DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de noviembre de 2000   

Viernes 26 de Enero 2001

TASAS para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de noviembre de 2000.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

  TASAS PARA EL CALCULO DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS APLICABLES A LA ENAJENACION DE GAS NATURAL PARA COMBUSTION AUTOMOTRIZ EN EL MES DE NOVIEMBRE DE 2000.

  Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2o.-C de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se dan a conocer las tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de noviembre de 2000, por sector y tasa:

Noviembre

Sector Tasa de IEPS
Chihuahua  
      Juárez Importado 12.44%
      Chihuahua Norte 8.97%
      Chihuahua Sur 3.64%
Anáhuac 7.84%
Torreón 6.37%
Monterrey 10.64%
Monclova 8.85%
Reynosa 11.66%
Cd. Madero 15.04%
Guadalajara 7.11%
Salamanca 10.24%
Lázaro Cárdenas 4.87%
Centro 12.59%
Poza Rica 15.98%
Veracruz 17.99%
Cd. Mendoza 16.44%
Minatitlán 19.31%
Cárdenas 20.85%
Piedras Negras 13.32%
Zonas Urbanas  
Cd. Juárez 12.16%
Guadalajara-El Salto 6.10%
Orizaba-Cd. Mendoza 15.79%
Monclova 8.83%
Veracruz 17.43%

  Atentamente

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 18 de enero de 2001.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.