DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Convenio por el que se prorroga la vigencia del diverso que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora, publicado el 25 de noviembre de 2005.

Martes 30 de Diciembre 2025
CONVENIO POR EL QUE SE PRORROGA LA VIGENCIA DEL DIVERSO QUE CELEBRAN EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, PARA LA INTERNACIÓN E IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS AL ESTADO DE SONORA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2005.
El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la que en lo sucesivo se le denominará la "Secretaría", representada por su Titular el C. Édgar Abraham Amador Zamora, y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora, al que en lo sucesivo se le denominará el "Estado", representado por su Gobernador Constitucional el C. Francisco Alfonso Durazo Montaño, han decidido celebrar el presente Convenio, de conformidad con los artículos 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31, fracciones XII y XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y, 3 y 6, fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; así como en los artículos 79, fracciones XVI y XLI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora; 2o. y 9o. de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, y la Cláusula NOVENA del Convenio que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 2005, en los términos de los antecedentes y cláusula siguientes:
ANTECEDENTES
El 25 de noviembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Convenio que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora;
Que el objeto del Convenio antes citado es el de apoyar y facilitar los trámites que deben cumplir los extranjeros y los mexicanos residentes en el extranjero, para que circulen con sus vehículos de procedencia extranjera exclusivamente por el Noroeste del territorio del Estado, sin permiso de importación temporal de vehículos, ni otorgamiento de fianza o depósito para garantizar su retorno;
Que también tiene por objeto facilitar los trámites que deben cumplir los extranjeros y los mexicanos residentes en el extranjero para importar o internar temporalmente sus vehículos al resto del territorio del Estado bajo el programa denominado Sólo Sonora, sin el otorgamiento de fianza o depósito para garantizar su retorno;
Que conforme a la Cláusula NOVENA de dicho Convenio, se prevé la posibilidad de prórroga por el tiempo que establezcan ambas partes, siendo la última prórroga la publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2024, la cual contempla una vigencia al 31 de diciembre de 2025, y
Que en ese contexto, la Secretaría y el Estado han considerado conveniente dar continuidad a las facilidades para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora, por lo que han acordado celebrar el presente instrumento para prorrogar la vigencia del Convenio en cita, de conformidad con la siguiente:
CLÁUSULA
ÚNICA.- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia del "Convenio que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 2005.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Convenio entrará en vigor a partir del día siguiente al de su suscripción y se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Convenio se firma en cinco ejemplares igualmente válidos, en la Ciudad de México, a 24 de diciembre de dos mil veinticinco.- Secretario de Hacienda y Crédito Público, Édgar Abraham Amador Zamora.- Rúbrica.- Gobernador Constitucional del Estado de Sonora, Francisco Alfonso Durazo Montaño.- Rúbrica.