FE de erratas al Decreto por el que se modifica el diverso que creó el Instituto de Investigaciones Eléctricas, publicado el 30 de octubre de 2001.
En la página 16, Primera Sección, en el último párrafo del Artículo 4o., dice:
Las decisiones se tomarán por mayoría de votos, excepto las que corresponden a las fracciones V y XVI del artículo 5 del presente Decreto, para las que se requerirán diez votos aprobatorios. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
Debe decir:
Las decisiones se tomarán por mayoría de votos, excepto las que corresponden a las fracciones VI y XVII del artículo 5 del presente Decreto, para las que se requerirán diez votos aprobatorios. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
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DIARIO OFICIAL Lunes 5 de noviembre de 2001
Lunes 5 de noviembre de 2001 DIARIO OFICIAL
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