DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 8/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la instancia para la designación de secretarios técnicos y modifica el punto quinto del diverso Acuerdo General 30/1998 del propio cuerpo colegiado   

Lunes 03 de Marzo 2003

ACUERDO General 8/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la instancia para la designación de secretarios técnicos y modifica el punto quinto del diverso Acuerdo General 30/1998 del propio cuerpo colegiado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

  ACUERDO GENERAL 8/2003, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE DETERMINA LA INSTANCIA PARA LA DESIGNACION DE SECRETARIOS TECNICOS Y MODIFICA EL PUNTO QUINTO DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL 30/1998, DEL PROPIO CUERPO COLEGIADO.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

  SEGUNDO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  TERCERO.- Que el artículo 81, fracciones II, XIX, XXI y XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, faculta al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, para establecer las disposiciones generales necesarias para el ingreso, estímulos, capacitación, ascensos y promociones por escalafón y remoción del personal administrativo del propio Consejo, de los tribunales de Circuito y de los juzgados de Distrito;

  CUARTO.- Que a fin de proporcionar una adecuada toma de decisiones, la realización inmediata y oportuna de las funciones administrativas que tiene a su cargo en materia de recursos humanos, mediante el Acuerdo General 30/1998, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó la delegación de diversas facultades en dicha materia, lo cual permitió una operación más eficiente en las áreas relativas;

  QUINTO.- Que el punto quinto del Acuerdo General 30/1998, faculta a los Señores Consejeros para nombrar al personal adscrito a sus ponencias, con excepción de los secretarios técnicos, que las integran, los que deben ser propuestos por el Consejero al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; lo cual implica que las designaciones de que se trata invariablemente deban ser analizadas y, en su caso, aprobadas por dicho Organo Colegiado;

  SEXTO.- Que para la atención de las actividades técnico administrativas que se desarrollan en el Consejo de la Judicatura Federal, ha sido necesaria la participación de secretarios técnicos en áreas diversas a las ponencias de Consejeros, por lo que a fin de favorecer los trámites relativos a los nombramientos de los secretarios técnicos, resulta conveniente que para su designación sean propuestos a la Comisión de Administración, por los titulares de que se trate, previa revisión por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes y una vez hecho lo anterior se informe al Pleno del Consejo, resultando necesaria la modificación del punto quinto del Acuerdo General 30/1998.

  En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

  UNICO.- Se modifica el punto quinto del Acuerdo General 30/1998, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, para quedar en los términos siguientes:

  QUINTO.- Los Consejeros y los titulares de las áreas que corresponda nombrarán al personal adscrito a sus ponencias, con excepción de los Secretarios Técnicos que las integren, los que serán propuestos por cada titular a la Comisión de Administración, previa revisión por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes; y hecho lo anterior, se informará al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal respecto de la designación de que se trate.

  ...

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

  SEGUNDO.- Se derogan, en lo conducente, todas las disposiciones internas del propio Consejo que se opongan a este acuerdo.

  TERCERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  EL MAESTRO EN DERECHO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que el presente Acuerdo General 8/2003, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Determina la Instancia para la Designación de Secretarios Técnicos y Modifica el Punto Quinto del Diverso Acuerdo General 30/1998, del Propio Cuerpo Colegiado, fue aprobado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de doce de febrero de dos mil tres, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Adolfo O. Aragón Mendía, Manuel Barquín Alvarez, Margarita Beatriz Luna Ramos, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Miguel A. Quirós Pérez y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a doce de febrero de dos mil tres.- Conste.- Rúbrica.


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