DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 258 y 467 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en materia del recurso de apelación

Publicado en: DOF 26 de Enero de 2024

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 258 Y 467 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, EN MATERIA DEL RECURSO DE APELACIÓN

Artículo Único.- Se reforman el segundo párrafo del artículo 258 y las fracciones IV, VII y XI del artículo 467 y se adicionan las fracciones XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII, al artículo 467 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial  de la Federación.

Ciudad de México, a 13 de diciembre de 2023.- Dip. Marcela Guerra Castillo, Presidenta.- Sen. Ana Lilia Rivera Rivera, Presidenta.- Dip. Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, Secretaria.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 24 de enero de 2024.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.