ANEXOS 3, 7, 10, 11, 12, 13, 14, 16 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 28 de diciembre de 2025

Viernes 09 de Enero de 2026

(Viene en la Séptima sección

3.         Autorizaciones otorgadas a partir del ejercicio 2025.

A.         Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

AAM240516KRA

Amac, Asociación Mexicana de Ayuda y Compromiso Social A.C.

AAS240311SD8

Asilo de Ancianos San Antonio de Senecu A.C.

APA750821PP5

Asilo Pablo Anda A.C.

AAP2407106X1

Asociación de Ayuda Perlita A.C.

APD8809034I0

Asociación de Personas con Discapacidad Paso Firme de los Mochis I.A.P.

AME070524RW9

Ayuda Mutua Esencial A.B.P.

ASD0403153R9

"Ayuda Social Devlyn" A.C.

CPR250117G22

Caminando en el Presente I.A.P.

CCR2408305CA

Caridad Cristo Rey A.C.

CHJ950105EVA

Casa Hogar Jeruel A.C.

CIR110406NZ0

Centro de Integración y Recuperación Jardín de las Mariposas A.C.

CLI0903186T2

Centro de Liderazgos, Instituciones y Proyectos A.C.

CRE660106HS6

Centro Regiomontano de Educación Especial A.C.

CSN830919R89

Centro Social Navarrete A.C.

CCA200811UI6

Compasión Centro de Ayuda al Prójimo A.C.

CCC120531ER7

Cooperación Comunitaria CC ONG México A.C.

DHA230530DJ1

Dharamshala A.C.

ECU2401227J8

Enderazando Curvas A.C.

FAL240206SG2

Familia Azul Laguna A.C.

FRE1906069C8

Familia Renis A.C.

FAE210604FS8

Familias Adoptivas, Efectivas y Humanistas A.C.

FAC240325PA2

Fe, Amor, Conciencia y Encuentro A.C.

FSN9211061X4

Fideicomiso para la Salud de los Niños Indígenas de México A.C.

FIM1901296R1

Fomento Integral Mauricio José A.C.

FIA240531LV3

Fortalecer, Inspirar y Apoyar a la Mujer A.C.

FCE151207UN9

Fundación Carlos Eduardo Almanza A.C.

FCC011026VD5

Fundación Cima Chihuahua A.C.

FDL1909249Y4

Fundación Doña Lolita A.C.

FEP231127S77

Fundación Espera la Primavera A.C.

FGI240313FJ3

Fundación G.I. Para la Inclusión de la Infancia con Enfermedades Raras A.C.

FNS170324KH1

Fundación Nosotros Servimos A.C.

FOC2008116T1

Fundación OKS Campiña A.C.

FOA2102025I0

Fundación Ola del Arte I.A.P.

FPP0908149W0

Fundación Padre Pio y Madre Teresa I.A.P.

FPS1709018W2

Fundación para el Progreso Sostenible del Totonacapan A.C.

FPR231011R65

Fundación Prevé A.C.

JCC060621UR2

Jóvenes Constructores de la Comunidad A.C.

SQD2402067U5

La Serenidad que Dios Da A.C.

LFD920612QMA

Limitados Físicos de Durango A.C.

LNM191120EE6

Luz a las Naciones Ministerios Barrón A.C.

MIN2402142H2

Mamá Inspira A.C.

MKA2411197S6

Meraki Kaizen A.C.

MMD9607254S9

Mesón de la Misericordia Divina A.C.

NAP240229FK0

Naser Acompañamiento Perinatal A.C.

PPE770627856

Patronato Pro Educación del Municipio de Ahome A.C.

UVS190213HQ6

Por Una Vida Sin Dolor I.A.P.

PAD1111108J3

Pro Amore Dei A.C.

PCH120926339

Promoción de Cultura Hípica, Ecuestre y Equina Bucefalia A.C.

PAD1801154Q7

Promoción y Acción para el Dialogo Intercultural y los Derechos Humanos A.C.

RSM240815B73

Reformadores de los Siete Montes A.C.

RCU130225P15

Resurgir Cuauhtémoc A.C.

SLU060119LV3

Santuario de Luz A.C.

SSC2409278PA

Sembrando Semillitas en Cada Corazón A.C.

PIC190329ANA

Sociedad de los Pueblos Indígenas-Maya de Chiapas A.C.

TVJ170619V58

Trisomía 21 Juárez I.A.S.P.

TKT120629UT7

Tsiimin Ka Ts´Aak A.C.

VVL92100943A

Voluntarias Vicentinas de Lerdo A.C.

 

B.         Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

CAD0910197N4

Cantares Academia de Música y Canto A.C.

CEL870619D42

Centro Escolar Lerma S.C.

CTA710301783

Centro Técnico Asistencial y Cultural Juan Diego A.C.

CPP630209SW2

Cultural Peña Pobre A.C.

CPU850103LA7

El Colegio de Puebla A.C.

EPP910319G9A

Escuela Particular Pochutla A.C.

FEE250422DF9

Fundación para la Excelencia en Educación Media Superior A.C.

ICC580923MG0

Instituto Central Coahuila A.C.

ICA630105C25

Instituto Chapultepec A.C.

IMA910514CP9

Instituto Mariano A.C.

C.         Organizaciones civiles y fideicomisos para la investigación científica o tecnológica (artículo 79, fracción XI de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

CIE1008201NA

Centro de Investigación y Estudios Sobre Sociedad Civil A.C.

 

D.         Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 79, fracción XII de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

ASA220205A49

Amigos del Sitio Arqueológico del Cerro de los Remedios A.C.

AAO1304023U3

"Asociación de Amigos de La Orquesta Sinfónica Esperanza Azteca de Cd Juárez" A.C.

FAS0306279P5

Fundación Amparo Serrano A.C.

MYF150626MK2

Mérida y Yucatán Film Festival Ficmy A.C.

PPC240625838

Patronato Pro-Restauración Catedral Tampico A.C.

 

E.         Organizaciones civiles y fideicomisos becantes (artículos 79, fracción XVII y 83 de la  Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

FEJ241008CW3

Fundación Eduardo José Vela Ruíz A.C.

 

F.         Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

CFA160520UN7

Centro para el Fortalecimiento de la Acción Solidaria A.C.

CTI020307EN2

Corazón de la Tierra A.C.

ECO991119MD1

Etnobiología para la Conservación A.C.

FLC2111039L1

Fundación Lara Corella A.C.

GIC2305164D3

Grupo de Investigación y Conservación de Flora y Fauna Silvestre A.C.

IIE171219RL1

Integra Integración de Estudios, Asesoría Técnica y Gestión Ambiental A.C.

 

G.        ......................................................................................................................................................................................

H.         Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 82, penúltimo párrafo de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

CGE210722PX4

Comunidades Gelmy A.C.

FRO180316283

Fundación Rouz A.C.

 

I.           ......................................................................................................................................................................................

J.         ......................................................................................................................................................................................

K.         ......................................................................................................................................................................................

L.         Organizaciones civiles y fideicomisos de desarrollo social (artículo 79, fracción XXV de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

AAN240725B20

Acción Antirracista A.C.

BTL240826V21

Beneficencia Tzedaka Le Bitajon A.C.

BNL210419DA6

Buscadoras de Nuevo Leon A.C.

DRA1710183C1

Diversidades, Redes de Apoyo para Mujeres y Opciones Neutrogenéricas de Acompañamiento A.C.

PDM190320J92

Pasión y Desarrollo por México A.C.

RAY221223V55

Red de Acompañamiento Yucatán A.C.

TTO140623R29

Todas y Todos A.C.

M.        Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente y regla 3.10.1.7. de la RMF).

RFC

Denominación Social

Objeto

AAM240516KRA

Amac, Asociación Mexicana de Ayuda y Compromiso Social A.C.

Asistencial

ASA220205A49

Amigos del Sitio Arqueológico del Cerro de los Remedios A.C.

Cultural

AAS240311SD8

Asilo de Ancianos San Antonio de Senecu A.C.

Asistencial

APA750821PP5

Asilo Pablo Anda A.C.

Asistencial

AAO1304023U3

"Asociación de Amigos de La Orquesta Sinfónica Esperanza Azteca de Cd Juárez" A.C.

Cultural

AAM040326D45

Asociación de Amigos del Museo de Arte Carrillo Gil A.C.

Cultural

AAP2407106X1

Asociación de Ayuda Perlita A.C.

Asistencial

APD8809034I0

Asociación de Personas con Discapacidad Paso Firme de los Mochis I.A.P.

Asistencial

AFP7404301DA

Asociación Femenina Pro-México A.C.

Asistencial

AME070524RW9

Ayuda Mutua Esencial A.B.P.

Asistencial

BNL210419DA6

Buscadoras de Nuevo Leon A.C.

Desarrollo Social

CPR250117G22

Caminando en el Presente I.A.P.

Asistencial

CCR2408305CA

Caridad Cristo Rey A.C.

Asistencial

CSJ0406049Z3

Casa San José A.B.P.

Asistencial

CIR110406NZ0

Centro de Integración y Recuperación Jardín de las Mariposas A.C.

Asistencial

CIE1008201NA

Centro de Investigación y Estudios Sobre Sociedad Civil A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

CLI0903186T2

Centro de Liderazgos, Instituciones y Proyectos A.C.

Asistencial

CFA160520UN7

Centro para el Fortalecimiento de la Acción Solidaria A.C.

Ecológica

CSE980814ML2

Centro Superior de Estudios de la Comunicación S.C.

Educativa

CCA200811UI6

Compasión Centro de Ayuda al Prójimo A.C.

Asistencial

CCC120531ER7

Cooperación Comunitaria CC ONG México A.C.

Asistencial

CTI020307EN2

Corazón de la Tierra A.C.

Ecológica

DHA230530DJ1

Dharamshala A.C.

Asistencial

DRA1710183C1

Diversidades, Redes de Apoyo para Mujeres y Opciones Neutrogenéricas de Acompañamiento A.C.

Desarrollo Social

CPU850103LA7

El Colegio de Puebla A.C.

Educativa

ESO201117FE9

Emmana Social A.C.

Desarrollo Social

ECU2401227J8

Enderazando Curvas A.C.

Asistencial

ECO991119MD1

Etnobiología para la Conservación A.C.

Ecológica

FAL240206SG2

Familia Azul Laguna A.C.

Asistencial

FAC240325PA2

Fe, Amor, Conciencia y Encuentro A.C.

Asistencial

FIM1901296R1

Fomento Integral Mauricio José A.C.

Asistencial

FIA240531LV3

Fortalecer, Inspirar y Apoyar a la Mujer A.C.

Asistencial

FCE151207UN9

Fundación Carlos Eduardo Almanza A.C.

Asistencial

FGI240313FJ3

Fundación G.I. Para la Inclusión de la Infancia con Enfermedades Raras A.C.

Asistencial

FNS170324KH1

Fundación Nosotros Servimos A.C.

Asistencial

FOC2008116T1

Fundación OKS Campiña A.C.

Asistencial

FOA2102025I0

Fundación Ola del Arte I.A.P.

Asistencial

FPP0908149W0

Fundación Padre Pio y Madre Teresa I.A.P.

Asistencial

FPS1709018W2

Fundación para el Progreso Sostenible del Totonacapan A.C.

Asistencial

FEE250422DF9

Fundación para la Excelencia en Educación Media Superior A.C.

Educativa

GIC2305164D3

Grupo de Investigación y Conservación de Flora y Fauna Silvestre A.C.

Ecológica

ICA630105C25

Instituto Chapultepec A.C.

Educativa

IIE171219RL1

Integra Integración de Estudios, Asesoría Técnica y Gestión Ambiental A.C.

Ecológica

LFD920612QMA

Limitados Físicos de Durango A.C.

Asistencial

LNM191120EE6

Luz a las Naciones Ministerios Barrón A.C.

Asistencial

MIN2402142H2

Mamá Inspira A.C.

Asistencial

MMD9607254S9

Mesón de la Misericordia Divina A.C.

Asistencial

NAP240229FK0

Naser Acompañamiento Perinatal A.C.

Asistencial

PNC9805151I3

Patronato del Nevado de Colima y Cuencas Adyacentes A.C.

Ecológica

PAD1111108J3

Pro Amore Dei A.C.

Asistencial

PCH120926339

Promoción de Cultura Hípica, Ecuestre y Equina Bucefalia A.C.

Asistencial

RAY221223V55

Red de Acompañamiento Yucatán A.C.

Desarrollo Social

RSM240815B73

Reformadores de los Siete Montes A.C.

Asistencial

RCU130225P15

Resurgir Cuauhtémoc A.C.

Asistencial

SLU060119LV3

Santuario de Luz A.C.

Asistencial

SSC2409278PA

Sembrando Semillitas en Cada Corazón A.C.

Asistencial

PIC190329ANA

Sociedad de los Pueblos Indígenas-Maya de Chiapas A.C.

Asistencial

TVJ170619V58

Trisomía 21 Juárez I.A.S.P.

Asistencial

TKT120629UT7

Tsiimin Ka Ts´Aak A.C.

Asistencial

 

4.         Actualizaciones.

4.1.      Cambios de Rubro.

RFC

Denominación Social

Objeto

Rubro Anterior

Rubro Actual

CCF780418PS1

Childfund México I.A.P.

A

H

CTI120119BE8

Conecta Tierra A.C.

A

F

CIN750705CW0

Consejo Cívico de Instituciones de Nuevo León A.C.

H

L

CCG0605309M8

Conservatorio de la Cultura Gastronómica Mexicana S.C.

D

L

FFR150716RF2

Fundación Franxa A.C.

L

H

OJE111226RH2

Ollin, Jóvenes en Movimiento A.C.

C

L

RPM121221MJ0

Red del Pacto Mundial de y en México A.C.

A

L

RIA171031F89

Respeto e Igualdad Animal A.C.

A

L

RCI15111727A

Ruta Cívica A.C.

L

I

VVA180530SC5

Vida en Verde América A.C.

A

F

 

4.2.      Cambios de denominación.

RFC

Denominación Social

Objeto

ENG140722UX7

Anterior:

Asistencial

Espiral en Narración GDL A.C.

 

Actual:

Creser Chapala A.C.

5.         Revocaciones derivadas del procedimiento previsto en el artículo 82 Quáter de la Ley del ISR.

RFC

Denominación Social

Objeto

AUN080407LJ8

Acción Unida A.C.

Cultural

AEI720307SY4

Alberto Einstein A.C.

Educativa

AME141015MHA

Alfombristas Mexicanos A.C.

Cultural

AFI110630T58

Amigos de Filantrofilia A.C.

Apoyo Económico

AAH040609E4A

Amigos del Acervo Histórico del Archivo de Notarías A.C.

Cultural

AAD1108089R2

Amigos del Arte del Desierto A.C.

Cultural

ANA140321E76

Arca de Noé 2011 A.C.

Asistencial

AAM730222RE6

Asilo de Ancianos de Monclova A.C.

Asistencial

AAR1007154J5

Asociación de Aprendizaje y Rehabilitación Infantil Corazón  y Vida A.C.

Asistencial

AAP070302TXA

Asociación de Artistas Plásticos de la Laguna A.C.

Cultural

ACM090220IL1

Asociación de Cineastas de Morelos A.C.

Cultural

APM9012122S3

Asociación para la Protección de Menores Enfermos I.A.P.

Asistencial

APE1805187E5

Asociación Patronato Exatec I.A.P.

Asistencial

ASM900130M52

Asociación Senil Morelense Otilio Montaño A.C.

Asistencial

AEM820707A54

Ateneo Español de México A.C.

Cultural

ASE8707065B7

Ayuda y Servicio A.C.

Asistencial

BMT920915FBA

Banda de Música de Tlayacapan Morelos A.C.

Cultural

BMU2310122C8

Brigada Murci A.C.

Asistencial

CAH210928UD9

Cahuic A.C.

Asistencial

CAL100405N78

Calemp A.C.

Asistencial

CSC940607T35

Cáritas de San Cristóbal de las Casas A.C.

Asistencial

CVL2006119L1

Casa de Vida Llamados para Servir A.C.

Asistencial

CEP840514GCA

Centro de Estudios de Promoción Social Cáritas A.C.

Asistencial

CES080910236

Centro de Estudios Sobre la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

COR930315NI8

Centro Organizado de Recursos Alimentarios y Servicios Omnímodos para Niños A.C.

Asistencial

GMW160714Q81

Cero Pobreza Extrema en México A.C.

Desarrollo Social

CRI160112LSA

Club Rotario Itzaes A.C.

Asistencial

CRA0707095B6

Colectivo Raíz de Aguascalientes A.C.

Desarrollo Social

CBO910314SWA

Colegio Bosques S.C.

Educativa

COJ0502118Z7

Cuenca de los Ojos A.C.

Ecológica

DCA071029CN7

Desarrollo Comunitario Arboleros A.C.

Asistencial

EQD961009N89

Espíritu que Danza A.C.

Asistencial

EMR1405306U5

Esther Melgarejo de Rebolledo A.C.

Asistencial

FSO100705BR7

Fomentando Sonrisas A.C.

Asistencial

FCE921007126

Fomento Cultural y Educativo Plenus A.C.

Apoyo Económico

FPN870520TZ0

Fondo para Niños de México A.C.

Asistencial

FUC090122QL1

Fondo Unido del Club Rotario de Ciudad Juárez A.C.

Asistencial

FAL900919II7

Fundación Aloysius A.C.

Asistencial

FBM001026PA8

Fundación Barra Mexicana A.C.

Asistencial

FBE180703LI7

Fundación Befra A.C.

Asistencial

FCC050905SM8

Fundación Camino a Casa A.C.

Asistencial

FCA221128FE1

Fundación Contra las Adicciones Tronik Juvenil 3 A.C.

Asistencial

FCM071211348

Fundación Cultural Mario Uvence A.C.

Cultural

FBP840607LDA

Fundación de Beneficencia Privada Fray Julián Garcés Sin Tipo de Sociedad.

Asistencial

FDA161010ME0

Fundación Diplomática Alfonso García Robles A.C.

Desarrollo Social

FCD080731TW6

Fundación El Carmelo Descalzo en México A.C.

Cultural

FGA2310243M2

Fundación Gloria Arellano de Cervantes A.C.

Asistencial

FID060208EH9

Fundación Integral para el Desarrollo Social I.A.P.

Educativa

FJE1911157A7

Fundación Josué Echavarría A.C.

Asistencial

PFL140425AY1

Fundación Pro Familia Latinoamericana A.C.

Asistencial

FRG160830DQ0

Fundación Roberto G. Rivera, de la Mano por el Bien Social A.C.

Asistencial

FUA030919UZ0

Fundación UABC A.C.

Apoyo Económico

FUC0210149M6

Fundación Unidos Contra la Pobreza y Marginación A.C.

Asistencial

FVF210906L95

Fundación Vida, Fe y Esperanza A.C.

Asistencial

GCE080208GZ4

Grupo Coral Ensamble México A.C.

Cultural

INC191007NP2

Incubadeportes A.C.

Asistencial

IKI101108PL5

Iniciativa Kino A.C.

Asistencial

IPA081204QV4

Instituto de Planeación Ambiental y Calidad de Vida A.C.

Ecológica

IPN871207ANA

Instituto de Protección para el Niño Desvalido Miguel Alemán A.C.

Asistencial

IMC030507A73

Instituto Mexicano para la Competitividad A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

JPF160604760

Juventud a Paso Firme A.C.

Cultural

LTS210803TC9

Laboratorio de Transformación Socioambiental DARE A.C.

DesarrolloSocial

HAN820816I18

Los Hermanos del Anciano A.C.

Asistencial

TES9601301B3

Los Tesoros Escondidos A.C.

Asistencial

MFI191016KE3

Magis Fidem A.C.

Asistencial

MQU210420HJ6

Mas Que Un Lugar Para Jugar A.C.

Asistencial

MPV051006954

Mexicanos Primero, Visión 2030 A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

MEA091012378

México Evalúa, Centro de Análisis de Políticas Públicas A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

MVE120123QM4

Moverse Vector A.C.

Asistencial

MUC150818IK7

Mujeres Unidas Contra el Cáncer de Mama, MUCCAM A.C.

Asistencial

OBM080725N89

Operación Bendición México A.C.

Asistencial

PAP170829KQ5

Pacientes Autoinmunes con Procesos Inflamatorios A.C.

Asistencial

PPJ0003303T4

Patronato de Pensionados y Jubilados de Ángel R. Cabada A.C.

Asistencial

PPS0101274R7

Patronato Pro Salud y Asistencia Social de Veracruz A.C.

Asistencial

PAP850312DZ2

Patronato Pro-Asistencia Pública de Veracruz A.C.

Asistencial

PPC931007DK1

Patronato Pro-Construcción Catedral de Tijuana A.C.

Asistencial

PAD220908E8A

Pentresi. Arte desde Dentro A.C.

Cultural

PHA960521UJ2

Pro Hermanos del Anciano A.C.

Apoyo Económico

PRO970910P11

Procura A.C.

Becante

PAU0911198R0

Programa Adopte un Talento A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

RAN890510I90

Refugio para Ancianos A.C.

Asistencial

SGU050524AS8

Sé mi Guía A.C.

Asistencial

SSE061108V67

Servicio Social y Educación Integral A.C.

Cultural

SMI070420J77

Servicios Médicos Integrales Divino Niño A.C.

Asistencial

SFM100115DZA

Sinergia Filantrópica de México A.C.

Asistencial

AOS1107022V6

Sociedad Amigos de la Ossla A.C.

Cultural

SSO200225625

SX Social A.C.

Asistencial

TCT130704HU8

Talento Científico y Tecnológico de México A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

TFF220228KG6

Testa Fondo para las Familias A.C.

Asistencial

TAL1610178M5

Tierra en el Alma A.C.

DesarrolloSocial

TSI210707D77

Tsikini A.C.

DesarrolloSocial

FAV0708162V4

Vamos Viendo A.C.

Asistencial

VSE170110LK4

Vida en Sobriedad Emocional y Rehabilitación en Adicciones A.C.

Asistencial

VAG000823PS1

Vifac Aguascalientes A.C.

Asistencial

VIN151219DJ6

Vinsot A.C.

Asistencial

YNC991019MN8

Yolia Niñas de la Calle A.C.

Asistencial

 

6.         Cancelaciones solicitadas conforme al artículo 82, fracción V de la Ley del ISR.

RFC

Denominación Social

Objeto

AQU960313QN8

Abel Quezada A.C.

Cultural

ACR181203K19

Asociación Construyendo Realidades para México A.C.

Asistencial

DVE1210081YA

Desarrollo XXI A.C.

Asistencial

FCI0009151J7

Fundación Centro de Investigación y Documentación de la Casa A.C.

Investigación Científica o Tecnológica

FHB220405AG2

Fundación Hhc Balamaranta A.C.

Becante

FLU180725AM9

Fundación Lulu A.C.

Asistencial

FVA1609149G5

Fusionando Valores A.C.

Asistencial

HMC170316NU8

Herrmanndad Musical y Cultural A.C.

Cultural

IEP231025DS0

Instituto para la Economía y la Paz A.C.

Desarrollo Social

IES1710242U2

Instrumentos de la Esperanza A.C.

Cultural

PTD9410103I7

Programa Tizaac 2033 A.C.

Asistencial

RAZ2011272SA

Resiliencia Azul A.C.

Ecológica

SHU100119BC2

Son de Huilango A.C.

Cultural

 

7.         Autorizaciones que pierden vigencia para el ejercicio 2026.

7.1.      Organizaciones multadas que incumplieron el requisito previsto en la fracción I del Transitorio Vigésimo Quinto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, en relación con las reglas 3.10.1.5., fracción I, inciso a) y 3.10.1.12., derivado de la obligación de presentar la Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación del ejercicio 2024.

RFC

Denominación Social

CAE130222GN2

Aaga Equixpo A.C.

AFM2009257L4

Academia Fc México A.C.

ACA190206CM4

Acciones Colectivas para la Autonomía A.C.

APK100517R51

Akga Pun Kitsis Tanka A.C.

IAP9304164Y2

Albergue Señorita Luz Valencia Duarte I.A.P.

ACO211227RK9

Armonía Contigo A.C.

ASC110404D75

Arte Sustentable Comparsa Falfán A.C.

AJC180104GQ6

Asesoría Jurídica Conciliatoria y Justicia de Paz A.C.

AAG111006RW9

Asociación Andrés Guardado A.C.

CRI110622HAA

Asociación Comunidad de Restauración Integral de Adolescentes I.A.P.

AAA991126P94

Asociación de Ayuda Alimenticia para Personas de Escasos Recursos Económicos A.C.

AET881108LD6

Asociación de Enfermeras y Trabajadoras Sociales A.C.

AFA950418385

Asociación de Familiares y Amigos de Pacientes Esquizofrénicos A.F.A.P.E. A.C.

AHA150209RV0

Asociación de Haciendas A.C.

AFU2003064L9

Asociacion Fuerzas Unidas de Río Bravo A.C.

AIQ230512DV8

Asociación Islámica de Quintana Roo A.C.

AJH220408S17

Asociación Juarense del Hospital del Niño con Cáncer y Leucemia A.C.

ALO180824380

Asociación Laguna Ortega de Prótesis y Ortesis A.C.

AMD980220GT6

Asociación Mexicana de Diabetes Capitulo Laguna A.C.

AMD021203DR7

Asociación Mexicana de Diabetes en Chihuahua, Capítulo Chihuahua A.C.

APP880428MF7

Asociación Padre Pro I.A.P.

ACS180307A64

Avispones Coaching School A.C.

AAM221018PT8

Ayudar por Amor A.C.

BCS200506EX4

Building Community Strategic Consulting & Social Research A.C.

CAN080314PA0

Caminando y Armonizando Nuestra Ecología A.C.

CDE960312K99

Cáritas de la Diócesis de Ecatepec I.A.P.

CIC180629CA1

Cáritas Inmaculada Concepción A.C.

CAC221017UY8

Casa de Asistencia Compartiendo Vida A.C.

CHA870523I84

Casa Hogar Aprendiendo a Vivir A.C.

CHD8805301I4

Casa Hogar Divina Providencia A.C.

CAD1706037G3

Centro de Acción de Derechos Económicos Sociales, Culturales y Ambientales A.C.

CCR921111M85

Centro de Crecimiento A.C.

CDA0301286P2

Centro de Desarrollo y Atención Terapéutica Cedat A.C.

CPN890724L2A

Centro de Protección para Niños Desamparados A.C.

CRA980529KB6

Centro de Rehabilitación de Alcoholismo y Drogadicción Dr. Sergio Berumen Torres I.A.P.

CTI050614NR7

Centro de Terapia Intensiva Primer Paso de Alcoholismo y Drogadicción A.C.

CIC120312DD3

Centro Infantil Crecemos Juntos A.C.

CIJ941110QA9

Centro Infantil Jonacapa A.C.

CTK170703IJ9

Centro Talitá Kum A.C.

CVE181226Q23

Centro Veterinario para el Estudio de la Prevalencia de las Enfermedades Tropicales Transmitidas por Vectores y Zoonosis A.C.

CRV881123JC2

Clínica de Rehabilitación Vallarta Santa Bárbara A.C.

CDE220908BX4

Coatza en Desarrollo A.C.

CDR9705305A0

Col Desarrollo Real A.C.

CAG790607RP2

Colegio Alemán de Guadalajara A.C.

CAV090514FGA

Colegio Anáhuac Villahermosa S.C.

CRF2009089N5

Comunidad de Restauración Familiar Semilla A.C.

CTA131202EN7

Comunidad Terapéutica en Adicciones Lois Burnham A.C.

CTN210310QA7

Comunidad Tiempo Nuevo A.C.

CCD181210E75

Consejo Ciudadano del Deporte A.C.

CRD140121KD0

Construyendo Redes de Bienestar para la Mujer y Su Familia A.C.

COS140826S40

Costa Oaxaqueña Sin Cáncer de la Mujer A.C.

CRE070302442

Cremet A.C.

CSF150310S44

Cultura Sin Fronteras A.C.

DCI140319U7A

Desarrollo Cultura e Impulso de Temascalcingo Decidte A.C.

DHR970219675

Desarrollo Humano Rotarios Monterrey Cumbres A.B.P.

ETN230223MF5

Ecoguardianes Tlali Nantli A.C.

TNP1110074K5

El Tesoro de Niño Perdido A.C.

EEC1401296V2

Emcopaz, Empresa Constructora de Paz A.C.

EAC170324MV4

Emprendedores Artísticos de Cozumel A.C.

EAL071019CN0

Enlace de Ayuda por la Paz A.C.

ECE080616M81

Eohippus, Centro de Equinoterapia de Campeche A.C.

EEM170224FUA

Este Es el Momento A.C.

FEC101228L85

Fe y Esperanza Contra el Cáncer I.A.P.

FAM200129DS8

Federación para la Alimentación en México Fam A.C.

FIM971201896

Formación Integral de la Mujer I.A.P.

FCL170316BC5

Fuera del Clóset A.C.

FBO0609098X3

Fundación Bolo A.C.

FCT191002G65

Fundación Casa Tlazocamati A.C.

FCP150512DW4

Fundación Cristo Pescador de la Concordia de Chiapas A.C.

FCV1209201Y1

Fundación Curando Vidas R.G. A.C.

FFE140107K26

Fundación Fémina A.C.

FFE150428RR0

Fundación Fetramec A.C.

FGD120423TK9

Fundación Grace,Cumpliendo Destinos A.C.

FHK2206222W2

Fundación Helga Krebs A.C.

FLP151123IW8

Fundación Lo Podemos Lograr A.C.

FLS110902TB2

Fundación Lobbying Social A.C.

FMV161021490

Fundación Manos y Voces Ndo O Yu U A.C.

FMA101126IS6

Fundación Moralete, Árbol de Vida A.C.

FAA230517KN7

Fundación para Adicciones Adara México A.C.

FLC210719RB5

Fundación para la Lucha Contra el Cáncer Infantil A.C.

FPM070316UB1

Fundación Pedro Meyer A.C.

FRL9601195J2

Fundación Rayuela para la Cultura A.C.

FUN081008TI2

Fundación Unifin A.C.

FUP090126N76

Fundación Universidad Popular de Colima A.C.

FUR2103267V7

Fundación Urunus A.C.

FVF1703142P6

Fundación Vazquez y Familia A.C.

VAY110730SD6

Fundación Villa de Ayuda A.C.

FVS190816BT8

Fundación Vivir Sin Depresión A.C.

FUN160414K70

Funmujer A.C.

GEY220426325

Geymc A.C.

GAM120824H10

Grupo de Ayuda para el Migrante de Mexicali A.C.

GDQ000314CC3

Grupo Desafío de Quintana Roo A.C.

GEF1805175U9

Grupo Estrategia Foundatión A.C.

GCP230203IK7

Guardianes del Conocimiento de los Pueblos A.C.

HIH190114LP0

Hand In Hand Ls A.C.

IRJ140611TE9

Ing. Rogelio Jaime Coria A.C.

ICM960725S80

Institución Cultural Marítima Mexicana A.C.

IPS940222771

Instituto Portacelli S.C.

JMI020701KB1

Jesús de la Misericordia A.C.

JAA071127E42

Jorge Alfredo Aguirre Rivero, Corazón de Ángel para el Diagnóstico Oportuno de Cáncer en la Mujer y el Hombre A.C.

JDJ211122FU4

Jóvenes Despertando Justicia y Paz A.C.

JLH220120PA7

Juntos lo Hacemos Posible A.C.

FEA090923NS9

La Fe la Esperanza y el Amor Nacen de Una Mujer A.C.

TDC130603259

La Tablée Des Chefs México A.C.

UFA051001QV6

La Universidad de la Familia A.C.

LDB220504478

Leones Distrito B9 A.C.

LTI1411127I8

Levántate Tijuana A.C.

CIN231009BB6

Los Chincuetes A.C.

MAN940524HI1

Manos Amigas de Navojoa I.A.P.

MMA070531L50

Mar Museo de Arte Contemporáneo de la Riviera Maya A.C.

MAP1203142C1

Medio Ambiente, Productividad y Sociedad A.C.

MCC140804Q72

México Círculo Civil A.C.

ACO230413478

Mi Alma Contigo A.C.

MJA201205P93

Mujer Jaguar A.C.

MDA140505743

Mujeres por la Dignidad y Amor por la Vida A.C.

NCD180911GU0

Niños Contra la Diabetes A.C.

NUI9512156P5

Niños Unidos de Ixtlahuaca A.C.

OOP090123C86

Organización Opd A.C.

PRF210628IL1

Padres Responsables, Sociedad Fuerte A.C.

PCA2103048J8

Piratas con Causa A.C.

PHA2111251T9

Por el Placer de Hacer A.C.

JUV120302E19

Por la Juventud A.C.

PME1002092P8

Promogen por México A.C.

PDS050625A96

Proyecto Down Sur de Tamaulipas A.C.

RRA220721HX7

Rap Reinserción Arte y Prevención A.C.

RCA210917UBA

Reconstrucción Casitas A.C.

SEA160509U42

Sea&Reef A.C.

SII080806TW8

Servicios de Inclusión Integral y Derechos Humanos A.C.

SDS890421T57

Servicios para el Desarrollo Social A.C.

IVA960226GE8

Sociedad Internacional de Valores de Arte Mexicano A.C.

MCC080610BV0

Sociedad Mexicana de Criminología Capitulo Nuevo León A.C.

OAA130507SVA

Sociedad Organizada para Alimentar y Apoyar A.C.

SHN230509425

Somos Hermanos y Nos Ayudamos A.C.

SCO240612K3A

Sultanes Contigo A.C.

TUM1312031N3

Tigres por Un Mejor Futuro A.C.

TUM090428KH5

Todos por Una Mejor Sonrisa A.C.

TAP100727645

Tómatelo a Pecho A.C.

TMS2012105C9

Tu Mente Sana Especialistas de la Salud Mental A.C.

UMC1205036Z3

Una Mirada al Campo y Sus Pueblos Marginados A.C.

UUE2105274M1

Unides Unidad y Esperanza A.C.

UNI210930DG0

Unidiverso A.C.

UID121004N35

Unidos con Ideas de Causa Social A.C.

UTS230811P19

Unidos por Ti Sr A.C.

VRB220711EQA

Viento Recio Baja A.C.

VHE9908173P9

Viviendo Hoy, Estancia para Personas de la Tercera Edad A.C.

VMC080814AJ2

Voz Mcm A.C.

YSA200702NX4

Yaakunaj Sirviendo por Amor A.C.

7.2.      Organizaciones multadas que incumplieron el requisito previsto en la fracción II del Transitorio Vigésimo Quinto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, en relación con las reglas 3.10.1.5., fracción I, inciso a) y 3.10.1.12., derivado de no haber realizado el pago de la multa impuesta.

RFC

Denominación Social

ACO190722NN4

Acodesa A.C.

ANI130530RJ9

Adelante Nueva Imagen A.C.

ACU100621QJ0

Aglow de Cuauhtémoc I.A.P.

AAL051114I82

Aguas con el Alcohol A.C.

AEM050818QS4

Albergue Estudiantil de Mocorito I.A.P.

AVM070802P44

Albergue Vihda Madre Teresa de Calcuta A.C.

AAM220228KY6

Amguitarra, Asociación Mexicana de Guitarra Clásica y Popular A.C.

AMA920207TB7

Amigos del Museo de Arte Contemporáneo de Oaxaca A.C.

AHC201127MV4

Apostolic Healing Center Latin America A.C.

APR230530KJ1

Aprojusan A.C.

ART2302233I1

Artes9 A.C.

ACV19091236A

Asociación Construyendo Vidas I.A.P.

ACA221213SC9

Asociación de Colonos de Arco Iris Nicolas Romero A.C.

AGS221116KT2

Asociación Gustavo Silva Acciones por Amor A.C.

AID230703EV2

Asociación Integral en el Desarrollo y Apoyo para Centros de Rehabilitación A.C.

AIS2304262H3

Asociación Interamericana de Sanadores Alternativos y Ancestrales A.C.

AMF110408QLA

Asociación Mexicana de Fenilcetonuria A.C.

AGB080901D32

Asociación para Gente con Baja Autoestima A.C.

APA980324FJ6

Asociación Potosina de Alzheimer y Enfermedades Similares A.C.

ASI190619BS4

Asociación Salud Integral para las Comunidades A.B.P.

AVD2204166K4

Asociación Veracruzana para la Defensa de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes A.C.

AME081211TCA

Ayuda Mutua de Exalumnas del Sagrado Corazón de Guadalajara A.C.

FMA2103307H5

Banco de Alimentos La Paz Sin Hambre A.C.

CCD170503IC6

Café Ciudadano en Defensa de los Derechos Humanos A.C.

CIN230303N3A

Capellanes Internacional de Nueva York en México A.C.

CHL910620GS2

Cáritas de Huajuapan de León A.C.

CMA8911092P3

Cáritas de Matamoros A.C.

CAN050718560

Casa de Ayuda Nuestra Comunidad A.C.

CVM221007RV5

Casa de Vida de la Mano de Dios A.C.

CHD050210IYA

Casa Hogar el Descanso A.C.

CHE080111LN4

Casa Hogar Esposos Montaño Terán A.C.

CLF230904IQ6

Casa LGBT+ Familia Apps A.C.

CCC120719IJ1

Centro Cultural Coincidir A.C.

CAD130422TP7

Centro de Atención y Desarrollo Integral del Formador A.C.

CEE050607US3

Centro de Educación Especial Guadalajara Cedue A.C.

CEA2201122S5

Centro Especializado en Adicciones San Miguel A.C.

CSR230802TS4

Centro San Rafael Abre tu Corazón A.C.

CSP850416MKA

Centro Social el Porvenir A.C.

CAE210218AQ0

Centros de Autoayuda Especializados en Adicciones Si Lo Crees Lo Creas A.C.

COC190403HC9

Chocokids A.C.

CAE100713S98

Ciudadanos en Alianza y Empoderamiento Colectivo A.C.

CAD210129PD9

Colibrí del Amanecer Dorado A.C.

CEL150925HB4

Comedor Elenita A.C.

CMA0608319R1

Comedor María Auxiliadora A.C.

CCO220715JS9

Comitecos de Corazón A.C.

CTE230314FZ5

Conexiones Tea A.C.

CCO2008073V3

Consolidando Corazones A.C.

CON130722PP0

Construyendo I.A.P.

CCU190605DU4

Creación 101 A.C.

CEM080222H86

Creación Empresarial A.C.

CSS210605PDA

Creadores de Sonrisas Saludables, con Experiencias Únicas y Divertidas A.C.

CSB231122995

Crissan San Bernardo del Río A.C.

DBC2009114M8

Dc Baja California A.C.

DET050809F64

Desarrollo Educativo Total A.C.

DHN240416US1

Desarrollo Humano y Nutrición de San Luis A.C.

DMO040705K39

Diabéticos en Movimiento I.A.P.

DBS1301246M2

Don Bosco Sobre Ruedas A.C.

ECD091107522

Ecología y Conservación Dharma A.C.

EBA130429TX2

Enlace Barrancas A.C.

ECA1108039F8

Escuela de Carácter A.C.

ELC1410094TA

Esperanza Llena de Colores A.C.

FAE001130NF7

Familiares y Amigos de los Enfermos Psiquiátricos A.C.

FQT130621JR9

Familias que Trascienden A.C.

FUP240220SL0

Familias Unidas por el Parkinson, Fupa A.C.

FAS011101EA7

Fasf A.C.

FCU880614PL3

Filarmónica de Cuernavaca A.C.

FAC2001173Y7

Fomento Asistencial y Cultura de Santiago A.C.

FDS100111M20

Fraternidad para el Desarrollo Social A.C.

FDJ140922NU5

Fundación 10 de Junio A.C.

FOT220705LQ3

Fundación 83 A.C.

FAC230404PC3

Fundación Amándote en Consciencia A.C.

FAM230413QS8

Fundación Amarely A.C.

FAT181210866

Fundación Átika A.C.

FAS020930PAA

Fundación Ayuda en el Servir A.C.

FCI120806IX7

Fundación Comunidad de Interacción Educativa y Cultural A.C.

FDU1202165N2

Fundación Dar un Granito de Amor y una Sonrisa A.C.

FAN9411307C1

Fundación de Apoyo para Niños Especiales A.C.

FGO010306368

Fundación el Gran Olvidado A.C.

FEN0806215T9

Fundación Esperanza para Niños con Diabetes México A.C.

FFE190912NW5

Fundación Femmex A.C.

FFU151106KY1

Fundación Funambularte A.C.

FGM200325SHA

Fundación General Manuel Sobrino Calvo A.C.

FJA210603GK1

Fundación Jóvenes Aprendiendo a Vivir A.C.

FKA230127CG9

Fundación Kamanali A.C.

FLR230804I93

Fundación Lorena Ramírez A.C.

FLE220830VC5

Fundación Lourdes Esquivel A.C.

FMC230223P86

Fundación Macrina Concep A.C.

FMM180220IY0

Fundación Moms México A.C.

FNU210309PR3

Fundación Nutriwell A.C.

FAI1709117L2

Fundación para la Atención e Inclusión del Adulto Mayor A.C.

FPD0808114T6

Fundación Parrense para el Desarrollo Integral de la Mujer A.C.

FPA230513S41

Fundación Patymm A.C.

ICM0802016E2

Fundación Proart A.C.

FRB100416UB9

Fundación Rafael Bonilla Arte y Cultura A.C.

FRL091016B43

Fundación Reyes Leo A.C.

FST230213LV7

Fundación Sirnalia para Todos A.C.

FSU2106063M1

Fundación Sum A.C.

FYN161109P38

Fundación Ynurreta A.C.

FYP160830DL0

Fundación Yucatán Prosalud A.C.

FZU210807V24

Fundación Zaira, Un Ángel Cuidando Ángeles A.C.

GAA220620H92

Grupo de Apoyo Mi Angelito Estrella Gamae A.C.

GLA220926KV4

Grupo Libre Atardecer A.C.

HVU2110283Z4

Halcones Volando por Un Mejor Futuro A.C.

HOH190806H91

Hands Offering Hope México A.C.

HEV110314TI1

Hatikva Esperanza y Vida A.C.

HCE230726526

Hch Centro Ecuestre A.C.

ARV050823FH1

Infancia Vallartense A.C.

IFJ000818597

Instituto Fray Juan Bautista Moya de Huetamo A.C.

IMA590209243

Instituto Mexicano de la Audición y el Lenguaje A.C.

IPP190301JC3

Ippart A.C.

IUN190624PS4

Isabel Una Nueva Vida I.A.P.

JMA2304189M7

Jorge Manríquez A.C.

JIM100512AM1

Jóvenes Involucrados por el México de Hoy A.C.

CEM221209MH0

La Casona del Emigrante y Migrante A.C.

NEM130217LU8

La Nueva Era del Milenio Maya Pakal-Na A.C.

LPP170825MG9

Laboratorio de Políticas Públicas y Observatorio de Acciones de Gobierno A.C.

LMA100308BR9

Libertad de Mujer a Mujer A.C.

PVI050519AW8

Los Pequeños de Villalpando A.C.

LUC2306157N0

Loto un Comienzo Nuevo A.C.

MAG2308164V0

Magnosab A.C.

MCU190722PJ8

Manos Construyendo Un Mundo Mejor A.C.

MPA2306158J2

Manos Partidas S.C.

MSJ200716QL8

Mesa de Seguridad y Justicia para las Mujeres, Niñas, Niños y Adolecentes A.C.

MUP9802045KA

México Unido Pro Derechos Humanos A.C.

MEX141024F30

Mexiquemos A.C.

MVM150107GC2

Ministerio Valle de Mexicali A.C.

MMI231229118

Ministerios Missio A.C.

MPE2306081U7

Mosdot Peer A.C.

MAX240306TN7

Música Antigua Xalapa A.C.

NCS1306204W6

Niños Cosechando Salud A.C.

OSE2112022P2

Org Sempiterno A.C.

OSM120120P7A

Organización Smiles A.C.

PAE171103I87

Pasos de Amor Esperanza y Vida A.C.

PEE910314CV5

Patronato de la Escuela de Educación Especial Roberto Solís Quiroga A.C.

PFI190619T51

Petit Fils A.C.

PST220909LU0

Pies Sobre Tierras Blancas A.C.

UBV190118H64

Por Un Buen Vivir Gb A.C.

PEV230322S25

Prevención y Educación Vial México A.C.

PEM230719L84

Proyecto Empezar A.C.

PAC190527C10

Psicología Arte y Café A.C.

PSV120120NM9

Pucfel para Sentirme Vivo Amado, Útil e Integrado A.C.

REP230524S97

Reserva Eco-Comunidad Proyecto Yum Kaax A.C.

SPA201215SF3

Sentir, Pensar y Ayudar A.C.

SAU190412MZ2

Sinergia de las Auras A.C.

SIA151112FT2

Sistema Innovador de Apoyo Social A.C.

TMO190426QJ4

Terapia en Movimiento A.C.

TLA160621M67

Tlakatekutin A.C.

UDC230619L27

Ubuntu Desde el Corazón A.C.

UAT140502R55

Unidos por Amor a Ti Cuauhtémoc A.C.

UCO230210578

Unión Coxolo-Tetitlán A.C.

UDJ191122S95

Unión Diversa de Jalisco A.C.

UIS900530TA6

Universidad Icel Servicios Educativos S.C.

VAL150116NS1

Val - Amp A.C.

VAQ210205A41

Vaqueravaltierra A.C.

VNU1703161Z2

Vida Nueva para Un Mejor Futuro A.C.

VMU140308EJ7

Voces y Manos Unidas por Oaxaca A.C.

VHP091027PK4

Voluntariado del Hospital Psiquiátrico Infantil A.C.

DXC1112029D4

10 X Ciénega A.C.

YRE190924E34

Yaax Republika A.C.

YAB100611KB8

Yeccan: a Buen Tiempo A.C.

YOU211004PX2

4You-Tlx A.C.

ZSA150303MB8

Zapopan Sin Adicciones A.C.

 

7.3.      Organizaciones multadas que incumplieron el requisito previsto en la fracción III del Transitorio Vigésimo Quinto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, en relación con las reglas 3.10.1.5., fracción I, inciso a) y 3.10.1.12., derivado de haber interpuesto medio de defensa contra la multa impuesta.

RFC

Denominación Social

BVM011123772

Bomberos Voluntarios de Manzanillo A.C.

CAB470320TD8

Casa del Anciano A.B.P.

CMI970819EU9

Colegio Montessori de Irapuato S.C.

FSL2212233A4

Fundación Slgc A.C.

MNA030416CK3

Museo Nacional de la Acuarela Alfredo Guati Rojo A.C.

PIN150914D37

Patronato del Instituto Nacional de Geriatría A.C.

7.4.      Organizaciones que incumplieron la obligación de presentar en tiempo y forma la  “Declaración anual de ingresos y egresos” correspondiente al ejercicio fiscal 2024, a que se refiere el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del ISR, en relación con la regla 3.10.1.5.,  fracción I, inciso b) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.

RFC

Denominación Social

ACS2305153W4

Apoyo Comunitario Shelove A.C.

AEF8608147R6

Asociación de Ex Alumnos de la Facultad de Economía de la UNAM A.C.

AME151215DI4

Asociación Mexicana de Estudiantes Profesores y Profesionales de la Naturopatía Integrativa y Terapéutica Jorge Martínez Ruiz Amepnatura A.C.

CAC900814RW0

Casa Amor de Cuauhtémoc A.C.

CAS8707201U1

Casa del Anciano San Vicente A.C.

CHC9904263N1

Ceda Hogar Cristina A.C.

CSC061213TT0

Club Sertoma Chamizal del Norte A.C.

CJP120615QW4

Comisión Nacional de Justicia Penal y Seguridad Pública A.C.

DWT190723USA

Dental World Training México A.C.

FAY160727899

Fundación Ayabs A.C.

FBE160128I40

Fundación Bernal Monterrey A.C.

FCC0102158D4

Fundación Ciudadanos Contra la Pobreza A.C.

FHR110303FS9

Fundación Haatsalab "Rayo de Esperanza" A.C.

FKI1909045U9

Fundación Karen Islas A.C.

FNA230310UQ6

Fundación Nanny´s A.C.

FPR131022J43

Fundación Proticdes A.C.

GFA210507CM9

Green Fata A.C.

LRA090323UQ8

La Llave Centro de Rehabilitación para Alcohólicos y Drogadictos A.C.

MGA1510085C7

Me Gusta Ayudar a Tepic A.C.

OCG23020396A

Observatorio Ciudadano de Gobierno, Democracia y Legalidad del Estado de Hidalgo A.C.

PHJ2209307D0

Parques, Huertos y Jardines A.C

PHC940223155

Patronato del H. Cuerpo de Bomberos Voluntarios de el Salto Pueblo Nuevo Dgo. A.C.

PHG2007221G1

Patronato Hospital General de Mazatlán Martiniano Carvajal I.A.P.

UCO200403GG6

Por Una Sociedad Convida A.C.

PDH050330LF4

Potencialidad del Desarrollo Humano A.C.

QNF2309043SA

Que no Falte Alimento A.C.

REO141127EJ4

Red Estatal de Organizaciones Sociales y Cooperativas A.C.

UTM140623BG6

Un Triunfo Más A.C.

UCO230727GP6

Unidos Contra la Obesidad Baja California A.C.

 

7.5.      Organizaciones que se encuentran con estatus cancelado ante el RFC.

RFC

Denominación Social

ASC050706IMA

Aportando a su Calidad de Vida A.C.

CED160815SW7

Corazón para la Educación I.A.P.

CAP210125TT3

Cultura y Arte en los Parques A.C.

FCE070911160

Fundación Chespirito I.A.P.

GRT211006BJA

Grupo Renovable para Trabajadores Agrícolas y Medio Ambiente A.C.

MAA850211AN2

Mano Amiga al Anciano A.C.

PPP621125I51

Patronato Pro-Cultura Pestalozzi A.C.

TER030304BZ3

Teratoma A.C.

8.         Organizaciones autorizadas que presentaron Aviso de Suspensión de actividades ante el RFC.

RFC

Denominación Social

ADO040708DD1

Adofazta A.C.

AAM200602QX2

Amfer Apoyándonos Mutuamente A.C.

AAA060215LU2

Amigos de Aami A.C.

AUC1809073X4

Ángeles Unidos de Chihuahua A.C.

AEL110608995

Apoyo Educativo, Lch A.C.

AAC110309AR2

Arco Arte y Conciencia A.C.

ACA140325S62

Arte y Cultura Ani por México A.C.

ANC190910830

Asociación Nacional de Choferes de Aplicaciones Digitales A.C.

BIF021018PE6

Banco Inbursa S.A. Fid Pro Vivah F 1166

BSO200709EX9

Bienestar Social Organizado A.C.

BIZ220222FFA

Bizglo A.C.

BBR111130G20

Bright Brains S.C.

BWT080118321

Bringing The World Together A.C.

CCA140321P98

Cabo Carolina A.C.

CSD2007132T4

Casa Seminario 12 A.C.

CDH111101IG9

Centro de Desarrollo Humano y Espiritualidad Domus Vitae A.C.

CEI150521HJ3

Centro de Equinoterapia Ivanna Ayudas Mutuas A.C.

CVA140624FH6

Centro de Vida Autónoma A.C.

CAA180818CF8

Ciudadanos de Ayuda Agrícola de Dolores de Tetla Tlaxcala A.C.

CEC0411158R7

Colibrí Educación Cultura y Nuevas Tecnologías A.C.

CVQ190406BK3

Construyendo Voluntades Que Ayudan A.C.

CMA080314ES7

Cuarto Menguante Aliento por la Conservación A.C.

DHO141219E47

Deo Hogar A.C.

DSB1310035A2

Desarrollo Sin Barreras Desinba A.C.

ESU111111K5A

Ecoenlace Sustentable A.C.

ECO19020778A

Ecosistema para la Co-Creación de Oportunidades A.C.

MFC141103GE5

El Mango Foro Cultural A.C.

FMI131128464

Fablabmex Makers In Residence A.C.

FUU1712263W2

Familias Unidas por Un Mundo Mejor A.C.

FAI090603MJ2

Fundación de Atención Infantil A.C.

FDH120821C11

Fundación Desarrollo Humano Sustentable A.C.

FGI210716MJ3

Fundación Generación I A.C.

FHG211207GZ9

Fundación Hanna Garduño A.C.

FHS201105IN9

Fundación Hospital San Pancho A.C.

FIT1103289G3

Fundación Ite A.C.

FMC180801G11

Fundación Mexicana Contra la Meningitis A.C.

FFE170605CMA

Fundación para el Fomento de la Ética y la Innovación en la Dirección de Proyectos A.C.

FSC181204QB9

Fundación Sursum Corda I.A.P.

FUN170811MX8

Fundación Underwood A.C.

GBI120223M52

Genómica y Bioeconomía A.C.

GSM8504025S1

Guillermo Sáenz Muñoz A.C.

ITS190829U77

Inclusión 360 A.C.

ITE170119I84

Iniciativa Tesla A.C.

ICI980120GR2

Instituto de Comunicación Internacional de México A.C.

INV1405168H2

Involúcrate A.C.

KCA211023IB5

Kolmena Co-Estilismo & Belleza A.C.

FAC130716H69

La Fuerza de los Ángeles por las Choapas A.C.

MBL170918GD3

La Morada Blanca A.C.

LLI1904129M9

Ley y Libertad A.C.

MOO151111PHA

Mateo Oliva Oliva A.C.

MAS071016R18

México Arte y Salud A.C.

MTM131122218

Movimiento Transformando México A.C.

MAD220721690

Mujer Alfa, Descúbrete y Avanza A.C.

MVM140509KH0

Mujeres Vitales por México A.C.

MFY9911154F3

Museo de los Ferrocarriles de Yucatán A.C.

PAN170823SW9

Patronato Arca de Noé A.C.

PBA1709094X5

Patronato de Bomberos Abelardo Amaya A.C.

PLI180629B48

Perros y Libros A.C.

MQN1408076D8

Por el México Que Nos Vio Nacer A.C.

PCI920910HAA

Project Concern International A.C.

RMO171121NK8

Reign Music Org A.C.

SUN160929M80

Salud Universal Mac A.C.

SAT1905099S3

The Sustainability Atelier A.C.

TLA110527UK7

Tlatzotzonani A.C.

TCQ181128NT7

Trabajo Colectivo Querétaro A.C.

UEM181203TV0

Unidos con Equidad para Mejorar A.C.

VRE8605191V2

Voluntarias de Rehabilitación A.C.

 

9.         Organizaciones que presentaron Aviso de Escisión, liquidación o cese total de operaciones conforme a la regla 3.10.1.4., fracción IV de la Resolución Miscelánea Fiscal.

RFC

Denominación Social

CHA010213SK2

Casa Hogar Auxilio A.C.

CIT151007V22

Cimientos Itisa A.C.

EAV130703LW3

Editorial Avispero A.C.

FAB0804111K2

Fundación ACH Banomil A.C.

FHC9706038E5

Fundación Heberto Castillo Martínez A.C.

PJV930608LU8

Promoción Juvenil Vimar A.C.

 

10.       Organizaciones que presentaron Aviso de Fusión conforme a la regla 3.10.1.4., fracción IV de la Resolución Miscelánea Fiscal.

RFC

Denominación Social

FAV911128SU2

Fundación Ama La Vida I.A.P.

FBA980522QL1

Fundación para el Bienestar del Adulto Mayor I.A.P.

 

11..............................................................................................................................................................................................

12.       Cumplimiento de Sentencias, Recursos de Revocación y Medidas Cautelares.

En cumplimiento a la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2023 y su aclaración de 08 de noviembre de 2023, dictada por la Sala Regional del Pacífico-Centro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Ejercicios 2023, 2024 y 2025

Debe decir:

1.         Autorizaciones.

F.         Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 79, fracción XIX de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

FPL030818NU0

Fundación La Planta S.C.

 

M.        Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.1.7.  de la RMF).

RFC

Denominación Social

Objeto

FPL030818NU0

Fundación La Planta S.C.

Ecológica

 

En cumplimiento a la sentencia de fecha 12 de abril de 2023, dictada por la Primera Sala Regional del Noroeste III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025

Debe decir:

1.         Autorizaciones.

A.         Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

 RFC

Denominación Social

SDT031013132

Salud Digna para Todos I.A.P.

 

M.        Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del Convenio para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América (artículo 82 de la Ley del ISR vigente, antes artículo 70-B de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001 y regla 3.10.1.7.  de la RMF).

RFC

Denominación Social

Objeto

SDT031013132

Salud Digna para Todos I.A.P.

Asistencial

 

En cumplimiento a la sentencia de fecha 05 de febrero de 2025, dictada por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Ejercicio 2021

Dice:

1.         Autorizaciones.

Debe decir:

Organizaciones cuya autorización pierde vigencia.

B.         Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)

RFC

Denominación Social

FUA851220CF0

Fundación Universidad de las Américas Puebla I.B.P.

En cumplimiento a la sentencia de fecha 31 de mayo de 2024, dictada por la Tercera Sala Regional Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Ejercicio 2021

Dice:

1.         Autorizaciones.

Debe decir:

Organizaciones cuya autorización pierde vigencia.

B.         Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 79, fracción X de la Ley del ISR)

 RFC

Denominación Social

UAG7806127I8

Universidad Autónoma de Guadalajara A.C.

 

En cumplimiento a la sentencia de fecha 11 de noviembre de 2024, dictada por la Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Ejercicios 2023, 2024 y 2025

Debe decir:

1.         Autorizaciones.

A.         Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

 RFC

Denominación Social

STO9908186N5

Salud para Todos A.C.

 

En cumplimiento a la sentencia de fecha 30 de marzo de 2023 y su aclaración de 04 de mayo de 2023, dictadas por la Segunda Sala Regional del Noroeste III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Ejercicio 2021

Dice:

1.         Autorizaciones.

Debe decir:

Organizaciones cuya autorización pierde vigencia.

A.         Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 79, fracción VI de la Ley del ISR)

 RFC

Denominación Social

AGR000128RQ0

Agroreservas S. de R.L. de C.V.

 

Atentamente.

Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2025.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco  Varona.- Rúbrica.

ANEXO 16 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2026

Ciudades que comprenden dos o más municipios

Para los efectos del artículo 15, fracción V de la Ley del IVA, en relación con las reglas 1.4., fracción XVI y 4.3.6., se dan a conocer las ciudades que comprenden dos o más municipios, conforme al Sistema Urbano Nacional 2020, elaborado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Consejo Nacional de Población, conforme a lo siguiente:

Nombre de la ciudad

Municipios que la conforman

Entidad federativa

 

Aguascalientes

Aguascalientes

Aguascalientes

 

 

Jesús María

 

 

 

San Francisco de los Romo

 

 

Tijuana

Tijuana

Baja California

 

 

Playas de Rosarito

 

 

Torreón

Matamoros

Coahuila de Zaragoza

 

 

Torreón

 

 

 

Gómez Palacio

Durango

 

 

Lerdo

 

 

Monclova

Castaños

Frontera

Monclova

Coahuila de Zaragoza

 

Piedras Negras

 

Nava

Piedras Negras

Coahuila de Zaragoza

 

Saltillo

Arteaga

Coahuila de Zaragoza

 

 

Ramos Arizpe

 

 

 

Saltillo

 

 

Colima

Colima

Colima

 

 

Comala

 

 

 

Coquimatlán

 

 

 

Cuauhtémoc

 

 

 

Villa de Álvarez

 

 

Tecomán

Armería

Colima

 

 

Tecomán

 

 

Tuxtla Gutiérrez

Chiapa de Corzo

Tuxtla Gutiérrez

Chiapas

 

San Cristóbal de las Casas

San Cristóbal de las Casas

Zinacantán

Chiapas

 

Escuintla

Acacoyagua

Escuintla

Chiapas

 

Chihuahua

Aquiles Serdán

Chihuahua

 

 

Chihuahua

 

 

Ciudad de México

Azcapotzalco

Ciudad de México

 

 

Coyoacán

 

 

 

Cuajimalpa de Morelos

 

 

 

Gustavo A. Madero

Iztacalco

Iztapalapa

La Magdalena Contreras

Milpa Alta

Álvaro Obregón

Tláhuac

 

 

 

Tlalpan

Xochimilco

Benito Juárez

Cuauhtémoc

Miguel Hidalgo

Venustiano Carranza

 

 

 

Tizayuca

Tolcayuca

Hidalgo

 

 

Acolman

México

 

 

Atenco

 

 

 

Atizapán de Zaragoza

 

 

 

Coacalco de Berriozábal

 

 

 

Cocotitlán

 

 

 

Coyotepec

 

 

 

Cuautitlán

 

 

 

Chalco

 

 

 

Chiautla

 

 

 

Chicoloapan

 

 

 

Chiconcuac

 

 

 

Chimalhuacán

 

 

 

Ecatepec de Morelos

 

 

 

Huehuetoca

 

 

 

Hueypoxtla

 

 

 

Huixquilucan

 

 

 

Ixtapaluca

 

 

 

Jaltenco

 

 

 

Melchor Ocampo

Naucalpan de Juárez

Nezahualcóyotl

Nextlalpan

Nicolás Romero

Papalotla

La Paz

San Martín de las Pirámides

Tecámac

Temamatla

Teoloyucan

Teotihuacán

Tepetlaoxtoc

Tepotzotlán

Texcoco

Tezoyuca

Tlalmanalco

Tlalnepantla de Baz

Tultepec

Tultitlán

Zumpango

Cuautitlán Izcalli

Valle de Chalco Solidaridad

Tonanitla

 

 

Ozumba

 

Atlautla

Ozumba

Tepetlixpa

México

 

Tenancingo

Tenancingo

Villa Guerrero

México

 

Ixtapan de la Sal

 

Ixtapan de la Sal

Tonatico

México

 

Moroleón-Uriangato

Moroleón

Uriangato

Guanajuato

 

San Francisco del Rincón

Purísima del Rincón

Guanajuato

 

 

San Francisco del Rincón

 

 

Apaseo el Alto

 

Apaseo el Alto

Apaseo el Grande

Guanajuato

 

Acapulco

Acapulco de Juárez

Guerrero

 

 

Coyuca de Benítez

 

 

Pachuca

Mineral del Monte

Hidalgo

 

 

Pachuca de Soto

 

 

 

Mineral de la Reforma

 

 

 

Zapotlán de Juárez

 

 

 

Zempoala

 

 

Apaxco

Atitalaquia

Atotonilco de Tula

Tlaxcoapan

Tula de Allende

Apaxco

Hidalgo

 

 

 

México

 

Tulancingo

Cuautepec de Hinojosa

Hidalgo

 

 

Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero

 

 

 

Tulancingo de Bravo

 

 

Tezontepec

 

Tezontepec de Aldama

Tlahuelilpan

Hidalgo

 

Guadalajara

Guadalajara

Jalisco

 

 

Juanacatlán

 

 

 

El Salto

 

 

 

Tlajomulco de Zúñiga

 

 

 

San Pedro Tlaquepaque

 

 

 

Tonalá

 

 

 

Zapopan

Zapotlanejo

 

 

Ocotlán

Ocotlán

Poncitlán

Jalisco

 

Puerto Vallarta

Puerto Vallarta

Jalisco

 

 

Bahía de Banderas

Nayarit

 

Poncitlán

Poncitlán

Zapotlán del Rey

Jalisco

 

Toluca

Almoloya de Juárez

Almoloya del Río

Atizapán

México

 

 

Calimaya

Capulhuac

 

 

 

Chapultepec

Xalatlaco

 

 

 

Lerma

 

 

 

Metepec

 

 

 

Mexicaltzingo

 

 

 

Ocoyoacac

 

 

Otzolotepec

 

 

Rayón

San Antonio la Isla

San Mateo Atenco

Temoaya

Tenango del Valle

Tianguistenco

Toluca

Xonacatlán

Zinacantepec

 

La Piedad

Pénjamo

La piedad

Guanajuato

Michoacán de Ocampo

 

Morelia

Charo

Michoacán de Ocampo

 

 

Morelia

 

 

 

Tarímbaro

 

 

Zamora

Jacona

Michoacán de Ocampo

 

 

Zamora

 

 

Uruapan

 

Nuevo Parangaricutiro

Uruapan

Michoacán de Ocampo

 

Lázaro Cárdenas

 

La Unión de Isidoro Montes de Oca

Lázaro Cárdenas

Guerrero

Michoacán de Ocampo

 

Los Reyes

Los Reyes

Tocumbo

Michoacán de Ocampo

 

Cuautla

 

Atlatlahucan

Ayala

Cuautla

Yautepec

Yecapixtla

Morelos

 

Cuernavaca

Cuernavaca

Morelos

 

 

Emiliano Zapata

 

 

 

Huitzilac

 

 

 

Jiutepec

 

 

 

Temixco

 

 

 

Tepoztlán

 

 

 

Xochitepec

Yautepec

 

 

Zacatepec

 

Jojutla

Tlaltizapán de Zapata

Zacatepec

Morelos

 

Puente de Ixtla

Amacuzac

Puente de Ixtla

Morelos

 

Jonacatepec

 

Jantetelco

Jonacatepec de Leandro Valle

Morelos

 

Tepic

Xalisco

Nayarit

 

 

Tepic

 

 

Monterrey

Apodaca

Nuevo León

 

 

Cadereyta Jiménez

 

 

 

El Carmen

Ciénega de Flores

 

 

 

García

 

 

 

San Pedro Garza García

 

 

 

General Escobedo

General Zuazua

 

 

 

Guadalupe

 

 

 

Juárez

 

 

 

Monterrey

Pesquería

Salinas Victoria

San Nicolás de los Garza

Santa Catarina

Santiago

 

 

Oaxaca

Cuilápam de Guerrero

Oaxaca de Juárez

Reyes Etla

Oaxaca

 

 

San Agustín de las Juntas

 

 

 

San Agustín Yatareni

 

 

 

San Andrés Huayápam

 

 

 

San Antonio de la Cal

 

 

 

San Bartolo Coyotepec

 

 

 

San Jacinto Amilpas

 

 

 

Ánimas Trujano

 

 

 

San Lorenzo Cacaotepec

 

 

 

San Pablo Etla

 

 

 

Villa de Etla

San Raymundo Jalpan

 

 

 

San Sebastián Tutla

 

 

 

Santa Cruz Amilpas

 

 

 

Santa Cruz Xoxocotlán

 

 

 

Santa Lucía del Camino

 

 

 

Santa María Atzompa

 

 

 

Santa María Coyotepec

 

 

 

Santa María del Tule

 

 

 

Santo Domingo Tomaltepec

 

 

 

Tlalixtac de Cabrera

 

 

 

Villa de Zaachila

 

 

Tehuantepec

San Blas Atempa

Santo Domingo Tehuantepec

Oaxaca

 

Juchitán

Asunción Ixtaltepec

El Espinal

Juchitán de Zaragoza

Oaxaca

 

Puebla

Acajete

Puebla

 

 

Amozoc

 

 

 

Coronango

 

 

 

Cuautlancingo

 

 

 

Huejotzingo

 

 

 

Juan C. Bonilla

 

 

 

Ocoyucan

 

 

 

Puebla

San Andrés Cholula

San Gregorio Atzompa

San Jerónimo Tecuanipan

San Miguel Xoxtla

San Pedro Cholula

Santa Isabel Cholula

Tepatlaxco de Hidalgo

Tlaltenango

 

 

 

Mazatecochco de José María Morelos

Tlaxcala

 

 

Acuamanala de Miguel Hidalgo

 

 

 

Natívitas

 

 

 

San Pablo del Monte

 

 

 

Tenancingo

 

 

 

Teolocholco

 

 

 

Tepeyanco

 

 

 

Tetlatlahuca

 

 

 

Papalotla de Xicohténcatl

 

 

 

Xicohtzinco

 

 

 

Zacatelco

 

 

 

San Jerónimo Zacualpan

 

 

 

San Juan Huactzinco

 

 

 

San Lorenzo Axocomanitla

 

 

 

Santa Apolonia Teacalco

 

 

 

Santa Catarina Ayometla

 

 

 

Santa Cruz Quilehtla

 

 

Tehuacán

Santiago Miahuatlán

Puebla

 

 

Tehuacán

 

 

Teziutlán

Chignautla

Teziutlán

Puebla

 

Querétaro

Apaseo el Alto

Apaseo el Grande

Corregidora

Guanajuato

 

Querétaro

 

 

Huimilpan

 

 

 

El Marqués

 

 

 

Querétaro

 

 

San Juan del Río

San Juan del Río

Tequisquiapan

Querétaro

 

Cancún

Isla Mujeres

Quintana Roo

 

 

Benito Juárez

 

 

Rioverde

Ciudad Fernández

Rioverde

San Luis Potosí

 

San Luis Potosí

 

Mexquitic de Carmona

San Luis Potosí

Soledad de Graciano Sánchez

San Luis Potosí

 

Guaymas

Empalme

Guaymas

Sonora

 

Villahermosa

Centro

Nacajuca

Tabasco

 

Tampico

Altamira

Tamaulipas

 

 

Ciudad Madero

 

 

 

Tampico

 

 

 

Pánuco

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

 

Pueblo Viejo

 

 

Tlaxcala

Amaxac de Guerrero

Tlaxcala

 

 

Apetatitlán de Antonio Carvajal

 

 

 

Apizaco

 

 

 

Cuaxomulco

 

 

 

Chiautempan

Ixtacuixtla de Mariano Matamoros

 

 

 

Contla de Juan Cuamatzi

 

 

 

Panotla

 

 

 

Santa Cruz Tlaxcala

 

 

 

Tetla de la Solidaridad

 

 

 

Tlaxcala

 

 

 

Tocatlán

 

 

 

Totolac

 

 

 

Tzompantepec

 

 

 

Xaloztoc

 

 

 

Yauhquemehcan

 

 

 

La Magdalena Tlaltelulco

 

 

 

San Damián Texóloc

 

 

 

San Francisco Tetlanohcan

 

 

 

Santa Isabel Xiloxoxtla

 

 

Acayucan

Acayucan

Oluta

Soconusco

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Coatzacoalcos

Coatzacoalcos

Cosoleacaque

Ixhuatlán del Sureste

Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Córdoba

Amatlán de los Reyes

Atzacan

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Córdoba

 

 

Fortín

Ixtaczoquitlán

 

Minatitlán

Cosoleacaque

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Chinameca

 

 

Jáltipan

 

 

Minatitlán

 

 

Oteapan

 

Orizaba

Atzacan

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Camerino Z. Mendoza

 

 

Huiloapan de Cuauhtémoc

 

 

Ixhuatlancillo

 

 

Ixtaczoquitlán

 

 

Mariano Escobedo

 

 

Nogales

 

 

Orizaba

 

 

Rafael Delgado

 

 

Río Blanco

San Andrés Tenejapan

 

 

Tlilapan

 

Poza Rica

Coatzintla

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Poza Rica de Hidalgo

 

 

Tihuatlán

 

Veracruz

Boca del Río

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

 

Medellín de Bravo

Veracruz

 

 

Xalapa

Banderilla

Coatepec

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

 

Emiliano Zapata

Xalapa

 

 

 

Jilotepec

 

 

 

Rafael Lucio

 

 

 

Tlalnelhuayocan

 

 

Mérida

Conkal

Kanasín

Yucatán

 

Mérida

Ucú

 

 

Umán

 

Zacatecas

Guadalupe

Zacatecas

 

Zacatecas

 

Sabinas

Sabinas

San Juan de Sabinas

Coahuila de Zaragoza

Ciudad Altamirano

Pungarabato

San Lucas

Guerrero

Michoacán de Ocampo

Actopan

Actopan

Hidalgo

 

Francisco I. Madero

 

 

San Salvador

 

Mixquiahuala

Mixquiahuala de Juárez

Hidalgo

 

Progreso de Obregón

 

Tetepango

Ajacuba

Hidalgo

 

Tetepango

 

La Barca

 

La Barca

Briseñas

Jalisco

Michoacán de Ocampo

Yurécuaro

Ayotlán

Jalisco

 

Yurécuaro

Michoacán de Ocampo

Tlaquiltenango

Jojutla

Morelos

 

Tlaquiltenango

 

Tuxpan

Rosamorada

Nayarit

 

Tuxpan

 

Matías Romero

Matías Romero Avendaño

Oaxaca

 

Santa María Petapa

 

Ocotlán

Ocotlán de Morelos

Oaxaca

 

San Antonino Castillo Velasco

 

Telixtlahuaca

San Francisco Telixtlahuaca

San Pablo Huitzo

Oaxaca

Puerto Escondido

San Pedro Mixtepec

Santa María Colotepec

Oaxaca

Acatzingo

Acatzingo

Puebla

 

Los Reyes de Juárez

 

Ajalpan

Ajalpan

Puebla

 

Altepexi

Zinacatepec

 

 

Nuevo Necaxa

Huauchinango

Puebla

 

Juan Galindo

 

 

Tlaola

 

Palmarito Tochapan

Palmar de Bravo

Puebla

 

Quecholac

 

Rafael Lara Grajales

Nopalucan

Rafael Lara Grajales

Puebla

San Martín Texmelucan

Chiautzingo

Huejotzingo

San Felipe Teotlalcingo

San Martín Texmelucan

San Matías Tlalancaleca

San Salvador el Verde

Ixtacuixtla de Mariano Matamoros

Tepetitla de Lardizábal

Natívitas

Santa Ana Nopalucan

Puebla

Tlaxcala

Juan José Ríos

Ahome

Guasave

Sinaloa

Culiacán

Culiacán

Navolato

Sinaloa

Naranjos

Naranjos Amatlán

Chinampa de Gorostiza

Veracruz de Ignacio de la Llave

José Cardel

La Antigua

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Puente Nacional

 

Cosamaloapan

Cosamaloapan de Carpio

Carlos A. Carrillo

Veracruz de Ignacio de la Llave

Jalacingo

Xiutetelco

Jalacingo

Puebla

Veracruz de Ignacio de la Llave

Martínez de la Torre

Atzalan

Martínez de la Torre

Veracruz de Ignacio de la Llave

Altotonga

Altotonga

Atzalan

Veracruz de Ignacio de la Llave

Zaragoza

Cosoleacaque

Zaragoza

Veracruz de Ignacio de la Llave

 

Atentamente.

Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2025.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco  Varona.- Rúbrica.

 

 

ANEXO 29 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2026

Disposiciones complementarias para los PCCFDI y los CFDI

Para efectos del artículo 29 Bis, fracción I del CFF, en relación con la regla 1.4., fracción XXIX, se expide el presente Anexo conteniendo disposiciones normativas y especificaciones tecnológicas, así como validaciones adicionales a las establecidas en el Anexo 20 y sus complementos, las cuales deben observar de manera obligatoria los PCCFDI.

Contenido

I.           Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.

II.          Características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita.

III.         Especificaciones para la descarga y consulta de la LCO, LRFC y L_CNE.

IV.        Validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur.

V.         Reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos.

VI.        Validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica.

VII.       Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.

I. Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.

Formato de “Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos”, que deben presentar debidamente firmada por el representante legal, las personas morales en la solicitud de autorización para operar como PCCFDI y PCGCFDISP, así como adjuntar al aviso de la solicitud de renovación de la autorización para operar como PCCFDI y PCGCFDISP.

Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.

Ciudad de México a __ de __ de 20__

Servicio de Administración Tributaria.

Administración General de Servicios al Contribuyente.

Administración Central de Gestión de Servicios y

Trámites con Medios Electrónicos.

Presente:

En la Ciudad de_________________, siendo las _______horas del día _______de__________________ de 20____, el C.____________________, quien cuenta con identificación oficial vigente, expedida por ___________________________________ con número_____________, en nombre y representación legal de la persona moral _________________________, en lo sucesivo el OBLIGADO, así como los C.C.____________________, ____________________ y _________________________, quienes manifiestan ser los contactos tecnológicos de la citada persona moral y que cuentan con identificación oficial vigente expedida por_______________________, _______________ y __________ con número _____________________________, __________________ y ______________, respectivamente, mismas que se anexan en copia simple como anexo del presente documento, en este acto suscriben la presente carta compromiso mediante la cual, en nombre y representación del OBLIGADO, aceptan formalmente las condiciones de resguardo, reserva, custodia y protección de la seguridad y confidencialidad de todo tipo de información y documentos propiedad del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en lo particular, y/o de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) o el Poder Ejecutivo en lo general, de la que tenga conocimiento, con motivo de la autorización para operar como proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), obtenida de conformidad con el artículo 29 Bis del Código Fiscal de la Federación y la regla 2.7.2.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Condiciones del SAT que el OBLIGADO se compromete a observar:

1.      Toda la información propiedad del SAT en particular, y/o de la SHCP o el Poder Ejecutivo en general, que le será proporcionada y entregada al OBLIGADO, está considerada, según sea el caso, como reservada, resguardada, privilegiada, y confidencial, en los términos de las leyes aplicables, por lo que este último se obliga a protegerla, reservarla, resguardarla y no divulgarla, utilizándola única y exclusivamente para llevar a cabo y cumplir con las actividades y obligaciones que expresamente le confiere la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI otorgada por el SAT, así como la normatividad aplicable a la misma.

          De forma enunciativa, más no limitativa, en dicha información se incluye la referente a personas, identidades de funcionarios, instalaciones, domicilios y documentos, pertenecientes al SAT y propiedad del mismo, respectivamente.

2.      Es responsabilidad del OBLIGADO que el personal a su cargo que intervenga en cualquiera de las actividades como proveedor de certificación de CFDI, reserve, proteja, guarde y custodie la información y documentación propiedad del SAT, así como a restituirla cuando este último se lo requiera.

          En el entendido de que el OBLIGADO en ningún momento revelará o hará uso de la información confidencial y reservada.

3.      A partir de que le sea otorgada la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI y aún en los años posteriores a que pierda la referida autorización el OBLIGADO deberá mantener la más estricta confidencialidad de toda la información y documentación que le sea revelada por el SAT, por lo que bajo ninguna circunstancia divulgará dicha información y documentación, ni la aprovechará para su beneficio o el de terceros, obligándose frente al SAT a responder por los actos u omisiones de sus empleados y personal relacionado con la actividad como proveedor de certificación de CFDI.

          Por ningún motivo el OBLIGADO elaborará copias o reproducciones de la información que le sea proporcionada en forma directa o indirecta.

4.      El SAT tendrá derecho de exigir en cualquier momento al OBLIGADO la devolución de la información que le haya proporcionado de forma directa o indirecta, derivado de la actividad como proveedor de certificación de CFDI, durante o después de la vigencia de la autorización obtenida.

5.      El OBLIGADO será responsable en caso de que la información sea divulgada por su personal en activo o aquél que haya laborado y que hubiera tenido acceso a la información antes mencionada.

6.      Es responsabilidad del OBLIGADO, conservar y reservar toda la información entregada por el SAT, de la misma manera en que ésta le sea entregada.

          Asimismo, devolverá dicha información en la forma y términos en que el SAT se la solicite, por lo que en ningún caso y bajo ningún título podrá retener la misma.

7.      El OBLIGADO no podrá transmitir o ceder en forma alguna los derechos y obligaciones que asume en virtud de la presente carta y de la autorización obtenida para realizar la actividad como proveedor de certificación de CFDI.

8.      El OBLIGADO asume que, en caso de incumplimiento de su parte respecto de cualquier compromiso o condición especificada en esta carta, incluso a través de cualquier persona a la que le haya dado acceso a la información pagará al SAT la totalidad de cualquier daño, perjuicio o menoscabo que le llegare a causar con motivo de su incumplimiento, a través de la ejecución de la fianza otorgada para obtener la autorización como proveedor de certificación de CFDI.

9.      Cualquier aviso o requerimiento que el OBLIGADO y el SAT deban hacerse con motivo de la presente carta deberá ser enviado por escrito.

10.    El OBLIGADO no podrá usar la imagen, nombre, logo o ningún otro distintivo del SAT, para propaganda, publicidad, notas, etiquetado de producto o para cualquier otro propósito, lo anterior de manera enunciativa más no limitativa a menos de que cuente con el consentimiento expreso y por escrito del SAT, por lo que asume cualquier responsabilidad por el manejo indebido que haga de esta información o beneficios que obtenga de la misma, así como por los eventuales daños y perjuicios que pudiese ocasionar al SAT en caso de no respetar esta prohibición, de conformidad con las disposiciones de la materia que resulten aplicables.

El C. ___________________________________, en su carácter de representante legal o apoderado de la persona moral ________________________________, así como los C.C. _________________________, ____________________________________________________ y ______________________________, aceptan haber leído y comprendido las condiciones de resguardo, reserva, custodia, protección de la seguridad y confidencialidad de todo tipo de información y documentación de que tenga conocimiento, con motivo de su actividad como proveedor de certificación de CFDI, descritas en este documento y declaran bajo protesta de decir verdad, en nombre de la persona moral _______________________________, así como a título personal, que se comprometen a cumplirla en su totalidad, sin menoscabo de las demás obligaciones y prohibiciones establecidas en la normatividad fiscal aplicable, en el entendido de que el incumplimiento a cualquiera de estas será causa de la aplicación de las sanciones correspondientes e inclusive la revocación de la autorización para proveedor de certificación de CFDI.

 

__________________________________

(Nombre y firma del representante legal o apoderado de la empresa)

(Nombre o razón social de la persona moral)

(Correo electrónico de la empresa)

 

________________________________

(Nombre y firma del contacto tecnológico de la persona moral)

(Clave en el RFC)

(Número telefónico)

(Correo electrónico)

II. Características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita.

Para efectos del artículo 29 Bis del CFF, así como en la regla 2.7.2.8., fracción VII “Obligaciones de los proveedores de certificación de CFDI” y la ficha de trámite 139/CFF “Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI”, contenida en el Anexo 2, las características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita aquí contenidos, constituyen un requisito que deberán cumplir las personas morales que soliciten autorización para operar como PCCFDI y, en su caso, cumplir para continuar operando con su autorización como PCCFDI.

Así mismo, el PCCFDI debe demostrar que cumple con los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicios mínimos de la aplicación gratuita señalados en el presente documento.

Cabe señalar que los PCCFDI, adicionalmente deben cumplir con lo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción IV antes citada, por lo que los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicios mínimos, pueden ser verificados y supervisados por parte del SAT, y de los terceros que para tales efectos habilite la autoridad fiscal.

II.1        Requerimientos funcionales mínimos:

1.      La aplicación gratuita deberá habilitar la emisión de CFDI.

2.      Dicha herramienta tendrá funcionalidad básica para el procesamiento ágil y eficiente del CFDI uno a uno, incluyendo el “Complemento para recepción de Pagos” y el complemento de “Timbre fiscal digital”, sin adendas.

3.      Deberá aceptar la carga del o los CSD del contribuyente, para el sellado de los comprobantes.

4.      Permitir precargar los datos fiscales del contribuyente emisor.

5.      Generación del documento digital que ampara el comprobante fiscal para su validación y certificación, cumpliendo con la especificación técnica del Anexo 20 y en los documentos técnicos normativos.

6.      Validación y certificación (timbrado) del documento digital que ampara el comprobante fiscal.

7.      Entrega al contribuyente emisor del comprobante certificado o acuse de rechazo.

8.      Administrar el almacenamiento de los comprobantes.

9.      Permitir al emisor del comprobante consultar, guardar o imprimir los comprobantes durante los tres meses seguidos a partir de la certificación del comprobante.

10.    Enviar copia del CFDI al SAT de manera inmediata una vez realizada la certificación del documento digital que ampara el comprobante fiscal.

II.2        Servicios generales mínimos:

Los proveedores deberán proporcionar a los contribuyentes usuarios del servicio de la aplicación gratuita al menos los siguientes elementos:

1.      Firma de un acuerdo contractual con el contribuyente solicitante del servicio de consentimiento en lo relativo al manejo, seguridad y confidencialidad de la información que se proporcione al proveedor de certificación de CFDI.

2.      Publicación de un manual y un tutorial del usuario a través de Internet.

3.      Elaborar las preguntas frecuentes de su aplicación y publicarlas en su página de Internet.

4.      Deberán contar con un servicio de recepción y atención de quejas y solicitudes de soporte.

II.3        Niveles de servicio mínimos que serán establecidos entre el PCCFDI y los usuarios de su aplicación gratuita.

1.      La aplicación gratuita, deberá estar en operación en un plazo máximo de setenta y dos horas, contadas a partir de la fecha del otorgamiento del certificado de sello digital del SAT.

2.      La aplicación con todos sus servicios deberá estar disponible 7X24/365 con una disponibilidad de 99.3% por ciento, donde el 0.7% por ciento es el periodo de tiempo máximo en que la aplicación podría no estar disponible por causas no planeadas e imputables al proveedor.

3.      Las solicitudes de soporte y quejas deberán ser atendidas por el proveedor en un plazo no mayor a dos horas y resueltas en un plazo no mayor a ocho horas.

4.      El tiempo de respuesta del servicio básico (gratuito) debe ser el mismo, que el del servicio avanzado (con costo), diferenciado sólo por las características funcionales adicionales que este último pudiese tener.

II.4       Consideraciones sobre la medición de la disponibilidad del servicio.

Disponibilidad del servicio se define como el porcentaje de tiempo, en que un sistema realiza la función que le es propia. Disponibilidad es la proporción de tiempo en que el sistema cumple con la función para la cual está dispuesto, en relación con el tiempo en que debería haber estado disponible, y se determina  a partir de:

Tiempo Total (TT): Todos los tiempos son medidos en minutos enteros.

Tiempo Fuera de Operación (TFO) “Downtime”: Es el tiempo total en que no están disponibles los servicios que provee un sistema debido a fallas en el hardware y/o en el software. Lo anterior no incluye el tiempo durante el cual una unidad del sistema puede estar abajo, pero el servicio que provee el sistema se mantiene arriba. Este tiempo NO incluye el tiempo “planeado” fuera de operación ocasionado por mantenimientos permitidos.

Tiempo Planeado Fuera de Operación (TPFO): Es el tiempo en que el Servicio se encuentra fuera de operación, debido a ventanas de tiempo de mantenimiento planeadas y programadas de manera anticipada (como aplicaciones de parches, actualizaciones de firmware, aplicación de notas de servicio, mantenimientos preventivos, observando el cumplimiento de los requerimientos de Nivel de Servicio.

La disponibilidad será calculada de conformidad con la siguiente fórmula:

La medición de la disponibilidad de los servicios se realizará en forma diaria recolectando la información generada por los servicios, acumulando esta información hasta el cierre del mes, en donde se llevarán a cabo los cálculos finales del comportamiento de la disponibilidad de los servicios durante ese período y los datos serán cotejados contra los reportes y quejas presentadas por los usuarios del servicio.

III.         Especificaciones para la descarga y consulta de la LCO, LRFC y L_CNE.

III.1       Listado de Contribuyentes Obligados (LCO).

Con la finalidad de que los proveedores de certificación autorizados por el SAT realicen la validación, consistente en validar que el CSD del contribuyente emisor, con el que se selló el documento haya estado vigente en la fecha de su expedición y su estado haya sido Activo; en este apartado se da a conocer el procedimiento para la consulta y descarga de la LCO, a efecto de que se realice la validación del CSD del contribuyente emisor, así como en su caso, la validación de marcas adicionales que sean requeridas para la certificación del CFDI.

A.         Premisas.

1.      La LCO (Lista de Contribuyentes Obligados), es una lista en formato XML, firmada en estándar PKCS#7 por el SAT y contiene la información de las claves de RFC que están asociados a uno o algunos CSD conforme al régimen aplicable para la emisión de CFDI, y contiene el estado del o de los certificados, es decir, si están Revocados, Caducos o Activos.

2.      Los certificados con estado de Revocado o Caduco permanecen en la lista durante los tres siguientes días naturales a aquel en el que el certificado cambió de estado de Activo a Revocado o Caduco, al cuarto día natural, los datos del certificado se eliminan de la LCO.

3.      Las claves de RFC contenidas en la LCO, también tienen marcas que identifican alguna obligación o requerimiento para la inclusión de cierta información en los CFDI.

4.      La LCO se actualiza y publica todos los días.

5.      Deben ser consultadas todos los días por los proveedores de certificación.

         Se debe consultar la LCO del día, o bien la lista inmediata anterior cuando no esté publicada la del día en curso.

6.      El SAT publicará un archivo de control junto con los archivos de la LCO, en el cual se identifique el número de archivos que comprende la lista, así como el hash de cada uno de ellos para que los proveedores de certificación realicen su verificación.

7.      La lista deberá ser puesta en operación por parte de los proveedores de certificación dentro de las dos horas posteriores a la que se publique en el contenedor por parte del SAT.

B.         Procedimiento.

1.      Los proveedores de certificación, accederán a la LCO autenticándose con su e.firma vigente, a través de un servicio WEB que el SAT pondrá a su disposición de acuerdo a la especificación técnica que el SAT les proporcione para tales efectos.

2.      En caso de que los proveedores de certificación realicen la renovación de su certificado de e.firma, deberán notificarlo inmediatamente al SAT, a través del correo electrónico que la ACGSTME proporcione directamente a los proveedores, indicando el número de serie del nuevo certificado de e.firma, el cual deberá encontrarse con estatus Activo, para que pueda continuar con el acceso al servicio WEB de descarga de la LCO con la nueva e.firma. Los proveedores de certificación deberán realizar la renovación del certificado de e.firma, una vez efectuada la descarga del archivo con la LCO del día en curso.

3.      Descargar el archivo con la LCO del día, o bien la lista inmediata anterior cuando la del día en curso no esté publicada.

4.      Desencriptar el archivo con el CSD que le fue otorgado por el SAT.

5.      Actualizar los sistemas de validación con el insumo de la LCO.

6.      Realizar las validaciones referentes al estatus del CSD y lo referente a las marcas de obligaciones vinculadas a las claves de RFC.

7.      Resguardar las listas de las descargas realizadas durante el plazo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción XXIV.

             Cabe señalar que el cliente para Azure Blob Storage, se notifica vía correo electrónico por única ocasión a los proveedores de certificación, cuando obtienen la autorización a efecto de que configuren sus servicios.

C.         Integración de la LCO y aplicación de validaciones.

          La LCO se integra de 6 datos o campos:

1.      RFC del emisor.- En este campo se ubica la clave de RFC del contribuyente y se expresa con una cadena alfanumérica de 12 o 13 posiciones, este dato se utiliza para realizar la validación del requisito legal contenido en el artículo 29-A, fracción II del CFF consistente en que el CFDI y el CFDI que ampara retenciones e información de pagos, según corresponda, debe contener el sello digital del contribuyente que lo expide, las validaciones al atributo “Certificado”, del estándar tecnológico del comprobante fiscal contenido en el Anexo 20, así como las validaciones contenidas en la regla 2.7.2.9.

2.      Estado del certificado (clave).- En este campo se indica el estado del CSD del contribuyente emisor del CFDI (Activo, Revocado o Caduco), indicando según el caso, alguno de los siguientes valores para identificar el estatus del certificado en cuestión.

a)      Valor A = Activo

b)      Valor R = Revocado

c)      Valor C = Caduco

         Este dato se utiliza para realizar las validaciones al atributo “Certificado”, del estándar tecnológico del comprobante fiscal contenido en el Anexo 20, consistente en que “El certificado debe estar vigente a la fecha y hora de expedición del comprobante”, si el número de CSD, no está contenido en la LCO asociado a una clave de RFC, el CFDI no se deberá certificar.

3.      Número de serie del certificado de sello digital.- En este campo se establece el número de CSD del contribuyente emisor del CFDI, que se integra de 20 caracteres numéricos.

         Este dato se utiliza para realizar las validaciones al atributo “Certificado”, del estándar tecnológico del comprobante fiscal contenido en el Anexo 20.

4.      Fecha inicial de la vigencia del certificado de sello digital.- En este campo se indica la fecha inicial de la vigencia del CSD, con el siguiente formato:

         AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

         Este dato debe utilizarse por los proveedores de certificación, para identificar si el CSD del emisor del comprobante fiscal estuvo vigente en la fecha y hora en la que se expidió el comprobante.

5.      Fecha final de la vigencia del certificado de sello digital.- En este campo se indica la fecha final de la vigencia del CSD, con el siguiente formato:

         AAAA-MM-DDTHH:MM:SS

         Este dato debe utilizarse por los proveedores de certificación, para identificar si el CSD del emisor del comprobante fiscal estuvo vigente en la fecha y hora en la que se expidió el comprobante.

6.      Validez de obligaciones (clave).- En este campo se indica si el contribuyente emisor de la factura cuenta o no con obligaciones fiscales para facturar, y se indica con un valor numérico de 0, 1, 2, 3 y 4 que señalan lo siguiente:

a)      Valor 0 = No cuenta con obligaciones para facturar. No se le permite al contribuyente emitir facturas, en este caso, el proveedor no puede certificar las facturas emitidas por una clave de RFC que tenga valor “0” en la LCO.

b)      Valor 1 = Cuenta con obligaciones para facturar (puede facturar con IVA exento, tasa 0% y 16%).

c)      Valor 2 = Cuenta con obligaciones para facturar (puede facturar con IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% - Región fronteriza norte).

d)      Valor 3 = Cuenta con obligaciones para facturar (puede facturar con IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% - Región fronteriza sur).

e)      Valor 4 = Cuenta con obligaciones para facturar (puede facturar con IVA exento, tasa 0%, 8% y 16% - Región fronteriza norte y sur).

A manera de ejemplo y sólo para fines didácticos, se muestra cómo se encuentra registrada la información en la LCO en el archivo XML:

<lco:Contribuyente RFC="AAA010101AA0">

<lco:Certificado FechaInicio="2019-07-04T17:11:28" FechaFinal="2023-07-04T17:11:28" noCertificado="30001000000400000008" EstatusCertificado="A" ValidezObligaciones="1"/>

</lco:Contribuyente>

Los datos de la clave de RFC y noCertificado, considerados en este ejemplo no pueden ser utilizados en ambiente de pruebas ni en producción.

D.         Validación de que el CSD del emisor del CFDI haya sido emitido por el SAT.

A efecto de realizar la validación contenida en el Anexo 20, fracción I, apartado F o fracción II, apartado E, al atributo “Certificado” del nodo comprobante o nodo Retenciones según corresponda, consistente en que “El certificado debe ser emitido por el Servicio de Administración Tributaria”, los proveedores de certificación, deben verificar la cadena de confianza de los certificados que utilizan los contribuyentes en la emisión de CFDI y asegurar que efectivamente hayan sido emitidos por el SAT, consultando la siguiente liga donde están publicados los certificados:

             http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/certificado_sello_digital.htm

III.2       Lista de contribuyentes inscritos no cancelados en el Registro Federal de Contribuyentes (LRFC).

El artículo 29 Bis del CFF señala que los CFDI deben cumplir con las especificaciones que en materia de informática determine el SAT, en este sentido, es obligación de los proveedores en el proceso de certificación de CFDI, que para que un comprobante sea certificado y se le asigne un folio, adicionalmente a lo que establece el artículo 29 Bis, fracción I del CFF, deben validar que el documento cumpla con la especificación técnica del Anexo 20.

El Anexo 20, establece las validaciones “Cuando no se utilice un RFC genérico, el RFC debe estar en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT” para los atributos “Rfc” del nodo Receptor, y “RfcR” del nodo Retenciones: Receptor/Nacional, según corresponda.

Para cumplir con estas validaciones a cargo de los PCCFDI, el SAT pone a su disposición la LRFC.

A.      Premisas.

1.      Es un archivo en formato TXT que contiene las claves de RFC de los contribuyentes Inscritos no Cancelados a los que se les puede facturar.

2.      Las claves de RFC CANCELADOS no están contenidas en la LRFC; por lo tanto, no pueden recibir CFDI.

3.      La LRFC se publican todos los días de la semana y contiene información con corte al día anterior al de la publicación, consta de un grupo de archivos.

4.      Deben ser consultadas todos los días por los proveedores de certificación.

5.      Se debe consultar la LRFC más reciente proporcionada por el SAT.

6.      La diferencia entre la LRFC y el servicio de validación de clave de RFC disponible en el Portal del SAT, es que en la LRFC, si incluye la validación del estatus de la clave RFC, por lo que las claves RFC con estatus de “Cancelado” no pasarán la validación realizada con la LRFC.

7.      Si una clave de RFC no pasa la validación y se obtiene una validación exitosa en el Portal del SAT, se deberá:

a)      Verificar la fecha de inscripción en el RFC y

b)      Si es posterior al corte de información de la última LRFC publicada, es necesario esperar a la siguiente publicación para que se actualice la información.

8.      El SAT publicará un archivo de control junto con los archivos de la LRFC, en el cual se identifique el número de archivos que comprende la lista, así como el hash de cada uno de ellos para que los proveedores de certificación realicen su verificación.

9.      La lista deberá ser puesta en operación por parte de los proveedores de certificación dentro de las dos horas posteriores a la que se publique en el contenedor.

B.     Procedimiento

1.      Los proveedores de certificación, accederán a la LRFC autenticándose con su e.firma, a través de un servicio WEB que el SAT pondrá a su disposición de acuerdo a la especificación técnica que el SAT les proporcione para tales efectos.

2.      En caso de que los proveedores de certificación realicen la renovación de su certificado de e.firma, deberán notificarlo inmediatamente al SAT, a través del correo electrónico que la ACGSTME proporcione directamente a los proveedores, indicando el número de serie del nuevo certificado de e.firma, el cual deberá encontrarse con estatus Activo, para que pueda continuar con el acceso al servicio WEB de descarga de la LRFC con la nueva e.firma. Los proveedores de certificación deberán realizar la renovación del certificado de e.firma, una vez efectuada la descarga del archivo con la LRFC del día en curso.

3.      Descargar el archivo con la LRFC del día, en su caso la más reciente cuando no se encuentre publicada la del día en curso.

4.      Desencriptar el archivo con la clave del CSD que le fue otorgado por el SAT.

5.      Actualizar los sistemas de validación con el insumo de la LRFC.

6.      Realizar las validaciones que se realizan con el insumo de la LRFC.

7.      Resguardar las LRFC de las consultas realizadas durante el plazo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción XXIV.

Cabe señalar que el cliente para Azure Blob Storage, se notifica vía correo electrónico por única ocasión a los proveedores de certificación, cuando obtienen la autorización a efecto de que configuren sus servicios.

C.     Integración de la LRFC y aplicación de validaciones

La LRFC se integra con 6 datos o campos:

1.      RFC del contribuyente.- Este campo contiene la clave de RFC del receptor del CFDI y se integra de una cadena alfanumérica de 12 o 13 posiciones, este dato se utiliza para realizar la validación al atributo “Rfc” del nodo Receptor y “RfcR” del nodo Retenciones:Receptor/Nacional, según corresponda, del estándar tecnológico de la factura Anexo 20, consistente en precisar la Clave del RFC correspondiente al contribuyente receptor del comprobante.

2.      Marca de unidad adherida al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, este campo contiene dos valores binarios conforme a lo siguiente:

a)      Valor 0 = El contribuyente no es una unidad adherida al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

b)      Valor 1 = El contribuyente es una unidad adherida del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

          La información contenida en este campo se utiliza cuando se certifica un CFDI de tipo nómina para realizar la validación consistente en: Si el atributo “Rfc” del emisor contiene la marca de unidad adherida al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, con valor “1”, el Elemento:EntidadSNCF del Complemento Nómina, debe existir y en otro caso, no debe existir.

3.      Marca de Subcontratación. El emisor presta servicios de subcontratación de nómina (valor binario).

a)      Marca binaria 0 = No se encuentra en el padrón de subcontratación.

b)      Marca binaria 1 = Se encuentra en el padrón de subcontratación.

          La información contenida en este campo se utiliza cuando se certifica un CFDI de tipo nómina para realizar la validación consistente en: Si el RFC se encuentra registrado en la LRFC con marca de subcontrataciones debe registrar el nodo “Subcontratacion”.

4.      Nombre o razón social. Este campo se integra con el nombre o razón social del contribuyente registrado en el padrón del RFC:

a)      Para Personas Físicas el formato es Nombre(s), Apellido Paterno y Apellido Materno.

b)      Para Personas Morales se incluye la denominación o razón social.

          La información contenida en este campo se utiliza para realizar las validaciones que establece el Anexo 20 para los atributos que el mismo se señalan.

5.      Código Postal. Este campo se integra por el Código Postal asociado al domicilio fiscal del contribuyente contenido en las bases de datos del RFC. Se integra de una cadena numérica de 5 posiciones.

6.      Marca de Retencion. Esta marca corresponde a los contribuyentes emisores de CFDI de tipo Ingreso que son sujetos de retención de impuestos, de acuerdo a lo siguiente:

a) Valor 0 = Contribuyente persona física y persona moral de cualquier régimen.

b) Valor 1 = Contribuyente persona física del RESICO no obligado a que le retengan ISR.

La información contenida en este campo se utiliza para realizar las validaciones que establece el Anexo 20 para los atributos que el mismo se señalan.

El contenido de la LRFC se integrará de la siguiente manera:

         RFC|SNCF|Subcontratacion|Nombre_Razon_Social|Codigo_Postal|Retencion

AAAA010101AA0|0|0|JOSE LUIS ESPINOZA FUENTES|09000|1

AAA010101AA0|0|0|LA MEJORA |74720|0

SAX970701NN0|0|0|SERVICIO ADMON TRIBUTARIA|06330|0

El tratamiento de la información contenida en la LCO y LRFC, y en general todos los insumos que el SAT proporciona a los proveedores de certificación para llevar a cabo las funciones relacionadas con la autorización, debe ser tratada como información confidencial, tal como lo señala la “Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos”, incluida en la fracción I de este Anexo, y que los proveedores de certificación de CFDI están obligados a cumplir de conformidad con la regla 2.7.2.8., fracciones VI y XV. El incumplimiento a la regla 2.7.2.8., fracción VI, es una causal de revocación en términos de la regla 2.7.2.12., fracción I, inciso b).

III.3 Listado de la Comisión Nacional de Energía (L_CNE)

El artículo 29-A, fracción V, inciso f) del CFF establece que los CFDI deberán contener el número de permiso vigente concedido por la Comisión Nacional de Energía. Por su parte, el 29 Bis del CFF señala que los CFDI deben cumplir con las especificaciones que en materia de informática determine el SAT; en ese sentido, con la finalidad de que los proveedores de certificación autorizados por el SAT realicen la validación consistente en que la información asociada a los números de permisos otorgados por la autoridad competente al contribuyente, así como las claves de productos que se registran en el Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos corresponda con la información que se encuentra en el listado L_CNE asociado al RFC emisor; en este apartado se da a conocer el procedimiento para la consulta y descarga de la L_CNE, a efecto de que se realice la validación mencionada.

A.    Premisas.

1.      La L_CNE es una lista en formato TXT, firmada en estándar PKCS#7 por el SAT y contiene la información de los números de permisos otorgados por la autoridad competente, el RFC del titular del permiso y las claves de producto que deben registrarse en el CFDI en el Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos.

2.      La L_CNE, contiene únicamente números de permisos vigentes.

3.      La L_CNE se actualiza y publica todos los días.

4.      Debe ser consultada todos los días por los proveedores de certificación.

Se debe consultar la L_CNE del día, o bien la lista inmediata anterior cuando no esté publicada la del día en curso.

5.      El SAT publicará un archivo de control junto con los archivos de la L_CNE, en el cual se identifique el número de archivos que comprende la lista, así como el hash de cada uno de ellos para que los proveedores de certificación realicen su verificación.

6.      La lista deberá ser puesta en operación por parte de los proveedores de certificación dentro de las dos horas posteriores a la que se publique en el contenedor por parte del SAT.

B.    Procedimiento.

1.      Los proveedores de certificación, accederán a la L_CNE autenticándose con su e.firma vigente, a través de un servicio WEB que el SAT pondrá a su disposición de acuerdo con la especificación técnica que el SAT les proporcione para tales efectos.

2.      Descargar el archivo con la L_CNE del día, o bien la lista inmediata anterior cuando la del día en curso no esté publicada.

3.      Desencriptar el archivo con el CSD que le fue otorgado por el SAT.

4.      Actualizar los sistemas de validación con el insumo de la L_CNE.

5.      Resguardar las listas de las descargas realizadas durante el plazo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción XXIV.

C.    Integración de la L_CNE y aplicación de validaciones.

La L_CNE se integra de 3 campos:

1.      Número de permiso.- En este campo, se ubica el número de permiso otorgado por la autoridad competente asociado un RFC, se expresa con una cadena alfanumérica de entre 15 y 35 posiciones, corresponde con la nomenclatura del número de permiso conforme al catálogo catHidroYPetro:c_TipoPermiso del Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos, en caso de que contenga un número de permiso diferente, no se deberá certificar el CFDI.

2.      RFC.- En este campo, se ubica la clave del RFC asociado al número de permiso otorgado por la autoridad competente y debe ser igual al RFC del emisor, en caso de que contenga un RFC diferente, no se deberá certificar el CFDI.

3.      Clave.- La información en este campo se utiliza para validar que la clave registrada en el atributo Conceptos:Concepto:ClaveProdServ sea igual a la registrada en la L_CNE, la cual debe estar asociada con el número de permiso otorgado por la autoridad competente y el RFC emisor debe ser igual al registrado en la L_CNE, en caso de que contenga un RFC o una clave diferente, no se deberá certificar el CFDI.

El contenido de la L_CNE se integrará de la siguiente manera:

NumeroPermiso|RFC|Clave

PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/(Año)|GARS7XXXXXXXX|00000000

PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/(Año)|GARS7XXXXXXXX|00000000

H/(N° Consecutivo)/COM/(Año)| SVF7XXXXXXXX|00000000

H/(N° Consecutivo)/COM/(Año)| SVF7XXXXXXXX|00000000

H/(N° Consecutivo)/COM/(Año)| SVF7XXXXXXXX|00000000

PL/(N° Consecutivo)/DIS/OM/(Año)|MPI0XXXXXXXX|00000000

PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/MM/(Año)|YHTSXXXXXXXX|00000000

PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/MM/(Año)|YHTSXXXXXXXX|00000000

PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/MM/(Año)|YHTSXXXXXXXX|00000000

CNE/PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/(Año)|OHAK7XXXXXXXX|00000000

CNE/PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/(Año)|OHAK 7XXXXXXXX|00000000

CNE/H/(N° Consecutivo)/COM/(Año)| XRE7XXXXXXXX|00000000

CNE/H/(N° Consecutivo)/COM/(Año)| XRE7XXXXXXXX|00000000

CNE/H/(N° Consecutivo)/COM/(Año)| XRE77XXXXXXXX|00000000

CNE/PL/(N° Consecutivo)/DIS/OM/(Año)|JIX0XXXXXXXX|00000000

CNE/PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/MM/(Año)|MLPTXXXXXXXX|00000000

CNE/PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/MM/(Año)| MLPTXXXXXXXX|00000000

CNE/PL/(N° Consecutivo)/EXP/ES/MM/(Año)| MLPTXXXXXXXX|00000000

IV.        Validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur.

IV.1      Validaciones en estructura base de CFDI.

En relación con lo señalado en el artículo 29 Bis, primer párrafo, fracción I del CFF, que se refiere a la obligación a cargo de los proveedores de certificación de validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, así como lo señalado en la regla 2.7.2.8., fracción IX, en la que se establece “Enviar al SAT los CFDI, al momento en que realicen su certificación, con las características y especificaciones técnicas que le proporcione el SAT”, y a efecto de cumplir con el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte”, y en el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur”, en este apartado, se señalan las validaciones adicionales, a cargo de los proveedores de certificación.

Por lo anterior, los proveedores de certificación, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte, y en la región fronteriza sur, para efecto de aplicar la tasa del 8% del IVA, deberán validar adicionalmente a lo señalado en el Anexo 20 (estándar tecnológico del CFDI), lo siguiente:

Nodo Emisor

Validación

Rfc

La clave de RFC contenida en la LCO tenga en el dato “validez de obligaciones”, un valor de “2”, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte.

La clave de RFC contenida en la LCO tenga en el dato “validez de obligaciones”, un valor de “3”, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza sur.

La clave de RFC contenida en la LCO tenga en el dato “validez de obligaciones”, un valor de “4”, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte y sur.

En caso contrario no se deberá certificar el documento.

Nodo Concepto

Validación

ClavProdServ

CFDI

La clave de productos y servicios del catálogo del Anexo 20, debe contener la marca que identifica que puede aplicar una tasa de IVA de 0.080000, de lo contrario no se deberá certificar el documento.

CFDI global

Cuando la clave del producto o servicio sea 01010101 “No existe en el catálogo”, y el RFC del Receptor corresponde a la clave genérica en el RFC (XAXX010101000), se permitirá el uso de una tasa de IVA Trasladado de 0.080000.

Nodo Comprobante

Validación

LugarExpedicion

La clave señalada en la columna “Estímulo Franja Fronteriza”, que corresponda a la clave de código postal del catálogo c_CodigoPostal, debe contener el valor “1” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en la región fronteriza norte.

La clave señalada en la columna “Estímulo Franja Fronteriza”, que corresponda a la clave de código postal del catálogo c_CodigoPostal debe contener el valor “2” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en la región fronteriza sur.

En caso contrario no se deberá certificar el documento.

 

Para el caso de que el CFDI que se pretenda certificar, no cumpla con las tres validaciones anteriores y que en el atributo TasaoCuota del Nodo Traslado la tasa del catálogo c_TasaOCuota del CFDI se tenga el valor fijo de 0.080000 para el tipo de Impuesto IVA, no se deberá certificar.

En el caso de que se registre información en el nodo “ACuentaTerceros”, se debe:

1.          Para el atributo “RfcACuentaTerceros”, aplicar las validaciones del nodo Emisor de este apartado.

2.          Validar en el nodo concepto al que pertenece este nodo hijo “ACuentaTerceros”, que la clave de productos y servicios del catálogo del Anexo 20, contenga la marca que identifica que puede aplicar una tasa de IVA del 0.080000.

3.          Para el atributo “DomicilioFiscalACuentaTerceros”, este dato debe estar contenido en el catálogo c_CodigoPostal, y tener la marca en la columna “Estímulo Franja Fronteriza”, el valor “1” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte, y el valor “2” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza sur.

             Tratándose de operaciones realizadas en zona fronteriza norte y sur la validación del domicilio fiscal del tercero, se deberá realizar directamente en el catálogo de códigos postales, conforme al párrafo anterior, en sustitución a la validación establecida en el Anexo 20 referente a “El valor de este atributo debe encontrarse en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT y debe estar asociado a la clave de RFC registrado en el atributo RfcACuentaTerceros del Nodo ACuentaTerceros”.

Si se cumplen las validaciones antes mencionadas, en el atributo Concepto:Impuestos:Traslados:Traslado:TasaOCuota, la tasa de catálogo c_TasaOCuota del CFDI, deberá contener el valor fijo de 0.080000 para el tipo de impuesto IVA.

IV.2      Validaciones a complementos derivado de la aplicación del “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur”

Para efectos del estímulo en materia de IVA contenido en el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte”, y en el “Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur”, las validaciones a realizar para:

1.      El “Complemento de Estado de Cuenta de Combustibles para Monederos Electrónicos Autorizados por el SAT”, que se emite de conformidad con la regla 3.3.1.10., fracción III.

2.      El “Complemento Consumo de Combustibles”.

Son las que se detallan en los siguientes apartados:

A.         Complemento de Estado de Cuenta de Combustibles para Monederos Electrónicos Autorizados por el SAT.

1.      Validar que la clave del atributo “Rfc” del Nodo: ConceptoEstadoDeCuentaCombustible (Rfc del enajenante del combustible) del complemento, esté contenida en la LCO y tenga en el atributo “validez de obligaciones”, el valor “2”, tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte, el valor “3” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza sur, y el valor “4” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza sur y norte.

2.      Validar que en el atributo “TasaOCuota” del nodo Traslado del complemento, contenga el valor fijo de 0.080000 para el tipo de impuesto IVA.

3.      En caso de que el IVA trasladado sea de una tasa diferente al 8%, deberá verificarse que el contribuyente cuente con obligaciones válidas para facturar (“validez de obligaciones” = “1”, “2”, “3” o “4”).

         Se precisa que:

a)      Cuando el contribuyente tenga en el campo de validez de obligaciones de la LCO el valor “1”, el contribuyente podrá facturar operaciones exentas de IVA, tasas 0% y 16% de IVA.

b)      Cuando el contribuyente tenga el valor “2”, “3” o “4” en el dato Validez de obligaciones, el contribuyente podrá facturar operaciones exentas de IVA, tasas 0%, 8%  y 16% de IVA.

             Respecto de la certificación del CFDI con el “Complemento de Estado de Cuenta de Combustibles para Monederos Electrónicos Autorizados por el SAT”, no deberán certificar CFDI donde la clave de Rfc del enajenante del combustible tenga en el dato “validez de obligaciones” de la LCO una  marca “0”.

B.         Complemento Consumo de Combustibles.

1.      Que la clave del atributo “rfc” del Nodo: ConceptoConsumoDeCombustibles (Rfc del enajenante del combustible) del complemento, esté contenida en la LCO y tenga en el atributo “validez de obligaciones”, el valor “2” para facturas que se expidan en la región fronteriza norte, el valor “3”, para facturas que se expidan en la región fronteriza sur, y el valor “4” tratándose de facturas que se expidan por los actos o actividades que realicen los contribuyentes ubicados en región fronteriza norte y sur.

2.      Que en el atributo “tasaOCuota” del Nodo Determinado del complemento, contenga el valor fijo de 0.080000 para el tipo de impuesto IVA.

V.         Reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos.

Este apartado tiene como propósito definir las reglas sobre las cuales se regirán las métricas de evaluación, control de la operación y la calidad del servicio de recepción de CFDI al SAT.

             Los servicios que el SAT evalúa son los siguientes:

1.      Envío de CFDI al SAT

2.      Certificación de los CFDI

V.1       Políticas de aplicación general:

1.      Las mediciones las realiza el SAT de manera mensual.

2.      Las observaciones, reportes, solicitudes de revisión, o quejas que se reciban por parte del contribuyente respecto del proceso de certificación para lo cual fue autorizado por el SAT, se consideran elementos para la determinación de incumplimientos por parte del proveedor.

3.      En ambiente productivo, en ningún caso se podrán utilizar CSD de pruebas, los cuales son otorgados por el SAT exclusivamente para realizar ello (pruebas).

         Los CSD de pruebas, se encuentran publicados en el Portal del SAT en: Trámites y servicios / Factura electrónica / Material adicional / Documentos relacionados, en la opción de Certificados de prueba, o bien, en la siguiente URL:

         https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461176399967&ssbinary=true

         Adicionalmente, el SAT puede hacer entrega de CSD a los proveedores de certificación, únicamente para hacer pruebas en la certificación.

4.      Tratándose de la evaluación del servicio de envío al SAT:

a.      El porcentaje mínimo de envíos exitosos, deberá ser mayor o igual al 99.9 %.

b.      La operación de envío de CFDI al SAT deberá ser dentro de la primera hora a partir de la certificación del comprobante.

c.       El envío de los comprobantes que se realice después de una hora a partir de la hora del timbrado, será recibido, pero marcado como extemporáneo y será una transacción contabilizada como operación exitosa.

d.      Tratándose de suspensiones por parte del SAT en los servicios de recepción, que deriven en el envío extemporáneo de los CFDI, estas transacciones no se contabilizarán para la medición de los indicadores de operación.

e.      En caso de que el comprobante no se encuentre en las bases de datos del SAT, se considerará como comprobante no enviado.

f.       En caso de que los datos (metadatos) enviados en el comprobante no sean válidos, se marcará como metadatos no válidos.

g.      En caso de que los datos (metadatos) enviados no correspondan al comprobante, se marcará como metadatos no correspondientes al CFDI.

V.2       Envío del CFDI al SAT

             El Porcentaje de Envíos Exitosos (PEE): se calculará tomando en cuenta:

             Envíos Exitosos (EE): Se considera una Transacción Exitosa o un Envío Exitoso, a la operación de envío de un CFDI que realiza el proveedor al servicio de recepción del SAT y que obtenga un acuse satisfactorio.

             Transacciones Totales (TT): Que se refiere al total de las transacciones que el proveedor ha enviado al SAT, sin importar tipo ni estado.

Por medio de este indicador, se conocerá la eficiencia del servicio del proveedor para el envío de los CFDI al SAT, expresado en puntos porcentuales.

La fórmula de cálculo queda como sigue:

V.3       Operaciones Extemporáneas.

Porcentaje de Transacciones Extemporáneas (PTE): Por medio de este indicador, se conocerá la eficiencia del servicio del proveedor para el envío de los CFDI al SAT.

Operación Extemporánea (OE): Se considera una Operación Extemporánea a la operación de envío de un CFDI que realiza un proveedor al servicio de recepción del SAT obteniendo un acuse satisfactorio, pero fuera del tiempo especificado.

Envíos Exitosos (EE): Se considera una Transacción Exitosa o un Envío Exitoso, a la operación de envío de un CFDI que realiza un proveedor al servicio de recepción del SAT y que obtenga un acuse satisfactorio.

La fórmula de cálculo queda como sigue:

V.4       Contingencias.

Se considera una contingencia a la eventualidad que interrumpa el servicio de recepción/cancelación del proveedor al contribuyente (incluida la aplicación gratuita) sin previa programación.

En caso de contingencia, el proveedor deberá informar al SAT mediante la mesa de servicios SAT.

V.5       Ventanas de Mantenimiento.

Se considera una ventana de mantenimiento a la interrupción programada en el servicio de la aplicación gratuita, en la certificación que autoriza el SAT y en el envío de CFDI al servicio de recepción de CFDI.

Para mejoras y mantenimiento continuo a la infraestructura y a la aplicación, el proveedor podrá planear y ejecutar ventanas de mantenimiento trimestrales, de máximo veinticuatro horas, lo anterior será notificado al SAT enviando el formato de notificación de ventanas de mantenimiento por correo electrónico con una anticipación de siete días.

V.6       Glosario de términos.

1.      Porcentaje de envíos exitosos (PEE): Se define como el indicador calculado a partir de dividir el total de los envíos exitosos entre el total de transacciones, expresado en puntos porcentuales.

2.      Envíos exitosos (EE): Se considera una Transacción exitosa o un Envío Exitoso, a la operación de envío de un CFDI que realiza un proveedor al servicio de recepción del SAT y que obtenga un acuse satisfactorio.

3.      Transacciones totales (TT): Es el total de las transacciones que el proveedor ha enviado al SAT, sin importar tipo ni estado.

4.      Porcentaje de transacciones extemporáneas (PTE): Se define como el indicador calculado a partir de dividir el total de las operaciones extemporáneas, entre el total de los envíos exitosos, expresado en puntos porcentuales.

5.      Operación extemporánea (OE): Una operación extemporánea es la operación de envío de un CFDI que realiza un proveedor al servicio de recepción del SAT obteniendo un acuse satisfactorio, pero fuera del tiempo especificado.

6.      Contingencias: Se considera una contingencia a la eventualidad que interrumpa el servicio de certificación, de recepción, o de cancelación del proveedor al contribuyente (incluida la aplicación gratuita) sin previa programación.

7.      Ventanas de Mantenimiento: Se considera una ventana de mantenimiento al tiempo durante el cual la aplicación gratuita, el servicio de certificación, de recepción, o de cancelación esté sin servicio, esto es, no podrá responder a las solicitudes de los contribuyentes, se compone de fecha de inicio, fecha de terminación, hora de inicio y hora de terminación.

VI.        Validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica.

VI.1      Validaciones adicionales al Anexo 20.

             1. Atributo: TipoCambio.

             Para efectos de la descripción del atributo TipoCambio del nodo comprobante, que señala que:

             “Si el valor está fuera del porcentaje aplicable a la moneda tomado del catálogo c_Moneda, el emisor debe obtener del PAC que vaya a timbrar el CFDI, de manera no automática, una clave de confirmación para ratificar que el valor es correcto e integrar dicha clave en el atributo Confirmacion.”

             Al respecto, se precisa que la clave de confirmación estará vigente a partir de que el SAT publique en su Portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación y para parametrizar los montos y rangos máximos aplicables.

             En cuanto a la validación adicional contenida en el último párrafo, del apartado F, de la fracción I, del Anexo 20, para el atributo “TipoCambio” del nodo comprobante consistente en:

             “Cuando el valor de este atributo se encuentre fuera de los límites establecidos, debe existir el atributo Confirmacion.”

             Se precisa que, en tanto el SAT publique en su Portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación y para parametrizar los montos y rangos máximos aplicables, no será aplicable la validación adicional contenida en el último párrafo, del apartado F., de la fracción I, del Anexo 20, citada en el párrafo inmediato anterior y no será considerado como un incumplimiento para el proveedor.

             2. Atributo: “Total”.

             La descripción del atributo “Total” del nodo comprobante se deberá entender de la siguiente manera:

             En cuanto a la validación consistente en: “Si el valor es superior al límite que establezca el SAT en la RMF vigente, el emisor debe obtener del PAC que vaya a timbrar el CFDI, de manera no automática, una clave de confirmación para ratificar que el valor es correcto e integrar dicha clave en el atributo Confirmacion. No se permiten valores negativos”. Esta iniciará su vigencia a partir de que el SAT publique en su Portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación y para parametrizar los montos máximos aplicables.

3. Atributo: “Exportacion”.

Para efectos de la segunda validación del atributo Exportacion donde señala que:

“Si el atributo contiene el valor “02” debe existir el Complemento para Comercio Exterior”.

Se precisa que, además se debe considerar lo siguiente:

“Si el tributo contiene el valor “04” puede o no existir el Complemento para Comercio Exterior”.

             4. Atributo: “Confirmacion”.

             Se precisa que lo señalado en la descripción del atributo “Confirmacion”, del Anexo 20, referente a:

             “Atributo condicional para registrar la clave de confirmación que entregue el PAC para expedir el comprobante con importes grandes, con un tipo de cambio fuera del rango establecido o con ambos casos. Es requerido cuando se registra un tipo de cambio o un total fuera del rango establecido.”

             Su aplicación estará vigente cuando el SAT publique en su Portal de Internet los procedimientos para generar la clave de confirmación para parametrizar los montos y rangos máximos aplicables, por lo que este atributo no deberá registrarse hasta en tanto, se publiquen los referidos procedimientos para generar la clave de confirmación.

             Lo anterior también será aplicable a las validaciones adicionales contenidas en apartado F., de la fracción I., del Anexo 20, para el atributo “Confirmacion” consistentes en:

             “El Proveedor de Certificación debe verificar que el emisor le haya solicitado esta clave de confirmación y que no se utilice en más de un comprobante.

             El Proveedor de Certificación debe enviar una notificación al emisor de que ya se utilizó esta clave de confirmación.”

             Lo descrito aquí para el atributo “Confirmacion” del Anexo 20, no será considerado como un incumplimiento para el proveedor.

5. Nodo: “InformacionGlobal”.

5.1. Para efectos de la segunda validación del nodo InformacionGlobal donde señala que:

“Si el valor registrado en el atributo Rfc del nodo Receptor contiene XAXX010101000 y el valor registrado en el atributo Nombre del nodo Receptor contiene el valor “PUBLICO EN GENERAL” este nodo debe existir”.

Se precisa que conjuntamente se debe considerar lo siguiente:

Que el valor registrado en el atributo TipoDeComprobante debe ser “I”.

5.2. Año

Para efectos de la validación del atributo Año donde señala que:

“El valor de este atributo debe ser igual al año en curso o al año inmediato anterior. Para validar el año en curso o el año inmediato anterior se debe considerar el registrado en el atributo Fecha”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior se debe considerar lo siguiente:

“El valor de este atributo debe ser igual al año en curso o uno de los años de hasta cinco ejercicios anteriores. Para validar el año de este atributo se debe considerar el registrado  en el atributo Fecha”.

6. Nodo: “ACuentaTerceros”.

Se precisa que, cuando se trate de operaciones de expedición de CFDI por residentes en México que prestan servicios de intermediación entre terceros a oferentes de bienes y servicios residentes en el extranjero, se deben aplicar las siguientes validaciones:

RfcACuentaTerceros:

Si el valor registrado en este atributo es “EXT990101NI1”, el valor de este atributo no debe validarse en la lista l_LCO y el atributo NombreACuentaTerceros debe contener el valor “EXPEDICIÓN DE CFDI POR RESIDENTES EN MÉXICO QUE PRESTAN SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN ENTRE TERCEROS A OFERENTES DE BIENES Y SERVICIOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”.

NombreACuentaTerceros:

Si el valor registrado en este atributo es “EXPEDICIÓN DE CFDI POR RESIDENTES EN MÉXICO QUE PRESTAN SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN ENTRE TERCEROS A OFERENTES DE BIENES Y SERVICIOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”, el valor de este atributo no debe validarse en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT y el atributo RfcACuentaTerceros debe contener el valor “EXT990101NI1”.

RegimenFiscalACuentaTerceros:

Si el atributo RfcACuentaTerceros contiene el valor “EXT990101NI1” en este atributo se debe registrar la clave “616”.

DomicilioFiscalACuentaTerceros:

Si el valor del atributo RfcACuentaTerceros es EXT990101NI1, este atributo debe ser igual al valor del atributo LugarExpedicion y no debe validarse en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT.

7. Nodo “Retenciones”.

Se precisa que para lo señalado en el Nodo “Retenciones” a nivel concepto del CFDI de tipo Ingreso de la fracción I del Anexo 20, referente a:

“Nodo opcional para asentar los impuestos retenidos aplicables al presente concepto”, deberán validar adicionalmente a lo señalado en el Anexo 20 (estándar tecnológico del CFDI), lo siguiente:

1. Puede existir el nodo “Retenciones”, siempre que:

a)   El RFC del emisor contenga la marca Retención con valor “1” en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT:

b)   El atributo “RegimenFiscal” del Nodo Emisor, contenga el valor “626”.

c)   El atributo “Rfc” del Nodo “Emisor” contenga una longitud de 13 posiciones (persona física) y el atributo “Rfc” del Nodo “Receptor” contenga una longitud de 12 posiciones (persona moral).

d)   Y se deberá validar que a nivel del Concepto no contenga el valor 001 (ISR) en el atributo del Impuesto del nodo hijo “Retencion” del elemento Retenciones.

2.   Cuando el RFC del emisor contenga la marca Retención con valor “0” en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT, se deberá estar a las validaciones establecidas en el Anexo 20 para este nodo.

      8. Atributo: “ObjetoImp”.

Para efectos de la segunda validación adicional del atributo “ObjetoImp”, del Anexo 20, donde señala que:

“Si el valor registrado en este atributo es “02” el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto debe existir, en caso contrario no debe existir dicho nodo”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior, se debe considerar la siguiente:

“Si el valor registrado en este atributo es “02” el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto debe existir.

Cuando este atributo contiene el valor “06” o “08", en el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto no deben existir los nodos hijo “Retencion” y “Traslado” con el atributo “Impuesto” con el valor “002” y/o “003”; puede existir el nodo “Retenciones” con al menos un nodo hijo “Retencion” con el valor ”001” en el atributo “Impuesto”.

Si este atributo contiene el valor “07", en el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto no deben existir los nodos hijo “Retencion” y “Traslado” con el atributo “Impuesto” con el valor “002”; puede existir el nodo “Retenciones”, con al menos un nodo hijo “Retencion” con el valor “001” en el atributo “Impuesto”; debe existir al menos el nodo hijo “Traslado” con el valor “003” en el atributo “Impuesto” y puede existir el nodo hijo “Retencion” con el valor “003” en el atributo “Impuesto”.

En caso de que el valor registrado en este atributo es “01”, “03”, “04” o “05” el nodo hijo Impuestos del nodo Concepto no debe existir”.

9. Atributo: “ClaveProdServ”.

Para efectos de las validaciones adicionales del atributo “ClaveProdServ”, del Anexo 20, donde señala que:

Deben existir los complementos que señale el catálogo c_ClaveProdServ aplicables para este atributo.

Deben existir los impuestos trasladados y/o retenidos que señale el catálogo c_ClaveProdServ aplicables para este atributo.

Se precisa que, adicional se debe validar lo siguiente:

Cuando se registre cualquiera de las siguientes claves 15101505, 15101514 o 15101515 y el TipoDeComprobante sea “I” o “E”, debe existir el ”Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos” por cada nodo Concepto registrado.

VI.2      Validaciones adicionales a complementos.

1.      Complemento para recepción de Pagos (REP).

         Para efectos de la regla 2.7.1.40., la cual indica el procedimiento para la emisión del CFDI, los proveedores de certificación deben considerar que si sus clientes realizan operaciones en las cuales emitan CFDI por operaciones de factoraje financiero con documentos distintos a CFDI, podrán emitir el CFDI con “Complemento para recepción de Pagos” pudiendo registrar en el campo “Descripcion” del CFDI al que se le incorpora el complemento, la descripción e indicación de la operación por la cual se tiene u originó el derecho de cobro que se cede, así como el número, nombre o identificador que tenga el documento o documentos que soportan, prueban o identifican los derechos de cobro objeto de la operación de factoraje financiero.

         Para efectos del párrafo anterior, los proveedores de certificación podrán no considerar la regla de validación del campo “Descripcion” del “Elemento: Comprobante”, consistente en “Para este atributo se debe registrar el valor “Pago”, contenida en el estándar del complemento para recepción de pagos.

         Lo antes expuesto será aplicable a solicitud expresa de sus clientes, que indiquen que el CFDI de pagos se emite bajo este escenario.

1.1    Atributo: “ObjetoImpDR”.

Para efectos de la segunda validación adicional del atributo “ObjetoImpDR”, del estándar del Complemento para recepción de Pagos donde señala que:

“Si el valor registrado en este atributo es “02” el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado debe existir en caso contrario no debe existir dicho nodo”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior, se debe considerar la siguiente:

“Si el valor registrado en este atributo es “02” el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado debe existir.

Cuando este atributo contiene el valor "06" o "08", en el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado no deben existir los nodos hijo “RetencionDR” y “TrasladoDR” con el atributo “ImpuestoDR”, con el valor "002" y/o "003", puede existir el nodo “RetencionesDR” con al menos un nodo hijo “RetencionDR” con el valor “001” en el atributo “ImpuestoDR”.

Si este atributo contiene el valor “07", en el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado no deben existir los nodos hijo RetencionDR y TrasladoDR con el atributo ImpuestoDR con el valor "002"; puede existir el nodo “RetencionesDR”, con al menos un nodo hijo “RetencionDR” con el valor "001" en el atributo “ImpuestoDR”; debe existir al menos el nodo hijo “TrasladoDR”, con el valor "003" en el atributo “ImpuestoDR” y puede existir el nodo hijo “RetencionDR” con el valor "003" en el atributo “ImpuestoDR”.

En caso de que el valor registrado en este atributo sea "01", "03", "04" o "05", el nodo hijo ImpuestosDR del nodo DoctoRelacionado, no debe existir”.

2.      Validaciones al CFDI de retenciones e información de pagos.

         En caso de error en las facturas electrónicas de retenciones, éstas se deberán cancelar y reexpedirse con los datos correctos, en caso de que la operación se haya llevado a cabo y relacionar el UUID del CFDI que se cancela.

2.1.   NomDenRazSocR:

         Si el valor registrado en este atributo es “PÚBLICO EN GENERAL”, el valor “XAXX010101000” debe existir en el atributo RfcR del nodo Receptor:Nacional.

2.2.   DomicilioFiscalR:

         Si el valor del atributo RfcR del nodo Receptor:Nacional es “XAXX010101000”, el valor de este atributo debe ser igual al registrado en el atributo LugarExpRetenc.

2.3.   Ejercicio:

Para efectos de la segunda validación del atributo Ejercicio donde señala que:

“El valor de este atributo debe ser igual al año en curso o al año inmediato anterior. Para validar el año en curso o el año inmediato anterior se debe considerar el registrado en el atributo FechaExp”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior se debe considerar lo siguiente:

“El valor de este atributo debe ser igual al año en curso o uno de los años de hasta cinco ejercicios anteriores. Para validar el año de este atributo se debe considerar el registrado en el atributo FechaExp”.

2.4.   CveRetenc:

Para efectos de la segunda validación del atributo CveRetenc donde señala que:

“Si el valor registrado en este atributo es “25”, se debe registrar información en el atributo DescRetenc”.

Se precisa que, en sustitución de la validación anterior, se debe considerar lo siguiente:

“Si el valor registrado en este atributo es “25”, se debe registrar información en el atributo DescRetenc, en caso contrario, es opcional registrar información en dicho atributo”.

3.      Validaciones a las revisiones de los CFDI y sus complementos que publique el SAT en la página de Internet.

         Los proveedores de certificación, están obligados a realizar las validaciones que se incluyan en las revisiones de los CFDI y sus complementos que publique el SAT en su página de Internet, así como observar lo establecido y dado a conocer a través de comunicados que el SAT les realice.

VI.3      Servicio de cancelación.

1.      Códigos de respuesta del servicio de cancelación para los CFDI.

      Se enlistan, en sustitución de los publicados en el Anexo 20, los códigos de respuesta que genera el servicio de cancelación para los CFDI.

Códigos de respuesta del comprobante fiscal digital por Internet

EstatusUUID

Descripción del código

Código

Solicitud de cancelación recibida

201

UUID Previamente cancelado

202

UUID No encontrado o no corresponde al emisor

203

UUID No aplicable para cancelación

204

UUID No existe

205

UUID No corresponde a un CFDI del Sector Primario

206

No se especificó el motivo de cancelación o el motivo no es válido

207

Folio de sustitución inválido

208

Folio de sustitución no requerido

209

La fecha de solicitud de cancelación es mayor a la fecha de declaración

210

La fecha de solicitud de cancelación rebasa el límite para una factura global

211

Relación no válida o inexistente

212

EstatusPetición

Descripción del código

Código

Usuario no válido

300

XML mal formado

301

Sello mal formado o inválido

302

Sello no corresponde al emisor

303

Certificado revocado o caduco

304

Certificado inválido

305

Uso de certificado de e.firma inválido

310

Clave de motivo de cancelación no válida

311

UUID no relacionado de acuerdo a la clave de motivo de cancelación

312

 

2.      Códigos de respuesta del servicio de cancelación para el CFDI de retenciones e información de pagos.

      Se enlistan, en sustitución de los publicados en el Anexo 20, los códigos de respuesta que genera el servicio de cancelación para los CFDI de retenciones e información de pagos.

Códigos de respuesta del comprobante fiscal digital por internet, que ampara retención e información de pagos

EstatusUUID

Descripción del código

Código

Solicitud de cancelación recibida

1201

UUID Previamente cancelado

1202

No encontrado o no corresponde al emisor

1203

UUID No existe

1205

EstatusPetición

Descripción del código

Código

Autenticación no válida

1300

XML mal formado

1301

Estructura de folio no válida

1302

Estructura de RFC no válida

1303

Estructura de fecha no válida

1304

Certificado no corresponde al emisor

1305

Certificado no vigente

1306

Uso de e.firma no permitido

1307

Certificado revocado o caduco

1308

Firma mal formada o inválida

1309

Clave de motivo de cancelación no válida

1310

UUID no relacionado de acuerdo a la clave de motivo de cancelación

1311

Folio Sustitución no válido

1312

Solicitud fuera del plazo de la declaración anual

1313

Relación no válida

1314

 

VII.       Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.

En el presente apartado se señalan los lineamientos de uso gráfico del logotipo que otorga el SAT a los proveedores de certificación y los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos para el uso de este logotipo, a efecto de que puedan cumplir con la obligación establecida en la regla 2.7.2.8., fracción XXI consistente en publicar en su página de Internet el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación proporcionado por el SAT.

VII.1.    Logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI.

A.      Lineamientos generales:

1.      El logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI, que otorga el SAT, está registrado ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

2.      El Dictamen de Uso de Imagen y Diseño para Proveedor de Certificación de CFDI, se otorga a la empresa que obtuvo del SAT, autorización para operar como proveedor de certificación, y el logotipo incluirá el número de autorización asignado a dicho proveedor.

3.      El logotipo que otorga el SAT a los proveedores autorizados de certificación de CFDI, deberá ser implementado en la página de Internet del proveedor en un lugar visible, en la sección en la que informe de los servicios de certificación de facturación que ofrece.

4.      El logotipo autorizado por el SAT y otorgado a los proveedores autorizados de certificación de CFDI, es intransferible e inalienable y no podrá ser utilizado por terceros.

5.      El logotipo que otorga el SAT a los proveedores autorizados de certificación de CFDI, es de uso exclusivo para su incorporación en la página de Internet del proveedor de certificación autorizado y en su papelería. Queda prohibida cualquier utilización distinta a la señalada expresamente en este documento.

6.      Queda estrictamente prohibido la utilización del logotipo para fines personales o ajenos al proceso de certificación, contenido en el artículo 29 Bis, primer párrafo fracciones I, II y III del CFF, objeto por el cual, el SAT otorgó la autorización para operar como proveedor de certificación.

7.      Los proveedores de certificación que requieran usar el logotipo en medios distintos a su página electrónica y en la papelería de la empresa, como puede ser: medios publicitarios, incluyendo backs e invitaciones para eventos, así como en medios audiovisuales y digitales, deberán solicitar con una anticipación mínima de quince días hábiles el permiso a la ACGSTME del SAT, utilizando para ello la ficha de trámite 141/CFF “Avisos del proveedor de certificación de CFDI” del Anexo 2, quien procederá a consultar y validar con la Administración Central de Comunicación Institucional. La solicitud de autorización de uso del logotipo en medios distintos a los señalados en este documento, deberá indicar el lugar, medio, formato y fecha en la cual se requiera usar.

8.      Una vez presentada la solicitud de autorización para el uso del logotipo en medios distintos a los señalados en este documento, a que se refiere el punto anterior, el proveedor deberá esperar a que se le notifique el Dictamen correspondiente, el cual señalará la autorización o no del uso de logotipo del SAT en medios distintos.

9.      El SAT se reserva el derecho de autorizar o denegar el uso del logotipo al proveedor en aplicaciones o en medios distintos a su página electrónica y en su papelería impresa o documentación digital relacionada con el objeto de la autorización que otorgó el SAT para operar como proveedor de certificación.

B.     Lineamientos de uso gráfico:

1.      El logotipo otorgado por el SAT, no se podrá cambiar, crear variación alguna, transcribir o deformar el logotipo ya sea, condensándolo o expandiéndolo.

2.      No se podrá utilizar un color de fondo distinto o, cambiar las proporciones del logotipo.

          El logotipo que otorga el SAT siempre deberá portarse con la resolución adecuada para que se proyecte con alta calidad y definición. Por ningún motivo se deberá utilizar un gráfico con baja resolución que demerite su imagen.

C.     Requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos.

Como parte de la implementación de la imagen distintiva (logotipo de los proveedores autorizados de certificación de CFDI), se emiten los presentes requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos, a efecto de garantizar el uso correcto de la imagen distintiva.

1.      La imagen distintiva (logotipo de los proveedores autorizados de certificación de CFDI), deberá ser implementado durante los cinco días naturales siguientes a la fecha de recepción del Dictamen de Uso de Imagen y Diseño para Proveedor de certificación de CFDI.

2.      El proveedor deberá publicar el logotipo oficial entregado por el SAT:

a.      En su página electrónica en Internet, en la sección en la que informe de los servicios de certificación de facturación que ofrece en un lugar visible.

b.      En su página de Internet, en la sección en la que brinde el servicio gratuito de facturación.

c.       En su página electrónica en Internet, en la sección en la que brinde el servicio de facturación con cobro, en caso de existir.

3.      En las secciones antes mencionadas, el proveedor de certificación, deberá incluir en el logotipo oficial un hipervínculo directo a la página del SAT concretamente a la sección de proveedores de certificación autorizados, en donde se ubica su información de contacto, para la correcta identificación por parte de sus clientes y sus visitantes de sus sitios web.

4.      El proveedor, debe mantener visible el logotipo oficial que le fue entregado por el SAT veinticuatro horas por siete días de la semana. El Logotipo debe estar visible todo el tiempo que esté disponible el Portal de Internet.

5.      El proveedor conoce y acepta que el SAT podrá verificar la correcta implementación de la imagen distintiva en su(s) portal(es) en Internet.

6.      El proveedor se hace sabedor y acepta que por ningún motivo el logotipo que le es entregado podrá ser transferido a terceros en su nombre, y que no podrá ser utilizado en ningún otro sitio de Internet, en caso de incumplimiento este se hará acreedor a la sanción establecida en la normatividad aplicable.

Firma de conformidad

(Nombre y firma del representante legal o apoderado del PCCFDI)

_____________________________________

Nombre o denominación del Proveedor de certificación de CFDI

Ciudad de _____ a __ del mes de ______ de 20__.

(Indicar Lugar y fecha que corresponda)

Atentamente.

Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2025.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco  Varona.- Rúbrica.