MANUAL de Organización General de la Secretaría de Energía.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y el artículo 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, he tenido a bien autorizar y expedir el presente Manual de Organización General, mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 1 de marzo de 2000.- El Secretario de Energía, Luis Téllez K.- Rúbrica.
MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DE LA SECRETARIA DE ENERGIA
CONTENIDO
IV. ATRIBUCIONES
Unidad de Promoción de Inversiones
Dirección General de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Asuntos Internacionales
Subsecretaría de Política y Desarrollo de Energéticos
Unidad de Política y Programas Energéticos
Dirección General de Política y Desarrollo Energéticos
Dirección General de Recursos Energéticos y Radiactivos
Subsecretaría de Operación Energética
Unidad de Apoyo al Sector Operativo
Dirección General de Operación Financiera
Dirección General de Operaciones Productivas
Dirección General de Seguridad y Protección al Ambiente
Dirección General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas
Unidad de Informática y Telecomunicaciones
Dirección General de Recursos Humanos
Dirección General de Programación y Presupuesto
Dirección General de Recursos y Servicios Generales
Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias
Comisión Nacional para el Ahorro de Energía
Comisión Reguladora de Energía
En atención a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Energía expide el presente Manual de Organización General, cuyo objetivo es el constituirse en una fuente de información sobre su estructura y las actividades que realiza, mediante las cuales da cumplimiento a las facultades que tiene encomendadas en su Reglamento Interior.
El contenido de este Manual se conforma de la siguiente manera: En primer lugar se incluye en los antecedentes una breve reseña histórica de la Secretaría de Energía, inmediatamente después se incorpora el marco jurídico y normativo en el que sustenta sus actividades. A continuación se presentan las atribuciones que le han sido conferidas en el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para reseñar posteriormente, la estructura orgánica que la conforma actualmente, así como los objetivos y funciones de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que la integran incluyendo el organigrama de la Dependencia.
II. ANTECEDENTES
Uno de los primeros intentos por constituir la administración pública en el país se expide el 8 de noviembre de 1821. Se trataba de un Reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal, expedido por la Junta Provisional Gubernativa, mediante el cual se crean cuatro Secretarías de Estado: Justicia y Negocios Eclesiásticos, Guerra y Marina, Hacienda, y Relaciones Interiores y Exteriores, delegando a la última, facultades para la atención de todas las ramas económicas.
Mediante el Decreto publicado con fecha 22 de abril de 1853, se establecen las Bases para la Administración de la República hasta la promulgación de la Constitución , originándose la Secretaría de Fomento, Colonización, Industria y Comercio, transfiriéndole las facultades que anteriormente tenía asignadas el Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria. Así, la nueva Secretaría detentaría la autoridad para despachar los siguientes asuntos: formación de la estadística general de la industria agrícola, minera y mercantil, la colonización; las medidas conducentes al fomento de todos los ramos industriales y mercantiles, la expedición de las patentes y privilegios; las exposiciones públicas de productos de la industria agrícola y minera; los caminos, canales y todas las vías de comunicación de la República; el desagüe de la Ciudad de México y todas las obras concernientes al mismo, así como todas las obras públicas de utilidad y ornato.
Con el Decreto del 23 de febrero de 1861, las atribuciones descritas anteriormente se reasignan entre seis Secretarías de Estado, correspondiendo a la Secretaría de Fomento intervenir en el comercio, exposiciones de productos industriales, lonjas, corredores, agentes de negocios, pesas y medidas.
El 31 de marzo de 1917 y mediante expedición de Decreto, se crea la Secretaría de Industria y Comercio, a cargo del despacho de los asuntos relacionados con el comercio, industria en general, cámaras y asociaciones industriales y comerciales, enseñanza comercial, minería, petróleo, propiedad mercantil e industrial, privilegios exclusivos, trabajo, asociaciones obreras, emigración, sociedades anónimas, seguros, lonjas y corredores, exposiciones nacionales e internacionales, estadística comercial, fabril y minera, así como pesas y medidas.
Con objeto de custodiar y salvaguardar los bienes nacionales, celebrar actos y contratos de obras de construcción realizadas por cuenta del Gobierno Federal y del Departamento del Distrito Federal, así como intervenir en las adquisiciones de las entidades públicas y realizar estudios para sugerir medidas destinadas al mejoramiento de la Administración Pública Federal, la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado crea el 7 de diciembre de 1946, la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa, transfiriéndole los encargos de la Secretaría del Patrimonio Nacional en lo relativo a: poseer, vigilar, conservar o administrar los bienes de propiedad originaria, los que constituyan recursos naturales renovables y no renovables, incluyendo los de dominio público y de uso común, así como los de propiedad federal destinados o no a servicios públicos o afines de interés social o general; intervenir en las adquisiciones o contratos relacionados con las obras de construcción, instalación o reparación que se realicen por cuenta del gobierno federal; debiendo mantener al corriente el avalúo de los bienes nacionales; controlar y vigilar financiera y administrativamente la operación de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal que manejen, posean o exploten bienes y recursos naturales de la nación, o a las sociedades e instituciones en que el Gobierno Federal posea acciones o intereses patrimoniales; organizar, reglamentar, controlar y vigilar las Juntas Federales de Mejoras Materiales de los puertos y fronteras; participar en el control de la inversión de los subsidios que conceda la Federación a los gobiernos de los estados, municipios, instituciones o particulares; administrar el catastro petrolero y minero; así como intervenir en las salinas que se ubican en terrenos de propiedad nacional y en las formadas directamente por las aguas del mar.
El 29 de diciembre de 1976 se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que abroga la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, en la cual se determina que la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial sustituya a la Secretaría del Patrimonio Nacional, con atribuciones para coordinar y evaluar al sector industrial en los términos de la legislación aplicable, incluyendo al sector minero y energético, vinculando los planes y programas sectoriales con el desarrollo integral del país con el fin de poseer, vigilar, conservar y/o administrar los bienes de propiedad originaria de la Nación; impulsar el desarrollo de los energéticos, de la industria básica o estratégica; proteger y fomentar la industria nacional y proponer, de presentarse el caso, la organización de productores industriales, así como compilar y ordenar las normas que rijan las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos en la esfera de competencia del sector industrial; todo ello conforme a los objetivos y metas comprendidos en el Plan Nacional de Desarrollo Industrial 1979-1982.
Asimismo, se le atribuyen las siguientes facultades: asesorar técnicamente a la iniciativa privada en el establecimiento de nuevas industrias; participar en la industria de transformación y en la industria eléctrica; impulsar y organizar la producción artesanal de las artes populares y de las industrias familiares; proteger y fomentar la industria nacional; proponer el desarrollo de la industria pequeña y rural, así como regular la organización de productores industriales; promover y realizar la investigación técnico-industrial; intervenir en el desempeño de las industrias extractivas; asimismo deberá estimular el desarrollo de los energéticos, de la industria básica o estratégica y de la industria naviera; fomentar la organización de sociedades cooperativas de producción industrial; participar en las sociedades, cámaras y asociaciones industriales; intervenir en materia de propiedad industrial, regular la inversión extranjera y la transferencia de tecnología; establecer y vigilar las normas y especificaciones industriales; incluyendo las actividades de organizar y patrocinar exposiciones, ferias y congresos de índole industrial.
El 26 de enero de 1979 se publica la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear. Esta Ley crea la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CONASENUSA), otorgándole figura jurídica de órgano desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial y con el objetivo primero de garantizar que el funcionamiento de las instalaciones nucleares radiactivas y de laboratorios garantice a la población las condiciones de protección necesarias y suficientes.
El día 29 de diciembre de 1982 se expide el Decreto en el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Este Decreto establece la sustitución de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, por la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, con objeto de delimitar las áreas de los energéticos, la minería y la industria básica y estratégica, así como una competencia administrativa más especializada.
Con el propósito de promover el uso eficiente de la energía, tanto en la producción como en su destino final, el 28 de septiembre de 1989 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía (CONAE). Esta Comisión tiene el objetivo expreso de fungir como Organo Técnico de Consulta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como de los gobiernos de los estados, municipios y particulares, cuando así se lo soliciten, en materia de ahorro y uso eficiente de energía.
A principios de 1993, la política energética y minera es orientada hacia la modernización de estos sectores económicos, para lo cual se requiere el fortalecimiento de las acciones reguladoras y el impulso al desarrollo de las inversiones nacionales y extranjeras, lo que genera una modificación sustancial en el ámbito de competencia para la Dependencia, haciéndose necesario modificar la estructura orgánica de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, que es dictaminada y autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en junio de 1993.
El Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de octubre de 1993, crea la Comisión Reguladora de Energía (CRE); otorgándole autonomía técnica a la autoridad reguladora de energía. Tal ordenamiento proporciona a la Comisión, la característica de órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, dando cumplimiento con lo dispuesto en el artículo tercero transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1992, atribuyéndole a la CRE la responsabilidad de la resolución en materia de los asuntos derivados de la aplicación de las disposiciones reglamentarias del artículo 27 constitucional en materia de energía eléctrica.
En el marco de reordenación y estabilización de la economía nacional, el 1 de julio y el 25 de noviembre de 1993, se publican en el Diario Oficial de la Federación, el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal y un decreto por el cual el Ejecutivo Federal reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del mismo, trascendiendo en una amplia reestructuración de la Dependencia, asimismo, la Comisión de Petroquímica Mexicana cambia su denominación a Comisión Nacional de Petróleo, Gas y Petroquímica, considerándose como órgano desconcentrado de la Secretaría.
En cumplimiento al Decreto que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente al 28 de diciembre de 1994, la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, se transforma en Secretaría de Energía, con atribuciones para conducir la política energética del país, efectuar la planeación de mediano y largo plazos, así como fijar las directrices económicas para el sector energético paraestatal. Esta transformación fortalece su papel de coordinadora del sector, para ejercer los derechos de la nación en materia de petróleo y carburos de hidrógeno líquidos, sólidos y gaseosos.
De este modo la nueva Secretaría de Energía define los objetivos esenciales en dos vertientes de transcendental relevancia: optimar los procesos de formulación de la política sectorial y dar seguimiento a la operación de las entidades coordinadas. Así reafirma la importancia de promover y fortalecer las relaciones entre la Secretaría y las entidades coordinadas del sector respecto a procesos de programación-presupuestación, seguimiento del ejercicio presupuestario, evaluación de los proyectos de inversión, así como propiciar mecanismos modernos de coordinación operativa, para inducir un mejor desempeño de las entidades coordinadas, incorporando como compromiso prioritario el preservar los recursos naturales, vigilar la utilización más racional de energéticos y garantizar que en sus procesos de explotación sea predominante la política de protección a la salud de la población y de los ecosistemas.
En esta perspectiva de eficiencia institucional y con base en el programa de acción para superar la emergencia económica y con fundamento en las medidas estructurales para reducción del gasto en servicios personales, la secretarías de Hacienda y Crédito Público y la de Contraloría y Desarrollo Administrativo, autorizan el 3 de mayo de 1995, la propuesta de reestructuración de la dependencia. Este cambio busca una compactación y redefinición de la estructura orgánica, conteniendo entre sus principales acciones la transferencia a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial de los recursos adscritos a la Subsecretaría de Minas y las Direcciones Generales de Minas y de Promoción y Operación Minera, así como la desaparición de la Comisión Nacional de Petróleo, Gas y Petroquímica.
De este modo y con objeto de dar a conocer sus nuevas atribuciones y competencia, el 1 de junio de 1995 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Energía.
En el año de 1996 y en observancia de las políticas y lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, el Programa de Desarrollo y Reestructuración del Sector de la Energía y el Programa de Modernización de la Administración Pública 1995-2000 definen nuevas acciones fundamentales de reestructuración y redimensionamiento de la Secretaría, que dentro de sus principales ejes, comprenden la asignación de personal hacia otras dependencias de la Administración Pública Federal, esquema innovador de redistribución de recursos humanos, que permite integrar una nueva estructura orgánica y ocupacional hacia el interior de la Secretaría con mayor equilibrio entre las funciones, fortaleciendo las áreas sustantivas, reordenando las administrativas y orientando las plazas de acuerdo a las nuevas actividades sustantivas. Dichos cambios son concretados en las reformas y adiciones al nuevo Reglamento Interior, mismo que es publicado en el Diario Oficial de la Federación correspondiente al 30 de julio de 1997.
Con la aplicación de estrategias de modernización, racionalización y optimización de los recursos, que incluyen la capacitación y el aprovechamiento de nuevas tecnologías, la Secretaría de Energía cumple con las facultades y recursos conferidos a la misma.
1.- CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 5/II/1917
2.- LEYES
? Ley Federal del Trabajo D.O.F. 1/IV/1970, sus reformas y adiciones
? Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional D.O.F. 28/XII/1963, sus reformas y adiciones
? Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado D.O.F. 27/XII/1983 y sus reformas
? Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos D.O.F. 31/XII/ 1982 y sus reformas
? Ley Orgánica de la Administración Pública Federal D.O.F.29/XII/1976, sus reformas y adiciones
? Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 10/I/1936, sus reformas y adiciones
? Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal D.O.F. 31/XII/1976 y sus reformas
? Ley de Ingresos de la Federación D.O.F. 29/XII/1997
? Ley General de la Deuda Pública D.O.F. 31/XII/1976, sus reformas y adiciones
? Ley de Planeación D.O.F. 5/I/1983
? Ley de Inversión Extranjera D.O.F. 27/XII/1993 y sus reformas
? Ley de Comercio Exterior D.O.F. 27/VII/1993 y sus reformas
? Ley sobre la Celebración de Tratados D.O.F. 2/I/1992
? Ley Federal de Competencia Económica D.O.F. 24/XII/1992
? Ley General de Bienes Nacionales D.O.F. 8/I/1982, sus reformas y adiciones
? Ley de Expropiación D.O.F. 25/XI/1936 y sus reformas
? Ley Federal sobre Metrología y Normalización D.O.F. 1/VII/1992 y sus reformas
? Ley General de Sociedades Mercantiles D.O.F. 4/VIII/1934, sus reformas y adiciones
? Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo D.O.F. 29/XI/1958, sus reformas y adiciones
? Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear D.O.F. 4/II/1985
? Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares D.O.F. 31/XII/1974
? Ley de la Comisión Reguladora de Energía D.O.F. 31/X/1995
? Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica D.O.F. 22/XII/1975, sus reformas y adiciones
? Ley Federal de las Entidades Paraestatales D.O.F. 14/V/1986, sus reformas y adiciones
? Ley que crea la Comisión Federal de Electricidad D.O.F. 24/VIII/1937
? Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios D.O.F. 16/VII/1992, sus reformas y adiciones
? Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente D.O.F. 28/I/1988
? Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. 4/I/2000
? Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas D.O.F. 4/I/2000
3.- CODIGOS
? Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia del Fuero Federal D.O.F. 26/V/1928, sus reformas y adiciones
? Código Penal para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia del Fuero Federal D.O.F. 14/VIII/1931, sus reformas y adiciones
? Código Federal de Procedimientos Civiles D.O.F. 24/II/1943, sus reformas y adiciones
? Código Federal de Procedimientos Penales D.O.F. 30/VIII/1934, sus reformas y adiciones
? Código Fiscal de la Federación D.O.F. 31/XII/1981, sus reformas y adiciones
? Código de Comercio D.O.F. 15/IX/1889, sus reformas y adiciones
4.- REGLAMENTOS
? Reglamento Interior de la Secretaría de Energía D.O.F. 1/VI/1995, su adición del 9/X/1995 y su reforma del 30/VII/1997
? Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo D.O.F. 25/VIII/1959, sus reformas y adiciones
? Reglamento de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos D.O.F. 10/VIII/1972
? Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal D.O.F. 18/XI/1981, sus reformas y adiciones
? Reglamento de la Ley de Obras Públicas D.O.F. 13/II/1985, reformas y adiciones
? Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación D.O.F. 25/XI/1988
? Reglamento de la Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera D.O.F. 16/V/1989
? Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales D.O.F. 26/I/1990 y sus reformas
? Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Relacionados con Bienes Muebles D.O.F. 13/II/1990
? Reglamento de la Ley del Servicios Público de Energía Eléctrica D.O.F. 31/V/1993, sus reformas y adiciones
? Reglamento de la Ley de Comercio Exterior D.O.F. 30/XII/1993
? Reglamento Interno de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía D.O.F. 30/III/1990
? Reglamento de Seguridad Radiológica D.O.F. 8/XI/1988
? Reglamento de Trabajos Petroleros D.O.F. 21/II/1973
? Reglamento de Gas Licuado de Petróleo D.O.F. 28/VI/1999
? Reglamento Interior de la Comisión Federal de Competencia D.O.F. 12/X/1993
? Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos D.O.F. 7/IV/1993
? Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación del Grado de Riesgo del Seguro de Riesgos de Trabajo D.O.F. 29/VI/1981 y sus reformas
? Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización D.O.F. 14/I/1999
? Reglamento de Gas Natural D.O.F. 8/XI/1995
? Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en Materia de Aportaciones D.O.F. 10/XI/1998
5.- DECRETOS
? Decreto que crea el Organismo Descentralizado de Interés Público Instituto Mexicano del Petróleo D.O.F. 26/VIII/1965 y sus reformas
? Decreto por el que se crea el Instituto de Investigaciones Eléctricas D.O.F. 1/XII/1975
? Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica D.O.F. 23/12/1992
? Decreto por el que se crea la Comisión Reguladora de Energía, como Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal D.O.F. 4/X/1993
? Decreto de Promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte D.O.F. 20/XII/1993
? Decreto por el cual se crea el Organismo Descentralizado Luz y Fuerza del Centro D.O.F. 9/II/1994
? Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 D.O.F. 31/V/1995
? Decreto por el que se crea la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía D.O.F. 20/IX/1999
6.- ACUERDOS Y RESOLUCIONES
? Acuerdo que establece las facultades de la Coordinación de Atención Ciudadana de la Presidencia de la República D.O.F. 8/V/1996
? Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Energía
? Depositadas en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje 11/II/1998
? Acuerdo que determina los Servidores Públicos que deberán presentar Declaración de Situación Patrimonial, en adición a los que señala la Ley de la materia D.O.F. 4/IV/1997 sus reformas y adiciones
? Acuerdo por el cual el Gobierno Federal constituye un Fondo de Ahorro Capitalizable de los Trabajadores al Servicio del Estado, cuyas relaciones laborales estén regidas por el apartado B del artículo 123 constitucional Celebración de contrato de fideicomiso 12/I/1990
? Relación de entidades paraestatales de la administración pública federal sujetas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento D.O.F. 13/VIII/1999
? Acuerdo mediante el cual se adscriben las unidades administrativas de la Secretaría de Energía D.O.F. 17/II/2000
7.- MANUALES
? Manual de Servicios al Público en Materia de Energía Eléctrica D.O.F. 29/VII/1993
8.- PLANES Y PROGRAMAS
? Programa de Modernización de la Administración Pública 1995-2000 D.O.F. 28/V/1996
? Programa de Desarrollo y Reestructuración del Sector de la Energía 1995-2000 D.O.F. 19/II/1996 y su modificación
IV. ATRIBUCIONES
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Artículo 33.- A la Secretaría de Energía corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
? Conducir la política energética del país;
? Ejercer los derechos de la nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos; energía nuclear; así como respecto del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público;
? Conducir la actividad de las entidades paraestatales cuyo objeto esté relacionado con la explotación y transformación de los hidrocarburos y la generación de energía eléctrica y nuclear, con apego a la legislación en materia de ecología;
? Participar en foros internacionales respecto de las materias competencia de la Secretaría, con la intervención que corresponda a la Secretaría de Relaciones Exteriores, y proponer a ésta la celebración de convenios y tratados internacionales en tales materias;
? Promover la participación de los particulares, en los términos de las disposiciones aplicables, en la generación y aprovechamiento de energía, con apego a la legislación en materia ecológica;
? Llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazos, así como fijar las directrices económicas y sociales para el sector energético paraestatal;
? Otorgar concesiones, autorizaciones y permisos en materia energética, conforme a las disposiciones aplicables;
? Realizar y promover estudios e investigaciones sobre ahorro de energía, estructuras, costos, proyectos, mercados, precios y tarifas, activos, procedimientos, reglas, normas y demás aspectos relacionados con el sector energético, y proponer, en su caso, las acciones conducentes;
? Regular y, en su caso, expedir normas oficiales mexicanas sobre producción, comercialización, compraventa, condiciones de calidad, suministro de energía y demás aspectos que promuevan la modernización, eficiencia y desarrollo del sector, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento;
? Regular y, en su caso, expedir normas oficiales mexicanas en materia de seguridad nuclear y salvaguardas, incluyendo lo relativo al uso, producción, explotación, aprovechamiento, transportación, enajenación, importación y exportación de materiales radiactivos, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento;
? Llevar el catastro petrolero, y
? Los demás que le encomienden expresamente las leyes y reglamentos.
100 SECRETARIO
100.1 Unidad de Promoción de Inversiones
110 Unidad de Comunicación Social
111 Dirección General de Asuntos Jurídicos
112 Dirección General de Asuntos Internacionales
113 Unidad de Contraloría Interna
200 Subsecretaría de Política y Desarrollo de Energéticos
200.1 Unidad de Política y Programas Energéticos
210 Dirección General de Política y Desarrollo Energéticos
211 Dirección General de Recursos Energéticos y Radiactivos
300 Subsecretaría de Operación Energética
300.1 Unidad de Apoyo al Sector Operativo
310 Dirección General de Operación Financiera
311 Dirección General de Operaciones Productivas
312 Dirección General de Seguridad y Protección al Ambiente
313 Dirección General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas
400 Oficialía Mayor
400.1 Unidad de Administración
400.2 Unidad de Informática y Telecomunicaciones
410 Dirección General de Recursos Humanos
411 Dirección General de Programación y Presupuesto
412 Dirección General de Recursos y Servicios Generales
Organos Desconcentrados
A00 Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias
B00 Comisión Nacional para el Ahorro de Energía
C00 Comisión Reguladora de Energía
OBJETIVO:
Administrar la política energética del país, conforme a lo dispuesto en planes, programas y normatividad vigentes en la materia.
FUNCIONES:
? Dirigir la estrategia global de operación y desarrollo del sector energético nacional.
? Presentar para la autorización del Jefe del Poder Ejecutivo Federal, propuestas de políticas para el sector energético nacional, así como los programas sectoriales, especiales y ordenamientos jurídicos en materia de energía de acuerdo con las directrices establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo.
? Ordenar la permanente evaluación del desempeño de las actividades encomendadas a las entidades paraestatales que coordina la Secretaría, con apego al marco normativo y programático establecido.
? Realizar los acuerdos y convenios con otras dependencias de la Administración Pública Federal o, en su caso, con los gobiernos estatales y municipales en materia de energía.
? Aprobar los procesos programático-presupuestales vinculados con la operación y desarrollo del sector energético nacional y ordenar su permanente vigilancia.
? Promover, fomentar y estimular la participación del sector empresarial privado en las actividades propias del ramo de la energía, conforme a lo establecido en los ordenamientos jurídicos vigentes.
? Otorgar concesiones, autorizaciones y permisos en materia energética, con estricto apego a la normatividad en vigor.
? Expedir las normas oficiales mexicanas que regirán aspectos técnicos concernientes a las actividades propias de las entidades del sector, así como de los particulares que cuentan con autorización para ejercer actividades afines al mismo.
? Comparecer ante los órganos del Poder Legislativo, cuando éstos se lo requieran a través de los cauces legales existentes, para explicar o justificar actos relacionados con la gestión que tiene encomendada la Secretaría.
? Participar, cuando así se requiera, en eventos de carácter internacional para fundamentar la posición política y económica que asume el país, ante situaciones vinculadas con el mercado energético mundial, y particularmente con el posicionamiento económico, comercial y tecnológico del sector energético nacional.
? Ejecutar todas aquellas funciones relacionadas con la cuestión energética, que con carácter de no delegables, le confiera el titular del Poder Ejecutivo Federal y las que con la misma naturaleza le otorguen las disposiciones legales vigentes.
100.1 UNIDAD DE PROMOCION DE INVERSIONES
OBJETIVO:
Fomentar la participación de particulares u organismos privados nacionales o extranjeros en la ejecución de proyectos estratégicos del sector de la energía en el país, coadyuvar a su adecuada canalización ante las instancias administrativas correspondientes y, de ser el caso, apoyar la tramitación de los convenios, autorizaciones o permisos específicos que regirán su operación, ciñéndose en todo momento a lo prescrito por la normatividad constitucional vigente y a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y programas de mediano plazo respectivos.
FUNCIONES:
? Apoyar al inversionista con información precisa, así como con la adecuada inducción sobre aspectos de orden legal, económico, político y social, vinculados con las políticas de inversión privada, promovida por el gobierno federal, o bien por sus instancias, locales y regionales.
? Diseñar, establecer y operar un sistema de información sobre oportunidades para la inversión de capital privado en actividades del sector energético, así como un registro de inversionistas potenciales, sean éstos particulares u organismos o instituciones nacionales o extranjeras.
? Captar, expresar y transmitir el interés y/o desacuerdo del sector privado (nacional y/o extranjero) ante las distintas entidades públicas, respecto de trámites, procesos y decisiones que le competan. Lo anterior, con el propósito de formalizar la interrelación entre empresas y el sector público.
? Promover y apoyar procesos de desincorporación de activos e instalaciones energéticas, de conformidad con las leyes en vigor, y con estricto apego a criterios de interés público y respeto a la soberanía nacional.
? Operar como ventanilla única para la recepción, atención especializada y adecuada canalización de las ofertas de inversión privada en actividades del sector ante las instancias correspondientes.
? Someter los proyectos de inversión a fases simplificadas de análisis de consistencia, factibilidad y rentabilidad económica y social, solicitando para tal fin la participación especializada de las diferentes áreas sustantivas de la Dependencia.
110 UNIDAD DE COMUNICACION SOCIAL
OBJETIVO:
Proyectar, divulgar y difundir la imagen de la Secretaría, fundamentalmente en lo concerniente a la actividad sustantiva realizada por su titular y personal directivo en general. Además de informar a la opinión pública acerca de los actos institucionales vinculados con los programas sectoriales, regionales y especiales de la Dependencia.
FUNCIONES:
? Informar en forma clara, precisa y concisa a la opinión pública, a través de los medios impresos y electrónicos nacionales, regionales e internacionales, sobre las medidas que en política energética adopte el sector, así como de las acciones encaminadas a su desarrollo.
? Coordinar la captación de información favorable o crítica sobre la Dependencia y sus funcionarios, frente a hechos que impacten en la comunidad.
? Mantener permanentemente informados a los funcionarios de la Secretaría acerca del impacto de sus actividades, que registren los medios informativos y sus repercusiones en la imagen institucional.
? Divulgar los eventos en los que participa la Secretaría, como son foros especializados, inauguración de obras, expedición de normas, simplificación de trámites en la Dependencia y el desarrollo administrativo del sector.
? Constituir, preservar y actualizar permanentemente el banco de datos hemerográficos y material audiovisual para consulta pública.
? Responder con oportunidad, veracidad y objetividad a informaciones distorsionadas vertidas en medios impresos y electrónicos.
? Vigilar y, en su caso, apoyar a los órganos de comunicación social de las entidades del sector en sus acciones de informar, veraz y oportunamente, a la opinión pública sobre sus acciones de gobierno. Esto especialmente en comunidades donde se efectúen procesos de explotación o generación de energía, así como las medidas colaterales que adopte la Secretaría para proteger el entorno ambiental, además de las posibles repercusiones socioeconómicas que se registren en la región.
? Difundir coordinadamente con los órganos de comunicación social de las entidades, las medidas de seguridad en instalaciones del sector conducentes a evitar siniestros que pongan en peligro a la población. En el caso de que éstos ocurran, dar a conocer, oportuna y objetivamente las medidas de emergencia adoptadas para proteger a la población, así como a técnicos y trabajadores que laboren en la instalación de que se trate.
111 DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
OBJETIVO:
Proveer al titular de la Dependencia y demás personal con responsabilidad sustantiva, la asesoría y apoyo jurídico requerido para investir sus actos de la legalidad necesaria. Garantizar que su gestión y desempeño institucional se efectúe con estricto apego a la normatividad constitucional y legal vigentes en materia administrativa, de energía y en general en el ámbito de su competencia.
FUNCIONES:
? Representar legalmente al Secretario, a la Secretaría y a sus unidades administrativas ante los órganos jurisdiccionales, en los procedimientos de cualquier índole cuando se requiera su intervención, y en general fungir como órgano jurídico representativo de la Dependencia.
? Formular, revisar y proponer los proyectos de leyes, reglamentos, decretos y acuerdos, además de sancionar el contenido jurídico de instrumentos internacionales, cuando éstos sean puestos a consideración de la Secretaría.
? Asesorar a las unidades administrativas en la formulación de documentos e instrumentos jurídicos relacionados con sus ámbitos específicos de acción.
? Asistir jurídicamente a las entidades paraestatales coordinadas, cuando éstas lo soliciten, procurando la unificación de criterios, así como emitir opinión sobre los proyectos que emitan las mismas y que requieran la autorización del Secretario.
? Iniciar y tramitar ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje los juicios laborales concernientes al personal de la Secretaría, ejercer las acciones correspondientes y en las mismas representar legalmente al Secretario.
? Promover e intervenir en las reclamaciones y juicios en que la Secretaría tenga interés y que afecten los bienes encomendados a la misma; elaborar los proyectos de informes previos y justificados que en materia de amparo se deban rendir en representación del Presidente de la República y del Secretario, así como de los demás servidores públicos de esta Dependencia que sean señalados como autoridades responsables. Así como presentar demandas o contestaciones en controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad; promover y desistirse, en su caso, de los juicios de amparo en los que la Secretaría tenga el carácter de quejosa o intervenga como tercero perjudicado interponiendo toda clase de recursos.
? Captar, sistematizar y divulgar los ordenamientos jurídicos relacionados con las atribuciones de la Secretaría y orientar sobre los criterios que se deben adoptar para la aplicación de las mismas.
? Conocer del procedimiento administrativo, con relación de los recursos interpuestos contra determinaciones de las unidades administrativas de esta Secretaría, así como dictar resoluciones que correspondan a excepción de aquellos que por ley correspondan a otra unidad administrativa.
112 DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES
OBJETIVO:
Impulsar una adecuada inserción del sector energético mexicano en la actual dinámica mundial. Lograr que la actividad internacional de la Secretaría sea un verdadero instrumento de promoción y concreción de los intereses energéticos de México en el mundo.
FUNCIONES:
? Representar a la Secretaría y coordinar las actividades del sector energético en el ámbito internacional.
? Promover y coordinar la participación del Secretario del Ramo, y de otros funcionarios del sector energético, en eventos internacionales, tanto en foros multilaterales como en encuentros bilaterales.
? Encabezar las delegaciones del sector energético que participen en negociaciones y en reuniones internacionales de carácter gubernamental.
? Definir, en coordinación con otras áreas de la Secretaría y del sector energético, así como las dependencias del Ejecutivo correspondientes, los lineamientos que habrán de normar la participación de México en materia de energía en los foros internacionales.
? Negociar o analizar y evaluar los convenios y acuerdos internacionales en los que participe el sector, con base en los intereses de México y conforme a los principios de política exterior.
? Fungir como interlocutor y enlace entre la Secretaría y los organismos internacionales en los que México participa en materia de energía.
? Mantener actualizado el registro de denominación, funciones, naturaleza y cobertura de los organismos internacionales vinculados con el sector energético.
? Dar seguimiento a los compromisos internacionales asumidos por México en materia energética.
? Elaborar y mantener actualizados los perfiles energéticos de los distintos países, así como el desarrollo de sus políticas energéticas.
? Dar seguimiento a los avances que alcance la comunidad internacional, en materia de energía, con el fin de difundirlos en nuestro país.
? Difundir a nivel internacional la política energética del país.
? Proponer y organizar la celebración en México, de seminarios, congresos, mesas redondas, talleres y conferencias, propiciando la participación de expertos nacionales e internacionales, relacionados con el sector.
? Elaborar el programa anual de trabajo de la Secretaría en materia internacional.
113 UNIDAD DE CONTRALORIA INTERNA
Conforme al artículo 37 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Unidad de Contraloría Interna, dependiente funcional y jerárquicamente de la SECODAM, ejercer orgánicamente en la Secretaría de Energía las funciones que le marca el Reglamento Interior de la propia SECODAM en el artículo 26 y las relativas al de la Secretaría de Energía en su artículo 22.
OBJETIVO:
Controlar, vigilar y evaluar la operación de la Secretaría de Energía conforme a las normas emitidas en materia de control, auditoría y responsabilidades expedidas por las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal, así como apoyar a las áreas de la Dependencia, en el efectivo desempeño de sus funciones, proporcionándoles asesorías y recomendaciones, con el fin de promover el desarrollo administrativo, la eficiencia, eficacia y calidad con que se están alcanzando las metas y objetivos institucionales.
FUNCIONES:
? Realizar las auditorías orientadas a vigilar que el ejercicio del presupuesto de la Dependencia se lleve a cabo en el estricto apego a la Legislación vigente y presupuestos aprobados, vigilando que el gasto sea empleado con criterios estrictos de honradez, racionalidad, eficacia, eficiencia y rentabilidad, por parte de todas las áreas. Así como también fiscalizar mediante las revisiones practicadas periódicamente, el avance físico-financiero para alcanzar las metas programadas y asegurar la transparencia en el ejercicio del gasto, considerando que los sistemas de información y registro generen datos oportunos y veraces para la toma de decisiones.
? Promover y vigilar el estricto cumplimiento de las normas y disposiciones en materia de sistemas de registro y contabilidad, contratación y remuneraciones del personal, contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y ejecución de la obra pública, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y otros activos y recursos materiales.
? Informar periódicamente al Titular de la Dependencia sobre el resultado de la supervisión y evaluación a las unidades administrativas, así como de aquellas que hayan sido objeto de fiscalización e informar cuando proceda a las autoridades competentes, el resultado de tales intervenciones.
? Promover acciones de modernización administrativa, supervisar y dar seguimiento a las que en el marco del Programa de Modernización de la Administración Pública 1995-2000, lleve a cabo la Dependencia.
? Asesorar a los comités de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios de la Dependencia, en los eventos de licitación e invitación restringida, presenciar y atestiguar actos de entrega-recepción de activos y bienes de la Dependencia y en las actas de entrega-recepción de los servidores públicos.
? Promover y participar en programas de capacitación y adiestramiento complementarios a los de la SECODAM, para el mejor desempeño de sus funciones.
? Apoyar a las unidades administrativas de la Dependencia, asesorando normativamente en todos los aspectos de su competencia para el cabal cumplimiento de sus objetivos, a fin de agilizar y mejorar la planeación, ejecución y obtención de los resultados en sus actividades.
? Fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas, mediante el desarrollo de esquemas modernos de medición y evaluación del desempeño y del resultado de sistemas integrales de control, que permitan flexibilidad en la operación y aseguren la vigencia de los principios de probidad, honestidad y transparencia en el uso de los recursos públicos.
? Vigilar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctivas que permitan subsanar las observaciones detectadas, proponer las acciones necesarias para corregir o prevenir desviaciones y propiciar el mejor desarrollo de las actividades.
? Revisar que la información que se genere para el Sistema Integral de Información cumpla con las características de confiabilidad, veracidad, calidad y oportunidad.
? Recibir, investigar y resolver con oportunidad, conforme a los ordenamientos legales aplicables y a las normas y procedimientos establecidos por la SECODAM, las quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos de la Dependencia.
? Imponer las sanciones administrativas que correspondan de acuerdo a la naturaleza de las irregularidades, desahogando todas aquellas diligencias que resulten necesarias dentro del procedimiento administrativo de responsabilidades.
? Resolver inconformidades y recursos de revisión que se promuevan en contra de las resoluciones emitidas.
? Asumir la defensa jurídica de las resoluciones que se dicten con motivo del procedimiento administrativo de responsabilidades, compareciendo ante las autoridades judiciales y administrativas y denunciar en coordinación con el área respectiva, las irregularidades que implique responsabilidad penal.
? Atender con oportunidad los requerimientos de la SECODAM en materia de seguimiento de Quejas y Denuncias, Declaración Patrimonial, Registro de Servidores Públicos Sancionados y en general aquellos que se deriven de las disposiciones legales.
200 SUBSECRETARIA DE POLITICA Y DESARROLLO DE ENERGETICOS
OBJETIVO:
Diseñar la política energética nacional, de acuerdo con las directrices que establezca el Secretario, que contribuya a alcanzar las metas del Plan Nacional de Desarrollo, y cuidar que el diseño y aplicación de políticas y líneas de acción específicas en materia energética se apeguen a lo estipulado en el Programa Sectorial.
FUNCIONES:
? Someter a la consideración del Secretario las estrategias, lineamientos de política energética nacional y actividades programáticas del sector energético para el logro de sus metas y objetivos, su pleno desarrollo y su inserción activa en el contexto competitivo mundial.
? Formular y proponer políticas y estrategias acerca de la generación, transmisión, uso y comercialización de energía eléctrica, así como para la exploración, explotación y transformación de los hidrocarburos y sus derivados, con apego a la legislación vigente.
? Coordinar y supervisar de conformidad con los lineamientos del Secretario, las actividades relativas a la formulación de programas y planes de negocios de las entidades del sector energético, con el propósito de fortalecer su operación, su sano desarrollo y su eficaz contribución al logro de los objetivos nacionales.
? Disponer la formulación de estudios que permitan analizar la situación y perspectivas del mercado nacional e internacional de la energía, con objeto de contar con elementos para la formulación de las políticas generales y específicas para el desarrollo del sector.
? Formular y establecer las políticas de desarrollo, evaluación y explotación de reservas de hidrocarburos, así como las de otorgamiento de permisos de construcción y operación de instalaciones petroleras.
? Vigilar el cumplimiento de la legislación y la normatividad para fomentar la participación de los particulares en el desarrollo del sector energético, en las áreas permitidas por la ley.
? Impulsar políticas de investigación y desarrollo tecnológico en materia de energía, a través de los institutos especializados del sector, así como coordinar y supervisar en éstos las actividades relativas a la programación, presupuestación y evaluación de sus resultados.
? Disponer sobre el otorgamiento, modificación y cancelación de autorizaciones para la explotación, uso o beneficio de materiales radiactivos, así como para la construcción y operación de instalaciones nucleares en el país.
? Impulsar y coordinar políticas para el desarrollo de fuentes de energía renovables y el ahorro y uso racional de energéticos.
? Proponer al Secretario la designación de representantes de la Secretaría ante los órganos de gobierno de las entidades paraestatales, ubicadas en el ámbito de su competencia, así como participar en dichos órganos cuando así lo determine el Secretario.
? Impulsar la elaboración de normas oficiales mexicanas en concordancia con la política energética.
? Proponer al Secretario las políticas y lineamientos de participación de México en actividades internacionales en materia energética, y en proyectos de cooperación bilateral del sector con otros países.
200.1 UNIDAD DE POLITICA Y PROGRAMAS ENERGETICOS
OBJETIVO:
Proponer los lineamientos de política y estrategias generales de los programas energéticos, para alcanzar el uso eficiente y la asignación productiva y eficaz de los recursos en el sector de la energía, los cuales contribuyan al cumplimiento del fin estratégico fundamental del Plan Nacional de Desarrollo, de lograr un crecimiento económico, vigoroso y sustentable.
FUNCIONES:
? Efectuar el diagnóstico del sector energético en sus ámbitos nacional e internacional, y analizar su evolución y tendencias, para coadyuvar en la formulación de la política energética nacional y mejorar la posición del país en el contexto internacional.
? Formular y proponer, para aprobación superior, lineamientos de política energética nacional, junto con las entidades paraestatales correspondientes, y coordinar la integración y actualización periódica de un catálogo de políticas del sector.
? Proponer políticas para impulsar la generación, transmisión, transformación y distribución de energía eléctrica, así como para la exploración, explotación y transformación de los hidrocarburos y sus derivados, con apego a la legislación vigente.
? Desarrollar los mecanismos para verificar que los programas sectoriales, regionales e institucionales se apeguen a las políticas energéticas establecidas.
? Realizar los estudios necesarios y proponer acciones para cumplir los objetivos de la Nueva Estrategia de la Industria Petroquímica.
? Promover, en el ámbito de su competencia y en coordinación con la Unidad de Comunicación Social y las unidades administrativas correspondientes, la difusión de las políticas y estrategias nacionales en materia energética.
210 DIRECCION GENERAL DE POLITICA Y DESARROLLO ENERGETICOS
OBJETIVO:
Diseñar y proponer, en coordinación con la Unidad de Política y Programas Energéticos y con apego al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Sectorial, las políticas, estrategias, lineamientos y acciones para la optimización del desempeño del sector de la energía, a través de los subsectores que lo constituyen.
FUNCIONES:
? Integrar la participación del sector en la elaboración, revisión y adecuación del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales de mediano plazo, regionales y especiales.
? Recopilar y sistematizar información relativa a la producción, transformación, distribución y consumo de energía, con la finalidad de elaborar el Balance Nacional de Energía y analizar su comportamiento histórico.
? Elaborar, en coordinación con las entidades que participan en el sector de la energía, los documentos de prospectiva del sector eléctrico y del mercado de gas natural, vigilando su congruencia con la política integral de combustibles.
? Fomentar, en coordinación con la Unidad de Promoción de Inversiones, la participación de los particulares en el sector de la energía y formular los estudios y programas que le competa presentar a la Secretaría ante la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.
? Analizar y opinar sobre la política de precios y tarifas de energéticos y sus derivados, así como en lo referente a su congruencia con la política energética nacional.
? Elaborar estudios que permitan evaluar estrategias nacionales en materia energética, su impacto en la economía nacional y en el desarrollo social del país.
? Realizar análisis y estudios orientados a promover políticas que impulsen el desarrollo de fuentes de energía renovables, así como el ahorro y uso racional de energía.
? Analizar el mercado energético mundial para propiciar la inserción eficiente de la industria energética nacional en dicho mercado y definir estrategias que permitan ajustar la política energética nacional con el exterior, en defensa de los intereses nacionales.
? Participar, en el ámbito de su competencia y coordinadamente con la Dirección General de Asuntos Internacionales, en lo que atañe a relaciones e intercambio de información con el exterior y organismos internacionales, propios de la competencia de la Secretaría.
? Participar en el ámbito de su competencia y coordinadamente con la Dirección General de Seguridad y Protección del Ambiente, en la elaboración de estudios y proponer acciones tendientes a evaluar la interrelación de la política energética con las políticas ambientales que emitan las autoridades en la materia, así como promover mecanismos de coordinación para su definición e implementación.
211 DIRECCION GENERAL DE RECURSOS ENERGETICOS Y RADIACTIVOS
OBJETIVO:
Coordinar la integración de la información relacionada con la industria petroquímica nacional y el catastro petrolero, el otorgamiento de permisos petroleros, así como el seguimiento a las actividades del subsector nuclear.
FUNCIONES:
? Integrar la información relativa al catastro petrolero.
? Registrar las asignaciones para la exploración y explotación petroleras.
? Otorgar permisos para la perforación de pozos petroleros, así como para la construcción y operación de instalaciones petroleras.
? Efectuar el seguimiento mensual y la evaluación de los convenios de balances de operación, primario y financiero de los institutos de investigación del sector de la energía.
? Coordinar el proceso de elaboración e integración del Anuario Estadístico Petroquímico.
? Formular los dictámenes técnicos vinculados con la obtención de subproductos petrolíferos o petroquímicos básicos, que sean resultados de la elaboración de productos petroquímicos distintos de los básicos.
? Participar en los Comités de Normalización en materia de combustibles líquidos y seguridad nuclear.
? Realizar el análisis y seguimiento de las actividades del subsector nuclear.
? Opinar sobre las autorizaciones para la explotación, uso o beneficio de minerales radiactivos, así como para la construcción y operación de las instalaciones nucleares del país.
300 SUBSECRETARIA DE OPERACION ENERGETICA
OBJETIVO:
Instrumentar un esquema de coordinación y conducción de las actividades desarrolladas por las entidades sectoriales, con la finalidad de promover y supervisar el establecimiento y desarrollo de procedimientos de eficiencia y mejora continua de los procesos productivos, financieros y de seguridad y protección al medio ambiente, que resulten en un mejor aprovechamiento de los recursos energéticos del país y en el logro eficaz de la misión encomendada al sector energético.
FUNCIONES:
? Diseñar, ejecutar y supervisar la operación de los mecanismos de coordinación y conducción de las operaciones productivas, financieras, de seguridad y protección al medio ambiente de las entidades coordinadas del sector, así como evaluar los resultados alcanzados con dichos mecanismos, con base en los programas de trabajo correspondientes.
? Elaborar estudios y proyectos sobre las capacidades operativas de funcionamiento y utilización de recursos de las entidades, de forma coherente con las políticas de planeación estratégica establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo vigente, en el rubro de energía, para someterlos a consideración del Secretario.
? Realizar las actividades necesarias para diseñar, integrar y promover esquemas prioritarios alternativos para hacer más eficientes los procesos productivos de las entidades paraestatales del sector, atendiendo que su aplicación cumpla con las estrategias del Gobierno Federal para la conservación del patrimonio ecológico.
? Estudiar la pertinencia y, en su caso, someter a la aprobación relevante la creación, transformación disolución, liquidación, fusión, extinción o enajenación de entidades paraestatales.
? Ejecutar cuando se requiera y de conformidad con la legislación vigente, los procesos de transferencia de plantas e instalaciones eléctricas.
? Realizar y proponer proyectos estratégicos para regular las operaciones de los particulares en actividades del sector energético, de acuerdo con la normatividad relevante, para someterlos a la aprobación respectiva.
? Coordinar las acciones de planeación, programación, organización, control y evaluación del funcionamiento de las direcciones generales adscritas a su ámbito de competencia, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables y con las políticas que establezca el Secretario.
? Llevar a cabo la supervisión y coordinación de las actividades necesarias para obtener, validar y concentrar la información relativa al desempeño de los programas sectoriales para la presentación de informes a las dependencias gubernamentales, según la legislación aplicable.
? Coordinar el desarrollo de los procesos necesarios para la presentación de los informes de las entidades, que la Secretaría debe remitir a las dependencias globalizadoras por conducto de la Oficialía Mayor.
? Elaborar y aprobar el programa de trabajo de la Subsecretaría y de las unidades adscritas a la misma, así como supervisar y evaluar su correcta y oportuna aplicación.
? Desarrollar, cuando así sea requerido, la coordinación y cooperación interinstitucional con las diferentes instancias y organismos relevantes de los tres Poderes de la Unión y con los tres niveles de gobierno, en las áreas vinculadas a la Subsecretaría, cuando sea necesario para el mejor desempeño de sus funciones.
? Atender en el ámbito de su competencia y en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, los recursos administrativos interpuestos a la Secretaría.
? Identificar y proponer al Secretario a las personas idóneas para llevar a cabo la representación de la Secretaría ante los órganos de gobierno de las entidades coordinadas del sector, en la materia que compete a sus facultades.
300.1 UNIDAD DE APOYO AL SECTOR OPERATIVO
OBJETIVO:
Colaborar con la Subsecretaría de Operación Energética en el seguimiento y evaluación de los procesos operativos de las entidades paraestatales, coordinadas por la Secretaría en materia de electricidad, petróleo, gas, refinación y petroquímica, así como coadyuvar en el análisis de los sistemas de operación del sector.
FUNCIONES:
? Realizar y coordinar las actividades que permitan formular y proponer estrategias para un funcionamiento eficiente de los organismos del sector energético.
? Contribuir a través de estudios, en el análisis de los requerimientos de inversión, y coordinar las acciones de impulso y seguimiento de las actividades del sector energético, además de promover la realización de otros estudios inherentes a dichas actividades.
? Apoyar en las actividades de la Subsecretaría de Operación Energética en lo referente a la desincorporación de activos y, en su caso, en la reestructuración de los organismos del sector.
? Contribuir al análisis de las variables macroeconómicas que inciden en las actividades de los organismos del sector.
? Establecer coordinación con las unidades administrativas pertinentes, para coadyuvar a la formulación de acciones y estrategias de desarrollo de la industria energética nacional y participar en la elaboración de programas para el fomento de dicha industria.
? Participar coordinadamente con las dependencias y organismos de la Secretaría, así como con las instituciones públicas y privadas, en el análisis y evaluación de los diversos energéticos empleados en la industria, con objeto de establecer las medidas que permitan el uso más eficiente de los mismos.
? Colaborar en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, en las propuestas de estrategias para impulsar la generación, transmisión, transformación y distribución de energía eléctrica.
? Participar en la realización de estudios para evaluar los programas de explotación de recursos en fuentes alternas de energía, a fin de determinar su factibilidad.
? Desempeñar funciones de análisis de las normas, sistemas y procedimientos de operación de las entidades paraestatales coordinadas.
? Brindar apoyo y participar con otros representantes de la Secretaría ante los órganos de gobierno, consejos de administración y diversos comités de los organismos y entidades del sector.
? Participar en reuniones donde se discutan acciones que influyan en la operación y las líneas de política de los organismos del sector, con el fin de apoyar las directivas emanadas de las autoridades de la Secretaría.
? Coordinar el apoyo a las entidades coordinadas en las gestiones que realicen ante las dependencias globalizadoras.
310 DIRECCION GENERAL DE OPERACION FINANCIERA
OBJETIVO:
Coadyuvar al desempeño adecuado y eficiente en materia programático-presupuestal y financiera de las entidades paraestatales coordinadas del sector energético, dedicadas a la producción y comercialización de petróleo, refinados del petróleo, gas natural, petroquímicos y energía eléctrica, con apego a la normatividad y disposiciones legales vigentes y de conformidad con los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y los criterios, políticas, estrategias y programas específicos del sector energético.
FUNCIONES:
? Analizar y determinar junto con las entidades paraestatales coordinadas, sus prioridades estratégicas, programas y presupuestos vigilando su congruencia con las directrices del Plan Nacional de Desarrollo y los programas energéticos de mediano y largo plazos.
? Apoyar a las entidades paraestatales coordinadas del sector energético en la formulación de sus programas-presupuesto, vigilando su adecuada integración, de acuerdo con la normatividad vigente y con base en la metodología establecida por las autoridades competentes.
? Gestionar ante las autoridades competentes los programas y presupuestos anuales de las entidades paraestatales coordinadas del sector energético.
? Dar seguimiento y evaluar el ejercicio de los programas-presupuesto anuales de los organismos coordinados, así como el avance de sus programas y proyectos de inversión.
? Evaluar el desempeño programático, presupuestal y financiero de las entidades paraestatales coordinadas y promover acciones y medidas tendientes a mejorar dichos procesos.
? Participar en las reuniones interinstitucionales de apoyo a la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento y de órganos de gobierno, comités técnicos, de control y auditoría y de precios, y grupos de trabajo de las entidades paraestatales coordinadas, así como apoyar la participación de los representantes de la Secretaría en las sesiones de órganos de gobierno de dichas entidades.
? Obtener, concentrar y validar la información sobre los aspectos programático-presupuestales y financieros de las entidades paraestatales coordinadas que demanden las áreas de la Oficialía Mayor para su consolidación en el ámbito sectorial, así como para satisfacer los requerimientos informativos de las dependencias globalizadoras.
? Participar en la elaboración de los informes sobre las entidades coordinadas que la Secretaría debe remitir a las dependencias globalizadoras del sector público, por conducto de la Oficialía Mayor.
? Vigilar que las entidades paraestatales coordinadas cumplan con las disposiciones y lineamientos vigentes en materia presupuestal y financiera.
? Proporcionar asesoría y apoyo técnico a las entidades paraestatales coordinadas del sector energético, en las materias que competen a la Dirección General.
311 DIRECCION GENERAL DE OPERACIONES PRODUCTIVAS
OBJETIVO:
Analizar, evaluar y dar seguimiento a la información relativa a los programas institucionales, proyectos de inversión y resultados operativos del Sector Energético, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo vigente.
FUNCIONES:
? Analizar en forma periódica los resultados operativos de los subsectores petróleo y eléctrico, en comparación a lo programado e informar al Titular de la Subsecretaría de Operación Energética respecto a las variaciones determinadas para, en su caso, tomar acuerdos con las entidades del sector.
? Obtener, concentrar y validar la información sobre los programas operativos anuales de las entidades paraestatales coordinadas por la Secretaría, a fin de analizar e informar acerca de la operación de las entidades del sector energético.
? Evaluar y emitir opinión, desde el punto de vista técnico, con base en el análisis del seguimiento físico-financiero los programas prioritarios y proyectos estratégicos de inversión, que por su importancia contribuyan al logro de las metas sustantivas del sector energético.
? Apoyar la gestión operativa de las entidades paraestatales ubicadas en el ámbito de su competencia, mediante acciones que promuevan su desarrollo.
? Procesar y analizar la información mensual, trimestral y anual de Pemex-Exploración y Producción, en lo que se refiere a pozos de exploración y a pozos de desarrollo, determinando las variaciones con respecto al Programa Operativo Anual e implementar además en forma anual un registro estadístico de las reservas de petróleo crudo equivalente.
? Evaluar y emitir opiniones sobre los resultados obtenidos en los procesos operativos de la generación, transmisión, transformación y distribución de energía eléctrica.
312 DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD Y PROTECCION AL AMBIENTE
OBJETIVO:
Coadyuvar al desarrollo y operación, segura y ambientalmente compatible del sector energético, con apego a la legislación vigente, así como contribuir al fortalecimiento y reorientación de las inversiones, al mejoramiento de la seguridad y protección al ambiente. Asimismo proteger y cuidar los intereses del sector, y dar seguimiento y evaluación al cumplimiento de la normatividad, programas y disposiciones en la materia.
FUNCIONES:
? Representar a la Secretaría de Energía ante las autoridades de Seguridad Física, Protección Civil, Seguridad Industrial y Protección Ambiental.
? Coordinar y participar en la formulación de la normatividad y normalización nacional, acuerdos y compromisos del sector en materia de seguridad física, protección civil, seguridad industrial y protección ambiental y, en su caso, concertar la opinión y representación de las entidades del sector energético.
? Elaborar y proponer a las autoridades superiores y entidades del sector, lineamientos generales, para la formulación de los programas de las entidades en materia de seguridad física, protección civil, seguridad industrial y protección ambiental.
? Promover el cumplimiento de la normatividad y los programas de las entidades del sector energético, en materia de seguridad y protección al ambiente.
? Opinar sobre los programas de normalización y normatividad, desarrollados por la Dirección General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas y la Comisión Reguladora de Energía, así como los programas de prevención y control de la contaminación del medio marino, la clasificación de actividades altamente riesgosas y el manejo de materiales y residuos peligrosos.
? Apoyar a la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias y a la Dirección General de Recursos Energéticos y Radiactivos, en lo relativo a la protección al ambiente en el manejo de materiales, procesos y residuos radiactivos.
? Coordinar la aprobación de los Programas de Prevención de Accidentes, en lo relativo a instalaciones de Gas L.P., gas natural, combustibles líquidos y electricidad, previa opinión de las áreas responsables.
313 DIRECCION GENERAL DE GAS L.P. Y DE INSTALACIONES ELECTRICAS
OBJETIVO:
Establecer la normatividad, en materia de seguridad, para preservar la integridad y satisfacción de las necesidades y requerimientos de los usuarios, en lo concerniente a instalaciones, tanto eléctricas como de gas licuado de petróleo.
FUNCIONES:
? Promover y participar, conviniendo en los colegios de profesionistas, la elaboración y expedición de normas oficiales mexicanas; en materia de electricidad, en lo concerniente a instalaciones de utilización de energía eléctrica, y por lo que respecta a gas licuado de petróleo, en lo relativo a instalaciones de almacenamiento, transporte y distribución, excepto cuando se realice por medio de ductos, que aseguren la observancia de condiciones técnicas y de seguridad y demás normas relacionadas con el control, operación y utilización de dichas instalaciones.
? Formular políticas y programas que promueven en el ámbito de sus responsabilidades, la competencia y eviten la ocurrencia de fenómenos monopólicos u ologopólicos, a través del establecimiento de mecanismos y/o lineamientos que pugnen por el sano crecimiento y desarrollo del mercado.
? Otorgar los permisos y autorizaciones en materia de instalaciones eléctricas y de gas licuado de petróleo, dentro del ámbito de su competencia, verificando el cumplimiento de los requisitos y la normatividad correspondientes.
? Participar y establecer las directrices, lineamientos de operación de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización correspondientes, para la verificación de las instalaciones materia de su competencia, a través de la evaluación, aprobación y seguimiento operativo de las unidades de verificación de instalaciones, tanto eléctricas como de gas L.P. y vigilar su desempeño, así como supervisar, sancionar y, en su caso, suspender aquellas que infrinjan la normativa.
? Establecer programas de verificación de instalaciones, tanto eléctricas como de gas L.P., de las empresas del sector coordinado de la Administración Pública Paraestatal, a través de acuerdos que garanticen el cumplimiento de la normativa.
? Diseñar, proponer, participar e implementar programas para la normalización y verificación, de los recipientes sujetos a presión y generadores de vapor o calderas y de los combustibles líquidos, a fin de asegurar las condiciones técnicas y de seguridad que salvaguarden el interés público.
? Conocer en la esfera de su competencia, los recursos administrativos que se interpongan en contra de los actos que emita, para resolverlos en vigilancia de los intereses de la Dependencia.
OBJETIVO:
Definir las bases y lineamientos para la administración eficiente de los recursos humanos, financieros, informáticos y materiales de la Secretaría, así como de los servicios y procedimientos técnicos y administrativos que coadyuven a la interacción de las unidades que la conforman.
FUNCIONES:
? Establecer, con aprobación del Secretario, las políticas para la programación, organización, control y evaluación, que las unidades administrativas adscritas observarán en el ejercicio de sus responsabilidades institucionales, así como vigilar la correcta y oportuna ejecución del programa de trabajo, en apego a las disposiciones normativas en vigor.
? Determinar con aprobación del Secretario, lineamientos, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos de la Secretaría, así como la prestación de los servicios de apoyo general y el otorgamiento de servicios sociales.
? Diseñar y establecer los lineamientos que regulen los procesos internos de programación y presupuestación de la Secretaría, en congruencia con las disposiciones de las dependencias globalizadoras e integrar el Programa-Presupuesto Anual de la Dependencia para su aprobación, con el Secretario, además de autorizar el ejercicio del presupuesto de la Secretaría y dirigir los trabajos de seguimiento.
? Acordar con el Secretario los lineamientos que guíen los trabajos de planeación sectorial y su seguimiento presupuestario, a partir de la información generada por las unidades administrativas y entidades coordinadas.
? Elaborar las bases y lineamientos para establecer y operar el sistema de contabilidad de la Secretaría, determinar normas de control contable, resguardo y registro de información comprobatoria en las operaciones financieras de la Secretaría.
? Promover y fortalecer mecanismos de enlace con las entidades coordinadas del sector, así como vigilar el trámite, registro y seguimiento de los procesos de creación, transformación, disolución, liquidación, fusión, extinción o enajenación de dichas entidades.
? Coordinar la integración de los documentos evaluatorios de las áreas administrativas de la Secretaría y las entidades paraestatales agrupadas en el sector, respecto a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, el Informe de Gobierno, Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, Informe de Labores y Programa Operativo Anual.
? Captar, integrar y remitir a las dependencias globalizadoras, en el ámbito de sus respectivas competencias, la información de sus entidades coordinadas en materia de: el ejercicio del gasto, registro de estructuras, y programas.
? Someter a la consideración del Secretario las políticas y medidas técnicas y administrativas tendientes a elevar el nivel de eficiencia y organización, así como las modificaciones propuestas a las estructuras orgánicas de la Secretaría y, en caso procedente, vigilar el cumplimiento o disponer su registro ante las dependencias globalizadoras.
? Conducir las relaciones laborales de la Secretaría y las que se establezcan con el Sindicato Nacional de la misma, así como presentar a la consideración del Secretario las Condiciones Generales de Trabajo, promoviendo su cumplimiento.
? Establecer las bases del sistema de estímulos y recompensas conforme a lo estipulado en la legislación vigente en la materia, así como acordar la designación o remoción de los representantes de la Secretaría ante la Comisión Mixta de Escalafón y demás comisiones, así como establecer las reglas de su actuación.
? Acordar la imposición de sanciones de índole laboral a que se haga acreedor el personal, en apego a las Condiciones Generales de Trabajo y demás disposiciones.
? Establecer y conducir el Programa Interno de Protección Civil, así como expedir, divulgar y vigilar la instrumentación de las normas necesarias para su cumplimiento conforme a las disposiciones normativas vigentes.
? Dictar las bases para la elaboración y actualización del Manual de Organización General de la Secretaría, así como los lineamientos que deberán observar sus unidades administrativas para la elaboración y actualización de los manuales de organización, de procedimientos y de trámites y servicios al público, que serán presentados al Secretario para aprobación y, en su caso, expedición, y proceder a su registro oficial.
? Revisar y suscribir los convenios y contratos en los que la Secretaría sea parte y que incidan sobre su presupuesto, así como los demás actos administrativos conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
? Presidir el Comité de Adquisiciones de la Secretaría.
? Diseñar las bases y lineamientos para el establecimiento de operación de desarrollo informático y telecomunicaciones, así como en materia editorial.
? Representar a la Secretaría en los eventos en que se requiera su participación y ejecutar las comisiones que expresamente le confiera el Secretario, así como delegar en servidores públicos subalternos la ejecución de actividades y comisiones que se le encomiendan.
? Analizar y resolver los recursos administrativos que no correspondan a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y a la Dirección General de Instalaciones Eléctricas y Gas L.P.
400.1 UNIDAD DE ADMINISTRACION
OBJETIVO:
Coordinar el seguimiento operativo de gestión y evolución de las actividades estratégicas de las unidades administrativas, adscritas a la Oficialía Mayor, en lo referente a la administración de los recursos asignados.
FUNCIONES:
? Diseñar y proponer, para aprobación superior métodos, sistemas y procedimientos que procuren elevar la eficacia y eficiencia administrativa de la Secretaría.
? Coordinar y promover, de acuerdo con las disposiciones generales que emitan las dependencias competentes, las políticas, normas y lineamientos a que deberán sujetarse las unidades administrativas, las entidades paraestatales coordinadas, en sus programas de servicio civil de carrera, desarrollo de recursos humanos, de ejercicio y control presupuestal, así como de la óptima utilización de sus recursos materiales.
? Coordinar la integración de la información que genere reportes sobre actividades que realizan cada una de las unidades administrativas y entidades coordinadas, a fin de verificar el cumplimiento de sus programas de trabajo establecidos, con apego a los recursos humanos, financieros y materiales asignados, así como a las normas y disposiciones vigentes.
? Presidir en calidad de suplencia de la Oficialía Mayor, el Comité de Adquisiciones de la Secretaría y fungir como Secretaría Ejecutiva del mismo.
400.2 UNIDAD DE INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES
OBJETIVO:
Lograr que la infraestructura y los servicios de informática y telecomunicaciones, satisfagan las necesidades de procesamiento automatizado de información y comunicaciones de la Secretaría.
FUNCIONES:
? Formular, promover, coordinar e instrumentar los planes, programas, estrategias, políticas y normas necesarias para encauzar la actividad y desarrollo de la informática y las telecomunicaciones.
? Organizar y dirigir la operación del centro de cómputo de la Secretaría, y proporcionar eficientemente los diversos servicios de procesamiento de información y de comunicación a las unidades administrativas de la Secretaría.
? Desarrollar y, en su caso, coordinar y apoyar técnicamente las tareas de diseño, construcción, implantación y operación de los sistemas y aplicaciones de informática y telecomunicaciones que requieran las áreas de la Secretaría.
? Desarrollar en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría, los programas de capacitación de personal para lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos disponibles.
? Determinar y ejecutar las acciones que en materia de adquisición y/o contratación de bienes y servicios informáticos y de telecomunicaciones, se requieran para la expansión, sustitución o complemento de equipos, paquetes y/o sistemas.
? Llevar a cabo las acciones necesarias en materia de coordinación, concertación y gestión con organismos y empresas nacionales e internacionales relacionadas con la informática y las telecomunicaciones.
? Gestionar ante las autoridades correspondientes, los trámites y permisos que se requieran para el funcionamiento y operación de los bienes y servicios informáticos que se adquieran y/o contraten, así como su actualización permanente.
? Mantener en óptimas condiciones de uso el equipo instalado.
? Coordinar el Comité de Informática de la Secretaría.
410 DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
OBJETIVO:
Optimizar el desempeño del personal adscrito a las unidades administrativas que conforman la Secretaría, mediante un adecuado esquema organizacional y funcional, de tal forma que, con base en los estímulos que procedan, cumplan disciplinada y eficazmente con sus tareas específicas, proporcionándole, simultáneamente, los servicios sociales que contribuyan a elevar su calidad de vida y la capacitación que impulse la productividad y calidad en el trabajo, así como otorgarle puntualmente las percepciones que por Ley le correspondan.
FUNCIONES:
? Realizar y autorizar los trámites inherentes al proceso de administración de personal, desde la selección, contratación, ubicación y separación institucional.
? Aplicar en el ámbito de su competencia las condiciones generales de trabajo, así como intervenir en el arbitraje y solución expedita de los conflictos laborales.
? Vigilar la estricta aplicación de sanciones -desde apercibimientos hasta despido, independientemente de acción penal, si procede- sobre aquellos miembros del personal de la Secretaría que incurran y sean descubiertos en la comisión de ilícitos de cualquier índole en sus centros de trabajo, o fuera de ellos cuando dañen la imagen de la institución o bien divulguen información de manejo exclusivo de la Secretaría. Para todo lo anterior, se coordinará con la Contraloría Interna, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y autoridades civiles o penales competentes; siempre con escrupuloso apego a los ordenamientos jurídicos en vigor.
? Coordinar la actualización del sistema escalafonario y promover la aplicación de un servicio civil de carrera.
? Mantener actualizada la plantilla de personal, así como la nómina para el pago de los sueldos y salarios.
? Integrar y mantener actualizado el Manual de Organización General de la Secretaría, así como coordinar la elaboración y actualización de los demás manuales de organización, de procedimientos, trámites y servicios al público, de las unidades administrativas de la Secretaría.
? Registrar los manuales de organización y procedimientos de las entidades del sector.
? Coordinar la determinación, difusión, aplicación y evaluación de estándares de calidad de las unidades administrativas de la Secretaría, así como la ejecución de acciones de modernización administrativa.
? Coordinar la ejecución y evaluación de acciones de modernización, simplificación y desregulación administrativa en las entidades paraestatales del sector energía.
? Proporcionar asesoría a las entidades paraestatales, para el diseño e implantación de manuales orgánico-administrativos.
? Revisar y emitir opinión técnica de las propuestas de reestructuración orgánica de las entidades y órganos desconcentrados del sector; así como de sus tabuladores salariales y programas de honorarios, para su posterior trámite de autorización y registro ante las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
? Supervisar el adecuado, estricto y honesto otorgamiento de premios, estímulos y recompensas concedidos a los trabajadores.
? Orientar el proceso de capacitación al fortalecimiento de la productividad y calidad en el trabajo, considerándolo como una estrategia para el desarrollo institucional.
? Promover que el proceso de capacitación sea permanente, mediante la adquisición y actualización de conocimientos técnico-administrativos, a fin de contribuir al desarrollo integral del personal.
? Coordinar la prestación de servicios sociales para el personal y su familia, tales como: actividades educativas, culturales, recreativas, apoyo a la economía familiar y de orientación para el cuidado de la salud.
411 DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
OBJETIVO:
Planear, organizar, dirigir y controlar el proceso de planeación institucional y sectorial a fin de apoyar las acciones de la Secretaría y de las entidades coordinadas en los aspectos relacionados con la programación-presupuestación, para garantizar la congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial vigentes.
FUNCIONES:
? Coordinar la formulación de los programas-presupuesto de las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría y de las entidades paraestatales coordinadas, requeridos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su incorporación al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.
? Someter a la consideración de la SHCP los diferentes movimientos presupuestarios de las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría, trátese de reducciones, ampliaciones, cancelaciones o traslado de recursos, acordes a la normatividad aplicable.
? Autorizar y controlar la asignación de recursos presupuestarios a las unidades administrativas de la Dependencia a partir del presupuesto autorizado; validar las operaciones presupuestales de los órganos desconcentrados de la Secretaría; así como registrar las adecuaciones presupuestarias autorizadas de las entidades coordinadas.
? Formular y difundir la normatividad y las guías técnicas para el desarrollo de los procesos sectoriales e institucionales de formulación de los programas operativos anuales, los proyectos de presupuesto, la calendarización y modificación de los presupuestos autorizados, la Cuenta Pública, la aportación del sector a los informes de Gobierno y de Ejecución del Plan, así como para la elaboración de los informes de labores.
? Coordinar el diseño y actualización de la apertura programática del sector, con objeto de estar en posibilidad de llevar a cabo el seguimiento programático presupuestal de la Secretaría, sus órganos desconcentrados y de las entidades coordinadas.
? Comunicar los recursos fiscales autorizados a los órganos desconcentrados de la Secretaría y las entidades paraestatales coordinadas, y expedir a su favor las cuentas por liquidar certificadas para el ejercicio de sus transferencias.
? Difundir y verificar el cumplimiento de la normatividad que en materia de programación-presupuesta- ción sea definida por las dependencias globalizadoras para su aplicación en las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría y las entidades paraestatales coordinadas por el sector.
? Establecer y aplicar el sistema financiero necesario para el manejo de los recursos institucionales y el pago de los compromisos de la Secretaría en apego a las disposiciones vigentes al respecto.
? Captar, registrar e integrar la información contable, financiera y de resultados que corresponde al Ramo, así como de la correspondiente a las transferencias suministradas a los órganos desconcentrados de la Secretaría y las entidades coordinadas.
? Contribuir a la formulación del diagnóstico y estudios de prospección requeridos para determinar las necesidades de recursos del sector con objeto de establecer la congruencia entre la planeación de mediano y corto plazos.
? Analizar y preparar los diferentes informes y reportes sectoriales e institucionales que sean requeridos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para efectos de Cuenta Pública, Informe de Gobierno e Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo; así como coordinar y elaborar el Informe de Labores de la Secretaría y de las entidades coordinadas de conformidad con los lineamientos que emita la Secretaría de Gobernación.
? Coordinar sectorial e institucionalmente la operación del Sistema Integral de Información (SII), difundir los lineamientos emitidos por las dependencias globalizadoras y generar los reportes trimestrales sobre el avance del ejercicio presupuestal; así como supervisar la atención a los requerimientos de la SHCP para los informes trimestrales a la H. Cámara de Diputados correspondientes a la Dependencia, sus órganos desconcentrados y entidades coordinadas.
? Apoyar en el ámbito de su competencia los trabajos y funciones que desarrollen otras unidades administrativas de la Dependencia.
412 DIRECCION GENERAL DE RECURSOS Y SERVICIOS GENERALES
OBJETIVO:
Lograr que los procesos de adquisición y enajenación de bienes materiales, así como la prestación y contratación de los servicios generales que requiere la Secretaría, se desarrollen con el mayor grado de eficiencia, eficacia y economía, así como con estricto apego a la normatividad vigente.
FUNCIONES:
? Coordinar la elaboración de programas para las adquisiciones de bienes instrumentales y realización de obra pública de la Secretaría, así como sus modificaciones, y someterlos para su aprobación a los órganos y autoridades superiores.
? Participar en el Subcomité de Revisión de Bases, vigilar el cumplimiento de los acuerdos que de ahí se deriven y desempeñar la función de Secretariado Ejecutivo del mismo.
? Supervisar los procesos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, así como la celebración de contratos para la prestación de servicios y de realización de obra pública, a fin de que se lleven a cabo de acuerdo a los requerimientos de las unidades administrativas de la Dependencia, los acuerdos del Comité de Adquisiciones y normatividad vigente.
? Coordinar la elaboración del programa de mantenimiento preventivo de bienes muebles e inmuebles de la Secretaría, así como sus modificaciones y someterlas para su consideración al Comité de Adquisiciones, y vigilar la adecuada aplicación de mantenimientos correctivos a los bienes, cuando éstos se justifiquen.
? Supervisar la elaboración del programa anual de aseguramiento de los bienes patrimoniales de la Secretaría, someterlo a consideración de la superioridad, y verificar la actualización de las sumas aseguradas.
? Coordinar la elaboración del Programa de Protección Civil, someterlo a la aprobación de la superioridad y coadyuvar en la definición de políticas y procedimientos de seguridad de personas y bienes dentro de las instalaciones de la Dependencia.
? Vigilar el registro y control de inventario de bienes muebles e inmuebles de la Secretaría y supervisar el adecuado destino final de los mismos.
? Coadyuvar en la fijación de estándares de prestación e imagen de bienes e instalaciones, así como del personal de las Unidades Administrativas de la Dependencia que tiene contacto con el público.
? Coordinar la atención y solución de las observaciones emitidas por los órganos internos y externos de fiscalización, en las materias que competan al área de recursos y servicios generales.
? Coordinar la integración del archivo administrativo y del Centro de Documentación, así como coadyuvar en la definición de políticas para la integración de los archivos de cada unidad administrativa y certificar, cuando sea legalmente procedente, documentos oficiales de la Secretaría.
? Coordinar y supervisar la adecuada prestación de servicios generales de intendencia, mantenimiento, conservación, seguridad y vigilancia de los edificios que ocupe la Dependencia.
A00 COMISION NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLEAR Y SALVAGUARDIAS
OBJETIVO:
Asesorar y vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad en materia nuclear, radiológica, física, de salvaguardias y administrativas en las instalaciones donde se realicen actividades con tecnología altamente especializada, que involucren el uso de materiales y combustibles nucleares y radiactivos.
FUNCIONES:
? Proponer y vigilar la aplicación de las normas de seguridad nuclear radiológica, física y las de salvaguardias, así como los criterios de seguridad, registro y control que regulen la importación y exportación de los materiales y combustibles nucleares.
? Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y los tratados internacionales en materia de seguridad nuclear, radiológica, física y salvaguardias de los que México sea signatario.
? Autorizar las bases `para el emplazamiento, diseño, construcción, operación, cese de operaciones, cierre definitivo y desmantelamiento de instalaciones nucleares y radiactivas; así como todo lo relativo a la fabricación, uso, manejo, almacenamiento, reprocesamiento y transporte de materiales y combustibles nucleares, materiales radiactivos y equipos que las contengan; procesamiento, acondicionamiento, vertimiento y almacenamiento de desechos radiactivos, y cualquier disposición que de ellos se haga.
? Expedir, revalidar y suspender los permisos y licencias requeridos para las instalaciones radiactivas, así como recoger y retirar, en su caso, los utensilios, equipos, materiales existentes y, en general, cualquier bien mueble contaminado en dichas instalaciones.
? Asesorar respecto de las medidas de seguridad nuclear, radiológica, física, de salvaguardias y administrativas que proceden en condiciones anómalas o de emergencia, tratándose de instalaciones nucleares y radiactivas; así como determinar y en estos casos, la retención, aseguramiento o depósito de fuentes de radiación ionizante o equipos que las contenga, o la clausura parcial o total, temporal o definitiva, del lugar en que se encuentren o aquellos otros sitios que hayan sido afectados, sin perjuicio de las medidas que adopten otras autoridades competentes.
? Revisar, evaluar y autorizar los planes para el manejo de condiciones anómalas o de emergencia que deben establecerse en las instalaciones nucleares y radiactivas.
? Emitir opinión previa a la autorización de importaciones y exportaciones de materiales radiactivos y equipos que los contenga, así como de materiales y combustibles nucleares, para efectos de seguridad, registro y control.
? Ordenar y practicar auditorías, inspecciones, verificaciones y reconocimientos para comprobar el cumplimiento y observancia de las disposiciones legales en materia de seguridad nuclear, radiológica, física y de salvaguardias; así como imponer las medidas de apremio y las sanciones administrativas que procedan.
? Intervenir en la celebración de los convenios o acuerdos de cooperación que se realicen por la Secretaría de Energía, con entidades nacionales o internacionales en materia de seguridad nuclear, radiológica, física y de salvaguardias.
? Establecer los requisitos que deberán satisfacer los programas de capacitación técnica, sobre aspectos relacionados con la seguridad nuclear, radiológica, física y de salvaguardias, y brindar asesoría a los mismos.
? Auxiliar a las autoridades encargadas de la prevención, procuración y administración de justicia, en los casos en que los materiales y combustibles nucleares o materiales radiactivos, sean objetos de delito, sufran pérdidas o extravío, o se vean envueltos en incidentes, así como a las autoridades aduaneras en los términos de la ley respectiva.
? Establecer coordinación con las autoridades correspondientes y, en su caso, solicitar el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir las determinaciones emitidas por la Comisión.
? Participar en los juicios, procedimientos y recursos en general que sean de la competencia de la Comisión, así como en la resolución de aquellos que afecten a su actuación.
? Coordinar la aplicación de sistemas internos de control y evaluación para el adecuado ejercicio de los programas y presupuestos, dentro de los lineamientos establecidos.
B00 COMISION NACIONAL PARA EL AHORRO DE ENERGIA
OBJETIVO:
Fungir como órgano técnico de consulta de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como cuando así lo soliciten, de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de los particulares, en materia de ahorro y uso eficiente de la energía y de aprovechamiento de energías renovables.
FUNCIONES:
? Concebir y promover estrategias y lineamientos de acción relativos de ahorro y uso eficiente y racional de la energía, teniendo en cuenta la necesidad de que los precios de la energía induzcan un comportamiento social adecuado.
? Coordinar y concertar acciones de ahorro de uso racional de energía.
? Preparar, coordinar y evaluar los programas nacionales de ahorro de energía, los cuales serán obligatorios en los términos de las disposiciones legales aplicables. Los lineamientos establecidos en dichos programas serán incluidos en las concertaciones que se lleven a cabo con los grupos productores de bienes y servicios. Asimismo, la Comisión propondrá al Ejecutivo Federal que tales lineamientos se incluyan en los decretos que regulan a las diferentes industrias, cuando se estime procedente.
? Promover, fomentar y difundir estudios relacionados con la utilización de la energía, así como la investigación, desarrollo y difusión de tecnologías para el ahorro y uso racional y eficiente de energía.
? Proponer para el mejor desempeño de la Comisión, el método de participación en la misma, de los sectores público, social y privado.
? Promover la prestación de asesoría técnica para la creación de unidades de servicios en materia de ahorro, uso racional y eficiente de energía en apoyo a los diferentes usuarios de energía, siguiendo los lineamientos, requisitos y condiciones que fije la propia Comisión.
? Las demás que determine el Ejecutivo Federal, por conducto del Titular de la Secretaría de Energía y que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.
C00 COMISION REGULADORA DE ENERGIA
OBJETIVO:
Promover el desarrollo eficiente de las industrias eléctrica y de gas natural mediante la regulación que permita: salvaguardar la prestación de los servicios, fomentar una sana competencia, proteger los intereses de los usuarios, propiciar una adecuada cobertura nacional y atender la confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro y prestación de los servicios.
FUNCIONES:
? Otorgar y revocar los permisos y autorizaciones que, conforme a las disposiciones legales, se requieran para realizar actividades reguladas, llevar un registro público de las resoluciones de la Comisión y resolver, en la vía administrativa, los recursos de reconsideración que se presenten contra actos de la misma.
? Expedir disposiciones de carácter general para las actividades reguladas, aprobar modelos de convenios y contratos de adhesión y proponer a la Secretaría de Energía disposiciones jurídicas que en materia de regulación sean aplicables al sector energético. Asimismo, ordenar visitas de verificación, requerir la presentación e información y citar a comparecer a fin de vigilar su cumplimiento y, en su caso, imponer las sanciones administrativas que resulten.
? Aprobar los términos y condiciones para las ventas de primera mano y para la prestación de servicios de transporte, almacenamiento y distribución de gas natural y de gas licuado de petróleo.
? Participar en la determinación de las tarifas para el suministro y venta de electricidad, así como verificar que se adquiera la energía eléctrica del menor costo para la prestación del servicio público.
? Aprobar los criterios y metodologías para determinar el monto de las aportaciones para la realización de obras eléctricas; el cálculo de las contraprestaciones por la adquisición de energía eléctrica que se destine al servicio público; el cálculo de las contraprestaciones por los servicios de conducción, transformación y entrega de energía eléctrica; y el cálculo de las contraprestaciones por los servicios de transporte, almacenamiento y distribución de gas natural y de transporte y distribución de gas licuado de petróleo. En su caso, actuar como mediador o árbitro en la solución de controversias.
? Establecer en apego a la normatividad vigente, las bases, lineamientos y procedimientos para la administración eficiente y eficaz del personal y de los recursos financieros, materiales e informáticos, asignados a la Comisión.
VII. ORGANIGRAMA
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(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 25 de abril de 2000
Martes 25 de abril de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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