ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio |
Miércoles 18 de Febrero 2026 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracción XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1067 Bis, fracción II, 1253, fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 1067 Bis, fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, corresponde a la Secretaría de Economía actualizar cada año los montos señalados en dichos preceptos legales, conforme a la inflación anual basándose en la variación observada en el valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor que da a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, entre la última actualización de dicho monto y el mes de noviembre del año en cuestión;
Que el 26 de diciembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, y
Que con el propósito de brindar certeza respecto de los montos del Código de Comercio publicados mediante el Acuerdo señalado en el segundo considerando del presente instrumento, se estima necesario modificar dichos montos, por lo que se expide el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACIÓN DE LOS MONTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 1067 BIS FRACCIÓN II, 1253 FRACCIÓN VI, 1339, 1340 Y 1390 BIS 33 DEL CÓDIGO DE COMERCIO
Artículo Único. - Se modifican las fracciones I, II, III, IV y V del Artículo ÚNICO del Acuerdo por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2025, para quedar como sigue:
I. Artículo 1067 Bis, fracción II: $11,091.60 (once mil noventa y un pesos 60/100 M.N.).
II. Artículo 1253, fracción VI: $5,545.80 (cinco mil quinientos cuarenta y cinco pesos 80/100 M.N.).
III. Artículo 1339: $924,300.58 (novecientos veinticuatro mil trecientos pesos 58/100 M.N.).
IV. Artículo 1340: $924,300.58 (novecientos veinticuatro mil trecientos pesos 58/100 M.N.).
V. Artículo 1390 Bis 33: $3,113.63 (tres mil ciento trece pesos 63/100 M.N.) a $10,051.06 (diez mil cincuenta y un pesos 06/100 M.N.).
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 30 de enero de 2026.- El Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.