MANUAL de Organización General de la Secretaría de Desarrollo Social.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.
JOSEFINA EUGENIA VAZQUEZ MOTA, Secretaria de Desarrollo Social, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 fracción X del Reglamento Interior de esta Dependencia del Ejecutivo Federal, he tenido a bien expedir el Manual de Organización General de la Secretaría de Desarrollo Social.
INTRODUCCION
La complejidad cada vez mayor de la función de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, implica la necesidad de revisar, ordenar y hacer más racionales las estructuras orgánicas y los sistemas operativos, con base en los requerimientos que plantea el desarrollo de sus respectivos programas.
El actual Gobierno de la República, a través del Modelo de Innovación y Calidad, promueve y traduce el desarrollo social en el país en los servicios que otorga el Sector Desarrollo Social, con eficiencia, eficacia y transparencia, fortaleciendo las oportunidades y alcances para transformarlos en resultados positivos de la población más desprotegida.
Para el logro de estos propósitos, es fundamental definir las responsabilidades de las unidades administrativas en cada dependencia, a fin de evitar que se dupliquen actividades y hacer congruentes sus atribuciones con los objetivos, funciones, estructuras administrativas, programas y recursos disponibles, racionalizando así el uso de éstos y orientando los esfuerzos de trabajo en forma programada.
En tal virtud y para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 19 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y artículo 5 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, se elaboró el presente Manual de Organización General, que presenta la estructura administrativa, los objetivos generales y las funciones de la dependencia hasta el nivel de dirección general.
El presente Manual describe como inicio los antecedentes de la Secretaría de Desarrollo Social, presentando una síntesis en las materias de desarrollo social, regional, urbano y de vivienda.
En el primer capítulo se hace referencia al marco legal y reglamento interior que regula la organización de la Secretaría, con especial atención a las atribuciones de los servidores públicos.
La trascendencia de la misión, visión y de los objetivos generales de la Secretaría y la utilidad que puede derivarse de su divulgación, ha hecho necesario incluirlas en el capítulo segundo de este documento.
El capítulo tercero contiene información con respecto al organigrama general, la estructura orgánica de la dependencia y las funciones de las unidades administrativas hasta nivel de dirección general, así como en relación a las Delegaciones SEDESOL y sus órganos desconcentrados, es decir, la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda, el Instituto Nacional de Desarrollo Social y la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades.
ANTECEDENTES
Con base en la expedición del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 1992, se creó la Secretaría de Desarrollo Social a la cual se le transfirieron básicamente las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología y parte de la extinta Secretaría de Programación y Presupuesto, particularmente la Coordinación del Programa Nacional de Solidaridad. Dentro del espíritu del Decreto, se considera el proporcionar atención integral a la problemática social de México e incorporar, en una sola dependencia del Ejecutivo Federal, una serie de programas de atención a los sectores sociales más desprotegidos del país.
Con objeto de atender las atribuciones conferidas a la Subsecretaría de Desarrollo Regional, se le adscribieron las Direcciones Generales de Planeación; de Programas de Desarrollo Regional; de Programas Sociales; de Organización Social, y de Evaluación y Seguimiento.
Para cumplir con las atribuciones conferidas en materia de desarrollo urbano, a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura se le adscribieron las Direcciones Generales de Infraestructura y Equipamiento; Financiamiento del Desarrollo Urbano; de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural, y de Desarrollo Urbano.
Por lo que se refiere a las atribuciones conferidas en materia de vivienda y patrimonio inmobiliario, se adscribieron a la Subsecretaría de Vivienda y Bienes Inmuebles, las Direcciones Generales de Política y Fomento a la Vivienda; de Financiamiento para la Vivienda; de Normas y Tecnología para la Vivienda, y del Patrimonio Inmobiliario Federal.
En lo que respecta a las atribuciones conferidas en materia de ecología, fueron creados dos órganos desconcentrados: el Instituto Nacional de Ecología con atribuciones, entre otras, para establecer normas técnicas y criterios ecológicos para el uso y destino de los recursos naturales y para preservar el medio ambiente y determinar las normas que aseguren la conservación de los ecosistemas fundamentales para el desarrollo de las comunidades; así como la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente con atribuciones para vigilar la aplicación de las normas y programas para la protección o restauración de los sistemas ecológicos del país, y organizar y fomentar investigaciones en materia de ecología.
En cuanto a los servicios de apoyo institucional y logístico que requiere la Secretaría, se crearon para su atención como órganos dependientes del Secretario: las Unidades Coordinadoras de Análisis Económico y Social; de Análisis Sectorial, y se mantuvieron las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Comunicación Social y la Coordinación de Delegaciones.
En el área de Oficialía Mayor se creó la Dirección General de Estadística e Informática; cambiaron de denominación la Dirección General de Recursos Financieros a Dirección General de Programación Organización y Presupuesto, y la Dirección General de Recursos Humanos a Dirección General de Personal; manteniéndose la de Recursos Materiales y Servicios Generales.
El 4 de junio de 1992 se consolidó la estructura central y desconcentrada de la Secretaría con la publicación del Reglamento Interior; la SEDESOL funcionó con una estructura básica que contemplaba: un Secretario, tres Subsecretarías, una Oficialía Mayor, tres Unidades Coordinadoras, diecinueve Direcciones Generales, y seis órganos desconcentrados: Instituto Nacional de Ecología, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo a las Empresas de Solidaridad, el Instituto Nacional de Solidaridad, la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales y las 31 Delegaciones Estatales SEDESOL.
Como resultado del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de diciembre de 1994, la Secretaría de Desarrollo Social se transformó en sus objetivos y atribuciones y, con ello, las funciones de la misma permitieron el ejercicio de acciones dirigidas al combate a la pobreza en el campo y en la ciudad, a la promoción del desarrollo urbano y el fomento a la vivienda.
El 28 de diciembre de 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría, consolidando así la estructura central y desconcentrada de la SEDESOL, conformada por un Secretario, dos Subsecretarías, una Oficialía Mayor, tres Unidades, dieciséis Direcciones Generales y los Organos Desconcentrados.
Para 1996 las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, procedieron al análisis de la propuesta de modificación a la estructura orgánica básica de la Secretaría de Desarrollo Social, dictaminándose favorablemente con base en las atribuciones que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal les confería. La estructura autorizada consideraba las siguientes modificaciones: de los órganos adscritos al área del Secretario, cambian de nomenclatura la Unidad de Coordinación de Delegaciones a Unidad de Coordinación General de Delegaciones, así como la Unidad de Análisis Sectorial por Unidad de Coordinación Sectorial, incorporándose la Contraloría Interna en la estructura básica, misma que se encontraba registrada como puesto homólogo de autorización específica.
Asimismo, se fusionaron las Subsecretarías de Vivienda y Bienes Inmuebles y la de Desarrollo Urbano e Infraestructura, para crear la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda a la cual estaban adscritas cuatro Direcciones Generales.
En su ámbito desconcentrado, la dependencia quedó conformada por la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad, el Instituto Nacional de Solidaridad y 31 Delegaciones Estatales. Fue transferida la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, así como el Instituto Nacional de Ecología y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.
Se incorporaron al Sector Desarrollo Social, los Organismos Descentralizados, LICONSA, DICONSA, FIDELIST y FONART entidades que estaban sectorizadas a las Secretarías de Comercio y Fomento Industrial y de Educación Pública.
Posteriormente, el 8 de agosto de 1997, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se creaba como órgano desconcentrado de la SEDESOL, la Coordinación Nacional del Programa de Educación, Salud y Alimentación (PROGRESA), con el objetivo de promover acciones intersecretariales que impulsaran y fortalecieran las capacidades y potencialidades de las familias en situación de pobreza extrema.
En abril del año 2000, se somete a consideración de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, la propuesta de Reestructuración Orgánica Integral, aceptando que se requiere un movimiento adecuado orgánico funcional, con el propósito de contar con un soporte que promoviera un eficaz y eficiente desarrollo de los programas sustantivos de la Secretaría de Desarrollo Social.
El 13 de septiembre y 4 de octubre del 2001 se publica en el Diario Oficial de Federación el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría y fe de erratas, respectivamente, en el que se incluye a la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación en sustitución de la Unidad de Análisis Económico y Social, a la cual quedan adscritas las Coordinaciones Generales de Padrones de Beneficiarios y de Prospectiva y Planeación, así como las Direcciones Generales de Evaluación de los Programas Sociales y de Relaciones Internacionales; asimismo, se cambia la denominación a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y de Vivienda por la de Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio con cuatro Direcciones Generales, y se crea un nuevo órgano desconcentrado, la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda.
Se conforma la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano a la que se adscriben la Coordinación General de Microrregiones, así como las Direcciones Generales de Desarrollo Social y Humano, de Políticas Sociales, de Eficiencia de Programas de Desarrollo Social y de Medición y Seguimiento de Programas de Desarrollo Social, asimismo, dentro de la Oficialía Mayor la Coordinación General de Administración, de nueva creación, fusiona a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y a la de Recursos Materiales y Servicios. Finalmente, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, cambia de denominación, por la de Dirección General de Programación y Presupuesto, y surge la Dirección General de Organización, Calidad e Innovación.
Por su parte, el Instituto Nacional de Solidaridad modifica su nombre por el de Instituto Nacional de Desarrollo Social.
Por último, el 6 de marzo de 2002 se reforma el Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional del Programa de Educación, Salud y Alimentación como órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, dando origen a la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades.
De esta manera la estructura central y desconcentrada de la SEDESOL queda formada por un Secretario, tres Subsecretarías, una Oficialía Mayor, tres Unidades, cuatro Coordinaciones Generales, catorce Direcciones Generales, tres Organos Desconcentrados, una Delegación SEDESOL en cada entidad federativa, así como por una Contraloría Interna.
CAPITULO PRIMERO
1. Competencia
1.1. Marco Legal
Disposiciones constitucionales
¡ Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (D.O.F. 5 de febrero de 1917).
Tratados internacionales
¡ Decreto promulgatorio del Convenio Internacional sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes (D.O.F. 24 de enero de 1991).
¡ Decreto por el que se aprueban el Tratado de Libre Comercio de América del Norte y los Acuerdos de Cooperación en materias ambiental y laboral, suscritos por los gobiernos de México, Canadá y los Estados Unidos de América (D.O.F. 8 de diciembre de 1993).
¡ Decreto de promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (D.O.F. 23 de diciembre de 1993).
¡ Decreto de promulgación de los Acuerdos de Cooperación Ambiental y Laboral de América del Norte (D.O.F. 21 de diciembre de 1993).
¡ Decreto de Promulgación del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América sobre el establecimiento de la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza y el Banco de Desarrollo de América del Norte (D.O.F. 23 de diciembre de 1993).
¡ Decreto de promulgación de la Convención por la que se suprime el requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros (D.O.F. 14 de agosto de 1995).
¡ Decreto Promulgatorio por el que se adopta en la ciudad de Ginebra, Suiza el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1997 (D.O.F. 25 de septiembre de 1998).
¡ Decreto por el que se aprueba la Declaración para el reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (D.O.F. 8 de diciembre de 1998).
¡ Decreto Promulgatorio del Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y su acción inmediata para su eliminación adoptado por la Conferencia de la OIT durante su octogésima séptima reunión, celebrada en Ginebra, Suiza, el diecisiete de junio de mil novecientos noventa y nueve (D.O.F. 7 de marzo de 2001).
¡ Decreto Promulgatorio de la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, suscrita en la ciudad de Guatemala, el siete de junio de mil novecientos noventa y nueve (D.O.F. 12 de marzo de 2001).
¡ Decreto Promulgatorio del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, firmado en la Ciudad de México, el veintisiete de noviembre de dos mil (D.O.F. 29 de junio de 2001).
¡ Decreto Promulgatorio del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, adoptado en el Marco de la Conferencia Diplomática sobre ciertas cuestiones de Derecho de Autor y Derechos Conexos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, celebrada en la ciudad de Ginebra, Suiza, el veinte de diciembre de mil novecientos noventa y seis (D.O.F. 15 de marzo de 2002).
¡ Decreto Promulgatorio del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el veinticinco de mayo de dos mil (D.O.F. 22 de abril de 2002).
¡ Decreto Promulgatorio del Convenio del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el seis de octubre de mil novecientos noventa y nueve (D.O.F. 3 de mayo de 2002).
Leyes
¡ Código Civil Federal (D.O.F. 26 de mayo de 1928).
¡ Código Penal Federal (D.O.F. 14 de agosto de 1931).
¡ Código Federal de Procedimientos Penales (D.O.F. 30 de agosto de 1934).
¡ Código Federal de Procedimientos Civiles (D.O.F. 24 de febrero de 1943).
¡ Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (D.O.F. 10 de enero de 1936).
¡ Ley de Expropiación (D.O.F. 25 de noviembre de 1936).
¡ Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. Constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y Territorios Federales (D.O.F. 26 de mayo de 1945).
¡ Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional (D.O.F. 28 de diciembre de 1963).
¡ Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores-INFONAVIT (D.O.F. 24 de abril de 1972).
¡ Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos (D.O.F. 6 de mayo de 1972).
¡ Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles (D.O.F. 31 de diciembre de 1975).
¡ Ley de Sociedades de Solidaridad Social (D.O.F. 27 de mayo de 1976).
¡ Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (D.O.F. 29 de diciembre de 1976).
¡ Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal (D.O.F. 31 de diciembre de 1976).
¡ Ley de Coordinación Fiscal (D.O.F. 27 de diciembre de 1978).
¡ Ley de Información Estadística y Geográfica (D.O.F. 30 de diciembre de 1980).
¡ Código Fiscal de la Federación (D.O.F. 31 de diciembre de 1981).
¡ Ley Federal de Derechos (D.O.F. 31 de diciembre de 1981).
¡ Ley General de Bienes Nacionales (D.O.F. 8 de enero de 1982).
¡ Ley de Planeación (D.O.F. 5 de enero de 1983).
¡ Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado-ISSSTE (D.O.F. 27 de diciembre de 1983).
¡ Ley General de Salud (D.O.F. 7 de febrero de 1984).
¡ Ley Federal de Vivienda (D.O.F. 7 de febrero de 1984).
¡ Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (D.O.F. 8 de febrero de 1984).
¡ Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social (D.O.F. 9 de enero de 1986).
¡ Ley Federal de las Entidades Paraestatales (D.O.F. 14 de mayo de 1986).
¡ Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales (D.O.F. 24 de diciembre de 1986).
¡ Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal (D.O.F. 26 de enero de 1988).
¡ Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (D.O.F. 28 de enero de 1988).
¡ Ley sobre la Celebración de Tratados (D.O.F. 2 de enero de 1992).
¡ Ley Agraria (D.O.F. 26 de febrero de 1992).
¡ Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (D.O.F. 29 de junio de 1992).
¡ Ley Federal sobre Metrología y Normalización (D.O.F. 1 de julio de 1992).
¡ Ley Federal de Protección al Consumidor (D.O.F. 24 de diciembre de 1992).
¡ Ley Federal de Turismo (D.O.F. 31 de diciembre de 1992).
¡ Ley General de Asentamientos Humanos (D.O.F. 21 de julio de 1993).
¡ Ley de Comercio Exterior (D.O.F. 27 de julio de 1993).
¡ Ley General de Sociedades Cooperativas (D.O.F. 3 de agosto de 1994).
¡ Ley Federal de Procedimiento Administrativo (D.O.F. 4 de agosto de 1994).
¡ Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas (D.O.F. 11 de marzo de 1995).
¡ Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (D.O.F. 11 de mayo de 1995).
¡ Ley del Seguro Social (D.O.F. 21 de diciembre de 1995).
¡ Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (D.O.F. 23 de mayo de 1996).
¡ Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (D.O.F. 20 de diciembre de 1996).
¡ Ley de Nacionalidad (D.O.F. 23 de enero de 1998).
¡ Ley del Instituto Mexicano de la Juventud (D.O.F. 6 de enero de 1999).
¡ Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (D.O.F. 4 de enero de 2000).
¡ Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (D.O.F. 4 de enero de 2000).
¡ Ley General de Protección Civil (D.O.F. 12 de mayo de 2000).
¡ Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (D.O.F. 29 de mayo de 2000).
¡ Ley de Fiscalización Superior de la Federación (D.O.F. 29 de diciembre de 2000).
¡ Ley del Instituto Nacional de las Mujeres (D.O.F. 12 de enero de 2001).
¡ Ley de Ahorro y Crédito Popular (D.O.F. 4 de junio de 2001).
¡ Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal (D.O.F. 11 de octubre de 2001).
¡ Ley de Desarrollo Rural Sustentable (D.O.F. 7 de diciembre de 2001).
¡ Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos (D.O.F. 29 de diciembre de 2001).
¡ Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (D.O.F 13 de marzo de 2002).
¡ Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (D.O.F. 11 de junio de 2002).
¡ Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores (D.O.F. 25 de junio de 2002).
¡ Ley de Sistemas de Pagos (D.O.F. 12 de diciembre de 2002).
¡ Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (D.O.F. 19 de diciembre de 2002).
¡ Ley Orgánica de la Financiera Rural (D.O.F. 26 de diciembre de 2002).
¡ Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003 (D.O.F. 30 de diciembre de 2002).
¡ Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (D.O.F. 30 de diciembre de 2002).
¡ Ley de Energía para el Campo (D.O.F. 30 de diciembre de 2002).
¡ Ley General de Cultura Física y Deporte (D.O.F. 24 de febrero de 2003).
¡ Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (D.O.F. 25 de febrero de 2003).
¡ Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas (D.O.F. 13 de marzo de 2003).
¡ Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (D.O.F. 10 de abril de 2003).
¡ Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (D.O.F. 21 de mayo de 2003.
Reglamentos
¡ Reglamento de la Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. Constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y Territorios Federales (D.O.F. 1 de octubre de 1945; Modificaciones: 4 de julio de 1951 y 8 de mayo de 1975).
¡ Reglamento de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos (D.O.F. 8 de diciembre de 1975; Modificaciones: 5 de enero de 1993).
¡ Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana (D.O.F. 30 de marzo de 1981).
¡ Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial de la Comisión Consultiva de la Obra Pública (D.O.F. 8 de julio de 1981).
¡ Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal (D.O.F. 18 de noviembre de 1981; Modificaciones: 16 de mayo de 1990, 20 de agosto de 1996, 25 de junio de 2001 y 5 de junio de 2002).
¡ Reglamento de la Ley de Información Estadística y Geográfica (D.O.F. 3 de noviembre de 1982).
¡ Reglamento del Código Fiscal de la Federación (D.O.F. 29 de febrero de 1984; Modificaciones: 30 de junio de 1988, 15 de mayo de 1990, 31 de marzo de 1992, 2 de junio de 1997 y 21 de mayo de 2002; Fe de erratas: 11 de noviembre de 1988).
¡ Reglamento de Prestaciones Económicas y Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado-ISSSTE (D.O.F. 28 de junio de 1988; Modificaciones: 19 de diciembre de 2002; Fe de erratas: 5 de septiembre de 1988).
¡ Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales (D.O.F. 26 de enero de 1990; Modificaciones: 7 de abril de 1995).
¡ Reglamento de la Ley Agraria en materia de certificación de derechos ejidales y titulación de solares (D.O.F. 6 de enero de 1993).
¡ Reglamento de la Ley Federal de Turismo (D.O.F. 2 de mayo de 1994; Modificaciones: 9 de noviembre de 1999; Fe de erratas: 19 de julio de 1994).
¡ Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural (D.O.F. 4 de enero de 1996; Aclaración: 11 de enero de 1996).
¡ Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (D.O.F. 10 de octubre de 1996; Modificaciones: 20 de enero de 1998).
¡ Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo (D.O.F. 21 de enero de 1997; Aclaración: 28 de enero de 1997).
¡ Reglamento tipo que deberán adoptar los administradores de los inmuebles de propiedad federal ocupados por distintas oficinas gubernamentales, para su administración, rehabilitación, mejoramiento, conservación y mantenimiento constantes (D.O.F. 14 de mayo de 1997).
¡ Reglamento de la Seguridad Social para el Campo (D.O.F. 30 de junio de 1997; Aclaración: 1 de julio de 1997; Modificaciones: 1 de julio de 1998, 8 de junio de 2000 y 29 de noviembre de 2000).
¡ Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Metropolitana (D.O.F. 9 de julio de 1997).
¡ Reglamento del Consejo Promotor para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad (D.O.F. 1 de diciembre de 1997).
¡ Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (D.O.F. 9 de diciembre de 1997).
¡ Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo (D.O.F. 24 de marzo de 1998).
¡ Reglamento para la Imposición de Multas por Infracción a las Disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus reglamentos (D.O.F. 24 de marzo de 1998).
¡ Reglamento de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina (D.O.F. 8 de mayo de 1998).
¡ Reglamento General para la Inspección y Aplicación de Sanciones por violaciones a la Legislación Laboral (D.O.F. 6 de julio de 1998).
¡ Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial de Política Industrial (D.O.F. 30 de septiembre de 1998; Modificaciones: 1 de septiembre de 2000 y 11 de septiembre de 2001).
¡ Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (D.O.F. 14 de enero de 1999).
¡ Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal (D.O.F. 4 de octubre de 1999).
¡ Reglamento de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (D.O.F. 6 de diciembre de 1999).
¡ Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (D.O.F. 14 de diciembre de 1999).
¡ Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental (D.O.F. 30 de mayo de 2000).
¡ Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (D.O.F. 20 de agosto de 2001).
¡ Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (D.O.F. 20 de agosto de 2001; Fe de erratas: 19 de septiembre de 2001).
¡ Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación (D.O.F. 12 de septiembre de 2001).
¡ Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social (D.O.F. 13 de septiembre de 2001; Fe de erratas: 24 de octubre de 2001).
¡ Reglamento del Artículo 9o. de la Ley de Coordinación Fiscal en Materia de Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios (D.O.F. 15 de octubre de 2001).
¡ Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General (D.O.F. 30 de octubre de 2001).
¡ Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda (D.O.F. 26 de diciembre de 2001).
¡ Reglamento Orgánico de Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (D.O.F. 9 de abril de 2002).
¡ Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable (D.O.F. 19 de junio de 2002).
¡ Reglamento de la Ley del Seguro Social, en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización (D.O.F. 1 de noviembre de 2002).
Decretos
¡ Decreto por el que se crea el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda-FOVI (D.O.F. 10 de abril de 1963).
¡ Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de las Zonas Aridas (D.O.F. 5 de diciembre de 1970; Modificaciones: 1 de diciembre de 1971, 9 de abril de 1973, 21 de octubre de 1987 y 18 de marzo de 1988).
¡ Decreto por el que se crea Aeropuertos y Servicios Auxiliares-ASA (D.O.F. 12 de junio de 1965; Modificaciones: 22 de agosto de 2002).
¡ Decreto que crea el Fondo de Vivienda para los Trabajadores al Servicio del Estado-FOVISSSTE (D.O.F. 28 de diciembre de 1972).
¡ Decreto por el que se reestructura la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra-CORETT, como organismo público descentralizado de carácter técnico y social (D.O.F. 8 de noviembre de 1974; Modificaciones: 3 de abril de 1979 y 26 de febrero de 1999).
¡ Decreto por el que se establecen nuevos mecanismos de participación de las comunidades indígenas en la elaboración, aplicación y evaluación de la política indigenista que el Gobierno Federal lleva a cabo a través del Instituto Nacional Indigenista (D.O.F. 18 de junio de 1986).
¡ Decreto por el que se autoriza la instrumentación y ejecución de un programa de adquisición por parte de los ocupantes de las viviendas y locales comerciales que están integrados a éstas, preferentemente aquellas que quedaron sujetas al régimen de rentas congeladas derivadas de los Decretos del H. Congreso de la Unión, publicados el 8 de mayo de 1946, 31 de diciembre de 1947 y el 30 de diciembre de 1984 (D.O.F. 16 de noviembre de 1987).
¡ Decreto por el que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y servidores públicos hasta el nivel de Director General en el sector centralizado o su equivalente en el sector paraestatal, deberán rendir al separarse de sus empleos, cargos o comisiones, un informe de los asuntos de su competencia y entregar los recursos financieros, humanos y materiales que tengan asignados para el ejercicio de sus atribuciones legales, a quienes los sustituyan en sus funciones (D.O.F. 2 de septiembre de 1988).
¡ Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de Protección Civil (D.O.F. 11 de mayo de 1990).
¡ Decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones de diversas leyes relacionadas con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (D.O.F. 22 de diciembre de 1993).
¡ Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional del Programa de Educación, Salud y Alimentación (PROGRESA), como órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social (D.O.F. 8 de agosto de 1997; Modificaciones: 6 de marzo de 2002).
¡ Decreto que abroga diversas disposiciones aplicables en materia federal y para el Distrito Federal (D.O.F. 2 de diciembre de 1997; Aclaración: 10 de diciembre de 1997).
¡ Decreto por el que se crean los Centros para el Desarrollo de las Comunidades Indígenas (D.O.F. 26 de marzo de 2001).
¡ Decreto por el que se crea la Comisión Nacional Forestal (D.O.F. 4 de abril de 2001).
¡ Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 (D.O.F. 30 de mayo de 2001).
¡ Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda (D.O.F. 26 de julio de 2001).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Salud 2001-2006 (D.O.F. 21 de septiembre de 2001).
¡ Decreto por el que se aprueba el programa sectorial de mediano plazo denominado Programa Nacional de Política Laboral 2001-2006 (D.O.F. 13 de diciembre de 2001).
¡ Decreto por el que se establece un programa de facilidades para el pago de los adeudos al INFONAVIT por concepto de aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda (D.O.F. 9 de enero de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial Agrario 2001-2006 (D.O.F. 4 de febrero de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el programa sectorial denominado Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio 2001-2006 (D.O.F. 27 de marzo de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el programa sectorial denominado Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2001-2006 (D.O.F. 22 de abril de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Turismo 2001-2006 (D.O.F. 22 de abril de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Vivienda 2001-2006. (D.O.F. 29 de mayo de 2002).
¡ Decreto por el que se deja sin efectos el decreto de fecha 1 de julio de 1977, publicado el día 4 del mismo mes y año, por el que sin desincorporar de los bienes de dominio público de la Federación, se destinó al servicio del entonces Departamento del Distrito Federal el inmueble con superficie de 29,120.00 metros cuadrados, ubicado entre las avenidas Tecamachalco y Sierra Mojada, en Tecamachalco, Distrito Federal (D.O.F. 3 de junio de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Desarrollo Social 2001-2006, Superación de la Pobreza: una tarea Contigo (D.O.F. 6 de junio de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (D.O.F. 17 de junio de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Protección Civil 2001-2006 (D.O.F. 20 de septiembre de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional Forestal 2001-2006 (D.O.F. 27 de septiembre de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2002-2006 (D.O.F. 30 de septiembre de 2002).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional para el Control de Drogas 2001-2006 (D.O.F. 4 de noviembre de 2002).
¡ Decreto del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (D.O.F. 24 de diciembre de 2002).
¡ Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003 (D.O.F. 30 de diciembre de 2002; Fe de erratas: 22 de abril de 2003).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Educación 2002-2006 (D.O.F. 15 de enero de 2003).
¡ Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Población 2001-2006 (D.O.F. 2 de mayo de 2003).
¡ Decreto por el que se declara 2003. Año del CCL Aniversario del Natalicio de Don Miguel Hidalgo y Costilla, Padre de la Patria . (D.O.F. 8 de mayo de 2003).
Acuerdos
¡ Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial de Gasto-Financiamiento (D.O.F. 29 de agosto de 1979; Modificaciones: 26 de enero de 1983, 23 de agosto de 1988, 15 de enero de 1991, 1 de julio de 1993, 2 de septiembre de 1994 y 13 de junio de 2000).
¡ Acuerdo por el que se autoriza la creación del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares-FONHAPO (D.O.F. 2 de abril de 1981; Modificaciones: 23 de enero de 1985 y 15 de abril de 1988).
¡ Acuerdo mediante el cual se establecen las disposiciones que se aplicarán en la entrega recepción del despacho de los asuntos a cargo de los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los servidores públicos hasta el nivel de director general en el sector centralizado, gerente o sus equivalentes en el sector paraestatal (D.O.F. 5 de septiembre de 1988; Fe de erratas: 20 de septiembre de 1988).
¡ Acuerdo relativo a la representación patronal ante la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (D.O.F. 9 de octubre de 1984).
¡ Acuerdo que establece las bases administrativas generales respecto de las disposiciones legales que regulan las asignaciones y uso de los bienes y servicios que se pongan a la disposición de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (D.O.F. 4 de enero de 1988).
¡ Acuerdo por el que se establece que los conjuntos habitacionales construidos por el Fideicomiso de Vivienda, Desarrollo Social y Urbano del Distrito Federal, así como las acciones de regeneración urbana y de sustitución de vecindades, se sujetarán a las disposiciones contenidas en el mismo (D.O.F. 23 de marzo de 1988).
¡ Acuerdo que contiene las disposiciones a que se sujetarán los conjuntos habitacionales construidos y en proceso de construcción por el FIVIDESU (D.O.F. 29 de junio de 1988).
¡ Acuerdo por el que se crea el Fondo Nacional para la Vivienda Rural del FONHAPO (D.O.F. 15 de abril de 1988).
¡ Acuerdo por el que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, con la participación de la Secretaría de Turismo, procederá a planear el ordenamiento ecológico para el desarrollo turístico de la región denominada Corredor Cancún-Tulúm (D.O.F. 31 de mayo de 1991).
¡ Acuerdo mediante el cual se regula la organización y funcionamiento interno del órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, denominado Instituto Nacional de Solidaridad (D.O.F. 24 de agosto de 1994).
¡ Acuerdo por el que se establecen reglas generales sobre el Sistema de Ahorro para el Retiro de los trabajadores sujetos a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (D.O.F. 22 de septiembre de 1994).
¡ Acuerdo mediante el cual se dan a conocer las reglas en materia de compras del sector público para la participación de las empresas micro, pequeñas y medianas; para las reservas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y para la determinación del Grado de Integración Nacional (D.O.F. 24 de noviembre de 1994; Modificaciones: 8 de diciembre de 1995 y 6 de octubre de 2000).
¡ Acuerdo que crea la Comisión Intersecretarial de Desincorporación (D.O.F. 7 de abril de 1995).
¡ Acuerdo que establece las facultades de la Coordinación de Atención Ciudadana de la Presidencia de la República (D.O.F. 8 de mayo de 1996).
¡ Acuerdo mediante el cual se establecen las bases para el otorgamiento de apoyos, facilidades y estímulos para fomentar el desarrollo de la vivienda e interés social y popular mediante sistemas de ahorro y/o autofinanciamiento (D.O.F. 6 de junio de 1995).
¡ Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial de Política Industrial (D.O.F. 27 de mayo de 1996; Modificaciones: 29 de marzo de 2000 y 6 de septiembre de 2001).
¡ Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para la ejecución de los programas que garanticen la administración eficiente de los inmuebles de propiedad federal y su mejoramiento y conservación constantes, cuando en los mismos se alojen distintas oficinas gubernamentales (D.O.F. 23 de septiembre de 1996).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo Nacional de Desarrollo Urbano (D.O.F. 7 de octubre de 1996).
¡ Acuerdo para la Adopción y Uso por la Administración Pública Federal de la Clave Unica del Registro de Población (D.O.F. 23 de octubre de 1996).
¡ Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el arrendamiento de inmuebles por parte de las dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias (D.O.F. 3 de febrero de 1997).
¡ Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la SECODAM por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores (D.O.F. 11 de abril de 1997).
¡ Acuerdo por el que se expiden las reglas para el otorgamiento de créditos para vivienda a los trabajadores derechohabientes del ISSSTE (D.O.F. 5 de junio de 1997; Fe de erratas: 11 de junio de 1997).
¡ Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental (D.O.F. 25 de agosto de 1998).
¡ Acuerdo Secretarial que tiene por objeto destinar al servicio de la Secretaría de Desarrollo Social un inmueble con superficie de 625.85 m2., ubicado en la avenida Ocampo número 1808 esquina con la calle Nicolás Bravo, Sector Centro, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a efecto de que continúe siendo utilizado con oficinas administrativas a su cargo (D.O.F. 30 de septiembre de 1998).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo Ciudadano de Desarrollo Social como órgano consultivo de la Secretaría de Desarrollo Social (D.O.F. 7 de diciembre de 1998).
¡ Acuerdo de la Comisión Metropolitana de Asentamientos Humanos, por el que se aprueba el Programa de Ordenación de la Zona Metropolitana del Valle de México (D.O.F. 1 de marzo de 1999).
¡ Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional de Atención al Envejecimiento (D.O.F. 12 de agosto de 1999).
¡ Acuerdo por el que se expiden los Manuales de Organización de las Comisiones Consultivas Nacional y Estatales de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente del Sector Público Federal. (D.O.F. 5 de julio de 2000).
¡ Acuerdo Secretarial de Intercambio de Deuda Pública en Apoyo de Proyectos de Alto Impacto Social (D.O.F. 7 de julio de 2000).
¡ Acuerdo por el que se expide el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal (D.O.F. 13 de octubre de 2000; Modificaciones: 23 de noviembre de 2000, 26 de diciembre de 2000; 28 de febrero de 2001, 7 de noviembre de 2001, 12 de febrero de 2002, 24 de julio de 2002, 16 de octubre de 2002, 18 de noviembre de 2002 y 24 de febrero de 2003).
¡ Acuerdo por el que se dan a conocer los Criterios Particulares de Evaluación de los Proyectos de Alto Impacto Social y de las Instituciones, que aplicará la Secretaría de Desarrollo Social, en su carácter de Coordinadora de Sector (D.O.F. 1 de noviembre de 2000).
¡ Acuerdo por el que se crea la Comisión para la Transparencia y el Combate a la Corrupción en la Administración Pública Federal, como una Comisión Intersecretarial de carácter permanente (D.O.F. 4 de diciembre de 2000).
¡ Acuerdo por el que se crea la Comisión para Asuntos de la Frontera Norte, como una comisión intersecretarial de carácter permanente (D.O.F. 8 de febrero de 2001).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional Consultivo para la Integración de las Personas con Discapacidad (D.O.F. 13 de febrero de 2001).
¡ Acuerdo que establece los lineamientos y estrategias generales para fomentar el manejo ambiental de los recursos en las oficinas administrativas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (D.O.F. 15 de marzo de 2001).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas como un órgano de asesoría y de apoyo técnico al Presidente de la República (D.O.F. 29 de marzo de 2001).
¡ Acuerdo que establece los lineamientos generales del Programa de Ahorro de Energía en Inmuebles de la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal del 2001 (D.O.F. 2 de abril de 2001).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo del Fondo para la micro, pequeña y mediana empresa (D.O.F. 2 de abril de 2001).
¡ Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios de comunicación electrónica, en la presentación de declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (D.O.F. 30 de abril de 2001).
¡ Acuerdo que crea el Consejo para el Diálogo con los sectores productivos (D.O.F. 24 de mayo de 2001).
¡ Acuerdo por el que se constituye el Comité Sectorial de Coordinación de la Política Social, como un órgano interno de la Secretaría de Desarrollo Social (D.O.F. 30 de mayo de 2001; Modificaciones: 30 de mayo de 2002).
¡ Acuerdo por el que se establece el Manual de Requerimientos de Información a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y a la Procuraduría General de la República (D.O.F. 30 de mayo de 2001). Anexo (D.O.F. 8 de junio de 2001).
¡ Acuerdo por el que se crea la Coordinación General de Plan Puebla-Panamá (D.O.F. 5 de junio de 2001).
¡ Acuerdo por el que se publica el esquema y términos de referencia para la evaluación externa, así como el esquema de operación y otorgamiento de apoyos de educación media superior, del Programa de Educación, Salud y Alimentación (D.O.F. 15 de junio de 2001; Modificaciones: 2 de agosto de 2001).
¡ Acuerdo para la desregulación y simplificación de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, y la aplicación de medidas de mejora regulatoria que beneficien a las empresas y los ciudadanos. (D.O.F. 25 de junio de 2001).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional para la Infancia y la Adolescencia (D.O.F. 25 de julio de 2001; Modificaciones: 5 de diciembre de 2002).
¡ Acuerdo que establece las bases de integración y funcionamiento del Comité de Asignación de Bienes al Sector Público (D.O.F. 23 de agosto de 2001).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural (D.O.F. 27 de agosto de 2001).
¡ Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Desarrollo Social. (D.O.F. 24 de septiembre de 2001).
¡ Acuerdo mediante el cual se retira de la Secretaría de Desarrollo Social y, sin desincorporar del dominio público de la Federación, se destina al servicio de la Secretaría de la Reforma Agraria, un inmueble con superficie de 1, 039.20 metros cuadrados, ubicado en la 2a. cerrada de Observatorio número 37, colonia Cove, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal, a efecto de que lo continúe utilizando con oficinas administrativas (D.O.F. 23 de octubre de 2001).
¡ Acuerdo por el que se delegan en los titulares de las delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social en las entidades federativas, las atribuciones que se indican (D.O.F. 31 de octubre de 2001).
¡ Acuerdo por el que se crea el Comité de Informática, Telecomunicaciones y Desarrollo Tecnológico de la Secretaría de Desarrollo Social (D.O.F. 5 de diciembre de 2001).
¡ Acuerdo por el que se expiden los criterios generales para modificaciones a las reglas de operación de los programas gubernamentales ya existentes y para la elaboración de las reglas de operación para el ejercicio fiscal 2002 (D.O.F. 16 de enero de 2002).
¡ Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar las dependencias y los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, para la recepción de promociones que formulen los particulares en los procedimientos administrativos, a través de los medios de comunicación electrónica, así como para las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y las resoluciones administrativas definitivas que se emitan por esa misma vía (D.O.F. 17 de enero de 2002).
¡ Acuerdo por el que se establecen las normas y lineamientos generales para la aplicación de recursos presupuestales en materia de comunicación social, para el ejercicio fiscal del año 2002, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (D.O.F. 25 de enero de 2002).
¡ Acuerdo que tiene por objeto establecer las microrregiones identificadas por sus condiciones de rezago y marginación conforme a indicadores de pobreza para cada región, estado y municipio (D.O.F. 31 de enero de 2002).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo (D.O.F. 22 de febrero de 2002).
¡ Acuerdo que establece las disposiciones de ahorro en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal 2002 (D.O.F. 28 de febrero de 2002).
¡ Acuerdo que establece las normas que determinan como obligatoria la presentación de las declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos, a través de medios de comunicación electrónica (D.O.F. 19 de abril de 2002).
¡ Acuerdo 3.1272.2002 mediante el cual se aprueban las Reglas para la operación de créditos para vivienda a los trabajadores derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (D.O.F. 24 de abril de 2002).
¡ Acuerdo 10.1272.2002 mediante el cual se aprueban los factores para la evaluación de solicitudes de crédito para vivienda, aplicables al Programa Extraordinario de Créditos para Vivienda a los Trabajadores del Estado (D.O.F. 24 de abril de 2002).
¡ Acuerdo 11.1272.2002 mediante el cual se aprueba la calificación mínima que deberán reunir las solicitudes de crédito para vivienda, aplicables al Programa Extraordinario de Créditos para Vivienda a los Trabajadores del Estado (D.O.F. 24 de abril de 2002).
¡ Acuerdo 12.1272.2002 mediante el cual se aprueban los montos máximos de crédito para vivienda, que se otorgarán en el Programa Extraordinario de Créditos para Vivienda a los Trabajadores del Estado (D.O.F. 24 de abril de 2002).
¡ Acuerdo por el que se expiden los requisitos mínimos que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán considerar para seleccionar a las instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, interesados en realizar la evaluación de resultados de los programas gubernamentales sujetos a reglas de operación en el ejercicio fiscal 2002 (D.O.F. 30 de abril de 2002).
¡ Acuerdo por el que se expide el Manual de Percepciones de la Administración Pública Federal. (D.O.F. 31 de mayo de 2002; Modificaciones: 12 de diciembre de 2002).
¡ Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial para el Plan Lago de Texcoco (D.O.F. 19 de junio de 2002).
¡ Acuerdo mediante el cual se retiran del servicio de la Secretaría de Desarrollo Social y sin desincorporar de los bienes de dominio público de la Federación, se destinan al servicio de la Secretaría de Seguridad Pública tres inmuebles con superficies de 51,618.114, 38,578.76 y 16,551.357 metros cuadrados, ubicados en avenida Constituyentes número 947, avenida de las Torres número 855 y en la Ex hacienda de Belén de las Flores, respectivamente, todos en la colonia Belén de las Flores, Delegación Alvaro Obregón, Distrito Federal, a efecto de que los utilice para los cuarteles de las Fuerzas Federales de Apoyo en la zona metropolitana, así como para las instalaciones del centro de capacitación y oficinas centrales de la Policía Federal Preventiva y áreas de la Secretaría de Seguridad Pública (D.O.F. 28 de junio de 2002).
¡ Acuerdo por el que se delega en los titulares de las coordinaciones estatales de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, la facultad que se indica (D.O.F. 2 de julio de 2002).
¡ Acuerdo mediante el cual se destinan al servicio de la Secretaría de Desarrollo Social 343 unidades privativas, localizadas en el edificio sujeto al régimen de propiedad en condominio que se ubica en la Avenida Paseo de la Reforma número 116, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, a efecto de que los continúe utilizando con oficinas administrativas (D.O.F. 26 de julio de 2002).
¡ Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional para las Comunidades Mexicanas en el Exterior (D.O.F. 8 de agosto de 2002).
¡ Acuerdo por el que se delegan en los titulares de las delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social en las entidades federativas, las facultades que se indican (D.O.F. 22 de agosto de 2002).
¡ Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal (D.O.F. 3 de septiembre de 2002; Modificaciones: 10 y 26 de diciembre de 2002).
¡ Acuerdo mediante el cual se aprueban las reformas a los lineamientos de operación del Comité de Inversiones del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (D.O.F. 19 de septiembre de 2002).
¡ Acuerdo que tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal, para los efectos de la formulación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 31 de octubre de 2002).
¡ Acuerdo para la difusión y transparencia del marco normativo interno de la gestión gubernamental (D.O.F. 10 de diciembre de 2002).
¡ Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación y supervisión de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para el Ejercicio Fiscal 2003 (D.O.F. 9 de enero de 2003).
¡ Acuerdo que tiene por objeto dar a conocer las variables y fuentes de información para apoyar a los estados en la aplicación de sus fórmulas de distribución entre los municipios, de las aportaciones federales previstas en el Fondo para la Infraestructura Social Municipal del Ramo General 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003 (D.O.F. 15 de enero de 2003).
¡ Acuerdo por el que se destina al servicio de la Secretaría de Desarrollo Social, un inmueble con superficie de 7,500 metros cuadrados, ubicada en la calzada Fray Diego de la Magdalena sin número, interior del Centro de Cultura y Recreación Tangamanga II, de la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P., a efecto de que lo continúe utilizando con las oficinas de su delegación en dicha entidad (D.O.F. 16 de enero de 2003).
¡ Acuerdo por el que se da a conocer a los gobiernos del Distrito Federal y de las entidades federativas, la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal de 2003, de los recursos correspondientes al Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, a que se refiere el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal (D.O.F. 31 de enero de 2003).
¡ Acuerdo por el que se da a conocer calendario de la estimación trimestral de los ingresos contenidos en el artículo 1o. De la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2003 (D.O.F. 31 de enero de 2003).
¡ Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda Progresiva Tu Casa , para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 27 de febrero de 2003).
¡ Acuerdo por el que se publica el monto asignado y la distribución de la población objetivo por entidad federativa de los programas de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda Progresiva Tu Casa ; de Tortilla a cargo de Liconsa, S.A. de C.V.; de Empleo Temporal, y de Desarrollo Humano Oportunidades. (D.O.F. 28 de febrero de 2003); Aclaración al monto asignado y la distribución de la población objetivo por entidad federativa del programa de Tortilla a cargo de Liconsa, S.A. de C.V., publicado el 28 de febrero de 2003 (D.O.F. 18 de marzo de 2003); Aclaración al monto asignado y la distribución de la población objetivo por entidad federativa del programa de Empleo Temporal publicado el 28 de febrero de 2003 (D.O.F. 25 de marzo de 2003).
¡ Acuerdo por el que se publica el número de beneficiarios por entidad federativa y municipio de los programas de Abasto Social de Leche y de Tortilla, ambos a cargo de Lincosa, S.A. de C.V (D.O.F. 28 de febrero de 2003).
¡ Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación de los programas de Desarrollo Local (Microrregiones); de Atención a Jornaleros Agrícolas; Jóvenes por México; Iniciativa Ciudadana 3X1 y del Instituto Nacional Indigenista (INI), para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 5 de marzo de 2003).
¡ Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión de Política Gubernamental en Materia de Derechos Humanos (D.O.F. 11 de marzo de 2003).
¡ Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación de los programas de Opciones Productivas; Tortilla a cargo de Liconsa, S.A. de C.V.; Coinversión Social y del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías (FONART), para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 11 de marzo de 2003).
¡ Acuerdo por el cual el organismo descentralizado denominado Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, queda agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Desarrollo Social (D.O.F. 13 de marzo de 2003).
¡ Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del programa de Abasto Rural a cargo de Dincosa, S.A. de C.V. (D.O.F. 14 de marzo de 2003).
¡ Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 25 de marzo de 2003).
¡ Acuerdo por el que los integrantes del Comité Técnico del Programa de Empleo Temporal, emiten y publican las Reglas de operación del Programa de Empleo Temporal (PET) para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 16 de abril de 2003).
¡ Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Incentivos Estatales, para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 25 de abril de 2003).
¡ Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 8 de mayo de 2003).
¡ Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, que aplica la Secretaría de Desarrollo Social (D.O.F. 19 de mayo de 2003).
¡ Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de los pueblos y comunidades Indígenas para el Ejercicio 2003 (D.O.F. 23 de mayo de 2003).
Disposiciones diversas
¡ Bases para determinar las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones, que deben intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (D.O.F. 25 de abril de 1972).
¡ Relación de las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones, que intervendrán en los nombramientos de sus representantes en la Asamblea General del INFONAVIT (D.O.F. 26 de abril de 1972; Modificaciones: 12 de abril de 1984, 8 de octubre de 1984, 29 de marzo de 1990 y 20 de abril de 1990).
¡ Reglas generales para el otorgamiento de créditos del INFONAVIT (D.O.F. 29 de septiembre de 1972; Modificaciones: 27 de enero de 1982 y 27 de junio de 1994 y 4 de enero de 2003).
¡ Reglas a que se someterán las promociones de vivienda del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (D.O.F. 11 de mayo de 1978; Modificaciones: 1o. de abril de 1980, 24 de mayo de 1984 y 23 de mayo de 1989).
¡ Reglas para hacer uso de los beneficios establecidos en el Artículo 42 de la Ley del INFONAVIT (D.O.F. 1o. de julio de 1982).
¡ Lineamientos para la adquisición y enajenación de inmuebles por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (D.O.F. 5 de octubre de 1993).
¡ Reglas para el otorgamiento de créditos para vivienda a los trabajadores derechohabientes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (D.O.F. 19 de abril de 1994). Modificaciones (D.O.F. 5 de abril de 2002).
¡ Reglas a que se someterán las subastas de financiamiento para la construcción de conjuntos habitacionales (D.O.F. 19 de abril de 1994).
¡ Normas técnicas para la localización, deslinde y fraccionamiento de las zonas de urbanización de ejidos y comunidades, de su ampliación y de sus reservas de crecimiento (D.O.F. 11 de mayo de 1994).
¡ Resolución por la que se autoriza la disolución y liquidación de la empresa de participación estatal mayoritaria INCOBUSA, S.A. de C.V. (D.O.F. 25 de julio de 1994).
¡ Oficio-Circular mediante el cual se dan a conocer los Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales, a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (D.O.F. 19 de agosto de 1994; Aclaración: 19 de septiembre de 1994).
¡ Reglas para el otorgamiento de créditos al amparo del artículo 43 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (D.O.F. 7 de diciembre de 1998).
¡ Manual Institucional de Prestaciones y Servicios a la Derechohabiencia del ISSSTE (D.O.F. 30 de diciembre de 1998).
¡ Programa de Ordenación de la Zona Metropolitana del Valle de México (D.O.F. 1 de marzo de 1999).
¡ Norma que regula las jornadas y horarios de labores en la Administración Pública Federal Centralizada (D.O.F. 15 de marzo de 1999).
¡ Manual de Integración y Funcionamiento del Comité y Subcomité Técnico de Dictaminación y de la Comisión Dictaminadora Delegacional de Solicitudes de Reembolso (ISSSTE) (D.O.F. 6 de abril de 1999).
¡ Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Juventud (D.O.F. 1o. de septiembre de 1999; Modificaciones: 8 de diciembre de 1999).
¡ Resolución mediante la cual se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para que lleve a cabo el proceso de desincorporación mediante fusión de las empresas integrantes del Sistema Diconsa, subsistiendo como sociedad fusionante Distribuidora e Impulsora Comercial Conasupo, S.A. de C.V. y extinguiéndose las 16 empresas filiales indicadas, como sociedades fusionadas (D.O.F. 21 de diciembre de 1999).
¡ Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (D.O.F. 12 de junio de 2000; Modificaciones: 28 de febrero de 2002).
¡ Reglas de Operación del Programa de Intercambio de Deuda Pública en apoyo de proyectos de alto impacto social (D.O.F. 24 de octubre de 2000).
¡ Norma para el otorgamiento de Estímulos por Productividad, Eficiencia y Calidad en el Desempeño a los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal (D.O.F. 28 de febrero de 2001).
¡ Relación de instituciones con fines no lucrativos susceptibles de participar en el Programa de Intercambio de Deuda Pública en Apoyo de Proyectos de Alto Impacto Social (D.O.F. 26 de marzo de 2001).
¡ Aviso por el que se da a conocer el primer calendario de presentación de los programas de mejora regulatoria, correspondientes a las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal que se señalan (D.O.F. 23 de mayo de 2001).
¡ Oficio mediante el cual se comunican los lineamientos que regirán la coordinación con el H. Congreso de la Unión en lo relativo a la agenda legislativa, presentación de iniciativas del Ejecutivo Federal, atención de solicitudes de comparecencias, entrevistas y reuniones de trabajo con servidores públicos de la Administración Pública Federal y demás peticiones que formulen los órganos legislativos federales (D.O.F. 24 de mayo de 2001).
¡ Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal (D.O.F. 11 de julio de 2001).
¡ Relación de percepciones que se cubren a favor de los Servidores Públicos de Mando de la Administración Pública Paraestatal y órganos administrativos desconcentrados (D.O.F. 31 de agosto de 2001).
¡ Normas para la administración y baja de bienes muebles de las dependencias de la Administración Pública Federal (D.O.F. 3 de septiembre de 2001).
¡ Programa Nacional de Salud 2001-2006 (D.O.F. 21 de septiembre de 2001).
¡ Relación de instituciones con fines no lucrativos susceptibles de participar en el Programa de Intercambio de Deuda Pública en Apoyo de Proyectos de Alto Impacto Social (D.O.F. 19 de octubre de 2001).
¡ Aviso de cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-EDIF-1994, que establece las especificaciones y métodos de prueba para los inodoros de uso sanitario (D.O.F. 5 de diciembre de 2001).
¡ Programa Nacional de Política Laboral 2001-2006 (D.O.F. 17 de diciembre de 2001).
¡ Programa Sectorial Agrario 2001-2006 (D.O.F. 4 de febrero de 2002).
¡ Información relativa a la integración de las asignaciones del capítulo de servicios personales (D.O.F. 27 de febrero de 2002).
¡ Oficio Circular por el que se comunican las fechas límite para el proceso presupuestario correspondiente al Ejercicio Fiscal 2002 (D.O.F. 28 de febrero de 2002).
¡ Oficio Circular por el que se dan a conocer los formatos a que se refiere el artículo decimoséptimo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, relativos a la información que deben presentar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal respecto de los bienes patrimoniales que mantengan asegurados (D.O.F. 28 de febrero de 2002).
¡ Reglas de Operación de otorgamiento de Subsidios en los créditos para la adquisición de viviendas que otorga la Sociedad Hipotecaria Federal (D.O.F. 15 de marzo de 2002).
¡ Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio 2001-2006 (D.O.F. 27 de marzo de 2002).
¡ Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2001-2006 (D.O.F. 22 de abril de 2002).
¡ Programa Nacional de Turismo 2001-2006 (D.O.F. 22 de abril de 2002).
¡ Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para calcular los montos máximos para el arrendamiento de bienes inmuebles, la superficie máxima a ocupar por servidor público, así como para calcular los ahorros netos que podrán aplicar (D.O.F. 17 de mayo de 2002).
¡ Programa Sectorial de Vivienda 2001-2006 (D.O.F. 29 de mayo de 2002).
¡ Manual de Percepciones de la Administración Pública Federal (D.O.F. 31 de mayo de 2002).
¡ Programa Nacional de Desarrollo Social 2001-2006, Superación de la Pobreza: una tarea Contigo (D.O.F. 6 de junio de 2002).
¡ Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (D.O.F. 17 de junio de 2002).
¡ Oficio-Circular por el que se da a conocer el Código de Etica de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal (D.O.F. 31 de julio de 2002).
¡ Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal (D.O.F. 15 de agosto de 2002).
¡ Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal (D.O.F. 3 de septiembre de 2002; Modificaciones: 10 y 26 de diciembre de 2002).
¡ Programa Nacional Forestal 2001-2006 (D.O.F. 27 de septiembre de 2002).
¡ Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2001-2006 (D.O.F. 30 de septiembre de 2002).
¡ Programa Nacional para el Control de Drogas 2001-2006 (D.O.F. 4 de noviembre de 2002).
¡ Reglas para el otorgamiento de créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (D.O.F. 23 de diciembre de 2002).
¡ Lista de instituciones solicitantes con fines no lucrativos susceptibles de participar en el Programa de Intercambio de Deuda Pública en apoyo de proyectos de alto impacto social (D.O.F. 30 de diciembre de 2002).
¡ Aviso general relacionado con los convenios de coordinación y reasignación de recursos, que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal y, por la otra, los ejecutivos estatales de las entidades federativas que se indican, en el marco de los programas de la Comisión Nacional de Zonas Aridas (CONAZA) organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social (D.O.F. 30 de diciembre de 2002).
¡ Aviso de cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-002-EDIF-1994 (NOM), que establece las especificaciones y métodos de prueba para válvulas de admisión y válvulas de descarga en tanques de inodoro, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 1994 (D.O.F. 14 de enero de 2003).
¡ Programa Nacional de Educación 2002-2006 (D.O.F. 15 de enero de 2003).
¡ Programa de Mejora Regulatoria 2001-2006 (D.O.F. 17 de enero de 2003).
¡ Oficio Circular que establece el mecanismo para fijar el monto de la renta que se aplicará durante el año 2003, para continuar la ocupación de los inmuebles arrendados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y para la contratación de nuevos arrendamientos (D.O.F. 29 de enero de 2003).
¡ Lineamiento del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público para el Ejercicio Fiscal 2003 (D.O.F. 30 de enero de 2003).
¡ Recomendaciones para la identificación de información reservada o confidencial por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (D.O.F. 1 de abril de 2003).
¡ Calendarización de los recursos autorizados, así como la población objetivo del Programa IMSS-Oportunidades (D.O.F. 3 de marzo de 2003).
¡ Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 15 de marzo de 2003).
¡ Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2003 (D.O.F. 15 de marzo de 2003).
¡ Lineamientos del Programa de Coinversión Social (D.O.F. 18 de abril de 2003).
Convenios
¡ Acuerdo de Coordinación para el Ordenamiento Ecológico de la Región denominada Corredor Cancún-Tulum (D.O.F. 26 de octubre de 1994).
¡ Convenio de cooperación y coordinación que celebran el Distrito Federal y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., fiduciario del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (D.O.F. 9 de junio de 1995).
¡ Convenio de Coordinación para la Creación de la Comisión Metropolitana de Asentamientos Humanos que celebran el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado Libre y Soberano de México, y el Departamento del Distrito Federal (D.O.F. 13 de julio de 1995).
¡ Alianza para la Vivienda que celebran el Ejecutivo Federal, el Jefe del Distrito Federal, los Ejecutivos de las treinta y un entidades federativas, los organismos financieros de vivienda y los sectores social y privado (D.O.F. 19 de junio de 1996).
¡ Convenio de Coordinación por el que se crea la Comisión Ambiental Metropolitana (D.O.F. 17 de septiembre 1996).
¡ Acuerdo de Coordinación que con el objeto de apoyar la modificación, expedición y ejecución del Programa de Ordenamiento Ecológico para la región denominada Corredor Cancún-Tulum, ubicado en el Estado de Quintana Roo, suscriben las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Desarrollo Social y de Turismo y el Estado de Quintana Roo (D.O.F. 20 de diciembre de 2001).
¡ Bases de Colaboración y Coordinación Intersecretarial, que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; Desarrollo Social; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Economía; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicaciones y Transportes; Contraloría y Desarrollo Administrativo; Educación Pública; Salud; Trabajo y Previsión Social; Reforma Agraria, y Turismo, para promover la superación de la pobreza y fomentar el desarrollo integral sustentable en las microrregiones, regiones de atención inmediata y regiones prioritarias (D.O.F. 4 de enero de 2002).
¡ Acuerdo de Coordinación Interinstitucional con el objeto de establecer las Reglas de Operación del Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos de las Organizaciones Agrarias (FAPPA 2002) (D.O.F. 15 de marzo de 2002; Modificaciones: 27 de diciembre de 2002).
¡ Acuerdo de Coordinación y Concertación Todos por la Vivienda , que celebran el Ejecutivo Federal, los Organismos Nacionales de Vivienda, el Estado de Chiapas, así como los municipios y los sectores social y privado de dicha entidad federativa (D.O.F. 11 de septiembre de 2002).
¡ Convenio de Concertación para promover y fomentar que las familias, en especial las de menores ingresos, tengan acceso a una vivienda con seguridad jurídica en su tenencia, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social, por conducto de la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda, los Organismos Nacionales de Vivienda y la Asociación Nacional del Notariado Mexicano, A.C. (D.O.F. 10 de diciembre de 2002).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Aguascalientes (D.O.F. 8 de enero de 2003).
- Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Baja California (D.O.F. 8 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Baja California Sur (D.O.F. 9 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Coahuila (D.O.F. 9 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Durango (D.O.F. 10 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Hidalgo (D.O.F. 10 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de México (D.O.F. 10 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Nuevo León (D.O.F. 13 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Oaxaca (D.O.F. 13 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de San Luis Potosí (D.O.F. 13 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Sonora (D.O.F. 14 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Tamaulipas (D.O.F. 14 de enero de 2003).
¡ Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Desarrollo Social, la Comisión Nacional de Zonas Aridas y el Estado de Zacatecas (D.O.F. 15 de enero de 2003).
Convenios de desarrollo social federación-estados 2002
¡ Aguascalientes (D.O.F.14 de noviembre de 2002).
¡ Baja California (D.O.F. 15 de noviembre de 2002).
¡ Baja California Sur (D.O.F. 18 de noviembre de 2002).
¡ Campeche (D.O.F. 18 de noviembre de 2002).
¡ Coahuila (D.O.F. 19 de noviembre de 2002).
¡ Colima (D.O.F. 13 de noviembre de 2002).
¡ Chiapas (D.O.F. 24 de febrero de 2003).
¡ Chihuahua (No firmó el convenio 2002).
¡ Durango (D.O.F. 11 de diciembre de 2002).
¡ Guanajuato (D.O.F. 24 de febrero de 2003).
¡ Guerrero (D.O.F. 19 de noviembre de 2002).
¡ Hidalgo (D.O.F. 21 de noviembre de 2002).
¡ Jalisco (D.O.F. 20 de enero de 2003).
¡ México (D.O.F. 13 de enero de 2003).
¡ Michoacán (D.O.F. 21 de noviembre de 2002).
¡ Morelos (D.O.F. 22 de noviembre de 2002).
¡ Nayarit (D.O.F. 22 de noviembre de 2002).
¡ Nuevo León (D.O.F. 30 de diciembre de 2002).
¡ Oaxaca (D.O.F. 11 de diciembre de 2002).
¡ Puebla (D.O.F. 12 de diciembre de 2002).
¡ Querétaro (D.O.F. 30 de diciembre de 2002).
¡ Quintana Roo (D.O.F. 6 de febrero de 2003).
¡ San Luis Potosí (D.O.F. 12 de diciembre de 2002).
¡ Sinaloa (D.O.F. 13 de diciembre de 2002).
¡ Sonora (D.O.F. 13 de diciembre de 2002).
¡ Tabasco (D.O.F. 27 de enero de 2003).
¡ Tamaulipas (D.O.F. 13 de diciembre de 2002).
¡ Tlaxcala (D.O.F. 21 de febrero de 2003).
¡ Veracruz (D.O.F. 14 de enero de 2003).
¡ Yucatán (D.O.F. 16 de diciembre de 2002).
¡ Zacatecas (D.O.F. 16 de diciembre de 2002).
1.2. Atribuciones
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Artículo 32.- A la Secretaría de Desarrollo Social corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I.- Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; en particular, la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda;
II.- Proyectar y coordinar, con la participación que corresponda a los gobiernos estatales y municipales, la planeación regional;
III.- Coordinar las acciones que incidan en el combate a la pobreza fomentando un mejor nivel de vida, en lo que el Ejecutivo Federal convenga con los gobiernos estatales y municipales, buscando en todo momento propiciar la simplificación de los procedimientos y el establecimiento de medidas de seguimiento y control;
IV.- Elaborar los programas regionales y especiales que le señale el Ejecutivo Federal, tomando en cuenta las propuestas que para el efecto realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y los gobiernos estatales y municipales, así como autorizar las acciones e inversiones convenidas en el marco de lo dispuesto en la fracción II que antecede, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
V.- Evaluar la aplicación de las transferencias de fondos en favor de estados y municipios, y de los sectores social y privado que se deriven de las acciones e inversiones convenidas, en los términos de las fracciones anteriores;
VI.- Coordinar, concertar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado.
VII.- Derogada.
VIII.- Derogada.
IX.- Proyectar la distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que corresponda, así como coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los ejecutivos estatales para la realización de acciones coincidentes en esta materia, con la participación de los sectores social y privado;
X.- Prever a nivel nacional las necesidades de tierra para desarrollo urbano y vivienda, considerando la disponibilidad de agua determinada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y regular, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, los mecanismos para satisfacer dichas necesidades;
XI.- Elaborar, apoyar y ejecutar programas para satisfacer las necesidades de suelo urbano y el establecimiento de provisiones y reservas territoriales para el adecuado desarrollo de los centros de población, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los diversos grupos sociales;
XII.- Promover y concertar programas de vivienda y de desarrollo urbano, y apoyar su ejecución, con la participación de los gobiernos estatales y municipales, y los sectores social y privado;
XIII.- Fomentar la organización de sociedades cooperativas de vivienda y materiales de construcción, en coordinación con las Secretarías del Trabajo y Previsión Social y de Economía;
XIV.- Promover y apoyar mecanismos de financiamiento para el desarrollo regional y urbano, así como para la vivienda, con la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes, de los gobiernos estatales y municipales, de las instituciones de crédito y de los diversos grupos sociales;
XV.- Promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y urbano, y el bienestar social, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales y con la participación de los sectores social y privado;
XVI.- Asegurar la adecuada distribución, comercialización y abastecimiento de los productos de consumo básico de la población de escasos recursos, con la intervención que corresponde a la Secretaría de Economía así como a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; bajo principios que eviten el uso o aprovechamiento indebido y ajenos a los objetivos institucionales;
XVII.- Los demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos.
Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social
Atribuciones del Secretario
Artículo 4. Corresponde originalmente al Secretario la representación de la Secretaría y el trámite y resolución de los asuntos de su competencia. Para la mejor distribución y desarrollo del trabajo, podrá conferir sus atribuciones delegables a servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, conforme a lo previsto en este Reglamento, mediante acuerdos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 5. El Secretario ejercerá las atribuciones necesarias para el despacho de los asuntos que las disposiciones jurídicas le asignen a la Secretaría. Las siguientes serán indelegables:
I. Formular, dirigir y controlar la política general de desarrollo social y las actividades de la Secretaría y de las entidades del Sector, de conformidad con los objetivos, estrategias, lineamientos, políticas y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y con los que expresamente determine el Presidente de la República;
II. Someter al acuerdo del Presidente de la República los asuntos encomendados a la Secretaría y a las entidades del Sector, y desempeñar las comisiones y funciones que le confiera;
III. Refrendar, para su validez y observancia constitucionales, los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República, sobre asuntos de la competencia de la Secretaría;
IV. Coordinarse con la Comisión para el Desarrollo Social y Humano de la Oficina Ejecutiva de la Presidencia de la República;
V. Proponer al Presidente de la República los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes sobre los asuntos que competan a la Secretaría y al Sector;
VI. Someter los proyectos de los programas sectoriales a la consideración y aprobación del Presidente de la República, previo dictamen de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; remitir a ésta los proyectos de los programas regionales y especiales, para que a su vez los someta a la consideración y aprobación del Presidente de la República, y aprobar los programas institucionales de las entidades del Sector;
VII. Aprobar el anteproyecto del programa-presupuesto anual de egresos de la Secretaría y sus modificaciones, así como dar su conformidad a los de las entidades del Sector;
VIII. Coordinar la participación de la Secretaría en los tratados y acuerdos internacionales que celebre el Presidente de la República, relacionados con la competencia de la dependencia, así como en los acuerdos y convenios internacionales que ésta celebre directamente;
IX. Dar cuenta al Congreso de la Unión del estado que guarda el ramo y el Sector e informar a las Cámaras que lo integran, cuando sea requerido, se discuta una iniciativa de Ley o se estudie un asunto concerniente a las actividades de la Secretaría o del Sector;
X. Expedir los acuerdos que regulen la organización y funcionamiento interno de la Secretaría y de sus órganos desconcentrados; el Manual de Organización General de la Secretaría; los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, y las Condiciones Generales de Trabajo de la dependencia;
XI. Adscribir orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el artículo 2 de este Reglamento;
XII. Agrupar a las entidades del Sector en subsectores, de acuerdo a la naturaleza de sus actividades;
XIII. Autorizar los sistemas y procedimientos de seguimiento, control y evaluación de los programas sociales a su cargo y de las unidades administrativas centrales de la Secretaría, de sus órganos desconcentrados y de las entidades del Sector, así como de sus servidores públicos;
XIV. Acordar el nombramiento de los servidores públicos de mando superiores de la Secretaría, ordenar al Oficial Mayor su expedición y resolver sobre su remoción;
XV. Designar a los representantes de la Secretaría en las comisiones, organizaciones, consejos, órganos de gobierno, instituciones y entidades en los que participe, así como a los servidores públicos a que se refiere el artículo 33 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y establecer las normas y lineamientos conforme a los cuales deban actuar;
XVI. Autorizar donativos en dinero o en especie, provenientes del inventario de bienes de la dependencia o del presupuesto asignado a la misma, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales, del Presupuesto de Egresos de la Federación y demás normatividad aplicable;
XVII. Representar al Presidente de la República en los juicios constitucionales de amparo, en términos de los artículos 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 19 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refiere el artículo 105 de la propia Constitución y su Ley Reglamentaria, en los casos en que lo determine el Presidente de la República;
XVIII. Resolver los recursos administrativos de su competencia;
XIX. Resolver las dudas que se susciten internamente sobre la competencia de las unidades administrativas de la Secretaría, con motivo de la interpretación o aplicación de este Reglamento o sobre los casos no previstos en el mismo, y
XX. Llevar a cabo las demás atribuciones que con carácter indelegable, le confieran otras disposiciones jurídicas o le encomiende el Presidente de la República.
De las Subsecretarías y de la Oficialía Mayor
Artículo 6. Al frente de cada Subsecretaría habrá un Subsecretario y al frente de la Oficialía Mayor un Oficial Mayor, quienes tendrán las siguientes atribuciones genéricas:
I. Acordar con el Secretario la atención de los programas y el despacho de los asuntos de las unidades administrativas de su adscripción;
II. Representar a la Secretaría en los actos que su Titular determine;
III. Proponer al Secretario los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes y demás disposiciones jurídicas, en los asuntos que competan a las unidades administrativas de su adscripción;
IV. Someter a la aprobación del Secretario los programas a su cargo, así como los estudios y proyectos que se elaboren en las unidades administrativas de su adscripción;
V. Formular los anteproyectos del programa-presupuesto anual que le correspondan, así como de las modificaciones a los mismos, someterlos a la consideración del Secretario y verificar su correcta y oportuna ejecución por parte de las unidades administrativas de su adscripción;
VI. Someter a la consideración del Secretario los proyectos de bases de colaboración, acuerdos de coordinación y convenios de concertación, en las materias que competan a las unidades administrativas de su adscripción;
VII. Someter a la consideración del Secretario, los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, de las unidades administrativas de su adscripción, de conformidad, en su caso, con los lineamientos establecidos por la Oficialía Mayor;
VIII. Establecer, con base en su competencia, las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter técnico que deban regir en las unidades administrativas de su adscripción, y apoyar técnicamente la desconcentración y la delegación de atribuciones de las mismas;
IX. Coordinar, planear, programar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas de su adscripción y proponer su reorganización, fusión o desaparición, en coordinación, en su caso, con la Oficialía Mayor;
X. Proponer al Secretario el nombramiento y remoción, de los servidores públicos de mandos superiores en las áreas de su adscripción;
XI. Proponer al Secretario la delegación de atribuciones en servidores públicos subalternos;
XII. Recibir en acuerdo ordinario a los coordinadores generales y directores generales de su adscripción, en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público y conceder audiencias al público, conforme a los manuales de organización y de procedimientos;
XIII. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación o le correspondan por suplencia;
XIV. Resolver los recursos administrativos de su competencia;
XV. Expedir certificaciones de las constancias de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia, y
XVI. Las demás que le señalen el Secretario y las disposiciones jurídicas aplicables y las que competan a las unidades administrativas de su adscripción.
De las Unidades
Artículo 11. Al frente de cada unidad habrá un jefe de unidad, quien tendrá las siguientes atribuciones genéricas:
I. Acordar con el Secretario la atención y el despacho de los asuntos de su competencia;
II. Representar a la Secretaría en los actos que el Titular determine y desempeñar las comisiones que el mismo le encomiende;
III. Someter a la consideración del Secretario los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes, circulares y demás disposiciones jurídicas aplicables a los asuntos de su competencia;
IV. Programar, organizar, dirigir, ejercer y evaluar las actividades de su área, conforme a las disposiciones de este Reglamento y a los lineamientos que determine el Secretario;
V. Someter a la aprobación del Secretario los estudios y proyectos que se elaboren en el área de su responsabilidad;
VI. Formular el anteproyecto del programa-presupuesto anual de su área y verificar su correcta y oportuna ejecución, en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto;
VII. Elaborar los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público de su unidad;
VIII. Ejercer y responsabilizarse del presupuesto aprobado y asignado a la unidad a su cargo, mediante las contrataciones, promociones, adquisiciones de bienes y servicios y requerimientos respectivos, observando las políticas, lineamientos y normas vigentes;
IX. Coordinarse con los subsecretarios y los demás titulares de las unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados de la Secretaría, para la ejecución de programas conjuntos y el mejor desempeño de las facultades que a cada uno correspondan;
X. Proporcionar la información y la cooperación técnica que le soliciten otras unidades administrativas centrales, órganos desconcentrados de la Secretaría y entidades del Sector;
XI. Recibir en acuerdo ordinario a sus subalternos inmediatos y en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público, así como conceder audiencias al público, conforme a los manuales de organización y de procedimientos;
XII. Resolver los recursos administrativos de su competencia;
XIII. Expedir certificaciones de las constancias de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia, y
XIV. Las demás que les señale el Secretario y las disposiciones jurídicas aplicables.
De las Coordinaciones Generales
Artículo 15. Al frente de cada una de las coordinaciones generales de la Secretaría habrá un coordinador general, que tendrá las siguientes atribuciones genéricas:
I. Acordar con su superior sobre el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción;
II. Acordar y resolver los asuntos que competen a las unidades administrativas a su cargo;
III. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas y el desempeño de las labores encomendadas a las unidades administrativas de la coordinación general a su cargo;
IV. Autorizar las obras y acciones propuestas por las instancias de las entidades federativas y municipios en los programas a su cargo y validar su congruencia con los objetivos, estrategias, lineamientos correspondientes, así como con los programas sectoriales;
V. Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera, para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del Sector, de los programas y proyectos estratégicos que de ellos deriven y de los correspondientes programas operativos anuales;
VI. Coordinarse con las demás unidades administrativas de la Secretaría y, en su caso, con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas, para el mejor despacho de los asuntos de su competencia;
VII. Participar en los órganos de coordinación institucional que le correspondan de acuerdo al ámbito de su competencia;
VIII. Proporcionar, de acuerdo a las políticas establecidas por el Secretario o, en su caso, el Subsecretario al que esté adscrito, la información, asesoría y cooperación técnica que le requieran otras unidades administrativas de la Secretaría, así como otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas;
IX. Analizar el marco normativo que regule el ejercicio de sus atribuciones y proponer, cuando se requiera, la creación o modificación de las disposiciones jurídicas conducentes;
X. Participar en la formulación del anteproyecto del programa-presupuesto anual de la Secretaría y verificar su correcta y oportuna ejecución;
XI. Ejercer el presupuesto aprobado y asignado a la coordinación general a su cargo, mediante las adquisiciones de bienes y servicios, contrataciones y promociones y responsabilizarse de los requerimientos justificatorios y comprobatorios respectivos, observando las políticas y lineamientos y normas vigentes;
XII. Formular los proyectos de manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público en el área a su cargo, en coordinación con la Dirección General de Organización, Calidad e Innovación;
XIII. Proponer al Secretario, previa aprobación de su superior y por conducto de la Oficialía Mayor, la creación, modificación, reorganización, fusión o desaparición de las unidades administrativas a su cargo;
XIV. Intervenir en la contratación, desarrollo, capacitación, promoción y adscripción del personal a su cargo, tramitar las licencias de conformidad con las necesidades del servicio y participar, directamente o a través de un representante, en los casos de sanción, remoción o cese del personal a su cargo, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;
XV. Proponer al Secretario la delegación de sus atribuciones en servidores públicos subalternos;
XVI. Supervisar que los servidores públicos subalternos desempeñen sus labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar indicados, sujetándose a las disposiciones relativas al registro, control de asistencia, puntualidad y permanencia en el trabajo y demás disposiciones legales, reglamentarias y convencionales;
XVII. Recibir en acuerdo ordinario a los directores generales adjuntos, directores de área, coordinadores administrativos, subdirectores y jefes de departamento; en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público, y conceder audiencias al público, conforme a los manuales de organización y de procedimientos;
XVIII. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que le sean señalados por delegación o le correspondan por suplencia;
XIX. Ordenar y firmar la comunicación de los acuerdos de trámite, transmitir las resoluciones o acuerdos de las autoridades superiores y autorizar con su firma, las que emitan en ejercicio de sus atribuciones;
XX. Formular los dictámenes, opiniones e informes que les sean encomendados por sus superiores y los que le corresponda emitir a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas y municipios, en ejercicio de sus atribuciones;
XXI. Resolver los recursos administrativos de su competencia;
XXII. Expedir certificaciones de las constancias de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia, y
XXIII. Las demás que le confiera el Secretario o, en su caso, el titular de la Subsecretaría a la que esté adscrito, o el Oficial Mayor y las disposiciones jurídicas aplicables.
De las Direcciones Generales
Artículo 20. Al frente de cada una de las direcciones generales de la Secretaría habrá un director general, que tendrá las siguientes atribuciones genéricas:
I. Acordar con su superior sobre el despacho y resolución de los asuntos de su responsabilidad e informarle de las actividades que se realicen en las áreas de su adscripción;
II. Acordar y resolver los asuntos que competen a las unidades administrativas a su cargo;
III. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas y el desempeño de las labores encomendadas a las unidades administrativas de la dirección general a su cargo;
IV. Autorizar las obras y acciones propuestas por las instancias de las entidades federativas y municipios en los programas a su cargo y validar su congruencia con los objetivos, estrategias, lineamientos correspondientes, así como con los programas sectoriales;
V. Proponer las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiera, para la formulación, instrumentación, ejecución, seguimiento, supervisión, control, evaluación, revisión y actualización de los programas del Sector, de los programas y proyectos estratégicos que de ellos deriven y de los correspondientes programas operativos anuales;
VI. Coordinarse con las demás unidades administrativas de la Secretaría y, en su caso, con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas, para el mejor despacho de los asuntos de su competencia;
VII. Participar en los órganos de coordinación institucional que le correspondan de acuerdo al ámbito de su competencia;
VIII. Proporcionar, de acuerdo a las políticas establecidas por el Secretario, la información, asesoría y cooperación técnica que le requieran otras unidades administrativas de la dependencia, así como otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas;
IX. Analizar el marco normativo que regule el ejercicio de sus atribuciones y proponer, cuando se requiera, la creación o modificación de las disposiciones jurídicas conducentes;
X. Participar en la formulación del anteproyecto del programa-presupuesto anual de la Secretaría y verificar su correcta y oportuna ejecución;
XI. Ejercer el presupuesto aprobado y asignado a la dirección general a su cargo, mediante las adquisiciones de bienes y servicios, contrataciones y promociones y responsabilizarse de los requerimientos justificatorios y comprobatorios respectivos, observando las políticas y lineamientos y normas vigentes;
XII. Formular los proyectos de manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público en el área a su cargo, en coordinación con la Dirección General de Organización, Calidad e Innovación;
XIII. Proponer al Secretario, previa aprobación de su superior y por conducto de la Oficialía Mayor, la creación, modificación, reorganización, fusión o desaparición de las unidades administrativas a su cargo;
XIV. Intervenir en la contratación, desarrollo, capacitación, promoción y adscripción del personal a su cargo, tramitar las licencias de conformidad con las necesidades del servicio y participar, directamente o a través de un representante, en los casos de sanción, remoción o cese del personal a su cargo, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;
XV. Proponer al Secretario la delegación de sus atribuciones en servidores públicos subalternos;
XVI. Supervisar que los servidores públicos subalternos desempeñen sus labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar indicados, sujetándose a las disposiciones relativas al registro, control de asistencia, puntualidad y permanencia en el trabajo y demás disposiciones legales, reglamentarias y convencionales;
XVII. Recibir en acuerdo ordinario a los directores de área, coordinadores administrativos, subdirectores y jefes de departamento; en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público, y conceder audiencias al público, conforme a los manuales de organización y de procedimientos;
XVIII. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que le sean señalados por delegación o le correspondan por suplencia;
XIX. Ordenar y firmar la comunicación de los acuerdos de trámite, transmitir las resoluciones o acuerdos de las autoridades superiores y autorizar con su firma, las que emitan en ejercicio de sus atribuciones;
XX. Formular los dictámenes, opiniones e informes que les sean encomendados por sus superiores y los que le corresponda emitir a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas y municipios, en ejercicio de sus atribuciones;
XXI. Resolver los recursos administrativos de su competencia;
XXII. Expedir certificaciones de las constancias de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia, y
XXIII. Las demás que le confiera el Secretario o, en su caso, el titular de la Subsecretaría a la que esté adscrito, o el Oficial Mayor y las disposiciones jurídicas aplicables.
De los Organos Desconcentrados
Artículo 35. La Secretaría contará con los órganos desconcentrados a que se refiere el presente Reglamento y los que lleguen a determinar otras disposiciones jurídicas aplicables. Estarán a cargo de un titular, cuya denominación se precisa en cada caso, contarán con las unidades administrativas necesarias para cumplir con su objeto que sean aprobadas en su presupuesto y tendrán las atribuciones genéricas siguientes:
I. Establecer, conforme a las políticas que dicte el Secretario, los lineamientos, normas, sistemas y procedimientos del órgano desconcentrado, tanto de carácter técnico-normativo, como para la administración de sus recursos humanos, financieros y materiales, de acuerdo con sus programas y objetivos y las disposiciones jurídicas aplicables;
II. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento del órgano desconcentrado;
III. Dirigir las actividades del órgano desconcentrado y coordinarse con las unidades administrativas de la Secretaría y del Sector, para la ejecución de sus programas y acciones;
IV. Formular el programa anual de actividades del órgano desconcentrado;
V. Proponer al Secretario los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes y demás disposiciones jurídicas, en los asuntos que competan al órgano desconcentrado;
VI. Formular el anteproyecto del programa-presupuesto anual del órgano desconcentrado y verificar su correcta y oportuna ejecución, en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto;
VII. Celebrar los actos jurídicos, convenios y contratos que se requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano desconcentrado;
VIII. Someter a la consideración del Secretario, a través de la Oficialía Mayor, los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, del órgano desconcentrado;
IX. Recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las unidades administrativas de su adscripción, en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público y conceder audiencias al público, conforme a los manuales de organización y de procedimientos;
X. Resolver los recursos administrativos de su competencia;
XI. Expedir certificaciones de las constancias de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia, y
XII. Las demás que le señalen el Presidente de la República, el Secretario y las disposiciones jurídicas aplicables y las que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.
De las Delegaciones de la Secretaría en las Entidades Federativas
Artículo 43. Las Delegaciones de la Secretaría en las entidades federativas tendrán las atribuciones siguientes:
I. Ejecutar los programas y acciones que competan a la Secretaría en el ámbito territorial de la entidad federativa correspondiente, con apego a las normas y lineamientos que determinen el Secretario, la Unidad de Coordinación de Delegaciones y las unidades administrativas centrales competentes, informándoles de los avances y resultados de su ejercicio;
II. Contribuir en las acciones que convengan los gobiernos Federal y Estatal, para el desarrollo integral de las diversas regiones del país;
III. Promover, informar y dar seguimiento a las acciones de desconcentración y descentralización del Sector en el ámbito estatal, con la intervención de la Unidad de Coordinación de Delegaciones;
IV. Coadyuvar con el Secretario en la coordinación de las entidades del Sector, en el ámbito de la entidad federativa;
V. Elaborar diagnósticos relativos a la problemática local en las materias que competan a la Secretaría;
VI. Difundir los lineamientos y estrategias de las acciones a cargo de la Secretaría, informar sobre sus avances y logros y analizar la información difundida por los medios de comunicación de la entidad federativa, relativa a los asuntos que competan o interesen a la Secretaría;
VII. Proporcionar la asesoría y el apoyo técnico que le soliciten las autoridades del Estado y de los municipios, en materia de desarrollo regional y urbano, vivienda y bienestar social, observando las normas, políticas, lineamientos y acuerdos correspondientes;
VIII. Apoyar, coordinar la ejecución, dar seguimiento e integrar la información de los programas operativos del Sector que se lleven a cabo en la entidad federativa;
IX. Apoyar los programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los grupos indígenas y de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos estatales y municipales y con la participación de los sectores social y privado;
X. Apoyar a los organismos descentralizados y desconcentrados del Sector, en la ejecución de los programas que competan a la Secretaría;
XI. Asesorar a los grupos sociales en su organización y a las organizaciones constituidas, a efecto de promover su participación en los programas del Sector;
XII. Dar seguimiento a los convenios de concertación de acciones, suscritos con los sectores social y privado, informando a la Unidad de Coordinación de Delegaciones;
XIII. Aprobar las inversiones para obras y servicios del gasto público federal previamente autorizadas, en coordinación con la Dirección General de Organización y Presupuesto;
XIV. Intervenir en la celebración, ejecución y supervisión de las obras públicas a cargo de la Secretaría, con apego a las normas, políticas, procedimientos y acuerdos aplicables;
XV. Integrar y mantener actualizado el inventario de obras de infraestructura y equipamiento realizadas en la entidad federativa, con la participación del Gobierno Federal;
XVI. Dar seguimiento a la aplicación de los apoyos financieros transferidos a la entidad federativa, a los municipios o a los sectores social y privado;
XVII. Auxiliar a las unidades administrativas centrales de la Secretaría en la formulación y seguimiento de los convenios de desarrollo social y otros instrumentos de coordinación que suscriban los gobiernos Federal y Estatal, con la participación que corresponda a los municipios, así como de los instrumentos de concertación que se celebren con los sectores social y privado;
XVIII. Apoyar a las autoridades federales, estatales y municipales que lo soliciten, en la elaboración de los programas y proyectos que deriven de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal;
XIX. Analizar y tramitar las solicitudes de recursos destinados a los programas y proyectos derivados de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal;
XX. Dar seguimiento a los compromisos contraídos en los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal, así como en los acuerdos de coordinación y en los anexos de ejecución, informando a la Unidad de Coordinación de Delegaciones;
XXI. Verificar el avance en la ejecución de los programas y proyectos derivados de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal, y participar en el proceso de liberación de los recursos federales autorizados;
XXII. Dar seguimiento físico a las obras y servicios de los programas derivados de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal, así como evaluar sus efectos socioeconómicos, en coordinación con la Dirección General de Evaluación de los Programas Sociales;
XXIII. Apoyar y supervisar la oportuna administración de los recursos federales autorizados para los distintos programas y proyectos derivados de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal y dar seguimiento al ejercicio presupuestal de dichos programas;
XXIV. Apoyar y supervisar la oportuna administración de los recursos federales autorizados para los programas emergentes de vivienda por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y dar seguimiento al ejercicio presupuestal de dichos programas y al cumplimiento de la normatividad establecida en las reglas de operación de los programas relativos a los fondos para atender desastres naturales y demás ordenamientos aplicables;
XXV. Llevar el registro presupuestal de las aportaciones federales, locales y de los beneficiarios respectivos, en los casos de los programas de construcción de obras, derivados de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal, conforme a la estructura financiera de cada programa;
XXVI. Analizar, opinar y tramitar las modificaciones presupuestales a los programas y proyectos derivados de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal;
XXVII. Vigilar la exacta observancia de la normatividad que rige el ejercicio de los recursos federales asignados, en los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal;
XXVIII. Apoyar la instrumentación, en los ámbitos estatal y municipal, de mecanismos preventivos y correctivos que permitan la oportuna detección y corrección de desviaciones de recursos, insuficiencias o incongruencias programáticas y presupuestales y en el respectivo ejercicio del gasto público federal, en las acciones derivadas de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos Federal y Estatal;
XXIX. Efectuar visitas de inspección para verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables, en el ámbito de sus atribuciones;
XXX. Apoyar a la Dirección General de Evaluación de los Programas Sociales en la evaluación del impacto regional del manejo de los diversos instrumentos de la política económica y social del Gobierno Federal;
XXXI. Coadyuvar con la Dirección General de Evaluación de los Programas Sociales en la evaluación del cumplimiento de los programas de la Secretaría en su entidad federativa;
XXXII. Captar y analizar la información sobre las necesidades de tierra al corto y mediano plazos, así como promover y proponer la constitución de reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda, en coordinación con la Dirección General de Atención Social a la Vivienda Urbana y Rural y con la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda;
XXXIII. Apoyar a la Dirección General de Suelo y Reserva Territorial en la dictaminación de la procedencia de la incorporación de terrenos de origen ejidal, comunal y de propiedad federal y terrenos nacionales para el desarrollo urbano y la vivienda, que soliciten las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
XXXIV. Apoyar a la Dirección General de Suelo y Reserva Territorial en la dictaminación técnica de uso del suelo sobre manifestaciones de impacto ambiental que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales solicite;
XXXV. Formular el anteproyecto del programa-presupuesto anual de la Delegación, someterlo a la consideración de la Unidad de Coordinación de Delegaciones y verificar su correcta y oportuna ejecución, en coordinación con la Dirección General de Organización y Presupuesto;
XXXVI. Captar y proporcionar a las unidades administrativas centrales competentes, la información relativa al ejercicio del gasto público federal en la entidad federativa para la integración de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal, del Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, de los informes trimestrales a la Cámara de Diputados y del Informe Anual de Gobierno;
XXXVII. Integrar y proponer al Secretario, por conducto de la Unidad de Coordinación de Delegaciones, los sistemas y procedimientos para la modernización administrativa de la Delegación, con apego a los lineamientos que formulen las correspondientes unidades administrativas centrales de la Secretaría;
XXXVIII. Intervenir y, en su caso, efectuar las adquisiciones de bienes y suministros, así como en la celebración de contratos de arrendamiento de inmuebles y de prestación de servicios, de conformidad con las normas y políticas correspondientes;
XXXIX. Intervenir, en la selección, nombramiento, contratación, ubicación y reubicación del personal de la Delegación, así como llevar su registro y control conforme a las políticas, normas y procedimientos que establezca la Oficialía Mayor, coordinándose con la Coordinación General de Administración y con la Unidad de Coordinación de Delegaciones;
XL. Instrumentar los programas para la capacitación de los trabajadores, conforme a los lineamientos y metodologías que fijen la Oficialía Mayor y la Coordinación General de Administración;
XLI. Efectuar el pago de las remuneraciones al personal adscrito a la Delegación;
XLII. Recibir las quejas y denuncias respecto de la actuación de los servidores públicos de la Delegación y turnar la documentación a la Contraloría Interna, con intervención de la Unidad de Coordinación de Delegaciones;
XLIII. Operar los sistemas de control de los bienes de activo fijo y de consumo y proponer a la Oficialía Mayor, en su caso, la baja de los bienes a su cargo, con intervención de la Unidad de Coordinación de Delegaciones;
XLIV. Operar y mantener los bienes y servicios de informática a su cargo, conforme a las políticas, normas y procedimientos establecidos por la Oficialía Mayor, así como enlazarlos con las redes de comunicación que autorice y opere la Secretaría, en coordinación con la Dirección General de Informática Telecomunicaciones y Desarrollo Tecnológico y con la Unidad de Coordinación de Delegaciones;
XLV. Operar y mantener actualizados los registros contables para controlar y evaluar el ejercicio presupuestal de la Delegación y, en general, llevar su contabilidad, con base en las normas y políticas que emita la Oficialía Mayor;
XLVI. Resolver los recursos administrativos de su competencia;
XLVII. Expedir certificaciones de las constancias de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia, y
XLVIII. Las demás que le encomiende el Secretario o le confieran otras disposiciones jurídicas aplicables.
CAPITULO SEGUNDO
2. Misión, visión y objetivos generales
2.1. Misión de la Secretaría
Formular y coordinar la política social, solidaria y subsidiaria del Gobierno Federal orientada a lograr la superación de la pobreza, mediante el desarrollo humano integral incluyente y corresponsable, para alcanzar niveles suficientes de bienestar con equidad, mediante las políticas y acciones de ordenación territorial, desarrollo urbano y vivienda, mejorando las condiciones sociales, económicas y políticas en los espacios rurales y urbanos.
2.2. Visión de la Secretaría
Con la participación de toda la sociedad, lograr niveles de vida dignos y sostenidos que permitan contar con mecanismos y políticas que aseguren la creación consistente de prosperidad y equidad, mediante el desarrollo de oportunidades y capacidades, para obtener un equilibrio regional, así como bienestar generalizado.
Establecer las bases de un desarrollo social y humano integral en todas las dimensiones de la persona, tanto culturales como materiales, en plena libertad y responsabilidad, con compromiso solidario y subsidiario hacia el bien común.
Contar con un sistema urbano más equilibrado, dentro de una ordenación territorial sustentable, administrada localmente con eficiencia y eficacia, con vivienda digna para los hogares, equipamiento y servicios adecuados.
2.3. Objetivos Generales
Reducir la pobreza extrema con el propósito de que ninguna mexicana o mexicano tenga que vivir sin poder satisfacer sus necesidades básicas y sin gozar de una vida digna que les permita contribuir a su bienestar y al desarrollo humano, social y económico del país.
Generar igualdad de oportunidades para los grupos más pobres y vulnerables con la aspiración de que cada mexicana y mexicano tenga acceso real a oportunidades para que, mediante su propio esfuerzo, alcance un mejor nivel de bienestar.
Apoyar el desarrollo de las capacidades de las personas de tal forma que cada mexicana y mexicano disponga de un conjunto mínimo de capacidades para acceder plenamente a las oportunidades para alcanzar y mantener un nivel de vida con calidad y dignidad.
Fortalecer el tejido social, fomentando la participación y el desarrollo comunitario para lograr una mayor cohesión entre los diferentes grupos de la sociedad, así como ampliar los mecanismos que fomentan las iniciativas de las comunidades y las organizaciones de la sociedad orientadas a la superación de la pobreza y la marginación.
Disponer de un Sistema Urbano Nacional en sinergia con el desarrollo regional en condiciones de sustentabilidad dirigido a alcanzar: gobernabilidad territorial, eficiencia y competitividad económica, cohesión social y cultural, así como planificación y gestión urbana.
Promover y concertar políticas públicas y programas de vivienda con la participación de los gobiernos estatales y municipales, así como de la sociedad civil en su conjunto, y a la vez consolidar el mercado habitacional para convertir al sector vivienda en un motor del desarrollo.
CAPITULO TERCERO
3. Organización
Secretaría
3.1. Estructura Básica de la Secretaría de Desarrollo Social
Subsecretaría de
Desarrollo Social y Humano
Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación
Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio
Oficialía Mayor
Unidad de Comunicación Social
Coordinación General de Microrregio-nes
Unidad de Coordinación Sectorial
Unidad de Coordinación de Delegaciones
Contraloría
Interna
Coord. Gral. de Prospectiva
y Planeación
Coord. Gral. de Padrones de Beneficiarios de los Programas Sociales
Coordinación General de Administra-ción
Dir. Gral. de Ordenación del Territorio
Dirección Gral. de Asuntos Jurídicos
Dir. Gral. de Evaluación de los Programas Sociales
Dir. Gral. de Programación y Presupuesto
Dir. Gral. de Eficiencia de Programas de Desarrollo Social
Dir. Gral. Políticas Sociales
Dir. Gral. de Desarrollo Urbano y Regional
Dir. Gral. de Organización, Calidad e Innovación
Dir. Gral. de Relaciones Internaciona-les
Dir. Gral. de Suelo y Reserva Territorial
Dir. Gral. de Desarrollo Social y Humano
Dir. Gral. de Informática, Telecomunicaciones y Desarrollo Tecnológico
Dir. Gral. de Atención Social a la Vivienda Urbana y Rural
Dir. Gral. de Medición y Seguimiento de Programas de Desarrollo Social
Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda
Instituto Nacional de Desarrollo Social
Coord. Nacional
del Programa
de Desarrollo
Humano
Oportunidades
Delegaciones SEDESOL
3.2. Estructura Orgánica
Secretario del Ramo Unidad de Coordinación de Delegaciones Unidad de Coordinación Sectorial Unidad de Comunicación Social Dirección General de Asuntos Jurídicos Organo Interno de Control
Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano Coordinación General de Microrregiones Dirección General de Eficiencia de Programas de Desarrollo Social Dirección General de Políticas Sociales Dirección General de Desarrollo Social y Humano Dirección General de Medición y Seguimiento de Programas de Desarrollo Social
Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio Dirección General de Ordenación del Territorio Dirección General de Desarrollo Urbano y Regional Dirección General de Suelo y Reserva Territorial Dirección General de Atención Social a la Vivienda Urbana y Rural
Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de los Programas Sociales Coordinación General de Prospectiva y Planeación Dirección General de Evaluación de los Programas Sociales Dirección General de Relaciones Internacionales
Oficialía Mayor Coordinación General de Administración Dirección General de Programación y Presupuesto Dirección General de Organización, Calidad e Innovación Dirección General de Informática, Telecomunicaciones y Desarrollo Tecnológico
Organos Desconcentrados Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda Instituto Nacional de Desarrollo Social Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades
Delegaciones SEDESOL
3.3. Funciones
Secretario
Funciones:
¡ Fijar, conducir, controlar y evaluar las políticas de la Secretaría y de las entidades del Sector, de conformidad con las que determine el Ejecutivo Federal y con los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo.
¡ Desempeñar las comisiones y funciones que le encomiende específicamente el Presidente de la República y someter a su acuerdo los asuntos relacionados con las entidades del Sector.
¡ Proponer iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones que considere conveniente para el buen funcionamiento del Sector y, en su caso, refrendar para su validez y observancia constitucionales aquellos que emita el Presidente de la República sobre los asuntos de competencia de la propia Secretaría.
¡ Dar cuenta al H. Congreso de la Unión del estado que guarda su ramo e informar, siempre que se le requiera para ello por cualquiera de las Cámaras que lo integran, cuando se discuta un proyecto de Ley o se estudie un asunto del ámbito de competencia de la Secretaría o del Sector.
¡ Decidir sobre la creación, modificación, fusión o extinción de unidades administrativas de nivel jerárquico equivalente o superior a dirección de área, a efecto de procurar una mejor organización y funcionamiento de la Secretaría y decidir sobre la integración de comités para el mejor desempeño de las atribuciones otorgadas a la Secretaría, o para cumplir con las disposiciones legales o reglamentarias.
¡ Aprobar el anteproyecto del programa-presupuesto anual de egresos de la Secretaría y las entidades del Sector así como, en su caso, los relativos a sus modificaciones y vigilar que se presenten ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos de legislación aplicable.
¡ Intervenir en la celebración de convenios entre la federación y los estados que incluyan materias de la competencia de la Secretaría a su cargo.
¡ Analizar la conveniencia de celebrar tratados y acuerdos internacionales relacionados con la competencia de la Secretaría y coordinar la participación de la misma en los que celebre el Presidente de la República vinculados a las actividades del Sector.
¡ Resolver las dudas que se susciten internamente sobre la competencia de las unidades administrativas de la Secretaría, con motivo de la interpretación o aplicación de su Reglamento Interior o sobre los casos no previstos en el mismo.
¡ Proponer al Ejecutivo Federal los programas sectoriales y especiales de la Secretaría, así como los institucionales de las entidades del Sector.
¡ Aprobar medidas de control y evaluación necesarias para el funcionamiento de las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades del Sector.
¡ Validar y autorizar las propuestas que regulen la organización y funcionamiento interno de la Secretaría y sus órganos desconcentrados; el Manual de Organización General; los manuales específicos de organización, procedimientos y de servicios al público, así como de las Condiciones Generales de Trabajo de la dependencia.
¡ Solicitar informes sobre las condiciones del inventario de bienes de la dependencia y situación del ejercicio del presupuesto asignado para, en su caso, autorizar donativos en especie o dinero conforme se establece en la Ley General de Bienes Nacionales, Presupuesto de Egresos de la Federación vigente y demás normatividad aplicable.
Unidad de Coordinación de Delegaciones
Funciones:
¡ Establecer mecanismos de coordinación administrativa entre las delegaciones SEDESOL, que permitan a éstas el cumplimiento de la normatividad aplicable a su funcionamiento y el desarrollo de sus programas.
¡ Comunicar a las delegaciones SEDESOL las normas, criterios y lineamientos emitidos por las unidades administrativas y asesorarlas en la aplicación de las mismas.
¡ Autorizar a las delegaciones SEDESOL los programas de actividades y comunicarles su presupuesto anual de gasto corriente del programa normal y los derivados del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como evaluar su cumplimiento en coordinación con las unidades administrativas correspondientes.
¡ Llevar el seguimiento de los acuerdos adoptados en las reuniones nacionales y regionales que celebren los delegados de la Secretaría.
¡ Asesorar y apoyar a las delegaciones en materia del ejercicio del presupuesto del gasto corriente del programa normal y de los demás derivados del Presupuesto de Egresos de la Federación, asignados a cada delegación a fin de que se ejerza en apego a la normatividad establecida en la materia.
¡ Establecer relaciones de coordinación con las entidades del Sector, unidades administrativas centrales y aquellas instancias que correspondan, a fin de facilitar los apoyos institucionales en materia de desarrollo social.
¡ Instrumentar los mecanismos que permitan enlazar la operación y funcionamiento de las delegaciones con las unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados de la Secretaría.
¡ Establecer los sistemas de comunicación que permitan a las delegaciones y a las unidades administrativas del nivel central disponer en forma oportuna de toda la información que ambas partes requieran para el desempeño de sus funciones.
¡ Establecer mecanismos de supervisión que permitan el monitoreo en las delegaciones del cabal cumplimiento de la normatividad, programas, lineamientos y disposiciones formuladas por las diferentes instancias de nivel central en materia presupuestal, técnica y financiera, a fin de vigilar la observancia de lo establecido.
¡ Coordinar la integración, dar seguimiento y evaluar la información generada por las delegaciones en materia de los programas de la Secretaría y la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, a fin de proponer a las distintas instancias centrales las necesidades y estrategias que en materia de desarrollo social, urbano y administración de recursos requieren atenderse y aplicarse en cada delegación.
¡ Supervisar la administración de los recursos humanos en las delegaciones, así como proponer al Secretario el nombramiento y en su caso remoción de los delegados y subdelegados.
¡ Supervisar el análisis de la situación operativa de cada delegación y con base a ello, proponer y apoyar las visitas del titular de la Secretaría.
¡ Implementar en las delegaciones las acciones necesarias que permitan establecer las estrategias de modernización administrativa que coadyuven a la eficiente operación de las mismas.
Unidad de Coordinación Sectorial
Funciones:
¡ Coordinarse con los Subsecretarios, el Oficial Mayor y los demás titulares de las unidades administrativas homólogas, así como con los responsables de los órganos desconcentrados de la Secretaría, en aquellos aspectos relacionados con la planeación y ejecución de programas especiales, para un adecuado desempeño de las facultades conferidas en cada uno de ellos.
¡ Establecer sistemas y procedimientos para proporcionar información o cooperación técnica que le soliciten otras unidades administrativas de la propia Secretaría, los órganos desconcentrados y las entidades coordinadas, en el marco de las políticas y lineamientos determinados para el Sector de Desarrollo Social.
¡ Coordinar, promover y organizar las acciones y tareas para la elaboración del programa de presupuesto anual para dar cumplimiento a las acciones y metas que tienen encomendadas las entidades del Sector en el Plan Nacional de Desarrollo.
¡ Analizar la situación financiera, contable y presupuestal de las entidades del Sector para supervisar el ejercicio de los recursos, conforme a los calendarios aprobados y el avance de sus programas.
¡ Definir las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la adecuada planeación, ejercicio del gasto y evaluación de los programas y proyectos de las entidades coordinadas, que coadyuven al logro de los objetivos planteados por el Ejecutivo Federal en materia de desarrollo social.
¡ Coordinar la formulación de los anteproyectos de presupuesto y programas asignados a las diferentes entidades coordinadas, así como verificar su cumplimiento.
¡ Dar continuidad al proceso de capacitación y asesoría a las entidades del sector para que puedan instrumentar los procesos internos de dictaminación y autorización de movimientos de personal, programas de honorarios, y actualización de sus estructuras orgánicas y funcionales.
¡ Programar, controlar, vigilar y evaluar el funcionamiento de las entidades coordinadas, determinando medidas o estrategias para su mejoramiento, en aquellos casos que lo ameriten, así como las propuestas de organización que procedan.
¡ Coordinar el seguimiento de los programas de las entidades del Sector y elaborar el análisis de los resultados e impactos económicos y sociales.
¡ Dirigir proyectos de análisis de los principales indicadores sociales de las entidades sectorizadas para efecto de toma de decisiones.
¡ Fortalecer el vínculo institucional con los órganos académicos especializados en materia de evaluación, para contar con información actualizada y oportuna que coadyuve en el desarrollo de programas y proyectos institucionales.
¡ Coordinar y vigilar que los programas y proyectos en materia de abasto social, alimentación, fomento productivo y vivienda, de las entidades coordinadas, se realicen conforme a lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo.
¡ Desempeñar las comisiones o funciones dentro de su ámbito de competencia, que el Secretario del Ramo le encomiende y por acuerdo expreso representar a la Secretaría en los actos que el titular determine.
¡ Desempeñar los cargos que el Secretario le asigne en los órganos de gobierno de las entidades coordinadas, propiciando que los acuerdos y decisiones que en los mismos se determinen, sean congruentes con los lineamientos y políticas del Sector.
¡ Desarrollar y coordinar la elaboración de propuestas de modernización e innovación gubernamental para eficientar y optimizar los procesos que integran los programas asignados a las entidades sectorizadas.
¡ Participar con las instancias colegiadas para diseñar la política nacional a cargo de las entidades del Sector y coordinar la aplicación de las mismas.
Unidad de Comunicación Social
Funciones:
¡ Difundir la normatividad que deberán observar las distintas unidades administrativas, órganos desconcentrados de la Secretaría y entidades del Sector en materia de comunicación social, así como coordinar y apoyar las acciones que éstas realicen en la materia.
¡ Definir normas, políticas y lineamientos para coordinar y orientar las acciones de difusión, comunicación y prensa relacionadas con los programas de la Secretaría y las entidades del Sector.
¡ Analizar y procesar la información que los diversos medios de comunicación nacionales e internacionales emitan en relación a las actividades de la Secretaría, órganos desconcentrados y entidades del Sector.
¡ Coordinar y diseñar la edición y distribución de documentos fílmicos, radiofónicos, en video y publicaciones que se relacionen con los programas de la dependencia y del Sector.
¡ Disponer el diseño y la administración de la página de Internet de la Secretaría y de las entidades del Sector, sustentado en los lineamientos que emita la propia Secretaría, así como contar con el apoyo técnico de la Dirección General de Informática, Telecomunicaciones y Desarrollo Tecnológico.
¡ Asesorar a las unidades administrativas, órganos desconcentrados de la Secretaría y entidades del Sector, en la elaboración de sus programas en materia de comunicación social.
¡ Difundir en el ámbito nacional los objetivos, metas, acciones y programas de la Secretaría y del Sector.
¡ Formular los programas de relaciones públicas que la Secretaría lleve a cabo con las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades del Sector, así como con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Dirección General de Asuntos Jurídicos
Funciones:
¡ Proporcionar asesoría a los servidores públicos, unidades administrativas, órganos desconcentrados de la Secretaría y entidades del Sector, así como a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que así lo soliciten, y resolver las consultas que éstos le formulen, en aspectos jurídicos relacionados con el desarrollo social, desarrollo urbano y la vivienda.
¡ Elaborar los anteproyectos de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, y demás disposiciones jurídicas en materia de desarrollo social, desarrollo urbano y vivienda.
¡ Autorizar y validar las disposiciones legales que deba refrendar el Secretario.
¡ Coadyuvar en la formulación de instrumentos jurídicos relacionados con la competencia de la Secretaría y de las entidades del Sector.
¡ Interpretar las disposiciones jurídicas cuya aplicación corresponda a la Secretaría y a sus entidades sectorizadas.
¡ Autorizar los proyectos de disposiciones jurídicas y administrativas que en materia de desarrollo social, desarrollo urbano y vivienda, formulen las unidades administrativas de la Secretaría y las entidades del Sector, y en su caso, las modificaciones que procedan.
¡ Proponer las reformas necesarias y convenientes a los ordenamientos jurídicos cuya aplicación corresponda a la Secretaría y a las entidades del Sector.
¡ Opinar sobre los acuerdos, convenios y contratos en materia de desarrollo social, desarrollo urbano y vivienda.
¡ Comparecer en representación de la Secretaría y de su Titular, a las audiencias y diligencias que se verifiquen ante los Tribunales Federales y locales, dentro de los juicios en que la misma sea parte.
¡ Rendir informes, ofrecer pruebas, presentar alegatos, interponer recursos y, en general, intervenir en la substanciación de los juicios de amparo en los que la Secretaría sea parte y vigilar el cumplimiento de las ejecutorias correspondientes.
¡ Denunciar y presentar querellas ante el ministerio público en los asuntos en los que se afecten los intereses de la Secretaría y coadyuvar con dicha representación en la integración de las averiguaciones previas durante la fase indagatoria y en los procesos correspondientes.
¡ Intervenir en la substanciación de los recursos administrativos de inconformidad, nulidad, revocación, cancelación, reconsideración, revisión y en general, los establecidos en los diversos ordenamientos jurídicos cuya aplicación competa a la Secretaría y dictar la resolución que en derecho proceda.
¡ Coordinar, a solicitud del Organo Interno de Control en la Secretaría, la integración de los expedientes de los servidores públicos de las unidades administrativas de la dependencia que incurran en responsabilidad y, cuando así proceda, dar a las autoridades la intervención que corresponda.
¡ Solicitar la intervención de la Procuraduría General de la República, para que en representación de la Secretaría, promueva las demandas civiles ante los tribunales competentes, respecto de las acciones de que esta última sea titular, proponiendo los proyectos de demanda y, en su caso, las contestaciones de las que se promuevan en su contra y, en general, de cualquier promoción necesaria para la substanciación de los juicios.
¡ Autorizar la expedición de certificaciones para el despacho de los asuntos de la Secretaría o a petición de la parte interesada.
¡ Suscribir oficios, escritos y todas las promociones que exija el trámite procesal de los juicios, incluyendo el de amparo, por ausencia del Secretario, Subsecretarios, Oficial Mayor y Directores Generales.
¡ Rendir los informes que le sean requeridos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, respecto de las quejas presentadas en contra del titular de la Secretaría y sus unidades administrativas.
¡ Emitir los lineamientos jurídicos a los que deberá sujetarse la elaboración y autorización de los formatos e instrumentos para la celebración de acuerdos, convenios y contratos con las entidades federativas, municipios, dependencias y entidades federales, estatales y municipales, así como con los sectores social y privado, así como en la formulación del proyecto de dictamen de procedencia jurídica de las convocatorias y bases de licitación que realicen las unidades administrativas de la Secretaría.
¡ Emitir los lineamientos a los que deberá sujetarse la elaboración del proyecto de dictamen y, en su caso, de autorización, para el otorgamiento, adquisición, celebración, renovación, terminación, rescisión o modificación de los convenios, contratos, concesiones, autorizaciones, permisos y licencias competencia de la Secretaría.
¡ Coadyuvar jurídicamente a las unidades administrativas competentes, en la adquisición, expropiación y destino de inmuebles que se requieran para el ejercicio de las atribuciones de la Secretaría.
¡ Intervenir en los concursos que realicen las unidades administrativas de la Secretaría, para la adjudicación de contratos de obra pública, adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y servicios, para garantizar su legalidad.
¡ Compilar leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídicas y administrativas, así como la jurisprudencia y tesis relacionadas con la competencia de la Secretaría y de las entidades del Sector.
¡ Coordinarse con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y con las demás áreas jurídicas de la Administración Pública Federal, para la formalización de los instrumentos legales en los que intervenga la dependencia o sus entidades sectorizadas.
¡ Fungir como enlace con las áreas jurídicas de la Administración Pública Federal, así como de los gobiernos de las entidades federativas y municipios.
¡ Coordinar y supervisar las funciones de los titulares de las áreas jurídicas de las delegaciones, órganos desconcentrados y demás unidades administrativas de la Secretaría.
¡ Difundir las disposiciones jurídicas cuya aplicación corresponda a la Secretaría y a las entidades del Sector.
¡ Realizar y difundir estudios de derecho sobre las materias que competan a la Secretaría.
¡ Tramitar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de los acuerdos, circulares, normas, convenios, contratos y demás disposiciones jurídicas y administrativas competencia de la Secretaría.
¡ Elaborar y dar seguimiento a los nombramientos que deba suscribir el Secretario, para acreditar a los representantes de la dependencia ante los cuerpos colegiados y demás instancias donde deban participar.
¡ Realizar las gestiones correspondientes ante los registros públicos competentes, de los actos jurídicos que así lo ameriten.
¡ Emitir las políticas y lineamientos que se deberán observar para registrar y sistematizar los instrumentos jurídicos que normen la actividad administrativa de la Secretaría, así como los que se generen en el ejercicio de sus atribuciones.
¡ Autorizar certificaciones de los instrumentos jurídicos que obren en el registro de ordenamientos jurídicos de la Secretaría.
¡ Establecer los mecanismos que se deberán observar en la recepción de la correspondencia dirigida a la Dirección General, así como llevar su control y seguimiento.
¡ Establecer los mecanismos que se deberán observar para el control y seguimiento de los asuntos provenientes del área del titular de la Secretaría, informándole sobre su estado.
¡ Autorizar la baja de los expedientes cuyo trámite haya sido totalmente concluido, remitiéndolos al archivo general de la Secretaría.
¡ Participar en el Comité de Informática de la Secretaría y atender sus requerimientos.
Organo Interno de Control
Funciones:
¡ Aplicar las políticas, procedimientos y estrategias de operación conforme a las normas y directrices que fije el C. Titular de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo en materia de control, fiscalización y evaluación, atención de quejas, responsabilidades e inconformidades.
¡ Apoyar la gestión institucional, verificando se cumpla con las normas y disposiciones aplicables, en lo correspondiente a los sistemas de control y el ejercicio del presupuesto autorizado, mediante la orden de auditorías a las unidades administrativas, delegaciones y a los órganos desconcentrados de la Secretaría de Desarrollo Social.
¡ Realizar en las unidades administrativas, las delegaciones y en los órganos desconcentrados de la SEDESOL, las auditorías e intervenciones de control previstas en el programa anual de trabajo.
¡ Dar seguimiento y evaluar las actividades y resultados que se obtengan en la ejecución de los programas de la SECODAM, a efecto de promover las medidas necesarias para mejorar el desempeño de las unidades administrativas, delegaciones y órganos desconcentrados de la SEDESOL.
¡ Recibir las quejas y denuncias que se presenten en contra de los servidores públicos de la SEDESOL y sus órganos desconcentrados, por incumplimiento de las obligaciones o inobservancia de la legislación aplicable en materia de responsabilidades de los servidores públicos y darles el seguimiento correspondiente.
¡ Practicar investigaciones como apoyo en la atención y trámite de quejas, denuncias, inconformidades o auditorías sobre los actos de los servidores públicos presuntos responsables de la SEDESOL y sus órganos desconcentrados.
¡ Acordar, sustanciar y tramitar el inicio del procedimiento administrativo, así como el cierre de instrucción previsto en la legislación aplicable en materia de responsabilidades de los servidores públicos.
¡ Fincar responsabilidades y, en su caso, imponer las sanciones que correspondan conforme a lo previsto en la legislación aplicable en materia de responsabilidades de los servidores públicos y demás disposiciones legales aplicables en la materia, a fin de garantizar el cobro de las sanciones económicas que se impongan a los servidores públicos derivado de su actuación.
¡ Presentar las denuncias o querellas respectivas, en caso de detectar conductas delictuosas en los términos de lo previsto en la legislación aplicable en materia de responsabilidades de los servidores públicos y demás disposiciones legales aplicables.
¡ Instruir y resolver los recursos de revocación o medios impugnativos que procedan y hagan valer los servidores públicos de la SEDESOL y sus órganos desconcentrados, respecto de las resoluciones por las que se impongan sanciones administrativas en su contra.
¡ Recibir y tramitar en los términos establecidos por la legislación aplicable en materia de responsabilidades de los servidores públicos, las solicitudes de los particulares afectados por las conductas infractoras de los servidores públicos de las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la SEDESOL que les hayan causado daños y perjuicios, y determinar la procedencia de las solicitudes para el reconocimiento de la responsabilidad de indemnizar la reparación del daño en cantidad líquida y ordenar el pago correspondiente.
¡ Verificar el cumplimiento y evaluar los resultados de los programas y proyectos especiales en que participen las unidades administrativas, delegaciones y órganos desconcentrados de la SEDESOL.
¡ Vigilar que el ejercicio y destino de los recursos de que disponen las diversas áreas de la SEDESOL se ajuste a las disposiciones legales y administrativas establecidas.
¡ Dictar las resoluciones en los recursos de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de las inconformidades previstas en las leyes de: Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que emita el titular de las áreas de quejas, responsabilidades e inconformidades, así como en contra de aquellas resoluciones por las que se impongan sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas en los términos de los ordenamientos legales.
¡ Evaluar a través de diversos mecanismos, la información generada por la actuación de los servidores públicos de la SEDESOL, a fin de sugerir adecuaciones y/o correcciones para el mejoramiento de su operación en el marco de la vertiente preventiva del control.
¡ Participar en las sesiones ordinarias y extraordinarias que celebren los Comités de Control Interno y los Comités de Control de Auditoría y promover el cumplimiento de los acuerdos específicos sobre acciones que deban instrumentar las diferentes unidades administrativas para fortalecer sus mecanismos de control interno, a través del autocontrol, autoevaluación y desarrollo administrativo; así como emitir las opiniones que se consideren pertinentes en los citados comités.
¡ Participar en las sesiones ordinarias y extraordinarias que celebren los comités institucionales de la SEDESOL y sus órganos desconcentrados.
¡ Administrar y mantener actualizado el Sistema de Información Periódica.
¡ Asesorar en asuntos de su competencia a los servidores públicos de la SEDESOL y sus órganos desconcentrados, a fin de instrumentar acciones que coadyuven al mejor funcionamiento de la misma.
¡ Expedir cuando proceda, certificaciones de documentos que obren en los archivos del Organo Interno de Control.
¡ Dar cumplimiento a las demás funciones que expresamente le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como las que competen a las unidades administrativas a su cargo.
Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano
Funciones
¡ Identificar las microrregiones del país que requieran atención inmediata o prioritaria en política de desarrollo social y humano.
¡ Promover y proponer programas, proyectos y acciones regionales, estatales y municipales, para la atención integral a las microrregiones.
¡ Dar seguimiento a los programas, proyectos y acciones para que operen con calidad y eficiencia y se apeguen a los objetivos institucionales y al Plan Nacional de Desarrollo.
¡ Coordinar la estrategia de operación intersecretarial e interinstitucional para el desarrollo social y humano y el combate a la pobreza, mediante la normatividad vigente.
¡ Promover la celebración de convenios de coordinación de desarrollo social entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipales y sectores social y privado.
¡ Promover la conjunción de esfuerzos y recursos con los gobiernos estatales y municipales a través de programas regionales, municipales y especiales de desarrollo, a fin de impulsar el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, el federalismo y la participación comunitaria.
¡ Realizar procesos de planeación participativa en las localidades que operan los programas de desarrollo social y humano.
¡ Establecer los criterios y lineamientos que deban observarse en la elaboración de las reglas de operación de los programas asignados a la Subsecretaría.
¡ Fomentar mediante políticas de desarrollo social y humano la atención a los sectores sociales en condiciones de vulnerabilidad.
Coordinación General de Microrregiones
Funciones:
¡ Identificar las regiones, zonas, municipios y comunidades del país con mayores rezagos y menor crecimiento para la integración de las microrregiones que requieran atención inmediata o prioritaria, conforme a los indicadores de marginación y pobreza, y demás variables aplicables.
¡ Definir, de común acuerdo con los gobiernos estatales y municipales, las localidades que se desarrollarán como Centros Estratégicos Comunitarios.
¡ Establecer normas, criterios y lineamientos que permitan a los Delegados de la Secretaría operar la estrategia de microrregiones en el ámbito estatal y corresponsabilizarse del logro de las metas estatales de ésta.
¡ Impulsar y dar seguimiento a la operación de los subcomités de atención a regiones prioritarias.
¡ Proponer programas, proyectos, políticas y acciones, que impulsen la visión territorial del desarrollo social.
¡ Asesorar a los agentes gubernamentales y sociales involucrados en la estrategia de microrregiones.
¡ Proponer la formulación de bases de colaboración interinstitucional entre las dependencias del Ejecutivo Federal que integran el gabinete social para lograr conjuntamente el desarrollo de los territorios más rezagados del país.
¡ Diseñar e instrumentar esquemas que incentiven y propicien la convergencia coordinada de los programas federales, estatales y municipales de índole rural en los centros estratégicos comunitarios y en las microrregiones.
¡ Desarrollar procesos y herramientas que faciliten la convergencia coordinada de los programas federales, estatales y municipales de índole rural en los centros estratégicos comunitarios y en las microrregiones.
¡ Diseñar indicadores que permitan valorar el efecto de las acciones en el capital territorial de los municipios que registren índices de marginación alto o muy alto.
¡ Evaluar la participación de los programas federales, estatales y municipales de índole rural en el desarrollo de los centros estratégicos comunitarios y en el fomento de la actividad productiva de las microrregiones.
¡ Definir el modelo conceptual, estratégico y operativo del programa de microrregiones.
¡ Coordinar la convergencia coordinada de los programas rurales de la Secretaría y de las demás dependencias involucradas en la estrategia de microrregiones.
¡ Definir las capacidades que deben poseer los residentes de la Red Microrregional y los procedimientos y los responsables de medir y certificar el nivel de tales capacidades.
¡ Operar los programas que le sean directamente asignados y sugerir mejoras a sus reglas de operación a las instancias conducentes.
¡ Dar seguimiento a las acciones locales, asegurar su congruencia y propiciar su sinergia en el ámbito nacional.
¡ Dar soporte técnico y conceptual a las Delegaciones de la Secretaría en todo lo referente a la estrategia de microrregiones.
¡ Integrar la información presupuestal ex-ante y ex-post de las acciones de los tres órdenes de gobierno en los municipios incorporados a la estrategia de microrregiones.
¡ Proveer de información a las instancias responsables de la comunicación social dentro y fuera de la Secretaría sobre la visión, los planes y los resultados de la estrategia de microrregiones.
¡ Diseñar, desarrollar y dar mantenimiento a los sistemas de información que permitan a todas las instancias y dependencias involucradas una adecuada toma de decisiones en materia de la estrategia de microrregiones.
¡ Promover la participación de las comunidades en el desarrollo económico de sus localidades y de las microrregiones de que forman parte.
Dirección General de Eficiencia de Programas de Desarrollo Social
Funciones:
¡ Dirigir y coordinar la instrumentación de políticas, normas y lineamientos internos que garanticen que los Programas para el Desarrollo Social y Humano, operen con calidad y eficiencia, para propiciar un mayor impacto social y contribuir al cumplimiento de objetivos del Programa Nacional de Desarrollo Social 2001-2006, Superación de la pobreza: una tarea Contigo y del Plan Nacional de Desarrollo.
¡ Supervisar la difusión del marco normativo y de los criterios presupuestarios para que la integración del Programa de Inversión de los Programas para el Desarrollo Social y Humano, cumpla con los objetivos de gasto definidas por la Dependencia Globalizadora y con las metas establecidas en materia de superación de la pobreza.
¡ Coordinar la implementación, aplicación y difusión de los Lineamientos Específicos, que muestren el esquema de operación de los Programas para el Desarrollo Social y Humano para apoyar el adecuado ejercicio de los recursos.
¡ Dirigir y coordinar las asesorías a través de capacitación a las Entidades Federativas, en la formulación de sus Programas Operativos Anuales de los proyectos y acciones, enmarcadas en los Programas para el Desarrollo Social y Humano.
¡ Establecer criterios transparentes para la asignación de recursos de los Programas para el Desarrollo Social y Humano y proponer techos presupuestales de asignación por Entidad Federativa y programa.
¡ Participar en el análisis y apoyar las negociaciones para la definición de las aportaciones que correspondan a los Gobiernos Estatales en los Programas para el Desarrollo Social y Humano.
¡ Participar en la celebración de Acuerdos de Coordinación que en materia de acciones e inversiones realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal con los Gobiernos de los Estados, para potenciar los recursos de los programas para el Desarrollo Social y Humano.
¡ Coordinar y supervisar el seguimiento al proceso de autorización y ejecución del ejercicio del gasto público, asignado a los proyectos, acciones e inversiones en el marco de los Acuerdos de Coordinación de los Programas para el Desarrollo Social y Humano.
¡ Dirigir la implementación de sistemas de información que permitan la oportuna respuesta a los requerimientos de las instancias fiscalizadoras y globalizadoras sobre los Programas para el Desarrollo Social y Humano, así como coordinar la integración de informes sobre el nivel de cumplimiento de objetivos y metas establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación y del avance presupuestal de dichos programas.
¡ Coordinar y dirigir la integración de reportes para el Sistema Integral de Información (SII) requerida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la elaboración de los informes institucionales y sobre el cumplimiento de los objetivos y metas de los Programas para el Desarrollo Social y Humano.
¡ Apoyar los trabajos de actualización y difusión de las Reglas de Operación y de los Lineamientos Específicos de los Programas para el Desarrollo Social y Humano, para que la operación y ejecución de los mismos, se realice con apego a la normatividad aplicable al gasto público federal.
Dirección General de Políticas Sociales
Funciones:
¡ Coordinar y realizar la formulación de estudios y análisis, que den sustento a las políticas, estrategias, mecanismos y acciones de Desarrollo Social y Humano, para fortalecer la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en las entidades federativas.
¡ Mantener una comunicación constante con las secretarías de desarrollo social de los gobiernos estatales, o sus equivalentes, para apoyar el fortalecimiento de las políticas federales de desarrollo social y humano, así como la operación de los comités de planeación para el desarrollo estatal y municipal, y del secretariado técnico de dichos órganos, en términos de la normatividad respectiva, en especial para planear y dirigir el desarrollo regional de las entidades federativas.
¡ Articular las acciones de las diferentes áreas operativas de la SEDESOL, con los COPLADES, a efecto de mejorar la coordinación interinstitucional y el desempeño eficiente en el manejo de los programas para la superación de la pobreza.
¡ Coordinar la elaboración y formalización de instrumentos jurídicos en materia de desarrollo social, que promuevan y apoyen la coordinación de esfuerzos y recursos, federales, estatales y municipales, en favor de las políticas y estrategias regionales de desarrollo social y humano.
¡ Verificar el cumplimiento de los lineamientos aplicables a los instrumentos de coordinación y concertación derivados de los convenios a que se refiere la función anterior, así como emitir los dictámenes de Congruencia a los mismos, con la participación de las unidades administrativas de la Secretaría y Dependencias de la Administración Pública Federal competentes.
¡ Promover, en coordinación con los Gobiernos de las Entidades Federativas, la ejecución de programas y acciones en los que se apliquen recursos del Ramo 20 provenientes del Presupuesto de Egresos de la Federación.
¡ Coordinar y establecer las estrategias que permitan fortalecer la vocación de un servicio social comprometido con la sociedad y que promueva el desarrollo integral de las comunidades, a través de prestadores de servicio social, así como establecer los mecanismos de coordinación necesarios con las Organizaciones de la Sociedad Civil e Instituciones de Educación, Media Superior y Superior, para potenciar el impacto social de las acciones y fomentar la corresponsabilidad y transparencia en las mismas.
¡ Dirigir y coordinar la ejecución de los programas sociales que le confiera la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano.
Dirección General de Desarrollo Social y Humano
Funciones:
¡ Autorizar los informes y/o presentaciones sobre los presupuestos y programas aprobados para las delegaciones estatales.
¡ Apoyar la preparación del anteproyecto del presupuesto de la Dirección.
¡ Planear, organizar, dirigir la inspección y comprobación del programa de inversión autorizados.
¡ Determinar la forma de revisión análisis y evaluación de la instrumentación de las reglas de operación de los programas a cargo de la Dirección.
¡ Dirigir la promoción de convenios de coordinación para llevar a cabo proyectos de desarrollo social y humano.
¡ Coordinar las proposiciones de políticas, para la atención de los programas sociales a cargo de la Dirección General.
¡ Asegurar el soporte a la Dirección General de las políticas sociales para la mejora del funcionamiento del COPLADE.
¡ Determinar las políticas, lineamientos y criterios que ayuden a eficientar la operación de los programas encomendados a la Dirección General.
¡ Autorizar la preparación y entrega de la información que requerirán las instancias internas y externas de la Secretaría, en relación a los programas sociales a su cargo.
¡ Proponer a la Coordinación General de Microrregiones la elaboración de proyectos para la ejecución de obras y acciones de desarrollo social y humano.
Dirección General de Medición y Seguimiento de Programas de Desarrollo Social
Funciones:
¡ Establecer lineamientos generales para evaluar y dar seguimiento a los programas y acciones que se financian con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación, en coordinación con las unidades administrativas, órganos desconcentrados, delegaciones SEDESOL y gobiernos estatales y municipales.
¡ Dar seguimiento al ejercicio del gasto y a la ejecución de obras, así como evaluar los programas financiados con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación en las modalidades de diagnóstico, proceso, resultados e impacto, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales. Asimismo, realizar estudios de campo e investigaciones sobre grupos sociales a los que se destinen recursos, en coordinación con otras dependencias de la Administración Pública Federal, instituciones académicas y organismos de los sectores sociales y privado.
¡ Mejorar los instrumentos de información, edición y seguimiento que permitan sugerir oportunamente modificaciones por programa, para retroalimentar el proceso de planeación así como contribuir a la integración de los diversos informes institucionales (Informe de Ejecución del PND, Informe de Gobierno, Informes de Labores, Programas para Superar la Pobreza, Cuenta de la Hacienda Pública Federal, y apartados del Presupuesto de Egresos de la Federación) relativos a elaborar distintos documentos de análisis solicitados por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano y las oficinas del C. Secretario; y dar seguimiento e integrar los informes de carácter nacional sobre políticas de desarrollo social y combate a la pobreza.
¡ Integrar estadísticas sociales necesarias para la medición de la pobreza y seguimiento de la situación social, así como diseñar la metodología y elaborar la fórmula nacional de distribución de los recursos del fondo de aportaciones para la infraestructura social a nivel estatal.
¡ Dar seguimiento a los compromisos asumidos por el Gobierno Federal de los distintos foros en materia de pobreza y desarrollo.
¡ Apoyar, asesorar y capacitar a las unidades administrativas centrales, delegaciones SEDESOL y gobiernos estatales y municipales en materia de evaluación; así como en la elaboración de las fórmulas respectivas para la distribución municipal de los recursos del fondo de desarrollo municipal, cuando así lo soliciten.
¡ Participar con la Dirección General de Evaluación de los Programas Sociales en la instrumentación de mecanismos que en materia de medición y seguimiento sirvan de apoyo a las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades del Sector.
Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio
Funciones:
¡ Conducir, promover, normar y coordinar, en el ámbito de competencia de la Secretaría, las políticas de desarrollo urbano y regional, de suelo y reservas territoriales y de ordenación del territorio.
¡ Diseñar, normar y coordinar programas y acciones de superación de la pobreza en el ámbito urbano.
¡ Dirigir y coordinar los programas emergentes de vivienda para atender a la población damnificada por desastres naturales y llevar a cabo acciones de prevención en esta materia.
¡ Diseñar, apoyar y ejecutar programas que permitan ordenar y regular el desarrollo territorial y urbano y los dirigidos tanto a satisfacer las necesidades de suelo urbano, como a establecer reservas territoriales para el adecuado desarrollo de los centros de población, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con los gobiernos de las entidades federativas y municipales y, en su caso, con los sectores social y privado.
¡ Promover la participación de los sectores social y privado en proyectos y acciones que permitan establecer bases concertadas para fortalecer el desarrollo territorial y urbano.
¡ Dirigir y coordinar la elaboración del Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio y vigilar su seguimiento.
¡ Asesorar a los gobiernos estatales y municipales que lo soliciten en materia de desarrollo urbano y regional, ordenación del territorio y suelo y reservas territoriales.
¡ Conducir y realizar estudios y proyectos en materia de desarrollo urbano y regional, ordenación del territorio, suelo y reservas territoriales y prevención por impacto de desastres naturales.
Dirección General de Ordenación del Territorio
Funciones:
¡ Instrumentar las políticas de ordenación del territorio y las acciones que de ellas se deriven en coordinación con las demás Dependencias e instituciones de la Administración Pública Federal y los gobiernos de los estados.
¡ Establecer convenios y acuerdos en materia de ordenación del territorio con Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y con los gobiernos estatales y municipales, con instituciones académicas y con los sectores social y privado.
¡ Realizar estudios y proyectos sobre planeación y apoyo a la ordenación del territorio, mesorregional, espacial y microrregional.
¡ Fomentar mediante la realización de consultas y seminarios de carácter nacional y regional la participación de los gobiernos estatal y municipal de los representantes del sector privado y organizaciones de la sociedad civil en la planeación estratégica y prospectiva para la ordenación del territorio.
¡ Participar en el seno de los fideicomisos mesorregionales en la realización de programas, estudios y proyectos regionales de ordenación del territorio conforme a los planes y programas correspondientes.
¡ Trabajar a nivel intersecretarial para generar estrategias y acciones para la ordenación del territorio a nivel nacional y mesorregional.
¡ Programar y presupuestar recursos de inversión crediticios y fiscales destinados a programas, proyectos y acciones para la ordenación del territorio.
¡ Realizar estudios y proyectos sobre modelos de mejores prácticas para elevar la gestión de servicios urbano regionales y programas de asistencia técnica y capacitación a técnicos y operadores de la infraestructura y los servicios de impacto regional.
¡ Desarrollar, habilitar y difundir sistemas de información estadística y geográfica para la ordenación del territorio.
Dirección General de Desarrollo Urbano y Regional
Funciones:
¡ Diseñar, proponer, difundir e instrumentar normas sistemas, procedimientos y disposiciones técnicas, que contribuyan a la planificación y administración urbana y regional, competitividad económica, atención de la pobreza urbana, gobernabilidad territorial, cohesión social y cultural, de acuerdo a las políticas públicas y gubernamentales, planes, programas y proyectos a cargo de la Dirección General.
¡ Promover la coordinación de las diferentes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las entidades federativas y municipios de la Secretaría, a fin de que orienten sus acciones de manera integrada hacia la planificación y administración urbana y regional, así como al cumplimiento de la normatividad en la materia.
¡ Concertar acciones con autoridades estatales, municipales, sector privado y social, para la correcta aplicación e interpretación de la normatividad; así como la instrumentación y operación de las políticas públicas y gubernamentales, planes, programas y proyectos de desarrollo urbano y regional.
¡ Coordinar con las delegaciones de la SEDESOL la promoción, instrumentación y operación de las políticas públicas y gubernamentales, planes, programas y proyectos a cargo de la Dirección General.
¡ Capacitar y asesorar a servidores públicos estatales y municipales, agentes del sector privado y social, en materia de planificación y administración urbana y regional, para contribuir al desarrollo urbano y regional, competitividad económica, atención de la pobreza urbana, gobernabilidad urbana, cohesión social y cultural.
¡ Ejercer el presupuesto asignado a la unidad administrativa en la consecución de las atribuciones, programas y proyectos a cargo de la Dirección General, de acuerdo a la normatividad vigente y aplicable.
¡ Emitir el dictamen técnico de impacto urbano y regional sobre procedencia de obras de infraestructura y equipamiento que promuevan las instancias de los gobiernos federal, estatales y municipales; así como las manifestaciones de impacto ambiental que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales solicite, a efecto de que se cumplan la legislación y los planes y programas de desarrollo urbano y regional.
¡ Registrar y emitir el reconocimiento a las organizaciones de la sociedad civil que se dediquen a la planeación y administración urbana y regional para ser reconocidas por las diferentes instancias y la SHCP para la recepción y administración de donaciones de recursos financieros y en especie.
¡ Participar en acciones de intercambio académico, técnico y tecnológico a nivel nacional e internacional, que permita contribuir, retroalimentar y mejorar los instrumentos, mecanismos, normas, sistemas, procedimientos y técnicas de planeación y administración urbana y regional utilizados por la unidad administrativa.
Dirección General de Suelo y Reserva Territorial
Funciones:
¡ Llevar a cabo actividades de difusión de las políticas y programas de suelo apto para vivienda y constitución de reservas territoriales, a través de la participación en congresos, seminarios, conferencias y eventos relacionados con la materia.
¡ Vigilar el cumplimiento de las normas, políticas, acuerdos, convenios y disposiciones jurídicas en las instancias de los tres niveles de gobierno a los que se les haya transferido funciones en materia de suelo urbano y reservas territoriales para el desarrollo urbano y vivienda.
¡ Establecer las acciones de coordinación con la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), el sector agrario, estados y municipios para propiciar la incorporación de suelo de origen social.
¡ Asegurar la formulación de instrumentos legales para formalizar la coordinación del Gobierno federal con los estados y municipios en materia de suelo.
¡ Coordinar la formulación de programas de suelo en regiones, zonas metropolitanas, aglomeraciones y ciudades.
¡ Coordinar la participación de las dependencias de los tres órdenes de gobierno, vinculadas a los procesos de incorporación de suelo.
¡ Coordinar la integración del inventario de suelo con aptitud urbana de las ciudades y zonas metropolitanas.
¡ Establecer un sistema de información geográfica de suelo urbano.
¡ Determinar el desarrollo de mecanismos e instrumentos de financiamiento para la adquisición de suelo.
¡ Programar la instrumentación de fondos que permitan la integración de reserva territorial.
¡ Dirigir los trabajos tendientes a examinar la aptitud de suelo con relación a lo dispuesto por los instrumentos de planeación urbana.
¡ Emitir dictámenes técnicos de procedencia para la incorporación de suelo al desarrollo urbano y la vivienda.
¡ Coordinar y asegurar el aprovechamiento de la reserva territorial a través del establecimiento de los polígonos de actuación concertada.
¡ Dirigir el apoyo necesario a estados y municipios en la integración de reserva territorial.
¡ Establecer los mecanismos de control, seguimiento y evaluación de la reserva territorial.
¡ Integrar las propuestas de los programas de adquisición de suelo urbano y el de urbanización de reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda, previstos en los planes de desarrollo urbano, así como asesorar a las autoridades locales en su formulación.
¡ Proponer y apoyar mejoras regulatorias para el aprovechamiento de la reserva territorial.
¡ Coordinar los estudios para identificar la demanda potencial de suelo con fines urbanos.
Dirección General de Atención Social a la Vivienda Urbana y Rural
Funciones:
¡ Fomentar, apoyar y asesorar la organización social para la vivienda y consumo de materiales y componentes para su construcción, a través de sociedades cooperativas, asociaciones civiles y otras formas de organización.
¡ Elaborar los lineamientos de política para atender las necesidades de vivienda en los sectores menos favorecidos y para beneficio de éstos, así como apoyar y promover programas habitacionales, especialmente lo referente a autoconstrucción.
¡ Identificar la demanda de vivienda nueva y de mejoramiento físico de la vivienda para la población de escasos recursos, a fin de incorporarlos a los programas de vivienda que promueve la Secretaría.
¡ Brindar a la población de escasos recursos un subsidio para la obtención de vivienda progresiva, o bien para el mejoramiento de su vivienda.
¡ Promover el uso de nuevas tecnologías ecotécnicas en la edificación de viviendas.
¡ Diseñar, implementar y dar seguimiento al cumplimiento de los programas de vivienda de la Subsecretaría.
¡ Coordinar acciones orientadas a la prevención, atención y evaluación de impactos al suelo y a la vivienda generados por desastres naturales.
¡ Coordinar con los sectores público, privado y social, las actividades de apoyo financiero, técnico y administrativo para el desarrollo de programas de autoconstrucción.
¡ Instrumentar la estadística nacional de vivienda y auxiliar a los gobiernos de los estados y municipios en el establecimiento de sistemas análogos de información habitacional.
¡ Asesorar, capacitar y apoyar técnicamente a los gobiernos de los estados, municipios y grupos sociales organizados en materia de programación, elaboración de proyectos, construcción, operación, conservación y administración de obras y servicios de infraestructura y equipamiento urbano.
¡ Definir, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, los lineamientos, normas y mecanismos para ejecutar actividades y programas en materia de prevención y atención de riesgo en asentamientos humanos.
¡ Promover el desarrollo de programas de reubicación y autoconstrucción de viviendas asentadas en zona de riesgo.
Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación
Funciones:
¡ Dirigir las asesorías sobre planeación estratégica que se requieren para cumplir con los objetivos y programas de las materias sustantivas de la Subsecretaría, con base en el Sistema Nacional de Planeación Democrática del Desarrollo.
¡ Promover y coordinar la realización de estudios y proyectos para la evaluación de los programas sociales de la Secretaría y las entidades del Sector, así como de los procesos de planeación y prospectiva para el desarrollo social y la superación de la pobreza.
¡ Dirigir los programas de asesoría y colaboración que en materia de planeación del desarrollo social requieran los gobiernos estatales y municipales.
¡ Desempeñar las comisiones que por reglamento le competan o las que encomiende el Secretario; así como participar en los trabajos de gabinete en los que interviene la Secretaría y representarla en las comisiones intersecretariales.
¡ Dirigir la elaboración y obtención de información para la generación de indicadores que reflejen el impacto de los programas sociales entre la población y localidades beneficiarias.
¡ Dirigir la participación de la Secretaría en coordinación con las unidades administrativas centrales, órganos desconcentrados y entidades de Sector, en el diseño del Sistema Nacional de Indicadores, así como determinar los criterios para la evaluación interna y externa de los programas sociales.
¡ Promover la realización de programas de planeación y evaluación de acciones en materia de desarrollo social y combate a la pobreza.
¡ Promover la inclusión de políticas internacionales en el ámbito social, que beneficien los programas y proyectos de la Subsecretaría y sus áreas de adscripción.
¡ Establecer normas, lineamientos y criterios para la evaluación de los programas sociales y acciones que realizan las unidades administrativas centrales, órganos desconcentrados y entidades del Sector.
¡ Dirigir el diseño y administración del sistema único para la identificación de hogares y áreas geográficas susceptibles de ser beneficiarias por los programas sociales a cargo de la Secretaría y entidades sectorizadas.
¡ Dirigir el diseño y administración del padrón único de beneficiarios de los programas sociales a cargo de la Secretaría y entidades del Sector.
¡ Dirigir la construcción del sistema único de análisis espacial que aporte elementos sustantivos para la direccionalidad, integralidad y complementariedad de las acciones de la política social.
Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de los Programas Sociales
Funciones:
¡ Coordinar la integración y actualización del padrón único de beneficiarios de los programas sociales a cargo de la Secretaría.
¡ Regular la construcción de modelos de captura de información contenida en las bases de datos de los padrones de beneficiarios de los programas sociales a cargo de la Secretaría y las entidades del Sector.
¡ Coordinar la ejecución de revisiones técnicas de los métodos de recolección de información socioeconómica de los hogares.
¡ Generar información estratégica para el diseño de la política social en apoyo a las áreas de planeación del Sector.
¡ Coordinar el diseño y operación de un sistema único de identificación de los beneficiarios de los programas sociales.
¡ Coordinar la operación de sistemas y procedimientos informáticos para la integración y actualización de los padrones de beneficiarios de los programas sociales.
¡ Coordinar los proyectos de investigación informática para la integración y actualización de los padrones de beneficiarios de los programas sociales por estado, municipio y localidad.
¡ Coordinar el diseño de modelos de vinculación entre los tres órdenes de gobierno, para fortalecer la integración de un solo padrón de beneficiarios de los programas sociales.
¡ Dirigir y diseñar los esquemas y modelos metodológicos de investigación y encuesta para la instrumentación y operación de los Padrones de Beneficiarios de los Programas Sociales.
¡ Promover y establecer mecanismos de operación, control e información de los padrones de programas sociales.
¡ Vigilar el cumplimiento de las normas, lineamientos y disposiciones legales y/o administrativas y las demás funciones que establezcan las disposiciones legales que expresamente le encomiende el Secretario.
¡ Desarrollar la plataforma geoestadística que aporte información sustantiva para la planeación estratégica de la política social.
Coordinación General de Prospectiva y Planeación
Funciones:
¡ Desarrollar acciones y programas dirigidas a la población en condiciones de pobreza en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza: Una tarea Contigo.
¡ Llevar a cabo ejercicios de planeación estratégica referente a las funciones de la Secretaría.
¡ Llevar a cabo procesos de análisis y ejercicios para la planeación de las acciones a llevar a cabo por la Secretaría.
¡ Participar en la elaboración de los Convenios de Desarrollo Social en coordinación con otras áreas de la Secretaría y los Gobiernos Estatales.
¡ Desarrollar, reforzar y transformar instrumentos y criterios para una mejor coordinación de acciones de política social y superación de la pobreza entre los tres órdenes de gobierno.
¡ Contribuir a articular los instrumentos de la política social de la Secretaría para operarlos con una visión estratégica.
¡ Promover y apoyar procesos de planeación estratégica y prospectiva de las entidades federativas, para acciones de superación de la pobreza, atendiendo a las características regionales y diferencias institucionales entre estados.
¡ Desarrollar análisis de prospectiva para identificar tendencias y cambios a mediano plazo en la estructura socioeconómica de la población, y sus efectos sobre el nivel de vida de la población, a fin de facilitar la planeación estratégica.
¡ Promover y desarrollar estudios y publicaciones en materia de interés de la Secretaría.
¡ Proponer y difundir el intercambio de experiencias con gobiernos y organismos internacionales, en materia de combate a la pobreza.
Dirección General de Evaluación de los Programas Sociales
Funciones:
¡ Implementar criterios y mecanismos, así como la metodología para la evaluación de los programas sociales y acciones que realicen las unidades administrativas, órganos desconcentrados, las entidades del Sector y los gobiernos estatales y municipales, con recursos destinados al desarrollo social.
¡ Elaborar indicadores de evaluación de impacto económico, social, cobertura, territorio, desempeño y gestión, en coordinación con los involucrados en los programas sociales, así como someterlos a consideración de las instancias correspondientes.
¡ Elaborar y aplicar mecanismos públicos para las evaluaciones periódicas de los programas sociales.
¡ Establecer un sistema de seguimiento y de información en la ejecución y cumplimiento de los programas sociales en el sector central, órganos desconcentrados y entidades del Sector.
¡ Participar en los estudios socioeconómicos en materia de desarrollo regional, ordenación territorial y de vivienda, que realiza la Coordinación General de Prospectiva y Planeación.
¡ Facilitar información a la Unidad de Comunicación Social, sobre los avances y evaluaciones de los programas sociales para su difusión.
¡ Capacitar y asesorar a los servidores públicos, en coordinación con el Instituto Nacional de Desarrollo Social, en materia de evaluación de los programas sociales.
Dirección General de Relaciones Internacionales
Funciones:
¡ Participar y representar a la Secretaría en la Comisión Intersecretarial de Gasto-Financiamiento y de Inversiones Extranjeras.
¡ Coordinar con la Secretaría de Relaciones Exteriores las demandas de organismos internacionales que se realicen a la SEDESOL.
¡ Proporcionar asesoría técnica, de acuerdo a las políticas establecidas por la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación en el vínculo internacional con la SEDESOL.
¡ Administrar y asesorar a las oficinas situadas en el interior de la República Mexicana en materia de información internacional, según sea el caso de su competencia.
¡ Difundir ante las instituciones, asociaciones, organismos y corporaciones extranjeras la participación en los proyectos y programas de desarrollo social de la SEDESOL.
Oficialía Mayor
Funciones:
¡ Apoyar al Secretario en la dirección y supervisión de las actividades de carácter administrativo, así como proponer medidas para el mejoramiento de los servicios que se proporcionan.
¡ Autorizar el establecimiento de normas y procedimientos administrativos en la Secretaría, relativos a recursos financieros, humanos, materiales, servicios generales, organización, correspondencia, archivo, estadística e informática.
¡ Supervisar que las unidades administrativas de la Secretaría observen con las disposiciones vigentes relativas a la formulación y el ejercicio del Ramo 20 del Presupuesto de Egresos de la Federación.
¡ Dictaminar, autorizar y gestionar el registro, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de las estructuras orgánicas de las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría, de conformidad con la normatividad emitida en la materia.
¡ Autorizar el ejercicio de los recursos relativos a los contratos de arrendamiento, adquisiciones y prestación de servicios generales de las unidades administrativas de la Secretaría.
¡ Mantener actualizado el escalafón de los trabajadores de la Secretaría y otorgar los estímulos y recompensas que determine la ley conforme a las Condiciones Generales de Trabajo.
¡ Establecer un sistema de capacitación que operen las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades del Sector.
¡ Normar, evaluar y apoyar el sistema de orientación de la Secretaría para proporcionar la asesoría técnica que le sea requerida por beneficiarios de los programas del sector de desarrollo social, otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de la sociedad en general.
¡ Apoyar a las unidades administrativas de la Secretaría, en la formulación de sus anteproyectos de programas-presupuesto anuales del Ramo 20, así como vigilar su ejercicio de conformidad con las disposiciones aplicables.
¡ Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la autorización, asignación y modificaciones del Ramo 20 del Presupuesto de Egresos de la Federación.
¡ Determinar normas, políticas y criterios para la formulación y difusión del programa institucional de capacitación de los servidores públicos de la Secretaría.
¡ Dirigir la organización de exposiciones, congresos y museos que lleve a cabo la Secretaría, de conformidad con las disposiciones que establezca el Secretario.
¡ Revisar y vigilar la aplicación de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría, así como promover su difusión entre el personal y aplicar las sanciones de carácter administrativo.
¡ Solicitar al Secretario su aprobación para delegar facultades de la Oficialía Mayor en funcionarios públicos subalternos.
¡ Proponer al Secretario programas en los que se establezca la racionalización del gasto y optimización de recursos, así como dirigir su cumplimiento y evaluación.
¡ Dirigir y mantener la operación del Programa Interno de Protección Civil de la Secretaría, así como vigilar el desarrollo de las acciones establecidas en el mismo.
¡ Supervisar el cumplimiento del ejercicio de los recursos de los programas-presupuesto del ramo 20 de la Secretaría y de las entidades del Sector, conforme a los objetivos establecidos en el calendario de los programas sectoriales y operativos anuales.
¡ Proponer al Secretario medidas técnicas y administrativas para la organización, funcionamiento, simplificación y descentralización administrativa de la Secretaría.
¡ Presentar a consideración del Secretario los proyectos de manuales de organización general, procedimientos y de servicios al público.
¡ Definir las bases y los lineamientos para la ejecución del Programa de Desarrollo Informático y verificar que se proporcione la asesoría y el apoyo técnico a las unidades administrativas de la Secretaría.
¡ Fomentar, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, el establecimiento y vigilancia del funcionamiento de comités mixtos de productividad, con el propósito de elevar la eficiencia de las entidades coordinadas.
¡ Presidir los Comités de Arrendamientos y Servicios: de Obras Públicas; de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles, y de Informática de la Secretaría.
¡ Coordinar el proceso anual de programación y presupuestación, así como el ejercicio y control presupuestal y contable de la Secretaría.
¡ Determinar reglas, procedimientos y sistemas para la administración y control del personal de la Secretaría, así como autorizar los movimientos del mismo.
¡ Dirigir la realización de estudios e investigaciones que tengan por objeto la identificación de las mejores prácticas administrativas en otras organizaciones, con la finalidad de fomentar en el desempeño de la Secretaría una cultura de calidad y proporcionar mejores servicios.
¡ Designar y facultar a funcionarios de las áreas administrativas a su cargo para fungir como enlaces entre la oficialía mayor y el órgano de control interno, con el objeto de dar atención a los asuntos de las unidades de su competencia.
¡ Suscribir los documentos que impliquen actos administrativos y de dominio que no estén expresamente encomendados a una unidad administrativa.
Coordinación General de Administración
Funciones:
¡ Definir y proponer los criterios normativos para la administración y aprovechamiento de los recursos materiales y servicios generales.
¡ Brindar, a las unidades responsables, asesoría en materia de adquisiciones, suministros, almacenes y control de activos.
¡ Dirigir la planeación, programación y presupuestación del programa anual de necesidades de recursos materiales, así como su supervisión y control.
¡ Dirigir e implementar los sistemas de almacenes e inventarios; el uso, conservación y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, así como los destinos finales que correspondan.
¡ Apoyar el establecimiento del Programa de Protección Civil, así como asesorar y difundir la normatividad correspondiente a nivel nacional.
¡ Integrar el programa de aseguramiento integral de bienes muebles e inmuebles a nivel nacional.
¡ Establecer y promover la aplicación de los lineamientos correspondientes para el despacho de la correspondencia que genera la Secretaría.
¡ Definir las normas, políticas y procedimientos para la administración de los recursos humanos.
¡ Establecer y coordinar el programa de reclutamiento y selección, contratación y nombramientos del personal.
¡ Establecer el diseño de los programas de capacitación, desarrollo y ascensos del personal, así como la aplicación del sistema de premios, estímulos y recompensas.
¡ Vigilar el cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo, aplicar otras disposiciones jurídico-administrativas que rigen el servicio, así como el Sistema de Escalafón de la Secretaría.
¡ Realizar para nivel central todas las gestiones necesarias ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado.
¡ Determinar de conformidad con las disposiciones jurídico-administrativas la descripción y perfil de puestos, así como coordinar su aplicación en las unidades administrativas de la Secretaría y de sus organismos desconcentrados.
¡ Integrar y presentar el proyecto de presupuesto anual en materia de recursos humanos, recursos materiales y servicios generales de la Secretaría.
¡ Analizar y determinar las estructuras salariales y de la administración del sistema de remuneraciones.
Dirección General de Programación y Presupuesto
Funciones:
¡ Elaborar y emitir lineamientos para la participación de las unidades responsables, órganos desconcentrados y entidades coordinadas del sector Desarrollo Social, en la formulación de los programas que les correspondan de conformidad con lo establecido por el Plan Nacional de Desarrollo y para la formulación e integración del programa operativo anual y el proyecto de presupuesto de egresos del sector Desarrollo Social, con base en las disposiciones que al respecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
¡ Promover y coordinar la participación de las unidades responsables, órganos desconcentrados y entidades coordinadas, para definir la estructura programática del sector Desarrollo Social y conducir las acciones de concertación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
¡ Identificar los componentes y contenidos de los programas a cargo de las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades coordinadas del Sector para asegurar su congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y las estrategias y políticas sectoriales, evitar duplicidades y priorizar las previsiones presupuestarias correspondientes.
¡ Analizar los requerimientos presupuestales de las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades coordinadas del Sector, con el propósito de definir los techos presupuestales.
¡ Autorizar y comunicar las asignaciones del Presupuesto de Egresos de la Federación y los programas de inversión aprobados, y dar seguimiento al ejercicio presupuestal de las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades coordinadas del Sector, con el propósito de controlar su ejecución según los calendarios de gasto autorizados.
¡ Elaborar y presentar para su autorización ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a solicitud de las unidades administrativas centrales, los órganos desconcentrados y las entidades coordinadas del Sector, la asignación, aprobación y modificación programática, presupuestaria y del calendario financiero de los conceptos y partidas de gasto autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación y llevar su registro y control.
¡ Normar el ejercicio de presupuesto anual de egresos en apego a las leyes y lineamientos vigentes para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
¡ Autorizar y controlar la aplicación del presupuesto anual de egresos asignado a las unidades administrativas centrales, a los órganos desconcentrados y las entidades coordinadas e intervenir en su ejercicio.
¡ Promover y coordinar el desarrollo de estudios e investigaciones que en materia presupuestaria requiera la Secretaría en apego a la normatividad existente.
¡ Analizar el comportamiento del ejercicio del presupuesto de las unidades administrativas centrales, órganos desconcentrados y entidades coordinadas, así como el desarrollo de sus programas y la situación de sus disponibilidades financieras.
¡ Llevar a cabo las gestiones correspondientes ante la Tesorería de la Federación, para la ministración o radicación de los recursos asignados a las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades del Sector, de conformidad con los calendarios autorizados.
¡ Tramitar ante la Tesorería de la Federación la asignación de líneas de crédito globales; operar como enlace único, en el ámbito central, entre las unidades administrativas y las instituciones bancarias autorizadas y dar seguimiento a las cuentas bancarias.
¡ Promover ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la autorización y asignación de recursos para la operación del fondo rotatorio de la dependencia.
¡ Administrar el fondo rotatorio autorizado a la Secretaría e identificar, integrar y difundir las políticas, lineamientos y procedimientos para su manejo, control y reintegro.
¡ Verificar la disponibilidad presupuestal de las unidades administrativas centrales de la Secretaría y emitir certificados de compromiso presupuestario.
¡ Identificar montos autorizados en partidas restringidas a las unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados, para tramitar la autorización global por parte del titular de la dependencia; verificar la disponibilidad presupuestaria y el cumplimiento de la normatividad aplicable para gestionar las autorizaciones específicas.
¡ Elaborar y presentar informes trimestrales sobre el proceso de autorización y el ejercicio presupuestario de las unidades administrativas centrales, en partidas restringidas.
¡ Promover la definición de los programas de ahorro, racionalidad y austeridad presupuestaria entre las unidades administrativas centrales, delegaciones estatales, órganos desconcentrados y entidades coordinadas del sector; y coordinar el proceso de integración de los programas de las unidades administrativas centrales y delegaciones estatales, de acuerdo con los lineamientos establecidos en la materia.
¡ Elaborar y presentar informes periódicos sobre el comportamiento de los programas de ahorro, racionalidad y austeridad presupuestaria de las unidades administrativas centrales y delegaciones estatales.
¡ Captar, integrar y analizar la información relativa al desarrollo de los programas de la Secretaría, de sus órganos administrativos desconcentrados y de las entidades del Sector; elaborar y presentar informes periódicos con relación al grado de avance de los programas sectoriales, regionales, especiales e institucionales y sobre el ejercicio de los presupuestos asignados, así como de sus variaciones.
¡ Evaluar y dar seguimiento a la ejecución del presupuesto de acuerdo con el calendario financiero autorizado, verificando el cumplimiento de las metas comprometidas en el programa-presupuesto anual de la Secretaría, sus órganos desconcentrados y entidades coordinadas.
¡ Definir los mecanismos de coordinación entre las unidades administrativas que operen créditos externos y los agentes financieros autorizados; participar y dar seguimiento a la gestión de créditos y aportaciones externas para financiar programas de la Secretaría y su reembolso.
¡ Integrar y presentar informes periódicos sobre los avances de los programas que operan con créditos externos, los montos aplicados y los reembolsos obtenidos.
¡ Verificar que la constitución, registro, control y gestoría financiera de los fideicomisos, mandatos, actos y contratos análogos que tramite la Secretaría, se lleve a cabo conforme a las disposiciones legales y normativas aplicables; y emitir opinión respecto a la permanencia, suspensión o extinción de fideicomisos mandatos, actos y contratos análogos que tramite la dependencia.
¡ Establecer y supervisar la aplicación de las normas de control contable a las que deberán sujetarse las unidades administrativas de la Secretaría, así como el sistema de contabilidad y el resguardo de la información y documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones financieras de la Secretaría.
¡ Llevar la contabilidad general de la Secretaría conforme a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, su Reglamento y la normatividad general aplicable; y coordinar el proceso de formulación e integrar la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda, de conformidad con las disposiciones que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
¡ Validar y proporcionar la información programática, presupuestaria y contable que se requiera para el Sistema Integral de Información y la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.
¡ Presentar informes periódicos sobre la situación y avance físico financiero y el cumplimiento de objetivos y metas del presupuesto de egresos autorizado a las unidades administrativas centrales, órganos desconcentrados y entidades coordinadas.
¡ Registrar los ingresos que por diversos conceptos perciba la Secretaría y, en su caso, promover el cobro de los adeudos.
¡ Fungir como representante legal de la Secretaría en las declaraciones fiscales que deban presentarse ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en los trámites y notificaciones que en materia fiscal se realicen ante autoridades federales y locales competentes; y como representante legal para los trámites que para el ejercicio del presupuesto deban realizarse ante las instituciones bancarias.
¡ Enterar las retenciones del Impuesto Sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado aplicadas en los pagos realizados por las unidades centrales de la Secretaría y elaborar y entregar las constancias de retenciones efectuadas.
¡ Administrar y Operar el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) y el Sistema Integral de Presupuesto y Contabilidad del Sector (SIPREC), así como brindar la asesoría, la capacitación y el soporte técnico que sobre esos sistemas requieran las unidades ejecutoras del gasto.
¡ Proporcionar orientación y asesoría en materia presupuestaria y gestionar ante las dependencias normativas, en forma directa o a solicitud de las unidades administrativas centrales, órganos desconcentrados y entidades coordinadas, las consultas y aclaraciones necesarias en materia de programación, presupuestación, ejercicio presupuestario y contabilidad gubernamental.
¡ Elaborar y difundir normas y guías técnicas para la programación, presupuestación, fiscalización, ejercicio y contabilidad del Presupuesto de Egresos asignado, en apoyo a las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades del Sector; y coordinar el proceso de integración de las Disposiciones Administrativas en Materia de Ejercicio Presupuestario, que se emiten anualmente.
¡ Participar en las reuniones de los Organos de Gobierno y en los Comités de Control y Auditoría de los órganos desconcentrados y las entidades coordinadas del Sector y realizar el seguimiento de los acuerdos tomados en materia presupuestaria.
Dirección General de Organización, calidad e Innovación
Funciones:
¡ Gestionar ante la Oficialía Mayor la dictaminación y autorización de las modificaciones organizacionales del personal de mando de las diferentes unidades administrativas del sector central y sus órganos desconcentrados.
¡ Gestionar el registro ante la SHCP de las modificaciones a las estructuras organizacionales y ocupacionales de las entidades del Sector.
¡ Proponer lineamientos para normar el proceso de aprobación de estructuras organizacionales, ocupacionales y salariales.
¡ Proponer y presentar al Oficial Mayor la actualización de lineamientos de organización que permitan configurar estructuras que respondan a los objetivos y programas de la SEDESOL.
¡ Definir las guías técnicas para la elaboración de los manuales de organización específicos y de procedimientos, así como asegurar que se proporcione la capacitación y asesoría en la materia a las unidades administrativas del sector.
¡ Elaborar e integrar, con la colaboración de las unidades responsables involucradas, el Manual de Organización General de la Secretaría.
¡ Definir lineamientos e instrumentar medidas para fomentar la implementación de sistemas de gestión de calidad en la Secretaría, y hacer el seguimiento y evaluación de los mismos, así como coordinar la asesoría que en la materia requieran las unidades administrativas del sector Desarrollo Social.
¡ Diseñar e instrumentar un sistema integral de información de los sistemas de aseguramiento de la calidad en la Secretaría.
¡ Instrumentar y operar un sistema de seguimiento y evaluación de los procedimientos administrativos de la Secretaría, sustentado en indicadores.
¡ Elaborar y difundir lineamientos orientados a la racionalización del gasto, optimización de recursos y calidad en el servicio, para ser aplicados en el sector Desarrollo Social.
¡ Difundir y promover entre las unidades administrativas del sector, programas que fomenten el uso adecuado de recursos materiales.
¡ Colaborar con la Dirección General de Asuntos Jurídicos en la actualización del Reglamento Interior.
Dirección General de Informática, Telecomunicaciones y Desarrollo Tecnológico
Funciones
¡ Dirigir la elaboración de estudios y proyectos que contribuyan a lograr un desarrollo tecnológico adecuado en materia de informática y telecomunicaciones.
¡ Establecer los criterios y lineamientos sobre la utilización de los bienes informáticos y de telecomunicaciones con que se cuenta en la Secretaría.
¡ Dirigir la planeación, coordinación y dictaminación, desde el punto de vista técnico, sobre la instalación, operación, mantenimiento y control de los bienes y servicios informáticos y de telecomunicaciones de la Secretaría.
¡ Dirigir la asesoría y la asistencia técnica a las unidades administrativas y órganos desconcentrados sobre el funcionamiento y utilización de los bienes y la presentación de los servicios informáticos y de telecomunicaciones.
¡ Determinar los lineamientos técnicos para el desarrollo, adquisición, renta, ampliación o modificación de equipo, instalaciones, sistemas de información, bienes informáticos y de telecomunicaciones.
¡ Diseñar, administrar, operar y mantener la infraestructura de telecomunicaciones e informática de la Secretaría.
¡ Proponer la simplificación y optimización de métodos y procedimientos administrativos y operativos, a fin de mejorar su eficiencia y eficacia, y facilitar la implementación de sistemas informáticos y de telecomunicaciones en la Secretaría.
¡ Promover la utilización de estándares tecnológicos con el fin de facilitar el intercambio de información, el soporte técnico, el mantenimiento de los sistemas y su capacitación para las diferentes áreas de la Secretaría.
¡ Recomendar el uso de herramientas de tecnología que optimicen el desarrollo y operación de los proyectos informáticos y de telecomunicaciones en la Secretaría.
¡ Llevar a cabo las funciones inherentes al Secretariado Técnico del H. Comité de Informática de la Secretaría.
¡ Supervisar la observancia y cumplimiento de los acuerdos emanados del H. Comité de Informática de la Secretaría.
¡ Efectuar y formular dictámenes técnicos, opiniones e informes respecto a los requerimientos de bienes y servicios informáticos y de telecomunicaciones planteados por las diferentes áreas de la Secretaría.
¡ Formular, planear y dirigir la modernización tecnológica y el desarrollo informático y de telecomunicaciones de la Secretaría.
¡ Proporcionar los sistemas de información automatizados, banco de datos, medios de comunicación y procesamiento, que le permitan a la Secretaría, el almacenamiento, el procesamiento, la distribución el resguardo y la consulta a la información que se genera con motivo de la operación de la institución.
Organos Desconcentrados
Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda
Funciones:
¡ Establecer y proponer lineamientos, normas y mecanismos para definir la política general de vivienda, acordes a los objetivos y prioridades marcados por el Plan Nacional de Desarrollo, promoviendo la corresponsabilidad estatal y municipal.
¡ Fomentar el establecimiento de mecanismos para ejecutar la política general de vivienda, proponer y evaluar el Programa Sectorial de Vivienda y coordinar el Sistema Nacional de Vivienda, con la participación de las entidades federativas y de los municipios, así como de los sectores social y privado.
¡ Promover que las entidades federativas y los municipios, así como las organizaciones de los sectores social y privado, conduzcan sus programas conforme a la política general de vivienda, al Programa Sectorial de Vivienda y a las disposiciones que deriven de ellos.
¡ Elaborar, dar seguimiento, evaluar y mantener actualizado el Programa Sectorial de Vivienda y los programas de vivienda de los organismos nacionales, estatales y municipales de vivienda, y proponer, en su caso, las adecuaciones correspondientes.
¡ Coordinar los esfuerzos y recursos de los sectores público, social y privado en la instrumentación de políticas, estrategias y acciones previstas para el desarrollo de la vivienda.
¡ Coordinar y operar el Consejo Nacional de Vivienda (CONAVI), a fin de proponer y conducir cambios estructurales en el sector vivienda.
¡ Promover el desarrollo de esquemas de financiamiento que apoyen a un mayor número de familias en la obtención de créditos hipotecarios, así como impulsar el desarrollo de un mercado hipotecario que incorpore al sistema financiero y a los mercados de capital.
¡ Promover esquemas de financiamiento, recuperación y revolvencia de recursos destinados a la vivienda completa, la autoconstrucción y el mejoramiento de la vivienda.
¡ Proponer, promover y evaluar un sistema nacional integrado de subsidios a la vivienda, así como definir la política y esquemas de aplicación de dichos programas de subsidio directo, como alternativa de financiamiento habitacional y de mejoramiento y crecimiento de la vivienda, promoviendo la corresponsabilidad federal, estatal y municipal, en beneficio de los grupos sociales de menores ingresos.
¡ Proponer esquemas de cofinanciamiento para la vivienda entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y entre éstas y la banca comercial, a efecto de potenciar los recursos destinados a la adquisición de vivienda nueva y usada, así como la edificación de vivienda para arrendamiento.
¡ Proponer mecanismos que promuevan la adquisición y habilitación de suelo con servicios e infraestructura urbana para vivienda, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con organismos financieros públicos y privados.
¡ Coordinar en el ámbito nacional el fomento para la construcción y el mejoramiento de vivienda, promoviendo con las instancias del medio de la construcción la optimización del proceso constructivo, impulsando medidas que desregulen, desgraven y agilicen la edificación habitacional.
¡ Fomentar la participación del sector de la construcción y la coordinación con los tres órdenes de gobierno para consolidar una mejor y más homogénea calidad de vivienda, incorporando nuevas tecnologías constructivas que abatan los costos y tiempos de edificación, brindando seguridad técnica y calidad en la construcción.
¡ Promover y proponer la modernización, simplificación y homologación del marco jurídico en materia de vivienda, para favorecer la desregulación y desgravación de la producción habitacional, a fin de dar seguridad a las familias en la tenencia jurídica de su vivienda y en las operaciones compra-venta.
¡ Establecer vínculos institucionales y lineamientos para la celebración de convenios de asistencia técnica e intercambio de información con los gobiernos y organismos nacionales e internacionales.
¡ Suscribir convenios y acuerdos de coordinación y concertación para el fomento e impulso a la vivienda, así como promover investigaciones y estudios en materia de vivienda que permitan impulsar el desarrollo tecnológico, la modernización y diversificación de instrumentos y fuentes de financiamiento en materia habitacional.
¡ Crear un sistema integral de información y estadística nacional de vivienda, con la participación de todos los sectores, que dé seguimiento a los principales indicadores del sector vivienda y genere factores de medición de la producción y financiamiento de vivienda, del financiamiento hipotecario y de la bursatilización hipotecaria. De igual forma, promover entre los gobiernos de los estados y municipios el establecimiento de sistemas análogos.
¡ Otorgar apoyo y asesoría en materia de vivienda a las autoridades estatales y municipales, así como a las organizaciones sociales de vivienda que lo soliciten.
¡ Dirigir la integración y consolidación de informes que la Comisión debe rendir sobre las políticas sectoriales de vivienda, así como las aportaciones a los informes presidenciales, a la Cuenta de la Hacienda Pública, y demás reportes que requiera el Ejecutivo Federal, así como las entidades de la Administración Pública Federal.
¡ Determinar las políticas y estrategias a seguir en lo relativo al Proceso Integral de Programación y Presupuesto, de conformidad con las metas de la Comisión, así como vigilar su correcto ejercicio.
¡ Promover el desarrollo integral de los recursos humanos asignados a la Comisión, así como administrar y optimizar el uso de los recursos materiales, financieros y tecnológicos.
Instituto Nacional de Desarrollo Social
Funciones:
¡ Elaborar y ejecutar programas que propicien la investigación, capacitación, información, asesoría, apoyo técnico y difusión que coadyuven a la organización, gestión y participación social.
¡ Organizar, promover e inducir la concientización de la solidaridad social, y dar a conocer los lineamientos de los programas de desarrollo social.
¡ Promover la participación y el apoyo solidario que mejore la atención y el nivel de vida de los grupos indígenas, rurales y urbanos más desprotegidos, en las acciones que lleven a cabo los sectores público, social y privado.
¡ Proporcionar asesoría, consulta y capacitación a las entidades de la Administración Pública Federal y a los gobiernos estatales y municipales en materia de promoción, organización y capacitación social.
¡ Realizar investigaciones sociales a nivel nacional, regional y comunitario, que permitan conocer los procesos de integración y desarrollo de los programas de desarrollo social.
¡ Publicar y dar a conocer los resultados derivados de la aplicación de estudios e investigaciones que den cumplimiento a la política de desarrollo social.
¡ Contribuir a la formación de líderes y representantes de la sociedad civil, servidores públicos, sindicales y agrarios en apoyo a los programas de desarrollo social.
¡ Evaluar el impacto institucional de las actividades que desarrolla el Instituto, así como llevar su seguimiento.
¡ Integrar y presidir los órganos colegiados internos requeridos para el buen funcionamiento del Instituto.
Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo, Humano Oportunidades
Funciones:
¡ Dirigir, coordinar y promover la política intersectorial de educación, salud y alimentación que impulsen y fortalezcan las capacidades y potencialidades de las familias que se encuentren en condiciones de pobreza extrema.
¡ Evaluar los resultados de las acciones orientadas a la ejecución del programa de educación, salud y alimentación, así como determinar las adecuaciones correspondientes.
¡ Coordinar las acciones entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en materia de educación, salud y alimentación en zonas geográficas de pobreza extrema previstas en el Plan Nacional de Desarrollo.
¡ Participar en el establecimiento de mecanismos de coordinación entre el programa de educación, salud y alimentación y los programas de desarrollo regional, de empleo y de superación de la pobreza.
¡ Planear y controlar el cumplimiento del presupuesto destinado a apoyar acciones de combate a la pobreza en regiones prioritarias.
¡ Dirigir estudios y proyectos en los que se determinen las regiones con familias en pobreza extrema, con el propósito de incorporarlos al desarrollo.
¡ Dirigir y controlar el sistema de información que permita conocer, identificar y asignar los beneficios del programa a las familias en pobreza extrema.
¡ Vigilar el aprovechamiento de beneficios escolares, de alimentación y asistencia médica de las familias seleccionadas para el programa.
¡ Dirigir el estudio para la designación de las cantidades monetarias, de apoyo alimentario, de servicios de salud y educativos que beneficien a las familias comprendidas en el programa.
¡ Coordinar y aprobar el mecanismo mediante el cual el programa destine los beneficios de educación, salud y alimentación.
¡ Dirigir y establecer los medios de coordinación del programa con los gobiernos estatales y municipales, así como con los institutos de investigación y educación superior y con los sectores social y privado.
Delegaciones SEDESOL
Funciones:
¡ Intervenir dentro del ámbito territorial de la entidad en los asuntos de la competencia de la Secretaría relativos a la ejecución de los programas en materia de desarrollo social, de vivienda y desarrollo urbano con apego a las normas y lineamientos establecidos por el Secretario y las unidades administrativas centrales.
¡ Informar, en apego a lo establecido por las unidades administrativas centrales, sobre el avance en la ejecución de los programas a cargo de la Delegación.
¡ Establecer los mecanismos de coordinación que permitan participar a la Delegación en las acciones que convengan los gobiernos federal y estatal, para el desarrollo integral de las diversas regiones del país.
¡ Aplicar las acciones que en materia de desconcentración y descentralización determine la Secretaría, dar seguimiento a las mismas e informar sobre los resultados obtenidos a la unidad de administración correspondiente.
¡ Coadyuvar con el Secretario en la coordinación, promoción y evaluación de las actividades relacionadas con el Sector y, en su caso, asesorar a las entidades del Sector que lo soliciten de acuerdo a las políticas establecidas.
¡ Promover, programar y coordinar la realización de estudios y diagnósticos en materia de desarrollo social, urbano y ordenación del territorio, conforme a los lineamientos, normas y criterios técnicos que para tal efecto determine la unidad administrativa correspondiente.
¡ Establecer los mecanismos informativos que permitan, a través de las áreas operativas de la Delegación, dar a conocer los lineamientos y estrategias de las acciones a cargo de la Secretaría.
¡ Difundir los lineamientos que en materia de su competencia, dicten las unidades administrativas centrales de la Secretaría e informar sobre los avances conseguidos.
¡ Analizar la información referente a asuntos de interés de la Secretaría, difundidos en los medios de comunicación en el Estado.
¡ Promover, programar y coordinar la asesoría y apoyo que la Delegación debe proporcionar a los gobiernos de la entidad y los municipios, tanto en el aspecto técnico como jurídico en la elaboración, ejecución y evaluación de estudios y programas relativos al desarrollo regional, urbano, vivienda, y bienestar social, conforme a los lineamientos, normas y criterios que al efecto establezca la Secretaría.
¡ Establecer los mecanismos de control que le permitan prestar apoyo, coordinar la ejecución, dar seguimiento e integrar la información de los programas operativos del Sector que en la entidad federativa se lleven a cabo.
¡ Implementar la elaboración de estudios específicos tendientes a apoyar la ejecución de los programas especiales encaminados a atender a los sectores sociales más desprotegidos, con el propósito de elevar el nivel de vida de la población.
¡ Promover en el ámbito de su competencia, mecanismos que permitan la incorporación de grupos sociales en los diferentes programas del Sector.
¡ Dar seguimiento y evaluar los avances que, sobre los convenios de concertación de acciones, sean suscritos con los sectores social y privado en la entidad e informar los resultados obtenidos a la unidad administrativa correspondiente.
¡ Aprobar en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto los montos de inversión para obras y servicios del gasto público federal.
¡ Formular, programar y evaluar conjuntamente con las autoridades locales y las unidades administrativas del nivel central de la Secretaría la ejecución de las obras, en apego a las normas, políticas, procedimientos y acuerdos que en esta materia sean aplicables.
¡ Planear las acciones y vigilar la correcta aplicación de los recursos autorizados para inversión de obras o servicios que se realicen dentro del gasto de los programas de desarrollo urbano a cargo de la Delegación.
¡ Dirigir la integración y actualización del inventario de obras de infraestructura y equipamiento que, en colaboración con el Gobierno Federal, sean ejecutadas en la entidad federativa.
¡ Intervenir en el proceso de programación, presupuestación, operación, control, seguimiento y evaluación de los apoyos financieros transferidos a la entidad federativa, a los municipios o a los sectores social y privado, asignados para el cumplimiento de los compromisos pactados a través del Convenio de Desarrollo Social.
¡ Establecer los mecanismos de coordinación necesarios con las autoridades federales, estatales y municipales que lo soliciten, a fin de brindarles apoyo en la elaboración de los programas y proyectos que deriven de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos federal y estatal.
¡ Implementar los sistemas de seguimiento necesarios a fin de evaluar el resultado de los compromisos contraídos en los convenios, acuerdos y/o en los anexos de ejecución respectivos, correspondientes a la entidad federativa de su competencia.
¡ Apoyar a las instancias ejecutoras de los convenios en la liberación de los recursos destinados para tal fin.
¡ Instruir a las áreas correspondientes de la Delegación, sobre las acciones que deban ser aplicadas en materia de seguimiento físico a las obras y servicios de los programas derivados de los convenios que suscriban los gobiernos federal y estatal, así como evaluar sus efectos socioeconómicos.
¡ Coordinar la solicitud ante las instancias correspondientes del nivel central para el otorgamiento de los recursos destinados a los programas y proyectos derivados de los convenios que suscriban los gobiernos federal y estatal, así como dar seguimiento al ejercicio presupuestal de dichos programas.
¡ Colaborar en la administración de los recursos federales autorizados por la Comisión Intersecretarial de Gasto y Financiamiento para los programas emergentes de vivienda e implementar los mecanismos de control que permitan dar seguimiento al ejercicio presupuestal de dichos programas y al cumplimiento de las reglas de operación de los programas para la atención de desastres naturales y demás ordenamientos aplicables.
¡ Coordinar el registro y seguimiento del avance financiero de las obras y acciones derivados de los convenios de desarrollo social que suscriban los gobiernos federal y estatal, conforme a la estructura financiera de cada programa.
¡ Dirigir el trámite, a través de la unidad administrativa correspondiente, de las modificaciones presupuestales requeridas para el desarrollo de los programas y proyectos derivados de los convenios que suscriban los gobiernos federal y estatal.
¡ Establecer e implementar los mecanismos de control, que permitan supervisar la exacta aplicación de la normatividad que rige el ejercicio de los recursos federales asignados en los convenios que suscriban los gobiernos federal y estatal.
¡ Coordinar el diseño y la aplicación de las acciones preventivas y correctivas que permitan, en el ámbito estatal, detectar y corregir desviaciones de recursos, insuficiencias o incongruencias programáticas y presupuestales en el ejercicio del gasto público federal, derivado de las acciones generadas por los convenios.
¡ Participar conjuntamente con la Dirección General de Evaluación de los Programas Sociales en la evaluación sobre el impacto regional de la operación y cumplimiento de los diversos instrumentos de la política económica y social del Gobierno Federal.
¡ Coordinar la realización de estudios dirigidos a determinar las necesidades de tierra al corto y mediano plazos, promover y proponer la constitución de reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda en la entidad, así como presentar los resultados obtenidos a la Dirección General de Atención Social a la Vivienda Urbana y Rural y a la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda.
¡ Dirigir los estudios tendientes a dictaminar la procedencia de la incorporación de terrenos de origen ejidal, comunal, de propiedad federal y terrenos nacionales para el desarrollo urbano y la vivienda le soliciten las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
¡ Instrumentar la realización de estudios tendientes a la dictaminación técnica de uso del suelo y sobre manifestaciones de impacto ambiental que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales le solicite.
¡ Formular, proponer y someter a la consideración la Unidad de Coordinación de Delegaciones, el anteproyecto del programa-presupuesto anual de la Delegación, así como verificar su correcta y oportuna ejecución, en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto.
¡ Coordinar la integración y proporcionar a las unidades administrativas centrales competentes, la información relativa al ejercicio del gasto público federal en la entidad federativa para la integración de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal, del Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, de los informes trimestrales a la Cámara de Diputados y del Informe Anual de Gobierno.
¡ Supervisar y coordinar la ejecución de los programas a cargo de la Delegación, estudiando las actividades de las unidades que la integran, y proponer a la Unidad de Coordinación de Delegaciones, los mecanismos de mejoramiento y diseño de operación, en apego a los lineamientos que en esta materia sean establecidos por la unidad administrativa correspondiente.
¡ Establecer las prioridades de las reformas necesarias a la estructura, funciones, sistemas y procedimientos administrativos de la Delegación.
¡ Establecer los mecanismos de control necesarios para la selección, nombramiento, contratación, ubicación y reubicación del personal de la Delegación en apego a las disposiciones que en la materia expida la Oficialía Mayor.
¡ Analizar las necesidades de capacitación e instrumentar y proponer a las instancias correspondientes del nivel central de la Secretaría los programas para la capacitación de los trabajadores de la Delegación conforme a los lineamientos y metodologías establecidos en esta materia.
¡ Establecer los mecanismos que permitan recabar y atender las quejas y denuncias que con respecto a la actuación de los servidores públicos de la Delegación se presenten y, con la intervención de la unidad administrativa correspondiente, gestionar ante la Contraloría Interna en la SEDESOL el desahogo de las denuncias presentadas.
¡ Administrar en forma eficaz y eficiente los recursos financieros, materiales y humanos asignados a la Delegación para el desarrollo de los objetivos encomendados.
¡ Instrumentar las actividades relativas al procesamiento electrónico de la información requerida y generada por y para las unidades de la Delegación y la Secretaría.
¡ Atender y resolver los recursos administrativos de su competencia y expedir certificaciones de las constancias de los expedientes inherentes al ámbito de su influencia.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Manual de Organización General entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Se abroga el Manual General de Organización de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 1994.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil tres.- La Secretaria de Desarrollo Social, Josefina Eugenia Vázquez Mota.- Rúbrica.
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