DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de diversos productos porcícolas, mercancías actualmente clasificadas en las fracciones arancelarias 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01 y 0203.29.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia   

Martes 07 de Enero 2003

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de diversos productos porcícolas, mercancías actualmente clasificadas en las fracciones arancelarias 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01 y 0203.29.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

  RESOLUCION POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE DIVERSOS PRODUCTOS PORCICOLAS, MERCANCIAS ACTUALMENTE CLASIFICADAS EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01 Y 0203.29.99 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

  Visto para resolver el expediente administrativo 27/02 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

  Presentación de la solicitud

  1. El 22 de noviembre de 2002, el Consejo Mexicano de Porcicultura, A.C., en lo sucesivo CMP, por conducto de su representante legal compareció ante la Secretaría para solicitar el inicio de la investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios y la aplicación del régimen de cuotas compensatorias sobre las importaciones de diversos productos porcícolas, originarias de los Estados Unidos de América.

  2. El solicitante manifestó que en el periodo comprendido del 1 de abril al 30 de septiembre de 2002, las importaciones de diversos productos porcícolas originarias de los Estados Unidos de América, se efectuaron en condiciones de discriminación de precios, lo que ha causado un daño a la producción nacional de mercancías idénticas o similares, conforme a lo dispuesto en los artículos 28, 30, 39 y 40 de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo LCE.

  Solicitante

  3. El CMP está constituido conforme a las leyes mexicanas, con domicilio para oír y recibir notificaciones en Algeciras número 35, colonia Insurgentes Mixcoac, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, código postal 03930, y cuya principal actividad consiste en representar, promover, proteger y defender los intereses de la porcicultura mexicana.

  4. Conforme al artículo 40 de la LCE, el solicitante manifestó que en el periodo comprendido del 1 de abril al 30 de septiembre de 2002, representó más de 50 por ciento de la producción nacional de los productos idénticos o similares a los que se importan en condiciones de discriminación de precios y que amenazan y dañan a la producción nacional, además que el CMP tiene asociados cuyas granjas suman más de 67 por ciento de la oferta nacional comercializable.

  Investigaciones relacionadas

  5. El 2 de octubre de 1996, la Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución final de la investigación antisubvención sobre las importaciones de productos porcícolas clasificadas en las fracciones arancelarias 0203.21.01, 0203.22.01 y 0203.29.99 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias del Reino de Dinamarca, sin imponer cuotas compensatorias definitivas a dichas importaciones ya que no existió amenaza de daño a la producción nacional.

  6. El 20 de octubre de 1999, se publicó en el DOF, la resolución final de la investigación antidumping por la que se impuso una cuota compensatoria definitiva de 0.351 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo a las importaciones de cerdo para abasto, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0103.92.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, en lo sucesivo TIGIE, originarias de los Estados Unidos de América.

  Información sobre el producto

  7. El solicitante identificó al producto objeto de investigación como carne de cerdo en sus diferentes cortes primarios, frescos, refrigerados o congelados; el solicitante señaló que el producto nacional idéntico o similar al de importación es el ganado porcino en pie, por los elementos que se señalan en el apartado de similitud de producto de esta Resolución.

  Descripción arancelaria

  8. De acuerdo con la información proporcionada por el CMP, la carne de cerdo objeto de investigación, en sus diferentes cortes primarios, frescos, refrigerados o congelados ingresa por las siguientes fracciones arancelarias de la TIGIE:

Fracción arancelaria Descripción
0203.11.01 Carne de animales de la especie porcina, fresca o refrigerada en canales o medias canales.
0203.12.01 Carne de animales de la especie porcina, fresca o refrigerada piernas, paletas y sus trozos, sin deshuesar.
0203.19.99 Carne de animales de la especie porcina, fresca o refrigerada las demás.
0203.21.01 Carne de animales de la especie porcina congelada en canales o medias canales.
0203.22.01 Carne de animales de la especie porcina congelada piernas, paletas y sus trozos, sin deshuesar.
0203.29.99 Carne de animales de la especie porcina congelada las demás.

  Normas técnicas

  9. De acuerdo con la solicitud de inicio de investigación la carne, canales, vísceras y despojos comestibles debe someterse a las especificaciones y procedimientos para la verificación de la carne de acuerdo con la NOM-030-ZOO-1995.

  10. Asimismo, de acuerdo con la solicitud presentada por el CMP, la carne de cerdo debe cumplir las especificaciones contenidas en la NOM-037-ZOO-1995 que establece la comprobación de que el país de origen de la carne de cerdo se encuentra libre de la fiebre porcina clásica.

  Usos del producto

  11. De acuerdo con la solicitud presentada por el CMP la principal función de la carne de cerdo es el consumo humano. En la solicitud se indica que la carne de cerdo y el ganado porcino en pie cumplen las mismas funciones, tales como ser sacrificados y despiezados.

  Proceso productivo

  12. De acuerdo con la solicitud presentada por el CMP, la producción de carne de cerdo tiene aproximadamente una duración de 160 días que inicia desde que el cerdo es parido hasta alcanzar un peso promedio de 100 kilogramos (Kgs).

  13. Posteriormente, el cerdo finalizado es sacrificado y eviscerado en el rastro, obteniéndose una canal de peso aproximado a 80 kg. Posteriormente, la canal es cortada en las principales partes del cerdo; pierna, espaldilla, lomo, tocino y cabeza. De acuerdo con la solicitud, la canal del cerdo se despieza y comercializa al mercado mayorista, menudeo, tiendas de autoservicio y empacadoras, que son el medio para hacer llegar la carne al consumidor final.

  Importadores y exportadores

  14. El solicitante manifestó en su escrito que la práctica desleal de comercio internacional la han cometido en su perjuicio las siguientes empresas mexicanas: Central de Carnes de N.L., con domicilio en Universidad Norte 1925/Obrerista, Monterrey, Nuevo León; Yoreme Cortés, con domicilio en Miguel Alemán número 504, 85000, Ciudad Obregón, Sonora; Alimentos San Mateo, con domicilio en Rodrigo Gómez número 5703, colonia CNOP, Monterrey, Nuevo León; Río Grande Food, con domicilio en Comonfort número 2611, colonia Guerrero, Nuevo Laredo, Tamaulipas; Comercializadora Elenita Internacional, S.A. de C.V., con domicilio en Zaragoza número 208, Oriente, colonia Villa de Fuente, 26090, Piedras Negras, Coahuila; Provedora de Carnes Roca, S.A. de C.V., con domicilio en Benito Juárez 950, 67180, Guadalupe, Nuevo León; Refrigerados La Rosita, con domicilio en avenida Chapultepec número 800, bodega número 184, colonia Santa Margarita, Guadalupe, Nuevo León; Ultra Carnes de México, con domicilio en García Gines número 16, Mérida, Yucatán; Nueva Distribuidora de Porcinos TIF, con domicilio en avenida López Mateos número 39, interior sin número, colonia San Lorenzo Riotenco, Cuautitlán Izcalli, Estado de México; Promotora Porcícola, S.A. de C.V., con domicilio Cieneguillas número 61, colonia 20 de Noviembre, 15300, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal, al importar diversos productos porcícolas a precios inferiores a su valor normal proveniente de las empresas exportadoras: Farmland, con domicilio en 12200 N Ambassador Dr. P.O. Box 20121. Dept. 122 K.C. MO 64195; AJC International, Inc. 5188 Roswell Rd. NW, Atlanta GA. 30342; IBP, Inc. (no señaló el domicilio); CS Export, con domicilio en 14850 Montford Dr. Suite 236, TX. 45254; Nowaco USA, Inc., con domicilio en 478 Pennsylvania Av. Suite 4200, Glen Elin II, 60137; EB International, con domicilio en 1300 Hi-Iowe Hidalgo, TX. 77557; Sioux-Preme Packing Co., con domicilio en 4241 US 75 Av. P.O. Box 255, Sioux Center, Iowa, y The Cambrian Group, con domicilio en 14607 San Pedro Suite, 130 San Antonio, TX. 78232.

Argumentos y medios de prueba

  15. Con el propósito de acreditar la existencia de la práctica desleal en su modalidad de discriminación de precios, el CMP presentó los siguientes argumentos y medios de prueba:

A. Diversos asociados al CMP producen cerdo en pie, mismos que lo sacrifican y despiezan obteniendo productos idénticos a los investigados; suponiendo que por la rama de producción nacional debe entenderse a quienes sacrifican y despiezan cerdo en pie, deben excluirse a diversos rastros clasificados como particulares y municipales Tipo Inspección Federal (TIF), ya que la mayoría están vinculados con los importadores o existe un medio de control, como el caso de la Asociación Nacional de Rastros Particulares, A.C.

B. Abastos Cuautitlán, S.A. de C.V., debe excluirse de considerarse rama de la producción nacional ya que es el principal rastro obrador (con el 15 por ciento a nivel nacional y el 51 por ciento en el área metropolitana del Distrito Federal) y es también el principal importador y se encuentra vinculado con Nueva Distribuidora de Porcinos, S.A. de C.V., que es una importadora directa de los productos investigados; el rastro ABC, igualmente debe excluirse por estar vinculado a Abastos Cuautitlán, S.A. de C.V., ya que aumentará sus importaciones toda vez que solicitó su inscripción al Padrón de Importadores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

C. La lista de rastros TIF a nivel nacional reportada por la SAGARPA, menciona 32 rastros que sacrifican cerdo, bovino, caprino y otros, de los cuales 15 sacrifican exclusivamente cerdo, de estos 15 rastros 9 sacrifican y despiezan, y por ser rastros TIF están relacionados con la importación, ya que todo el cerdo importado debe ser sacrificado en este tipo de rastros, a los cuales sólo les interesa aumentar su capacidad de sacrificio, aumentando los niveles de importación; 17 de los 32 rastros TIF sacrifican diversos animales, por lo que no tendrían interés en defender una sola línea porcina de sacrificio; de los 9 rastro-obrador, 4 están relacionados con el CMP, los otros 5 son pequeños y están relacionados con importaciones; existen otros obradores que están importando productos ahora investigados, como son Promotora Porcícola, S.A. de C.V., Nueva Distribuidora de Porcinos, S.A. de C.V.

D. Los mismos importadores de los productos a investigar, compran los productos idénticos que obtienen de los asociados del CMP; aun cuando un cerdo en pie no es idéntico a una canal o media canal, pierna, y los demás productos y subproductos, frescos o congelados, dichos productos no existirían sin la producción de cerdo en pie, sin embargo tienen características semejantes toda vez que para la movilización del cerdo en pie y para la importación de los productos a investigar, se debe comprobar que se encuentran libres de fiebre porcina clásica y en ambos casos aplica la NOM-037-ZOO-1995, además que cumplen las mismas funciones y son comercialmente intercambiables.

E. En el rubro de importaciones de productos denominados los demás , se tenía un crecimiento promedio anual de 20 por ciento entre 1995 y 1999, y a partir de 2000 se incrementaron 48.05 por ciento respecto a 1999 y para 2001 se incrementaron 64 por ciento.

F. Para obtener el valor normal se utiliza la metodología de precio de exportación a tercer país, aunque efectuando un ejercicio con el valor reconstruido en los Estados Unidos de América, se obtiene un valor normal similar.

G. No se utiliza la metodología de precio en el mercado interno del país de origen toda vez que en el periodo propuesto no se realizaron operaciones comerciales normales, ya que los productos a investigar se venden en los Estados Unidos de América por debajo de su costo de producción.

H. Se propone a Japón como tercer país debido a que ha sido uno de los principales países a los que se exportan productos objeto de esta investigación.

I. Para que el precio de exportación a los Estados Unidos Mexicanos se pueda equiparar con el del valor normal ex fábrica, se debe aplicar un ajuste por concepto de transporte hacia la aduana de exportación.

J. Las importaciones totales de carne en forma anualizada de 1995 a 2001 se incrementaron 623 por ciento y de enero a septiembre de 1999 respecto a enero-septiembre de 2002, se han incrementado 95.4 por ciento.

K. Al imponer Japón una medida de salvaguarda el 1 de agosto de 2002, a los productos porcícolas de los Estados Unidos de América, este país ya no exportará a Japón, por lo que los Estados Unidos Mexicanos se convertirán en su principal destino de exportación.

L. Los precios reportados en diversos pedimentos de importación, repercutirán en los precios del producto idéntico y similar producidos por los asociados del CMP, ya que los principales importadores son quienes aplican el servicio de sacrificio y despiece y utilizan los mismos canales de distribución.

M. Diversas importadoras de los productos a investigar, compran a los asociados del CMP, tanto cerdo en pie como carne de cerdo, por lo que pueden imponer el precio nacional a la baja, por comprar a precios discriminados incluso han dejado de comprar productos de los asociados del CMP y se han incrementado los inventarios de carne 30 por ciento y para pierna 55 por ciento respecto a 2001.

N. La participación de las importaciones en el Consumo Nacional Aparente en 1995, fue de 2 por ciento y para 2002 es de 34.2 por ciento, lo que significa que la participación de la producción nacional va disminuyendo.

O. Las exportaciones de productos porcícolas de los Estados Unidos de América a los Estados Unidos Mexicanos para 2004, se incrementarán igualando los niveles de exportación a Japón.

  16. Para acreditar sus afirmaciones el CMP presentó los siguientes medios de prueba:

A. Copia certificada de la escritura pública número 41,018, del 24 de marzo de 1993, otorgada ante el licenciado Cecilio González Márquez, Notario Público número 151 del Distrito Federal, que contiene el acta constitutiva de la Comisión Nacional de Porcicultura de la República Mexicana, A.C.

B. Copia certificada de la escritura pública número 41,927 del 20 de mayo de 1993, otorgada ante el licenciado Cecilio González Márquez, Notario Público número 151 del Distrito Federal, que contiene el cambio de denominación de la Comisión Nacional de Porcicultura de la República Mexicana, A.C., a Consejo Mexicano de Porcicultura, A.C.

C. Escritura pública número 115,285, del 9 de mayo de 1997, otorgada ante el licenciado Joaquín Humberto Cáceres y Ferraez, Notario Público número 21 del Distrito Federal, que contiene la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria del Consejo Mexicano de Porcicultura, A.C., mediante la cual se acepta el ingreso de nuevos asociados.

D. Escritura pública número 116,421, del 23 de enero de 1998, otorgada ante el licenciado Joaquín Humberto Cáceres y Ferraez, Notario Público número 21 del Distrito Federal, que contiene la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria del Consejo Mexicano de Porcicultura, A.C., mediante la cual se eligieron el Consejo Directivo y el Consejo de Vigilancia.

E. Copias simples de diversas escrituras públicas en las que se hacen constar las actas de asamblea de distintas asociaciones ganaderas.

F. Esquema del Banco de México sobre la comercialización de la carne de cerdo.

G. Cuadro elaborado por el CMP referente a los canales de distribución de la carne de cerdo.

H. Compradores de cerdo en pie nacional en 1999, 2000, 2001 y 2002.

I. Oficio del 21 de octubre de 2002, expedido por el Administrador de Sectores Específicos del Servicio de Administración Tributaria, dirigido al M.V.Z. Carlos Ramayo Navarrete, en el cual le notifican la solicitud de inscripción de Rastro Frigorífico y Empacadora ABC de los Reyes, S.A. de C.V., a un padrón sectorial.

J. Directorio de plantas Tipo Inspección Federal en operación.

K. Lista de Rastros-Obradores de la Sección 21 Obradores de Tocinería de la CANACINTRA.

L. Copia de certificado zoosanitario expedido por la SAGARPA, folio 1095932, del 29 de septiembre de 2002.

M. Volumen de importaciones a los Estados Unidos Mexicanos, de canales de cerdo, pierna y los demás productos de cerdo de los Estados Unidos de América, frescos y refrigerados de 1999 a septiembre de 2002.

N. Copia del Convenio de concertación en materia de comercio exterior celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Nacional Agropecuario, A.C., del 25 de abril de 2000.

O. Copia de diversos pedimentos de importación con facturas, certificados de importación y hojas de requisitos zoosanitarios.

P. Copia de oficios en inglés sin traducción, expedidos por Kenneth R. Cooper, dirigidos a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, de fechas 2 de diciembre de 1998 y 5 de enero de 1999.

Q. Lista de principales países productores de carne de cerdo, de 1995 a 2001, de la FAO database; consumo per cápita de carne de cerdo en el mundo, del USDA 2001; valor y volumen de las importaciones de carne de cerdo de los Estados Unidos de América a los Estados Unidos Mexicanos, en 2002.

R. Estimación basada en pedimentos de importación elaborada por el CMP del costo de transporte hacia los Estados Unidos Mexicanos.

S. Costo de producción y precio de venta de cerdo en pie en los Estados Unidos de América de 2000 a 2002.

T. Valor y volumen del precio al tercer país de exportación de los productos a investigar de los Estados Unidos de América a Japón, de 1999 a 2002 y volumen de exportaciones de los Estados Unidos de América por destino de los productos a investigar, de 1997 a 2001, del Foreign Agricultural Service del USDA.

U. Estimación del precio de transporte terrestre y seguro en los Estados Unidos de América al punto de exportación, obtenida en ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..

V. Valor normal por fracción arancelaria de los productos a investigar, obtenido mediante el precio de exportación a tercer país, con datos del FAS, USDA.

W. Costo de producción y precio de venta de cerdo en pie en los Estados Unidos de América de 2000 a 2002.

X. Documento en inglés fechado el 8 de noviembre de 2002, de la U.S. Meat Export Federation, denominado U.S. Meat Exports hit by west coast port dispute.

Y. Documento en inglés denominado Meat Price Relationships, 2001 Edition, publicada por Price Analysis Systems, con traducción al español.

Z. Relación de pedimentos de importación.

AA. Precio promedio de importación de canales, pierna de cerdo y las demás carnes de cerdo proveniente de los Estados Unidos de América de 2001 a 2002.

BB. Lista de asociados al Consejo Mexicano de Porcicultura, A.C.

CC. Indicadores del mercado nacional de 1999 a septiembre de 2002.

DD. Valor y volumen de exportaciones definitivas de carnes y subproductos de porcino de 1999 a septiembre de 2002, con datos de la Administración General de Aduanas.

EE. Consumo Nacional Aparente de carne de porcino de 1995 a 2001, elaborado por la SAGARPA.

FF. Gráficas sobre las importaciones de carne de cerdo a los Estados Unidos Mexicanos de 1995 a septiembre de 2002.

GG. Documento titulado Situación actual y perspectiva de la producción de carne de porcino en México , 1990-1998.

HH. Importaciones porcícolas totales de 1998 a 2002, datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

II. Tabla de exportaciones pronosticadas por los Estados Unidos de América, obtenida del sitio de internet: ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..

JJ. Inventario de carne de cerdo y pierna en los Estados Unidos de América de 2001 y 2002, del Cold Storage, NASS, USDA.

KK. Volumen de exportaciones de carne de cerdo de los Estados Unidos de América de 1998 a 2002, del Electronic Outlook Report from the Economic Research Service, USDA.

LL. Traducción del Reporte del Economic Research Service; documentos fechados el 23 de abril, 15 de mayo, 25 de junio, 23 de julio y 17 de septiembre de 2002, denominado Livestock, Dairy, and Poultry Outlook, del USDA.

MM. Reporte de Ron Plain, del 21 de mayo y 3 de junio de 2002 denominados Swine Economics Report, publicado en http://agebb.missouri.edu/mgt/bull1b.htm.

CONSIDERANDO

  Competencia

  17. La Secretaría de Economía es competente para emitir la presente Resolución, con fundamento en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracción VII y 52 fracción I de la Ley de Comercio Exterior; 1, 2, 4 y 16 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; y quinto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Radio y Televisión, de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley de la Policía Federal Preventiva y de la Ley de Pesca.

  Legitimación

  18. De acuerdo con lo manifestado por el CMP, la participación de sus asociados en la producción nacional de los productos idénticos o similares a los que se importan está conformada por más de 50 por ciento, con lo cual se cumple con lo establecido en los artículos 40 y 50 de la LCE, 60 y 75 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo RLCE, y 5.4 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, en lo sucesivo Acuerdo Antidumping.

  Legislación aplicable

  19. Para efectos del presente procedimiento de investigación son aplicables la Ley de Comercio Exterior y su Reglamento, el Código Fiscal de la Federación y el Código Federal de Procedimientos Civiles, estos dos últimos de aplicación supletoria, así como el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994.

  Análisis de discriminación de precios

  Precio de exportación

  20. Para acreditar el precio de exportación, el solicitante exhibió el listado de las importaciones de carne de cerdo fresca o refrigerada y congelada durante el periodo de investigación originario de Estados Unidos de América para cada una de las fracciones arancelarias señaladas, así como una muestra de pedimentos de importación.

  21. La Secretaría aceptó la información proporcionada por el solicitante y calculó el precio de exportación promedio ponderado para el periodo de investigación para cada una de las fracciones arancelarias, con fundamento en el artículo 40 del RLCE.

  Ajustes

  22. El Consejo Mexicano de Porcicultura solicitó ajustar el precio de exportación por términos y condiciones de venta, en particular por concepto del flete externo y calculó el monto del ajuste mediante el promedio obtenido de las cifras registradas por concepto de flete en la muestra de los pedimentos de importación.

  23. Conforme a los artículos 36 de la LCE y 53 y 54 del RLCE, la Secretaría consideró como válida la información presentada por las solicitantes y aceptó ajustar el precio de exportación para cada una de las fracciones arancelarias, por concepto de flete externo.

  Valor normal

  24. El CMP solicitó calcular el valor normal con base en la alternativa del precio de exportación a un tercer país toda vez que los precios de venta en el mercado interno de los Estados Unidos de América no corresponden a operaciones comerciales normales.

  25. Para demostrar que los precios de venta en ese mercado se realizaron a pérdida, el solicitante propuso comparar la suma de los costos de producción y los gastos generales contra los precios de venta del producto investigado en el mercado de los Estados Unidos de América.

  Costos de producción

  26. Para acreditar los costos de producción referentes a carne de cerdo fresca o refrigerada y congelada, el solicitante presentó los costos de producción y los precios de venta del cerdo en pie reportados por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América.

  27. A efecto de obtener los costos de la carne en canal o media canal fresca, refrigerada y congelada, el CMP dividió el costo del cerdo en pie publicado por el USDA entre un factor de 0.74 obtenido de una publicación del Chicago Mercantile Exchange, según la cual existe una relación directa entre los costos del cerdo en pie y los de la canal.

  28. Para obtener los costos de producción para jamones, paletas y sus trozos sin deshuesar fresca o refrigerados y congelados, el CMP multiplicó los costos del cerdo en pie reportados por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América por el factor de 0.24 obtenido de la publicación de Meat Price Relationship, preparada por la empresa Price Analisis System, que corresponde al porcentaje que representan dichos costos respecto de los costos del cerdo en pie.

  29. En cuanto a los costos de producción para la demás carne fresca y refrigerada y congelada, aplicó la misma metodología que la utilizada para la carne en canal o medias canales, ya que por esa fracción se importan productos de alto valor comercial como la cabeza de lomo y costilla.

  Gastos generales

  30. El solicitante estimó los gastos generales en un 16 por ciento del costo de producción reportados por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América.

  Ventas a pérdida

  31. Una vez obtenidos los costos de producción y los gastos generales, el solicitante realizó la comparación entre los costos de producción y los precios de venta en el mercado interno de los Estados Unidos de América, y encontró que los precios de venta de la carne se realizaron a pérdida.

  Selección del tercer país

  32. Debido a que los precios internos en los Estados Unidos de América no correspondieron a operaciones comerciales normales, el solicitante propuso como segunda opción de valor normal el precio obtenido de las exportaciones de los Estados Unidos de América a Japón como tercer país.

  33. Para justificar la selección de Japón como tercer país, el solicitante argumentó que es uno de los principales mercados de exportación de los Estados Unidos de América del producto investigado en el mundo.

  34. El CMP presentó las exportaciones de carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada de los Estados Unidos de América a Japón durante el periodo investigado, obtenidas del Departamento de Agricultura de ese país, y calculó un precio promedio ponderado como valor normal.

  35. La Secretaría aceptó la información y metodología presentada por el solicitante para la determinación de que las ventas se realizaron por debajo de costos y aceptó calcular el valor normal con base en la alternativa de precios a un tercer país, de acuerdo con lo que establecen los artículos 231 de la LCE y 2.2, 5.2 y 6.13 del Acuerdo Antidumping.

  Margen de discriminación de precios

  36. Conforme a lo previsto en los artículos 30 de la LCE y 38 del RLCE, y de acuerdo con la información, argumentos y medios de prueba descritos, la Secretaría considera que existen elementos para presumir que las importaciones de carne de cerdo fresca refrigerada y congelada originaria de los Estados Unidos de América que ingresan por las fracciones arancelarias 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01, 0203.29.99 de la TIGIE, se realizaron en condiciones de discriminación de precios.

  Análisis de amenaza de daño o daño y causalidad

  Similitud de producto

  37. La solicitud presentó información sobre las características nutricionales de la carne de cerdo. Asimismo, el CMP señaló que la carne de cerdo y el ganado porcino tienen las mismas características y composición semejantes de manera que, indican, deben considerarse productos similares entre sí.

  38.1. Al respecto presentó un cuadro denominado Cualidades Nutricionales de la Carne de la especie Porcina, en el que se establecen los porcentajes de cada uno de los nutrientes. Asimismo, presentó el siguiente cuadro:

VALOR NUTRICIONAL DE LA CARNE DE LA ESPECIE PORCINA
CERDO 1989 1996
Grasa dorsal mm 2.3 1.4
Cortes magros % 75 81
Grasa % 5.2 4.8
Colesterol mg/100g 62 59
Fuente: CMP, con base en Consumer Group, PIC USA.

  39. El CMP señaló que la carne de cerdo debe comprobar para su movilización que se encuentra libre de la fiebre porcina clásica de acuerdo con la norma NOM-037-ZOO-1995, lo que demuestra, según su interpretación, la similitud del ganado porcino en pie con la carne de cerdo.

  40. De acuerdo con la solicitud presentada por el CMP, el cerdo en pie, es el primer eslabón de la cadena porcícola, lo que a su decir demuestra que los productos investigados son productos similares al cerdo en pie.

  41. Por otro lado, la solicitud señala que la carne en cortes es similar al ganado porcino, por el hecho de que los importadores del producto investigado son los mismos que establecen los precios del producto nacional, dado que en los Estados Unidos de América se utiliza el precio de la carne en canal para establecer el precio del ganado vivo, y a que después de la aplicación de la cuota compensatoria al cerdo en pie, los importadores de cerdo en pie empezaron a importar carne de cerdo.

  42. Por otro lado, la solicitud señaló que los importadores del producto investigado son los mismos que compran el producto nacional, lo que confirma la similitud de producto. Para demostrar lo anterior, el CMP presentó una lista con los nombres de productores de cerdo que venden cerdo en pie a diversos obradores, es decir, los obradores son los mismos que adquieren el producto nacional, lo que según el CMP demuestra la intercambiabilidad comercial entre ambos productos.

  43. La solicitud señala que diversos asociados al CMP producen cerdo en pie que sacrifican y despiezan, obteniendo mercancías idénticas a la carne de cerdo, que posteriormente venden a distintos obradores quienes a su vez importan carne de cerdo. Para demostrar su dicho, el CMP presentó una lista con los nombres de productores de cerdo que venden cerdo en pie a diversos obradores.

  44. Finalmente, el solicitante señaló que la mayor parte de los rastros particulares y municipales tipo inspección federal (TIF) están vinculados con importadores de carne de cerdo, por lo que según su interpretación procede la exclusión respecto de algunos rastros TIF que no están relacionados con CMP, y solicitan a la Secretaría que considere como rama de producción nacional al resto de los productores nacionales, de acuerdo con el artículo 4.1 del Acuerdo Antidumping. Para ello, señala que diversas empresas, entre ellas algunos obradores, dejaron de adquirir producto nacional y ahora se abastecen de carne en cortes importada.

  Mercado internacional

  45. De acuerdo con información de la SAGARPA, el principal país productor de carne de porcino es la República Popular China, siguiéndole en segundo lugar los Estados Unidos de América.

  46. La solicitud señaló que la imposición de una medida de salvaguarda en Japón contra productos porcícolas el 1 de agosto de 2002 incrementará las exportaciones de los Estados Unidos de América a los Estados Unidos Mexicanos. De acuerdo con la solicitud de inicio, dicha salvaguarda ocasionará que los Estados Unidos de América no exporte más a Japón y que los Estados Unidos Mexicanos se convierta en el primer país de destino de las exportaciones de aquel país.

  Mercado nacional

  Representatividad

  47. El CMP señaló en su solicitud de inicio de investigación, que representa más del 50 por ciento de la producción nacional de los productos idénticos o similares a los que se importan. Para sustentar su dicho, el CMP presentó una lista de sus miembros y su producción, a partir de actas notariales levantadas en 1994, 1997 y 1998.

  48. Asimismo, el CMP, manifestó que era reconocido como productor quien produce cerdo en pie aunque en la comercialización de la carne de cerdo intervengan diversos agentes económicos que agregan un servicio como el sacrificio y el despiece, de manera que para el solicitante, los productos investigados deben considerarse similares al cerdo en pie.

  49. Finalmente, tal como se señaló en el punto 42 de esta Resolución, de acuerdo con la solicitud de inicio los importadores del producto investigado son los mismos que compran el producto nacional, es decir, los obradores. Lo anterior implica que aun cuando son los productores del producto idéntico al importado, no estarían dispuestos a presentar una solicitud y, por lo tanto, quienes tendrían la representatividad de la producción nacional serían aquellos que elaboran el producto similar.

  Elementos de daño o amenaza de daño

  50. En relación con los efectos de las importaciones en supuestas condiciones de discriminación de precios, la solicitud señala que se deben considerar únicamente los elementos aportados para amenaza de daño para ejecutar las cuotas compensatorias, es decir: i) el incremento de las importaciones; ii) la capacidad libremente disponible del exportador, iii) los precios de las importaciones, iv) las existencias del producto investigado, y v) la rentabilidad esperada de inversiones factibles. Al respecto el CMP señaló que: La práctica administrativa en nuestro país, ha sido en ese sentido, de analizar exclusivamente los elementos de amenaza de daño y no todos y cada uno de los daño, sobre todo en un producto básico y estratégico como lo es el cerdo en pie y la de la especie porcina ; como ejemplo señalan la resolución de 20 de octubre de 1999, relativa a cerdo en pie, así como el proceso de revisión de la cuota compensatoria para este producto.

  Importaciones objeto de discriminación de precios

  51. En su solicitud de inicio de investigación el CMP señaló lo siguiente:  con fuente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en donde en importaciones totales de carne en forma anualizada de 1995 a 2001, se incrementaron en un margen porcentual de 623 por ciento y de enero a septiembre 1999; respecto a enero septiembre de 2002, han crecido en 95.40 por ciento .

  52. Al respecto y con base en información obtenida del Sistema de Información Comercial Fracción País (SIC-FP) la Secretaría observó el siguiente comportamiento de las importaciones que ingresaron a través de las seis fracciones a investigar:

VOLUMEN DE IMPORTACIONES

FRACCIONES ARANCELARIAS: 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01, 0203.29.99

KILOGRAMOS

IMPORTACIONES ABR-SEP

2000

ABR-SEP

2001

ABR-SEP

2002

Variaciones Porcentuales
  A B C B/A C/B
TOTALES 99,279,366 95,476,965 113,456,220 -3.8% 18.8%
- EUA 84,012,843 76,745,742 96,844,168 -8.6% 26.2%
- Otros países 15,266,523 18,731,223 16,612,052 22.7% -11.3%
PARTICIPACION DE EUA 84.6% 80.4% 85.4%    
Fuente: Sistema de Información Comercial Fracción-País.

  53. De acuerdo con la información contenida en la tabla anterior, se puede observar que en el periodo investigado las importaciones estadounidenses mostraron un crecimiento significativo de 26.2 por ciento con respecto al mismo periodo del año anterior y de 15.3 por ciento a lo largo del periodo analizado. Este comportamiento contrasta con la reducción de 11.3 por ciento registrada en las importaciones originarias de otras fuentes de abastecimiento en el mercado nacional durante el periodo investigado.

  54. Asimismo, destaca la participación significativa de las importaciones estadounidenses en el total importado con un promedio de 83.6 por ciento de 2000 a 2002 (periodos abril-septiembre).

  55. En relación con el Consumo Nacional Aparente (CNA) y la participación de las importaciones, el CMP señaló que  obtenemos que la participación de las importaciones en el CNA, se han incrementado en forma creciente ya que en 1995 fue de 2 por ciento; y para este año 2002, 34.2 por ciento, es decir, la participación de la producción en el consumo va disminuyendo .

  56. Por otra parte, en los indicadores del mercado nacional proporcionados por la propia solicitante (anexo 4) se obtiene una participación de las importaciones en el CNA- oferta comercial que pasa de 16.2 por ciento, en el periodo abril-septiembre de 2001, al 19.5 por ciento en el periodo analizado (abril-septiembre de 2002). El solicitante se refiere a este indicador considerando únicamente la producción comercial que calcula, según su dicho, en 70 por ciento de la producción nacional total; para el solicitante el 30 por ciento restante corresponde a la producción de traspatio.

  57. En este sentido, la mayor participación de importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios, principalmente en el periodo investigado, se puede apreciar si se considera la producción nacional total establecida en el recuadro anterior. En efecto, la participación de las importaciones en relación con la producción nacional y el consumo interno del país, se obtienen los siguientes datos, con información del CMP y del SIC-FP:

PARTICIPACION DE LAS IMPORTACIONES EN RELACION CON LA PRODUCCION Y EL CONSUMO INTERNO

KILOGRAMOS

CONCEPTO ABR-SEP 2000 ABR-SEP 2001 ABR-SEP 2002 Variaciones Porcentuales
  A B C B/A C/B
IMPORTACIONES TOT. (M) 99,279,366 95,476,965 113,456,220 -3.8% 18.8%
IMPORTACIONES EUA 84,012,843 76,745,742 96,844,168 -8.6% 26.2%
PROD. NAL. (PN) 506,552,000 570,827,000 580,474,000 12.7% 1.7%
PNMI 485,997,427 549,131,907 557,585,576 13.0% 1.5%
EXPORTACIONES (X) 20,554,573 21,695,093 22,888,424 5.5% 5.5%
           
CNA (PN + M X) 585,276,793 644,608,872 671,041,796 10.1% 4.1%
        Puntos Porcentuales
M S EUA / PN 16.6% 13.4% 16.7% -3.2 3.3
M S EUA / CNA 14.4% 11.9% 14.4% -2.4 2.5
PNMI / CNA 83.0% 85.2% 83.1% 2.2 -2.1
Fuente: SIC-FP, Anexo 4 (indicadores del mercado nacional).

  58. A partir de los datos contenidos en el cuadro anterior, se puede observar que en el marco de un consumo interno -medido como consumo nacional aparente-, las importaciones investigadas aumentaron su participación en el periodo investigado en relación con el periodo inmediato anterior, al tiempo en que la producción nacional la disminuye prácticamente en la misma proporción.

  Efecto sobre los precios

  59. En relación con el efecto real o potencial de las importaciones investigadas sobre los precios del producto nacional, se toma en cuenta si ha habido una significativa subvaloración del precio de las importaciones investigadas en comparación con el precio del producto similar, o bien, si el efecto de tales importaciones es hacer bajar de otro modo los precios del producto nacional en medida significativa o impedir en medida significativa la subida que en otro caso se hubiera producido.

  60. Al respecto, el CMP señaló que: estos precios [los de las importaciones] repercutirán en los precios del producto idéntico y similar que producen mis representados, porque hemos probado que los principales importadores son quienes aplican el servicio de sacrificio y despiece, es decir rastro-obrador .

  61. En relación con el efecto de los precios de las importaciones investigadas sobre el precio del producto similar, la Secretaría observó los siguientes datos:

PRECIOS DE LAS IMPORTACIONES Y DEL PRODUCTO SIMILAR DLS / KG
  ABR-SEP 2000 ABR-SEP 2001 ABR-SEP 2002 Variaciones Porcentuales
  A B C B/A C/B
IMPORTACIONES EUA $ 1.32 $ 1.55 $ 1.11 17.7% -28.5%
PRECIOS NACIONALES
CARNE EN CANAL $ 2.13 $ 2.23 $ 1.93 4.6% -13.3%
CERDO EN PIE (GRANJA) $ 1.45 $ 1.46 $ 1.12 1.1% -23.4%
SUBVALORACION
IMPORTACIONES / CANAL -38.0% -30.3% -42.6%    
IMPORTACIONES / EN PIE -8.8% 6.1% -0.9%    
Fuente: SIC-FP, Sistema Nacional de Información e Integración de Mercados (SNIIM).

  62. De acuerdo con los datos que se presentan en la tabla anterior, los precios de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios mostraron una disminución significativa en el periodo investigado en relación con el periodo inmediato anterior del orden de 29 por ciento. Asimismo, dicha disminución coincide con una disminución significativa de los precios de los productos nacionales de 13.3 por ciento en el caso de carne en canal y de 23.4 por ciento de cerdo en pie.

  63. Por otra parte, también se observó que el precio de las importaciones estuvo por debajo del precio de la carne en canal y del precio del ganado en pie, con el agravante, en este último caso, de que las importaciones incluyen el servicio de sacrificio y despiece.

  64. De acuerdo con información de la SAGARPA, el mercado de los productos porcícolas muestra una fuerte sensibilidad a cambios en los niveles de la demanda de cada uno de ellos, ya que existe una fuerte correlación entre los precios de cada una de las partes y cortes que conforman la canal; si algún corte en específico enfrenta disminuciones considerables en su cotización, deberá de buscarse la compensación de ese menor ingreso, a fin de solventar el costo de la canal o del ganado para abasto y los costos que implica el proceso de despiece. En este sentido, de acuerdo con la SAGARPA, durante 2002 se observa una depresión generalizada de los precios, previsiblemente originada por la sobreoferta del mercado de productos porcícolas, principalmente los perniles o jamones.

  65. Debido a lo anterior, la SAGARPA estima que durante 2002 el productor tecnificado está perdiendo alrededor de 23 centavos por kilogramo de cerdo producido. Por otra parte, para los productores con sistema semi-tecnificado se agrava la falta de rentabilidad que se interpreta como una mayor descapitalización, lo que, de acuerdo con la SAGARPA, los orillará a su expulsión de la actividad productiva. Esta situación, de acuerdo con la SAGARPA, se traducirá en la expulsión de cada vez un mayor número de porcicultores de la actividad, en la pérdida de fuentes de empleo, en una menor demanda por los bienes y servicios para la producción, entre otros.

  66. Asimismo, de acuerdo con la SAGARPA, la disminución en la rentabilidad de la porcicultura vendrá a inducir una pérdida de capacidad de pagos de productores independientes y empresas que cuentan con financiamientos para sus programas de expansión.

  Capacidad libremente disponible del exportador e inventarios

  67. Con respecto a la capacidad libremente disponible del exportador o un aumento inminente y sustancial de la misma que indique la probabilidad de un aumento sustancial de las exportaciones investigadas, tomando en cuenta la existencia de otros mercados, el CMP señaló que:  es un hecho notorio que Japón era el principal mercado de exportación de los Estados Unidos de América y que al imponerse la salvaguarda el 1 de agosto de 2001, y que los EUA reconocen a México como segundo mercado exportador con datos del departamento de agricultura de los Estados Unidos de América, se cumple probadamente este requisito, documental anexa en formulario anexo 4, oficio de SAGARPA Por lo anterior, al imponerse nuevamente la salvaguarda en Japón el 1 de agosto de 2002, lo cual probamos con el propio oficio de la SAGARPA, es una prueba más del daño que ocasionará el que Estados Unidos de América, no exporte más a Japón y ahora México ya sea el primer país de exportación, como se prueba con los propios datos del USDA .

  68. Asimismo, el CMP hace referencia a  datos aportados por USDA, de amenaza de daño, en donde reportan el incremento de inventarios de carne 30% respecto al año pasado y para pierna en 55% respecto al año pasado.

  69. Al respecto, el CMP presentó diversos reportes económicos de cerdo, cuya fuente es la página electrónica: http://agebb.missouri.edu/cdu/mgt/bull1b.htm, en la cual se indica que los inventarios de cerdo actuales son los terceros más grandes en los últimos 40 años, consecuencia de que la producción de carne ha sido más grande que lo pronosticado por los analistas; al mismo tiempo, la demanda ha disminuido por el incremento del desempleo en los Estados Unidos de América y debido a que las exportaciones a Japón han sido muy ligeras, según la página electrónica citada.

  70. Por otro lado, de acuerdo con la información de la SAGARPA la caída en las exportaciones de pollo a Japón y la Federación de Rusia ha bajado los precios de este producto y ha influido en la orientación de la demanda en contra de la carne de cerdo y a favor de la carne de pollo.

  71. Asimismo, la propia información de la SAGARPA señala que el inventario promedio actual de carne de porcino en refrigeración o congelación es de los más altos en los últimos tres años, siendo superiores en 21 por ciento a los de 2001. Asimismo, a este crecimiento de los inventarios de carne de cerdo se suman los incrementos en los inventarios de las demás carnes, los cuales han sido los más altos de los tres últimos años. Estos elementos indican que la competencia entre los diversos productos cárnicos es muy elevada actualmente y, muy probablemente, que la conjunción de estas dos circunstancias haga caer drásticamente los precios de los cárnicos de cerdo.

  72. En la siguiente tabla se observan indicadores básicos de la industria estadounidense y su comparación con la producción nacional:

INDICADORES DE EUA MILES DE TONELADAS
  2000 2001 2002 Variaciones Porcentuales
  A B C* B/A C/B
PRODUCCION 8,600,000 8,690,000 8,900,000 1.0% 2.4%
INVENTARIOS CARNE REFRIGERADA O CONGELADA 218,259 187,767 232,829 -14.0% 24.0%
COMPARACION EUA vs. MEXICO
PROD NAL / PROD EUA 8.4% 9.2% 9.0%    
INVENT. EUA / PROD NAL 30.3% 23.5% 29.1%    
Fuente: SAGARPA, con información del USDA y anexo 4. * Datos estimados por el USDA.

  73. Al respecto se puede observar que, de acuerdo con los datos del USDA, para el 2002 se espera un crecimiento de 2.4 por ciento en la producción de carne de cerdo y de 24 por ciento en los inventarios de carne refrigerada o congelada.

  74. Por otra parte, al comparar los datos de la industria estadounidense con los datos de la producción nacional se puede observar que la producción nacional ha representado menos del 10 por ciento de la producción estadounidense en todo el periodo analizado. Asimismo, es importante observar que los inventarios de cárnicos en los Estados Unidos de América representan casi un tercio de la producción nacional, es decir, la industria estadounidense cuenta con capacidad suficiente para sostener un ritmo creciente de exportaciones hacia los Estados Unidos Mexicanos, sobre todo tomando en cuenta las dificultades que está enfrentando en el entorno internacional.

  75. Aún más, de acuerdo con información de la SAGARPA existen razones adicionales por las cuales se prevé que las exportaciones de productos cárnicos de cerdo se incrementen en el futuro próximo:

A. Se estima que ante la aplicación de la cuota compensatoria en la importación de ganado para abasto, los importadores mexicanos han optado por introducir dicho ganado transformado en productos cárnicos y subproductos.

B. El estancamiento de la economía de los Estados Unidos de América llevó a una depresión del consumo de cárnicos.

C. El cierre parcial de algunos importantes mercados de destino de otros productos cárnicos estadounidenses, lo que agrava la crisis de sobreoferta y ha acelerado la caída generalizada de los precios, dando un fuerte atractivo para realizar importaciones de esos productos por parte de los Estados Unidos Mexicanos.

D. El USDA ha establecido que la expectativa en el 2002 es imponer un nuevo record de producción de porcinos, y que en 2003 se obtendría una nueva cifra record.

E. Las exportaciones de los Estados Unidos de América a la Federación de Rusia han disminuido en forma dramática, debido a su dificultad para competir en precio con los productos porcícolas que están siendo exportados desde la República Federativa del Brasil y la República Popular China, agravando la dificultad de desplazamiento de la producción porcícola estadounidense.

F. Aunado a la problemática que implica una creciente producción en los Estados Unidos de América, se reporta un crecimiento de las importaciones de ese país de ganado porcino procedente de Canadá, como resultado de una mayor integración de las industrias porcinas y de alimentos de ambas naciones, lo que acrecentará la sobreoferta de carnes, el desplome de precios y un mayor atractivo para los procesos de exportación con destinos como los Estados Unidos Mexicanos.

  Producción nacional

  76. Al respecto, en la solicitud de inicio se presentaron los volúmenes mensuales de producción de carne en canal, los cuales se resumen en el siguiente cuadro:

VOLUMEN DE PRODUCCION NACIONAL CARNE EN CANAL KILOGRAMOS
  ABR-SEP 2000 ABR-SEP 2001 ABR-SEP 2002 Variaciones Porcentuales
  A B C B/A C/B
PRODUCCION NACIONAL 506,552,000 570,827,000 580,474,000 12.7% 1.7%
EXPORTACIONES 20,554,573 21,695,093 22,888,424 5.5% 5.5%
PRODUCCION AL MERCADO INTERNO (PNMI) 485,997,427 549,131,907 557,585,576 13.0% 1.5%
Fuente: Anexo 4: indicadores del mercado nacional.

  77. De la información de importaciones y producción nacional, destaca el mayor crecimiento de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios, principalmente con una tasa de crecimiento de 26.2 por ciento que contrasta con el 1.7 por ciento de la producción nacional.

  78. Por otro lado, el CMP señala que diversas empresas importadoras han dejado de comprar a sus asociados; de acuerdo con los datos de la solicitud de inicio, entre 2000 y 2002 hay una reducción en el número de empresas asociadas al CMP a las que les compraban los importadores.

  79. En relación con otro tipo de indicadores económicos, el CMP señaló que  de acuerdo a nuestra legislación no es necesario revisar punto por punto los elementos del daño a la producción nacional, como el de capacidad instalada, que no se puede medir como producto manufacturado, es decir estamos ante unidades de producción del sector básico estratégico, en donde existen diversa variables que impiden medir este elemento. Por la misma razón, también no es factible medir el número de empleos .

Conclusión

  80. Los elementos contenidos en la solicitud de inicio de investigación, descritos anteriormente, permiten apreciar un elevado crecimiento de las importaciones investigadas en presuntas condiciones de discriminación de precios tanto en términos absolutos como en relación con la producción nacional y el CNA en el periodo investigado abril-septiembre de 2002, vinculado con una reducción significativa en los precios de dichas importaciones. El aumento de importaciones en las condiciones que llegan al mercado nacional (con márgenes de discriminación de precios y niveles significativos de subvaloración) coinciden con una reducción en los precios de los productos similares elaborados por la rama de la producción nacional. Asimismo, también se aprecia que debido a las circunstancias prevalecientes el mercado estadounidense, su capacidad exportadora además de ser significativamente mayor que la producción nacional ha aumentado en forma considerable, lo que hace presuponer, junto con la disminución de la demanda de otros mercados, que es factible que las exportaciones de los Estados Unidos de América hacia los Estados Unidos Mexicanos aumenten en forma significativa en el futuro cercano y que esto tenga como resultado un daño a la rama de la producción nacional.

  81. Por lo anteriormente expuesto, la Secretaría considera que el solicitante aportó indicios suficientes para presumir que durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2002, las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios originarias de los Estados Unidos de América, amenazan con causar daño o causaron daño a la producción nacional, en términos de lo establecido en los artículos 41 y 42 de la LCE, 64, 68 y 69 del RLCE, y 3 del Acuerdo Antidumping, razón suficiente para iniciar una investigación por presuntas prácticas desleales de comercio internacional, según lo disponen los artículos 52 de la LCE, 81 del RLCE y 5 del Acuerdo Antidumping, por lo que es procedente emitir la siguiente:

RESOLUCION

  82. Se acepta la solicitud presentada por el Consejo Mexicano de Porcicultores, A.C., y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de diversos productos porcícolas, originarias de los Estados Unidos de América, mercancías actualmente clasificadas en las fracciones arancelarias 0203.11.01, 0203.12.01, 0203.19.99, 0203.21.01, 0203.22.01 y 0203.29.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, fijándose como periodo de investigación el comprendido del 1 de abril al 30 de septiembre de 2002.

  83. Con fundamento en el artículo 93 fracción V de la Ley de Comercio Exterior, la Secretaría podrá imponer una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar, en su caso, la cuota compensatoria definitiva a las importaciones efectuadas hasta por los tres meses anteriores a la fecha de aplicación de las cuotas compensatorias provisionales, si tales medidas procedieren y si se comprueban los supuestos descritos en dicho precepto.

  84. Con fundamento en los artículos 53 de la Ley de Comercio Exterior y 164 de su Reglamento, se concede un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de esta Resolución en el DOF, a los importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier otra persona que considere tener interés en el resultado de la investigación, para que comparezcan ante la Secretaría a presentar el formulario oficial de investigación a que se refiere el artículo 54 de la misma Ley y a manifestar lo que a su derecho convenga.

  85. Para obtener el formulario oficial de investigación a que se refiere el punto anterior, los interesados deberán acudir a la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja, colonia Florida, código postal 01030, México, Distrito Federal, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

  86. La audiencia pública a la que hace referencia el artículo 81 de la Ley de Comercio Exterior, se llevará a cabo el día 7 de noviembre de 2003, en el domicilio de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales citado en el punto anterior.

  87. Los alegatos a que se refiere el tercer párrafo del artículo 82 de la Ley de Comercio Exterior, deberán presentarse en un plazo que vencerá a las 14:00 horas del 19 de noviembre de 2003.

  88. De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Comercio Exterior, la resolución preliminar se publicará en el Diario Oficial de la Federación dentro de los 130 días siguientes a la publicación de esta Resolución.

  89. Notifíquese a las partes de que se tiene conocimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Comercio Exterior, trasladándose copia de la versión pública y los anexos de la solicitud a que se refiere el punto 1 de esta Resolución, así como del formulario oficial de investigación.

  90. Comuníquese esta Resolución a la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

  91. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

  México, D.F., a 30 de diciembre de 2002.- El Secretario de Economía, Luis Ernesto Derbez Bautista.- Rúbrica.