DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Anexos 1, 4, 5 y 15 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003, publicada el 15 de mayo de 2003   

Viernes 16 de Mayo 2003

ANEXOS 1, 4, 5 y 15 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003, publicada el 15 de mayo de 2003.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Modificación al Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003

Contenido

  A.  Formas oficiales aprobadas.

1.   

2. Ley del ISR

3. a 5.   

B. a E.  

A. Formas oficiales aprobadas.
1.   
 
2.  Ley del ISR
Número Nombre de la forma oficial Número de ejemplares a presentar
1-A Pago provisional de los impuestos sobre la renta y al valor agregado por enajenación y

adquisición de bienes.

21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2. Color negro. Pantone 176 CVC (rosa) Pantone 2727 CVU (azul).

Esta forma no es de libre impresión.

Triplicado
Anexo 1

de la forma

1-A

Copropiedad o sociedad conyugal.

Inversiones en construcciones, mejoras, ampliaciones o adaptaciones.

21.6 x 27.9 cms./Carta 75.0 g/m2. Color negro. Pantone 176 CVC (rosa) Pantone 2727 CVU (azul).

Esta forma no es de libre impresión.

Triplicado
             
3. a 5.   
 
B. a E.  

  Atentamente

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 9 de mayo de 2003.- El Presidente del Servicio de Administración Tributaria, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.

 

 
 
 

Modificación al Anexo 4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003

Contenido

A.  Instituciones de crédito que están autorizadas a recibir declaraciones.

B. a E.  

  
A.  Instituciones de crédito que están autorizadas a recibir declaraciones.
Institución Bancaria Cobertura
Banca Serfin, S.A. Todo el país.
BBVA Bancomer, S.A. Todo el país.
Bancrecer, S.A. Todo el país.
Banjército, S.N.C. Todo el país.
Banamex, S.A. Todo el país.
Banco Santander Mexicano, S.A. Todo el país.
Scotiabank Inverlat, S.A. Todo el país.
Banco Internacional, S.A. Todo el país.
Banrural, S.N.C. Todo el país.
Banorte, S.A. Todo el país.
Banco Inbursa, S.A. Distrito Federal y Area Metropolitana.

Puebla, Pue., Guadalajara, Jal.,

Monterrey y Garza García, N.L.

Mérida, Yuc. y Hermosillo, Son.

Banco Interacciones, S.A. Distrito Federal,

Monterrey, N.L., Guadalajara, Jal.,

Toluca, Méx., Cancún, Q. Roo,

Puebla, Pue. y Aguascalientes, Ags.

Ixe Banco, S.A. Distrito Federal, Area Metropolitana y Monterrey, N.L.
Banca Afirme, S.A. Monterrey, N.L. y Area Metropolitana.
Banco del Bajío, S.A. Distrito Federal y Area Metropolitana.

León, Gto., Querétaro, Qro.,

Aguascalientes, Ags., San Luis Potosí, S.L.P.,

Monterrey, Guadalupe y San Pedro Garza García, N.L.

Ing Bank (México), S.A. Distrito Federal.
Banco Tokio Mitsubishi (México), S.A. Distrito Federal.
Banco Regional de Monterrey, S.A. Monterrey, N.L. y Area Metropolitana.
Abn Amro Bank (México), S.A. Distrito Federal.
Bank Boston (México), S.A. Distrito Federal.

B. a E.   

  Atentamente

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 9 de mayo de 2003.- El Presidente del Servicio de Administración Tributaria, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.

Modificación al Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002

  Contenido
A. a D.  
E. Regla 2.1.13. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002
 
A. a D.  
E. Regla 2.1.13. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002.

  De conformidad con el artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación y la regla 2.1.13., el factor de actualización del mes de enero de 2003 es 1.0304.

  Atentamente

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 9 de mayo de 2003.- El Presidente del Servicio de Administración Tributaria, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.

Modificación al Anexo 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003

Contenido
Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos
A. a L.  
M.  Tarifa para determinar la tasa del Impuesto sobre Automóviles nuevos para el segundo cuatrimestre del año 2003.
N. a Ñ.  
 
A. a L.   
 
M.  TARIFA PARA DETERMINAR LA TASA DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS PARA EL SEGUNDO CUATRIMESTRE DEL AÑO 2003.

TARIFA

Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija Por ciento para

aplicarse sobre el

excedente del

límite inferior

$ $ $ %
       
0.01 145,467.77 0.00 2
145,467.78 174,561.28 2,909.31 5
174,561.29 203,654.91 4,364.05 10
203,654.92 261,841.87 7,273.40 15
261,841.88 En adelante 16,001.43 17

  Si el precio del automóvil es superior a $401,685.97, se reducirá del monto del impuesto determinado la cantidad que resulte de aplicar el 7% sobre la diferencia entre el precio de la unidad y los $401,685.97.

 N. a Ñ.  

  Atentamente

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 9 de mayo de 2003.- El Presidente del Servicio de Administración Tributaria, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.