DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo mediante el cual se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal los inmuebles que se indican, ubicados en el Estado de Oaxaca, a efecto de que continúe proporcionando su uso a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación, como casas habitación   

Viernes 10 de Marzo 2000

ACUERDO mediante el cual se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal los inmuebles que se indican, ubicados en el Estado de Oaxaca, a efecto de que continúe proporcionando su uso a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación, como casas habitación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

ARSENIO FARELL CUBILLAS, Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con fundamento en los artículos 2o. fracción V, 8o. fracción I, 9o. párrafo primero, 10 párrafo primero, 34 fracción II, 37, 39, 41, 44 y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción VI y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentran los siguientes:

- Inmueble con superficie de 268.84 metros cuadrados, ubicado en avenida Hidalgo número 27, identificado como lote A , Residencial Bosque de San Felipe , Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 070/98 de fecha 10 de junio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 40922, el 1 de septiembre de 1998.

- Inmueble con superficie de 377.85 metros cuadrados, ubicado en avenida Hidalgo número 27, identificado como lote D , Residencial Bosque de San Felipe , Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 073/98 de fecha 10 de junio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 40919, el 1 de septiembre de 1998.

- Inmueble con superficie de 325.65 metros cuadrados, ubicado en avenida Hidalgo número 27, identificado como lote H , Residencial Bosque de San Felipe , Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 080/98 de fecha 10 de junio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 40911, el 1 de septiembre de 1998.

- Inmueble con superficie de 321.96 metros cuadrados, ubicado en avenida Hidalgo número 27, identificado como lote J , Residencial Bosque de San Felipe , Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 081/98 de fecha 10 de junio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 40910, el 1 de septiembre de 1998.

- Inmueble con superficie de 196.60 metros cuadrados, ubicado en la calle Colón número 717, identificado como lote 2, del fraccionamiento Residencial San Jerónimo , Agencia Municipal de San Felipe del Agua, Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 083/98 de fecha 10 de junio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 40908, el 1 de septiembre de 1998.

- Inmueble con superficie de 185.04 metros cuadrados, ubicado en la calle Colón número 717, identificado como lote 3, del fraccionamiento Residencial San Jerónimo , Agencia Municipal de San Felipe del Agua, Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 084/98 de fecha 10 de junio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 40907, el 1 de septiembre de 1998.

- Inmueble con superficie de 186.29 metros cuadrados, ubicado en la calle Colón número 717, identificado como lote 4, del fraccionamiento Residencial San Jerónimo , Agencia Municipal de San Felipe del Agua, Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 085/98 de fecha 10 de junio de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 40906, el 1 de septiembre de 1998.

- Inmueble con superficie de 300.00 metros cuadrados, ubicado en circuito Abedules sin número, identificado como lote 117, del fraccionamiento Arbolada Brenamiel , jurisdicción de San Jacinto Amilpas Centro, Oaxaca, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 114/98 de fecha 10 de agosto de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41075, el 16 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 300.00 metros cuadrados, ubicado en circuito Abedules sin número, identificado como lote 121, del fraccionamiento Arbolada Brenamiel , jurisdicción de San Jacinto Amilpas Centro, Oaxaca, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 115/98 de fecha 10 de agosto de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41074, el 16 de octubre de 1998.

- Inmueble con superficie de 201.08 metros cuadrados, ubicado en avenida Hidalgo número 120 letra B , antes 918, identificado como lote 8, Agencia Municipal de San Felipe del Agua, Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 116/98 de fecha 10 de agosto de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41073, el 16 de octubre de 1998.

Los inmuebles antes descritos tienen las medidas y colindancias que se consignan en los títulos de propiedad correspondientes, los cuales obran en el expediente respectivo;

Que el Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficio número DGIM/DF/6861/99 de fecha 22 de septiembre de 1999, ha dejado constancia de su interés para que se destinen a su servicio los inmuebles federales descritos en el párrafo primero de estos considerandos, a fin de que el Poder Judicial de la Federación los continúe utilizando como casas habitación de Magistrados y Jueces Federales, quienes son objeto de rotación constante en las distintas circunscripciones territoriales que corresponden a los órganos judiciales en los términos de la ley, con el propósito de coadyuvar en el desempeño de su función de impartir justicia;

Que en razón de que la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, el destino de los inmuebles materia del presente Acuerdo, ha de realizarse a favor de ese Consejo, a efecto de que los continúe utilizando en el fin que se menciona en el párrafo precedente;

Que la Dirección General de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento Constitucional de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, mediante licencias de uso de suelo de fecha 1 de septiembre de 1999, y la Presidencia Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de San Jacinto Amilpas Centro, Oaxaca, por oficios números 12140/99 y 1241/99, ambos de fecha 8 de septiembre de 1999, emitieron el respectivo dictamen sobre el uso que se le viene dando a los inmuebles descritos en el considerando primero de este ordenamiento, siendo compatible con los Planes de Desarrollo Urbano de las localidades donde su ubican;

Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a los otros Poderes de la Unión, con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, en el caso concreto, la de impartición de justicia a cargo del Poder Judicial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, los inmuebles descritos en el párrafo primero de los considerandos del presente Acuerdo, a efecto de que continúe proporcionando su uso a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación como casas habitación.

SEGUNDO.- Si el Consejo de la Judicatura Federal diere a los inmuebles que se le destinan un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, o bien los dejare de utilizar o necesitar, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones se retirarán de su servicio para ser administrados por esta dependencia.

TERCERO.- La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil.- El Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, Arsenio Farell Cubillas.- Rúbrica.


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