CONVOCATORIA al Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito, ordenada por el Acuerdo General número 2/2000 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobado el diecisiete de enero de dos mil.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y Carrera Judicial.
CONVOCATORIA AL PRIMER CONCURSO DE OPOSICION LIBRE PARA LA DESIGNACION DE JUECES DE DISTRITO, ORDENADA POR EL ACUERDO GENERAL NUMERO 2/2000, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL APROBADO EL DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL.
El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 94, segundo párrafo, 97, 100, párrafos primero, sexto, séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 81, 105, 108, 112, 114 y 117 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y en términos de los lineamientos contenidos en el Acuerdo General Número 2/2000 del propio Pleno que fija las Bases del Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito, emite la siguiente:
CONVOCATORIA.- Al Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito, conforme a las siguientes bases:
PRIMERA.- TIPO DE CONCURSO, CATEGORIA Y NUMERO DE PLAZAS SUJETAS AL MISMO.- El concurso será de oposición libre para la designación de cincuenta Jueces de Distrito.
SEGUNDA.- PARTICIPANTES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR.- Podrán participar las personas que se desempeñen en cualquiera de las funciones o actividades que se enuncian a continuación:
a).- Secretario General de Acuerdos y Subsecretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Secretarios de Acuerdos de las Salas y Subsecretarios de las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Secretarios de Estudio y Cuenta de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Secretarios de Estudio y Cuenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; Secretarios Técnicos del Consejo de la Judicatura Federal; Secretarios de Tribunales de Circuito; Secretarios de Juzgado de Distrito; Actuarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito; Defensores Públicos y Asesores Jurídicos del Instituto Federal de Defensoría Pública, así como todos aquellos que se hubiesen desempeñado en alguna o varias de las categorías anteriores durante un lapso de por lo menos cinco años;
b).- Magistrados y Secretarios del Tribunal Fiscal de la Federación; Magistrados, Jueces y Secretarios del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Tribunales Superiores de Justicia de los Estados; Magistrados y Secretarios de los Tribunales Agrarios; Magistrados, Jueces y Secretarios del Supremo Tribunal Militar; Magistrados y Secretarios de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal y de los Estados; Presidentes y Secretarios de las Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje; Presidentes y Secretarios de las respectivas Juntas Especiales; Magistrados y Secretarios del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje; Magistrados y Secretarios de los Tribunales Electorales de los Estados y del Distrito Federal; Jueces y Secretarios de Tribunales de Arbitraje Internacional; y miembros de la Administración Pública Federal, de los Estados y del Distrito Federal que realicen funciones jurisdiccionales, así como todos aquellos que se hubiesen desempeñado en alguna o varias de las categorías anteriores durante un lapso de por lo menos cinco años;
c).- Académicos de Universidades públicas y privadas, Institutos y Centros de Investigación públicos o privados que sean titulares de la plaza de docencia o investigación en que se desempeñen;
d).- Abogados postulantes que sean miembros de algún Colegio, Barra o Asociación de Abogados o Profesionistas debidamente registrados en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
Los aspirantes deberán cubrir los requisitos que para tal cargo establece el artículo 108 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; consistentes en: I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento sin que haya adquirido otra nacionalidad; II.- Estar en pleno ejercicio de sus derechos; III.- Ser mayor de treinta años; IV.- Contar con título de licenciado en derecho expedido legalmente; V.- Tener un mínimo de cinco años de ejercicio profesional; VI.- Gozar de buena reputación; VII.- No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año. En el entendido de que quienes no hayan desempeñado funciones de carácter jurisdiccional por el término de cinco años deberán demostrar haber aprobado el curso de especialización judicial impartido por el Instituto de la Judicatura Federal, en su caso el del Instituto de Especialización Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o el equivalente en estudios de posgrado impartido por Universidades públicas o privadas, con reconocimiento de validez oficial.
Además, atendiendo a los diferentes orígenes de las actividades profesionales de los aspirantes se establece como condición para su participación en este concurso, una antigüedad mínima de cinco años de experiencia en la actividad jurisdiccional, para los aspirantes que se desempeñen o se hubiesen desempeñado en los órganos jurisdiccionales y en las áreas administrativas del Poder Judicial de la Federación precisados en el inciso a) de la presente Base, para los que ejerzan o hayan ejercido funciones jurisdiccionales en instituciones que no pertenezcan al Poder Judicial de la Federación y que se indican en el inciso b) antes señalado; y de cinco años de experiencia profesional para los referidos en los incisos c) y d), toda vez que se estima que ese periodo permite una valoración objetiva del desempeño de los participantes y una debida apreciación de la experiencia que se requiere para ocupar el cargo de Juez de Distrito.
TERCERA.- LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA INSCRIPCION.- Durante los días hábiles comprendidos en el periodo que abarca del diez de febrero al diez de marzo del año en curso, de las nueve a las veinte horas, los interesados en participar deberán presentar en la sede central del Instituto de la Judicatura Federal o en cualquiera de sus Extensiones, los documentos siguientes:
1) Solicitud en la que el interesado manifieste la correspondencia de sus actividades y experiencia con alguna de las relacionadas en los incisos a que se refiere la Base Segunda de esta Convocatoria;
2) Relación curricular actualizada, que incluya: nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, domicilio, teléfono, título de la tesis, fecha de titulación, plaza de adscripción, adscripciones anteriores y antigüedad en el Poder Judicial de la Federación o en la Institución de la que formen o hayan formado parte. Quienes no se desempeñen en la actualidad en los órganos jurisdiccionales federales, y quienes nunca lo hubiesen hecho, deberán precisar los cargos o actividades desempeñados relacionando las correspondientes instituciones, los estudios realizados y las publicaciones jurídicas que hubiesen hecho, lo que acreditarán con las copias certificadas correspondientes;
3) Copia fotostática certificada del acta de nacimiento, del título y cédula profesionales expedidos por las autoridades correspondientes;
4) Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, manifiesten encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos, no haber sido condenados por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año y que cuentan exclusivamente con la nacionalidad mexicana;
5) En caso de que el aspirante no preste sus servicios en el Poder Judicial de la Federación, y sí en otro órgano jurisdiccional o dependencia pública, deberá presentar un escrito del titular correspondiente mediante el cual de manera motivada avale la reputación, buena conducta y el desempeño profesional del solicitante; en el caso de académicos e investigadores, presentarán un escrito firmado por el Director de la Institución correspondiente; mientras que para el caso de los abogados postulantes, el documento deberá firmarse por el Presidente de la Barra, Colegio o Asociación a la que pertenezca;
6) Escrito de una cuartilla en el que expresarán los motivos por los que desean ser Juez de Distrito;
7) Los aspirantes a los que se refieren las actividades y funciones de los incisos a) y b) de la Base Segunda de esta Convocatoria, deberán presentar certificación del órgano al que pertenecen, en el que se exprese que a la fecha de presentación de los documentos no existe queja o denuncia administrativas por falta grave promovidas en su contra;
8) Llenar el formato que les será entregado por la Contraloría del Poder Judicial de la Federación;
9) Los aspirantes que no desempeñen o no hubiesen ejercido alguna actividad jurisdiccional por el término de cinco años, deberán acreditar haber aprobado el curso de especialización judicial impartido por el Instituto de la Judicatura Federal, en su caso el del Instituto de Especialización Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o el equivalente en estudios de posgrado impartido por Universidades públicas o privadas, con reconocimiento de validez oficial.
Los aspirantes deberán presentar su solicitud y documentos mencionados en cualquiera de los domicilios siguientes:
En la sede central del Instituto de la Judicatura Federal ubicada en el Palacio de Justicia Federal, acceso 1, nivel 2, sito en Eduardo Molina número 2, esquina con Sidar y Rovirosa, Colonia del Parque, Delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, D.F.
En las Extensiones del Instituto de la Judicatura Federal ubicadas en:
Avenida Vicente Villada Sur número 200, Penthouse, Colonia Centro, C.P. 50000, Toluca, Estado de México.
Calle Justo Sierra número 2117, Esquina con Marsella, Edificio San Vicente, Colonia Ladrón de Guevara, Sector Hidalgo, C.P. 44600, Guadalajara, Jalisco.
Avenida Constitución número 241 poniente, entre Garibaldi y Cuauhtémoc, Colonia Centro, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León.
Paseo Río Sonora número 72 esquina Galeana, locales 201 y 202 del Edificio Fraccionamiento Río Sonora, C.P. 83260, Hermosillo, Sonora.
Avenida 23 Poniente número 2509, Fraccionamiento Los Volcanes, C.P. 72410, Puebla, Puebla.
Avenida Su Santidad Juan Pablo II, sin número, esquina Tiburón, Fraccionamiento Costa de Oro, C.P. 94290, Boca del Río, Veracruz.
Avenida Morelos 1320 Poniente, 4o. piso, Despacho 402, C.P. 27000, Torreón, Coahuila.
Paseo de la Presa Número 158, C.P. 36000, Guanajuato, Guanajuato.
Malecón Leandro Rovirosa Wade número 533, Locales 9-A y 10-A, Colonia Las Gaviotas, C.P. 86090, Villahermosa, Tabasco.
Calle Río Baluarte número 1009, Fraccionamiento Tellería, C.P. 82017, Mazatlán, Sinaloa.
Avenida Juárez número 803, Colonia Centro, C.P. 68000, Oaxaca, Oaxaca.
Calle Cuarenta número 187 X 13, Plaza Buenavista, Colonia México, C.P. 97125, Mérida, Yucatán.
Boulevard Francisco Montejano Número 1990, Plaza Universidad, C.P. 21270, Mexicali, Baja California.
Gutemberg número 2, edificio Vitaluz , 4o. Piso, Colonia Centro, C.P. 62000, en Cuernavaca, Morelos.
Calle 16 Hidalgo y Juárez, Edificio Presidente Alemán, Zona Centro, C.P. 87000, Ciudad Victoria, Tamaulipas.
Palacio Federal, segundo piso, Plaza Central, C.P. 29000, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
El lugar donde se reciba la solicitud y documentos será en el que los aspirantes presentarán la primera etapa del examen, relativa al cuestionario sobre conocimientos jurídicos y evaluación psicométrica.
Las certificaciones de la documentación presentada por los interesados deberán efectuarse por notario público, por el secretario de acuerdos del órgano jurisdiccional de su adscripción o por el funcionario facultado de la dependencia correspondiente, siempre y cuando la persona que lo haga sea distinta del propio solicitante.
Sólo serán consideradas las solicitudes de quienes presenten completa la documentación referida y dentro del plazo señalado en la presente Base, precisamente en las oficinas de la sede central del Instituto de la Judicatura Federal o en la Extensión correspondiente del propio Instituto.
El Instituto de la Judicatura Federal elaborará la lista de las personas que cumplan con los requisitos exigidos para sustentar el examen de oposición y la pondrá a la consideración de la Comisión de Carrera Judicial, quien a su vez la someterá al conocimiento del Pleno del propio Consejo.
CUARTA.- TERMINO PARA DAR A CONOCER LA LISTA DE LOS ASPIRANTES ADMITIDOS.- La lista de los participantes admitidos al concurso se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en cuatro periódicos de circulación nacional el día seis de abril del presente año, dándose a la primera de las publicaciones efectos de notificación para todos los aspirantes.
El Consejo de la Judicatura Federal solicitará a los titulares de los órganos en que laboren los aspirantes admitidos del Poder Judicial de la Federación, la información necesaria que permita apreciar si cada uno de ellos cuenta con el perfil para ocupar el cargo de Juez de Distrito, la cual deberá proporcionarse en forma confidencial y recibirse en la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal a más tardar el día quince de junio del presente año.
Dentro del improrrogable plazo de cinco días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de la lista en el Diario Oficial de la Federación y en los diarios de circulación nacional, cualquier persona podrá formular por escrito, de manera fundada, comedida y respetuosa, las observaciones u objeciones que estime pertinentes en relación con los integrantes de la lista, las que podrán presentar en la Oficialía de Partes de la Secretaría Ejecutiva del Pleno y Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, que se encuentra en el piso 13 del edificio ubicado en la Avenida Insurgentes Sur número 2417, Colonia San Angel, Delegación Alvaro Obregón, Código Postal 01000, en México, Distrito Federal; apoyándolas, en su caso, con prueba documental, lo que será tratado en forma confidencial, dándose cuenta con ello a la Comisión de Carrera Judicial.
QUINTA.- DE LA IDENTIFICACION DE LOS ASPIRANTES.- Durante el desarrollo de cada una de las etapas del concurso, los aspirantes deberán identificarse con alguno de los siguientes documentos: cédula profesional, credencial vigente del Poder Judicial de la Federación, pasaporte o credencial para votar con fotografía. En caso de no hacerlo automáticamente serán descalificados.
SEXTA.- FECHA, HORA Y LUGAR EN QUE TENDRAN VERIFICATIVO LAS DIFERENTES ETAPAS.- El concurso constará de tres etapas:
1a. Etapa.- Aplicación de un cuestionario escrito (que será elaborado de conformidad con lo previsto en el artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) y de una evaluación psicométrica. Estará a cargo del Instituto de la Judicatura Federal en su sede central y en sus extensiones. Esta etapa versará sobre conocimientos jurídicos vinculados con la función de Juez de Distrito y podrá ser hasta de cien preguntas en forma de opción múltiple, complementación o asociación, mientras que la evaluación psicométrica estará orientada a la comprobación de habilidades cognoscitivas y de liderazgo, así como de rasgos significativos de la personalidad, de acuerdo con el perfil que se requiere para ser Juez de Distrito. Los aspirantes no podrán realizar consulta ni ayudarse de legislación alguna. Esta etapa se llevará a cabo simultáneamente, el día quince de abril del presente año, en la sede central del Instituto de la Judicatura Federal, así como en cada una de sus extensiones, de las nueve a las catorce horas y de las dieciséis a las veintiún horas respectivamente. Antes de su inicio, los participantes deberán identificarse en los términos de la Base Quinta de esta Convocatoria, razón por la cual deberán presentarse a las siete horas del día referido, apercibidos de ser eliminados si no acuden con puntualidad.
Del diecisiete al veintiocho de abril del año en curso el Instituto de la Judicatura Federal evaluará los exámenes de esta primera etapa, y del total de solicitantes únicamente podrán continuar a la siguiente etapa, los cinco aspirantes que hubiesen obtenido las más altas calificaciones por cada una de las vacantes, dando un total de hasta doscientas cincuenta personas. Los nombres de los vencedores de esta primera etapa del concurso se publicará el dos de mayo, en los estrados de la sede central y en cada una de las extensiones del propio Instituto, asimismo, en el Diario Oficial de la Federación y en cuatro diarios de circulación nacional, dentro de los siete días hábiles siguientes, en el entendido de que la publicación en el Diario Oficial tendrá efectos de notificación para todos los participantes.
2a. Etapa.- Solución de casos prácticos.
Para esta etapa se formarán tres Comités, cada uno integrado por un Consejero de la Judicatura Federal, quien lo presidirá, un miembro del Comité Académico del Instituto de la Judicatura Federal y un Juez de Distrito ratificado.
La solución de casos prácticos se llevará a cabo mediante la redacción de dos sentencias -una por día- sobre las materias que por sorteo les correspondan. Los participantes no acudirán con material alguno, pero podrán consultar el que les facilite durante el examen el Instituto de la Judicatura Federal, consistente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la legislación y la jurisprudencia.
Esta etapa se desarrollará los días veinte y veintiuno de mayo del año en curso, de las ocho a las quince horas, en el lugar que oportunamente se dará a conocer. Antes de su inicio, los participantes deberán identificarse en los términos de la Base Quinta de esta Convocatoria, razón por la cual deberán presentarse a las siete horas, apercibidos de ser eliminados si no acuden con puntualidad.
Para la evaluación de los casos prácticos, los comités encargados deberán sujetarse a la ponderación de los siguientes elementos:
I. La comprensión de la materia, tomando en cuenta la respuesta a los planteamientos de procedencia, forma y fondo, así como la capacidad propositiva y el fundamento de soluciones lógico-jurídicas. Este elemento tendrá un valor máximo de treinta por ciento;
II. El orden, congruencia y visión integral de los casos abordados. Este elemento tendrá un valor máximo de veinte por ciento;
III. La argumentación, solidez de los razonamientos y el sustento en la Constitución General de la República, la legislación y la jurisprudencia aplicables. Este elemento tendrá un valor máximo de treinta por ciento; y,
IV. La redacción. Este elemento tendrá un valor máximo de veinte por ciento.
Los comités de evaluación revisarán las sentencias del veintidós de mayo al dos de junio. El resultado de dicha evaluación se promediará con el obtenido en el examen oral conforme a lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
3a. Etapa.- Examen oral.
Para esta fase se integrarán tres jurados, cada uno de ellos formado por un Consejero de la Judicatura Federal, quien lo presidirá, un miembro del Comité Académico del Instituto de la Judicatura Federal y un Juez de Distrito ratificado, siempre que no hayan integrado Comité en la etapa anterior.
El examen oral se desarrollará mediante réplica que formule el Jurado designado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, en el entendido de que los aspirantes serán examinados por riguroso orden alfabético, sin que se les permita realizar consulta alguna. La evaluación oral se llevará a cabo del tres al once de junio del presente año, incluyendo los días inhábiles, a partir de las ocho horas, en las instalaciones de la sede central del Instituto de la Judicatura Federal. Antes del inicio de su examen, los concursantes se identificarán en los términos de la Base Quinta de esta Convocatoria, por lo que deberán presentarse a las siete horas, apercibidos de ser eliminados si no acuden con puntualidad.
La calificación final se determinará con el promedio de los puntos que cada aspirante obtenga en la segunda y tercera etapas.
Concluida la tercera etapa, los jurados y comités se reunirán del doce al dieciséis de junio del año en curso, con el objeto de realizar la evaluación final de los participantes y presentar a la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, la lista de personas que hubiesen obtenido las más altas calificaciones.
Del veinte al treinta de junio del presente año, la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal analizará la lista de aspirantes con las más altas calificaciones, los valorará y determinará los méritos de aquéllos, con el objeto de poner a consideración del Pleno el resultado final.
SEPTIMA.- DEL MATERIAL DE APOYO.- Durante la primera y tercera etapas del concurso los aspirantes no podrán realizar consulta, ni ayudarse con legislación alguna, mientras que para la segunda etapa podrán consultar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la legislación y la jurisprudencia que para tal efecto les facilitará el Instituto de la Judicatura Federal.
OCTAVA.- DE LA VALORACION DE LOS ASPIRANTES.- Para realizar la evaluación de los aspirantes que, en su momento, se considere reúnan los requisitos necesarios para ocupar el cargo de Juez de Distrito, la Comisión de Carrera Judicial ponderará la experiencia profesional, las categorías de carrera judicial en que se hubiesen desempeñado o su equivalente de los diversos órganos jurisdiccionales no federales, de los tribunales laborales y administrativos federales o locales, así como el tiempo en que hubiesen estado en funciones en cada una de ellas y los estudios realizados. En el caso de los aspirantes que se encuentren dentro de los supuestos c) y d) de la Base Segunda de la presente Convocatoria, se analizará la experiencia académica, de investigación o profesional según sea el caso y el escrito en que los avale la Institución, Barra, Colegio o Asociación, así como los estudios realizados; además de:
I. La antigüedad y desempeño en la actividad académica o profesional que realicen;
II. La actualización y especialización profesionales, así como las actividades académicas del participante;
III. Por cuanto hace a los aspirantes que no pertenezcan al Poder Judicial de la Federación, se evaluará el grado académico y las publicaciones jurídicas que hubiesen realizado.
NOVENA.- DE LA DESIGNACION Y NOTIFICACION DEL RESULTADO.- Una vez realizada la anterior evaluación, la Comisión de Carrera Judicial pondrá a la consideración del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal la lista de los aspirantes que estime idóneos para ocupar el cargo de Juez de Distrito, la cual será examinada por este Organo Colegiado, el que valorará los mismos elementos a que se hizo referencia previamente y designará como Jueces de Distrito a los cincuenta aspirantes vencedores. El resultado se publicará en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en cuatro diarios de circulación nacional, asignándose a la primera de las publicaciones el carácter de notificación para todos los participantes.
Los vencedores designados serán adscritos por el Consejo de la Judicatura Federal en términos del artículo 119 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de acuerdo a las necesidades del servicio, en los tiempos en que el Pleno del mismo lo considere oportuno.
DECIMA.- DE LA VERACIDAD DE MANIFESTACIONES Y AUTENTICIDAD DE LOS DOCUMENTOS.- El Consejo de la Judicatura Federal tendrá en todo momento la facultad de comprobar la documentación y las actas que se generen en el concurso, así como de verificar la autenticidad de la documentación presentada.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese la presente Convocatoria por una vez en el Diario Oficial de la Federación y por dos veces en cuatro de los diarios de mayor circulación nacional, con un intervalo de cinco días hábiles entre cada publicación.
EL LICENCIADO GUILLERMO ANTONIO MUÑOZ JIMENEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO Y CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que la presente Convocatoria al Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito, fue aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión extraordinaria de diecisiete de enero del año dos mil, por los señores Consejeros: Presidente Ministro Genaro David Góngora Pimentel, Adolfo O. Aragón Mendía, Manuel Barquín Alvarez, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Enrique Sánchez Bringas, y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a dieciocho de enero del año dos mil.- Conste.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 31 de enero de 2000
Lunes 31 de enero de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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