DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Actualización del Anexo A de la Circular CONSAR 15-1, relativa a las reglas generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, cuya cartera se integre fundamentalmente por valores que preserven el valor adquisitivo de los ahorros de los trabajadores   

Jueves 26 de Abril 2001

Actualización del Anexo A de la Circular CONSAR 15-1, relativa a las reglas generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, cuya cartera se integre fundamentalmente por valores que preserven el valor adquisitivo de los ahorros de los trabajadores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

  ACTUALIZACION DEL ANEXO A DE LA CIRCULAR CONSAR 15-1, RELATIVA A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE INVERSION AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, CUYA CARTERA SE INTEGRE FUNDAMENTALMENTE POR VALORES QUE PRESERVEN EL VALOR ADQUISITIVO DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES.

  El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 5o. fracción II, 12 fracciones I, VIII y XVI y 45 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y la regla novena de la Circular CONSAR 15-1, reformada por la Circular CONSAR 15-4, y

CONSIDERANDO

  Que la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro establece que el Comité de Análisis de Riesgos tiene por objeto el establecimiento de criterios y lineamientos para la selección de los riesgos crediticios permisibles de los valores que integren la cartera de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro;

  Que la regla novena de la Circular CONSAR 15-1, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 1997, reformada por la circular CONSAR 15-4, publicada en el periódico oficial en mención el día 21 de agosto de 2000, establece que el Comité de Análisis de Riesgos se encuentra facultado para analizar las nuevas escalas de calificación y determinar las modificaciones que deban realizarse al Anexo A de la circular en cita, en aquellos casos en los que las instituciones calificadoras de valores modifiquen la denominación de sus calificaciones o se autoricen por la autoridad competente instituciones calificadoras de valores no enunciadas en el anexo antes referido, y

  Que con fecha 4 de abril de 2001, en su décima segunda sesión ordinaria, el Comité de Análisis de Riesgos, mediante acuerdo de referencia CAR12/01/2001, resolvió como procedente, la actualización del Anexo A de la circular CONSAR 15-1 reformada por la circular CONSAR 15-4, en virtud de que las instituciones calificadoras de valores FITCH IBCA y DUFF & PHELPS se fusionaron, y a que se extinguió BANKWATCH, teniendo como consecuencia cambios en las escalas de calificaciones, ha tenido a bien expedir la siguiente:

ACTUALIZACION DEL ANEXO A DE LA CIRCULAR CONSAR 15-1, RELATIVA A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE INVERSION AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, CUYA CARTERA SE INTEGRE FUNDAMENTALMENTE POR VALORES QUE PRESERVEN EL VALOR ADQUISITIVO DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES

  UNICA.- Se actualiza el Anexo A de la circular CONSAR 15-1, reformada por la circular CONSAR 15-4, para quedar en los términos del anexo que se adjunta a la presente actualización.

TRANSITORIAS

  PRIMERA.- La presente actualización entrará en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  SEGUNDA.- Se abroga el anexo A de la circular CONSAR 15-1 reformada por la circular CONSAR 15-4, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de octubre de 2000.

  Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 y 12 fracciones VIII y XIII de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 6 de abril de 2001.- El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Guillermo Prieto Treviño.- Rúbrica.

ANEXO A

Emisiones de Corto Plazo (Con vencimiento hasta de un año)

      FITCH MEXICO MOODY S

F1+(mex) / F1(mex)   MX-1
F2 (mex)   MX-2
F3 (mex)   MX-3

      STANDARD & POOR S

mxA-1+ / mxA-1
mxA-2
mxA-3

Emisiones de Mediano y Largo Plazo (Con vencimiento mayor a un año)

      FITCH MEXICO  MOODY S

AAA (mex)   Aaa.mx
AA+ (mex) / AA (mex) / AA- (mex)   Aa1.mx / Aa2.mx / Aa3.mx

      STANDARD & POOR S

mxAAA
mxAA+ / mxAA / mxAA-

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Jueves 26 de abril de 2001 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)