ACUERDO del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por el que se expide el Manual de Procedimientos del Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Dirección General.
ACUERDO DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, POR EL QUE SE EXPIDE EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE AGENCIAS TURISTICAS TURISSSTE.
BENJAMIN GONZALEZ ROARO, Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en los artículos 163 fracción VI de la Ley del ISSSTE y 21 fracción VII del Estatuto Orgánico del propio Instituto, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece como una de sus estrategias básicas, impulsar una mejora regulatoria interna en la Administración Pública Federal que facilite la actividad gubernamental y garantice la aplicación de controles indispensables. Así también, establecer programas de mejora continua en los procesos, organización y desempeño de las instituciones y de los servidores públicos, con objeto de hacer esfuerzos integrales y coordinados para la transparencia y el combate a la corrupción.
Que por Acuerdo del Director General de fecha 22 de abril de 2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio del mismo año, fue creado el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI), como Organo Colegiado Institucional que tiene por objeto actualizar el Marco Jurídico Administrativo que regula la operación y funcionamiento del Instituto.
Que con fecha 7 de mayo de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Junta Directiva número 27.1288.2004, mediante el cual se aprobaron adecuaciones a la estructura básica de organización del Instituto, así como reformas, adiciones y derogaciones de diversas disposiciones del Estatuto Orgánico de este Instituto de Seguridad Social, en cuyo artículo tercero transitorio se ordena la expedición de los manuales de Organización y de Procedimientos a que se refiere dicho Acuerdo.
En virtud de lo anterior, el Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE, elaboró su Manual de Procedimientos, mismo que fue revisado y dictaminado por la Coordinación General de Transformación y Desarrollo Institucional y por la Subdirección General Jurídica, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO PRIMERO.- Se expide el Manual de Procedimientos del Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE.
ARTICULO SEGUNDO.- El Manual indicado en el artículo anterior, formará parte de la normatividad vigente y deberá incluirse en el Prontuario Normativo Institucional del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y por lo tanto será de observancia obligatoria.
ARTICULO TERCERO.- El Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE, con la colaboración de la Coordinación General de Comunicación Social, deberá dar la publicidad necesaria al Manual que se expide a través del presente Acuerdo, entre los servidores públicos de las unidades administrativas centrales y desconcentradas del Instituto, a fin de garantizar su debida aplicación y cumplimiento. Asimismo, dicho instrumento deberá ser publicado en la Normateca Electrónica Institucional dentro del Portal Servicios Vía Internet (ISSSTEnet), en la página Web del Instituto.
ARTICULO CUARTO.- El Manual de referencia será objeto de un proceso continuo y permanente de actualización, por lo cual, toda propuesta de reforma, adición o derogación, que se pretenda realizar a su contenido, deberá ser previamente analizada por el Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE, para que en caso de proceder, la valide y someta a la consideración de la Coordinación General de Transformación y Desarrollo Institucional y de la Subdirección General Jurídica, para su revisión, dictaminación y registro correspondiente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El Manual a que se refiere este Acuerdo, entrará en vigor al día siguiente de la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El Manual que se expide estará a disposición de los interesados para su consulta en forma impresa en el Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE, en la Subdirección de lo Consultivo de la Subdirección General Jurídica y en medios magnéticos u ópticos en la Normateca Electrónica Institucional.
TERCERO.- Se abroga el Manual de Procedimientos del Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE, aprobado por Acuerdo de la Directora General del ISSSTE, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2000.
Así como cualquier otra disposición del mismo nivel que se oponga a los Manuales que se expiden mediante este Acuerdo.
México, D.F., a 17 de noviembre de 2004.- El Director General, Benjamín González Roaro.- Rúbrica.
(R.- 208377)
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