Resolución Miscelánea Fiscal para 2000 y su Anexo 1 (Continúa de la Tercera Sección).
(Viene de la Tercera Sección)
ATENTO AVISO
Las imágenes de este archivo no se pueden mostrar o importar debido a lo extenso del archivo electrónico, por lo que para su consulta deberán realizarse mediante la opción de Diario Digital.
3. Cuestionario informativo de procedimientos automatizados con equipos de cómputo para la autoimpresión de comprobantes fiscales.
Al cuestionario deberá anexar copia del poder notarial otorgado al representante legal y alcance que soporte la respuesta de cada pregunta, haciendo referencia a cada una de ellas.
Instrucciones:
Responda de manera clara cada una de las respuestas. Si requiere mayor espacio lo puede utilizar guardando el orden de las preguntas.
| Nombre, denominación o razón social: |
| R.F.C.: |
| Domicilio Fiscal: |
| Calle No. Int. No. Ext. |
| Colonia C.P. |
| Localidad Entidad Federativa |
| 1. Proporcione los siguientes datos del equipo de cómputo central y periféricos (impresoras y terminales): |
| Domicilio de localización: |
| Marca: Modelo: No. serie: |
| Sistema operativo y versión: |
| 2. Proporcione los siguientes datos por cada uno de los domicilios donde facture: |
| Domicilio de localización (impresoras y terminales): |
| Dispositivo: Marca: No. serie: |
| 3. En el caso de que imprima facturas en diversos establecimientos, describa el medio de interconexión de los equipos de cómputo de dichos establecimientos, así como el diagrama correspondiente: |
| 4. Proporcione el nombre de la empresa a la que adquirió la aplicación, cuando la hubiera desarrollado su personal indique el nombre y cargo; asimismo mencione el lenguaje de programación de la aplicación: |
| 5. Mencione el procedimiento automático para la generación de folios y la longitud de caracteres definida para el folio: |
| 6. Mencione el procedimiento de afectación a cuentas y subcuentas, definiendo si el procedimiento es automático o semiautomático, así como la periodicidad con la que realiza las afectaciones. Además proporcione el diagrama respectivo: |
| 7. Mencione los niveles de seguridad con los que cuenta la aplicación para mantener la integridad de la serialización de los folios: |
| 8. Proporcione el nombre de la empresa con la que tiene celebrado el contrato de mantenimiento de la aplicación, en su caso indique el nombre y cargo de su personal que desempeña dicha actividad: |
| 9. Explique brevemente el procedimiento que realizará el sistema de cómputo y cómo registra en los archivos magnéticos, en los casos de: |
| a. Registrar folios cancelados |
| b. Realizar la reposición de facturas |
El SAT podrá en cualquier momento verificar la veracidad de la información proporcionada por el contribuyente.
Declaro bajo protesta de decir verdad que los datos proporcionados en este cuestionario son verídicos y en el caso de ser necesario o efectuar algún cambio, daré aviso previo al SAT.
Nombre y firma del representante legal
Fecha:
4. Instructivo para medios magnéticos.
Características generales
Cuando en las disposiciones fiscales se hiciera referencia a declaraciones, avisos o cualquier información que deba presentarse mediante medios magnéticos, se utilizará para ello:
(1) Los contribuyentes que tienen la obligación de presentar mediante dispositivo magnético declaraciones informativas de: crédito al salario, forma 26; retenciones del ISR, forma 27; residentes en el extranjero a los que se les hayan efectuado pagos formas 28 y 29; operaciones con clientes y proveedores, forma 42; precio de enajenación de producto y volumen de cigarros por marca, y precio de enajenación por unidad en territorio nacional de autos usados importados, de conformidad con los artículos 58, fracción X, 83, fracción V, 86, penúltimo párrafo, 92, quinto párrafo, 112, fracción VIII, 119-I, fracción VII, segundo párrafo, 123, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, 19, fracción IX, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, y 17, primer párrafo, de la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, respectivamente, deberán utilizar únicamente el Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos (D.I.M.M.), observando lo siguiente:
· El sistema D.I.M.M., deberá ser utilizado por el (los) contribuyente(s) que esté(n) obligado(s) de conformidad con las leyes fiscales respectivas, o por aquellos que opten por presentar su información en dispositivos magnéticos.
· El sistema D.I.M.M., sustituye cualquier forma anterior de presentación en dispositivos magnéticos para las declaraciones informativas señaladas.
· El sistema D.I.M.M., estará disponible en las administraciones locales de recaudación, para lo cual se deberá acudir al módulo de atención fiscal para obtener el programa relativo, y sus actualizaciones inherentes, presentando para ello cinco discos flexibles útiles de 3.5 , de doble cara y alta densidad; así como en la dirección de Internet dentro de la página principal, localizando el icono de otros servicios.
· Los contribuyentes que cuenten con un sistema propio para la obtención de la información, podrán transferirla al sistema D.I.M.M., a través de la opción de carta Batch.
· El sistema D.I.M.M., genera el disco flexible, así como el escrito de presentación, mismos que el contribuyente deberá presentar en la Administración Local de Recaudación que corresponda a su domicilio fiscal.
(2) Salvo lo dispuesto en el inciso correspondiente a cada caso en particular, discos flexibles de 3.5 , de doble cara y alta densidad, procesados en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII) y en sistema operativo DOS, versión 3.0 o posterior, cuyas etiquetas externas contengan cuando menos los siguientes datos:
· R.F.C. del contribuyente.
· Nombre, denominación o razón social.
· Declaraciones que incluye.
· Números de discos que presenta.
· Periodo que comprende la información.
· Fecha de entrega.
(a) Forma oficial 45.
(i) Introducción.
A fin de que los contribuyentes puedan presentar en medios magnéticos la información relativa al calendario de destrucción o donación de mercancías que han perdido su valor, la relación de mercancías a destruir o a donar, bienes de activo fijo e inversiones que dejaron de ser útiles, se establece el procedimiento a seguir para el llenado de la forma oficial 45 Aviso múltiple para: 1. Destrucción de mercancías que han perdido su valor. 2. Donación de mercancías que han perdido su valor .
El contribuyente deberá proporcionar la descripción de los archivos que deben contener los discos flexibles, en cada uno de los casos siguientes:
- Destrucción de mercancías que han perdido su valor (Anexo 1).
- Destrucción única anual.
- Calendario de destrucciones periódicas.
- Relación de mercancías que han perdido su valor, lugar donde se encuentran las mercancías, nombre de los productos tal y como aparecen en la factura, número de unidades, clave, costo de producción o adquisición asentados en la contabilidad del contribuyente.
- Donación de mercancías o bienes de activo fijo (Anexo 2).
- Datos de la mercancía a donar.
- Datos de la donación.
- Relación de mercancías a donar, nombre de los productos tal y como aparecen en la factura, número de unidades, clave, costo de producción o adquisición asentados en la contabilidad del contribuyente.
(ii) Procedimiento para proporcionar información en medios magnéticos relativa a la forma oficial 45 desglosada por anexos.
· Los discos flexibles que entregue el contribuyente, deberán llevar una etiqueta externa donde estén anotados los datos de identificación siguientes:
· Domicilio fiscal.
· Mencionar los archivos y extensiones grabados en el dispositivo, así como, los números de registros contenidos en cada uno de ellos.
· Número de serie del medio magnético que envía, se refiere al número que asigna el fabricante al disco el cual se encuentra en el reverso, parte externa del disco.
(iii) La información en medios magnéticos debe reunir las características siguientes:
· Las cifras indicativas de importes se capturarán sin centavos, en moneda nacional, en pesos. Estas cifras se captarán sin signos ni puntuaciones (signos de pesos, comas y puntos).
· Los campos que no contengan información se dejarán en blanco siempre y cuando respeten la descripción de archivos solicitada.
· Los campos numéricos deberán justificarse a la derecha.
· Los campos alfanuméricos se justificarán a la izquierda.
· Medios magnéticos:
a) La información deberá ser almacenada por medio del comando copy para los archivos generados respetando los nombres y extensiones de los mismos.
Ejemplo:
copy C:\AM45\*.* A:
(iv) Con el objeto de cubrir las diferentes causas que pueden provocar errores de lectura en los dispositivos magnéticos, es necesario considerar los casos siguientes:
- No incluir la Ñ. En su caso sustituirla por un &.
- No incluir montos de cifras negativas.
- No incluir el carácter diagonal invertida ( \ ).
- Si originalmente los archivos fueron generados en Lotus 1-2-3 o Dbase, en ambos casos éstos contienen utilerías para convertir esos archivos en formato ASCII, por lo que se recomienda que los archivos cumplan con las especificaciones indicadas.
- La información contenida en los campos cuando sean letras deberán ser mayúsculas.
(v) En caso de ocupar más de un medio magnético por archivo, se tendrá que repetir el R.F.C. del contribuyente e indicar qué número secuencial le corresponde a ese archivo.
(vi) Los nombres de los archivos deben reunir las características siguientes:
· Para cada archivo, la primera o las dos primeras letras deberán corresponder a las iniciales de aviso múltiple y a continuación el anexo que corresponda.
· Los siguientes caracteres corresponden al tipo de información que contiene el archivo, de conformidad a las claves siguientes:
| AM45I.TXT | -- | Archivo de datos generales y anexo 1 |
| AM45IB.TXT | -- | Continuación anexo 1 |
| AM45II.TXT | -- | Anexo 2 |
(vii) Desglose de la forma oficial 45 para la captura en medio magnético.
Nombre del archivo: AM45I.TXT
Información que deberá proporcionarse en el Primer Registro solamente.
Datos generales.
No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
1 1-3 3 N C.R.H.
2 4-16 13 A R.F.C. del contribuyente.
3 17-18 2 N Clave de A.G.A.F.F. o A.L.A.F.
4 19-20 2 N Ejercicio fiscal.
5 21-60 40 A Nombre, denominación o razón social.
6 Domicilio fiscal.
6.1 61-140 80 A (Calle, número exterior, número interior, colonia).
6.5 141-147 7 N Teléfono.
6.6 148-180 33 A Referencia entre las calles.
6.7 181-207 27 A Municipio o delegación.
6.8 208-212 5 A Código postal.
6.9 213-232 20 A Localidad.
7 233-234 2 N Clave de entidad federativa.
8 Datos generales.
8.1 235-235 1 N Número 1 en caso de anexo 1, 0 cero en caso contrario.
8.2 236-236 1 N Número 2 en caso de anexo 2, 0 cero en caso contrario.
8.3 237-237 1 N Número 3 en caso de anexo 3, 0 cero en caso contrario.
8.4 238-238 1 N Número de discos flexibles que entrega.
9 Datos del representante legal.
9.1 239-251 13 A R.F.C. del representante.
1 Destrucción de mercancías
Nombre del archivo: AM45I.TXT
Información que deberá proporcionarse en el Segundo Registro solamente.
Anexo 1No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
1 Destrucción única anual.
1.1 1-33 33 A Tipo de mercancía.
1.2 34-43 10 A Importe de las mercancías a destruir.
1.3 44-123 80 A Lugar donde se efectuará la destrucción. (calle, número exterior, número interior, colonia).
1.3.1 124-130 7 N Teléfono.
1.3.2 131-157 27 A Municipio o delegación.
1.3.3 158-162 5 N Código postal.
1.3.4 163-186 24 N Localidad.
2 187-188 2 N Entidad federativa.
3 189-194 6 N Fecha de iniciación (DDMMAA).
4 195-198 4 N Hora de inicio.
5 199-204 6 N Fecha de terminación (DDMMAA).
6 205-208 4 N Hora de terminación.
7 209-252 44 A Procedimiento que se utilizará en la destrucción.
Información que deberá proporcionarse del Tercer Registro solamente.
Anexo 1
No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
1 1-165 165 A Explicación breve de la necesidad de destruir periódicamente.
2 166-166 1 A Periodicidad con la que se pretende destruir (1 - Semanal, 2 - Quincenal, 3 - Mensual, 4 - Bimestral, 5 - Cuatrimestral, 6 - Semestral, 7 - Otro)
3 167-186 20 A Especificación de otro.
Información que deberá proporcionarse del Cuarto Registro en adelante.
Anexo 1
No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
4 1-6 6 N Fecha en que se efectuará la destrucción.
5 7-10 4 N Hora de inicio de la destrucción.
6 11-236 50 A Lugar donde se efectuará la destrucción.
Nombre del archivo: AM45IB.TXT
Información que deberá proporcionarse en el Primer Registro solamente.
Relación de mercancías que han perdido su valor.
No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
1 1-13 13 A R.F.C. del contribuyente.
2 14-93 80 A Lugar donde se encuentran las mercancías.
3 94-100 7 N Teléfono.
4 101-127 27 A Municipio o delegación.
5 128-132 5 N Código postal.
6 133-156 24 A Localidad.
7 157-158 2 N Clave de entidad federativa.
8 159-171 13 N Total de unidades.
9 172-182 11 N Suma total (en pesos).
Información que deberá proporcionarse del Segundo Registro en adelante.
Anexo 1
No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
1 1-12 12 A Nombre de los productos tal y como aparece en la factura.
2 13-17 5 N Número de unidades.
3 18-19 2 A Clave PT=Producto terminado. PP=Producto en proceso. MP=Materia prima. PA=Partes o accesorios. ME=Material de empaque. E=Envases. O=Otros. 4 20-30 11 N Total de costo de producción o adquisición contable (en pesos).
Nombre del archivo: AM45II.TXT
Información que deberá proporcionarse en el Primer Registro solamente.
Anexo 2.
No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
1 1-13 13 A R.F.C. del contribuyente.
2 14-46 33 A Dato de la mercancía a donar.
3 47-56 10 N Importe total de las mercancías a donar.
4 57-96 40 A Denominación o razón social.
5 97-109 13 A R.F.C. de la donataria.
6 110-189 80 A Domicilio fiscal (calle, número exterior, número interior, colonia).
7 190-196 7 A Teléfono.
8 197-229 33 A Referencia entre las calles.
Nombre del archivo: AM45II.TXT
Información que deberá proporcionarse en el Segundo Registro solamente.
Anexo 2.
No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
1 1-13 13 A R.F.C. del contribuyente.
2 14-40 27 A Municipio o delegación.
3 41-45 5 N Código postal.
4 46-60 15 A Localidad.
5 61-62 2 N Clave de entidad federativa.
6 63-63 1 A Letra E para fines de enseñanza.
7 64-64 1 A Letra A para fines de asistencia.
8 65-65 1 A Letra B para fines de beneficencia.
9 66-66 1 A Letra Y para investigación y desarrollo tecnológico.
10 67-72 6 N Fecha de la donación.
11 73-77 5 N Total de unidades.
12 78-89 12 N Suma total de costo de producción o adquisición contable.
Información que deberá proporcionarse del Tercer Registro en adelante.
Anexo 2.
No. campo Posiciones Longitud Tipo Descripción
1 1-12 12 A Nombre de los productos.
2 13-17 5 N Número de unidades.
3 18-19 2 A Clave PT=Producto terminado. PP=Producto en proceso. MP=Materia prima. PA=Partes o accesorios. ME=Material de empaque. E=Envases. O=Otros.
4 20-30 11 N Total de costo de producción contable.
5 31-35 5 N Total de unidades.
6 36-47 12 N Suma total de costo de producción.
(b) Información de la solicitud de devolución o el aviso de compensación de saldos a favor del impuesto al valor agregado a que se refieren las reglas 2.2.1 y 2.2.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000.
Características de los medios magnéticos:
- Los señalados en el sumario del numeral 4 de este instructivo.
- Deberá generarse sin encabezados.
El medio o medios magnéticos deberán venir identificados con una etiqueta externa, con la siguiente información:
Para devolución:
Leyenda: Solicitud de devolución de I.V.A.
R.F.C. y Núm. de disco _____________________ No. disco______
Nombre del contribuyente _____________________________________
Periodo de operaciones de_______________ a_______________
día mes año día mes año
Nombre(s) de archivo(s) _______________ _______________
Cantidad de registros _______________ _______________
Fecha de entrega _________________
día mes año
Para compensación:
Leyenda: Aviso de compensación de I.V.A.
R.F.C. y Núm. de disco _____________________ No. disco______
Nombre del contribuyente _____________________________________
Periodo de operaciones de_______________ a_______________
día mes año día mes año
Nombre(s) de archivo(s) _______________ _______________Cantidad de registros _______________ _______________
Fecha de entrega _________________
día mes año
La información en el medio o medios magnéticos, debe reunir las siguientes características:
1. Las cifras indicativas de importes se captan en moneda nacional, en pesos, sin centavos ni signos especiales (signo de pesos, comas o puntos).
2. Los campos numéricos que no contengan información se llenarán con ceros en todas sus posiciones.
3. Los campos numéricos que contengan información serán justificados a la derecha, rellenados con ceros las posiciones a la izquierda.
4. Los campos de día deberán tener el rango de 01 a 31.
5. Los campos de mes deberán tener el rango de 01 a 12.
6. Los campos de año deberán tener los cuatro dígitos del año respectivo, excepto el de R.F.C.
7. Los Sub-campos de la parte alfabética del R.F.C. deberán justificarse a la derecha.
8. El medio o medios magnéticos deberán contener los siguientes archivos:
Para devoluciones:
IVADEV1.TXT (un solo registro de identificación del contribuyente y datos de la solicitud de devolución).
IVADEV2.TXT (registros de relación de operaciones con proveedores, arrendadores y prestadores de servicios).
IVADEV3.TXT (registros de relación de operaciones de comercio exterior, importaciones y exportaciones).
Para compensaciones:
IVACOM1.TXT (un solo registro de identificación del contribuyente y datos del aviso de compensación).
IVACOM2.TXT (registros de relación de operaciones con proveedores, arrendadores y prestadores de servicios).
IVACOM3.TXT (registros de relación de operaciones de comercio exterior, importaciones y exportaciones).
ARCHIVO IVADEV1.TXT
Formato de registro de identificación del contribuyente, datos del saldo a favor solicitado y número de registros que presenta en los archivos IVADEV2.TXT (formato de registro de operaciones con proveedores, arrendadores y prestadores de servicios) e IVADEV3.TXT (froamto de registro de operaciones de comercio exterior, importaciones y exportaciones).
| No. Cpo. | Sub. Cpo. | Posiciones | Longitud | Tipo de campo | Nombre del campo |
| 1 | 001 a 004 | 4 | Numérico | Control del medio en caso de no utilizar el programa proporcionado por el SAT, este campo se llenará con ceros. | |
| 2 | 2.1 2.2 2.3 | 005 a 017 005 a 008 009 a 014 015 a 017 | 13 4 6 3 | Alfanumérico Alfabético Numérico Alfanumérico | R.F.C. del contribuyente Parte alfabética del R.F.C. Parte numérica del R.F.C. Homonimia y D.V. del R.F.C. |
| 3 | 018 a 092 | 75 | Alfabético | Nombre, denominación o razón social del contribuyente. | |
| 4 | 093 a 095 | 3 | Numérico | Clave del banco para el depósito de su devolución | |
| 5 | 096 a 100 | 5 | Numérico | Número de sucursal. | |
| 6 | 101 a 115 | 15 | Numérico | Número de cuenta. | |
| 7 | 116 a 135 | 20 | Alfanumérico | Localidad del banco. | |
| 8 | 136 a 136 | 1 | Numérico | Tipo de declaración en la que manifestó el saldo a favor: 1 Normal. 2 Complementaria. | |
| 9 | 9.1 9.2 9.3 9.4 | 137 a148 137 a138 139 a 142 143 a 144 145 a 148 | 12 2 4 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico Numérico | Periodo de la declaración en el que se generó el saldo a favor: Mes inicial. Año inicial. Mes final. Año final. |
| 10 | 10.1 10.2 10.3 | 149 a 156 149 a 150 151 a 152 153 a 156 | 8 2 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico | Fecha de presentación de la declaración en la que se manifestó el saldo a favor: Día de presentación. Mes de presentación. Año de presentación. |
| 11 | 157 a 168 | 12 | Numérico | I.V.A. trasladado. | |
| 12 | 169 a 180 | 12 | Numérico | I.V.A. retenido. | |
| 13 | 181 a 192 | 12 | Numérico | I.V.A. acreditable. | |
| 14 | 193 a 204 | 12 | Numérico | I.V.A. pendiente. | |
| 15 | 205 a 216 | 12 | Numérico | I.V.A. saldo a favor. | |
| 16 | 217 a 228 | 12 | Numérico | Saldo a favor del I.V.A. solicitado. | |
| 17 | 229 a 232 | 4 | Numérico | Número de registros del archivo IVADEV2.TXT. | |
| 18 | 233 a 236 | 4 | Numérico | Número de registros del archivo IVADEV3.TXT. | |
| 19 | 237 a 237 | 1 | Numérico | Declaración: 1 Provisional. 2 Ejercicio. |
En el campo 4 clave del banco para el depósito de su devolución , anotará la clave que corresponda a la institución de crédito en la cual mantiene la cuenta de cheques en la que se depositará el importe de su devolución, conforme el catálogo anexo. En caso de no contar con cuenta de cheques, los campos 4 clave del banco para el depósito de su devolución , 5 número de sucursal , 6 número de cuenta deberán llenarse con ceros y el campo 7 localidad del banco se rellenará con espacios.
La información de los campos 11 I.V.A. trasladado, 12 I.V.A. retenido, 13 I.V.A. acreditable, 14 I.V.A. pendiente y 15 I.V.A. saldo a favor corresponden a la declaración de pago provisional. El campo 15 I.V.A. saldo a favor, únicamente se utilizará para los saldos a favor manifestados en declaraciones provisionales, presentadas en formatos vigentes a partir de 1995, en cualquier otro caso deberá llenarse con ceros.
En el caso de saldos a favor manifestados en declaraciones del ejercicio, las posiciones correspondientes a los campos 11 I.V.A. trasladado, 12 I.V.A. retenido, 13 I.V.A. acreditable, 14 I.V.A. pendiente se llenarán con ceros y en el campo 14 I.V.A. saldo a favor se grabará la información del Neto a favor correspondiente a la sección del IVA último renglón, de la declaración del ejercicio.
ARCHIVO IVACOM1.TXT
Formato de registro de identificación del contribuyente, datos del saldo a favor compensado y número de registros que presenta en los archivos IVACOM2.TXT e IVACOM3.TXT .
| No. Cpo. | Sub. Cpo. | Posiciones | Longitud | Tipo de campo | Nombre del campo |
| 1 | 001 a 004 | 4 | Numérico | Control del medio en caso de no utilizar el programa proporcionado por el SAT, este campo se llenará con ceros. | |
| 2 | 2.1 2.2 2.3 | 005 a 017 005 a 008 009 a 014 015 a 017 | 13 4 6 3 | Alfanumérico Alfabético Numérico Alfanumérico | R.F.C. del contribuyente Parte alfabética del R.F.C. Parte numérica del R.F.C. Homonimia y D.V. del R.F.C. |
| 3 | 018 a 092 | 75 | Alfabético | Nombre, denominación o razón social del contribuyente. | |
| 4 | 4.1 4.2 4.3 | 093 a 100 093 a 094 095 a 096 097 a 100 | 8 2 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico | Fecha de presentación de la declaración en la que compensó. Día de presentación. Mes de presentación. Año de presentación. |
| 5 | 5.1 5.2 5.3 5.4 | 101 a 112 101 a 102 103 a 106 107 a 108 109 a 112 | 12 2 4 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico Numérico | Periodo de la declaración en la que compensó: Mes inicial. Año inicial. Mes final. Año final. |
| 6 | 6.1 6.2 6.3 6.4 | 113 a 124 113 a 114 115 a 118 119 a 120 121 a 124 | 12 2 4 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico Numérico | Periodo de la declaración en el que se generó el saldo a favor: Mes inicial. Año inicial. Mes final. Año final. |
| 7 | 125 a 125 | 1 | Numérico | Tipo de declaración en la que manifestó el saldo a favor: 1 Normal. 2 Complementaria. | |
| 8 | 8.1 8.2 8.3 | 126 a 133 126 a 127 128 a 129 130 a 133 | 8 2 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico | Fecha de presentación de la declaración en la que se manifestó el saldo a favor: Día de presentación. Mes de presentación. Año de presentación. |
| 9 | 134 a 145 | 12 | Numérico | I.V.A. trasladado. | |
| 10 | 146 a 157 | 12 | Numérico | I.V.A. retenido. | |
| 11 | 158 a 169 | 12 | Numérico | I.V.A. acreditable. | |
| 12 | 170 a 181 | 12 | Numérico | I.V.A. pendiente. | |
| 13 | 182 a 193 | 12 | Numérico | I.V.A. saldo a favor. | |
| 14 | 194 a 205 | 12 | Numérico | Importe compensado. | |
| 15 | 206 a 209 | 4 | Numérico | Número de registros del archivo IVACOM2.TXT. | |
| 16 | 210 a 213 | 4 | Numérico | Número de registros del archivo IVACOM3.TXT. | |
| 17 | 214 a 214 | 1 | Numérico | Declaración: 1 Provisional. 2 Ejercicio. |
La información de los campos 9 I.V.A. trasladado, 10 I.V.A. retenido, 11 I.V.A. acreditable, 12 I.V.A. pendiente y 13 I.V.A. saldo a favor, corresponden a la declaración de pago provisional. El campo 13 I.V.A. saldo a favor, únicamente se utilizará para los saldos a favor manifestados en declaraciones provisionales, presentadas en formatos vigentes a partir de 1995, en cualquier otro caso deberá llenarse con ceros.
En el caso de saldos a favor manifestados en declaraciones del ejercicio, las posiciones correspondientes a los campos 9 I.V.A. trasladado, 10 I.V.A. retenido, 11 I.V.A. acreditable y 12 I.V.A. pendiente se llenarán con ceros y en el campo 13 I.V.A. saldo a favor, se grabará la información de Neto a favor correspondiente a la sección de IVA último renglón, de la declaración del ejercicio en la que se manifestó el saldo a favor.
ARCHIVO IVADEV2.TXT o IVACOM2.TXT
Formato de registro de operaciones con proveedores, arrendadores y prestadores de servicios.
| No. Cpo. | Sub. Cpo. | Posiciones | Longitud | Tipo de campo | Nombre del campo |
| 1 | 001 a 004 | 4 | Numérico | Control del medio. | |
| 2 | 2.1 2.2 2.3 | 005 a 017 005 a 008 009 a 014 015 a 017 | 13 4 6 3 | Alfanumérico Alfabético Numérico Alfanumérico | R.F.C. del contribuyente: Parte alfabética del R.F.C. Parte numérica del R.F.C. Homonimia y D.V. del R.F.C. |
| 3 | 3.1 3.2 3.3 3.4 | 018 a 029 018 a 019 020 a 023 024 a 025 026 a 029 | 12 2 4 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico Numérico | Periodo de la declaración en el que se generó el saldo a favor: Mes inicial. Año inicial. Mes final. Año final. |
| 4 | 4.1 4.2 4.3 | 030 a 037 030 a 031 032 a 033 034 a 037 | 8 2 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico | Fecha de presentación de la declaración en la que manifestó el saldo a favor: Día de presentación. Mes de presentación. Año de presentación. |
| 5 | 038 a 038 | 1 | Numérico | Tipo de declaración en la que manifestó el saldo a favor: 1 Normal. 2 Complementaria. | |
| 6 | 039 a 039 | 1 | Numérico | Tipo de operación: 1 Proveedor. 2 Arrendador. 3 Prestador de servicios. | |
| 7 | 7.1 7.2 | 040 a 045 040 a 041 042 a 045 | 6 2 4 | Numérico Numérico Numérico | Periodo de la última operación que relaciona de este proveedor arrendador o prestador de servicios: Mes de la última operación. Año de la última operación. |
| 8 | 046 a 048 | 3 | Numérico | Número de operaciones que relaciona de este proveedor, arrendador o prestador de servicios. | |
| 9 | 9.1 9.2 9.3 | 049 a 061 049 a 052 053 a 058 059 a 061 | 13 4 6 3 | Alfanumérico Alfabético Numérico Alfanumérico | R.F.C. del proveedor, arrendador o prestador de servicios: Parte alfabética del R.F.C. Parte numérica del R.F.C. Homonimia y D.V. del R.F.C. |
| 10 | 062 a 136 | 75 | Alfabético | Nombre, denominación o razón social del proveedor, arrendador o prestador de servicios. | |
| 11 | 137 a 148 | 12 | Numérico | Importe de los bienes o servicios. | |
| 12 | 149 a 160 | 12 | Numérico | Importe del I.V.A. acreditable. |
ARCHIVO IVADEV3.TXT o IVACOM3.TXT
Formato de registro de operaciones de comercio exterior (Importaciones y Exportaciones).
| No. Cpo. | Sub. Cpo. | Posiciones | Longitud | Tipo de campo | Nombre del campo |
| 1 | 001 a 004 | 4 | Numérico | Control del medio. | |
| 2 | 2.1 2.2 2.3 | 005 a 017 005 a 008 009 a 014 015 a 017 | 13 4 6 3 | Alfanumérico Alfabético Numérico Alfanumérico | R.F.C. del contribuyente: Parte alfabética del R.F.C. Parte numérica del R.F.C. Homonimia y D.V. del R.F.C. |
| 3 | 3.1 3.2 3.3 3.4 | 018 a 029 018 a 019 020 a 023 024 a 025 026 a 029 | 12 2 4 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico Numérico | Periodo de la declaración en el que se generó el saldo a favor: Mes inicial. Año inicial. Mes final. Año final. |
| 4 | 4.1 4.2 4.3 | 030 a 037 030 a 031 032 a 033 034 a 037 | 8 2 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico | Fecha de presentación de la declaración en la que manifestó el saldo a favor: Día de presentación. Mes de presentación. Año de presentación. |
| 5 | 038 a 038 | 1 | Numérico | Tipo de declaración en la que manifestó el saldo a favor: 1 Normal. 2 Complementaria. | |
| 6 | 039 a 039 | 1 | Numérico | Tipo de operación: 1 Importación. 2 Exportación. | |
| 7 | 7.1 7.2 7.3 | 040 a 047 040 a 041 042 a 043 044 a 047 | 8 2 2 4 | Numérico Numérico Numérico Numérico | Fecha de pedimento de importación o exportación: Día del pedimento. Mes del pedimento. Año del pedimento. |
| 8 | 048 a 051 | 4 | Numérico | Número de agente. | |
| 9 | 052 a 058 | 7 | Numérico | Número de documento (pedimento). | |
| 10 | 059 a 061 | 3 | Numérico | Clave de la aduana y la sección. | |
| 11 | 062 a 136 | 75 | Alfabético | Nombre del proveedor o cliente. | |
| 12 | 137 a 148 | 12 | Numérico | Importe de la operación. | |
| 13 | 149 a 160 | 12 | Numérico | Importe de I.V.A. pagado por la importación (en caso de exportaciones, este campo deberá contener ceros). |
(c) Información y hoja de cálculo modelo de las operaciones de financiamiento celebradas con entidades de financiamiento residentes en el extranjero a que se refieren las fracciones IX del artículo 58, IX del artículo 112, I y II del artículo 154 y II y III del artículo 154-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
La información en los medios magnéticos debe reunir las siguiente características:
1. Los importes se deberán indicar en la moneda extranjera utilizada para la contratación del financiamiento con punto y comas sin centavos.
2. Las celdas que no contengan información se llenarán con tres ceros.
3. Las celdas numéricas serán justificadas a la derecha sin decimales (redondeados).
4. Los campos numéricos expresados en porcentajes deberán contener punto decimal y no signo de %.
5. Los campos alfanuméricos relativos a las fechas deberán indicarse en el siguiente formato: DD/MM/AA donde DD=Día, MM=Mes y AA=Año.
6. El medio magnético deberá contener, además de los requisitos señalados en el sumario del rubro D. Instructivo para medios magnéticos, en su etiqueta, el nombre de la persona residente en México o del establecimiento permanente o base fija de que se trate, el registro federal de contribuyentes, número de disco, nombre del archivo (DEUDA. XLS) cantidad de registros que contenga y fecha de entrega.
7. La denominación del archivo será DEUDA. XLS, que significa.
DEUDA= Nombre del archivo.
XLS= Extensión del archivo (LIBRO DE EXCEL).
8. Hoja de cálculo modelo (ANEXO 1).
9. La posición que deberán ocupar los datos de cada uno de los préstamos serán los siguientes:
Número Tipo Observaciones de celdas
1 Alfabético Deudor.
2 Alfanumérico R.F.C.
3 Numérico Saldo inicial.
4 Numérico Saldo final.
5 Alfabético Tipo de moneda.
6 Alfabético Tipo de financiamiento.
7 Alfabético Denominación de la tasa.
8 Numérico Tasa de interés aplicable.
9 Alfabético Beneficiario efectivo de los intereses.
10 Alfabético Número de registro del beneficiario.
11 Alfanumérico Fecha de exigibilidad del principal.
12 Alfanumérico Fecha de exigibilidad de los intereses.
Nota: deberán respetar las posiciones y abstenerse de omitir y/o agregar campos.
Ejemplos de las posiciones que deberán cumplir los valores y datos anteriores:
Celdas.
1. Nombre del deudor.
Ejemplos:
Compañía X, S.A. DE C.V.
Deberá anotar el nombre, denominación o razón social correcto del deudor de que se trate, conforme a sus estatutos sociales, el nombre deberá justificarse a la izquierda conservando su longitud.
2. Registro Federal de Contribuyentes.
Ejemplo:
AAA-090999-9T9.
3. Saldo Inicial
4. Saldo Final.
Ejemplos:
a) Sin cantidad 000
b) justificada a la derecha 1,234,567
c) sin números decimales.
5. Tipo de moneda.
Ejemplos:
a) Chelines austriacos.
b) Dólares canadienses.
c) Dólares EE.UU.AA.
d) Florines holandeses.
e) Francos belgas.
f) Francos franceses.
g) Francos suizos.
h) Libras esterlinas.
i) Liras italianas.
j) Marcos alemanes.
k) Pesetas españolas.
l) Yen japonés.
6. Tipo de financiamiento.
Ejemplos:
a) Aceptaciones bancarias.
b) Cartas de crédito.
c) Crédito puente.
d) Directo.
e) Habilitación o avío.
f) Hipotecario.
g) Líneas globales.
h) Prendario.
i) Protocolos.
j) Quirografarios.
k) Refaccionario.
l) Revolvente.
m) Sindicado.
7. Denominación de la tasa base.
Ejemplos:
a) Libor.
b) Prime Rate.
c) Fija.
8. Tasa de interés aplicable.
a) 9.12 = 009.1200
b) 18.123 = 0018.1230
La tasa de interés aplicable consta de cuatro números enteros, un punto y cuatro números decimales en las posiciones que no se usen se anotará 0 .
9. Nombre del beneficiario de los intereses.
Ejemplo:
a) Banco Y , A.S.
Deberá anotar el nombre, denominación o razón social como aparece escrito en el Diario Oficial de la Federación (ANEXO 17), el nombre deberá justificarse a la izquierda conservando su longitud.
10. Número de registro del beneficiario efectivo de los intereses.
Ejemplo:
a) The Arizona Bank 5-I-SI.
El número se compone de un número positivo que puede ser del 1 al 999, un guión - , número del libro (I, II) y un guión y sección (SI, SI, III, XV) este número deberá justificarse a la izquierda en caso de no estar registrado el banco, se anotará S/R:
11. Fecha de exigibilidad del principal.
12. Fecha de exigibilidad de accesorios.
Ejemplo:
1o. de febrero de 2000 = 01/02/00.
Deberá de conservar el formato de DD/MM/AA y considerar como fecha de exigibilidad, la fecha para efectuar el último pago de capital e intereses conforme al calendario de pagos previsto en la documentación del préstamo.
Servicio de Administración Tributaria
Administración General Jurídica de Ingresos
Información de las operaciones de financiamiento a que se refiere la fracción IX del artículo 58, IX del artículo 112, I y II del artículo 154, y II, III del artículo 154-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta
| 1) DEUDOR | 2) R.F.C. | 3) SALDO INICIAL | 4) SALDO FINAL | 5) TIPO MONEDA | 6) TIPO DE FINANCIAMIENTO | 7) DENOMINACION DE LA TASA BASE | 8) TASA DE INTERES APLICABLE | 9) BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES | 10) NUMERO DE REGISTRO DEL BENEFICIARIO | 11) FECHA DE EXIGIBILIDAD DEL PRINCIPAL | 12) FECHA DE EXIGIBILIDAD DE LOS INTERESES | ||
| REQUISITOS ART. 18 DE C.F. | |||||||||||||
Fecha Firma del representante legal
(d) Información que deben presentar los contribuyentes a que se refiere las reglas 6.1.5., 6.1.6. y 6.1.14. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000.
El archivo contendrá la información referida a los clientes y proveedores y deberá reportarse en un archivo trimestral cuyos registros de longitud variable estarán compuestos por once campos separados entre sí por al menos un espacio en blanco, en donde el primer campo corresponde a la clave de operación en la que se anotará la letra C si es cliente o P si es proveedor.
El segundo corresponde a la clave del RFC del cliente o proveedor, el cual deberá presentarse sin espacios en blanco. En caso de que el cliente o proveedor sea extranjero, deberá llenar la clave del RFC con un cero. También se deberá poner en el campo de la entidad federativa el número 33 .
El tercero se refiere al nombre del cliente o proveedor, el cual deberá presentarse sin espacios en blanco. El cuarto a la clave de la entidad federativa, según las claves relacionadas en el rubro C del Anexo 11 de la presente Resolución.
El quinto a la clave del tipo de producto adquirido o vendido conforme al referido rubro A del Anexo 11 de esta Resolución. Para el caso de tabacos labrados se utilizarán las claves de marca del rubro B. El sexto a la clave de presentación adquirida o vendida conforme al referido rubro A del Anexo 11 de esta Resolución.
El séptimo al volumen de la operación realizada, expresado en litros o cajetillas, según sea el caso. El octavo al precio promedio de venta o adquisición por unidad, sin incluir IEPS ni IVA. El noveno se refiere al monto de IEPS causado por la enajenación o el trasladado en forma expresa y por separado, en los casos en que éste proceda.
El décimo se refiere al monto en pesos de la operación realizada, incluyendo el IEPS e IVA. El onceavo se refiere al número de control de la constancia de inscripción en el RFC del cliente al que se le trasladó en forma expresa y por separado el impuesto. En caso de no haber trasladado el impuesto o que se trate de un proveedor, se deberá anotar un cero.
El nombre del archivo estará formado por las letras IPS, seguidas del dígito que representa al trimestre que se declara, los cuatro dígitos del año correspondiente y con la terminación .PRN.
La información presentada en el archivo antes mencionado, deberá contener como primer renglón la clave del RFC de la empresa, el cual deberá iniciar a partir de la primera posición, sin espacios en blanco.
En caso de que la venta sea en ceros o no hubiere ventas, el archivo correspondiente no contendrá registro ni caracteres de ningún tipo. Sólo se deberá de presentar la clave del RFC de la empresa, tal y como se expresa en el párrafo anterior.
Los campos numéricos no contendrán caracteres de adición tales como asteriscos, comas o signos de pesos. Los centavos estarán separados por el punto decimal. En el caso de que existan devoluciones, deberá ponerse el signo negativo en forma de guión.
En el formato se deberán usar solamente letras mayúsculas y no deberá contener caracteres de control o tabuladores. En este mismo formato, cada renglón representará un registro. Tampoco deberá contener renglones en blanco.
(e) Información que deben presentar los contribuyentes a que se refiere la regla 6.1.32. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000.
El archivo contendrá la información referida a los litros enajenados y deberá reportarse en un archivo trimestral cuyos registros de longitud variable estarán compuestos por seis campos separados entre sí por al menos un especio en blanco, en donde el primer campo corresponde a la clave del tipo de producto enajenado conforme a las claves de cada familia del rubro A del Anexo 11 de la presente Resolución.
El segundo campo corresponde a la clasificación específica del producto dentro de la familia correspondiente, por ejemplo, aguardiente abocado, aguardiente reposado, aguardiente standard blanco, aguardiente standard oro, etc. Esta denominación se deberá presentar sin espacios en blanco. El tercer campo se refiere al volumen de la operación expresado en litros.
El cuarto corresponde al monto en pesos de la operación, sin incluir el IVA. El quinto, a la cuota por litro correspondiente. El sexto campo se refiere a la clave de la entidad federativa en donde se realiza la entrega material de los productos.
El nombre del archivo estará formado por las letras BA, seguidas del dígito que representa el trimestre que se declara, los cuatro dígitos del año correspondiente y con la terminación .PRN.
La información presentada en el archivo antes mencionado, deberá contener como primer renglón la clave del RFC de la empresa, el cual deberá iniciar a partir de la primera posición, sin espacios en blanco.
En caso de que las enajenaciones sean en ceros o no hubiere, el archivo correspondiente no contendrá registro ni caracteres de ningún tipo. Sólo se deberá de presentar la clave del RFC de la empresa, tal y como se expresa en el párrafo anterior.
Los campos numéricos no contendrán caracteres de adición tales como asteriscos, comas o signos de pesos. Los centavos estarán separados por el punto decimal. En el caso de que existan devoluciones, deberá ponerse el signo negativo en forma de guión.
En el formato se deberán usar solamente letras mayúsculas y no deberá contener caracteres de control o tabuladores. En este mismo formato, cada renglón representará un registro. Tampoco deberá contener renglones en blanco.
(f) Información que deben presentar los contribuyentes a que se refiere la regla 6.1.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000.
Los nombres de los archivos estarán formados por las tres primeras letras del mes que se reporta, las cuatro cifras del año correspondiente y la extensión .PRN.
Los datos serán reportados en archivos mensuales, cuyos registros estarán compuestos por cuatro campos separados entre sí por al menos un espacio en blanco. El primer campo corresponde a la clave del producto según las claves que se relacionan en el rubro A del Anexo 11 de la presente Resolución, para el caso de bebidas alcohólicas fermentadas, cerveza, bebidas refrescantes y bebidas alcohólicas. Para el caso de tabacos labrados, la clave del producto corresponde a las claves que se relacionan en el rubro B del citado Anexo. El segundo, a la clave de presentación en términos del rubro A del propio Anexo. El tercero, al número de cajas producidas en el mes que se reporta. El cuarto, al número de envases por caja o número de cajetillas por caja en caso de tabacos labrados.
El archivo no debe de contener información adicional tal como títulos, márgenes o cuadros subrayados. Los campos no contendrán caracteres de adición tales como asteriscos, comas o signos de pesos.
(g) Información que deben presentar los contribuyentes a que se refieren las reglas 2.4.3. y 2.4.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000.
Los contribuyentes que tienen la obligación de presentar mediante dispositivo magnético la información relativa a datos de identificación de clientes, así como el número de comprobantes y folios de los mismos, respecto de los comprobantes que se hubieren impreso en los seis meses anteriores, a los que se refiere el rubro E de la regla 2.4.3., deberán utilizar únicamente el Sistema de Captura para Impresores Autorizados (SICIA); observando lo siguiente:
· El sistema SICIA, sustituye cualquier forma anterior de presentación en dispositivos magnéticos para información relativa a los formatos de registro: datos generales del impresor, del cliente, datos del detalle de los comprobantes fiscales impresos y, de los comprobantes fiscales cancelados por término de vigencia.
· El sistema SICIA, es el que se puso a disposición en las administraciones locales jurídicas de ingresos para el cumplimiento de la obligación del segundo semestre de 1998; en caso de no contar con éste, estará disponible en las administraciones locales jurídicas de ingresos, para lo cual se deberá acudir al área de asistencia al contribuyente para obtener el software relativo, presentando para ello tres discos flexibles útiles de 3.5 , de doble cara y alta densidad; así como en las direcciones de Internet http://www.sat.gob.mx y http://www.sat.gob.mx /impresores.
· El sistema SICIA, genera el(los) disco(s) flexible(s), mismos que el contribuyente deberá identificar con una etiqueta externa que contenga los siguientes datos: Autoridad ante la que se presenta(n) el(los) disco(s) y, en su caso, el consecutivo de éstos, nombre, denominación o razón social y clave del R.F.C. del impresor y, periodo que comprende la información; y presentar(los) con escrito libre que reúna los requisitos establecidos por el artículo 18 del Código en el módulo de atención fiscal de la administración local de recaudación que corresponda a su domicilio fiscal.
· Las personas autorizadas para imprimir comprobantes fiscales, que impriman sus propios comprobantes, deberán incluirse como clientes en el apartado correspondiente del sistema SICIA.
En el caso de la información que deberán presentar los autoimpresores a que hace referencia la regla 2.4.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000:
El formato deberá incluirse cuantas veces sea necesario, según el tipo de comprobantes a reportar:
| Campo | Posición | Longitud | Formato | Observaciones | |
| de | a | ||||
| 1 | 1 | 13 | 13 | A/N | Clave de Registro Federal de Contribuyentes |
| 2 | 14 | 133 | 120 | A/N | Nombre, denominación o razón social |
| 3 | 134 | 233 | 100 | A/N | Domicilio fiscal del contribuyente |
| 3.1 | 134 | 173 | 40 | A/N | Calle |
| 3.2 | 174 | 183 | 10 | A/N | Número y/o letra exterior |
| 3.3 | 184 | 193 | 10 | A/N | Número y/o letra interior |
| 3.4 | 194 | 213 | 20 | A/N | Colonia |
| 3.5 | 214 | 231 | 18 | A/N | Nombre de la localidad |
| 3.6 | 232 | 233 | 2 | A/N | Clave de la entidad federativa |
| 4 | 234 | 238 | 5 | N | Código postal |
| 5 | 239 | 318 | 80 | A | Nombre del representante legal |
| 6 | 319 | 326 | 8 | N | Fecha de presentación de aviso o de autorización para autoimpresión (AAAAMMDD) |
| 7 | 327 | 342 | 16 | N | Fecha inicial y final que comprende el periodo de la información (AAAAMMDD) |
| 8 | 343 | 367 | 25 | A/N | Folio inicial del tipo de comprobante a reportar |
| 8.1 | 343 | 357 | 15 | A/N | Prefijos del folio inicial |
| 8.2 | 358 | 367 | 10 | N | Número del folio inicial |
| 9 | 368 | 392 | 25 | A/N | Folio final del tipo de comprobante a reportar |
| 9.1 | 368 | 382 | 15 | A/N | Prefijos del folio final |
| 9.2 | 383 | 392 | 10 | N | Número del folio final |
| 10 | 393 | 401 | 9 | N | Total de comprobantes |
| 11 | 402 | 403 | 2 | N | Tipo de comprobantes 01 = Facturas 02 = Notas de crédito 03 = Notas de cargo 04 = Recibos de honorarios 05 = Recibos de arrendamiento 06 = Otros comprobantes Nota: Se deberá generar un registro por cada tipo de comprobante |
Nota: En el campo referente al número de folio, podrán existir prefijos que identifiquen series, si este es el caso, se podrán incluir en el campo número 8.1 y campo número 9.1.
5. Catálogo de claves de instituciones de crédito para efecto de que sean señaladas en las solicitudes de devolución, y en su caso, en las declaraciones respectivas por parte de las personas físicas.
CLAVE NOMBRE
7 Bancomer, S.A.
8 Banca Confía, S.A.
9 Banca Serfin, S.A.
13 Banco Industrial, S.A.
14 Banco Santander Mexicano, S.A.
17 Banco Internacional, S.A.
18 Banco Bilbao Vizcaya, S.A.
20 Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C.
22 Banco Nacional Pesquero y Portuario, S.N.C.
23 Banco Nacional de México, S.A.
24 Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C.
25 Banco del Sureste, S.A.
27 Citibank, S.A.
28 Banco Capital, S.A.
29 Banco Obrero, S.A.
30 Banco del Bajío, S.A.
31 Banco del Centro, S.A.
32 Banco Ixe, S.A.
36 Banco Inbursa, S.A.
37 Banco Interacciones, S.A.
42 Banca Mifel, S.A.
43 Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C.
45 Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.
47 Banco Promotor del Norte, S.A.
56 Banca Quadrum, S.A.
58 Banco Regional de Monterrey, S.A.
59 Banco Invex, S.A.
62 Banca Afirme, S.A.
65 Banco Anáhuac, S.A.
102 A.B.N. Amro Bank México, S.A.
105 Banco Santander de México, S.A.
106 Bank Of América México, S.A.
107 Bank Of Tokio
109 Banque National de París México, S.A.
110 Chase Manhattan Bank México, S.A.
111 Chemical Bank México, S.A.
115 Fuji Bank México, S.A.
117 Banco J.P. Morgan, S.A.
119 Republic National Bank Of New York México, S.A.
210 Inverlat, S.A.
243 Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. Fiduciario
253 Banpaís, S.A.
261 Banca Promex, S.A.
280 Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.
285 Banco Mercantil del Norte
424 Bancrecer, S.A.
452 Financiera Nacional Azucarera, S.N.C.
492 Nacional Financiera, S.N.C.
701 Banco de Crédito Rural del Pacífico Sur, S.N.C.
703 Banco de Crédito Rural de Centro Norte, S.N.C.
704 Banco de Crédito Rural del Centro, S.N.C.
705 Banco de Crédito Rural del Noreste, S.N.C.
706 Banco de Crédito Rural del Pacífico Norte, S.N.C.
707 Banco de Crédito Rural del Norte, S.N.C.
708 Banco de Crédito Rural del Centro Sur, S.N.C.
725 Banco de Crédito Rural del Golfo, S.N.C.
726 Banco de Crédito Rural Peninsular, S.N.C.
727 Banco de Crédito Rural de Occidente, S.N.C.
728 Banco de Crédito Rural del Noroeste, S.N.C.
993 Banco de México-Stoi
6. Catálogo de claves de derechos para efectos del llenado de la forma oficial 5.
| DESCRIPCION DEL CONCEPTO POR SECRETARIA DE ESTADO | CLAVES DE COMPUTO |
| SECRETARIA DE GOBERNACION | |
| ORDINARIOS (ART. 8 FRACCS. II, IV, V, VI Y VII ARTS. 9, 10, 11, 13 Y 14). | 400001 |
| ORDINARIOS (ART. 8 FRACCS. I, III, VIII). | 400002 |
| EXTRAORDINARIO (ARTS. 14-A Y 14-B). | 400003 |
| POR LA PRESTACION DE SERVICIOS MIGRATORIOS EN AEROPUERTOS Y PUERTOS MARITIMOS (ARTS. 12 Y 15). | 400004 |
| CERTIFICADOS DE LICITUD (ART. 19). | 400005 |
| PUBLICACIONES (ARTS. 19-A Y 19-B). | 400006 |
| SERVICIO DE CINEMATOGRAFIA (ART. 19-C). | 400007 |
| POR LOS SERVICIOS EN MATERIA DE TELEVISION (ART. 19-E). | 400008 |
| POR LOS SERVICIOS EN MATERIA DE RADIO (ART. 19-F). | 400009 |
| POR EL APOSTILLAMIENTO (ART. 19-G). | 400010 |
| SERVICIOS INSULARES (ART. 19-H). | 400011 |
| PRESTADOS POR EMPRESAS (ART. 19-I). | 400012 |
| POR LA EXPEDICION O REVALIDACION A EMPLEADOS FEDERALES DE LICENCIA OFICIAL PARA PORTACION DE ARMAS DE FUEGO (ART. 19-J). | 400013 |
| SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES | |
| PASAPORTES Y DOCUMENTOS DE IDENTIDAD Y VIAJE (ARTS. 20 Y 21). | 400014 |
| SERVICIOS CONSULARES (ARTS. 22 AL 24). | 400015 |
| RECEPCION Y EXAMEN DE CADA SOLICITUD DE PERMISO, CONFORME A LAS FRACCIONES I Y IV DEL ART. 27 CONSTITUCIONAL (ART. 25). | 400016 |
| NACIONALIDAD Y CARTAS DE NATURALIZACION (ART. 26). | 400017 |
| SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO | |
| DE ESTIMULOS FISCALES (ART.27). | 400018 |
| SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS; INSTITUCIONES DE BANCA MULTIPLE, DE BANCA DE DESARROLLO, ARRENDADORAS FINANCIERAS Y EMPRESAS DE FACTORAJE FINANCIERO; ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO; CASAS DE CAMBIO; SOCIEDADES DE AHORRO Y PRESTAMO; SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO; CASAS DE BOLSA; ESPECIALISTAS BURSATILES; OFICINAS O AGENCIAS DE REPRESENTACION DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR, UNIONES DE CREDITO, PATRONATO DEL AHORRO NACIONAL, FONDOS Y FIDEICOMISOS PUBLICOS DE FOMENTO ECONOMICO, LAS FILIALES, SUBSIDIARIAS; SOCIEDADES OPERADORAS DE SOCIEDADES DE INVERSION; SOCIEDADES DE INVERSION; BOLSAS DE FUTUROS Y OPCIONES; CAMARAS DE COMPENSACION; SOCIOS LIQUIDADORES; SOCIOS OPERADORES; EMPRESAS QUE ADMINISTRAN MECANISMOS; ENTIDADES FINANCIERAS DE NUEVA CREACION; INTERVENCION GERENCIAL; FUSION DE ENTIDADES FINANCIERAS O DE FILIALES DEL EXTERIOR; SOCIEDADES DE INFORMACION CREDITICIA; INSTITUCIONES PARA EL DEPOSITO DE VALORES, BOLSAS DE VALORES, SOCIEDADES CALIFICADORAS DE VALORES Y SOCIEDADES VALUADORAS DE ACCIONES DE SOCIEDADES DE INVERSION; PERSONAS MORALES CON CARACTER DE EMISORAS; AUDITORES EXTERNOS DE INSTITUCIONES DE CREDITO; VALUADORES PROFESIONALES DE ACTIVOS FIJOS ENTRE OTROS (ARTS. 29 AL 29-R Y 29-U AL 29-W Y 29-Y). | 400019 |
| ESTUDIO, TRAMITACION E INSCRIPCION DE SOLICITUD EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES E INTERMEDIARIOS (ARTS. 29-S, 29-T Y 29-X). | 400020 |
| INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS; AUTORIZACION O REGISTRO DE AGENTE DE SEGURO DE LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS; INSTITUCIONES DE FIANZAS (ARTS. 30 AL 31-A-1). | 400021 |
| LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO (ART. 31-B, FRACC. I). | 400022 |
| LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. (ART. 31-B, FRACC. II). | 400023 |
| TRANSITO INTERNACIONAL DE MERCANCIAS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA QUE LLEGUEN A TERRITORIO NACIONAL CON DESTINO AL EXTRANJERO (D.T.I.) (ARTS. 38 Y 39). | 400024 |
| POR LA CONCESION A PARTICULARES PARA EL MANEJO, ALMACENAJE Y CUSTODIA DE LAS MERCANCIAS SUJETAS A TRAMITE ADUANERO (ART. 40). | 400025 |
| ALMACENAJE DE MERCANCIAS EN DEPOSITO (ARTS. 41 AL 48). | 400026 |
| TRAMITE ADUANERO (D.T.A.) (ART. 49). | 400027 |
| SERVICIO ADICIONAL (D.T.A.) (ART. 50). | 400028 |
| DEPOSITOS FISCALES PARA LA VENTA DE MERCANCIAS EXTRANJERAS Y NACIONALES A PASAJEROS QUE SALGAN DEL PAIS DIRECTAMENTE AL EXTRANJERO (ART. 50-C). | 400029 |
| POR LOS SERVICIOS PARA OBTENER PATENTE DE AGENTE ADUANAL (ART. 51). | 400030 |
| POR LOS SERVICIOS DE ANALISIS DE LABORATORIOS (ART. 52). | 400031 |
| MAQUINAS REGISTRADORAS DE COMPROBACION FISCAL (ART. 53-C). | 400032 |
| POR EL ESTUDIO Y TRAMITE DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCION (ART. 53-D). | 400033 |
| POR LA RENOVACION DE LA INSCRIPCION (ART. 53-E). | 400034 |
| POR CADA MODIFICACION DE LA DENOMINACION O RAZON SOCIAL (ART. 53-F). | 400035 |
| ESTUDIO Y TRAMITE DE CADA SOLICITUD (ART. 53-G). | 400036 |
| REVISION DEL INFORME ANUAL SOBRE LA APLICACION DE LAS RESOLUCIONES (ART. 53-H). | 400037 |
| POR LOS SERVICIOS DE ESTUDIO Y TRAMITE DE SOLICITUDES DE PERSONAS FISICAS Y MORALES MEXICANAS, PARA INVERTIR EN EMPRESAS MEXICANAS UTILIZANDO EL SISTEMA DE INTERCAMBIO DE DEUDA PUBLICA POR CAPITAL (ARTS. 53-I Y 53-J). | 400038 |
| POR LA OBTENCION DE MARBETES QUE SE ADHIERAN A LOS ENVASES QUE CONTENGAN BEBIDAS ALCOHOLICAS A QUE SE REFIERE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS (ART. 53-K). | 400039 |
| POR LA OBTENCION DE PRECINTOS QUE SE ADHIERAN A LOS ENVASES QUE CONTENGAN BEBIDAS ALCOHOLICAS A GRANEL A QUE SE REFIERE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS (ART. 53-L). | 400040 |
| POR ALMACENAJE DE BIENES EMBARGADOS (ARTS. 185 Y 195 DEL C.F.F.) (ART. 42). | 400041 |
| SECRETARIA DE ENERGIA | |
| PERMISO DE ENERGIA ELECTRICA (ART.56) | 400042 |
| PERMISO DE GAS NATURAL (ART. 57) | 400043 |
| SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL | |
| CORREDURIA PUBLICA.- EXPEDICION DE CREDENCIAL, REGISTRO MERCANTIL Y DE CORREDURIA (ART. 62). | 400044 |
| MINERIA.- ESTUDIO, TRAMITE Y RESOLUCION DE SOLICITUDES DE CONCESION O ASIGNACION DE EXPLORACION (ARTS. 63 AL 66). | 400045 |
| POR SERVICIOS QUE SE PRESTEN A TRAVES DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS (ART. 71). | 400046 |
| POR RECEPCION Y ESTUDIO DE SOLICITUDES Y EXPEDICION DE RESOLUCIONES ESPECIFICAS DE LA COMISION NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS (ART. 72). | 400047 |
| NORMAS OFICIALES Y CONTROL DE CALIDAD (ARTS. 73-A AL 73-F). | 400048 |
| SOLICITUDES Y PERMISOS DE IMPORTACION (ART. 74). | 400049 |
| EXPEDICION O MODIFICACION DE CERTIFICADOS DE CUPO (ART. 74-A). | 400050 |
| POR EL ESTUDIO Y TRAMITE DE CADA SOLICITUD PARA LA AUTORIZACION DEL PROGRAMA DE IMPORTACION TEMPORAL PARA PRODUCIR ARTICULOS DE EXPORTACION (PITEX) (ART. 74-B). | 400051 |
| POR LA EXPEDICION DE CADA TARJETA INTELIGENTE DEL SISTEMA INTEGRAL DE COMERCIO EXTERIOR ADICIONAL, QUE SE DERIVE DE UN PROGRAMA DE IMPORTACION TEMPORAL PARA PRODUCIR ARTICULOS DE EXPORTACION (ART. 74-C). | 400052 |
| COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA.- POR LA RECEPCION, ESTUDIO Y TRAMITE DE CADA NOTIFICACION DE CONCENTRACION (ART. 77). | 400053 |
| SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL | |
| INSPECCION, CONTROL Y VIGILANCIA (ARTS. 84 AL 86). | 400054 |
| EXPEDICION DE CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS Y FITOSANITARIOS EN MATERIA DE SANIDAD AGROPECUARIA (ART. 86-A). | 400055 |
| CERTIFICACION, SERVICIOS TECNICOS, APROBACION Y EXPEDICION (ARTS. 86-B AL 86-E). | 400056 |
| CERTIFICACION Y PROTECCION DEL OBTENTOR DE VARIEDADES VEGETALES (ARTS. 87 AL 90). | 400057 |
| REGISTRO UNICO, RENOVACION O MODIFICACION (ART. 90-A). | 400058 |
| REGISTRO Y AUTORIZACION DE EMPRESAS Y RENOVACION O MODIFICACION (ART. 90-B). | 400059 |
| EXPEDICION DE PERMISOS DE RESPONSABILIDAD Y RENOVACION (ART. 90-C). | 400060 |
| EXPEDICION DE PERMISOS PARA LA IMPORTACION (ART. 90-D). | 400061 |
| EXPEDICION DE CERTIFICADOS Y DICTAMENES (ART. 90-E). | 400062 |
| SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES | |
| CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS DE SERVICIOS PAGARAN ANUALMENTE EL DERECHO DE VERIFICACION DE ESTUDIO DE LA SOLICITUD, EXPEDICION Y AUTORIZACION DE MODIFICACIONES TECNICAS, ADMINISTRATIVAS, OPERATIVAS Y LEGALES (ARTS. 91 AL 105). | 400063 |
| ESTUDIO DE LA SOLICITUD Y EXPEDICION DE LA CONSTANCIA DE MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES, PERMISOS DE SERVICIOS, INSTALACION, OPERACION Y EXPLOTACION DE SISTEMAS DE TELEVISION POR CABLE Y REDES PUBLICAS; ESTABLECER ESTACIONES DE RADIODIFUSION SONORA Y TELEVISION (ARTS. 120 AL 130). | 400064 |
| INSPECCION PREVIA AL INICIO DE OPERACIONES A ESTACIONES DE RADIODIFUSION, Y SERVICIOS QUE SE PROPORCIONEN POR SUBPORTADORAS DE RADIODIFUSION Y DE TELEVISION (ART. 135). | 400065 |
| REVISION Y ESTUDIO DE LA DOCUMENTACION DE LA SOLICITUD DE HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES Y OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO PROVISIONAL O DEFINITIVO Y EXPEDICION DE CONSTANCIA DE PERITOS (ARTS. 138 AL 141-B). | 400066 |
| AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y PRIVADO EN CAMINOS DE JURISDICCION FEDERAL Y SERVICIOS AUXILIARES (CALCOMANIAS, PERMISOS, PLACAS, AUTORIZACIONES Y TARJETA DE CIRCULACION) (ARTS. 148 Y 149). | 400067 |
| SERVICIOS A LA NAVEGACION EN EL ESPACIO AEREO MEXICANO Y TECNICOS AERONAUTICOS (ARTS. 153 AL 160). | 400068 |
| REGISTRO PUBLICO MARITIMO NACIONAL (ARTS. 162 AL 164). | 400069 |
| SERVICIOS PARA LA NAVEGACION MARITIMA Y ABANDERAMIENTO (ARTS. 165 AL 166). | 400070 |
| CONCESIONES, PERMISOS Y AUTORIZACIONES PARA LA CONSTRUCCION Y OPERACION DE OBRAS MARITIMO PORTUARIAS Y/O POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE LAS MISMAS (ARTS.167 Y 168). | 400071 |
| INSPECCION DE SEGURIDAD, PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR LAS EMBARCACIONES Y SEÑALAMIENTO MARITIMO (ARTS. 169 Y 169-A). | 400072 |
| SERVICIOS QUE PRESTA LA CAPITANIA DE PUERTOS, FUERA DEL TIEMPO SEÑALADO EN LOS HORARIOS OFICIALES A EMBARCACIONES NACIONALES O EXTRANJERAS QUE EFECTUEN CUALQUIER CLASE DE TRAFICO (ART. 170). | 400073 |
| VERIFICACION Y REVISION, INSPECCION Y AUTORIZACION; CLASIFICADOR DE BUQUES, RECEPCION, IDENTIDAD MARITIMA Y AGENTE NAVIERO (ARTS. 170-A AL 171-A). | 400074 |
| OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DENTRO DEL DERECHO DE VIA DE LOS CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCION FEDERAL (ART. 172). | 400075 |
| POR AUTORIZACION DE CRUZAMIENTO DE VIAS FERREAS POR OTRAS VIAS DE COMUNICACION Y OBRAS, PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE VIAS DESTINADAS AL TRANSPORTE FERROVIARIO; DE DERECHO DE VIAS FERROVIARIAS Y OPERACION DEL TRANSPORTE MULTIMODAL (ARTS. 172-A AL 172-D). | 400076 |
| SERVICIOS FERROVIARIOS, PERMISOS, LICENCIAS FEDERALES, VERIFICACION, INSCRIPCION, CONCESIONES O ASIGNACIONES (ARTS. 172-E AL 172-J). | 400077 |
| SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA | |
| SERVICIOS DE EXPEDICION DE CEDULA INDIVIDUAL DE REGISTRO DE OBJETO, PERMISOS Y DICTAMENES EN MATERIA DE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICAS E HISTORICAS, Y PARA REPRODUCCION DE MONUMENTOS ARTISTICOS Y ARQUEOLOGICOS E HISTORICOS CON FINES COMERCIALES (ARTS. 176-A AL 178 Y 179). | 400078 |
| PERMISOS PARA FILMACION, VIDEOGRABACION Y TOMAS FOTOGRAFICAS DE MONUMENTOS ARQUEOLOGICOS, HISTORICOS Y ARTISTICOS, MUSEOS Y ZONAS DE MONUMENTOS ARQUEOLOGICOS Y ARTISTICOS; Y PARA USO O REPRODUCCION POR FOTOGRAFIA IMPRESA O EN SOPORTE DIGITAL (ARTS. 178-A Y 178-B). | 400079 |
| AUTORIZACIONES PARA OBRAS EN BIENES INMUEBLES CONSIDERADOS MONUMENTOS HISTORICOS O ARTISTICOS EN INMUEBLES COLINDANTES A ESOS MONUMENTOS, EN EDIFICACIONES EN ZONAS DE MONUMENTOS HISTORICOS DECLARADOS; Y PARA REPRODUCCION DE MONUMENTOS HISTORICOS (ART. 180). | 400080 |
| DERECHOS DE AUTOR (ART. 184). | 400081 |
| REGISTRO Y EJERCICIO PROFESIONAL (ART. 185). | 400082 |
| SERVICIOS DE EDUCACION (ART. 186). | 400083 |
| SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA | |
| REGISTRO AGRARIO NACIONAL.- INSCRIPCION Y EXPEDICION DE DOCUMENTOS DE REPOSICION DE ASISTENCIA TECNICA Y CATASTRAL DE DEPOSITO Y APERTURA (ART. 187). | 400084 |
| SECRETARIA DE CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO | |
| DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD FEDERAL (SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN RELACION CON BIENES INMUEBLES DE LA FEDERACION) (ARTS. 190-B Y 190-C). | 400085 |
| INSPECCION Y VIGILANCIA (CONTRATOS DE OBRA PUBLICA 5 AL MILLAR) (ART. 191). | 400086 |
| SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA | |
| POR EL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES, PERMISOS Y AUTORIZACION PARA PESCA COMERCIAL (ARTS. 191-A Y 191-B). | 400087 |
| PERMISOS DE EXCEPCION PARA PESCA, POR CADA EMBARCACION EXTRANJERA Y POR CADA VIAJE HASTA DE 60 DIAS (ART. 191-C). | 400088 |
| PERMISOS PARA PESCA DEPORTIVA E INDIVIDUALES PARA EFECTUAR LA PESCA DEPORTIVO-RECREATIVA EN EMBARCACIONES Y DE MANERA SUBACUATICAS (ARTS. 191-D Y 191-E). | 400089 |
| ACCESO Y PERNOCTA (ARTS. 194-A Y 194-B). | 400093 |
| PERMISOS O CONCESIONES DE INMUEBLES FEDERALES (ART. 194-C). | 400094 |
| POR LA RECEPCION Y ESTUDIO, OTORGAMIENTO DE PERMISOS, AUTORIZACIONES, CONCESIONES, PRORROGA DE CONCESIONES POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE LA ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE Y TERRENOS GANADOS AL MAR O A CUALQUIER OTRO DEPOSITO QUE SE FORME DE AGUAS MARITIMAS (ARTS. 194-D Y 194-E). | 400095 |
| SERVICIOS DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE (REGISTRO Y REFRENDO ANUAL O POR TEMPORADA) EXPEDICION DE PERMISOS Y CERTIFICADOS (ART. 194-F). | 400096 |
| ESTUDIOS DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE INCLUYENDO SU PLANIFICACION, MANEJO Y DICTAMEN DE IMPACTO AMBIENTAL (ART. 194-G). | 400097 |
| AUTORIZACION DE PROYECTOS DE OBRAS O ACTIVIDADES CUYA EVALUACION CORRESPONDA AL GOBIERNO FEDERAL (ART. 194-H). | 400098 |
| POR SERVICIO DE RECEPCION Y EVALUACION DEL INFORME PREVENTIVO; DE LA MANIFESTACION DE IMPACTO AMBIENTAL, DE LA VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCION Y MITIGACION, Y DE REVALIDACION DE EVALUACION DE LA AUTORIZACION DE IMPACTO AMBIENTAL (ART. 194-J). | 400099 |
| RECEPCION, EVALUACION Y DICTAMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO FORESTAL, PARA APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES, FORESTACION Y REFORESTACION DE ESPECIES MADERABLES DE CLIMA TEMPLADO Y FRIO, ARIDO Y SEMIARIDO; ESTUDIOS DE USO DE SUELO FORESTAL Y POR SUPERFICIE SOLICITADA; POR MANIFESTACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL PARA APROVECHAMIENTOS FORESTALES DE BOSQUES Y SELVAS TROPICALES Y ESPECIES DE DIFICIL REGENERACION, ASI COMO AQUELLOS QUE DETERMINE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA CON BASE EN LO ESTABLECIDO EN LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE Y SU REGLAMENTO EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL; SOLICITUD Y TRAMITE DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO FORESTAL NACIONAL Y EXPEDICION DE LA CONSTANCIA DE ASIENTO (ARTS. 194-K AL 194-N-1). | 400100 |
| POR OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO; VERIFICACION Y CERTIFICACION DE EQUIPOS DE MEDICION DE CONTAMINANTES DE VEHICULOS AUTOMOTORES EN CIRCULACION EN CENTROS AUTORIZADOS; DE EMISIONES CONTAMINANTES DE VEHICULOS AUTOMOTORES NUEVOS A TRAVES DE LA PRUEBA DE LABORATORIO DE EMISIONES VEHICULARES; Y DE LA APLICACION DE METODOS, PROCEDIMIENTOS, PARTES, COMPONENTES Y EQUIPOS QUE REDUZCAN LAS EMISIONES DE CONTAMINANTES A LA ATMOSFERA GENERADOS POR VEHICULOS AUTOMOTORES A TRAVES DE LA PRUEBA ESTATICA DE EMISIONES VEHICULARES (ARTS. 194-O AL 194-R). | 400101 |
| REGISTRO DE EMPRESAS GENERADORAS DE RESIDUOS PELIGROSOS Y AUTORIZACION (ARTS. 194-S Y 194-T) | 400102 |
| POR EL OTORGAMIENTO DEL DICTAMEN TECNICO PARA LA OBTENCION DE ESTIMULOS FISCALES O CREDITOS DE ORGANISMOS FINANCIEROS, EN ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PRESERVACION Y RESTAURACION DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE (ART. 194-U). | 400103 |
| POR LOS SERVICIOS EN MATERIA DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE (ART. 194-V). | 400104 |
| POR LOS SERVICIOS DE VIDA SILVESTRE EN MATERIA DE EXPEDICION DE PERMISOS DE CAZA (ART. 194-W). | 400105 |
| POR LA EXPEDICION DE LOS FORMATOS DE REQUISITOS TECNICOS-FITOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS FORESTALES MADERABLES Y NO MADERABLES, POR CADA CERTIFICADO FITOSANITARIO PARA LA IMPORTACION, FUERA DE LA REGION Y FRANJA FRONTERIZA E INTERNACIONAL (ART. 195). | 400106 |
| SECRETARIA DE SALUD | |
| REGISTRO SANITARIO (ART. 195-A). | 400107 |
| SERVICIOS DE LABORATORIO (ART. 195-B). | 400108 |
| FOMENTO Y ANALISIS SANITARIO DE VERIFICACION Y ESTUDIOS (ARTS. 195-C Y 195-D). | 400109 |
| OTROS SERVICIOS (ARTS. 195-E AL 195-L). | 400110 |
| SECRETARIA DE TURISMO | |
| SERVICIOS QUE SE PRESTEN EN EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO; Y POR LA EXPEDICION DE LA CONSTANCIA DE INSCRIPCION (ARTS. 195-P Y 195-Q). | 400111 |
| SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL | |
| EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE CERTIFICADOS Y DUPLICADOS DE ESTUDIOS PARCIALES DE EDUCACION MILITAR (ART. 195-S). | 400112 |
| REGISTRO FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y CONTROL DE EXPLOSIVOS (ARTS. 195-T AL 195-V). | 400113 |
| SERVICIO MILITAR NACIONAL (ART. 195-W). | 400114 |
| SERVICIOS PRESTADOS POR LAS SECRETARIAS DE ESTADO QUE CORRESPONDA Y PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, POR LA EXPEDICION DE COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS, REPOSICION DE CONSTANCIAS O DUPLICADOS DE LAS MISMAS, ASI COMO DE CALCOMANIAS, COMPULSA DE DOCUMENTOS, COPIAS DE PLANOS Y LEGALIZACION DE FIRMAS (ART. 5). | 400115 |
| POR LA PRESTACION DE SERVICIOS EXCLUSIVOS A CARGO DEL ESTADO, QUE PRESTAN ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS (ARTS. 195-M AL 195-E) | |
| TELECOMUNICACIONES DE MEXICO (ART. 195-M). | 400117 |
| INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (ART. 195-N). | 400118 |
| SERVICIO POSTAL MEXICANO (ART. 195-Ñ). | 400119 |
| FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO (ART. 195-O). | 400120 |
| POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PUBLICO | |
| BOSQUES (APROVECHAMIENTO Y EXPLOTACION) (ARTS. 196 AL 197-A). | 400121 |
| PESCA (ARTS. 199 AL 199-B). | 400122 |
| PUERTO Y ATRAQUE (ARTS. 200 AL 204) | 400123 |
| MUELLE, EMBARQUE Y DESEMBARQUE (ARTS. 205 AL 211). | 400124 |
| SAL. | 400125 |
| CARRETERAS Y PUENTES.- CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS | |
| PAGO NORMAL. | 400126 |
| PAGO ADICIONAL. | 400127 |
| PAGO DEFINITIVO. | 400128 |
| AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES | |
| PAGO NORMAL. | 400129 |
| PAGO ADICIONAL. | 400130 |
| PAGO DEFINITIVO. | 400131 |
| USO O GOCE DE INMUEBLES | |
| CONCESIONES Y PERMISOS PARA EL USO O GOCE DE INMUEBLES (ARTS. 232 AL 234 Y 235). | 400133 |
| DERECHOS DE PUBLICACION, REPRODUCCION O COMUNICACION PUBLICA DE FOTOGRAFIA, DE MONUMENTOS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS (ART. 234-A). | 400134 |
| POR EXTRACCION Y RECOLECCION DE MATERIALES (ARTS. 236 Y 237-C). | 400135 |
| CAZA DEPORTIVA (CAZA O CAPTURA DE ANIMALES SILVESTRES) (ARTS. 238 Y 238-A). | 400136 |
| ESPACIO AEREO (ESPECTRO RADIOELECTRICO) (ARTS. 239 AL 253). | 400137 |
| MINERIA | |
| POR EXPLORACION. | 400138 |
| POR EXPLOTACION. | 400139 |
| DERECHO PARA RACIONALIZAR EL USO O APROVECHAMIENTO DEL ESPACIO AEREO (ART. 287). | 400141 |
| ACTUALIZACION DE DERECHOS | 400147 |
| RECARGOS | 100009 |
| MULTA CORRECCION. | 100013 |
7. Catálogo de claves de productos para efectos del llenado de la forma oficial 16
| DESCRIPCION DEL CONCEPTO | CLAVES DE COMPUTO |
| POR LOS SERVICIOS QUE NO CORRESPONDAN A FUNCIONES DE DERECHO PUBLICO (OTROS SERVICIOS) | |
| PRACTICA DE AUDITORIAS EXTERNAS A EMPRESAS DEL SECTOR PARAESTATAL (SECODAM). | 600001 |
| COMISION POR GARANTIAS OTORGADAS POR EL GOBIERNO FEDERAL A DIVERSAS INSTITUCIONES BANCARIAS PARA OBTENCION DE PRESTAMOS EXTERNOS. | 600002 |
| TRAMITE PARA LA OBTENCION DE NORMAS EXTRANJERAS (SECOFI). | 600003 |
| DE LAS CONFERENCIAS Y CURSOS IMPARTIDOS POR LA DIRECCION GENERAL DE NORMAS (SECOFI). | 600004 |
| SERVICIOS DE CERTIFICACION, DICTAMEN Y APROBACION QUE PRESTA LA DIRECCION GENERAL DE NORMAS (SECOFI). | 600005 |
| OTROS. | 600006 |
| DERIVADOS DEL USO, APROVECHAMIENTO O ENAJENACION DE BIENES DEL DOMINIO PRIVADO | |
| EXPLOTACION DE TIERRAS Y AGUAS | |
| EXPLOTACION DE TIERRAS. | 600007 |
| EXPLOTACION DE AGUAS. | 600008 |
| ARRENDAMIENTO DE TIERRAS, LOCALES Y CONSTRUCCIONES | |
| ARRENDAMIENTO DE TIERRAS. | 600009 |
| ARRENDAMIENTO DE LOCALES Y CONSTRUCCIONES. | 600010 |
| ENAJENACION DE BIENES (MUEBLES) | |
| INVENTARIADOS. | 600011 |
| NO INVENTARIADOS | 600012 |
| DESECHOS DE BIENES DEL GOBIERNO FEDERAL | |
| INVENTARIADOS. | 600013 |
| NO INVENTARIADOS. | 600014 |
| BIENES PRODUCIDOS EN ESTABLECIMIENTOS DEL GOBIERNO FEDERAL | |
| INSEMINACION ARTIFICIAL (CANJE DE SEMENTALES). | 600015 |
| POR ELABORACION DE MARBETES. | 600016 |
| POR LA ENAJENACION Y VENTA DE BASES DE LICITACION PUBLICA. | 600017 |
| POR VENTA DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. | 600018 |
| EXPEDICION DE TARJETA DE IDENTIFICACION PERSONAL DE RESIDENTE FRONTERIZO (TARJETA INTELIGENTE TIFF). | 600019 |
| POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA EL LABORATORIO NACIONAL DE FERTILIZANTES (SAGAR). | 600020 |
| PROGRAMA EDITORIAL DEL SAT. | 600021 |
| ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA PARA INODOROS DE USO SANITARIO Y PARA VALVULAS DE ADMISION Y VALVULAS DE DESCARGA EN TANQUES DE INODORO (SEDESOL). | 600022 |
| GRABADO EN DISCO COMPACTO E IMPRESION DEL PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DEL TIPO SUPERIOR Y DIPLOMAS DE ESPECIALIDAD, TITULOS Y GRADOS ACADEMICOS (SEP). | 600023 |
| BIENES Y SERVICIOS GENERADOS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA (INBAL). | 600024 |
| SERVICIOS PRESTADOS POR LA UNIDAD COORDINADORA DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS (SEMARNAP). | 600025 |
| SERVICIOS QUE PRESTA XE IPN TV CANAL ONCE (SEP). | 600042 |
| PUBLICACIONES DE GUIAS TECNICAS PARA LAS BASES DE LICITACION (SEMARNAP). | 600043 |
| SERVICIOS QUE PROPORCIONA LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA S.H.C.P. | 600044 |
| OTROS. | 600026 |
| OTROS. | 600027 |
| INMUEBLES | |
| INVENTARIADOS. | 600028 |
| NO INVENTARIADOS. | 600029 |
| INTERESES DE VALORES, CREDITOS Y BONOS | |
| DIVIDENDOS. | 600030 |
| INTERESES DE VALORES. | 600031 |
| INTERESES SOBRE CREDITOS CONCEDIDOS CON FONDOS CONSTITUIDOS EN FIDEICOMISO. | 600032 |
| INTERESES A CARGO DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL. | 600033 |
| DEVOLUCION DE INTERESES SOBRE BONOS EMITIDOS POR EL GOBIERNO FEDERAL. | 600034 |
| OTROS. | 600035 |
| UTILIDADES | |
| DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL. | 600036 |
| DE LA LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PUBLICA. | 600037 |
| DE PRONOSTICOS PARA LA ASISTENCIA PUBLICA. | 600038 |
| OTRAS. | 600039 |
| OTROS | |
| POR EL ARRENDAMIENTO DE ACTIVOS DE EMPRESAS PROPIEDAD DEL GOBIERNO FEDERAL. | 600040 |
| ACTUALIZACION DE PRODUCTOS. | 600041 |
| MULTA CORRECCION. | 100013 |
8. Catálogo de claves de aprovechamientos para efectos del llenado de la forma oficial 16
| DESCRIPCION DEL CONCEPTO | CLAVES DE COMPUTO |
| MULTAS. (LAS COMPRENDIDAS EN LOS CONVENIOS DE COORDINACION CON ENTIDADES FEDERATIVAS) | |
| LAS IMPUESTAS POR INFRACCIONES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. | 700001 |
| LAS IMPUESTAS POR INFRACCIONES A LA LEY DE ESTADISTICA. | 700002 |
| LAS IMPUESTAS POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE TRANSITO FEDERAL. | 700003 |
| LAS IMPUESTAS POR LA DIRECCION GENERAL DE CREDITO PUBLICO. | 700004 |
| LAS IMPUESTAS POR LA SECRETARIA DE TURISMO. | 700005 |
| LAS IMPUESTAS POR INSPECCIONES Y VERIFICACIONES SANITARIAS. (SECRETARIA DE SALUD). | 700006 |
| LAS IMPUESTAS POR LA DIRECCION GENERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR. | 700007 |
| LAS IMPUESTAS POR LA PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. | 700008 |
| LAS IMPUESTAS POR LA SUBSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, POR CONDUCTO DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE BANCA, SECRETARIA DE ENERGIA, SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL Y OTRAS AUTORIDADES FEDERALES NO FISCALES, QUE NO SEAN PARTICIPABLES Y QUE NO ESTEN AFECTAS A UN FIN ESPECIFICO. | 700009 |
| LAS IMPUESTAS POR VERIFICACION DE MAQUINAS REGISTRADORAS DE COMPROBACION FISCAL POR LAS ENTIDADES FEDERATIVAS. | 700010 |
| POR INFRACCIONES A LA LEY DE LOS SISTEMAS DEL AHORRO PARA EL RETIRO (ARTS. 100 Y 101). | 700011 |
| POR INFRACCIONES A LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA. | 700012 |
| SANCIONES IMPUESTAS POR LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA. | 700013 |
| DE ADMINISTRACION FEDERAL POR SER PARTICIPABLES O ESTAR AFECTAS A UN FIN ESPECIFICO | |
| LEY FEDERAL DE PESCA Y GENERAL DE POBLACION. | 700014 |
| LAS IMPUESTAS POR LA PROCURADURIA GENERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE ARTS. 70 Y 75 DEL REG. INT. DE LA SEMARNAP (D.O.F. 08/07/96). | 700016 |
| RELACIONADAS CON EL PAGO DE APROVECHAMIENTOS EN CAJAS RECAUDADORAS. | 700017 |
| POR INFRACCIONES A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES. | 700018 |
| SANCIONES IMPUESTAS POR LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS. | 700019 |
| POR LAS INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY DEL SERVICIO DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION, RELACIONADAS EN LOS ARTICULOS 99 AL 101. | 700020 |
| INDEMNIZACIONES | |
| INVENTARIADAS. | 700021 |
| NO INVENTARIADAS. | 700022 |
| OTRAS. | 700023 |
| REINTEGROS | |
| SOSTENIMIENTO DE LAS ESCUELAS ART. 123. | 700024 |
| SERVICIO DE VIGILANCIA FORESTAL. | 700025 |
| OTROS. | 700026 |
| PROVENIENTES DE OBRAS PUBLICAS DE INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA | |
| POR INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA. | 700027 |
| POR EL SUMINISTRO DE AGUA EN BLOQUE. | 700028 |
| RIEGO Y DRENAJE. | 700029 |
| PARTICIPACIONES EN LOS INGRESOS DERIVADOS DE LA APLICACION DE LEYES LOCALES SOBRE HERENCIAS Y LEGADOS EXPEDIDAS DE ACUERDO CON LA FEDERACION. | 700030 |
| PARTICIPACIONES EN LOS INGRESOS DERIVADOS DE LA APLICACION DE LEYES LOCALES SOBRE DONACIONES EXPEDIDAS DE ACUERDO CON LA FEDERACION. | 700031 |
| APORTACIONES DE LOS ESTADOS, MUNICIPIOS Y PARTICULARES PARA EL SERVICIO DEL SISTEMA ESCOLAR FEDERALIZADO. | 700032 |
| COOPERACION DEL DISTRITO FEDERAL POR SERVICIOS PUBLICOS LOCALES PRESTADOS POR LA FEDERACION. | 700033 |
| COOPERACION DE LOS GOBIERNOS DE ESTADOS Y MUNICIPIOS Y DE PARTICULARES PARA ALCANTARILLADO, ELECTRIFICACION, CAMINOS Y LINEAS TELEGRAFICAS, TELEFONICAS Y PARA OTRAS OBRAS PUBLICAS. | 700034 |
| 5% DE DIAS DE CAMA A CARGO DE ESTABLECIMIENTOS PARTICULARES PARA INTERNAMIENTO DE ENFERMOS Y OTROS DESTINADOS A LA SECRETARIA DE SALUD. | 700035 |
| PARTICIPACIONES A CARGO DE LOS CONCESIONARIOS DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION Y DE EMPRESAS DE ABASTECIMIENTO DE ENERGIA ELECTRICA. | 700036 |
| PARTICIPACIONES SEÑALADAS POR LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS. | 700037 |
| REGALIAS PROVENIENTES DE FUNDOS Y EXPLOTACIONES MINERAS. | 700038 |
| APORTACIONES DE CONTRATISTAS DE OBRAS PUBLICAS | |
| 1% SOBRE OBRAS DE BENEFICIO SOCIAL. | 700039 |
| OTROS. | 700040 |
| DESTINADOS AL FONDO PARA EL DESARROLLO FORESTAL | |
| APORTACIONES QUE EFECTUEN LOS GOBIERNOS DEL DISTRITO FEDERAL, ESTATALES Y MUNICIPALES, LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES PUBLICAS, SOCIALES Y LOS PARTICULARES. | 700041 |
| DE LAS RESERVAS NACIONALES FORESTALES. | 700042 |
| APORTACIONES AL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES Y AGROPECUARIAS. | 700043 |
| OTROS CONCEPTOS. | 700044 |
| CUOTAS COMPENSATORIAS. | 700045 |
| HOSPITALES MILITARES. | 700046 |
| PARTICIPACIONES POR LA EXPLOTACION DE OBRAS DEL DOMINIO PUBLICO SEÑALADAS POR LA LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR. | 700047 |
| RECUPERACIONES DE CAPITAL (FONDOS ENTREGADOS EN FIDEICOMISO, EN FAVOR DE ENTIDADES FEDERATIVAS Y EMPRESAS PUBLICAS) | |
| EFECTIVO. | 700048 |
| OTROS VALORES. | 700049 |
| RECUPERACIONES DE CAPITAL (FONDOS ENTREGADOS EN FIDEICOMISO, EN FAVOR DE EMPRESAS PRIVADAS Y A PARTICULARES) | |
| EFECTIVO. | 700050 |
| OTROS VALORES. | 700051 |
| INVERSIONES EN OBRAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO. | 700052 |
| DESINCORPORACIONES. | 700053 |
| OTROS (EN EFECTIVO) | |
| CREDITOS Y VALORES. | 700054 |
9. Instructivo para el llenado del formato RGLP1 para reportar las compras de recipientes portátiles de gas licuado de petróleo.
Instructivo:
a) Fecha de elaboración del documento.
b) RFC y CURP de la empresa que realiza el reporte.
c) Nombre, denominación o razón social del declarante.
d) Domicilio fiscal del declarante.
e) Periodo que se informa: Señalando los meses del trimestre que se está informando según la siguiente tabla.
| Mes en que se informa | Meses que se incluyen |
| Abril | Enero, Febrero, Marzo |
| Julio | Abril, Mayo, Junio |
| Octubre | Julio, Agosto, Septiembre |
| Enero | Octubre, Noviembre, Diciembre |
f) Número de Recipientes Portátiles de Gas Licuado de Petróleo Adquiridos: Señalando en la parte superior los meses que se están declarando y anotando el número de cilindros que se adquirieron por tamaño. En caso de haberse adquirido cilindros de una capacidad diferente a la señalada, especificar su tamaño. No se deberá contabilizar el número de tanques estacionarios y recipientes portátiles con capacidad mayor a 45 kg adquiridos.
g) Monto Erogado por la Compra de Recipientes Portátiles de Gas Licuado de Petróleo: Señalando en la parte superior los meses que se están declarando e indicando el monto erogado total en pesos por la compra de los recipientes portátiles que se informa. No se deberá incluir: 1) el monto erogado por la compra de tanques estacionarios o recipientes portátiles con capacidad mayor a 45 kg, y 2) el monto erogado por las labores o accesorios para el mantenimiento de los cilindros.
h) Volumen de Gas Licuado de Petróleo Enajenado: Señalando en la parte superior los meses que se están declarando e indicando el volumen de gas licuado, en toneladas, vendido durante el mes, separándolo por destino final: carburación automotriz, destinado a una estación de servicio para su consumo en el sector automotriz, o todo uso si el gas LP fue comercializado en industrias, comercios o casas habitación. Se deberán incluir en este rubro las ventas realizadas por medio de recipientes portátiles o a tanques estacionarios.
i) Ingresos Totales por la Enajenación de Gas Licuado de Petróleo: Señalando en la parte superior los meses que se están declarando e incluyendo los ingresos totales por la venta de gas LP realizada en el periodo que se informa, en pesos.
j) Datos del Representante Legal.
Indicaciones Generales:
1. El formato RGLP1 es de reproducción libre.
2. El formato RGLP1 deberá ser llenado a máquina.
3. Se deberá presentar el formato RGLP1 por cada planta de almacenamiento y suministro autorizada por la autoridad competente.
4. El original del formato RGLP1 deberá ser enviado por correo certificado con acuse de recibo a la Dirección General de Política de Ingresos por la Venta de Bienes y la Prestación de Servicios Públicos, a la siguiente dirección: avenida Hidalgo 77, módulo IV, piso 3, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, 06300, México, D.F., los meses de abril, julio, octubre y enero del ejercicio fiscal posterior.
5. La recepción del formato por la Dirección General de Política de Ingresos por la Venta de Bienes y la Prestación de Servicios Públicos no implica que la información cumple con los requisitos establecidos en esta Resolución Miscelánea Fiscal.
6. No presentar copias del formato RGPL1.
7. En el reporte del mes de abril se deberá incluir el testimonio notarial que acredite al declarante como el representante legal de la empresa.
Lunes 6 de marzo de 2000 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)
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