INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
ACUERDO del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por el que se expide el Manual de Integración y Funcionamiento de los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Fondo de la Vivienda y del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias, y de los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública de las Delegaciones Regionales y Estatales, Hospitales Regionales y del Centro Médico Nacional 20 de Noviembre.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Dirección General.
ACUERDO DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, POR EL QUE SE EXPIDE EL MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES DESCONCENTRADOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL FONDO DE LA VIVIENDA Y DEL SISTEMA INTEGRAL DE TIENDAS Y FARMACIAS, Y DE LOS COMITES DESCONCENTRADOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y OBRA PUBLICA DE LAS DELEGACIONES REGIONALES Y ESTATALES, HOSPITALES REGIONALES Y DEL CENTRO MEDICO NACIONAL 20 DE NOVIEMBRE.
BENJAMIN GONZALEZ ROARO, Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en los artículos 163 fracción VI de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 21 fracción VII del Estatuto Orgánico del propio Instituto, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece como una de sus estrategias básicas, impulsar una mejora regulatoria interna en la Administración Pública Federal que facilite la actividad gubernamental y garantice la aplicación de controles indispensables. Así también, establecer programas de mejora continua en los procesos, organización y desempeño de las instituciones y de los servidores públicos, con objeto de hacer esfuerzos integrales y coordinados para la transparencia y el combate a la corrupción.
Que el acuerdo que establece las disposiciones de productividad, ahorro, transparencia y desregulación presupuestaria en la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal del año 2001, en su capítulo V denominado Desregulación, obliga a las entidades de la Administración Pública Federal, entre otras cosas, a simplificar y reducir las normas y procedimientos con el fin de asegurar la calidad y brindar mejores tiempos de respuesta en la prestación de los bienes y servicios que proporciona el Gobierno Federal.
Que este Instituto de seguridad social con el fin de contribuir en los procesos de simplificación, transparencia y combate a la corrupción emanados del plan y acuerdo anteriormente invocados, con fecha 13 de junio de 2001, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de la Junta Directiva 40.1264.2001, mediante el cual se da a conocer la creación de su Comité de Transparencia, Ahorro e Ingreso, que tiene a su cargo, entre otras, funciones en materia de Desregulación, que permitirán al propio Instituto simplificar y reducir sus normas y procedimientos para agilizar la gestión interna.
Que con la finalidad de estar acorde y en armonía con lo que disponen las leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como sus reglamentos, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 4 de enero de 2000 y 20 de agosto de 2001, respectivamente, la Subdirección General de Abasto y Servicios Generales lleva a cabo acciones tendientes a la utilización racional de los recursos que se destinan a cada una de las unidades administrativas a través de políticas preferentemente definidas dentro de un marco jurídico, que sustente la operación de los órganos colegiados a fin de responder de manera eficiente y transparente a los requerimientos de los derechohabientes, mejorando la actuación de los servidores públicos, permitiendo que la capacidad resolutiva se ejerza de manera rápida y eficaz.
Que por acuerdos 47.1264.2001, 48.1264.2001 y 49.1264.2001 de la Junta Directiva del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicados en el mencionado órgano informativo el 29 de mayo de 2001, se autorizaron las reformas, adiciones y derogaciones de diversas disposiciones del Reglamento de las delegaciones; así como de los acuerdos 4.1218.96 y 8.1264.96 de la Junta Directiva por los que se autorizaron la constitución de los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en los Hospitales Regionales, en las Delegaciones Estatales y Regionales, en el Fondo de la Vivienda, en el Sistema Integral de Tiendas y Farmacias y en el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre.
En virtud de lo anterior, la Subdirección General de Abasto y Servicios Generales, elaboró el Manual de Integración y Funcionamiento de los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Fondo de la Vivienda y del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias, y de los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública de las Delegaciones Regionales y Estatales, Hospitales Regionales y del Centro Médico Nacional 20 de Noviembre, mismo que fue revisado y dictaminado por la Subdirección General Jurídica y de Relaciones Laborales del propio Instituto, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO PRIMERO.- Se expide el Manual de Integración y Funcionamiento de los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Fondo de la Vivienda y del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias, y de los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública de las Delegaciones Regionales y Estatales, Hospitales Regionales y del Centro Médico Nacional 20 de Noviembre.
ARTICULO SEGUNDO.- El manual indicado en el artículo anterior, formará parte de la normatividad vigente y deberá incluirse en el Prontuario Normativo Institucional del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y, por lo tanto, será de observancia obligatoria.
ARTICULO TERCERO.- La Subdirección General de Abasto y Servicios Generales con la colaboración de la Coordinación General de Comunicación Social, deberá dar la publicidad necesaria al manual que se expide a través del presente Acuerdo, entre los servidores públicos de las unidades administrativas centrales y desconcentradas del Instituto, a fin de garantizar su debida aplicación y cumplimiento.
ARTICULO CUARTO.- El manual de referencia será objeto de un proceso continuo y permanente de actualización, por lo cual, toda propuesta de reforma o modificación que se pretenda realizar a su contenido, deberá ser previamente analizada y consensada por la Subdirección General de Abasto y Servicios Generales para que, en caso de proceder, la autorice y la someta a la consideración de la Subdirección General Jurídica y de Relaciones Laborales, para su revisión, dictaminación y registro correspondiente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El manual a que se refiere este Acuerdo, entrará en vigor al día siguiente de la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abrogan los Manuales de Integración y Funcionamiento del Comité Desconcentrado de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, del Centro Médico Nacional 20 de Noviembre, del Comité Desconcentrado de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en las Delegaciones Estatales y Regionales, y del Comité Desconcentrado de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en los Hospitales Regionales ubicados en el Distrito Federal y en las Entidades Federativas, expedidos por Acuerdo del Director General publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 1997, así como cualquier otra disposición del mismo nivel que se oponga al manual expedido mediante este Acuerdo.
TERCERO.- El manual que se expide estará a disposición de los interesados para su consulta en la Subdirección General de Abasto y Servicios Generales y en las unidades administrativas desconcentradas del Instituto.
México, D.F., a 10 de diciembre de 2001.- El Director General, Benjamín González Roaro.- Rúbrica.
(R.- 157424)
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 27 de febrero de 2002
Miércoles 27 de febrero de 2002 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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