DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota aclaratoria al aviso de prórroga de la vigencia de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-SECRE-2002, Requisitos de seguridad para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de plantas de almacenamiento de gas natural licuado que incluyen sistemas, equipos e instalaciones de recepción, conducción, regasificación y entrega de dicho combustible, publicado el 31 de enero de 2003   

Martes 08 de Abril 2003

NOTA aclaratoria al aviso de prórroga de la vigencia de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-SECRE-2002, Requisitos de seguridad para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de plantas de almacenamiento de gas natural licuado que incluyen sistemas, equipos e instalaciones de recepción, conducción, regasificación y entrega de dicho combustible, publicado el 31 de enero de 2003.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.

  NOTA ACLARATORIA AL AVISO DE PRORROGA DE LA VIGENCIA DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA DE EMERGENCIA NOM-EM-001-SECRE-2002, REQUISITOS DE SEGURIDAD PARA EL DISEÑO, CONSTRUCCION, OPERACION Y MANTENIMIENTO DE PLANTAS DE ALMACENAMIENTO DE GAS NATURAL LICUADO QUE INCLUYEN SISTEMAS, EQUIPOS E INSTALACIONES DE RECEPCION, CONDUCCION, REGASIFICACION Y ENTREGA DE DICHO COMBUSTIBLE, PUBLICADO EL 31 DE ENERO DE 2003.

  Con motivo de la revisión a la publicación mencionada al rubro y con fundamento en los artículos 2, 3 y 7 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 1 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía se estima pertinente hacer del conocimiento del público en general la siguiente precisión:

  En el segundo párrafo del capítulo denominado CONSIDERANDO , donde dice:

   ...2 de febrero del año 2002.

  Debe decir:

   ...2 de febrero del año 2003.

  En el primer párrafo del capítulo denominado AVISO DE PRORROGA , donde dice:

   Se prorroga por un plazo de seis meses, contado a partir del 3 de febrero de 2002...

  Debe decir:

   Se prorroga por un plazo de seis meses, contado a partir del 3 de febrero de 2003...

  Atentamente

  México, D.F., a 31 de marzo de 2003.- El Presidente de la Comisión Reguladora de Energía, Dionisio Pérez-Jácome Friscione.- Rúbrica.



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