DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Aviso sobre eliminación de cuotas compensatorias   

Martes 29 de Febrero 2000

AVISO sobre eliminación de cuotas compensatorias.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

AVISO SOBRE ELIMINACION DE CUOTAS COMPENSATORIAS

Con fundamento en los artículos 70 de la Ley de Comercio Exterior, 109 de su Reglamento, 11.3 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, según resulte aplicable, y 38 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, se comunica a los productores nacionales y a cualquier otra persona que tenga interés jurídico, lo siguiente:

Las cuotas definitivas impuestas a los productos que a continuación se enumeran, se eliminarán a la fecha del vencimiento que respectivamente se señala en el presente Aviso, vía un acuerdo declaratorio de eliminación de cuotas compensatorias que publicará esta Secretaría en el Diario Oficial de la Federación. Lo anterior, salvo que el productor nacional interesado haya presentado una solicitud de examen para analizar si de eliminarse la cuota compensatoria se repetiría o continuaría el dumping y el daño, debidamente fundada y motivada conforme a la legislación en la materia, con una antelación prudencial a la fecha mencionada, o que la Secretaría la inicie de oficio:

PRODUCTO FRACCION ARANCELARIA PAIS DE ORIGEN RESOLUCION DEFINITIVA PUBLICADA EN D.O.F FECHA DE VENCIMIENTO
Urea 3102.10.01 Ucrania 5 de julio de 1995 5 de julio del 2000
Sosa cáustica líquida 2815.12.01 Estados Unidos de América 12 de julio de 1995 12 de julio del 2000
Pisos vinílicos en rollo 3918.10.99

3918.90.99

4815.00.01

4815.00.99

5904.10.01

Estados Unidos de América 4 de agosto de 1995 4 de agosto del 2000
Fibra acrílica en presentaciones de cable (tow) y fibra corta (straple) 5501.30.01

5503.30.01

Estados Unidos de América 7 de agosto de 1995 7 de agosto del 2000
Artículos de cocina de hierro y/o acero troquelado y esmaltado o porcelanizado 7323.94.03 Taiwan 7 de agosto de 1995 7 de agosto del 2000
Tela de mezclilla con un contenido de algodón superior o igual a 85% 5209.42.01 Hong Kong 11 de agosto de 1995 11 de agosto del 2000
Varilla corrugada 7214.20.01 República Federativa de Brasil 11 de agosto de 1995 11 de agosto del 2000
Cerraduras de pomo o perilla 8301.40.01 República Popular China 14 de agosto de 1995 14 de agosto del 2000
Policloruro de vinilo (PVC) 3904.10.99 Estados Unidos de América 14 de agosto de 1995 14 de agosto del 2000
Tubería comercial de acero sin costura 7304.31.01

7304.31.08

7304.31.99

Estados Unidos de América 11 de octubre de 1995 11 de octubre del 2000
Llantas para bicicletas 4011.50.01 República de la India 7 de diciembre de 1995 7 de diciembre del 2000
Lámina rolada en frío 7209.16.01

7209.17.01

República Federal de Alemania, República Federativa de Brasil y República de Venezuela 27 de diciembre de 1995 27 de diciembre del 2000
Placa en rollo 7208.10.02

7208.25.99

7208.37.01

República Federativa de Brasil, República de Venezuela y Canadá 28 de diciembre de 1995 28 de diciembre del 2000
Placa en hoja 7208.40.01

7208.51.01

7208.52.01

República Federativa de Brasil 29 de diciembre de 1995 29 de diciembre del 2000
Lámina rolada en caliente 7208.10.99

7208.26.01

7208.27.01

7208.38.01

7208.39.01

Reino de los Países Bajos, República Federativa de Brasil y República de Venezuela 30 de diciembre de 1995 30 de diciembre del 2000

México, D.F., a 18 de febrero de 2000.- El Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, Armando F. Ortega Gómez.- Rúbrica.


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