AVISO sobre el inicio de oficio del examen para determinar las consecuencias de la supresión de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de llantas para bicicletas, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4011.50.01 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
AVISO SOBRE EL INICIO DE OFICIO DEL EXAMEN PARA DETERMINAR LAS CONSECUENCIAS DE LA SUPRESION DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS DEFINITIVAS IMPUESTAS A LAS IMPORTACIONES DE LLANTAS PARA BICICLETAS, MERCANCIA CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 4011.50.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA DE LA INDIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.
Con fundamento en los artículos 67 y 70 de la Ley de Comercio Exterior y 11.3 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, se comunica que la Secretaría ha decidido iniciar de oficio un examen para determinar si la supresión de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de llantas para bicicletas, originarias de la República de la India, impuestas mediante la resolución final publicada en el Diario Oficial de la Federación del 7 de diciembre de 1995, daría lugar a la continuación o repetición del dumping y del daño. Por lo que próximamente se publicará en este órgano informativo la resolución correspondiente.
México, D.F., a 29 de noviembre de 2000.- El Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, Armando F. Ortega Gómez.- Rúbrica.
El suscrito licenciado Guillermo Pineda González, Director de Legislación y Consulta de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Economía, de conformidad con los artículos 16 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, 3 fracción XIII del Acuerdo delegatorio de facultades de la misma y quinto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y otras leyes federales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000, CERTIFICA: Que la presente foja útil en español, es copia fiel de la que consta en el expediente que tuve a la vista, que contiene: Aviso sobre el inicio de oficio del examen para determinar las consecuencias de la supresión de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de llantas para bicicletas, mismo que obra en los archivos de esta Dirección de Legislación y Consulta de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Economía. La cual se expide, para efecto de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil.- Conste.- Rúbrica.
DIARIO OFICIAL Miércoles 6 de diciembre de 2000
Miércoles 6 de diciembre de 2000 DIARIO OFICIAL
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