DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo mediante el cual se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, los inmuebles que se indican, ubicados en los estados de Puebla, Chiapas, Morelos, Tamaulipas y México, a efecto de que continúe proporcionando su uso a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación, como casas habitación   

Martes 09 de Mayo 2000

ACUERDO mediante el cual se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, los inmuebles que se indican, ubicados en los estados de Puebla, Chiapas, Morelos, Tamaulipas y México, a efecto de que continúe proporcionando su uso a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación, como casas habitación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

  ARSENIO FARELL CUBILLAS, Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con fundamento en los artículos 2o. fracción V, 8o. fracción l, 9o. párrafo primero, 10 párrafo primero, 34 fracción II, 37, 39, 41, 44 y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones XX, XXII y XXlll de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción VI, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y

CONSIDERANDO

  Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentran los siguientes:

- Inmueble con superficie de 288.00 metros cuadrados, ubicado en el lote número 24-1 de la Privada Rincón de San Bernardo del condominio Rincón de San Bernardo , Municipio de San Andrés Cholula, Estado de Puebla, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 168/98 de fecha 17 de septiembre de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 47317 el 12 de enero de 1999.

- Inmueble con superficie de 288.00 metros cuadrados, ubicado en el lote número 24-2 de la Privada Rincón de San Bernardo del condominio Rincón de San Bernardo , Municipio de San Andrés Cholula, Estado de Puebla, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 169/98 de fecha 17 de septiembre de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 47318 el 12 de enero de 1999.

- Inmueble con superficie de 288.00 metros cuadrados, ubicado en el lote número 24-3 de la Privada Rincón de San Bernardo del condominio Rincón de San Bernardo , Municipio de San Andrés Cholula, Estado de Puebla, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 170/98 de fecha 17 de septiembre de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 47319 el 12 de enero de 1999.

- Inmueble con superficie de 288.00 metros cuadrados, ubicado en el lote número 24-4 de la Privada Rincón de San Bernardo del condominio Rincón de San Bernardo , Municipio de San Andrés Cholula, Estado de Puebla, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 171/98 de fecha 17 de septiembre de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 47320 el 12 de enero de 1999.

- Inmueble con superficie de 288.00 metros cuadrados, ubicado en el lote número 24-5 de la Privada Rincón de San Bernardo del condominio Rincón de San Bernardo , Municipio de San Andrés Cholula, Estado de Puebla, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 172/98 de fecha 17 de septiembre de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 47321 el 12 de enero de 1999.

- Inmueble con superficie de 288.00 metros cuadrados, ubicado en el lote número 24-6 de la Privada Rincón de San Bernardo del condominio Rincón de San Bernardo , Municipio de San Andrés Cholula, Estado de Puebla, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 173/98 de fecha 17 de septiembre de 1998, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 47322 el 12 de enero de 1999.

- Inmueble con superficie de 399.09 metros cuadrados, ubicado en la Avenida Cedros número 351, antes 350, del fraccionamiento Las Arboledas , en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 025/99 de fecha 19 de febrero de 1999, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 51786 el 2 de julio de 1999.

- Inmueble con superficie de 208.00 metros cuadrados, ubicado en la Privada de Ajusco número 17, identificado como fracción B del lote sin número, colonia Rancho Cortés , al norte del poblado de Tlaltenango, en la ciudad de Cuernavaca, Estado de Morelos, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 24/99 de fecha 19 de febrero de 1999, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 51787 el 2 de julio de 1999.

- Inmueble con superficie de 864.00 metros cuadrados, que comprende tres casas habitación con superficie de 288.00 metros cuadrados cada una, identificadas como lotes 10, 10-A y 12, respectivamente, ubicado en la Calle Octava entre la calle Fuente de Diana y Avenida Oriente Dos, del fraccionamiento Las Fuentes , en la ciudad de Reynosa, Estado de Tamaulipas, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 008/99 de fecha 3 de mayo de 1999, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 52786 el 13 de septiembre de 1999.

- Inmueble con superficie de 232.82 metros cuadrados, ubicado en la avenida Estado de México número 9-C, identificado como lote 3, en la ciudad de Metepec, Estado de México, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 020/99 de fecha 19 de febrero de 1999, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 51792 el 2 de julio de 1999.

- Inmueble con superficie de 232.82 metros cuadrados, ubicado en la avenida Estado de México número 9-B, identificado como lote 2, en la ciudad de Metepec, Estado de México, cuya propiedad se acredita mediante contrato de donación número CD-A 019/99 de fecha 19 de febrero de 1999, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 51791 el 2 de julio de 1999.

  Los inmuebles antes descritos, tienen las medidas y colindancias que se consignan en los títulos de propiedad correspondientes, los cuales obran en el expediente respectivo;

  Que el Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficios números DGIM/DF/8758/99 de fecha 6 de diciembre de 1999, DGIM/DF/7167/99 de fecha 14 de octubre de 1999, DGIM/DF/8244/99 de fecha 19 de noviembre de 1999, DGIM/DF/7456/99 de fecha 21 de octubre de 1999 y DGIM/DF/8844/99 de fecha 7 de diciembre de 1999, ha dejado constancia de su interés para que se destinen a su servicio los inmuebles federales descritos en el párrafo primero de estos considerandos, a fin de que el Poder Judicial de la Federación los continúe utilizando como casas habitación de Magistrados y Jueces Federales, quienes son objeto de rotación constante en las distintas circunscripciones territoriales que corresponden a los órganos judiciales en los términos de la ley, con el propósito de coadyuvar en el desempeño de su función de impartir justicia;

  Que en razón de que la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, el destino de los inmuebles materia del presente Acuerdo, ha de realizarse a favor de ese Consejo, a efecto de que los continúe utilizando en el fin que se menciona en el párrafo precedente;

  Que la Dirección de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología del H. Ayuntamiento Constitucional de San Andrés Cholula, Estado de Puebla, mediante oficios números DDUEP 309/99, DDUEP 310/99, DDUEP 311/99, DDUEP 312/99 y DDUEP 313/99, todos de fecha 22 de noviembre de 1999; la Delegación de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado de Chiapas, a través del oficio número DE.121.3.1.438 de fecha 20 de agosto de 1999; la Subsecretaría de Obras Públicas del H. Ayuntamiento Constitucional de Cuernavaca, Estado de Morelos, por oficio número SSOP/77/XL99 de fecha 1 de noviembre de 1999; la Dirección de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento Constitucional de Reynosa, Estado de Tamaulipas, por oficio número 257/99 de fecha 5 de octubre de 1999, y la Coordinación de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento Constitucional de Metepec, Estado de México, mediante licencias números CDU/116216/1234/99 y CDU/116217/1233/99, ambas de fecha 23 de noviembre de 1999, emitieron el respectivo dictamen sobre el uso que se le viene dando a los inmuebles descritos en el considerando primero de este ordenamiento, siendo compatible con los Planes de Desarrollo Urbano de las localidades en que se ubican, y

  Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo, con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a los otros Poderes de la Unión, con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, en el caso concreto, la de impartición de justicia a cargo del Poder Judicial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

  PRIMERO.- Se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal los inmuebles descritos en el párrafo primero de los considerandos del presente Acuerdo, a efecto de que continúe proporcionando su uso a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación, como casas habitación.

  SEGUNDO.- Si el Consejo de la Judicatura Federal diere a los inmuebles que se le destinan un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, o bien los dejare de utilizar o necesitar, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones se retirarán de su servicio para ser administrados por esta dependencia.

  TERCERO.- La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.

TRANSITORIO

  UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, Distrito Federal, a los once días del mes de abril de dos mil.- El Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, Arsenio Farell Cubillas.- Rúbrica.


      DIARIO OFICIAL 


Martes 9 de mayo de 2000 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 


 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 9 de mayo de 2000



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