DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo por el que se determinan las medidas de carácter general en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria para el ejercicio fiscal del año 2000, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación   

Lunes 28 de Febrero 2000

ACUERDO por el que se determinan las medidas de carácter general en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria para el ejercicio fiscal del año 2000, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS MEDIDAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2000, EN EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 99 párrafo séptimo y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 184, 191 fracciones I, II y XXVI, 205, 209 fracciones XXV y XVI, 210 fracciones I y II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 29 y 31 fracciones I y XI del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; 1, 2, 4, 6, 39 al 52, y 56 al 72 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal del año 2000, y

CONSIDERANDO:

Que para la utilización óptima de los recursos presupuestarios, que garanticen el cumplimiento de los objetivos institucionales, sin detrimento de los programas prioritarios y de las atribuciones que tiene encomendadas el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS MEDIDAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2000 EN EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

PROGRAMA DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION PARA EL AÑO 2000

PRIMERO.- Control y seguimiento de las operaciones presupuestales y financieras.

Los titulares de las diversas unidades administrativas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el ejercicio de su presupuesto, y en el ámbito de su competencia continuarán llevando el control y seguimiento de todas las operaciones presupuestales y financieras en que intervengan y serán responsables de vigilar que éstas se cumplan atendiendo medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal a que se refiere el presente programa.

SEGUNDO.- Remuneraciones al personal.

Las remuneraciones al personal adscrito al Tribunal, deberán apegarse a los tabuladores de sueldo y demás prestaciones autorizadas según acuerdo de los titulares del Poder Judicial de la Federación publicadas en el Diario Oficial de la Federación para el ejercicio presupuestal del año 2000.

TERCERO.- Creación de plazas y revisión de estructuras ocupacionales.

Con motivo del proceso electoral federal del año 2000, el incremento de nuevas plazas se hará sobre bases estrictamente indispensables, además de realizarse una evaluación permanente de la compactación de estructuras administrativas básicas y no básicas, así como observar la contratación por honorarios en base a las previsiones del presupuesto aprobado por la H. Cámara de Diputados.

CUARTO.- Jornadas de tiempo extraordinario.

Durante el proceso electoral 2000, no se pagarán horas extras.

QUINTO.- Adecuaciones presupuestales.

Las partidas presupuestales que presenten insuficiencia, podrán compensarse entre partidas de un mismo concepto o capítulo del gasto y sólo en caso de que esto no sea posible, se ampliarán los recursos presupuestales mediante la autorización de la Comisión de Administración.

SEXTO.- Adquisición de bienes muebles, prestación de servicios de cualquier naturaleza y obra pública.

Se mantendrán limitadas las adquisiciones a lo estrictamente necesario en base a criterios de selectividad, eficiencia, calidad y costo, sujetándose a la normatividad vigente aprobada por la Comisión de Administración (Acuerdo 22-05E publicado en Diario Oficial de la Federación del 7 de abril de 1999).

SEPTIMO.- Viáticos y pasajes.

Los pasajes aéreos continuarán sujetándose a las tarifas económicas, prosiguiéndose con la restricción de no autorizar pasajes aéreos de primera clase a servidores públicos.

Estas medidas se sujetarán al Procedimiento Administrativo contenido en los Manuales aprobados por la Comisión de Administración, en la novena sesión ordinaria del día 15 de julio de 1997.

Se continuará con la norma para que en el desempeño de comisiones oficiales, éstas sean propuestas invariablemente, por los Titulares de las áreas; autorizadas por el Presidente del Tribunal y con el visto bueno del Secretario Administrativo.

Las comisiones al extranjero, se limitarán a lo indispensable y sólo serán autorizadas en forma expresa e indelegable por el Presidente del Tribunal Electoral, con el visto bueno del Secretario Administrativo.

El personal comisionado, estará sujeto a rendir un informe con el visto bueno del servidor público que autorizó la Comisión.

Los gastos excedentes que por concepto de hospedaje, viáticos o pasajes se llegaran a presentar en alguna comisión, sólo podrán autorizarse por el Secretario Administrativo.

OCTAVO.- Bienes y suministros informáticos y de telecomunicaciones.

La Unidad de Sistemas proseguirá verificando la utilización eficiente del equipo informático y de los sistemas de comunicación electrónica, para el envío de documentación, con la finalidad de abatir el consumo de suministros informáticos y optimizar el aprovechamiento de los bienes de proceso electrónico.

Continuará fomentándose el uso del correo electrónico para el envío y recepción de documentos cuyo servicio sustituye y supera en varios aspectos, entre ellos el económico, al fax.

NOVENO.- Capacitación.

Sólo se autorizarán los cursos de capacitación y actualización, para el personal jurídico, con la aprobación de la Comisión de Administración; y para el personal adscrito a las áreas administrativas, previa propuesta del Secretario Administrativo con la autorización del Presidente de la Comisión, en estricto apego al presupuesto asignado.

Los recursos destinados a dichos programas se asignarán a lo indispensable, sin que signifique un detrimento para el Tribunal en materia de capacitación.

DECIMO.- Adquisición y Arrendamiento de Inmuebles. (Edificios y locales).

Se proseguirá efectuando la mayor optimización de espacios de los inmuebles arrendados por el Tribunal, considerando los compromisos derivados del proceso electoral 2000 y la disponibilidad presupuestal correspondiente.

DECIMO PRIMERO.- Mobiliario.

Continuará procurándose la utilización de los bienes muebles, que por sus condiciones físicas o cualidades técnicas permitan el uso para el que fueron destinados, reduciéndose al mínimo indispensable las nuevas adquisiciones.

En cada solicitud de nuevas adquisiciones, deberá certificarse la no existencia o nivel correspondiente de inventario.

DECIMO SEGUNDO.- Uso de vehículos.

Se proseguirá con la norma de que los vehículos utilitarios sean asignados en base a los requerimientos mínimos de las unidades administrativas previa autorización de la Secretaría Administrativa.

DECIMO TERCERO.- Uso de telefonía celular.

Sólo se autorizará este servicio cuando sea indispensable para el desempeño de las funciones y será responsabilidad de los usuarios los gastos que excedan a los límites establecidos internamente.

DECIMO CUARTO.- Gastos de ceremonial y orden social.

Se restringirán los gastos de ceremonial y de orden social, programándose en su caso a criterios de racionalidad y selectividad, por lo que se sujetarán a la disponibilidad presupuestal correspondiente.

DECIMO QUINTO.- Ayudas culturales, sociales y recreativas.

El subsidio que se otorga al personal como apoyo para el pago por el uso de las instalaciones del Centro Sociocultural y Deportivo, se incrementará al mínimo necesario respecto de los recursos otorgados en 1999.

DECIMO SEXTO.- Gastos de Comunicación Social.

La publicidad, propaganda, publicaciones oficiales y demás relacionadas con actividades de comunicación social deberán limitarse a lo estrictamente indispensable.

Se proseguirá con la norma de no incrementar el tiraje, ni la modificación de los periodos de publicación, de la revista Justicia Electoral y del Boletín del Centro de Capacitación Judicial Electoral .

Los criterios de austeridad no serán aplicables a las erogaciones destinadas a la edición e impresión de informes oficiales, así como para la difusión de criterios jurisprudenciales y tesis relevantes del Tribunal y el informe de labores que debe rendir el Presidente del Tribunal.

DECIMO SEPTIMO.- Servicio de fotocopiado.

Los titulares de las áreas jurídicas y de las unidades administrativas, de la Sala Superior y Unidades Regionales, serán responsables de vigilar que únicamente sean fotocopiados documentos de carácter oficial, utilizando como mecanismo, el control de la clave de acceso personalizada para el uso de los equipos.

DECIMO OCTAVO.- Servicios de radiocomunicación.

Previa autorización del Secretario Administrativo los servicios de radiocomunicación y radiolocalización se asignarán cuando éstos se requieran para el desempeño de las actividades, debiendo restringirse a lo estrictamente necesario.

DECIMO NOVENO.- Suscripción de periódicos y revistas.

Se mantendrá la disposición de reducir al mínimo indispensable la suscripción a periódicos y revistas, y sólo se autorizarán previa justificación del área solicitante, para el desarrollo de las actividades sustantivas encomendadas.

VIGESIMO.- Servicios telefónicos.

La Unidad de Sistemas continuará limitando la asignación de teléfonos, con base en el análisis de las necesidades de comunicación, y de acuerdo a la naturaleza de las funciones y niveles de responsabilidad de los funcionarios.

Se mantendrá el programa de convenios con empresas telefónicas para bloquear los teléfonos de las líneas de entretenimiento u otros similares utilizando dispositivos de protección para racionalizar los servicios de larga distancia.

Se continuará la restricción de llamadas y proseguirá en el conmutador del Tribunal, la configuración para evitar el uso indiscriminado.

Se proseguirá exhortando a los responsables de áreas para que promuevan entre su personal el uso racional del servicio telefónico.

VIGESIMO PRIMERO.- Donativos.

Se restringirán al mínimo indispensable, los donativos en numerario; en su caso, la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, será la única que autorice su otorgamiento.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

SEGUNDO.- No serán aplicables las medidas a que se refiere este programa en aquellas acciones en las que se requiera atender contingencias derivadas del proceso electoral federal 2000 y en ningún momento deberán afectar gastos, que por no llevarse a cabo, podrían poner en riesgo la atención necesaria para el buen desarrollo del proceso electoral federal antes citado.

TERCERO.- Queda sin efecto el programa de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria para el año de 1999, aprobado por la Comisión de Administración del Tribunal Electoral, el día 20 de abril de 1999.

CUARTO.- Remítase copia del presente Acuerdo a los titulares de las distintas áreas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para su conocimiento e inmediato cumplimiento.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los quince días del mes de febrero del año dos mil.- El Magistrado Presidente del Tribunal Electoral y de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, José Luis de la Peza Muñozcano.- Rúbrica.

(R.- 121024)


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