ACUERDO mediante el cual se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, tres inmuebles con superficies de 315.00, 315.00 y 372.04 metros cuadrados, ubicados los dos primeros en la ciudad de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, y el tercero en la ciudad de Guanajuato, Estado de Guanajuato, a efecto de que continúe proporcionando su uso a magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación como casas habitación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.
EDUARDO ROMERO RAMOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 2o. fracción V, 8o. fracción I, 9o. párrafo primero, 10 párrafo primero, 34 fracción II, 37, 39, 41, 44 y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción VI, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación se encuentran los siguientes:
Inmueble con superficie de 315.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Guadalajara número 1826, identificado como lote número 37, manzana 03, del fraccionamiento Los Alamos , de la ciudad de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, cuya propiedad se acredita con el contrato número CD-A 101/98 de fecha 8 de julio de 1998, en el que consta la donación a favor del Gobierno Federal del inmueble señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41028 el 13 de octubre de 1998.
Inmueble con superficie de 315.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Guadalajara número 1824, identificado como lote número 36, manzana 03, del fraccionamiento Los Alamos , de la ciudad de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, cuya propiedad se acredita con el contrato número CD-A 100/98 de fecha 8 de julio de 1998, en el que consta la donación a favor del Gobierno Federal del inmueble señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 41029 el 13 de octubre de 1998.
Inmueble con superficie de 372.04 metros cuadrados, ubicado en Cerro la Bolita número 8, de la carretera panorámica tramo Normal-Presa, en la ciudad de Guanajuato, Estado de Guanajuato, cuya propiedad se acredita mediante escritura pública número 49 de fecha 29 de junio de 2001, otorgada por el Notario Público número 18 del Estado de Guanajuato, en la que consta la donación a favor del Gobierno Federal del inmueble señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 60670 el 22 de agosto de 2001.
Los inmuebles antes descritos, tienen las medidas y colindancias que se consignan en los títulos de propiedad correspondientes, los cuales obran en el expediente respectivo;
Que el Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficios números SEA/DGIM/DF/4463/2003 y SEA/DGIM/DF/4880/2003 de fechas 7 y 20 de mayo de 2003, respectivamente, ha dejado constancia de su interés para que se destinen a su servicio los inmuebles federales descritos en el párrafo primero de estos considerandos, a fin de que el Poder Judicial de la Federación los continúe utilizando como casas habitación de magistrados y jueces federales, quienes son objeto de rotación constante en las distintas circunscripciones territoriales que corresponden a los órganos judiciales en los términos de la ley, con el propósito de coadyuvar en el desempeño de su función de impartir justicia;
Que en razón de que la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, el destino de los inmuebles materia del presente Acuerdo ha de realizarse a favor de ese Consejo, a efecto de que los continúe utilizando en el fin que se menciona en el párrafo precedente;
Que la Dirección de Planeación, Desarrollo Urbano y Ecología del R. Ayuntamiento Constitucional de Nuevo Laredo, Estado de Tamaulipas, y la Dirección de Planeación y Ecología del H. Ayuntamiento Constitucional de Guanajuato, Estado de Guanajuato, mediante oficios números PLADEURECO/1580/03 y PLADEURECO/1585/03 ambos de fecha 9 de abril de 2003, y constancia con número de folio 22438 de fecha 25 de marzo de 2003, hicieron constar que el uso que se le viene dando a los inmuebles materia del presente ordenamiento, es compatible con el Programa de Desarrollo Urbano de las localidades en que cada uno se ubica, y
Que toda vez que se han integrado los expedientes respectivos con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a los otros Poderes de la Unión, con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, en el caso concreto, la de impartición de justicia a cargo del Poder Judicial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal los inmuebles descritos en el párrafo primero de los considerandos del presente Acuerdo, a efecto de que continúe proporcionando su uso a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación como casas habitación.
SEGUNDO.- Si el Consejo de la Judicatura Federal diere a los inmuebles que se le destinan un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, o bien los dejare de utilizar o necesitar, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones se retirarán de su servicio para ser administrados por esta dependencia.
TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil tres.- El Secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos.- Rúbrica.
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