DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Decreto por el que se aprueba el Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay para la Promoción y la Protección Recíprocas de las Inversiones, firmado en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el treinta de junio de mil novecientos noventa y nueve   

Miércoles 01 de Marzo 2000

DECRETO por el que se aprueba el Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay para la Promoción y la Protección Recíprocas de las Inversiones, firmado en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el treinta de junio de mil novecientos noventa y nueve.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

LA CAMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 76 FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Se aprueba el ACUERDO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PARA LA PROMOCION Y LA PROTECCION RECIPROCAS DE LAS INVERSIONES, firmado en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el treinta de junio de mil novecientos noventa y nueve.

México, D.F., a 11 de diciembre de 1999.- Sen. Dionisio Pérez Jácome, Vicepresidente en funciones.- Sen. Laura Pavón Jaramillo, Secretaria.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica.


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