{Décima Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 1999 y su Anexo 7.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
DECIMA CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 1999 Y SU ANEXO 7.
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción l, inciso g) del Código Fiscal de la Federación y 6o., fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Secretaría resuelve:
Unico. Se modifica el siguiente Anexo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 1999.
· 7, rubro A.
Transitorio
Unico. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 24 de febrero de 2000.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Manuel Ramos Francia.- Rúbrica.
Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 1999
| Contenido Acciones, obligaciones y otros valores que se consideran colocados entre el gran público inversionista. A. Se incluyen. 1. a 2. 3. Valores Gubernamentales 5. a 7. B. C. |
A. Se incluyen:
3. Valores Gubernamentales.
Bonos de Protección al Ahorro.
B.
C.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 24 de febrero de 2000.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Manuel Ramos Francia.- Rúbrica.
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