DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 64/2000 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que fija las bases del Tercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito   

Jueves 07 de Septiembre 2000

ACUERDO General 64/2000 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que fija las bases del Tercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 64/2000, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE FIJA LAS BASES DEL TERCER CONCURSO INTERNO DE OPOSICION PARA LA DESIGNACION DE JUECES DE DISTRITO.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando así la estructura y . competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO.- Que el artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, por lo que para cumplir con el mandato constitucional es necesario que los órganos jurisdiccionales estén debidamente integrados, ya que sólo de esa manera se garantiza que la impartición de justicia sea pronta, completa, imparcial y gratuita;

CUARTO.- Que en la actualidad se requiere nombrar de manera urgente treinta y cinco Jueces de Distrito para cubrir las plazas vacantes generadas a la fecha con motivo de cambios de adscripción, creación de nuevos juzgados federales y promociones de Jueces de Distrito a la categoría de Magistrado de Circuito;

QUINTO.- Que de acuerdo con lo establecido en el párrafo séptimo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el ingreso, formación, actualización y promoción de los servidores públicos de carácter jurisdiccional se hará mediante el sistema de carrera judicial y se regirá por los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, independencia y antigüedad;

SEXTO.- Que tanto las reformas a la Constitución como a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, privilegian la carrera judicial, lo cual requiere que la designación de Jueces de Distrito suceda una vez que las personas acrediten no sólo que cuentan con experiencia, sino también con una evaluación objetiva de su desempeño como profesionistas;

SEPTIMO.- Que el artículo 112 de la invocada Ley Orgánica establece que la promoción para la categoría de Juez de Distrito puede efectuarse a través de concurso interno de oposición y de oposición libre, de cuyas modalidades este Consejo de la Judicatura Federal considera conveniente llevar a cabo un concurso interno de oposición para la designación de Jueces de Distrito, en virtud de que la creación de órganos jurisdiccionales federales realizada en el presente año y las . vacantes generadas por la promoción de Jueces de Distrito a Magistrados de Circuito, aludidas en el Considerando Cuarto de este Acuerdo, obligan a que sea inaplazable contar a la brevedad con los funcionarios que se encarguen de los Juzgados de Distrito en mención, lo que no permite, por el momento, llevar a cabo un proceso selectivo de oposición libre, que necesariamente debe contar con plazos mayores para el desarrollo de sus etapas;

OCTAVO.- Que en términos de lo dispuesto por el artículo 114 de la ley en cita, los aspirantes deberán resolver, por escrito, un cuestionario cuyo contenido versará sobre materias que se relacionen con la función de la plaza para la que se concursa; resolverán los casos prácticos que se les asignen mediante la redacción de las respectivas sentencias. Posteriormente, se realizará un examen oral que practicará el Jurado a que se refiere el artículo 117 de la Ley Orgánica de la materia, mediante preguntas e interpelaciones sobre toda clase de cuestiones relativas a la función de Juez de Distrito. Además, se considerarán los cursos generales realizados, la antigüedad en el Poder Judicial de la Federación, el desempeño y la experiencia profesional, el grado académico, así como los cursos de actualización y especialización en materia jurisdiccional que acrediten;

NOVENO.- Que en el primer semestre del presente año, se llevaron a cabo todas y cada una de las etapas del Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito, por cuya virtud fueron designados como juzgadores federales, las cincuenta personas que obtuvieron las más altas calificaciones de doscientos cincuenta finalistas;

DECIMO.- Que un número considerable de los restantes doscientos finalistas del concurso mencionado en el considerando inmediato anterior son funcionarios del Poder Judicial de la Federación y aprobaron el examen psicométrico de la primera etapa, por cuya razón, este Consejo de la Judicatura Federal estima prudente que la resolución de dicho examen se considere acreditada para los que hayan participado en el Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito y manifiesten su interés en intervenir en este nuevo concurso cuyas bases fija el presente Acuerdo;

DECIMO PRIMERO.- Que debido a la urgente necesidad de nombrar treinta y cinco Jueces de Distrito y a fin de cumplir con lo ordenado por el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente y oportuno convocar al Tercer Concurso Interno de Oposición, en el que se llame a los funcionarios del Poder Judicial de la Federación que se encuentren en las categorías señaladas en las fracciones III a IX del artículo 110 de la citada ley, como lo establece el precepto 113, segundo párrafo del propio ordenamiento; que se hayan desempeñado en dichas categorías durante un lapso de por lo menos cinco años y reúnan los requisitos que contempla el diverso 108 de la ley invocada, es decir: a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento sin que haya adquirido otra nacionalidad; b) Estar en pleno ejercicio de sus derechos; c) Ser mayor de treinta años; d) Contar con título de licenciado en derecho expedido legalmente; e) Tener un mínimo de cinco años de ejercicio profesional; f) Gozar de buena reputación; g) No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año;

DECIMO SEGUNDO.- Que el Instituto de la Judicatura Federal, en su carácter de órgano auxiliar del Consejo, está en aptitud de desarrollar el concurso a fin de llevar a cabo con éxito las acciones reguladas en este Acuerdo;

DECIMO TERCERO.- Que resulta indispensable determinar las bases que habrán de normar el Tercer Concurso Interno de Oposición para acceder a la categoría de Juez de Distrito, sus procedimientos y los datos objetivos para la evaluación de los aspirantes;

DECIMO CUARTO.- Que una vez designados, los vencedores serán adscritos por el Consejo de la Judicatura Federal en términos del artículo 119 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de acuerdo con las necesidades del servicio, en los periodos que el Pleno defina.

En consecuencia, con apoyo en los artículos constitucionales y legales invocados, este Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Emítase Convocatoria para el Tercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito, a fin de cubrir treinta y cinco plazas originadas por cambios de adscripción, creación de nuevos Juzgados de Distrito en el país y vacantes derivadas de las promociones de Jueces de Distrito a la categoría de Magistrado de Circuito.

SEGUNDO.- Publíquese la Convocatoria por . una vez en el Diario Oficial de la Federación y por dos veces en un diario de mayor circulación nacional, con un intervalo de cinco días hábiles entre cada publicación, como lo ordena el artículo 114, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

TERCERO.- El concurso se desarrollará sobre las siguientes bases:

I.-  Se emitirá Convocatoria; y,

II.-  La Convocatoria contendrá:

a) El tipo de concurso, la categoría y número de plazas sujetas al mismo, así como los requisitos que deberán reunir los aspirantes;

b) El lugar, plazo y documentos necesarios para la inscripción;

c) Reglas que regulan a las autoridades, jurados y resultados del concurso;

d) La fecha, hora y lugar en que tendrán verificativo sus diferentes etapas;

e) El material de apoyo; y,

f) La manera en que se realizará la notificación de los resultados.

CUARTO.- En este Tercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito sólo podrán intervenir los funcionarios del Poder Judicial de la Federación que se encuentren en las categorías señaladas en las fracciones III a IX del artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, como lo establece el precepto 113, segundo párrafo, del propio ordenamiento, que se hayan desempeñado en dichas categorías durante un lapso de por lo menos cinco años y reúnan los requisitos que contempla el diverso 108 de la ley en comento, consistentes en: a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento sin que haya adquirido otra nacionalidad; b) Estar en pleno ejercicio de sus derechos; c) Ser mayor de treinta años; d) Contar con título de licenciado en derecho expedido legalmente; e) Tener un mínimo de cinco años de ejercicio profesional; f) Gozar de buena reputación; g) No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año.

QUINTO.- En virtud de que ya se cuenta con el expediente de los funcionarios del Poder Judicial de la Federación que participaron en el Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito, si decidieran inscribirse a este tercer concurso interno de oposición y ocupen alguna de las categorías señaladas en las fracciones III a IX del artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, solamente se requiere que durante los días hábiles comprendidos en el periodo que abarca del veintiuno al veintisiete de septiembre de dos mil, de las diez a las diecinueve horas, los interesados en participar presenten, debidamente firmado, un escrito dirigido al Instituto de la Judicatura Federal, en el que expresen su deseo de ser incluidos en el concurso y, bajo protesta de decir verdad, manifiesten:

1. Ser mexicano por nacimiento, sin tener otra nacionalidad;

2. Ser ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

3. Contar con treinta años o más de edad en la fecha de publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación;

4. Tener título y cédula profesional de licenciado en Derecho expedidos legalmente;

5. Contar con un mínimo de cinco años de ejercicio profesional;

6. Gozar de buena reputación;

7. No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año;

8. El interesado deberá manifestar si a la fecha de publicación del presente Acuerdo . en el Diario Oficial de la Federación, existen o no resoluciones respecto de quejas o denuncias administrativas por falta grave promovidas en su contra;

9. Si formó parte de los doscientos cincuenta aspirantes que aprobaron la primera etapa del Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito; y cumple con la antigüedad de cinco años en el Poder Judicial de la Federación, precisamente en una o varias de las categorías a que hace referencia el punto cuarto del presente Acuerdo; y,

10. La materia que, en su caso, prefiera para redactar una de las sentencias que comprende la Segunda Etapa del Concurso.

Por cuanto hace a los funcionarios del Poder Judicial de la Federación que no hayan participado en el Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito que ocupen alguna de las categorías señaladas en las fracciones III a IX del artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y que además cumplan con los requisitos del precepto 108 de la propia Ley, durante el periodo señalado previamente, deberán presentar para su inscripción en la sede central del Instituto de la Judicatura Federal o en cualquiera de sus extensiones, los documentos siguientes:

1. Relación curricular actualizada, que incluya: nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, domicilio, teléfono, título de la tesis, fecha de titulación, plaza de adscripción, adscripciones anteriores y antigüedad en el Poder Judicial de la Federación, los estudios realizados y, en su caso, las publicaciones jurídicas que hubiese hecho, lo que acreditarán con las copias certificadas correspondientes;

2. Copia fotostática certificada del acta de nacimiento, con la que acredite tener cuando menos treinta años de edad a la fecha de publicación del presente Acuerdo, copias certificadas del título y cédula profesionales expedidos por las autoridades correspondientes;

3. Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, manifiesten encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos, no haber sido condenados por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año y que cuentan exclusivamente con la nacionalidad mexicana;

4. Escrito de una cuartilla en el que expresarán los motivos por los que desean ser Juez de Distrito;

5. Certificación del área correspondiente, en la que se exprese que a la fecha de publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, no existe queja o denuncia administrativas por falta grave promovidas en su contra;

6. Copia certificada del nombramiento vigente y constancia oficial de su antigüedad dentro del Poder Judicial de la Federación, con el desglose del tiempo efectivamente laborado en las categorías para las que se convoca;

7. Llenar el formato de inscripción proporcionado por el Instituto de la Judicatura Federal, en el que seleccione la materia de su preferencia para redactar una de las sentencias que comprende la segunda etapa del concurso al que se convoca.

El escrito y documentos referidos deberán presentarse personalmente en la sede central del Instituto de la Judicatura Federal, ubicado en las calles de Eduardo Molina 2, esquina con Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Delegación Venustiano Carranza, Código Postal 15960, México, Distrito Federal, o en cualquiera de sus extensiones siguientes:

Extensión Estado de México

Avenida José Vicente Villada Sur 200, Penthouse esquina José María Morelos, colonia Centro, C.P. 50000, Toluca, Estado de México.

. Extensión Jalisco

Calle Justo Sierra 2117, esquina con Marsella, edificio San Vicente, colonia Ladrón de Guevara, Sector Hidalgo, C.P. 44600, Guadalajara, Jalisco.

Extensión Nuevo León

Avenida Constitución 241 Poniente, entre Garibaldi y Cuauhtémoc, colonia Centro, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León.

Extensión Sonora

Paseo Río Sonora Norte 72, esquina Galeana, locales 201 y 202 del edificio Fraccionamiento Río Sonora, C.P. 83260, Hermosillo, Sonora.

Extensión Puebla

Boulevard Hermanos Serdán 2, colonia Real del Monte, 2o. piso, C.P. 72060, Puebla, Puebla.

Extensión Veracruz

Avenida Su Santidad Juan Pablo II, 646 esquina Tiburón, fraccionamiento Costa de Oro, C.P. 94299, Boca del Río, Veracruz.

Extensión Coahuila

Avenida Morelos 1320 Poniente, 4o. piso, Despachos 402 y 403, C.P. 27000, Torreón, Coahuila.

Extensión Guanajuato

Paseo de la Presa 158, C.P. 36000, Guanajuato, Guanajuato.

Extensión Tabasco

Malecón Leandro Rovirosa Wade 533, Locales 9-A y 10-A, colonia Las Gaviotas, C.P. 86090, Villahermosa, Tabasco.

Extensión Sinaloa

Calle Río Baluarte 1009, fraccionamiento Tellería, C.P. 82017, Mazatlán, Sinaloa.

Extensión Oaxaca

Avenida Juárez 803, colonia Centro, C.P. 68000, Oaxaca, Oaxaca.

Extensión Yucatán

Calle Cuarenta y Ocho 575-H por 84 y 84A colonia Santa Petronila, C.P. 97070, Mérida, Yucatán.

Extensión Baja California

Boulevard Francisco y Montejano 1990, Plaza Universidad, C.P. 21270, Mexicali, Baja California.

Extensión Morelos

Gutenberg 2, edificio Vitaluz , 4o. piso, colonia Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos.

Extensión Tamaulipas

Calle 16 Hidalgo y Juárez, edificio Presidente Alemán, Zona Centro, C.P. 87000, Ciudad Victoria, Tamaulipas.

Extensión Chiapas

Palacio Federal, 2o. piso, Plaza Central, C.P. 29000, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

El lugar donde se reciba la solicitud y documentos será en el que los aspirantes presentarán la primera etapa del examen, relativa al cuestionario sobre conocimientos jurídicos y evaluación psicométrica.

Las certificaciones de la documentación presentada por los interesados deberán efectuarse por notario público, por el secretario de acuerdos del órgano jurisdiccional de su adscripción o por el funcionario facultado de la dependencia correspondiente, siempre y cuando la persona que lo haga sea distinta del propio solicitante.

SEXTO.- Sólo serán consideradas las solicitudes que se reciban dentro del plazo señalado en el punto quinto de este Acuerdo.

La lista de los participantes admitidos al concurso se publicará en los estrados de la sede central y de las extensiones del Instituto de la Judicatura Federal el cinco de octubre del año en curso; así como en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional dentro de los siete días hábiles siguientes a esa fecha, dándose a la publicación en el Diario Oficial de la Federación efectos de notificación para todos los participantes.

En esta lista se indicará el nombre de las personas admitidas que estarán exentas del examen psicométrico por haber aprobado la primera etapa del Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito.

SEPTIMO.- Durante el desarrollo de cada una de las etapas del concurso, los aspirantes deberán identificarse con alguno de los siguientes documentos: cédula profesional, credencial vigente del Poder Judicial de la Federación, pasaporte o credencial para votar con fotografía. En caso de no hacerlo, automáticamente serán descalificados.

OCTAVO.- El concurso constará de las siguientes etapas:

1a. Etapa.- Aplicación de un cuestionario escrito (que será elaborado de conformidad con lo previsto en el artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) y de una evaluación psicométrica a quienes no hayan participado en el Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Jueces de Distrito, que estarán a cargo del Instituto de la Judicatura Federal en su sede central y en sus extensiones. Esta etapa versará sobre conocimientos jurídicos vinculados con la función de Juez de Distrito y podrá ser hasta de cien preguntas en forma de opción múltiple, complementación o asociación, mientras que la evaluación psicométrica estará orientada a la comprobación de habilidades cognoscitivas y de liderazgo, así como de rasgos significativos de la personalidad, de acuerdo con el perfil que se requiere para ser Juez de Distrito. Los aspirantes no podrán realizar consulta ni ayudarse de legislación alguna. Esta etapa se llevará a cabo simultáneamente, el dieciocho de octubre del presente año, en la sede central del Instituto de la Judicatura Federal, así como en cada una de sus extensiones, aplicándose el examen de conocimientos de las nueve a las catorce horas y el psicométrico de las dieciséis a las veintiuna horas respectivamente. Antes de su inicio, los participantes deberán identificarse en los términos del punto séptimo del presente Acuerdo, razón por la cual deberán presentarse a las ocho horas del día referido, apercibidos de ser eliminados si no acuden con puntualidad.

Del diecinueve al veinticuatro de octubre del año en curso, el Instituto de la Judicatura Federal evaluará los exámenes de esta primera etapa, y del total de solicitantes únicamente podrán continuar a la siguiente etapa los cinco aspirantes que hubiesen obtenido las más altas calificaciones por cada una de las vacantes, dando un total de hasta ciento setenta y cinco personas. Los nombres de los que aprueben esta primera etapa del concurso se publicarán el treinta y uno de octubre de dos mil en los estrados de la sede central y en cada una de las extensiones del propio Instituto, además de publicarse también en el Diario Oficial de la Federación y en un diario de circulación nacional dentro de los siete días hábiles siguientes a esa fecha, en el entendido de que la publicación en el Diario Oficial tendrá efectos de notificación para todos los participantes.

2a. Etapa.- Solución de casos prácticos.

Para esta etapa se formarán tres Comités, cada uno integrado por un Consejero de la Judicatura Federal, quien lo presidirá, un miembro del Comité Académico del Instituto de la Judicatura Federal y un Juez de Distrito ratificado o un Magistrado de Circuito que en su oportunidad hubiera sido ratificado como Juez de Distrito.

La solución de casos prácticos se llevará a cabo mediante la redacción de dos sentencias -una por día-, la primera sobre la materia que previamente haya seleccionado el sustentante en su formato de inscripción y la segunda se determinará por sorteo, excluyéndose la materia que previamente haya elegido el aspirante. Los participantes no acudirán con material alguno, pero podrán consultar el que les facilite durante el examen el Instituto de la Judicatura Federal, consistente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la . legislación y la jurisprudencia.

Esta etapa se desarrollará los días once y doce de noviembre del año en curso, de las nueve a las quince horas y tendrá lugar en el auditorio Ignacio L. Vallarta del Palacio de Justicia Federal, ubicado en las calles de Eduardo Molina 2, esquina con Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Delegación Venustiano Carranza, Código Postal 15960, México, Distrito Federal.

Para tal efecto, el registro de los concursantes iniciará a las ocho horas y concluirá a las ocho horas con cincuenta minutos; después de esa hora no se admitirá a sustentante alguno.

Para la evaluación de los casos prácticos, los comités encargados deberán sujetarse a la ponderación de los siguientes elementos:

I. La comprensión de la materia, tomando en cuenta la respuesta a los planteamientos de procedencia, forma y fondo, así como la capacidad propositiva y el fundamento de soluciones lógico-jurídicas. Este elemento tendrá un valor máximo de treinta por ciento;

II. El orden, congruencia y visión integral de los casos abordados. Este elemento tendrá un valor máximo de veinte por ciento;

III. La argumentación, solidez de los razonamientos y el sustento en la Constitución General de la República, la legislación y la jurisprudencia aplicables. Este elemento tendrá un valor máximo de treinta por ciento; y,

IV. La redacción. Este elemento tendrá un valor máximo de veinte por ciento.

Los comités de evaluación revisarán las sentencias del trece al diecinueve de noviembre del año en curso. La evaluación de cada una de las sentencias tendrá un valor máximo de treinta por ciento en la calificación final. El resultado de estas evaluaciones se promediará con el obtenido en el examen oral, conforme a lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

3a. Etapa.- Examen oral.

Para esta fase se integrarán tres jurados, cada uno de ellos formado por un Consejero de la Judicatura Federal, quien lo presidirá, un miembro del Comité Académico del Instituto de la Judicatura Federal y un Juez de Distrito ratificado o un Magistrado de Circuito que en su oportunidad hubiera sido ratificado como Juez de Distrito, siempre que no hayan integrado Comité en la etapa anterior.

El examen oral se desarrollará mediante preguntas-tema e interpelaciones que formulará el Jurado designado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, en el entendido de que los aspirantes serán examinados por riguroso orden alfabético, sin que se les permita realizar consulta de material alguno. La evaluación oral se llevará a cabo en los días y horarios que para tal efecto indique el Instituto de la Judicatura Federal, lo que oportunamente se informará por escrito a los participantes.

Antes del inicio de su examen, los concursantes se identificarán en los términos del punto séptimo de este Acuerdo, por lo que deberán presentarse media hora antes de la programada, apercibidos de ser eliminados si no acuden con puntualidad.

Al finalizar el examen oral, se realizará la evaluación correspondiente, en la que se tomará en cuenta el desarrollo del tema, la congruencia en la argumentación, el acierto en las respuestas y el grado de dificultad en las preguntas-tema e interpelaciones; a continuación, se obtendrá el promedio de las calificaciones otorgadas por los tres sinodales, el cual tendrá un valor máximo del cuarenta por ciento en la calificación final.

NOVENO.- La calificación final se expresará en puntos dentro de una escala de cero a cien y . conforme a lo indicado en el punto octavo precedente, se integrará con los valores siguientes: primer caso práctico, máximo treinta puntos; segundo caso práctico, máximo treinta puntos; examen oral, máximo cuarenta puntos. La lista general de calificaciones será elaborada por el Instituto de la Judicatura Federal, el que la deberá poner a consideración de la Comisión de Carrera Judicial a más tardar el veintitrés de noviembre del año en curso.

DECIMO.- Para realizar la evaluación de los aspirantes que reúnan los requisitos necesarios para ocupar el cargo de Juez de Distrito, la Comisión de Carrera Judicial, tomará en cuenta de manera preponderante la calificación final que cada uno de los aspirantes haya obtenido; y, además, con fundamento en el artículo 114, fracción III, segundo párrafo, de la Ley Orgánica de la materia ponderará la experiencia profesional, las categorías de carrera judicial en que se hubiesen desempeñado y los estudios realizados, además de:

I. La antigüedad y desempeño profesional que realicen; y,

II. La actualización y especialización profesionales, así como las actividades académicas del participante.

Una vez realizada la anterior evaluación, la Comisión de Carrera Judicial pondrá a la consideración del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal la lista de los aspirantes que estime idóneos para ocupar el cargo de Juez de Distrito, la cual será examinada por este Organo Colegiado, el que valorará los mismos elementos a que se hizo referencia previamente y designará como Jueces de Distrito a los treinta y cinco aspirantes vencedores. El resultado se publicará en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en un diario de circulación nacional, asignándose a la primera de las publicaciones el carácter de notificación para todos los participantes.

DECIMO PRIMERO.- El Consejo de la Judicatura Federal tendrá en todo momento la facultad de comprobar la documentación y las actas que se generen en el concurso, así como de verificar la autenticidad de la documentación presentada.

DECIMO SEGUNDO.- Durante el desarrollo del Concurso, los participantes deberán abstenerse de realizar gestión personal alguna ante los miembros de los comités, jurados, el Consejo de la Judicatura Federal o ante cualquier otra persona.

DECIMO TERCERO.- Las circunstancias no previstas en la Ley, en este Acuerdo o en la Convocatoria serán resueltas por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, la Comisión de Carrera Judicial, los comités y jurados del concurso y por el Instituto de la Judicatura Federal, según su ámbito de competencia.

. TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en un diario de circulación nacional.

EL LICENCIADO GUILLERMO ANTONIO MUÑOZ JIMENEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 64/2000, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que fija las bases del Tercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito, fue aprobado por el propio Pleno, en sesión de treinta de agosto de dos mil, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Genaro David Góngora Pimentel, Adolfo O. Aragón Mendía, Manuel Barquín Alvarez, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Enrique Sánchez Bringas, José Guadalupe Torres Morales y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a treinta de agosto de dos mil.- Conste.- Rúbrica.


 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 7 de septiembre de 2000


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