DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Tasas de recargos para el mes de febrero de 2001   

Viernes 09 de Febrero 2001

TASAS de recargos para el mes de febrero de 2001.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

TASAS DE RECARGOS PARA EL MES DE FEBRERO DE 2001.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y 6o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2001, y considerando que el cálculo previsto en este último precepto ha dado como resultado una tasa inferior a la establecida en esta última disposición, esta Secretaría da a conocer las siguientes tasas de recargos para el mes de febrero de 2001:

I. 1.22% cuando se trate de autorización de pago a plazo, ya sea diferido o en parcialidades, de las contribuciones y sus accesorios, y

II. 1.83% en los casos de mora y de intereses a cargo del fisco federal.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 6 de febrero de 2001.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.


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