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Decretos (DOF) |
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad |
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Publicado en: DOF 14 de Junio de 2024 |
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE VIVIENDA, DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES Y DE LA LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Artículo Primero.- Se reforman los artículos 19, fracción XXI; 71, primer párrafo; y 78, primer párrafo, de la Ley de Vivienda.
Artículo Segundo.- Se reforma la fracción I del artículo 21; y el inciso j del artículo 30 y se adiciona un inciso l al artículo 30 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Artículo Tercero. Se reforma el artículo 18; y se adiciona una fracción X al artículo 44 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 29 de abril de 2024.- Sen. Ana Lilia Rivera Rivera, Presidenta.- Dip. Marcela Guerra Castillo, Presidenta.- Sen. Navor Alberto Rojas Mancera, Secretario.- Dip. Pedro Vázquez González, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 14 de junio de 2024.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.