DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo mediante el cual se destina al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, un inmueble con superficie de 200.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Rinconada Niebla sin número, identificado como lote número 43, manzana 17, supermanzana 18, de la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, a efecto de que lo continúe dando en uso a magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación como casa habitación   

Miércoles 31 de Marzo 2004

ACUERDO mediante el cual se destina al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, un inmueble con superficie de 200.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Rinconada Niebla sin número, identificado como lote número 43, manzana 17, supermanzana 18, de la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, a efecto de que lo continúe dando en uso a magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación como casa habitación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

  EDUARDO ROMERO RAMOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 2o. fracción V, 8o. fracción I, 9o. párrafo primero, 10 párrafo primero, 34 fracción II, 37, 39, 41, 44 y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción VI y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y

CONSIDERANDO

  Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación se encuentra un inmueble con superficie de 200.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Rinconada Niebla sin número, identificado como lote número 43, manzana 17, supermanzana 18, de la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, cuya propiedad se acredita mediante escritura pública número 9051 de fecha 30 de noviembre de 2001, otorgada por el Notario Público número 30 del Estado de Quintana Roo, en la que consta la donación a favor del Gobierno Federal del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 68795 el 19 de febrero de 2003, con las medidas y colindancias que se consignan en el propio título de propiedad, el cual obra en el expediente respectivo;

  Que el Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficio número SEA/DGIM/DF/938/2004 de fecha 30 de enero de 2004, ha dejado constancia de su interés para que se destine a su servicio el inmueble descrito en el párrafo primero de estos considerandos, a fin de que el Poder Judicial de la Federación lo continúe utilizando como casa habitación de magistrados y jueces federales, quienes son objeto de rotación constante en las distintas circunscripciones territoriales que corresponden a los órganos judiciales en los términos de la ley, con el propósito de coadyuvar en el desempeño de su función de impartir justicia;

  Que en razón de que la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, el destino del inmueble materia del presente Acuerdo ha de realizarse a favor de ese Consejo, a efecto de que lo continúe utilizando en el fin que se menciona en el párrafo precedente;

  Que la Dirección General de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento Constitucional de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, mediante oficio número CUS/225/03 de fecha 1 de diciembre de 2003, hizo constar que el uso que se le viene dando al inmueble descrito en el considerando primero del presente ordenamiento, es compatible con el Plan Director de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Cancún, y

  Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a los otros Poderes de la Unión, con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, en el caso concreto, la de impartición de justicia a cargo del Poder Judicial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

  PRIMERO.- Se destina al servicio del Consejo de la Judicatura Federal el inmueble descrito en el párrafo primero de los considerandos del presente Acuerdo, a efecto de que continúe proporcionando su uso a magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación como casa habitación.

  SEGUNDO.- Si el Consejo de la Judicatura Federal diere al inmueble que se le destina un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, o bien lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta dependencia.

  TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.

TRANSITORIO

  UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil cuatro.- El Secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos.- Rúbrica.


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