ACUERDO General número 31/2000, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que amplía el funcionamiento de la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, para recibir las demandas y promociones de término, en horario que comprende de las catorce treinta a las veinticuatro horas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL NUMERO 31/2000, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE AMPLIA EL FUNCIONAMIENTO DE LA OFICIALIA DE PARTES COMUN DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, PARA RECIBIR LAS DEMANDAS Y PROMOCIONES DE TERMINO, EN HORARIO QUE COMPRENDE DE LAS CATORCE TREINTA A LAS VEINTICUATRO HORAS.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, el veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y el once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
SEGUNDO.- Que dichas reformas modificaron la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
TERCERO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, y 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal, es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además está facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo que establezca la ley;
CUARTO.- Que el artículo 81, fracción XXXVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las medidas que exijan el buen servicio y la disciplina en los tribunales de circuito, juzgados de distrito y órganos auxiliares del Consejo de la Judicatura Federal;
QUINTO.- Que para solucionar los problemas que enfrentan los justiciables para la presentación de demandas y promociones de término fuera del horario de labores de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, derivados de las distancias que deben recorrer para que aquéllas les sean recepcionadas por los autorizados para ese efecto, que en muchos casos origina su presentación extemporánea, este Organo Colegiado consideró necesario, en ejercicio de sus atribuciones, emitir el presente Acuerdo.
En consecuencia, con fundamento en los artículos 100, párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracciones II y XXXVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, este Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- El funcionamiento de la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, se amplía a partir del primero de junio de dos mil, de las catorce treinta a las veinticuatro horas, para que un secretario de juzgado autorizado reciba únicamente demandas y promociones de término.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este Acuerdo entrará en vigor el día primero de junio de dos mil.
SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Así como un aviso, por una sola ocasión, en tres de los diarios de mayor circulación nacional.
EL LICENCIADO GUILLERMO ANTONIO MUÑOZ JIMENEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General número 31/2000, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que amplía el funcionamiento de la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, para recibir las demandas y promociones de término, en horario que comprende de las catorce treinta a las veinticuatro horas, fue aprobado por el propio Pleno, en sesión de veinticuatro de mayo de dos mil, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Genaro David Góngora Pimentel, Adolfo O. Aragón Mendía, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Enrique Sánchez Bringas, José Guadalupe Torres Morales y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a veinticinco de mayo de dos mil.- Conste.- Rúbrica.
(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 31 de mayo de 2000
Miércoles 31 de mayo de 2000 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)
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