DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo mediante el cual se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, los inmuebles que se indican, ubicados en el Estado de Yucatán, a efecto de que continúe proporcionando su uso a magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación, como casas habitación   

Lunes 14 de Febrero 2000

ACUERDO mediante el cual se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, los inmuebles que se indican, ubicados en el Estado de Yucatán, a efecto de que continúe proporcionando su uso a magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación, como casas habitación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

ARSENIO FARELL CUBILLAS, Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con fundamento en los artículos 2o. fracción V, 8o. fracción l, 9o. párrafo primero, 10 párrafo primero, 34 fracción II, 37, 39, 41, 44 y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones XX, XXII y XXlll de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción VI, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentran los siguientes:

- Inmueble con superficie de 450.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 18 número 133, manzana 43, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 107/98 de fecha 8 de julio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41026 el 13 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 450.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 18 número 129, manzana 43, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 106/98 de fecha 8 de julio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41025 el 13 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 450.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 18 número 125, manzana 43, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 105/98 de fecha 8 de julio 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41024 el 13 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 450.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 16 número 112, manzana 36, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 104/98 de fecha 8 de julio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41023 el 13 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 450.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 16 número 106, manzana 36, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 103/98 de fecha 8 de julio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41022 el 13 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 453.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 15 número 137, manzana 20, Sección 26, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 093/98 de fecha 8 de julio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41039 el 13 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 450.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 13 número 100, manzana 20, Sección 26, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 092/98 de fecha 8 de julio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41038 el 13 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 450.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 13 número 112, manzana 20, Sección 26, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 091/98 de fecha 8 de julio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41037 el 13 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 450.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle 13 número 118, manzana 20, Sección 26, del fraccionamiento Montecristo, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 090/98 de fecha 8 de julio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41036 el 13 de octubre de 1998.

Los inmuebles antes descritos tienen las medidas y colindancias que se consignan en los títulos de propiedad correspondientes, los cuales obran en el expediente respectivo;

Que el Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficio número DGIM/DF/6841/99 de fecha 22 de septiembre de 1999, ha dejado constancia de su interés para que se destinen a su servicio los inmuebles federales descritos en el párrafo primero de estos considerandos, a fin de que el Poder Judicial de la Federación los continúe utilizando como casas habitación de magistrados y jueces federales, quienes son objeto de rotación constante en las distintas circunscripciones territoriales que corresponden a los órganos judiciales en los términos de la ley, con el propósito de coadyuvar en el desempeño de su función de impartir justicia;

Que en razón de que la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, el destino de los inmuebles materia del presente Acuerdo, ha de realizarse a favor de ese Consejo, a efecto de que los continúe utilizando en el fin que se menciona en el párrafo precedente;

Que la Dirección de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento Constitucional de Mérida, Estado de Yucatán, mediante oficios números 2949/99-LFCHA, 2951/99-LFCHA, 2950/99-LFCHA, 2952/99-LFCHA, 2953/99-LFCHA, 2954/99-LFCHA, 2957/99-LFCHA, 2958/99-LFCHA y 2956-LFCHA, todos de fecha 1 de septiembre de 1999, emitió el respectivo dictamen sobre el uso que se le viene dando a los inmuebles descritos en el considerando primero de este ordenamiento, siendo compatible con el Plan de Desarrollo Urbano de la localidad en que se ubican, y

Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a los otros Poderes de la Unión, con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, en el caso concreto, la de impartición de justicia a cargo del Poder Judicial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, los inmuebles descritos en el párrafo primero de los considerandos del presente Acuerdo, a efecto de que continúe proporcionando su uso a magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación como casas habitación.

SEGUNDO.- Si el Consejo de la Judicatura Federal diere a los inmuebles que se le destinan un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, o bien los dejare de utilizar o necesitar, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones se retirarán de su servicio para ser administrados por esta dependencia.

TERCERO.- La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a primero de febrero de dos mil.- El Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, Arsenio Farell Cubillas.- Rúbrica.


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