ACUERDO CCNO/5/2005 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la suspensión temporal de funciones del Juzgado Decimoctavo de Distrito Itinerante, así como a las incidencias relativas al personal de dicho órgano jurisdiccional federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/5/2005, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE DETERMINA LA SUSPENSION TEMPORAL DE FUNCIONES DEL JUZGADO DECIMOCTAVO DE DISTRITO ITINERANTE; ASI COMO A LAS INCIDENCIAS RELATIVAS AL PERSONAL DE DICHO ORGANO JURISDICCIONAL FEDERAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos de lo dispuesto en el artículo 65, fracción III, del Acuerdo General 48/1998 del Pleno del propio Consejo;
TERCERO.- Mediante el Acuerdo General 63/2004, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, entre otros, ordenó el reinicio de funciones de los Juzgados Decimosexto, Decimoctavo y Decimonoveno de Distrito Itinerantes, y determinó que apoyaran a los Juzgados Primero, Segundo, Tercero y Décimo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo a partir del tres de noviembre de dos mil cuatro;
CUARTO.- En atención a las necesidades del servicio, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinó la adscripción del Juez Decimoctavo Itinerante al Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez y, por ende, suspender temporalmente las funciones del referido Juzgado de Distrito Itinerante.
Por lo anterior, es indispensable dictar las medidas para dar cumplimiento a lo ordenado y proveer lo necesario, con respecto al personal que labora en el Juzgado de Distrito Itinerante que temporalmente suspende funciones.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- El veintiocho de febrero de dos mil cinco el Juzgado Decimoctavo de Distrito Itinerante suspenderá temporalmente sus funciones.
SEGUNDO.- A partir de la entrada en vigor de este acuerdo el titular o encargado del Juzgado de Distrito Itinerante que suspende temporalmente sus funciones, deberá enviar a los juzgados de Distrito de origen los expedientes que tenga en su poder, en el estado en el que se encuentren, así como sus anexos y documentación correspondientes; asimismo, elaborará acta circunstanciada en la que conste la devolución de los expedientes a su cargo y demás documentos anexos que resulte necesario entregar a los órganos jurisdiccionales de origen.
Para cumplir con lo ordenado en el párrafo anterior, a partir del veinticinco de febrero de dos mil cinco, la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, dejará de enviarle expedientes al juzgado de Distrito itinerante que suspende funciones.
TERCERO.- El titular o el encargado del despacho del Juzgado Decimoctavo de Distrito Itinerante, informará oportunamente a la Unidad de Estadística y Planeación Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, respecto de los movimientos estadísticos originados con motivo de la entrega de expedientes.
CUARTO.- Desde el día inmediato posterior a la fecha señalada en el punto primero de este acuerdo, el personal que labora en el Juzgado de Distrito que suspende temporalmente sus funciones, auxiliará a los otros Juzgados de Distrito Itinerantes que continúan en funciones en el mismo Estado en el que se ubica el órgano jurisdiccional que se suspende. Lo anterior, con el objetivo de que, con ese personal adicional, aumenten su productividad.
QUINTO.- El libro de gobierno del Juzgado Decimoctavo de Distrito Itinerante deberá ser resguardado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.
El material que fue proporcionado al Juzgado de Distrito Itinerante que suspende temporalmente sus funciones, será resguardado en la Administración del Edificio Sede del Consejo de la Judicatura Federal, sito en el piso 1, ala sur, avenida Insurgentes Sur 2417, colonia San Angel, Código Postal 04000, México, Distrito Federal.
SEXTO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
LA LICENCIADA GUADALUPE MARGARITA ORTIZ BLANCO, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/5/2005, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la suspensión temporal de funciones del Juzgado Decimoctavo de Distrito Itinerante; así como a las incidencias relativas al personal de dicho órgano jurisdiccional federal, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veinticuatro de febrero de dos mil cinco, por los señores Consejeros: Presidente Adolfo O. Aragón Mendía, Elvia Díaz de León D Hers y María Teresa Herrera Tello.- México, Distrito Federal, a veinticuatro de febrero de dos mil cinco.- Conste.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 7 de marzo de 2005
Lunes 7 de marzo de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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