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ACUERDO 1 aprobado por el Consejo de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 |
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Jueves 16 de mayo de 2013 |
El Consejo Nacional de Armonización Contable, con fundamento en el artículo 9, fracciones XII y XIII, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, en su Segunda Reunión de 2013, celebrada el 3 de mayo de 2013, acordó determinar los plazos para que la Federación, las entidades federativas y los municipios adopten las decisiones que a continuación se indican:
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Meta |
La Federación, las Entidades Federativas y sus respectivos entes públicos a más tardar |
Los Municipios y sus entes públicos a más tardar |
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Integración automática del ejercicio presupuestario con la operación contable |
30 de Junio de 2014 |
30 de Junio de 2015 |
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Realizar los registros contables con base en las Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio |
31 de Diciembre de 2014 |
31 de Diciembre de 2015 |
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Generación en tiempo real de estados financieros |
30 de Junio de 2014 |
30 de Junio de 2015 |
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Emisión de Cuentas Públicas en los términos acordados por el Consejo |
Para la correspondiente a 2014 |
Para la correspondiente a 2015 |
TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
En la Ciudad de México, siendo las quince horas del día 3 de mayo del año dos mil trece, con fundamento en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, HAGO CONSTAR Y CERTIFICO que el documento consistente en una foja útil, rubricada y cotejada, corresponde con el texto del Acuerdo 1 que fue aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su segunda reunión celebrada, en segunda convocatoria, el 3 de mayo del presente año, situación que se certifica para los efectos legales conducentes.
El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, Juan Manuel Alcocer Gamba.- Rúbrica.