SECRETARIA DE TURISMO
MANUAL de Organización General de la Secretaría de Turismo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.
MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DE LA SECRETARIA DE TURISMO
INDICE
Introducción
Antecedentes Históricos
Marco Jurídico-Administrativo
Atribuciones
Organograma
Estructura Orgánica
Objetivos y Funciones por Area
INTRODUCCION
Con la finalidad de adecuar la estructura orgánica de la Secretaría de Turismo, a los objetivos y procesos de trabajo sustantivos de la Institución, que permitan posicionar a la actividad turística como eje estratégico del desarrollo nacional; y en concordancia con los lineamientos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 , esta Dependencia llevó a cabo un proceso de reestructuración orgánica-funcional, que dio origen a un nuevo Reglamento Interior, que toma vigencia a partir del 16 de junio del actual.
Por tal razón, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; que señala que el Titular de cada Secretaría de Estado, expedirá manuales de organización, procedimientos y servicios al público necesarios para su funcionamiento, los que deberán contener información sobre la estructura orgánica de la dependencia y las funciones de sus unidades administrativas, así como sobre los sistemas de comunicación y coordinación y los principales procedimientos administrativos que se establezcan.
La Secretaría de Turismo a través de la Subsecretaría de Innovación y Calidad y directamente bajo la responsabilidad de la Dirección General de Desarrollo Institucional y Coordinación Sectorial, ha integrado con la participación de todas y cada una de las áreas de la Dependencia, el Manual de Organización General de la Secretaría de Turismo, de acuerdo a las atribuciones y funciones que durante la presente administración le ha conferido el Ejecutivo Federal.
De esta manera, el presente documento está integrado por los antecedentes históricos de la Secretaría, el marco jurídico-administrativo que sirve de base a sus actividades, las atribuciones que el Ejecutivo Federal le ha conferido, incluyéndose además la estructura orgánica actual en la que se definen las unidades administrativas que la conforman, así como las funciones asignadas a cada una de ellas.
Se espera que al consultar este Manual de Organización General las diversas áreas de la Dependencia, obtengan la asistencia necesaria en materia de información sobre la estructura orgánica y las funciones que les corresponden, coadyuvando así al cumplimiento de los objetivos institucionales.
ANTECEDENTES HISTORICOS
Los principales acontecimientos que dieron origen a la actual Secretaría de Turismo se presentan de acuerdo a la siguiente cronología:
1928
El gobierno de México creó la Comisión Mixta Pro-Turismo dependiente de la Secretaría de Gobernación, siendo su función principal realizar estudios y proyectos que fomentaran el incremento de corrientes de visitantes extranjeros al país.
1929
Para fortalecer los esfuerzos oficiales en la materia, se requirió la participación de las empresas privadas, integrándose éstas, el 6 de julio a la Comisión Mixta Pro-Turismo.
1930
Debido a la importancia que adquirió la actividad turística en México, se constituyó la Comisión Nacional de Turismo, publicándose en el Diario Oficial de la Federación, el 7 de febrero su Ley Orgánica, en ella le conferían las atribuciones que hasta entonces tenía asignadas la Comisión Mixta Pro-Turismo, estableciéndose además, mecanismos de coordinación con las comisiones de los estados.
1933
Dependiendo de la Secretaría de Economía Nacional, se creó el Departamento de Turismo, al que se le facultó para tratar asuntos relacionados con la actividad turística, involucrándose también a las empresas particulares.
En el acuerdo publicado el 27 de marzo, se establecieron funciones para la Comisión y 2 organismos nuevos; el Comité Oficial y el Patronato de Turismo. La Comisión recabaría y coordinaría información concerniente al turismo, proponiendo las medidas necesarias para su desarrollo; el Comité Oficial realizaría los estudios relacionados con la problemática del turismo; teniendo el Patronato la tarea de decidir sobre las medidas que deberían adoptarse al respecto.
1934
Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo, desaparecieron los órganos que hasta esa fecha tenían encomendadas funciones relacionadas con la actividad turística del país, correspondiéndole nuevamente a la Comisión Nacional de Turismo responsabilizarse de orientar, regular y coordinar todo lo referente al turismo.
Esta Comisión se integró por un Comité Ejecutivo, un Consejo Patrocinador y un Consejo Consultivo, involucrando en su estructura tanto al sector público como a la iniciativa privada.
1936
Las funciones de la Comisión Nacional de Turismo, las absorbió la Secretaría de Gobernación a través de su Dirección General de Población, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto, la ley correspondiente.
1937
El 21 de mayo se publicó el Reglamento de la Ley General de Población, dándose a conocer la creación de un Departamento de Turismo, zonificándose el país en 15 regiones de interés turístico.
1939
Por acuerdo presidencial del 21 de diciembre, se fundó el Consejo Nacional de Turismo, integrado por el patronato oficial, la Comisión Nacional de Turismo y las Comisiones Locales de Turismo, tanto a nivel estatal como municipal.
1947
De nueva cuenta, el 27 de diciembre se conformó la Comisión Nacional de Turismo, integrada por un Consejo Nacional y un Comité Ejecutivo, cuyas atribuciones fueron similares a los organismos anteriores.
1949
Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre, la derogación del Decreto de Creación de la Comisión Nacional de Turismo , promulgándose la Ley Federal de Turismo en esa misma fecha.
1956
Para dar impulso al desarrollo de los proyectos tendientes a incrementar la infraestructura turística, el 13 de diciembre, se creó el Fondo de Garantía y Fomento al Turismo (FOGATUR).
1958
En el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre, se publicó la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, en el artículo 18, se definen las atribuciones del Departamento de Turismo de nueva creación, dependiendo directamente del Ejecutivo Federal.
1959
Para alentar el desarrollo de la actividad turística, el 6 de junio se publicó un decreto estableciendo los lugares y poblaciones nacionales de interés turístico, a fin de que el Departamento de Turismo realizara los estudios en la materia.
1961
El 1 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Turismo, la cual dispuso que el Departamento de Turismo sería el encargado de aplicar dicha ley, así como su Reglamento.
1974
Con el nuevo enfoque y un contenido similar al de la actual legislación, el 28 de enero se publicó la Ley Federal de Fomento al Turismo y congruentemente con dicho ordenamiento, el 27 de diciembre se publicó el decreto que elevó a rango de Secretaría de Estado al Departamento de Turismo, otorgándole una mayor estructura capaz de atender sus nuevas atribuciones, así como mayores recursos presupuestales, destinados a la planeación y desarrollo de la actividad turística.
1977
El 17 de enero por acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación se designó a la Secretaría de Turismo, cabeza del sector.
1978
Quedó a cargo de la Secretaría de Turismo, la elaboración de estudios, mensajes e imagen sobre la oferta turística nacional, dado el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril.
1979
Con base en los estudios iniciados el año anterior, la Secretaría de Turismo llevó a cabo a través de sus Delegaciones Federales de Turismo, el programa de desconcentración administrativa general.
1980
El 15 de enero, se publicó la Ley Federal de Turismo que tenía por objeto la promoción de la demanda interior y exterior, el fomento y desarrollo de la oferta turística, la conservación, mejoramiento de los recursos turísticos y en general, la planeación y programación de la actividad turística.
1981
El 22 de mayo, se creó la Coordinación General del Sector Paraestatal Turístico y en ese mismo año surgieron las Coordinaciones Federales de Turismo, desapareciendo las Delegaciones Federales; con esto se fortalecían las actividades de coordinación en la materia, que realizaba el gobierno federal con los gobiernos estatales.
1982
Derivado de las reformas a la Ley Federal de Turismo del 8 de enero, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría que consideraba en su estructura, una Subsecretaría de Recreación y Espectáculos, como resultado de los programas que promovían el derecho a la recreación para todos los mexicanos.
1983
Se incorporaron al dominio público de la federación, dos inmuebles que estaban al servicio de la Sectur; el Centro de Desarrollo Infantil (CENDI) sito en Aristóteles 135, colonia Polanco (Decreto del 23 de agosto) y el de Schiller 138, colonia Chapultepec Morales, según acuerdo presidencial del 20 de diciembre de ese año.
1984
Con fecha 6 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Turismo que abrogó la promulgada el 15 de enero de 1980.
Por Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril, se destino al Gobierno del Estado de Morelos, el jardín borda, ubicado en la ciudad de Cuernavaca que hasta entonces había estado bajo el auspicio de la Sectur.
El 23 de mayo por acuerdo presidencial desapareció el Consejo Nacional de Turismo, incorporándose a la Sectur, los programas y recursos de este organismo. El 6 de agosto, se publicó el Reglamento Interior correspondiente, considerando estas modificaciones en la estructura de organización de la Secretaría.
1985
Por acuerdo secretarial de delegación de facultades, el 2 de enero se determinó el número, ubicación, circunscripción territorial, atribuciones y actividades que llevarían a cabo las coordinaciones regionales y delegaciones federales de turismo, procurando la descentralización y modernización administrativa, para el mejor funcionamiento de la Secretaría en el interior de la República.
El día 21 de ese mismo mes, se publicó el acuerdo por el que se reordenaron orgánicamente todas las unidades administrativas de la Sectur, a efecto de integrarlas bajo la dirección y coordinación de las Subsecretarías, la Oficialía Mayor y la Contraloría Interna, conforme a su ámbito de acción, siendo modificada la estructura de la dependencia, con la creación del Centro de Estudios Superiores en Turismo (CESTUR), como órgano desconcentrado, conforme al acuerdo del día 16 de junio publicado en el Diario Oficial de la Federación.
1986
Para dar cumplimiento a las instrucciones del gobierno federal en cuanto a medidas de racionalización de la estructura y organización administrativa del sector público, en el Diario Oficial de la Federación del 20 de agosto se publicó el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría, en el cual se eliminaron la Subsecretaría de Planeación y su Dirección General de Coordinación Paraestatal, reduciéndose de esta manera a 13 las 15 Direcciones Generales que existían en la estructura.
El 22 de septiembre se publicó el decreto por el que se reformó el Reglamento Interior y mediante el cual se facultaba al Oficial Mayor para establecer y operar el programa interno de protección civil para el personal e instalaciones de la dependencia.
1987
El 15 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el cual se autorizó a la Secretaría de Programación y Presupuesto con la intervención de la Secretaría de Turismo, a modificar el contrato constitutivo del Centro de Convenciones y Espectáculos de Acapulco, quedando este bajo la administración del gobierno del Estado de Guerrero.
A efecto de llevar a un nivel óptimo las acciones de gobierno, originadas en las localidades del interior de la República, el 5 de octubre, se publicó un acuerdo por el cual se delegaban a las Coordinaciones Regionales y a las Delegaciones Federales de Turismo, las facultades para efectuar adquisiciones y contratación de servicios, cumpliendo de esta manera con la descentralización de actividades de la Secretaría.
1988
Al final de este año, la estructura orgánica de la Secretaría se encontraba de la siguiente manera:
Una Secretaría, dos Subsecretarías, una Oficialía Mayor, una Contraloría Interna y 13 Direcciones Generales; además de incluir los siguientes órganos desconcentrados: 7 Coordinaciones Regionales de Turismo de las que dependían 27 Delegaciones Federales, 13 Representaciones de Turismo en el Extranjero y un órgano de apoyo directo al C. Secretario del Ramo, denominado Centro de Estudios Superiores en Turismo.
1989
El 15 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un nuevo Reglamento Interior en el cual se determinó la siguiente estructura de organización: una Secretaría; dos Subsecretarías: una de Operación y otra de Promoción y Fomento; una Oficialía Mayor; 8 Direcciones Generales; una Unidad de Comunicación Social; el Centro de Estudios Superiores en Turismo; 31 Delegaciones Federales y 13 Representaciones en el Extranjero.
1992
El 1 de diciembre fue dictaminada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la modificación a la estructura básica de la Oficialía Mayor, creándose una nueva Dirección General y modificándose la denominación de la existente a esa fecha, quedando de esta manera autorizadas la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto y la Dirección General de Administración Operativa, a fin de facilitar y proporcionar un apoyo integral más eficiente a las unidades administrativas de la Secretaría. Las demás áreas continuaban con la misma estructura orgánica autorizada en 1989.
El día 15 de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto que establecía las bases para el Programa de Descentralización de las Funciones que realizaba la Secretaría de Turismo.
1993
El 1 de febrero entró en vigor la nueva Ley Federal de Turismo, publicada el 31 de diciembre de 1992.
La Secretaría a fin de estar en posibilidad de cumplir con las nuevas funciones que le fueron encomendadas, elaboró un proyecto de reestructuración, enviándolo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su revisión y autorización.
1994
La dependencia globalizadora dictaminó favorablemente la estructura presentada, por lo cual, se publicó el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de febrero, así como el acuerdo por el que se adscribieron orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría, quedando como nueva estructura orgánica básica la siguiente:
- Oficina del C. Secretario de Turismo, de la cual dependían la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Unidad de Comunicación Social y el Centro de Estudios Superiores en Turismo; la Subsecretaría de Turismo Interno, anteriormente Subsecretaría de Operación, a la cual se adscribieron cuatro Direcciones Generales: de Turismo Interno, Coordinación y Enlace, Información y Auxilio al Turista y Capacitación y Educación Turística; la Subsecretaría de Promoción y Fomento, con tres Direcciones Generales adscritas denominadas: de Promoción para Norteamérica y Asia, de Promoción para Europa y Latinoamérica y la de Fomento. Así como las Representaciones de Turismo en el Extranjero.
Finalmente, la Oficialía Mayor con sus dos Direcciones Generales: de Programación, Organización y Presupuesto y de Administración Operativa.
Independientemente de lo previsto en el Reglamento Interior, y derivado del dictamen antes citado, el 7 de marzo se publicó un acuerdo secretarial, por medio del cual se adscribieron como puestos homólogos específicos, a la oficina del C. Subsecretario, la Unidad de Política Turística y a la del Subsecretario de Promoción y Fomento, la Unidad de Eventos.
Asimismo, se crearon dos nuevas representaciones de turismo: una en Vancouver, Canadá, y otra en Buenos Aires, Argentina, modificándose la circunscripción territorial de las ya existentes, emitiendo el Secretario el acuerdo correspondiente publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo y una aclaración el 16 de marzo.
El 14 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que se reforman los artículos 2o. y 5o. del diverso que creó el Centro de Estudios Superiores en Turismo.
La Secretaría de Turismo publicó en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre, el acuerdo por el que se decreta la publicación del Reglamento Interior de la Comisión Ejecutiva de Turismo.
1996
El día 17 de abril, las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, dictaminaron favorablemente la reestructuración orgánica de la dependencia, asimismo, el 31 de mayo siguiendo con las disposiciones establecidas por las dependencias globalizadoras en el dictamen mencionado, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría.
La nueva estructura orgánica se fundamentó en tres grandes procesos: Desarrollo, Promoción y Servicios Turísticos, integrándose por un total de 295 plazas de mando, de las cuales 17 corresponden a la estructura orgánica básica, misma que se integró de la siguiente forma:
- 1 Secretaría, dependiendo en línea directa de ella la Contraloría Interna, la Unidad de Comunicación Social, así como el Centro de Estudios Superiores en Turismo, en el ámbito desconcentrado.
- 1 Subsecretaría de Desarrollo Turístico, con 2 Direcciones Generales: Política Turística y Desarrollo de Productos Turísticos.
- 1 Subsecretaría de Promoción Turística, conformada con 2 Direcciones Generales: Mercadotecnia y Operación Promocional, dependiendo de esta última en el ámbito desconcentrado, las Representaciones de Turismo en el Extranjero.
- 1 Unidad de Servicios Turísticos que contaba con 3 puestos homólogos de autorización específica, correspondiendo éstos a las Direcciones Generales de: Servicios a Prestadores de Servicios Turísticos; Servicios al Turista y Desarrollo de la Cultura Turística.
- 1 Oficialía Mayor con 2 Direcciones Generales, la de Administración y la de Asuntos Jurídicos.
1998
El 26 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se adscribió orgánicamente la Dirección General de Asuntos Jurídicos al Titular de la Secretaría de Turismo.
1999
El día 19 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo; como consecuencia de estas modificaciones, la Secretaría de Turismo, en el ejercicio de sus atribuciones en materia de promoción turística, nacional e internacional, sería auxiliada por la empresa de participación estatal mayoritaria de la Administración Pública Federal denominada Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.
En octubre del mismo año, las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo dictaminaron favorablemente la propuesta por primera vez de la estructura orgánica del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., la cual tendría por objeto, planear, diseñar y coordinar en coadyuvancia con la Secretaría de Turismo, las políticas y estrategias de promoción turística a nivel nacional e internacional.
2001
El 4 de enero, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto presidencial que reformó el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, creándose la Subsecretaría de Política Promocional, quien tendría como propósito, establecer los lineamientos y políticas que orientarán y conducirán la participación de los diferentes sectores en materia de promoción turística, así como implementar los mecanismos de evaluación de impacto de éstas; a esta Subsecretaría se le adscribieron la Dirección General de Coordinación Institucional, la Dirección General de Coordinación de Promoción Regional y la Dirección General de Asuntos Internacionales.
El 22 de febrero, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que se resectoriza el Fondo Nacional de Fomento al Turismo y las empresas del sector público en que dicho fondo tiene como participación accionaria mayoritaria, en el sector coordinado por la Secretaría de Turismo.
El 15 de junio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, mismo que abrogó los publicados el 31 de mayo de 1996 y 4 de enero de 2001; creándose la nueva estructura orgánica cuyo propósito fundamental, radicará en posicionar a la actividad turística como eje estratégico del desarrollo nacional, partiendo de un programa de alineación de los procesos y de las actividades sustantivas de planeación, desarrollo de la oferta, operación de los servicios turísticos, promoción e inversión en materia turística, así como de un programa de innovación y modernización.
Esta se conforma con un total de 244 plazas de mando de las cuales 18 corresponden a la estructura orgánica básica, misma que se integró de la siguiente forma:
- 1 Secretaría dependiendo gráficamente la Unidad de Contraloría Interna, y en línea directa 3 Direcciones Generales: Asuntos Jurídicos, Asuntos Internacionales y Comunicación Social.
- 1 Subsecretaría de Operación Turística, con 4 Direcciones Generales: Programas Regionales, Desarrollo de Productos Turísticos, Mejora Regulatoria y Desarrollo de la Cultura Turística.
- 1 Subsecretaría de Planeación Turística, con 2 Direcciones Generales: de Información y Análisis, y Planeación Estratégica y Política Sectorial.
- 1 Subsecretaría de Innovación y Calidad, con 3 Direcciones Generales: de Administración, Desarrollo Institucional y Coordinación Sectorial, y Servicios al Turista.
- 1 Centro de Estudios Superiores en Turismo, en el ámbito desconcentrado.
El 19 de junio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y órgano desconcentrado a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 5-II-1917 y sus reformas.
LEYES
Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 27-VII-1931 y sus reformas.
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B del artículo 123 D.O.F. 28-XII-1963 y sus reformas.
Ley Federal del Trabajo D.O.F. 1-IV-1970 y sus reformas.
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos D.O.F. 6-V-1972 y sus reformas.
Ley General de Población D.O.F. 7-I-1974 y sus reformas.
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles D.O.F. 31-XII-1975 y sus reformas.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal D.O.F. 29-XII-1976 y sus reformas.
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal D.O.F. 31-XII-1976 y sus reformas.
Ley de Información Estadística y Geográfica D.O.F 30-XII-1980 y sus reformas.
Ley Federal de Derechos D.O.F. 31-XII-1981 y sus reformas.
Ley General de Bienes Nacionales D.O.F. 8-I-1982 y sus reformas.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos D.O.F. 31-XII-1982 y sus reformas.
Ley de Planeación D.O.F. 5-I-1983 y sus reformas.
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado D.O.F. 27-XII-1983 y sus reformas.
Ley Federal de las Entidades Paraestatales D.O.F. 14-V-1986 y sus reformas.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente D.O.F. 28-I-1988 y sus reformas.
Ley de la Propiedad Industrial D.O.F. 27-VI-1991 y sus reformas.
Ley Sobre la Celebración de Tratados D.O.F. 2-I-1992 y sus reformas.
Ley de Pesca D.OF. 25-VI-1992 y sus reformas.
Ley Federal de Metrología y Normalización D.O.F 1-VII-1992 y sus reformas.
Ley Federal de Protección al Consumidor D.O.F. 24-XII-1992 y sus reformas.
Ley Federal de Competencia Económica D.O.F. 24-XII-1992 y sus reformas.
Ley Federal de Turismo D.O.F. 31-XII-1992 y sus reformas.
Ley General de Asentamientos Humanos D.O.F. 21-VII-1993 y sus reformas.
Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal D.O.F. 22-XII-1993 y sus reformas.
Ley de Inversión Extranjera D.O.F. 27-XII-1993 y sus reformas.
Ley del Servicio Exterior Mexicano D.O.F. 4-I-1994 y sus reformas.
Ley de Navegación D.O.F. 4-I-1994 y sus reformas.
Ley Federal de Procedimiento Administrativo D.O.F. 4-VIII-1994 y sus reformas.
Ley de Aviación Civil D.O.F. 12-V-1995 y sus reformas.
Ley Aduanera D.O.F. 15-XII-1995 y sus reformas.
Ley del Impuesto General de Importación D.O.F. 18-XII-1995 y sus reformas.
Ley de Aeropuertos D.O.F. 22-XII-1995 y sus reformas.
Ley Federal del Derecho de Autor D.O.F. 24-XII-1996 y sus reformas.
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 3-IX-1999 y sus reformas.
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público D.O.F. 4-I-2000 y sus reformas.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas D.O.F. 4-I-2000 y sus reformas.
Ley General de Protección Civil D.O.F. 12-V-2000 y sus reformas.
Ley General de Vida Silvestre D.O.F. 3-VII-2000 y sus reformas.
Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2001 D.O.F. 31-XII-2000
CODIGOS
Código Civil Federal D.O.F. 26-V-1928 y sus reformas.
Código Federal de Procedimientos Civiles D.O.F. 24-II-1943 y sus reformas.
Código Fiscal de la Federación D.O.F. 31-XII-1981 y sus reformas.
Código de Comercio D.O.F. 15-IX-1989 y sus reformas.
REGLAMENTOS
Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos D.O.F. 8-XII-1975.
Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal D.O.F. 18-XI-1981 y sus reformas.
Reglamento de la Ley de Información, Estadística y Geográfica D.O.F. 3-XI-1982.
Reglamento del Código Fiscal de la Federación D.O.F. 29-II-1984 y sus reformas.
Reglamento de la Ley de Obras Públicas D.O.F. 13-II-1985.
Reglamento de Operadores de Marinas Turísticas D.O.F. 18-VI-1986.
Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera D.O.F. 16-V-1989.
Reglamento de la Prestación del Servicio Turístico del Sistema de Tiempo Compartido D.O.F. 16-VIII-1989.
Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales D.O.F. 26-I-1990.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles D.O.F. 12-II-1990.
Reglamento para el Autotransporte Federal exclusivo de Turismo D.O.F. 9-III-1990.
Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítima Terrestre y Terrenos Ganados al Mar D.O.F. 21-VIII-1991.
Reglamento para la Prestación del Servicio Turístico de Buceo D.O.F. 24-II-1992.
Reglamento de la Ley Federal de Turismo D.O.F. 2-V-1994 y sus reformas.
Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano D.O.F. 11-X-1994.
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. D.O.F. 18-XI-1994.
Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares D.O.F. 22-XI-1994.
Reglamento Interior de la Comisión Ejecutiva de Turismo. D.O.F. 12-XII-1994.
Reglamento de la Ley Aduanera D.O.F. 6-VI-1996.
Reglamento de la Ley Federal de Derechos de Autor D.O.F. 22-V-1998.
Reglamento de la Ley Forestal D.O.F. 25-IX-1998.
Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización D.O.F. 14-I-1999.
Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación D.O.F. 15-III-1999.
Reglamento de la Ley de Pesca. D.O.F. 29-IX-1999.
Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal D.O.F. 4-X-1999.
Reglamento de la Ley General de Población D.O.F. 14-IV-2000.
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Auditoría Ambiental D.O.F. 29-XI-2000.
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Areas Naturales Protegidas D.O.F. 30-XI-2000.
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental D.O.F. 30-V-2001.
Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo D.O.F. 15-VI-2001.
DECRETOS PRESIDENCIALES Y SECRETARIALES
Decreto que establece las bases para el Programa de Descentralización de las funciones que realiza la Secretaría de Turismo D.O.F. 15-IV-1992.
Decreto de promulgación del convenio constitutivo de la organización Mundo Maya D.O.F. 25-X-1993.
Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Federal de Turismo D.O.F. 19-V-1999.
Decreto por el que se aprueba el programa de Modernización de la Administración Pública D.O.F. 6-VIII-1999.
Decreto por el que se reforma el Reglamento de la Ley Federal de Turismo D.O.F. 9-XI-1999.
Estatuto Orgánico del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. D.O.F. 19-VI-2000.
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal D.O.F. 30-XI-2000.
Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2001 D.O.F. 31-XII-2000.
Programa Nacional de Normalización 2001 D.O.F. 12-III-2001.
Decreto por el que se crea la Comisión Nacional Forestal D.O.F. 4-IV-2001.
Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 D.O.F. 30-V-2001.
Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca D.O.F. 5-VI-2001.
Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Federal de Turismo D.O.F. 6-VI-2001.
Decreto por el que se aprueba el convenio de cooperación en materia de turismo entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de la República de Panamá D.O.F. 16-VII-2001.
CONVENIOS DE REASIGNACION DE RECURSOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Aguascalientes
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Baja California
Convenio para la reasignación de Recursos para el Desarrollo Turístico del Estado de Baja California Sur
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Campeche
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Chiapas
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Chihuahua
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Coahuila
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Colima
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Durango
Convenio para la reasignación de Recursos para el Desarrollo Turístico del Distrito Federal
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de México
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Guanajuato
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Guerrero
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Hidalgo
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Jalisco
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Michoacán
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Morelos
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Nayarit
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Nuevo León
Convenio para la reasignación de Recursos para el Desarrollo Turístico del Estado de Oaxaca
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Puebla
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Querétaro
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Quintana Roo
Convenio para la reasignación de Recursos para el Desarrollo Turístico del Estado de San Luis Potosí
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Sinaloa
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Sonora
Convenio para la reasignación de Recursos para el Desarrollo Turístico del Estado de Tabasco
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Tamaulipas
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Tlaxcala
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Veracruz
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Yucatán
Convenio para la reasignación de Recursos para la Promoción y Desarrollo Turístico del Estado de Zacatecas
CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Brasil y el Gobierno de los Estados Mexicanos D.O.F. 3-VII-1975.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 22-IX-1975.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Japón y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 24-V-1979.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Senegal y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 26-VII-1979.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Bulgaria y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 14-VIII-1980.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Francia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 10-II-1981.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Costa Rica y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 4-XII-1981.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Cuba y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 23-IV-1982.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 15-VI-1984.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 14-III-1985.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Perú y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 15-II-1988.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Guatemala y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 26-V-1988.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Venezuela y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 31-V-1989.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 25-I-1991.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Belice y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 7-VIII-1991.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Honduras y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 27-XII-1991.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Jamaica y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 4-III-1992.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Nicaragua y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 4-III-1992.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Egipto y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 18-VI-1992.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 28-I-1993.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 16-III-1994.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Hungría y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 18-III-1994.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República Helénica y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 29-VII-1994.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Argentina y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 16-III-1995.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Ecuador y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 16-III-1995.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Uruguay y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 16-III-1995.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de Rumania y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 7-IV-1995.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de España y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 3-V-1996.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Chipre y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 26-VIII-1996.
Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de la India y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 7-I-1998.
Acuerdo de Cooperación en Materia de Turismo entre el Gobierno de la República de Filipinas y los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 8-I-1998.
ACUERDOS PRESIDENCIALES Y SECRETARIALES
Acuerdo por el que se crea el Centro de Estudios Superiores en Turismo, como Organo Desconcentrado de la Secretaría de Turismo. D.O.F. 16-VII-1985.
Acuerdo por el que se crea la Comisión de Descentralización de la Secretaría de Turismo D.O.F. 25-V-1992.
Acuerdo por el que se crean las Comisiones Consultivas de Establecimientos de Hospedaje, Campamentos, Paradores de Casas Rodantes y Alimentos y Agencias de Viajes; de Guías de Turistas; y de Empresas de Sistema de Intercambio de Servicios Turísticos y Prestadores de Servicios Relacionados con el Turismo D.O.F. 1-VII-1994.
Acuerdo por el que se establece con carácter de permanente el Programa para la Implementación, Operación y Desarrollo del Sistema Nacional de Información Turística. D.O.F. 18-VIII-1994.
Acuerdo por el que se reforman los artículos 2 y 5 del diverso que creó el Centro de Estudios Superiores en Turismo D.O.F. 14-IX-1994.
Acuerdo por el que se formaliza la creación, integración y objeto de las Subcomisiones de la Comisión Ejecutiva de Turismo D.O.F. 12-XII-1994.
Acuerdo por el que se establecen modalidades en la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros y turismo para los efectos de ingreso de unidades vehiculares a dicho servicio D.O.F. 29-IV-1996.
Acuerdo por el que se crea el Comité de Informática de la Secretaría de Turismo D.O.F. 19-XI-1996.
Acuerdo por el que se crea el Consejo Nacional de Turismo Social D.O.F. 6-VIII-1997.
Acuerdo por el que se modifica el diverso de fecha 18 de junio de 1996, publicado el 1 de julio de ese mismo año, y se adscribe orgánicamente la Dirección General de Asuntos Jurídicos al Titular de la Secretaría de Turismo D.O.F. 26-I-1998.
Acuerdo por el que se delegan facultades en los Titulares de la Unidad de Servicios Turísticos y de la Dirección General de Servicios al Turista D.O.F. 2-XII-1998.
Acuerdo por el que se crea el Comité de Evaluación de Guías de Turistas Especializados D.O.F. 2-XII-1998.
Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el registro federal de trámites empresariales que aplica la Secretaría de Turismo y se establecen diversas medidas de mejora regulatoria D.O.F. 21-XII-1998.
Acuerdo por el que se crean, integran y determinan objetivos de las subcomisiones de inversión turística, de infraestructura para el turismo y de asuntos fiscales, así como del grupo de trabajo de cruceros de la Comisión Ejecutiva de Turismo D.O.F. 29-XII-1998.
Acuerdo por el que se abroga el diverso que creó el Comité de Programas Conjuntos de la Secretaría de Turismo, publicado el 8 de mayo de 1998 D.O.F. 19-II-1999.
Acuerdo por el que se reforman el artículo 2 y el párrafo segundo del artículo 5 del acuerdo por el que se crea el Centro de Estudios Superiores en Turismo, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Turismo D.O.F. 17-V-1999.
Acuerdo por el que se crea, integra y determinan objetivos de la subcomisión de temas sociales de la Comisión Ejecutiva de Turismo D.O.F. 14-VI-1999.
Acuerdo mediante el cual se delega en los Titulares de las Unidades Administrativas que se indican, la facultad de representación de la Secretaría de Turismo, en el otorgamiento y firma de los instrumentos jurídicos que en el mismo se señalan D.O.F. 13-X-1999.
Acuerdo por el que se crea el consejo asesor para la competitividad turística D.O.F. 2-XI-1999.
Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo de Turismo D.O.F. 2-XI-1999.
Acuerdo mediante el cual se ordena concluir el cierre administrativo de las representaciones de la Secretaría de Turismo D.O.F. 23-III-2000.
Acuerdo por el que se expide el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal D.O.F. 13-X-2000.
Acuerdo por el que se resectoriza el Fondo Nacional de Fomento al Turismo en el Sector Coordinado por la Secretaría de Turismo D.O.F. 22-II-2001.
Acuerdo que establece las disposiciones de productividad, ahorro, transparencia y desregulación presupuestaria en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal 2001 D.O.F. 28-II-2001.
Acuerdo por el que se crea el Comité para la transparencia y combate a la corrupción en el Sector Turismo D.O.F. 30-III-2001.
Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal D.O.F. 3-V-2001.
Acuerdo por el que se establece el Manual de Requerimientos de Información a Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y a la Procuraduría General de la República D.O.F. 30-V-2001.
Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas y Organo Desconcentrado a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo D.O.F. 19-VI-2001.
Fe de erratas al Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo D.O.F. 9-VII-2001.
Acuerdo por el que se modifica al diverso que creó el Comité de Informática de la Secretaría de Turismo D.O.F. 18-VII-2001.
DECLARATORIAS
Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Nacional relativa al Desarrollo Turístico Santa Agueda, ubicado en el Municipio Nativitas, Distrito de Zacatelco, Tlax. D.O.F. 2-VII-1980.
Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Nacional relativa al Desarrollo Turístico el Tamarindo, ubicado en los Predios el Tamarindo, Majahua y Dorada, Pertenecientes al Municipio de la Huerta, Jalisco. D.O.F. 2-VII-1980.
Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Nacional relativa al Desarrollo Turístico el Faro, ubicado en el Municipio de la Huerta, Jalisco D.O.F. 2-VII-1980.
Declaratoria por la que se establecen las Regiones de Desarrollo Turístico Prioritario D.O.F. 16-XI-1981.
Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Prioritario del Corredor Turístico Ecológico, denominado Costa Alegre en el Estado de Jalisco. D.O.F. 5-XII-1990.
Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Prioritario del Area Colindante a la Presa de la Amistad, Municipio de Acuña, Coahuila D.O.F. 19-VI-1990.
Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Prioritario de la Zona de Monumentos Históricos de la ciudad de Puebla de Zaragoza D.O.F. 28-II-1994.
Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Prioritario de la ciudad de Oaxaca de Juárez y los Valles Centrales D.O.F. 6-IX-1994.
Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Prioritario del Area Denominada Playa Miramar, ubicada en el Municipio de Ciudad Madero, Tamps. D.O.F. 19-IX-1996.
Acuerdo por el que se declara zona de Desarrollo Turístico prioritario el corredor costero San Felipe Puertecitos, en el Estado de Baja California D.O.F. 30-III-2000.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
Norma Oficial Mexicana Nom-07-tur-1996, de los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios. D.O.F. 8-VIII-1996.
Norma Oficial Mexicana Nom-08-tur-1996, que establece los elementos a que deben sujetarse los guías generales. D.O.F. 24-I-1997.
Norma Oficial Mexicana Nom-09-tur-1997, que establece los elementos a que deben sujetarse los guías especializados en actividades específicas. D.O.F. 4-VIII-1997.
Norma Oficial Mexicana Nom-05-tur-1995, requisitos mínimos de seguridad a que deben sujetarse las operadoras de buceo para garantizar la prestación del servicio. D.O.F. 31-VII-1998.
Norma Oficial Mexicana Nom-01-tur-1998, de los formatos foliados y de porte pagado para la presentación de sugerencias y quejas de servicios turísticos relativos a establecimientos de hospedaje. D.O.F 21-I-1999.
Norma Oficial Mexicana Nom-02-tur-1998, de los formatos foliados y de porte pagado para la presentación de sugerencias y quejas de servicios turísticos relativos a agencias de viajes. D.O.F. 22-I-1999.
Norma Oficial Mexicana Nom-03-tur-1998, de los formatos foliados y de porte pagado para la presentación de sugerencias y quejas de servicios turísticos relativos a establecimientos de alimentos y bebidas. D.O.F. 1-II-1999.
Norma Oficial Mexicana Nom-04-tur-1998, de los formatos foliados y de porte pagado para la presentación de sugerencias y quejas de servicios turísticos relativos a empresas de sistemas de intercambio de servicios turísticos. D.O.F. 3-II-1999.
Norma Oficial Mexicana Nom-010-tur-1998, de los requisitos que deben contener los contratos que celebren los prestadores de servicios turísticos con los usuarios turistas. D.O.F. 27-VII-1999.
Norma Oficial Mexicana Nom-06-tur-2000, requisitos mínimos de seguridad e higiene que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de campamentos y prestadores de casas rodantes. D.O.F. 8-III-2001.
ATRIBUCIONES
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Artículo 42.- A la Secretaría de Turismo corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional;
II. Promover en coordinación con las entidades federativas las zonas de desarrollo turístico nacional y formular en forma conjunta con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales la declaratoria respectiva;
III. Participar con voz y voto en las comisiones Consultiva de Tarifas y la Técnica Consultiva de Vías Generales de Comunicación;
IV. Registrar a los prestadores de servicios turísticos, en los términos señalados por las leyes;
V. Promover y opinar sobre el otorgamiento de facilidades y franquicias a los prestadores de servicios turísticos y participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales necesarios para el fomento a la actividad turística, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados;
VI. Autorizar los precios y tarifas de los servicios turísticos, previamente registrados, en los términos que establezcan las leyes y reglamentos; y participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de los precios y tarifas de los bienes y servicios turísticos a cargo de la Administración Pública Federal;
VII. Vigilar con el apoyo de las autoridades estatales y municipales, la correcta aplicación de los precios y tarifas autorizados o registrados y la prestación de los servicios turísticos, conforme a las disposiciones legales aplicables, en los términos autorizados o en la forma en que se hayan contratado;
VIII. Estimular la formación de asociaciones, comités y patronatos de carácter público, privado o mixto, de naturaleza turística;
IX. Emitir opinión ante la Secretaría de Economía, en aquellos casos en que la inversión extranjera concurra en proyectos de desarrollo turístico o en el establecimiento de servicios turísticos;
X. Regular, orientar y estimular las medidas de protección al turismo, y vigilar su cumplimiento, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal y con las autoridades estatales y municipales;
XI. Promover y facilitar el intercambio y desarrollo turístico en el exterior, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores;
XII. Promover y, en su caso, organizar en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, la capacitación, investigación y el desarrollo tecnológico en materia turística;
XIII. Formular y difundir la información oficial en materia de turismo; coordinar la publicidad que en esta materia efectúen las entidades del gobierno federal, las autoridades estatales y municipales y promover la que efectúan los sectores social y privado;
XIV. Promover, coordinar y, en su caso, organizar los espectáculos, congresos, excursiones, audiciones, representaciones y otros eventos tradicionales y folklóricos de carácter oficial, para atracción turística;
XV. Fijar y, en su caso, modificar las categorías de los prestadores de servicios turísticos por ramas;
XVI. Autorizar los reglamentos interiores de los establecimientos de servicios al turismo;
XVII. Llevar la estadística en materia de turismo, de acuerdo con las disposiciones que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
XVIII. Promover y apoyar la coordinación de los prestadores de servicios turísticos;
XIX. Proyectar, promover y apoyar el desarrollo de la infraestructura turística y estimular la participación de los sectores social y privado;
XX. Fijar e imponer, de acuerdo a las leyes y reglamentos, el tipo y monto de las sanciones por el incumplimiento y violación de las disposiciones en materia turística, y
XXI. Los demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos
ESTRUCTURA ORGANICA
1. Secretaría
1.1 Unidad de Contraloría Interna
1.2 Dirección General de Asuntos Jurídicos
1.3 Dirección General de Asuntos Internacionales
1.4 Dirección General de Comunicación Social
2. Subsecretaría de Operación Turística
2.1 Dirección General de Programas Regionales
2.2 Dirección General de Desarrollo de Productos Turísticos
2.3 Dirección General de Mejora Regulatoria
2.4 Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística
3. Subsecretaría de Planeación Turística
3.1 Dirección General de Información y Análisis
3.2 Dirección General de Planeación Estratégica y Política Sectorial
4. Subsecretaría de Innovación y Calidad
4.1 Dirección General de Administración
4.2 Dirección General de Desarrollo Institucional y Coordinación Sectorial
4.3 Dirección General de Servicios al Turista
5. Organo Administrativo Desconcentrado
5.1 Centro de Estudios Superiores en Turismo
OBJETIVOS Y FUNCIONES POR AREA
SECRETARIa
OBJETIVO
Conducir y consolidar el desarrollo turístico nacional, mediante las actividades de planeación, desarrollo de la oferta, apoyo a la operación de los servicios turísticos y la promoción para cumplir con las prioridades establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, articulando las acciones concurrentes de diferentes instancias y niveles de gobierno.
FUNCIONES
Establecer y dirigir la política de la Secretaría, así como coordinar, en los términos de la legislación aplicable, la del Sector a su cargo;
Someter a la consideración del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos los asuntos encomendados a la Secretaría y a las entidades paraestatales del Sector, y desempeñar las comisiones especiales que el mismo le confiera;
Proponer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, los anteproyectos de iniciativa de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes sobre los asuntos de la competencia de la Secretaría y del sector respectivo;
Dar cuenta al H. Congreso de la Unión, luego de que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, del estado que guarden la Secretaría y el sector correspondiente y, siempre que sea requerido para ello, informar a cualquiera de las Cámaras que lo integran cuando se discuta una iniciativa de ley o se estudie un asunto relacionado con el ámbito de su competencia;
Refrendar, para su validez y observancia constitucionales, los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes expedidos por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, cuando se refieran a asuntos de la competencia de la Secretaría;
Aprobar el anteproyecto de programa presupuesto anual de la Secretaría y el de las entidades paraestatales del sector que coordina, a efecto de que sean presentados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos de la legislación aplicable;
Someter a la consideración del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el programa sectorial respectivo, vigilando su congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, así como aprobar las aportaciones del sector a los programas regionales y especiales que determine el propio Titular del Ejecutivo Federal;
Aprobar la organización y el funcionamiento de la Secretaría, autorizando y disponiendo la publicación del Manual de Organización General, así como de los demás manuales administrativos, de procedimientos y de servicios al público;
Adscribir orgánicamente las unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado establecidos en el Reglamento Interior, expidiendo el acuerdo respectivo y ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación;
Establecer las unidades de coordinación, asesoría y de apoyo técnico que requiera el funcionamiento administrativo de la Secretaría;
Acordar los nombramientos de los servidores públicos superiores de la Secretaría, así como resolver sobre las propuestas que éstos formulen para la designación de su personal de confianza;
Suscribir las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría;
Presidir los órganos de gobierno de las entidades del sector y, en su caso, designar a los representantes de la Secretaría ante los mismos, estableciendo las normas y lineamientos generales para el ejercicio de dichas representaciones;
Designar a los representantes de la Secretaría ante las comisiones, congresos, organizaciones e instituciones nacionales e internacionales en los que participe la misma;
Representar al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en los juicios constitucionales, en los términos del artículo 19 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
Intervenir en los convenios que celebre el Ejecutivo Federal, cuando incluyan aspectos de la jurisdicción y competencia de la Secretaría;
Promover la planeación de la producción, promoción, servicios y comercialización, como etapas que integran el proceso productivo del sector turismo tanto en las singularidades específicas de cada etapa del proceso, como en su configuración integral y sectorial;
Concertar acciones en materia turística con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y celebrar los instrumentos jurídicos que corresponda con éstas y con gobiernos de las entidades federativas y de los municipios;
Atender los asuntos internacionales de la competencia de la Secretaría, así como celebrar convenios bilaterales y multilaterales de cooperación turística, en coordinación con otras dependencias de la Administración Pública Federal;
Promover, en coordinación con las entidades federativas, la determinación de zonas de desarrollo turístico prioritario, oyendo la opinión de otras dependencias de la Administración Pública Federal cuando proceda, y expedir la declaratoria respectiva conjuntamente con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
Presidir la Comisión Ejecutiva de Turismo, así como aquellas otras instancias de carácter interno que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la Secretaría;
Resolver sobre los recursos administrativos que se interpongan contra actos de la Secretaría;
Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de este Reglamento y sobre los casos no previstos en el mismo, y
Ejercer las demás facultades que las disposiciones legales le confieran expresamente, así como aquellas otras que con el carácter de no delegables le asigne el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
UNIDAD DE CONTRALORIA INTERNA
La Secretaría de Turismo cuenta con una Contraloría Interna, órgano interno de control, al frente de la cual el Contralor Interno designado en los términos del artículo 37 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en ejercicio de sus facultades, se auxiliará por los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades designados en los mismos términos.
Con sujeción a su presupuesto autorizado, el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría contará, en su caso, con una Contraloría Interna en los términos del párrafo anterior. En el supuesto de que el órgano administrativo desconcentrado no cuente con dicha Contraloría, las facultades a que se refiere este artículo se ejercerán por la Contraloría Interna de la dependencia.
Los servidores públicos a que se refieren los párrafos anteriores, ejercen en el ámbito de sus respectivas competencias las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y en los demás ordenamientos legales y administrativos aplicables, conforme a lo previsto en lo conducente por el Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
OBJETIVO
Proteger el patrimonio e intereses de la Secretaría, apoyando y asesorando jurídicamente a las demás unidades administrativas y a las entidades paraestatales del sector, en el cumplimiento de sus atribuciones y funciones.
FUNCIONES
Asesorar jurídicamente a la C. Secretaria y a las demás unidades administrativas de la Secretaría, a su órgano administrativo desconcentrado y a las entidades paraestatales del sector, actuando como órgano jurídico de consulta, sistematizando y difundiendo los criterios necesarios para interpretar y aplicar, para efectos administrativos, las disposiciones legales que normen sus actividades;
Otorgar seguridad al patrimonio e intereses de la Secretaría, apoyando legalmente el ejercicio de sus atribuciones, así como atender todos aquellos asuntos en que la propia Secretaría tenga interés jurídico;
Compilar y difundir las disposiciones jurídicas relacionadas con las atribuciones de la Secretaría;
Formular y revisar los anteproyectos de circulares, órdenes y demás disposiciones de carácter general y pronunciarse sobre los que propongan otras unidades administrativas de la Secretaría, su órgano administrativo desconcentrado o las entidades paraestatales del sector y, en su caso, remitirlos al Diario Oficial de la Federación para su publicación, así como formular y revisar las iniciativas de leyes o decretos y los anteproyectos de decretos, reglamentos, acuerdos y otras disposiciones relacionadas con la actividad turística, en coordinación con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal;
Revisar los anteproyectos de normas oficiales mexicanas en materia turística, que formule la Dirección General de Mejora Regulatoria;
Elaborar y dictaminar los convenios, contratos, acuerdos, bases de coordinación o colaboración y, en general, cualquier instrumento jurídico que celebre la Secretaría con organismos de los sectores público, privado y social, nacionales e internacionales, de conformidad con los requerimientos de las respectivas unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado;
Representar legalmente a la Secretaría tanto en los juicios de orden laboral como en los asuntos contenciosos en los que sea parte e intervenir en las reclamaciones de carácter jurídico que puedan afectar sus intereses, así como formular denuncias, promover querellas y desistirse de las mismas;
Elaborar y proponer los informes previos y justificados en los juicios de amparo, y formular todas las promociones que dichos juicios requieran, así como los escritos de demanda y contestación, según proceda, en los términos del artículo 105 Constitucional y su Ley Reglamentaria;
Certificar documentos existentes en los archivos de la Secretaría, cuando los mismos se refieran al despacho de asuntos competencia de la misma;
Tramitar los recursos administrativos que se interpongan ante la Secretaría y proyectar las resoluciones correspondientes de conformidad con lo dispuesto por las leyes y reglamentos;
Participar con otras unidades administrativas de la Secretaría y con su órgano administrativo desconcentrado, en las comisiones mixtas previstas en las leyes y reglamentos, de las que forme parte la Secretaría y los prestadores de servicios turísticos, apoyando jurídicamente el funcionamiento de las mismas;
Emitir opinión ante las autoridades que corresponda, en aquellos casos en que la inversión extranjera concurra en proyectos de desarrollo turístico o en el establecimiento de servicios turísticos;
Elaborar los proyectos de declaratorias de zonas de desarrollo turístico prioritario, de conformidad con las leyes aplicables, así como emitir opinión a las dependencias o entidades competentes sobre los aspectos legales en la preservación del equilibrio ecológico y social en los desarrollos turísticos;
Dictaminar sobre la creación, modificación, reestructuración, fusión, liquidación o extinción de las entidades paraestatales del sector, así como sobre la participación de éstas o de la Secretaría en el capital social de otras empresas o sobre aportaciones que efectúen al patrimonio de fideicomisos;
Iniciar y dar trámite a los procedimientos de rescisión y de exigibilidad de garantías y penalización de los contratos, pedidos y demás negocios jurídicos en los que participe la Secretaría, previa solicitud y dictamen que formule la unidad administrativa u órgano administrativo desconcentrado responsable del control, seguimiento y ejecución del contrato, pedido o negocio jurídico de que se trate;
Representar a la Secretaría y dar trámite a los asuntos relacionados con propiedad industrial y derechos de autor ante las autoridades competentes;
Coadyuvar en el ámbito de su competencia, en la organización del evento denominado Tianguis Turístico , y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES
OBJETIVO
Participar en la instrumentación de acciones para promover la cooperación internacional en materia turística, mediante propuestas de suscripción de instrumentos jurídicos que permitan evaluar los resultados de tratados, convenios y acuerdos.
FUNCIONES
Coordinar y fomentar, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, la comunicación de la Secretaría con las Administraciones Nacionales de Turismo de otros países, con las representaciones diplomáticas y consulares y con otros organismos internacionales;
Participar en grupos de trabajo, foros y eventos internacionales que se realicen en el país o en el extranjero en materia turística internacional;
Representar a la Secretaría en los foros, reuniones o eventos de organismos internacionales, en coordinación con las demás unidades administrativas de la Secretaría y con la Secretaría de Relaciones Exteriores;
Participar con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en la instrumentación de acciones para promover la suscripción de instrumentos jurídicos en materia turística con otros países y organismos internacionales, así como para establecer programas de cooperación turística internacional con aquéllos con los que se tengan celebrados tratados, convenios o acuerdos en esta materia, atendiendo al desarrollo integral del país y considerando al turismo social a que se refiere la Ley Federal de Turismo;
Proponer a la Secretaría del Despacho la suscripción de instrumentos de carácter internacional relacionados con la competencia de la Secretaría; en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos y con las demás unidades administrativas que correspondan;
Dar seguimiento y evaluar los resultados de la instrumentación de los tratados, convenios y acuerdos que en materia turística se hayan celebrado, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
Direccion General DE COMUNICACION SOCIAL
OBJETIVO
Contribuir al fortalecimiento de la imagen turística, a través de la difusión de la información sobre los objetivos específicos, metas y logros de la institución, así como de los programas nacionales y regionales de desarrollo de la materia, a fin de propiciar la participación de los diversos sectores de la población y de los servidores públicos de la Secretaría en la consecución de los objetivos nacionales.
FUNCIONES
Instrumentar las políticas y estrategias de comunicación social dictadas por el Titular de la Secretaría, así como difundir la imagen institucional de la dependencia a través de los diversos medios de comunicación;
Formular sus programas de comunicación social con la intervención que corresponda a la Secretaría de Gobernación;
Formular y desarrollar los programas de información, difusión y prensa de la Secretaría;
Informar de las actividades que lleve a cabo la Secretaría, así como de los eventos que realice o en los que participe;
Conducir las relaciones con los medios de comunicación;
Organizar y supervisar entrevistas y conferencias con la prensa nacional e internacional y emitir boletines de prensa;
Coordinar las acciones de edición e impresión de las publicaciones oficiales de la Secretaría;
Captar, analizar y difundir la información que sobre la Secretaría y la actividad turística en general se contenga en los medios de comunicación;
Promover y gestionar la participación de la Secretaría en el tiempo que le corresponde al Estado en la radio y televisión;
Apoyar a las unidades administrativas de la Secretaría y al Centro de Estudios Superiores en Turismo, en sus actividades de comunicación social, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
SUBSECRETARIA DE OPERACION TURISTICA
OBJETIVO
Promover actividades para el desarrollo, operación y fomento de los servicios turísticos, a través de la evaluación de los programas que permitan un desarrollo turístico sustentable y competitivo que coadyuve en la generación de empleos, en la preservación del entorno natural e histórico de las regiones, y en la captación de divisas.
FUNCIONES
Apoyar a los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en la formulación e instrumentación de programas de desarrollo y promoción del turismo;
Promover actividades para el desarrollo, operación y fomento de los servicios turísticos entre la Secretaría y otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, el Poder Legislativo, organismos privados y sociales, nacionales e internacionales, así como gobiernos de las entidades federativas y de los municipios;
Evaluar la factibilidad técnica de los programas de desarrollo propuestos para los centros, regiones y sus productos turísticos, así como el impacto social y la incorporación de las comunidades receptoras de estos proyectos;
Fomentar la diversificación de actividades turísticas en los centros y regiones turísticas;
Analizar estudios de tendencias turísticas y evaluar las del mercado turístico nacional e internacional, a fin de identificar e impulsar los productos diferenciados de mayor demanda y potencial;
Promover la participación de los sectores público, social y privado en el desarrollo y promoción de los destinos y productos turísticos;
Evaluar el desarrollo de los centros, regiones y productos turísticos, identificando las causas de la problemática existente y proponer e impulsar las acciones requeridas para su solución;
Fomentar el desarrollo de nuevos productos turísticos que respondan a las tendencias de la demanda de los mercados nacional e internacional y coadyuven en la generación de empleos y la preservación del entorno natural, cultural e histórico de las comunidades y regiones en que se asienten;
Instrumentar estrategias que impulsen el desarrollo de líneas de producto turísticas como el turismo alternativo, de salud, deportivo, cultural, de negocios, náutico, entre otros, que otorguen valor agregado a los diversos destinos turísticos, en coordinación con los sectores público, social y privado;
Promover la consolidación, reconversión y reevaluación de productos turísticos locales y regionales a partir de la integración de atractivos con valor agregado y medios de acceso idóneos;
Participar en el proceso de creación, operación, modificación o extinción de los fideicomisos de su competencia;
Promover ante la banca de desarrollo, el financiamiento a las entidades federativas, a los municipios y a los prestadores de servicios turísticos;
Supervisar la elaboración de anteproyectos de normas oficiales mexicanas en materia turística;
Expedir las normas oficiales mexicanas en materia turística;
Proponer acciones de mejora regulatoria, simplificación y facilitación para la operación y prestación de servicios turísticos;
Coordinar la inscripción de los prestadores de servicios turísticos en el Registro Nacional de Turismo;
Coordinar la realización de visitas de verificación para constatar el cumplimiento, por los prestadores de servicios turísticos, a lo dispuesto por la Ley Federal de Turismo, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas en la materia;
Supervisar la aplicación de las sanciones que correspondan con motivo de violaciones cometidas a la Ley Federal de Turismo, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas en la materia;
Diseñar, coordinar, concertar y operar los programas y actividades de Turismo Social;
Proponer investigaciones de mercado, que proporcionen pautas para la capacitación y el desarrollo de los prestadores de servicios turísticos;
Colaborar en la instrumentación de programas de educación y capacitación turística con instituciones públicas y privadas;
Instrumentar cursos, conferencias y congresos en materia de capacitación turística;
Definir indicadores y promover normas de calidad en la prestación de servicios turísticos, impulsando la clasificación de los servicios turísticos y participar en ésta;
Diseñar estrategias para el desarrollo de una cultura de servicio turístico de alta calidad, higiene y seguridad;
Fomentar el desarrollo y la modernización de la pequeña y mediana empresas de servicios turísticos;
Coordinar los trabajos de la Comisión Ejecutiva de Turismo;
Participar en la integración del programa sectorial respectivo, cuenta pública e informe de gobierno en el ámbito del sector turístico;
Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, en la organización del evento denominado Tianguis Turístico , y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES
OBJETIVO
Diseñar los proyectos de programas de desarrollo turístico a través del análisis de las solicitudes planteadas por los gobiernos de las entidades federativas, municipios y representantes de los sectores privado y académico, con la finalidad de fortalecer la capacidad competitiva de los destinos y regiones turísticas.
FUNCIONES
Diseñar los proyectos de programas de desarrollo turístico que deben ser considerados en las regiones turísticas del país, apoyándose en las áreas administrativas correspondientes, atendiendo al principio del desarrollo integral en un marco sustentable y competitivo;
Concentrar las solicitudes de apoyo planteadas por los gobiernos de las entidades federativas y los municipios y por representantes de los sectores privado y académico, orientadas a fortalecer la capacidad competitiva de los destinos y las regiones turísticas y canalizarlas a las áreas administrativas correspondientes para su evaluación, análisis y de ser procedente, incorporarlas a las acciones formales de colaboración con las autoridades de las entidades federativas y de los municipios;
Dar seguimiento a la formalización de la relación interinstitucional entre la Secretaría y las entidades federativas y los municipios, mediante la concertación, gestión, ejecución y control de instrumentos jurídicos normativos pertinentes, validados por las instancias globalizadoras;
Coordinar la ejecución de los programas contemplados en los convenios de coordinación que para el efecto sean suscritos con los gobiernos de las entidades federativas, atendiendo el cumplimiento programático y presupuestal correspondiente;
Vigilar la debida observancia de los procedimientos administrativos vigentes en el ejercicio de los recursos aportados a los gobiernos estatales y, en su caso a los municipios, en el marco de los convenios de coordinación que suscriba la Secretaría;
Impulsar la participación de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas y los municipios, así como de los representantes de los sectores privado y social, para optimizar su participación económica en proyectos de desarrollo y fomento de la oferta turística de los programas regionales;
Coordinar acciones de comercialización entre operadores de turismo y prestadores de servicios turísticos para conformar programas regionales, rutas y circuitos comercializables;
Promover la inclusión de acciones de consolidación, diversificación y fomento de los productos turísticos que agreguen valor a los programas regionales, en el marco de los convenios de coordinación que se suscriban con las entidades federativas y, en su caso, con los municipios;
Apoyar y dar seguimiento a las acciones emprendidas por las áreas administrativas correspondientes, para incentivar la participación de los sectores público, social y privado en el desarrollo de productos turísticos regionales;
Participar en las acciones que se deriven de la creación, operación, modificación o extinción de los contratos de fideicomiso en los que participan los gobiernos federal, estatales y, en su caso municipales, así como prestadores de servicios turísticos;
Coordinar la realización de acciones para la atención de asuntos relacionados con el desarrollo de los programas regionales entre las unidades administrativas de la Secretaría y otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
Gestionar el apoyo de la banca de desarrollo, en el financiamiento a las entidades federativas, los municipios y prestadores de servicios turísticos;
Coordinar la participación de las entidades federativas y los municipios en aquellas actividades sectoriales, organizadas para fortalecer la actividad turística nacional;
Ejecutar las declaratorias de zonas de desarrollo turístico prioritario, en coordinación con las entidades federales, estatales y municipales correspondientes, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO DE PRODUCTOS TURISTICOS
OBJETIVO
Fomentar la competitividad en el sector mediante el desarrollo de productos turísticos específicos, para diversificar y ampliar la oferta de México e incrementar la demanda, así como su permanencia en los destinos turísticos del país, impulsando la consolidación y revalorización de productos de turismo convencional a través de la oferta de productos y actividades turísticas competitivas y sustentables.
FUNCIONES
Fomentar la competitividad en el sector mediante el desarrollo de productos turísticos específicos y grupos locales de productos, la intensificación de la capacidad innovadora de las pequeñas y medianas empresas turísticas y el incremento de la demanda local;
Proponer e instrumentar estrategias y mecanismos para incrementar la competitividad de las líneas de producto y destinos turísticos nacionales;
Estimular la competitividad turística, a través de acciones de transferencia de tecnología para mantener y elevar la calidad de las empresas prestadoras de servicios turísticos y otras empresas relacionadas con el sector turístico;
Proponer, con la participación que corresponda al Centro de Estudios Superiores en Turismo, la realización de estudios encaminados a conocer el potencial de los destinos turísticos para desarrollar nuevos productos a ofrecer en el mercado y la elaboración de diagnósticos para consolidar los productos existentes;
Proponer acciones que permitan el mejoramiento de los productos turísticos existentes en los diversos destinos del país;
Coadyuvar al incremento del flujo de turistas nacionales y extranjeros así como su permanencia en los destinos turísticos del país, impulsando la consolidación y revaloración de productos de turismo convencional a través de la oferta de productos y actividades turísticas competitivas;
Impulsar el desarrollo de nuevas líneas de productos, para propiciar una diversificación de los mercados y la competitividad de los destinos turísticos de acuerdo con su vocación turística;
Generar el desarrollo de productos de turismo tales como alternativo, deportivo, náutico, cultural, de salud, social, para discapacitados y de negocios, entre otros, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos estatales, los municipios, así como con organismos sociales y privados;
Concertar acciones con prestadores de servicios turísticos e instituciones públicas, sociales y privadas, para fomentar el desarrollo, promoción y comercialización de servicios, actividades, destinos y productos, atendiendo las demandas de recreación y esparcimiento del sector social a través del turismo;
Impulsar el desarrollo de productos turísticos en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos estatales, los municipios, así como con organismos privados y sociales;
Promover el desarrollo de los prestadores de servicios turísticos y su participación en la consolidación de productos turísticos y en la identificación de nuevas alternativas del mercado;
Fomentar la comercialización de productos turísticos en cada uno de los sitios en que se oferten, de acuerdo con los segmentos de mercado que les corresponde en función de su vocación y atractivos;
Impulsar la coordinación entre prestadores de servicios turísticos, para conformar productos turísticos comercializables;
Ser el enlace operativo de la Subsecretaría de Operación Turística con el Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., en materia de promoción turística por línea de producto;
Proponer mecanismos de coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como con instituciones de los sectores privado y social, para apoyar programas locales de desarrollo de productos competitivos y sustentables;
Dar seguimiento a los proyectos de inversión turística;
Impulsar la participación de las autoridades de las entidades federativas y los municipios, así como de los representantes de la iniciativa privada, para optimizar su participación en líneas de producto que pongan en valor los destinos turísticos;
Participar y emitir opinión a la Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística, sobre las políticas, estrategias y programas de capacitación para la formación y desarrollo de recursos humanos para atender actividades turísticas especializadas, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE MEJORA REGULATORIA
OBJETIVO
Impulsar acciones de mejora regulatoria para facilitar la operación de los prestadores de servicios turísticos y la movilidad y permanencia de los turistas, así como promover estándares de seguridad, información y calidad mediante la normalización, certificación y verificación.
FUNCIONES
Definir e instrumentar los lineamientos para la inducción, concertación y gestión de las acciones en materia de facilitación y operación de servicios turísticos con los sectores público, social y privado;
Participar con la Dirección General de Asuntos Jurídicos en la formulación y revisión de anteproyectos de iniciativas de leyes o decretos, así como los anteproyectos de decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás disposiciones de carácter general relacionadas con la actividad turística;
Analizar las recomendaciones en materia de normalización turística internacional y su implicación en las normas oficiales mexicanas y normas mexicanas;
Elaborar los anteproyectos de normas oficiales mexicanas en materia turística y someterlos a la consideración del Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística;
Enviar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las normas oficiales mexicanas en materia turística que hayan sido expedidas conforme a la legislación aplicable;
Coordinar el funcionamiento del Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística;
Difundir y aplicar las normas oficiales mexicanas en materia turística;
Participar en los Comités Consultivos de Normalización de todas las dependencias del gobierno federal, cuyas acciones incidan en la actividad turística;
Evaluar y dar seguimiento a las actividades convenidas entre la Secretaría y otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Gobiernos de las entidades federativas y municipales, que incidan en la facilitación para la operación y desarrollo de la prestación de servicios turísticos;
Regular y verificar la veracidad de la información que proporcionen los prestadores de servicios turísticos;
Inscribir a los prestadores de servicios turísticos en el Registro Nacional de Turismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Turismo y su Reglamento y, en su caso, expedir los reconocimientos a prestadores de servicios;
Verificar el debido cumplimiento, por parte de los prestadores de servicios turísticos, de lo dispuesto por la Ley Federal de Turismo, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de turismo directamente, o por conducto de organismos certificadores y unidades de verificación;
Determinar e imponer las sanciones que procedan por violación a las disposiciones legales en materia turística, siguiendo el procedimiento establecido para tales efectos;
Captar y evaluar la información relativa a las actividades operativas de las autoridades estatales de turismo, asistiéndolas en asuntos relacionados con la operación de los prestadores de servicios turísticos;
Aprobar las unidades de verificación, certificación y organismos nacionales de normalización turística, así como dar seguimiento a los trabajos desarrollados por dichas instancias;
Aprobar los dictámenes relativos a la acreditación de guías de turistas, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la materia;
Coordinar las Comisiones Consultivas de Prestadores de Servicios Turísticos;
Apoyar técnicamente los trabajos de la Comisión Ejecutiva de Turismo, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO DE LA CULTURA TURISTICA
OBJETIVO
Propiciar el desarrollo de la Cultura Turística, a través de procesos de educación, difusión de la Cultura Turística, capacitación y modernización de las pequeñas y medianas empresas turísticas, con base en la concertación con autoridades turísticas, educativas y laborales de los tres niveles de gobierno, y la vinculación con los sectores empresarial, laboral y académico relacionados con el sector turístico, para mejorar la calidad de los servicios turísticos.
FUNCIONES
Propiciar el desarrollo de la cultura turística con base en la concertación con autoridades turísticas, educativas y laborales de los tres niveles de gobierno, y la vinculación con los sectores empresarial, laboral y académico relacionados con el sector turístico;
Definir, instrumentar y proponer estrategias de concientización que contribuyan a fomentar la valoración de la actividad turística, a partir de la difusión de los conceptos, criterios y valores que conforman la cultura turística, enfocadas a diferentes segmentos y susceptibles de ser adaptadas en función de las características locales;
Fomentar la profesionalización del sector turístico a partir de la capacitación y la modernización;
Diseñar e instrumentar programas de capacitación, formación de recursos humanos y actualización para el turismo, en función de los requerimientos regionales, estatales y municipales, así como de los programas específicos, productos turísticos y segmentos de mercado que atienden;
Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación y concertación de acciones para establecer programas locales de capacitación turística;
Llevar un registro completo y actualizado de los centros de enseñanza turística y difundir el mismo entre los prestadores de servicios turísticos y futuros educandos;
Promover la vinculación entre empresas y escuelas para actualizar los planes y programas educativos acordes con las necesidades de formación en materia turística;
Emitir ante las autoridades competentes, opinión técnica sobre la solicitud de instituciones de enseñanza turística para obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
Proponer a las autoridades competentes, las normas y lineamientos para la supervisión y regulación de las instalaciones con que deben contar los establecimientos en los que se imparta educación o capacitación turística;
Mantener contacto permanente con las instituciones educativas relacionadas con el sector, a fin de fomentar su participación en los proyectos para el desarrollo de la cultura turística;
Promover el impulso de una cultura de calidad, higiene y seguridad en la distribución, preparación y consumo de alimentos entre los prestadores de servicios turísticos de alimentos y bebidas, y participar en los procesos de certificación de los mismos;
Promover, en coordinación con las autoridades que corresponda, así como con empresas, cámaras, asociaciones y gremios sindicales, los programas de certificación de competencias laborales;
Fortalecer la modernización de la pequeña y mediana empresas turísticas;
Desarrollar e instrumentar los mecanismos de evaluación y seguimiento permanente de las acciones de capacitación, difusión y modernización realizadas a nivel federal, estatal y municipal;
Participar en la creación, operación, modificación o extinción de los fideicomisos de su competencia, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
SUBSECRETARIA DE PLANEACION TURISTICA
OBJETIVO
Diseñar políticas públicas y las estrategias de coordinación interinstitucional, mediante mecanismos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios que permitan diseñar planes y programas que identifiquen los proyectos prioritarios para el fomento y promoción de la actividad turística.
FUNCIONES
Establecer, con la aprobación del titular del ramo, los lineamientos de la política y la planeación estratégica del sector turismo del país;
Dirigir los procesos de planeación y programación institucional con apoyo de las áreas de Operación y de Innovación y Calidad de la Secretaría;
Planear y establecer las estrategias de coordinación interinstitucional entre organismos de los sectores público, privado y social relacionados con el sector;
Determinar los esquemas de participación y las acciones estratégicas para la aplicación de los planes y programas del sector en las entidades federativas y los municipios que así lo determinen;
Coordinar con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como de los sectores público, privado y social, la elaboración del Programa Sectorial dentro del marco del Plan Nacional de Desarrollo;
Establecer los mecanismos de interlocución entre la Secretaría y las oficinas de apoyo técnico y coordinación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;
Dirigir la asesoría y asistencia técnica necesaria para apoyar a los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en la elaboración de sus planes y programas de desarrollo turístico;
Establecer e impulsar propuestas de nuevos esquemas y mejoras a los modelos y procesos de planeación estratégica en el sector;
Establecer los lineamientos de las políticas de promoción y fomento turístico para su aplicación por las instancias responsables;
Evaluar la aplicación de las políticas de promoción y fomento turístico por parte de las entidades del sector;
Coordinar la planificación integral de los destinos, regiones y circuitos turísticos del país;
Elaborar y establecer el sistema nacional de información estadística del sector turismo de México, con la participación de los organismos públicos, sociales y privados relacionados con el sector;
Dirigir la investigación y análisis de la aplicación de nuevas tecnologías para el desarrollo turístico;
Evaluar la ejecución de los programas regionales de la Secretaría y de los proyectos prioritarios para el fomento y promoción de la actividad turística;
Evaluar la aplicación y observación de las políticas y estrategias del programa sectorial por parte de las entidades federativas y los municipios;
Dirigir la prospectiva de desarrollo del sector y los estudios de gran visión para la planeación a largo plazo;
Planear y proponer programas y proyectos multinacionales en colaboración con organismos internacionales especializados;
Determinar los lineamientos del aprovechamiento sustentable y carga permisible en materia turística de los recursos naturales y culturales del país;
Coordinar la elaboración de los informes de trabajo de la Secretaría;
Proponer lineamientos de integración turística en las políticas sectoriales de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y encauzar los proyectos de coordinación intersectorial que resulten necesarios;
Coordinar la realización de estudios de oferta y demanda de los servicios turísticos en los mercados nacional e internacional;
Coordinar la realización de estudios sobre el impacto de las políticas sectoriales en el desarrollo del sector turismo;
Coordinar la evaluación de los eventos oficiales de promoción y desarrollo turístico organizados a nivel nacional e internacional;
Definir los criterios de la planeación turística regional, a fin de identificar y calificar aquellas propuestas y proyectos de determinación de zonas de desarrollo turístico prioritario;
Coadyuvar en la organización y coordinar la evaluación del evento denominado Tianguis Turístico , y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE INFORMACION Y ANALISIS
OBJETIVO
Desarrollar el proceso de integración, actualización, sistematización y difusión permanente de la información estadística del sector turismo de México, que permita analizar la actividad turística y apoyar los procesos de planeación turística en sus diferentes vertientes (promoción, financiamiento, inversión, operación y desarrollo institucional) y la toma de decisiones privadas.
FUNCIONES
Coordinar los procesos de formación, desarrollo, análisis y difusión de información estadística del sector turismo de México, en apoyo a los procesos de planeación turística en sus vertientes de promoción, financiamiento e inversión, operación y desarrollo institucional, así como a la toma de decisiones privadas;
Llevar a cabo la medición y monitoreo de la actividad turística y de las variables que le afectan;
Desarrollar y operar el Sistema Nacional de Información Estadística del Sector Turismo de México;
Coordinar con los gobiernos de los estados el funcionamiento del Sistema de Información Turística Estatal y Nacional;
Coordinar y supervisar los trabajos para la integración y la actualización permanente y sistemática del inventario turístico nacional;
Diseñar, proponer y realizar estudios e investigaciones para la medición, análisis y/o evaluación de la actividad turística y sus impactos en la economía nacional;
Desarrollar y difundir análisis sobre el comportamiento y tendencias de desarrollo del turismo nacional e internacional;
Elaborar y publicar documentos técnicos sobre aspectos relacionados con la actividad turística nacional e internacional, que contribuyan a fortalecer el desarrollo de la actividad turística en el país, con el apoyo de las demás unidades administrativas de la Secretaría y/o del Centro de Estudios Superiores en Turismo;
Proponer la suscripción de los instrumentos jurídicos necesarios para coordinar la participación y colaboración que corresponda a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y a los gobiernos de las 31 entidades federativas, de los municipios y del Distrito Federal; así como para promover, cuando así se requiera, la participación y colaboración de los particulares y de los grupos sociales interesados, en la formación y desarrollo de información estadística del sector turismo de México;
Participar en los trabajos y foros de los organismos y mecanismos bilaterales y multilaterales y de organizaciones internacionales relacionados con el turismo, que permitan actualizar, mejorar, fortalecer y consolidar las funciones de competencia de la Dirección General;
Establecer y desarrollar los medios e instrumentos que se requieran para garantizar confiabilidad, cobertura y oportunidad de la información estadística que se genere del sector turismo de México, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE PLANEACION ESTRATEGICA Y POLITICA SECTORIAL
OBJETIVO
Proyectar las políticas turísticas y estrategias sectoriales mediante la formulación y coordinación de planes y programas para su aplicación en los diferentes niveles de gobierno, con la participación de los sectores privado y social.
FUNCIONES
Diseñar y proponer los lineamientos de la política turística nacional y coordinar las acciones del proceso de planeación estratégica del sector;
Establecer las prioridades para la planeación estratégica en el desarrollo turístico nacional y regional;
Formular los planes y programas para la planeación turística nacional;
Definir, proponer y evaluar modelos, fórmulas y tecnologías avanzadas que mejoren el desarrollo y la planeación sectorial de la actividad turística;
Coordinar la elaboración del proyecto de programa sectorial, en atención al Plan Nacional de Desarrollo y en forma consensuada con los gobiernos estatales y municipales y con los sectores privado y social;
Concertar y coordinar las acciones de la planeación intersectorial, que coadyuven a la ejecución de las políticas en materia de turismo;
Apoyar el proceso de elaboración de los planes y programas turísticos estatales y municipales que le soliciten;
Proponer la suscripción de convenios con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, para la asistencia en la planeación turística regional;
Supervisar y evaluar, con la participación del Centro de Estudios Superiores en Turismo, los proyectos de desarrollo turístico regional que realice el Fondo Nacional de Fomento al Turismo;
Realizar, con la participación que corresponda al Centro de Estudios Superiores en Turismo, la evaluación de los estudios de largo plazo para el sector, atendiendo a las políticas de planeación turística establecidas y, en su caso, coordinar su actualización;
Analizar los modelos y políticas de planeación turística aplicados en los países y destinos más competitivos;
Establecer las prioridades para el fomento y la promoción turística nacional, con la participación que corresponda al Fondo Nacional de Fomento al Turismo y al Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.;
Desarrollar, con la participación que corresponda al Centro de Estudios Superiores en Turismo, proyectos de investigación y estudios que apoyen al diseño de las estrategias y políticas públicas en materia de turismo;
Definir las políticas y prioridades de interlocución entre la Secretaría y sus entidades sectorizadas y las oficinas de apoyo técnico y coordinación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;
Elaborar el programa institucional de la Secretaría, con la participación que corresponda a las demás unidades administrativas de la misma;
Establecer los criterios de determinación de zonas de desarrollo turístico prioritario, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
SUBSECRETARIA DE INNOVACION Y CALIDAD
OBJETIVO
Establecer mecanismos que permitan suministrar a las unidades administrativas de la Secretaría, los recursos humanos, financieros y materiales, asimismo los servicios de apoyo informático y organizacionales necesarios para su operación; proporcionar un adecuado servicio y coordinación de las entidades sectorizadas, así como los servicios de auxilio y atención al turista, a través de una adecuada planeación, ejecución y control del gasto que permita apoyar el cumplimiento de los objetivos institucionales con acciones innovadoras de calidad y eficiencia.
FUNCIONES
Establecer, con la aprobación del Secretario, los lineamientos, criterios, sistemas y procedimientos para la administración del personal y de los recursos financieros y materiales de la Secretaría y de su órgano administrativo desconcentrado y coordinar los de las entidades sectorizadas, de acuerdo a sus objetivos y programas;
Diseñar, aplicar, dar seguimiento y evaluar las políticas y procedimientos para la innovación gubernamental de la Secretaría, de su órgano administrativo desconcentrado y de sus entidades sectorizadas;
Proponer al Secretario la autorización, asignación y modificación al presupuesto de la Secretaría y entidades del sector y tabuladores de sueldos, para su promoción ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la autorización del anteproyecto del presupuesto anual del Sector y de las modificaciones del mismo durante su ejercicio, una vez aprobado;
Autorizar las erogaciones del presupuesto autorizado de la Secretaría, vigilar su ejercicio y contabilidad, así como representarla ante cualquier autoridad fiscal en lo relativo al ejercicio de dicho presupuesto;
Tramitar las ministraciones de los recursos fiscales autorizados a las entidades del sector;
Evaluar el programa administrativo de la Secretaría, de su órgano administrativo desconcentrado y entidades paraestatales sectorizadas, en términos de operación, equipamiento, normas administrativas y racionalización del presupuesto;
Integrar la Cuenta Pública de la Secretaría, de su órgano administrativo desconcentrado y de las entidades del sector;
Evaluar, mediante el sistema de seguimiento físico y financiero, los avances de los programas y presupuestos, señalar sus desviaciones y proponer los ajustes correspondientes;
Analizar y dictaminar las propuestas de reestructuración orgánica de las unidades administrativas de la Secretaría, de su órgano administrativo desconcentrado y de sus entidades sectorizadas;
Integrar el programa anual de actividades para la transparencia y el combate a la corrupción en la Secretaría y en sus entidades sectorizadas;
Someter a la aprobación del Secretario las medidas técnicas y administrativas para la organización, funcionamiento, desconcentración, simplificación y descentralización y modernización administrativa de la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado, así como los manuales de organización, procedimientos y de servicios al público;
Planear y establecer los programas de desarrollo del personal de la Secretaría, para el mejor desempeño de sus actividades;
Conducir las relaciones laborales de la Secretaría en los términos de las disposiciones legales aplicables y de las Condiciones Generales de Trabajo;
Definir las normas y lineamientos para la aplicación del sistema de escalafón de los trabajadores, promover su difusión y proponer al Titular la designación o remoción, en su caso, de quienes deban representar a la Secretaría en la Comisión Mixta de Escalafón;
Instrumentar y supervisar la aplicación del sistema de estímulos y recompensas que determinen la ley respectiva y las Condiciones Generales de Trabajo;
Autorizar los nombramientos y las credenciales de identificación del personal, los movimientos del mismo y resolver los casos de terminación de los efectos de dichos nombramientos;
Autorizar y controlar el programa anual de adquisiciones de la Secretaría;
Aprobar las acciones necesarias para la conservación y mantenimiento de los bienes muebles, inmuebles y equipo de servicio de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
Dictar, supervisar y difundir las medidas relativas al establecimiento, mantenimiento y operación del programa interno de protección civil y de las comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo de la Secretaría;
Autorizar los convenios y contratos que afecten el presupuesto de la Secretaría, previo dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, así como los demás documentos que impliquen actos de administración;
Celebrar los convenios y contratos en materia de seguros y ejercer las acciones que se deriven de dichos actos jurídicos en representación de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
Definir y establecer la política de desarrollo informático de la Secretaría y sus entidades sectorizadas, de acuerdo a los lineamientos establecidos por las dependencias rectoras en la materia;
Presidir el Comité de Informática del Sector Turismo;
Fomentar la creación de instancias interinstitucionales de coordinación para la atención integral de los turistas;
Establecer y coordinar las políticas destinadas a la asistencia, orientación, información, atención y auxilio de los turistas nacionales y extranjeros;
Coordinar las acciones de la red nacional de oficinas y módulos, y de servicios de información y orientación a los turistas nacionales y extranjeros;
Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, en la organización del evento denominado Tianguis Turístico , y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
OBJETIVO
Proporcionar con eficiencia y oportunidad a las Unidades Administrativas de la Secretaría los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para su operación, mediante un adecuado proceso de prestación de servicios, que permitan cumplir los objetivos y programas institucionales.
FUNCIONES
Aplicar y difundir entre las unidades administrativas de la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado, las normas para la elaboración del anteproyecto del programa-presupuesto anual del sector e integrarlo conforme a las normas establecidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Instrumentar las actividades relacionadas con la programación que permitan a la Secretaría cumplir con el ejercicio correcto y oportuno del presupuesto;
Proporcionar a las unidades administrativas de la Secretaría y a su órgano administrativo desconcentrado, los recursos financieros que requieran para su operación, de conformidad con la asignación presupuestal aprobada, así como autorizar las afectaciones presupuestales y la documentación comprobatoria conforme a las normas establecidas para tal efecto;
Proponer y difundir las normas y políticas de gasto para su observancia en la Secretaría, instrumentado los mecanismos de control de los ingresos y egresos presupuestales y no presupuestales de sus unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado;
Integrar el informe del estado de posición financiera y de ejecución de presupuesto de la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado, elaborando los informes internos y externos de situación financiera presupuestal respectivos;
Elaborar la cuenta pública de la Secretaría, con la colaboración de las demás unidades administrativas y del Centro de Estudios Superiores en Turismo;
Planear, programar e instrumentar el sistema integral de administración de recursos humanos de la Secretaría;
Proponer políticas y normas para satisfacer las necesidades que en materia de personal requieran las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, con base en las disposiciones legales vigentes;
Establecer y atender los sistemas de administración del personal relacionados con el reclutamiento, selección, contratación, nombramiento, reubicación y control del personal, así como del servicio social y la integración de la bolsa de trabajo de la Secretaría;
Efectuar el pago de las remuneraciones correspondientes al personal de la Secretaría, así como tramitar y controlar las incidencias del mismo;
Determinar el pago que les corresponda a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la representación sindical de la Secretaría y a terceros, de las cantidades retenidas y descontadas al personal de la Secretaría;
Elaborar e instrumentar los programas de formación, capacitación y desarrollo del personal, así como promover y difundir los correspondientes a servicios sociales y a la educación que se imparta al personal de la Secretaría, evaluando periódicamente su ejecución;
Coordinar y proporcionar, en su caso, las prestaciones y servicios de carácter social, cultural, deportivo y recreativo para el personal de la Secretaría;
Aplicar los acuerdos de la Comisión Mixta de Escalafón y asegurar su cumplimiento;
Establecer las normas a seguir en materia de prevención de riesgos profesionales y accidentes de trabajo, así como participar en la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene de la Secretaría;
Difundir las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría, vigilando su cumplimiento;
Participar en la atención de los asuntos planteados por los representantes sindicales a las autoridades de la Secretaría;
Aplicar el sistema de premios, estímulos y recompensas conforme a las disposiciones legales aplicables;
Aplicar las medidas dictadas por el Subsecretario de Innovación y Calidad, en relación con el establecimiento, mantenimiento y operación del programa interno de protección civil para el personal, instalaciones, bienes e información de la Secretaría;
Integrar el programa anual de adquisiciones de la Secretaría, de acuerdo con los requerimientos de las unidades administrativas y realizar las adquisiciones establecidas con los alcances que determinen las autoridades superiores, así como elaborar la documentación correspondiente a las erogaciones que procedan;
Celebrar las licitaciones que se requieran para la adquisición de los bienes y servicios de la Secretaría y celebrar los instrumentos jurídicos relacionados con la adquisición, enajenación y arrendamiento de servicios y bienes muebles que se rigen por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
Aplicar las normas y criterios para la adquisición de bienes y suministros, operación de almacenes, control de activos y aprovechamiento óptimo de los recursos materiales de la Secretaría;
Fijar y aplicar las normas para proporcionar los servicios generales necesarios para el adecuado funcionamiento de las unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría;
Instrumentar las medidas de mantenimiento preventivo, correctivo y de conservación de los bienes de la Secretaría;
Proponer las políticas para la atención y supervisión del servicio de vigilancia e intendencia en cuanto a los valores y a las áreas comunes de los edificios e instalaciones de la Secretaría, así como normar la seguridad del personal dentro de los mismos;
Establecer y desarrollar los sistemas y mecanismos para el almacenamiento, control y actualización de los inventarios de la Secretaría;
Dar de baja e intervenir en las licitaciones de los bienes muebles puestos al servicio de la Secretaría, con apego a las disposiciones legales aplicables y con la intervención que corresponda a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
Coordinar y supervisar los servicios de administración y distribución de documentos oficiales, así como el sistema de archivo;
Certificar documentos que obren en sus archivos, relativos al personal de la Secretaría;
Atender la coordinación que se requiera con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, en materia de recursos humanos, materiales y financieros;
Representar a la Secretaría de Turismo para solicitar a la Tesorería de la Federación la liberación de las fianzas otorgadas a su favor para garantizar el cumplimiento de contratos, pedidos y convenios de cualquier naturaleza celebrados por la dependencia, previa solicitud y dictamen que formule la unidad administrativa u órgano desconcentrado responsable del control, seguimiento y ejecución del instrumento jurídico de que se trate, cerciorándose de que la relación contractual fue plenamente cumplida, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y COORDINACION SECTORIAL
OBJETIVO
Coordinar acciones de innovación y calidad en los procesos internos, de informática, de organización y de formación de personal e instrumentar una coordinación presupuestal estratégica entre las entidades del sector turismo.
FUNCIONES
Proponer e instrumentar las políticas y procedimientos de desarrollo institucional aplicables a la ejecución de programas a cargo de la Secretaría y sus entidades sectorizadas;
Proponer e instrumentar las políticas y estrategias de calidad administrativa aplicables a la Secretaría y a sus entidades sectorizadas;
Diseñar, aplicar y dar seguimiento a la estrategia de formulación de indicadores del desempeño que vinculen, el presupuesto autorizado a la Secretaría y sus entidades sectorizadas con las metas y resultados;
Coordinar y dar seguimiento a las acciones del Sistema de Evaluación del Desempeño por resultados del personal de la Secretaría y de sus entidades sectorizadas;
Diseñar los lineamientos que orienten la formulación y la aplicación del programa de calidad total en los procesos de trabajo de la Secretaría y de sus entidades sectorizadas;
Proponer e instrumentar los mecanismos de coordinación y operación para homologar y mejorar los procesos de trabajo entre la Secretaría y las entidades sectorizadas;
Proponer al Subsecretario de Innovación y Calidad la autorización, asignación y modificación al presupuesto de las entidades del sector, de sus estructuras orgánicas, ocupacionales y tabulación de sueldos, para su trámite ante las dependencias o entidades normativas;
Proponer y coordinar la ministración de los recursos presupuestales autorizados para las entidades del sector, de conformidad con los calendarios de gasto autorizados y el avance de sus programas;
Coadyuvar al cumplimiento de los programas, objetivos y metas de las entidades del sector;
Revisar y proponer en su caso, las adecuaciones de la estructura programática, en coordinación con las Unidades Administrativas responsable de la ejecución de presupuestos y programas, así como las prioridades del Programa Operativo Anual y su correspondiente presupuesto de gasto;
Diseñar los lineamientos para la elaboración de los manuales de organización y procedimientos de la Secretaría y sus entidades sectorizadas;
Coordinar y supervisar la elaboración de los manuales de organización y procedimientos de la Secretaría y de sus entidades sectorizadas;
Elaborar el programa anual de actividades para la transparencia y el combate a la corrupción en la Secretaría y sus entidades sectorizadas, con la colaboración de las demás unidades administrativas;
Elaborar informes y reportes periódicos sobre las acciones, avances y resultados del programa para la transparencia y combate a la corrupción;
Formular el Programa Institucional de Desarrollo Informático, que refleja las acciones de modernización y transformación en infraestructura tecnológica y en los sistemas de información de la dependencia;
Promover el diseño y desarrollo de los sistemas institucionales de información de la Secretaría y promover la renovación periódica de la infraestructura informática a fin de evitar su obsolescencia tecnológica;
Promover la modernización de los sistemas para la transmisión eficiente de voz y datos en las instalaciones de la Institución;
Adecuar y coordinar la aplicación de los lineamientos y normatividad que en informática y adquisición de bienes informáticos hayan establecido las dependencias globalizadoras;
Definir las normas para el uso de los bienes informáticos y para la explotación de los sistemas de información institucionales de la Secretaría, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS AL TURISTA
OBJETIVO
Coordinar acciones y estrategias en materia de información, asistencia y auxilio al turista, mediante la producción, sistematización y difusión de la información en materia de servicios al turista, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, que permitan incrementar el flujo y permanencia de turistas en el país.
FUNCIONES
Coadyuvar al incremento del flujo de turistas nacionales y extranjeros, así como su permanencia en los destinos turísticos del país;
Coordinar las estrategias relacionadas con la sistematización de la información, orientación y reservaciones hoteleras, además de las acciones inherentes a la atención a connacionales y turistas en general, al ingresar y salir del país;
Coordinar acciones con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con otros organismos públicos y privados, nacionales y extranjeros, para atender al turismo carretero en viajes al interior del país, proporcionando servicio de radiocomunicación, información y asistencia en su tránsito por las carreteras nacionales;
Establecer las políticas concernientes a la investigación, actualización y utilización de la información sobre destinos y servicios turísticos para orientar a los turistas;
Producir y distribuir, en coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y los sectores social y privado, materiales y guías de orientación e información al turista;
Fomentar, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios la instalación de módulos de orientación e información turística;
Coordinar el desarrollo de programas especiales de información, orientación, atención y protección al turista, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y a los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios;
Instrumentar, en el ámbito de su competencia, las acciones para el desarrollo y mejoramiento del Programa Paisano en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal participantes;
Coordinar la red nacional de oficinas y módulos de orientación e información turística, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios;
Efectuar visitas de supervisión a módulos y oficinas de información;
Proponer los mecanismos y creación de organismos que considere pertinentes para allegarse de recursos económicos y materiales necesarios para cumplir con los objetivos y funciones que tiene encomendados;
Coordinar la instrumentación y vigilancia de las medidas de asistencia y auxilio a los turistas;
Apoyar la operación del turismo de superficie, a través del servicio de auxilio turístico denominado Angeles Verdes, en coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y, en su caso, con los sectores social y privado;
Dirigir y controlar el servicio de auxilio turístico denominado Angeles Verdes, coordinando los servicios de información, orientación, asistencia mecánica y de primeros auxilios en las carreteras y caravanas de vehículos automotores;
Controlar el sistema nacional de radiocomunicación turística, atendiendo las disposiciones que al efecto emitan las autoridades correspondientes;
Establecer las medidas necesarias para la conservación y el mantenimiento del equipo y las instalaciones utilizadas en el servicio de auxilio turístico;
Establecer la coordinación que se requiera con otras autoridades e instituciones para auxiliar a los turistas en casos de emergencia y desastres, y
Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.
CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES EN TURISMO
OBJETIVO
Impulsar el desarrollo y la coordinación de acciones de investigación que mejoren el conocimiento, tanto cuantitativo como cualitativo del sector turismo, asimismo difundir la información generada que permita impulsar y promover el desarrollo tecnológico entre los actores del sector, con el objeto de que sirvan de soporte para la toma de decisiones en materia turística.
FUNCIONES
Desarrollar proyectos de investigación y estudios que coadyuven al mejoramiento en la toma de decisiones en las instituciones y empresas de los sectores público, social y privado relacionadas con la actividad turística;
Difundir por cualquier medio los resultados de las investigaciones que realice;
Impulsar la innovación y el desarrollo tecnológico de las instituciones y empresas que conforman el sector;
Fomentar la actualización y especialización profesional del personal de las instituciones y empresas de los sectores público, social y privado relacionado con la actividad turística, a través de las actividades de extensión;
Servir como órgano de consulta a las unidades administrativas de la Secretaría, respecto de los proyectos relacionados por él;
Emitir opinión técnica relativa a las propuestas de elaboración de estudios por parte de las unidades administrativas de la Secretaría, así como por el Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., y por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, a fin de conducir al uso racional de los recursos federales destinados para la investigación y la realización de estudios relacionados con la actividad turística;
Suscribir convenios para el préstamo e intercambio de material documental, así como todos aquellos acuerdos, bases y otros instrumentos jurídicos con los sectores público, privado y social, nacionales e internacionales, para cumplir con las funciones que tiene asignadas, y
Las demás que expresamente determine el titular de la Secretaría.
Fecha de autorización: 21 de agosto de 2001.- Autoriza la Secretaria de Turismo, Bertha Leticia Navarro Ochoa.- Rúbrica.- Integró el Subsecretario de Inovación y Calidad, Mario Palma Rojo.- Rúbrica.
Alejandro Martínez Carrera, Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Turismo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 13 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, CERTIFICO: Que la presente es copia fiel del original que obra en los archivos de la Secretaría de Turismo, y que se expide en ciento cinco fojas útiles por un solo lado. En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de septiembre de dos mil uno.- Conste.- Rúbrica.
DIARIO OFICIAL Viernes 14 de septiembre de 2001
Viernes 14 de septiembre de 2001 DIARIO OFICIAL
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