentaron Aviso de Suspensión de actividades ante el RFC.

RFC

Denominación Social

ADO040708DD1

Adofazta A.C.

AAM200602QX2

Amfer Apoyándonos Mutuamente A.C.

AAA060215LU2

Amigos de Aami A.C.

AUC1809073X4

Ángeles Unidos de Chihuahua A.C.

AEL110608995

Apoyo Educativo, Lch A.C.

ACA140325S62

Arte y Cultura Ani por México A.C.

ASA0603167W8

Asociación San Andrés Pescador A.C.

BIF021018PE6

Banco Inbursa S.A. Fid Pro Vivah F 1166

BIZ220222FFA

Bizglo A.C.

BTJ980818699

Bomberos de Tlalnepantla Javier Pérez Olagaray A.C.

BBR111130G20

Bright Brains S.C.

CCA140321P98

Cabo Carolina A.C.

CDH111101IG9

Centro de Desarrollo Humano y Espiritualidad Domus Vitae A.C.

CVA140624FH6

Centro de Vida Autónoma A.C.

CAA180818CF8

Ciudadanos de Ayuda Agrícola de Dolores de Tetla Tlaxcala A.C.

CEC0411158R7

Colibrí Educación Cultura y Nuevas Tecnologías A.C.

CRD140121KD0

Construyendo Redes de Bienestar para la Mujer y Su Familia A.C.

CVQ190406BK3

Construyendo Voluntades Que Ayudan A.C.

CMA080314ES7

Cuarto Menguante Aliento por la Conservación A.C.

DHO141219E47

Deo Hogar A.C.

DCI140319U7A

Desarrollo Cultura e Impulso de Temascalcingo Decidte A.C.

DSB1310035A2

Desarrollo Sin Barreras Desinba A.C.

ESU111111K5A

Ecoenlace Sustentable A.C.

ECO19020778A

Ecosistema para la Co-Creación de Oportunidades A.C.

MFC141103GE5

El Mango Foro Cultural A.C.

FMI131128464

Fablabmex Makers In Residence A.C.

FUU1712263W2

Familias Unidas por Un Mundo Mejor A.C.

FAI090603MJ2

Fundación de Atención Infantil A.C.

FDH120821C11

Fundación Desarrollo Humano Sustentable A.C.

FEM1708231P7

Fundación Eme A.C.

FGI210716MJ3

Fundación Generación I A.C.

FHS201105IN9

Fundación Hospital San Pancho A.C.

FIG190226ME3

Fundación Irma Gavaldón A.C.

FIT1103289G3

Fundación Ite A.C.

FMC180801G11

Fundación Mexicana Contra la Meningitis A.C.

FFE170605CMA

Fundación para el Fomento de la Ética y la Innovación en la Dirección de Proyectos A.C.

FSC181204QB9

Fundación Sursum Corda I.A.P.

FVS190816BT8

Fundación Vivir Sin Depresión A.C.

GBI120223M52

Genómica y Bioeconomía A.C.

GAK131203MV0

Grupo Akuitsi A.C.

GRT211006BJA

Grupo Renovable para Trabajadores Agrícolas y Medio Ambiente A.C.

GSM8504025S1

Guillermo Sáenz Muñoz A.C.

ITS190829U77

Inclusión 360 A.C.

ITE170119I84

Iniciativa Tesla A.C.

ICI980120GR2

Instituto de Comunicación Internacional de México A.C.

INV1405168H2

Involúcrate A.C.

IUN190624PS4

Isabel Una Nueva Vida I.A.P.

KCA211023IB5

Kolmena Co-Estilismo & Belleza A.C.

FAC130716H69

La Fuerza de los Ángeles por las Choapas A.C.

MBL170918GD3

La Morada Blanca A.C.

LLI1904129M9

Ley y Libertad A.C.

MOO151111PHA

Mateo Oliva Oliva A.C.

MTM131122218

Movimiento Transformando México A.C.

MVM140509KH0

Mujeres Vitales por México A.C.

MFY9911154F3

Museo de los Ferrocarriles de Yucatán A.C.

PAN170823SW9

Patronato Arca de Noé A.C.

PBA1709094X5

Patronato de Bomberos Abelardo Amaya A.C.

PLI180629B48

Perros y Libros A.C.

PCI920910HAA

Project Concern International A.C.

RMO171121NK8

Reign Music Org A.C.

TLA110527UK7

Tlatzotzonani A.C.

TCQ181128NT7

Trabajo Colectivo Querétaro A.C.

VRE8605191V2

Voluntarias de Rehabilitación A.C.

DXC1112029D4

10 X Ciénega A.C.

9.      Organizaciones que presentaron Aviso de Cancelación ante el RFC.

RFC

Denominación Social

CAD140327NDA

Centro de Análisis de Datos A.C.

CES091215879

El Curativo y Esperanza A.C.

FCP1005126V1

Fundación de Cuidados Paliativos y Unidad Clínica Terapéutica S.C.

MMF940518H31

Multibanco Mercantil Fideicomiso de Fomento Industrial Lanfi 54343-8

UCM180928ST8

Unión de Comunidades Mayences Slekil Xkuxlejal A.C.

 

10.... ...................................................................................................................................................................................

11.... ...................................................................................................................................................................................

12.... ...................................................................................................................................................................................

13.    Cumplimiento de Sentencias, Recursos de Revocación y Medidas Cautelares.

......... En cumplimiento a la sentencia definitiva de 28 de junio de 2023, dictada por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Ejercicio 2021

Dice:

1.      Autorizaciones.

Debe decir:

Organizaciones cuya autorización pierde vigencia.

A.      Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

BEL290606SA9

Beneficencia Española de la Laguna Sin Tipo de Sociedad

 

En cumplimiento a la sentencia definitiva de fecha 03 de marzo de 2023, dictada por la H. Primera Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Ejercicio 2021

Dice:

1.      Autorizaciones.

Debe decir:

Organizaciones cuya autorización pierde vigencia.

B.      Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

FCA6503318Z2

Fundación Colegio Americano de Puebla

 

En estricto cumplimiento al acuerdo de 21 de noviembre de 2024, dictado por la Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se concede la suspensión del acto reclamado para que continúe surtiendo sus efectos la resolución interlocutoria de 02 de mayo de 2024, cuyo alcance consiste en que la organización que enseguida se señala, pueda recibir donativos, hasta en tanto se resuelve el fondo del juicio de amparo directo interpuesto y se defina su situación como Donataria Autorizada.

RFC

Denominación Social

Objeto

CIT940325RX5

Colegio Internacional Tlalpan S.C.

Educativa

 

Atentamente.

Ciudad de México, a 20 de diciembre de 2024.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.

ANEXO 22 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2025

Ciudades que comprenden dos o más municipios

Para los efectos del artículo 15, fracción V de la Ley del IVA, en relación con las reglas 1.9., fracción XIX y 4.3.6., se dan a conocer las ciudades que comprenden dos o más municipios, conforme al Sistema Urbano Nacional 2020, elaborado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Consejo Nacional de Población, conforme a lo siguiente:

Nombre de la ciudad

Municipios que la conforman

Entidad federativa

 

Aguascalientes

Aguascalientes

Aguascalientes

 

 

Jesús María

 

 

 

San Francisco de los Romo

 

 

Tijuana

Tijuana

Baja California

 

 

Playas de Rosarito

 

 

Torreón

Matamoros

Coahuila de Zaragoza

 

 

Torreón

 

 

 

Gómez Palacio

Durango

 

 

Lerdo

 

 

Monclova

Castaños

Frontera

Monclova

Coahuila de Zaragoza

 

Piedras Negras

 

Nava

Piedras Negras

Coahuila de Zaragoza

 

Saltillo

Arteaga

Coahuila de Zaragoza

 

 

Ramos Arizpe

 

 

 

Saltillo

 

 

Colima

Colima

Colima

 

 

Comala

 

 

 

Coquimatlán

 

 

 

Cuauhtémoc

 

 

 

Villa de Álvarez

 

 

Tecomán

Armería

Colima

 

 

Tecomán

 

 

Tuxtla Gutiérrez

Chiapa de Corzo

Tuxtla Gutiérrez

Chiapas

 

San Cristóbal de las Casas

San Cristóbal de las Casas

Zinacantán

Chiapas

 

Escuintla

Acacoyagua

Escuintla

Chiapas

 

Chihuahua

Aquiles Serdán

Chihuahua

 

 

Chihuahua

 

 

Ciudad de México

Azcapotzalco

Ciudad de México

 

 

Coyoacán

 

 

 

Cuajimalpa de Morelos

 

 

 

Gustavo A. Madero

Iztacalco

Iztapalapa

La Magdalena Contreras

Milpa Alta

Álvaro Obregón

Tláhuac

 

 

 

Tlalpan

Xochimilco

Benito Juárez

Cuauhtémoc

Miguel Hidalgo

Venustiano Carranza

 

 

 

Tizayuca

Tolcayuca

Hidalgo

 

 

Acolman

México

 

 

Atenco

 

 

 

Atizapán de Zaragoza

 

 

 

Coacalco de Berriozábal

 

 

 

Cocotitlán

 

 

 

Coyotepec

 

 

 

Cuautitlán

 

 

 

Chalco

 

 

 

Chiautla

 

 

 

Chicoloapan

 

 

 

Chiconcuac

 

 

 

Chimalhuacán

 

 

 

Ecatepec de Morelos

 

 

 

Huehuetoca

 

 

 

Hueypoxtla

 

 

 

Huixquilucan

 

 

 

Ixtapaluca

 

 

 

Jaltenco

 

 

 

Melchor Ocampo

Naucalpan de Juárez

Nezahualcóyotl

Nextlalpan

Nicolás Romero

Papalotla

La Paz

San Martín de las Pirámides

Tecámac

Temamatla

Teoloyucan

Teotihuacán

Tepetlaoxtoc

Tepotzotlán

Texcoco

Tezoyuca

Tlalmanalco

Tlalnepantla de Baz

Tultepec

Tultitlán

Zumpango

Cuautitlán Izcalli

Valle de Chalco Solidaridad

Tonanitla

 

 

Ozumba

 

Atlautla

Ozumba

Tepetlixpa

México

 

Tenancingo

Tenancingo

Villa Guerrero

México

 

Ixtapan de la Sal

 

Ixtapan de la Sal

Tonatico

México

 

Moroleón-Uriangato

Moroleón

Uriangato

Guanajuato

 

San Francisco del Rincón

Purísima del Rincón

Guanajuato

 

 

San Francisco del Rincón

 

 

Apaseo el Alto

 

Apaseo el Alto

Apaseo el Grande

Guanajuato

 

Acapulco

Acapulco de Juárez

Guerrero

 

 

Coyuca de Benítez

 

 

Pachuca

Mineral del Monte

Hidalgo

 

 

Pachuca de Soto

 

 

 

Mineral de la Reforma

 

 

 

Zapotlán de Juárez

 

 

 

Zempoala

 

 

Apaxco

Atitalaquia

Atotonilco de Tula

Tlaxcoapan

Tula de Allende

Apaxco

Hidalgo

 

 

 

México

 

Tulancingo

Cuautepec de Hinojosa

Hidalgo

 

 

Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero

 

 

 

Tulancingo de Bravo

 

 

Tezontepec

 

Tezontepec de Aldama

Tlahuelilpan

Hidalgo

 

Guadalajara

Guadalajara

Jalisco

 

 

Juanacatlán

 

 

 

El Salto

 

 

 

Tlajomulco de Zúñiga

 

 

 

San Pedro Tlaquepaque

 

 

 

Tonalá

 

 

 

Zapopan

Zapotlanejo

 

 

Ocotlán

Ocotlán

Poncitlán

Jalisco

 

Puerto Vallarta

Puerto Vallarta

Jalisco

 

 

Bahía de Banderas

Nayarit

 

Poncitlán

Poncitlán

Zapotlán del Rey

Jalisco

 

Toluca

Almoloya de Juárez

Almoloya del Río

Atizapán

México

 

 

Calimaya

Capulhuac

 

 

 

Chapultepec

Xalatlaco

 

 

 

Lerma

 

 

 

Metepec

 

 

 

Mexicaltzingo

 

 

 

Ocoyoacac

 

 

 

Otzolotepec

 

 

 

Rayón

San Antonio la Isla

San Mateo Atenco

Temoaya

Tenango del Valle

Tianguistenco

Toluca

Xonacatlán

Zinacantepec

 

 

La Piedad

Pénjamo

La piedad

Guanajuato

Michoacán de Ocampo

 

Morelia

Charo

Michoacán de Ocampo

 

 

Morelia

 

 

 

Tarímbaro

 

 

Zamora

Jacona

Michoacán de Ocampo

 

 

Zamora

 

 

Uruapan

 

Nuevo Parangaricutiro

Uruapan

Michoacán de Ocampo

 

Lázaro Cárdenas

 

La Unión de Isidoro Montes de Oca

Lázaro Cárdenas

Guerrero

Michoacán de Ocampo

 

Los Reyes

Los Reyes

Tocumbo

Michoacán de Ocampo

 

Cuautla

 

Atlatlahucan

Ayala

Cuautla

Yautepec

Yecapixtla

Morelos

 

Cuernavaca

Cuernavaca

Morelos

 

 

Emiliano Zapata

 

 

 

Huitzilac

 

 

 

Jiutepec

 

 

 

Temixco

 

 

 

Tepoztlán

 

 

 

Xochitepec

Yautepec

 

 

Zacatepec

 

Jojutla

Tlaltizapán de Zapata

Zacatepec

Morelos

 

Puente de Ixtla

Amacuzac

Puente de Ixtla

Morelos

 

Jonacatepec

 

Jantetelco

Jonacatepec de Leandro Valle

Morelos

 

Tepic

Xalisco

Nayarit

 

 

Tepic

 

 

Monterrey

Apodaca

Nuevo León

 

 

Cadereyta Jiménez

 

 

 

El Carmen

Ciénega de Flores

 

 

 

García

 

 

 

San Pedro Garza García

 

 

 

General Escobedo

General Zuazua

 

 

 

Guadalupe

 

 

 

Juárez

 

 

 

Monterrey

Pesquería

Salinas Victoria

San Nicolás de los Garza

Santa Catarina

Santiago

 

 

Oaxaca

Cuilápam de Guerrero

Oaxaca de Juárez

Reyes Etla

Oaxaca

 

 

San Agustín de las Juntas

 

 

 

San Agustín Yatareni

 

 

 

San Andrés Huayápam

 

 

 

San Antonio de la Cal

 

 

 

San Bartolo Coyotepec

 

 

 

San Jacinto Amilpas

 

 

 

Ánimas Trujano

 

 

 

San Lorenzo Cacaotepec

 

 

 

San Pablo Etla

 

 

 

Villa de Etla

San Raymundo Jalpan

 

 

 

San Sebastián Tutla

 

 

 

Santa Cruz Amilpas

 

 

 

Santa Cruz Xoxocotlán

 

 

 

Santa Lucía del Camino

 

 

 

Santa María Atzompa

 

 

 

Santa María Coyotepec

 

 

 

Santa María del Tule

 

 

 

Santo Domingo Tomaltepec

 

 

 

Tlalixtac de Cabrera

 

 

 

Villa de Zaachila

 

 

Tehuantepec

San Blas Atempa

Santo Domingo Tehuantepec

Oaxaca

 

Juchitán

Asunción Ixtaltepec

El Espinal

Juchitán de Zaragoza

Oaxaca

 

Puebla

Acajete

Puebla

 

 

Amozoc

 

 

 

Coronango

 

 

 

Cuautlancingo

 

 

 

Huejotzingo

 

 

 

Juan C. Bonilla

 

 

 

Ocoyucan

 

 

 

Puebla

San Andrés Cholula

San Gregorio Atzompa

San Jerónimo Tecuanipan

San Miguel Xoxtla

San Pedro Cholula

Santa Isabel Cholula

Tepatlaxco de Hidalgo

Tlaltenango

 

 

 

Mazatecochco de José María Morelos

Tlaxcala

 

 

Acuamanala de Miguel Hidalgo

 

 

 

Natívitas

 

 

 

San Pablo del Monte

 

 

 

Tenancingo

 

 

 

Teolocholco

 

 

 

Tepeyanco

 

 

 

Tetlatlahuca

 

 

 

Papalotla de Xicohténcatl

 

 

 

Xicohtzinco

 

 

 

Zacatelco

 

 

 

San Jerónimo Zacualpan

 

 

 

San Juan Huactzinco

 

 

 

San Lorenzo Axocomanitla

 

 

 

Santa Apolonia Teacalco

 

 

 

Santa Catarina Ayometla

 

 

 

Santa Cruz Quilehtla

 

 

Tehuacán

Santiago Miahuatlán

Puebla

 

 

Tehuacán

 

 

Teziutlán

Chignautla

Teziutlán

Puebla

 

Querétaro

Apaseo el Alto

Apaseo el Grande

Corregidora

Guanajuato

 

Querétaro

 

 

Huimilpan

 

 

 

El Marqués

 

 

 

Querétaro

 

 

San Juan del Río

San Juan del Río

Tequisquiapan

Querétaro

 

Cancún

Isla Mujeres

Quintana Roo

 

 

Benito Juárez

 

 

Rioverde

Ciudad Fernández

Rioverde

San Luis Potosí

 

San Luis Potosí

Mexquitic de Carmona

San Luis Potosí

Soledad de Graciano Sánchez

San Luis Potosí

 

Guaymas

Empalme

Guaymas

Sonora

 

Villahermosa

Centro

Nacajuca

Tabasco

 

Tampico

Altamira

Tamaulipas

 

 

Ciudad Madero

 

 

 

Tampico

 

 

 

Pánuco

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

 

Pueblo Viejo

 

 

Tlaxcala

Amaxac de Guerrero

Tlaxcala

 

 

Apetatitlán de Antonio Carvajal

 

 

 

Apizaco

 

 

 

Cuaxomulco

 

 

 

Chiautempan

Ixtacuixtla de Mariano Matamoros

 

 

 

Contla de Juan Cuamatzi

 

 

 

Panotla

 

 

 

Santa Cruz Tlaxcala

 

 

 

Tetla de la Solidaridad

 

 

 

Tlaxcala

 

 

 

Tocatlán

 

 

 

Totolac

 

 

 

Tzompantepec

 

 

 

Xaloztoc

 

 

 

Yauhquemehcan

 

 

 

La Magdalena Tlaltelulco

 

 

 

San Damián Texóloc

 

 

 

San Francisco Tetlanohcan

 

 

 

Santa Isabel Xiloxoxtla

 

 

Acayucan

Acayucan

Oluta

Soconusco

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Coatzacoalcos

Coatzacoalcos

Cosoleacaque

Ixhuatlán del Sureste

Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Córdoba

Amatlán de los Reyes

Atzacan

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Córdoba

 

 

Fortín

Ixtaczoquitlán

 

Minatitlán

Cosoleacaque

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Chinameca

 

 

Jáltipan

 

 

Minatitlán

 

 

Oteapan

 

Orizaba

Atzacan

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Camerino Z. Mendoza

 

 

Huiloapan de Cuauhtémoc

 

 

Ixhuatlancillo

 

 

Ixtaczoquitlán

 

 

Mariano Escobedo

 

 

Nogales

 

 

Orizaba

 

 

Rafael Delgado

 

 

Río Blanco

San Andrés Tenejapan

 

 

Tlilapan

 

Poza Rica

Coatzintla

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Poza Rica de Hidalgo

 

 

Tihuatlán

 

Veracruz

Boca del Río

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

 

Medellín de Bravo

Veracruz

 

 

Xalapa

Banderilla

Coatepec

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

 

Emiliano Zapata

Xalapa

 

 

 

Jilotepec

 

 

 

Rafael Lucio

 

 

 

Tlalnelhuayocan

 

 

Mérida

Conkal

Kanasín

Yucatán

 

Mérida

Ucú

 

 

Umán

 

Zacatecas

Guadalupe

Zacatecas

 

Zacatecas

 

Sabinas

Sabinas

San Juan de Sabinas

Coahuila de Zaragoza

Ciudad Altamirano

Pungarabato

San Lucas

Guerrero

Michoacán de Ocampo

Actopan

Actopan

Hidalgo

 

Francisco I. Madero

 

 

San Salvador

 

Mixquiahuala

Mixquiahuala de Juárez

Hidalgo

 

Progreso de Obregón

 

Tetepango

Ajacuba

Hidalgo

 

Tetepango

 

La Barca

 

La Barca

Briseñas

Jalisco

Michoacán de Ocampo

Yurécuaro

Ayotlán

Jalisco

 

Yurécuaro

Michoacán de Ocampo

Tlaquiltenango

Jojutla

Morelos

 

Tlaquiltenango

 

Tuxpan

Rosamorada

Nayarit

 

Tuxpan

 

Matías Romero

Matías Romero Avendaño

Oaxaca

 

Santa María Petapa

 

Ocotlán

Ocotlán de Morelos

Oaxaca

 

San Antonino Castillo Velasco

 

Telixtlahuaca

San Francisco Telixtlahuaca

San Pablo Huitzo

Oaxaca

Puerto Escondido

San Pedro Mixtepec

Santa María Colotepec

Oaxaca

Acatzingo

Acatzingo

Puebla

 

Los Reyes de Juárez

 

Ajalpan

Ajalpan

Puebla

 

Altepexi

Zinacatepec

 

Nuevo Necaxa

Huauchinango

Puebla

 

Juan Galindo

 

 

Tlaola

 

Palmarito Tochapan

Palmar de Bravo

Puebla

 

Quecholac

 

Rafael Lara Grajales

Nopalucan

Rafael Lara Grajales

Puebla

San Martín Texmelucan

Chiautzingo

Huejotzingo

San Felipe Teotlalcingo

San Martín Texmelucan

San Matías Tlalancaleca

San Salvador el Verde

Ixtacuixtla de Mariano Matamoros

Tepetitla de Lardizábal

Natívitas

Santa Ana Nopalucan

Puebla

 

 

 

 

 

Tlaxcala

Juan José Ríos

Ahome

Guasave

Sinaloa

Culiacán

Culiacán

Navolato

Sinaloa

Naranjos

Naranjos Amatlán

Chinampa de Gorostiza

Veracruz de Ignacio de la Llave

José Cardel

La Antigua

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Puente Nacional

 

Cosamaloapan

Cosamaloapan de Carpio

Carlos A. Carrillo

Veracruz de Ignacio de la Llave

Jalacingo

Xiutetelco

Jalacingo

Puebla

Veracruz de Ignacio de la Llave

Martínez de la Torre

Atzalan

Martínez de la Torre

Veracruz de Ignacio de la Llave

Altotonga

Altotonga

Atzalan

Veracruz de Ignacio de la Llave

Zaragoza

Cosoleacaque

Zaragoza

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Atentamente.

Ciudad de México, a 20 de diciembre de 2024.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.

ANEXO 29 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2025

Disposiciones complementarias para los PCCFDI y los CFDI

Para efectos del artículo 29 Bis, fracción I del CFF, en relación con la regla 1.9., fracción XXVII, se expide el presente Anexo conteniendo disposiciones normativas y especificaciones tecnológicas, así como validaciones adicionales a las establecidas en el Anexo 20 y sus complementos, las cuales deben observar de manera obligatoria los PCCFDI.

Contenido

I.        Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.

II.       Características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita.

III.      Especificaciones para la descarga y consulta de la LCO y LRFC.

IV.     Validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur.

V.      Reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos.

VI.     Validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica.

VII.    Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.

I. Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.

Formato de “Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos”, que deben presentar debidamente firmada por el representante legal, las personas morales en la solicitud de autorización para operar como PCCFDI y PCGCFDISP, así como adjuntar al aviso de la solicitud de renovación de la autorización para operar como PCCFDI y PCGCFDISP.

Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.

Ciudad de México a __ de __ de 20__

Servicio de Administración Tributaria.

Administración General de Servicios al Contribuyente.

Administración Central de Gestión de Servicios y

Trámites con Medios Electrónicos.

Presente:

En la Ciudad de_________________, siendo las _______horas del día _______de__________________ de 20____, el C.____________________, quien cuenta con identificación oficial vigente, expedida por ___________________________________ con número_____________, en nombre y representación legal de la persona moral _________________________, en lo sucesivo el OBLIGADO, así como los C.C.____________________, ____________________ y _________________________, quienes manifiestan ser los contactos tecnológicos de la citada persona moral y que cuentan con identificación oficial vigente expedida por_______________________, _______________ y __________ con número _____________________________, __________________ y ______________, respectivamente, mismas que se anexan en copia simple como anexo del presente documento, en este acto suscriben la presente carta compromiso mediante la cual, en nombre y representación del OBLIGADO, aceptan formalmente las condiciones de resguardo, reserva, custodia y protección de la seguridad y confidencialidad de todo tipo de información y documentos propiedad del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en lo particular, y/o de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) o el Poder Ejecutivo en lo general, de la que tenga conocimiento, con motivo de la autorización para operar como proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), obtenida de conformidad con el artículo 29 Bis del Código Fiscal de la Federación y la regla 2.7.2.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Condiciones del SAT que el OBLIGADO se compromete a observar:

1.      Toda la información propiedad del SAT en particular, y/o de la SHCP o el Poder Ejecutivo en general, que le será proporcionada y entregada al OBLIGADO, está considerada, según sea el caso, como reservada, resguardada, privilegiada, y confidencial, en los términos de las leyes aplicables, por lo que este último se obliga a protegerla, reservarla, resguardarla y no divulgarla, utilizándola única y exclusivamente para llevar a cabo y cumplir con las actividades y obligaciones que expresamente le confiere la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI otorgada por el SAT, así como la normatividad aplicable a la misma.

          De forma enunciativa, más no limitativa, en dicha información se incluye la referente a personas, identidades de funcionarios, instalaciones, domicilios y documentos, pertenecientes al SAT y propiedad del mismo, respectivamente.

2.      Es responsabilidad del OBLIGADO que el personal a su cargo que intervenga en cualquiera de las actividades como proveedor de certificación de CFDI, reserve, proteja, guarde y custodie la información y documentación propiedad del SAT, así como a restituirla cuando este último se lo requiera.

          En el entendido de que el OBLIGADO en ningún momento revelará o hará uso de la información confidencial y reservada.

3.      A partir de que le sea otorgada la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI y aún en los años posteriores a que pierda la referida autorización el OBLIGADO deberá mantener la más estricta confidencialidad de toda la información y documentación que le sea revelada por el SAT, por lo que bajo ninguna circunstancia divulgará dicha información y documentación, ni la aprovechará para su beneficio o el de terceros, obligándose frente al SAT a responder por los actos u omisiones de sus empleados y personal relacionado con la actividad como proveedor de certificación de CFDI.

          Por ningún motivo el OBLIGADO elaborará copias o reproducciones de la información que le sea proporcionada en forma directa o indirecta.

4.      El SAT tendrá derecho de exigir en cualquier momento al OBLIGADO la devolución de la información que le haya proporcionado de forma directa o indirecta, derivado de la actividad como proveedor de certificación de CFDI, durante o después de la vigencia de la autorización obtenida.

5.      El OBLIGADO será responsable en caso de que la información sea divulgada por su personal en activo o aquél que haya laborado y que hubiera tenido acceso a la información antes mencionada.

6.      Es responsabilidad del OBLIGADO, conservar y reservar toda la información entregada por el SAT, de la misma manera en que ésta le sea entregada.

          Asimismo, devolverá dicha información en la forma y términos en que el SAT se la solicite, por lo que en ningún caso y bajo ningún título podrá retener la misma.

7.      El OBLIGADO no podrá transmitir o ceder en forma alguna los derechos y obligaciones que asume en virtud de la presente carta y de la autorización obtenida para realizar la actividad como proveedor de certificación de CFDI.

8.      El OBLIGADO asume que, en caso de incumplimiento de su parte respecto de cualquier compromiso o condición especificada en esta carta, incluso a través de cualquier persona a la que le haya dado acceso a la información pagará al SAT la totalidad de cualquier daño, perjuicio o menoscabo que le llegare a causar con motivo de su incumplimiento, a través de la ejecución de la fianza otorgada para obtener la autorización como proveedor de certificación de CFDI.

9.      Cualquier aviso o requerimiento que el OBLIGADO y el SAT deban hacerse con motivo de la presente carta deberá ser enviado por escrito.

10.    El OBLIGADO no podrá usar la imagen, nombre, logo o ningún otro distintivo del SAT, para propaganda, publicidad, notas, etiquetado de producto o para cualquier otro propósito, lo anterior de manera enunciativa más no limitativa a menos de que cuente con el consentimiento expreso y por escrito del SAT, por lo que asume cualquier responsabilidad por el manejo indebido que haga de esta información o beneficios que obtenga de la misma, así como por los eventuales daños y perjuicios que pudiese ocasionar al SAT en caso de no respetar esta prohibición, de conformidad con las disposiciones de la materia que resulten aplicables.

El C. ___________________________________, en su carácter de representante legal o apoderado de la persona moral ________________________________, así como los C.C. _________________________, ____________________________________________________ y ______________________________, aceptan haber leído y comprendido las condiciones de resguardo, reserva, custodia, protección de la seguridad y confidencialidad de todo tipo de información y documentación de que tenga conocimiento, con motivo de su actividad como proveedor de certificación de CFDI, descritas en este documento y declaran bajo protesta de decir verdad, en nombre de la persona moral _______________________________, así como a título personal, que se comprometen a cumplirla en su totalidad, sin menoscabo de las demás obligaciones y prohibiciones establecidas en la normatividad fiscal aplicable, en el entendido de que el incumplimiento a cualquiera de estas será causa de la aplicación de las sanciones correspondientes e inclusive la revocación de la autorización para proveedor de certificación de CFDI.

 

__________________________________

(Nombre y firma del representante legal o apoderado de la empresa)

(Nombre o razón social de la persona moral)

(Correo electrónico de la empresa)

 

________________________________

(Nombre y firma del contacto tecnológico de la persona moral)

(Clave en el RFC)

(Número telefónico)

(Correo electrónico)

 

II. Características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita.

Para efectos del artículo 29 Bis del CFF, así como en la regla 2.7.2.8., fracción VII “Obligaciones de los proveedores de certificación de CFDI” y la ficha de trámite 112/CFF “Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI”, contenida en el Anexo 1-A, las características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita aquí contenidos, constituyen un requisito que deberán cumplir las personas morales que soliciten autorización para operar como PCCFDI y, en su caso, cumplir para continuar operando con su autorización como PCCFDI.

Así mismo, el PCCFDI debe demostrar que cumple con los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicios mínimos de la aplicación gratuita señalados en el presente documento.

Cabe señalar que los PCCFDI, adicionalmente deben cumplir con lo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción IV antes citada, por lo que los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicios mínimos, pueden ser verificados y supervisados por parte del SAT, y de los terceros que para tales efectos habilite la autoridad fiscal.

II.1    Requerimientos funcionales mínimos:

1.      La aplicación gratuita deberá habilitar la emisión de CFDI.

2.      Dicha herramienta tendrá funcionalidad básica para el procesamiento ágil y eficiente del CFDI uno a uno, incluyendo el “Complemento para recepción de pagos” y el complemento de “Timbre fiscal digital”, sin adendas.

3.      Deberá aceptar la carga del o los CSD del contribuyente, para el sellado de los comprobantes.

4.      Permitir precargar los datos fiscales del contribuyente emisor.

5.      Generación del documento digital que ampara el comprobante fiscal para su validación y certificación, cumpliendo con la especificación técnica del Anexo 20 y en los documentos técnicos normativos.

6.      Validación y certificación (timbrado) del documento digital que ampara el comprobante fiscal.

7.      Entrega al contribuyente emisor del comprobante certificado o acuse de rechazo.

8.      Administrar el almacenamiento de los comprobantes.

9.      Permitir al emisor del comprobante consultar, guardar o imprimir los comprobantes durante los tres meses seguidos a partir de la certificación del comprobante.

10.    Enviar copia del CFDI al SAT de manera inmediata una vez realizada la certificación del documento digital que ampara el comprobante fiscal.

II.2    Servicios generales mínimos:

Los proveedores deberán proporcionar a los contribuyentes usuarios del servicio de la aplicación gratuita al menos los siguientes elementos:

1.      Firma de un acuerdo contractual con el contribuyente solicitante del servicio de consentimiento en lo relativo al manejo, seguridad y confidencialidad de la información que se proporcione al proveedor de certificación de CFDI.

2.      Publicación de un manual y un tutorial del usuario a través de Internet.

3.      Elaborar las preguntas frecuentes de su aplicación y publicarlas en su página de Internet.

4.      Deberán contar con un servicio de recepción y atención de quejas y solicitudes de soporte.

II.3    Niveles de servicio mínimos que serán establecidos entre el PCCFDI y los usuarios de su aplicación gratuita.

1.      La aplicación gratuita, deberá estar en operación en un plazo máximo de setenta y dos horas, contadas a partir de la fecha del otorgamiento del certificado de sello digital del SAT.

2.      La aplicación con todos sus servicios deberá estar disponible 7X24/365 con una disponibilidad de 99.3% por ciento, donde el 0.7% por ciento es el periodo de tiempo máximo en que la aplicación podría no estar disponible por causas no planeadas e imputables al proveedor.

3.      Las solicitudes de soporte y quejas deberán ser atendidas por el proveedor en un plazo no mayor a dos horas y resueltas en un plazo no mayor a ocho horas.

4.      El tiempo de respuesta del servicio básico (gratuito) debe ser el mismo, que el del servicio avanzado (con costo), diferenciado sólo por las características funcionales adicionales que este último pudiese tener.

II.4    Consideraciones sobre la medición de la disponibilidad del servicio.

Disponibilidad del servicio se define como el porcentaje de tiempo, en que un sistema realiza la función que le es propia. Disponibilidad es la proporción de tiempo en que el sistema cumple con la función para la cual está dispuesto, en relación con el tiempo en que debería haber estado disponible, y se determina a partir de:

Tiempo Total (TT): Todos los tiempos son medidos en minutos enteros.

Tiempo Fuera de Operación (TFO) “Downtime”: Es el tiempo total en que no están disponibles los servicios que provee un sistema debido a fallas en el hardware y/o en el software. Lo anterior no incluye el tiempo durante el cual una unidad del sistema puede estar abajo, pero el servicio que provee el sistema se mantiene arriba. Este tiempo NO incluye el tiempo “planeado” fuera de operación ocasionado por mantenimientos permitidos.

Tiempo Planeado Fuera de Operación (TPFO): Es el tiempo en que el Servicio se encuentra fuera de operación, debido a ventanas de tiempo de mantenimiento planeadas y programadas de manera anticipada (como aplicaciones de parches, actualizaciones de firmware, aplicación de notas de servicio, mantenimientos preventivos, observando el cumplimiento de los requerimientos de Nivel de Servicio.

La disponibilidad será calculada de conformidad con la siguiente fórmula:

La medición de la disponibilidad de los servicios se realizará en forma diaria recolectando la información generada por los servicios, acumulando esta información hasta el cierre del mes, en donde se llevarán a cabo los cálculos finales del comportamiento de la disponibilidad de los servicios durante ese período y los datos serán cotejados contra los reportes y quejas presentadas por los usuarios del servicio.

III.      Especificaciones para la descarga y consulta de la LCO y LRFC.

III.1   Listado de Contribuyentes Obligados (LCO).

Con la finalidad de que los proveedores de certificación autorizados por el SAT realicen la validación, consistente en validar que el CSD del contribuyente emisor, con el que se selló el documento haya estado vigente en la fecha de su expedición y su estado haya sido Activo; en este apartado se da a conocer el procedimiento para la consulta y descarga de la LCO, a efecto de que se realice la validación del CSD del contribuyente emisor, así como en su caso, la validación de marcas adicionales que sean requeridas para la certificación del CFDI.

A.      Premisas.

1.      La LCO (Lista de Contribuyentes Obligados), es una lista en formato XML, firmada en estándar PKCS#7 por el SAT y contiene la información de las claves de RFC que están asociados a uno o algunos CSD conforme al régimen aplicable para la emisión de CFDI, y contiene el estado del o de los certificados, es decir, si están Revocados, Caducos o Activos.

2.      Los certificados con estado de Revocado o Caduco permanecen en la lista durante los tres siguientes días naturales a aquel en el que el certificado cambió de estado de Activo a Revocado o Caduco, al cuarto día natural, los datos del certificado se eliminan de la LCO.

3.      Las claves de RFC contenidas en la LCO, también tienen marcas que identifican alguna obligación o requerimiento para la inclusión de cierta información en los CFDI.

4.      La LCO se actualiza y publica todos los días.

5.      Deben ser consultadas todos los días por los proveedores de certificación.

          Se debe consultar la LCO del día, o bien la lista inmediata anterior cuando no esté publicada la del día en curso.

6.      El SAT publicará un archivo de control junto con los archivos de la LCO, en el cual se identifique el número de archivos que comprende la lista, así como el hash de cada uno de ellos para que los proveedores de certificación realicen su verificación.

7.      La lista deberá ser puesta en operación por parte de los proveedores de certificación dentro de las dos horas posteriores a la que se publique en el contenedor por parte del SAT.

B.      Procedimiento.

1.      Los proveedores de certificación, accederán a la LCO autenticándose con su e.firma vigente, a través de un servicio WEB que el SAT pondrá a su disposición de acuerdo a la especificación técnica que el SAT les proporcione para tales efectos.

2.      Descargar el archivo con la LCO del día, o bien la lista inmediata anterior cuando la del día en curso no esté publicada.

3.      Desencriptar el archivo con el CSD que le fue otorgado por el SAT.

4.      Actualizar los sistemas de validación con el insumo de la LCO.

5.      Realizar las validaciones referentes al estatus del CSD y lo referente a las marcas de obligaciones vinculadas a las claves de RFC.

6.      Resguardar las listas de las descargas realizadas durante el plazo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción XXIV de la RMF.

          Cabe señalar que el cliente para Azure Blob Storage, se notifica vía correo electrónico por única ocasión a los proveedores de certificación, cuando obtienen la autorización a efecto de que configuren sus servicios.

C.      Integración de la LCO y aplicación de validaciones.

          La LCO se integra de 6 datos o campos:

1.      RFC del emisor.- En este campo se ubica la clave de RFC del contribuyente y se expresa con una cadena alfanumérica de 12 o 13 posiciones, este dato se utiliza para realizar la validación del requisito legal contenido en el artículo 29-A, fracción II del CFF consistente en que el CFDI y el CFDI que ampara retenciones e información de pagos, según corresponda, debe contener el sello digital del contribuyente que lo expide, las validaciones al atributo “Certificado”, del estándar tecnológico del comprobante fiscal contenido en el Anexo 20, así como las validaciones contenidas en la regla 2.7.2.9.

2.      Estado del certificado (clave).- En este campo se indica el estado del CSD del contribuyente emisor del CFDI (Activo, Revocado o Caduco), indicando según el caso, alguno de los siguientes valores para identificar el estatus del certificado en cuestión.

a)      Valor A = Activo

b)      Valor R = Revocado

c)      Valor C = Caduco

          Este dato se utiliza para realizar las validaciones al atributo “Certificado”, del estándar tecnológico del comprobante fiscal contenido en el Anexo 20, consistente en que “El certificado debe estar vigente a la fecha y hora de expedición del comprobante”, si el número de CSD, no está contenido en la LCO asociado a una clave de RFC, el CFDI no se deberá certificar.

3.      Número de serie del certificado de sello digital.- En este campo se establece el número de CSD del contribuyente emisor del CFDI, que se integra de 20 caracteres numéricos.

          Este dato se utiliza para realizar las validaciones al atributo “Certificado”, del estándar tecnológico del comprobante fiscal contenido en el Anexo 20.

4.      Fecha inicial de la vigencia del certificado de sello digital.- En este campo se indica la fecha inicial de la vigencia del CSD, con el siguiente formato:

          AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

          Este dato debe utilizarse por los proveedores de certificación, para identificar si el CSD del emisor del comprobante fiscal estuvo vigente en la fecha y hora en la que se expidió el comprobante.

5.      Fecha final de la vigencia del certificado de sello digital.- En este campo se indica la fecha final de la vigencia del CSD, con el siguiente formato:

          AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

          Este dato debe utilizarse por los proveedores de certificación, para identificar si el CSD del emisor del comprobante fiscal estuvo vigente en la fecha y hora en la que se expidió el comprobante.

6.      Validez de obligaciones (clave).- En este campo se indica si el contribuyente emisor de la factura cuenta o no con obligaciones fiscales para facturar, y se indica con un valor numérico de 0, 1, 2, 3 y 4 que señalan lo siguiente:

a)      Valor 0 = No cuenta con obligaciones para facturar. No se le permite al contribuyente emitir facturas, en este caso, el proveedor no puede certificar las facturas emitidas por una clave de RFC que tenga valor “0” en la LCO.

b)      Valor 1 = Cuenta con obligaciones para facturar (puede facturar con IVA exento, tasa 0% y 16%).

c)      Valor 2 = Cuenta con obligaciones para facturar (puede facturar con IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% - Región fronteriza norte).

d)      Valor 3 = Cuenta con obligaciones para facturar (puede facturar con IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% - Región fronteriza sur).

e)      Valor 4 = Cuenta con obligaciones para facturar (puede facturar con IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% - Región fronteriza norte y sur).

A manera de ejemplo y sólo para fines didácticos, se muestra cómo se encuentra registrada la información en la LCO en el archivo XML:

<lco:Contribuyente RFC="AAA010101AA0">

<lco:Certificado FechaInicio="2019-07-04T17:11:28" FechaFinal="2023-07-04T17:11:28" noCertificado="30001000000400000008" EstatusCertificado="A" ValidezObligaciones="1"/>

</lco:Contribuyente>

Los datos de la clave de RFC y noCertificado, considerados en este ejemplo no pueden ser utilizados en ambiente de pruebas ni en producción.

D.      Validación de que el CSD del emisor del CFDI haya sido emitido por el SAT.

A efecto de realizar la validación contenida en el Anexo 20, fracción I, apartado F o fracción II, apartado E, al atributo “Certificado” del nodo comprobante o nodo Retenciones según corresponda, consistente en que “El certificado debe ser emitido por el Servicio de Administración Tributaria”, los proveedores de certificación, deben verificar la cadena de confianza de los certificados que utilizan los contribuyentes en la emisión de CFDI, y asegurar que efectivamente hayan sido emitidos por el SAT, consultando las siguientes ligas donde están publicados los certificados:

          http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/certificado_sello_digital.htm

          https://www.sat.gob.mx/consultas/20585/conoce-los-servicios-especializados-de-validacion

III.2   Lista de contribuyentes inscritos no cancelados en el Registro Federal de Contribuyes (LRFC).

El artículo 29 Bis del CFF señala que los CFDI deben cumplir con las especificaciones que en materia de informática determine el SAT, en este sentido, es obligación de los proveedores en el proceso de certificación de CFDI, que para que un comprobante sea certificado y se le asigne un folio, adicionalmente a lo que establece el artículo 29 Bis, fracción I del CFF, deben validar que el documento cumpla con la especificación técnica del Anexo 20.

El Anexo 20, establece las validaciones “Cuando no se utilice un RFC genérico, el RFC debe estar en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT” para los atributos “Rfc” del nodo Receptor, y “RfcR” del nodo Retenciones:Receptor/Nacional, según corresponda.

Para cumplir con estas validaciones a cargo de los PCCFDI, el SAT pone a su disposición la LRFC.

A.      Premisas.

1.      Es un archivo en formato TXT que contiene las claves de RFC de los contribuyentes Inscritos no Cancelados a los que se les puede facturar.

2.      Las claves de RFC CANCELADOS no están contenidas en la LRFC; por lo tanto, no pueden recibir CFDI.

3.      La LRFC se publican todos los días de la semana y contiene información con corte al día anterior al de la publicación, consta de un grupo de archivos.

4.      Deben ser consultadas todos los días por los proveedores de certificación.

5.      Se debe consultar la LRFC más reciente proporcionada por el SAT.

6.      La diferencia entre la LRFC y el servicio de validación de clave de RFC disponible en el Portal del SAT, es que en la LRFC, si incluye la validación del estatus de la clave RFC, por lo que las claves RFC con estatus de “Cancelado” no pasarán la validación realizada con la LRFC.

7.      Si una clave de RFC no pasa la validación y se obtiene una validación exitosa en el Portal del SAT, se deberá:

a)      Verificar la fecha de inscripción en el RFC y

b)      Si es posterior al corte de información de la última LRFC publicada, es necesario esperar a la siguiente publicación para que se actualice la información.

8.      El SAT publicará un archivo de control junto con los archivos de la LRFC, en el cual se identifique el número de archivos que comprende la lista, así como el hash de cada uno de ellos para que los proveedores de certificación realicen su verificación.

9.      La lista deberá ser puesta en operación por parte de los proveedores de certificación dentro de las dos horas posteriores a la que se publique en el contenedor.

B. Procedimiento

1.      Los proveedores de certificación, accederán a la LRFC autenticándose con su e.firma, a través de un servicio WEB que el SAT pondrá a su disposición de acuerdo a la especificación técnica que el SAT les proporcione para tales efectos.

2.      Descargar el archivo con la LRFC del día, en su caso la más reciente cuando no se encuentre publicada la del día en curso.

3.      Desencriptar el archivo con la clave del CSD que le fue otorgado por el SAT.

4.      Actualizar los sistemas de validación con el insumo de la LRFC.

5.      Realizar las validaciones que se realizan con el insumo de la LRFC.

6.      Resguardar las LRFC de las consultas realizadas durante el plazo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción XXIV de la RMF.

Cabe señalar que el cliente para Azure Blob Storage, se notifica vía correo electrónico por única ocasión a los proveedores de certificación, cuando obtienen la autorización a efecto de que configuren sus servicios.

C. Integración de la LRFC y aplicación de validaciones

La LRFC se integra con 6 datos o campos:

1.      RFC del contribuyente.- Este campo contiene la clave de RFC del receptor del CFDI y se integra de una cadena alfanumérica de 12 o 13 posiciones, este dato se utiliza para realizar la validación al atributo “Rfc” del nodo Receptor y “RfcR” del nodo Retenciones:Receptor/Nacional, según corresponda, del estándar tecnológico de la factura Anexo 20, consistente en precisar la Clave del RFC correspondiente al contribuyente receptor del comprobante.

2.      Marca de unidad adherida al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, este campo contiene dos valores binarios conforme a lo siguiente:

a)      Valor 0 = El contribuyente no es una unidad adherida al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

b)      Valor 1 = El contribuyente es una unidad adherida del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

          La información contenida en este campo se utiliza cuando se certifica un CFDI de tipo nómina para realizar la validación consistente en: Si el atributo “Rfc” del emisor contiene la marca de unidad adherida al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, con valor “1”, el Elemento:EntidadSNCF del complemento nómina, debe existir y en otro caso, no debe existir.

3.      Marca de Subcontratación. El emisor presta servicios de subcontratación de nómina (valor binario).

a)      Marca binaria 0 = No se encuentra en el padrón de subcontratación.

b)      Marca binaria 1 = Se encuentra en el padrón de subcontratación.

          La información contenida en este campo se utiliza cuando se certifica un CFDI de tipo nómina para realizar la validación consistente en: Si el RFC se encuentra registrado en la LRFC con marca de subcontrataciones debe registrar el nodo “Subcontratacion”.

4.      Nombre o razón social. Este campo se integra con el nombre o razón social del contribuyente registrado en el padrón del RFC:

a)      Para Personas Físicas el formato es Nombre(s), Apellido Paterno y Apellido Materno.

b)      Para Personas Morales se incluye la denominación o razón social.

          La información contenida en este campo se utiliza para realizar las validaciones que establece el Anexo 20 para los atributos que el mismo se señalan.

5.      Código Postal. Este campo se integra por el Código Postal asociado al domicilio fiscal del contribuyente contenido en las bases de datos del RFC. Se integra de una cadena numérica de 5 posiciones.

6.      Marca de Retencion. Esta marca corresponde a los contribuyentes emisores de CFDI de tipo Ingreso que son sujetos de retención de impuestos, de acuerdo a lo siguiente:

a) Valor 0 = Contribuyente persona física y persona moral de cualquier régimen.

b) Valor 1 = Contribuyente persona física del RESICO no obligado a que le retengan ISR.

La información contenida en este campo se utiliza para realizar las validaciones que establece el Anexo 20 para los atributos que el mismo se señalan.

El contenido de la LRFC se integrará de la siguiente manera:

RFC|SNCF|Subcontratacion|Nombre_Razon_Social|Codigo_Postal|Retencion

AAAA010101AA0|0|0|JOSE LUIS ESPINOZA FUENTES|09000|1

AAA010101AA0|0|0|LA MEJORA |74720|0

SAX970701NN0|0|0|SERVICIO ADMON TRIBUTARIA|06330|0

El tratamiento de la información contenida en la LCO y LRFC, y en general todos los insumos que el SAT proporciona a los proveedores de certificación para llevar a cabo las funciones relacionadas con la autorización, debe ser tratada como información confidencial, tal como lo señala la “Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos”, incluida en la fracción I de este Anexo, y que los proveedores de certificación de CFDI están obligados a cumplir de conformidad con la regla 2.7.2.8. fracciones VI y XV. El incumplimiento a la regla 2.7.2.8., fracción VI, es una causal de revocación en términos de la regla 2.7.2.12., fracción I, inciso b).

IV.     Validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur.

IV.1   Validaciones en estructura base de CFDI.

En relación con lo señalado en el artículo 29 Bis, primer párrafo, fracción I del CFF, que se refiere a la obligación a cargo de los proveedores de certificación de validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, así como lo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción IX, en la que se establece “Enviar al SAT los CFDI, al momento en que realicen su certificación, con las características y especificaciones técnicas que le proporcione el SAT”, y a efecto de cumplir con el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte”, y en el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur”, en este apartado, se señalan las validaciones adicionales, a cargo de los proveedores de certificación.

Por lo anterior, los proveedores de certificación, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte, y en la región fronteriza sur, para efecto de aplicar la tasa del 8% del IVA, deberán validar adicionalmente a lo señalado en el Anexo 20 (estándar tecnológico del CFDI), lo siguiente:

Nodo Emisor

Validación

Rfc

La clave de RFC contenida en la LCO tenga en el dato “validez de obligaciones”, un valor de “2”, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte.

La clave de RFC contenida en la LCO tenga en el dato “validez de obligaciones”, un valor de “3”, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza sur.

La clave de RFC contenida en la LCO tenga en el dato “validez de obligaciones”, un valor de “4”, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte y sur.

En caso contrario no se deberá certificar el documento.

Nodo Concepto

Validación

ClavProdServ

CFDI

La clave de productos y servicios del catálogo del Anexo 20, debe contener la marca que identifica que puede aplicar una tasa de IVA de 0.080000, de lo contrario no se deberá certificar el documento.

CFDI global

Cuando la clave del producto o servicio sea 01010101 “No existe en el catálogo”, y el RFC del Receptor corresponde a la clave genérica en el RFC (XAXX010101000), se permitirá el uso de una tasa de IVA Trasladado de 0.080000.

Nodo Comprobante

Validación

LugarExpedicion

La clave señalada en la columna “Estímulo Franja Fronteriza”, que corresponda a la clave de código postal del catálogo c_CodigoPostal, debe contener el valor “1” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en la región fronteriza norte.

La clave señalada en la columna “Estímulo Franja Fronteriza”, que corresponda a la clave de código postal del catálogo c_CodigoPostal debe contener el valor “2” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en la región fronteriza sur.

En caso contrario no se deberá certificar el documento.

 

Para el caso de que el CFDI que se pretenda certificar, no cumpla con las tres validaciones anteriores y que en el atributo TasaoCuota del Nodo Traslado la tasa del catálogo c_TasaOCuota del CFDI se tenga el valor fijo de 0.080000 para el tipo de Impuesto IVA, no se deberá certificar.

En el caso de que se registre información en el nodo “ACuentaTerceros”, se debe:

1.      Para el atributo “RfcACuentaTerceros”, aplicar las validaciones del nodo Emisor de este apartado.

2.      Validar en el nodo concepto al que pertenece este nodo hijo “ACuentaTerceros”, que la clave de productos y servicios del catálogo del Anexo 20, contenga la marca que identifica que puede aplicar una tasa de IVA del 0.080000.

3.      Para el atributo “DomicilioFiscalACuentaTerceros”, este dato debe estar contenido en el catálogo c_CodigoPostal, y tener la marca en la columna “Estímulo Franja Fronteriza”, el valor “1” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte, y el valor “2” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza sur.

          Tratándose de operaciones realizadas en zona fronteriza norte y sur la validación del domicilio fiscal del tercero, se deberá realizar directamente en el catálogo de códigos postales, conforme al párrafo anterior, en sustitución a la validación establecida en el Anexo 20 referente a “El valor de este atributo debe encontrarse en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT y debe estar asociado a la clave de RFC registrado en el atributo RfcACuentaTerceros del Nodo ACuentaTerceros”.

Si se cumplen las validaciones antes mencionadas, en el atributo Concepto:Impuestos:Traslados:Traslado:TasaOCuota, la tasa de catálogo c_TasaOCuota del CFDI, deberá contener el valor fijo de 0.080000 para el tipo de impuesto IVA.

IV.2   Validaciones a complementos derivado de la aplicación del “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur”

Para efectos del estímulo en materia de IVA contenido en el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte”, y en el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur”, las validaciones a realizar para:

1.      El “Complemento Estado de Cuenta de Combustibles para Monederos Electrónicos Autorizados por el SAT”, que se emite de conformidad con la regla 3.3.1.10., fracción III.

2.      El “Complemento Consumo de Combustible”.

Son las que se detallan en los siguientes apartados:

A.      Complemento Estado de Cuenta de Combustibles para Monederos Electrónicos Autorizados por el SAT.

1.      Validar que la clave del atributo “Rfc” del Nodo: ConceptoEstadoDeCuentaCombustible  (Rfc del enajenante del combustible) del complemento, esté contenida en la LCO y tenga en el atributo “validez de obligaciones”, el valor “2”, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte,  el valor “3” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza sur, y el valor “4” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza sur y norte.

2.      Validar que en el atributo “TasaOCuota” del nodo Traslado del complemento, contenga el valor fijo de 0.080000 para el tipo de impuesto IVA.

3.      En caso de que el IVA trasladado sea de una tasa diferente al 8%, deberá verificarse que el contribuyente cuente con obligaciones válidas para facturar (“validez de obligaciones” = “1”, “2”, “3” o “4”).

          Se precisa que:

a)      Cuando el contribuyente tenga en el campo de validez de obligaciones de la LCO el valor “1”, el contribuyente podrá facturar operaciones exentas de IVA, tasas 0% y 16% de IVA.

b)      Cuando el contribuyente tenga el valor “2”, “3” o “4” en el dato Validez de obligaciones, el contribuyente podrá facturar operaciones exentas de IVA, tasas 0%, 8% y 16% de IVA.

          Respecto de la certificación del CFDI con el Complemento “Estado de Cuenta de Combustibles para Monederos Electrónicos Autorizados por el SAT”, no deberán certificar CFDI donde la clave de Rfc del enajenante del combustible tenga en el dato “validez de obligaciones” de la LCO una marca “0”.

B.      Complemento Consumo de Combustibles.

1.      Que la clave del atributo “rfc” del Nodo: ConceptoConsumoDeCombustibles (Rfc del enajenante del combustible) del complemento, esté contenida en la LCO y tenga en el atributo “validez de obligaciones”, el valor “2” para facturas que se expidan en la región fronteriza norte, el valor “3”, para facturas que se expidan en la región fronteriza sur, y el valor “4” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte y sur.

2.      Que en el atributo “tasaOCuota” del Nodo Determinado del complemento, contenga el valor fijo de 0.080000 para el tipo de impuesto IVA.

V.      Reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos.

Este apartado tiene como propósito definir las reglas sobre las cuales se regirán las métricas de evaluación, control de la operación y la calidad del servicio de recepción de CFDI al SAT.

Los servicios que el SAT evalúa son los siguientes:

1.      Envío de CFDI al SAT

2.      Certificación de los CFDI

V.1    Políticas de aplicación general:

1.      Las mediciones las realiza el SAT de manera mensual.

2.      Las observaciones, reportes, solicitudes de revisión, o quejas que se reciban por parte del contribuyente respecto del proceso de certificación para lo cual fue autorizado por el SAT, se consideran elementos para la determinación de incumplimientos por parte del proveedor.

3.      En ambiente productivo, en ningún caso se podrán utilizar CSD de pruebas, los cuales son otorgados por el SAT exclusivamente para realizar ello (pruebas).

          Los CSD de pruebas, se encuentran publicados en el Portal del SAT en las siguientes URL:

          https://www.sat.gob.mx/consultas/20585/conoce-los-servicios-especializados-de-validacion

          http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/certificado_sello_digital.htm

          Adicionalmente, el SAT puede hacer entrega de CSD a los proveedores de certificación, únicamente para hacer pruebas en la certificación.

4.      Tratándose de la evaluación del servicio de envío al SAT:

a.      El porcentaje mínimo de envíos exitosos, deberá ser mayor o igual al 99.9 %.

b.      La operación de envío de CFDI al SAT deberá ser dentro de la primera hora a partir de la certificación del comprobante.

c.       El envío de los comprobantes que se realice después de una hora a partir de la hora del timbrado, será recibido, pero marcado como extemporáneo y será una transacción contabilizada como operación exitosa.

d.      Tratándose de suspensiones por parte del SAT en los servicios de recepción, que deriven en el envío extemporáneo de los CFDI, estas transacciones no se contabilizarán para la medición de los indicadores de operación.

e.      En caso de que el comprobante no se encuentre en las bases de datos del SAT, se considerará como comprobante no enviado.

f.       En caso de que los datos (metadatos) enviados en el comprobante no sean válidos, se marcará como metadatos no válidos.

g.      En caso de que los datos (metadatos) enviados no correspondan al comprobante, se marcará como metadatos no correspondientes al CFDI.

V.2    Envío del CFDI al SAT

          El Porcentaje de Envíos Exitosos (PEE): se calculará tomando en cuenta:

          Envíos Exitosos (EE): Se considera una Transacción Exitosa o un Envío Exitoso, a la operación de envío de un CFDI que realiza el proveedor al servicio de recepción del SAT y que obtenga un acuse satisfactorio.

          Transacciones Totales (TT): Que se refiere al total de las transacciones que el proveedor ha enviado al SAT, sin importar tipo ni estado.

Por medio de este indicador, se conocerá la eficiencia del servicio del proveedor para el envío de los CFDI al SAT, expresado en puntos porcentuales.

La fórmula de cálculo queda como sigue:

V.3    Operaciones Extemporáneas.

Porcentaje de Transacciones Extemporáneas (PTE): Por medio de este indicador, se conocerá la eficiencia del servicio del proveedor para el envío de los CFDI al SAT.

Operación Extemporánea (OE): Se considera una Operación Extemporánea a la operación de envío de un CFDI que realiza un proveedor al servicio de recepción del SAT obteniendo un acuse satisfactorio, pero fuera del tiempo especificado.

Envíos Exitosos (EE): Se considera una Transacción Exitosa o un Envío Exitoso, a la operación de envío de un CFDI que realiza un proveedor al servicio de recepción del SAT y que obtenga un acuse satisfactorio.

La fórmula de cálculo queda como sigue:

V.4    Contingencias.

Se considera una contingencia a la eventualidad que interrumpa el servicio de recepción/cancelación del proveedor al contribuyente (incluida la aplicación gratuita) sin previa programación.

En caso de contingencia, el proveedor deberá informar al SAT mediante la mesa de servicios SAT.

V.5    Ventanas de Mantenimiento.

Se considera una ventana de mantenimiento a la interrupción programada en el servicio de la aplicación gratuita, en la certificación que autoriza el SAT y en el envío de CFDI al servicio de recepción de CFDI.

Para mejoras y mantenimiento continuo a la infraestructura y a la aplicación, el proveedor podrá planear y ejecutar ventanas de mantenimiento trimestrales, de máximo veinticuatro horas, lo anterior será notificado al SAT enviando el formato de notificación de ventanas de mantenimiento por correo electrónico con una anticipación de siete días.

V.6    Glosario de términos.

1.      Porcentaje de envíos exitosos (PEE): Se define como el indicador calculado a partir de dividir el total de los envíos exitosos entre el total de transacciones, expresado en puntos porcentuales.

2.      Envíos exitosos (EE): Se considera una Transacción exitosa o un Envío Exitoso, a la operación de envío de un CFDI que realiza un proveedor al servicio de recepción del SAT y que obtenga un acuse satisfactorio.

3.      Transacciones totales (TT): Es el total de las transacciones que el proveedor ha enviado al SAT, sin importar tipo ni estado.

4.      Porcentaje de transacciones extemporáneas (PTE): Se define como el indicador calculado a partir de dividir el total de las operaciones extemporáneas, entre el total de los envíos exitosos, expresado en puntos porcentuales.

5.      Operación extemporánea (OE): Una operación extemporánea es la operación de envío de un CFDI que realiza un proveedor al servicio de recepción del SAT obteniendo un acuse satisfactorio, pero fuera del tiempo especificado.

6.      Contingencias: Se considera una contingencia a la eventualidad que interrumpa el servicio de certificación, de recepción, o de cancelación del proveedor al contribuyente (incluida la aplicación gratuita) sin previa programación.

7.      Ventanas de Mantenimiento: Se considera una ventana de mantenimiento al tiempo durante el cual la aplicación gratuita, el servicio de certificación, de recepción, o de cancelación esté sin servicio, esto es, no podrá responder a las solicitudes de los contribuyentes, se compone de fecha de inicio, fecha de terminación, hora de inicio y hora de terminación.

VI.     Validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica.

VI.1   Validaciones adicionales al Anexo 20.

          1. Atributo: TipoCambio.

          Para efectos de la descripción del atributo TipoCambio del nodo comprobante, que señala que:

          “Si el valor está fuera del porcentaje aplicable a la moneda tomado del catálogo c_Moneda, el emisor debe obtener del PAC que vaya a timbrar el CFDI, de manera no automática, una clave de confirmación para ratificar que el valor es correcto e integrar dicha clave en el atributo Confirmacion.”

          Al respecto, se precisa que la clave de confirmación estará vigente a partir de que el SAT publique en su Portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación y para parametrizar los montos y rangos máximos aplicables.

          En cuanto a la validación adicional contenida en el último párrafo, del apartado F, de la fracción I, del Anexo 20, para el atributo “TipoCambio” del nodo comprobante consistente en:

          “Cuando el valor de este atributo se encuentre fuera de los límites establecidos, debe existir el atributo Confirmacion.”

          Se precisa que, en tanto el SAT publique en su Portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación y para parametrizar los montos y rangos máximos aplicables, no será aplicable la validación adicional contenida en el último párrafo, del apartado F., de la fracción I, del Anexo 20, citada en el párrafo inmediato anterior y no será considerado como un incumplimiento para el proveedor.

          2. Atributo: “Total”.

          La descripción del atributo “Total” del nodo comprobante se deberá entender de la siguiente manera:

          En cuanto a la validación consistente en: “Si el valor es superior al límite que establezca el SAT en la RMF vigente, el emisor debe obtener del PAC que vaya a timbrar el CFDI, de manera no automática, una clave de confirmación para ratificar que el valor es correcto e integrar dicha clave en el atributo Confirmacion. No se permiten valores negativos”. Esta iniciará su vigencia a partir de que el SAT publique en su Portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación y para parametrizar los montos máximos aplicables.

3. Atributo: “Exportacion”.

Para efectos de la segunda validación del atributo Exportacion donde señala que:

“Si el atributo contiene el valor “02” debe existir el complemento para Comercio Exterior”.

Se precisa que, además se debe considerar lo siguiente:

“Si el tributo contiene el valor “04” puede o no existir el complemento para Comercio Exterior”.

          4. Atributo: “Confirmacion”.

          Se precisa que lo señalado en la descripción del atributo “Confirmacion”, del Anexo 20, referente a:

          “Atributo condicional para registrar la clave de confirmación que entregue el PAC para expedir el comprobante con importes grandes, con un tipo de cambio fuera del rango establecido o con ambos casos. Es requerido cuando se registra un tipo de cambio o un total fuera del rango establecido.”

          Su aplicación estará vigente cuando el SAT publique en su Portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación para parametrizar los montos y rangos máximos aplicables, por lo que este atributo no deberá registrarse hasta en tanto, se publiquen los referidos procedimientos para generar la clave de confirmación.

          Lo anterior también será aplicable a las validaciones adicionales contenidas en apartado F., de la fracción I., del Anexo 20, para el atributo “Confirmacion” consistentes en:

          “El Proveedor de Certificación debe verificar que el emisor le haya solicitado esta clave de confirmación y que no se utilice en más de un comprobante.

          El Proveedor de Certificación debe enviar una notificación al emisor de que ya se utilizó esta clave de confirmación.”

          Lo descrito aquí para el atributo “Confirmacion” del Anexo 20, no será considerado como un incumplimiento para el proveedor.

5. Nodo: “InformacionGlobal”

5.1. Para efectos de la segunda validación del nodo InformacionGlobal donde señala que:

“Si el valor registrado en el atributo Rfc del nodo Receptor contiene XAXX010101000 y el valor registrado en el atributo Nombre del nodo Receptor contiene el valor “PUBLICO EN GENERAL” este nodo debe existir”.

Se precisa que conjuntamente se debe considerar lo siguiente:

Que el valor registrado en el atributo TipoDeComprobante debe ser “I”.

5.2. Año

Para efectos de la validación del atributo Año donde señala que:

“El valor de este atributo debe ser igual al año en curso o al año inmediato anterior. Para validar el año en curso o el año inmediato anterior se debe considerar el registrado en el atributo Fecha”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior se debe considerar lo siguiente:

“El valor de este atributo debe ser igual al año en curso o uno de los años de hasta cinco ejercicios anteriores. Para validar el año de este atributo se debe considerar el registrado en el atributo Fecha”.

6. Nodo: “ACuentaTerceros”.

Se precisa que, cuando se trate de operaciones de expedición de CFDI por residentes en México que prestan servicios de intermediación entre terceros a oferentes de bienes y servicios residentes en el extranjero, se deben aplicar las siguientes validaciones:

RfcACuentaTerceros:

Si el valor registrado en este atributo es “EXT990101NI1”, el valor de este atributo no debe validarse en la lista l_LCO y el atributo NombreACuentaTerceros debe contener el valor “EXPEDICIÓN DE CFDI POR RESIDENTES EN MÉXICO QUE PRESTAN SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN ENTRE TERCEROS A OFERENTES DE BIENES Y SERVICIOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”.

NombreACuentaTerceros:

Si el valor registrado en este atributo es “EXPEDICIÓN DE CFDI POR RESIDENTES EN MÉXICO QUE PRESTAN SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN ENTRE TERCEROS A OFERENTES DE BIENES Y SERVICIOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”, el valor de este atributo no debe validarse en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT y el atributo RfcACuentaTerceros debe contener el valor “EXT990101NI1”.

RegimenFiscalACuentaTerceros:

Si el atributo RfcACuentaTerceros contiene el valor “EXT990101NI1” en este atributo se debe registrar la clave “616”.

DomicilioFiscalACuentaTerceros:

Si el valor del atributo RfcACuentaTerceros es EXT990101NI1, este atributo debe ser igual al valor del atributo LugarExpedicion y no debe validarse en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT.

7.- Nodo “Retenciones”

Se precisa que para lo señalado en el Nodo “Retenciones” a nivel concepto del CFDI de tipo Ingreso de la fracción I del Anexo 20, referente a:

“Nodo opcional para asentar los impuestos retenidos aplicables al presente concepto”, deberán validar adicionalmente a lo señalado en el Anexo 20 (estándar tecnológico del CFDI), lo siguiente:

1. Puede existir el nodo “Retenciones”, siempre que:

a) El RFC del emisor contenga la marca Retención con valor “1” en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT:

b) El atributo “RegimenFiscal” del Nodo Emisor, contenga el valor “626”.

c) El atributo “Rfc” del Nodo “Emisor” contenga una longitud de 13 posiciones (persona física) y el atributo “Rfc” del Nodo “Receptor” contenga una longitud de 12 posiciones (persona moral).

d) Y se deberá validar que a nivel del Concepto no contenga el valor 001 (ISR) en el atributo del Impuesto del nodo hijo “Retencion” del elemento Retenciones.

2. Cuando el RFC del emisor contenga la marca Retención con valor “0” en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT, se deberá estar a las validaciones establecidas en el Anexo 20 para este nodo.

8. Atributo: “ObjetoImp”.

Para efectos de la segunda validación adicional del atributo “ObjetoImp”, del Anexo 20, donde señala que:

“Si el valor registrado en este atributo es “02” el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto debe existir, en caso contrario no debe existir dicho nodo”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior, se debe considerar la siguiente:

“Si el valor registrado en este atributo es “02” el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto debe existir.

Cuando este atributo contiene el valor “06” o “08", en el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto no deben existir los nodos hijo “Retencion” y “Traslado” con el atributo “Impuesto” con el valor “002” y/o “003”; puede existir el nodo “Retenciones” con al menos un nodo hijo “Retencion” con el valor ”001” en el atributo “Impuesto”.

Si este atributo contiene el valor “07", en el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto no deben existir los nodos hijo “Retencion” y “Traslado” con el atributo “Impuesto” con el valor “002”; puede existir el nodo “Retenciones”, con al menos un nodo hijo “Retencion” con el valor “001” en el atributo “Impuesto”; debe existir al menos el nodo hijo “Traslado” con el valor “003” en el atributo “Impuesto” y puede existir el nodo hijo “Retencion” con el valor “003” en el atributo “Impuesto”.

En caso de que el valor registrado en este atributo es “01”, “03”, “04” o “05” el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto no debe existir”.

VI.2   Validaciones adicionales a complementos.

1.      Complemento para recepción de pagos (REP).

          Para efectos de la regla 2.7.1.40., la cual indica el procedimiento para la emisión del CFDI, los proveedores de certificación deben considerar que si sus clientes realizan operaciones en las cuales emitan CFDI por operaciones de factoraje financiero con documentos distintos a CFDI, podrán emitir el CFDI con “Complemento para recepción de pagos” pudiendo registrar en el campo “Descripcion” del CFDI al que se le incorpora el complemento, la descripción e indicación de la operación por la cual se tiene u originó el derecho de cobro que se cede, así como el número, nombre o identificador que tenga el documento o documentos que soportan, prueban o identifican los derechos de cobro objeto de la operación de factoraje financiero.

          Para efectos del párrafo anterior, los proveedores de certificación podrán no considerar la regla de validación del campo “Descripcion” del “Elemento: Comprobante”, consistente en “Para este atributo se debe registrar el valor “Pago”, contenida en el estándar del complemento para recepción de pagos”.

          Lo antes expuesto será aplicable a solicitud expresa de sus clientes, que indiquen que el CFDI de pagos se emite bajo este escenario.

1.1    Atributo: “ObjetoImpDR”.

Para efectos de la segunda validación adicional del atributo “ObjetoImpDR”, del estándar del Complemento para recepción de Pagos donde señala que:

“Si el valor registrado en este atributo es “02” el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado debe existir en caso contrario no debe existir dicho nodo”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior, se debe considerar la siguiente:

“Si el valor registrado en este atributo es “02” el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado debe existir.

Cuando este atributo contiene el valor "06" o "08", en el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado no deben existir los nodos hijo “RetencionDR” y “TrasladoDR” con el atributo “ImpuestoDR”, con el valor "002" y/o "003", puede existir el nodo “RetencionesDR” con al menos un nodo hijo “RetencionDR” con el valor “001” en el atributo “ImpuestoDR”.

Si este atributo contiene el valor “07", en el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado no deben existir los nodos hijo RetencionDR y TrasladoDR con el atributo ImpuestoDR con el valor "002" ; puede existir el nodo “RetencionesDR”, con al menos un nodo hijo “RetencionDR” con el valor "001" en el atributo “ImpuestoDR”; debe existir al menos el nodo hijo “TrasladoDR”, con el valor "003" en el atributo “ImpuestoDR” y puede existir el nodo hijo “RetencionDR” con el valor "003" en el atributo “ImpuestoDR”.

En caso de que el valor registrado en este atributo sea "01", "03", "04" o "05", el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado, no debe existir”.

2.      Validaciones al CFDI de retenciones e información de pagos.

          En caso de error en las facturas electrónicas de retenciones, éstas se deberán cancelar y reexpedirse con los datos correctos, en caso de que la operación se haya llevado a cabo y relacionar el UUID del CFDI que se cancela.

2.1.   NomDenRazSocR:

          Si el valor registrado en este atributo es “PÚBLICO EN GENERAL”, el valor “XAXX010101000” debe existir en el atributo RfcR del nodo Receptor:Nacional.

2.2.   DomicilioFiscalR:

          Si el valor del atributo RfcR del nodo Receptor:Nacional es “XAXX010101000”, el valor de este atributo debe ser igual al registrado en el atributo LugarExpRetenc.

2.3.   Ejercicio:

Para efectos de la segunda validación del atributo Ejercicio donde señala que:

“El valor de este atributo debe ser igual al año en curso o al año inmediato anterior. Para validar el año en curso o el año inmediato anterior se debe considerar el registrado en el atributo FechaExp”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior se debe considerar lo siguiente:

“El valor de este atributo debe ser igual al año en curso o uno de los años de hasta cinco ejercicios anteriores. Para validar el año de este atributo se debe considerar el registrado en el atributo FechaExp”.

2.4.   CveRetenc:

Para efectos de la segunda validación del atributo CveRetenc donde señala que:

“Si el valor registrado en este atributo es “25”, se debe registrar información en el atributo DescRetenc”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior, se debe considerar lo siguiente:

“Si el valor registrado en este atributo es “25”, se debe registrar información en el atributo DescRetenc, en caso contrario, es opcional registrar información en dicho atributo”.

3.      Validaciones a las revisiones de los CFDI y sus complementos que publique el SAT en la página de Internet.

          Los proveedores de certificación, están obligados a realizar las validaciones que se incluyan en las revisiones de los CFDI y sus complementos que publique el SAT en su página de Internet, así como observar lo establecido y dado a conocer a través de comunicados que el SAT les realice.

VII.    Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.

En el presente apartado se señalan los lineamientos de uso gráfico del logotipo que otorga el SAT a los proveedores de certificación y los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos para el uso de este logotipo, a efecto de que puedan cumplir con la obligación establecida en la regla 2.7.2.8., fracción XXI consistente en publicar en su página de Internet el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación proporcionado por el SAT.

VII.1. Logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI.

A.      Lineamientos generales:

1.      El logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI, que otorga el SAT, está registrado ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

2.      El Dictamen de Uso de Imagen y Diseño para Proveedor de Certificación de CFDI, se otorga a la empresa que obtuvo del SAT, autorización para operar como proveedor de certificación, y el logotipo incluirá el número de autorización asignado a dicho proveedor.

3.      El logotipo que otorga el SAT a los proveedores autorizados de certificación de CFDI, deberá ser implementado en la página de Internet del proveedor en un lugar visible, en la sección en la que informe de los servicios de certificación de facturación que ofrece.

4.      El logotipo autorizado por el SAT y otorgado a los proveedores autorizados de certificación de CFDI, es intransferible e inalienable y no podrá ser utilizado por terceros.

5.      El logotipo que otorga el SAT a los proveedores autorizados de certificación de CFDI, es de uso exclusivo para su incorporación en la página de Internet del proveedor de certificación autorizado y en su papelería. Queda prohibida cualquier utilización distinta a la señalada expresamente en este documento.

6.      Queda estrictamente prohibido la utilización del logotipo para fines personales o ajenos al proceso de certificación, contenido en el artículo 29 Bis, primer párrafo fracciones I, II y III del CFF, objeto por el cual, el SAT otorgó la autorización para operar como proveedor de certificación.

7.      Los proveedores de certificación que requieran usar el logotipo en medios distintos a su página electrónica y en la papelería de la empresa, como puede ser: medios publicitarios, incluyendo backs e invitaciones para eventos, así como en medios audiovisuales y digitales, deberán solicitar con una anticipación mínima de quince días hábiles el permiso a la ACGSTME del SAT, utilizando para ello la ficha de trámite 114/CFF “Avisos del proveedor de certificación de CFDI” del Anexo 1-A, quien procederá a consultar y validar con la Administración Central de Comunicación Institucional. La solicitud de autorización de uso del logotipo en medios distintos a los señalados en este documento, deberá indicar el lugar, medio, formato y fecha en la cual se requiera usar.

8.      Una vez presentada la solicitud de autorización para el uso del logotipo en medios distintos a los señalados en este documento, a que se refiere el punto anterior, el proveedor deberá esperar a que se le notifique el Dictamen correspondiente, el cual señalará la autorización o no del uso de logotipo del SAT en medios distintos.

9.      El SAT se reserva el derecho de autorizar o denegar el uso del logotipo al proveedor en aplicaciones o en medios distintos a su página electrónica y en su papelería impresa o documentación digital relacionada con el objeto de la autorización que otorgó el SAT para operar como proveedor de certificación.

B.      Lineamientos de uso gráfico:

1.      El logotipo otorgado por el SAT, no se podrá cambiar, crear variación alguna, transcribir o deformar el logotipo ya sea, condensándolo o expandiéndolo.

2.      No se podrá utilizar un color de fondo distinto o, cambiar las proporciones del logotipo.

          El logotipo que otorga el SAT siempre deberá portarse con la resolución adecuada para que se proyecte con alta calidad y definición. Por ningún motivo se deberá utilizar un gráfico con baja resolución que demerite su imagen.

C.      Requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.

Como parte de la implementación de la imagen distintiva (logotipo de los proveedores autorizados de certificación de CFDI), se emiten los presentes requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos, a efecto de garantizar el uso correcto de la imagen distintiva.

1.      La imagen distintiva (logotipo de los proveedores autorizados de certificación de CFDI), deberá ser implementado durante los cinco días naturales siguientes a la fecha de recepción del Dictamen de Uso de Imagen y Diseño para Proveedor de certificación de CFDI.

2.      El proveedor deberá publicar el logotipo oficial entregado por el SAT:

a.      En su página electrónica en Internet, en la sección en la que informe de los servicios de certificación de facturación que ofrece en un lugar visible.

b.      En su página de Internet, en la sección en la que brinde el servicio gratuito de facturación.

c.       En su página electrónica en Internet, en la sección en la que brinde el servicio de facturación con cobro, en caso de existir.

3.      En las secciones antes mencionadas, el proveedor de certificación, deberá incluir en el logotipo oficial un hipervínculo directo a la página del SAT concretamente a la sección de proveedores de certificación autorizados, en donde se ubica su información de contacto, para la correcta identificación por parte de sus clientes y sus visitantes de sus sitios web.

4.      El proveedor, debe mantener visible el logotipo oficial que le fue entregado por el SAT veinticuatro horas por siete días de la semana. El Logotipo debe estar visible todo el tiempo que esté disponible el Portal de Internet.

5.      El proveedor conoce y acepta que el SAT podrá verificar la correcta implementación de la imagen distintiva en su(s) portal(es) en Internet.

6.      El proveedor se hace sabedor y acepta que por ningún motivo el logotipo que le es entregado podrá ser transferido a terceros en su nombre, y que no podrá ser utilizado en ningún otro sitio de Internet, en caso de incumplimiento este se hará acreedor a la sanción establecida en la normatividad aplicable.

Firma de conformidad

(Nombre y firma del representante legal o apoderado del PCCFDI)

_____________________________________

Nombre o denominación del Proveedor de certificación de CFDI

Ciudad de _____ a __ del mes de ______ de 20__.

(Indicar Lugar y fecha que corresponda)

Atentamente.

Ciudad de México, a 20 de diciembre de 2024.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.