DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 55/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito en la materia y residencia indicadas   

Viernes 12 de Septiembre 2003

ACUERDO General 55/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito en la materia y residencia indicadas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.

  ACUERDO GENERAL 55/2003, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DENOMINACION, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL, DOMICILIO Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO DEL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN EL DISTRITO FEDERAL; ASI COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN LA MATERIA Y RESIDENCIA INDICADAS.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

  SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  TERCERO.- El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

  CUARTO.- Los artículos 81, fracciones VI y XXIV y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; siendo las últimas delegadas en la Comisión de Creación de Nuevos Organos mediante el Acuerdo General 48/1998, artículo 65, fracción III del Pleno del propio Consejo;

  QUINTO.- A fin de dar cumplimiento al artículo 17 de la Constitución General de la República, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de doce de marzo de dos mil tres, aprobó la creación del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, cuyo inicio de funcionamiento quedó supeditado a la existencia de la infraestructura necesaria para ello;

  SEXTO.- De acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, en la actualidad ya se cuenta con la infraestructura física para la instalación de dicho juzgado de Distrito, lo cual hace necesario determinar los aspectos inherentes al inicio de funcionamiento del órgano jurisdiccional en cita.

  En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente

ACUERDO

  PRIMERO.- El nuevo órgano jurisdiccional se denominará Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal y tendrá igual residencia, competencia y jurisdicción territorial que los juzgados de Distrito en materia de trabajo que actualmente funcionan en dicha localidad.

  SEGUNDO.- El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, iniciará funciones el diecisiete de septiembre de dos mil tres, con la plantilla autorizada a ese órgano jurisdiccional.

  El domicilio del órgano jurisdiccional en cita será el ubicado en Sidar y Rovirosa sin número, esquina Eduardo Molina, colonia Del Parque, Delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, Distrito Federal.

  TERCERO.- Los actuales juzgados de Distrito en materia de trabajo en el Distrito Federal, conservarán la denominación, competencia, sede y jurisdicción territorial que tienen asignadas.

  CUARTO.- Desde la fecha señalada en el punto segundo precedente, la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, lo será también del nuevo órgano jurisdiccional.

  Los nuevos asuntos que se presenten en la oficina de correspondencia común, del diecisiete de septiembre al uno de octubre de dos mil tres, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, al Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, con excepción de aquellos asuntos que tengan relación con los que se encuentran en los juzgados primero, segundo, tercero de Distrito A y tercero de Distrito B , todos en materia de trabajo en el Distrito Federal, en cuyo caso se turnarán a los respectivos órganos jurisdiccionales, con el propósito de aprovechar el conocimiento previo y evitar el pronunciamiento de resoluciones contradictorias, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 23/2002, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

  Concluido ese periodo, los nuevos asuntos que se reciban en la oficina de referencia, se distribuirán entre todos los juzgados de Distrito de la materia y jurisdicción indicadas, con las salvedades apuntadas, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.

  QUINTO.- Al finalizar el periodo de exclusión otorgado, los titulares de los juzgados primero, segundo, tercero de Distrito A y tercero de Distrito B , todos en materia de trabajo en el Distrito Federal, deberán informar a la Comisión de Creación de Nuevos Organos sobre la productividad obtenida.

  SEXTO.- Se modifica el Acuerdo General 23/2001, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de dieciséis de abril de dos mil uno, en el punto SEGUNDO, apartado I.- PRIMER CIRCUITO, número 3, para quedar como sigue:

   SEGUNDO.-...

   I.- PRIMER CIRCUITO:

  3.- Cincuenta y un juzgados de distrito en el Distrito Federal especializados: dieciocho en materia de procesos penales federales, seis de amparo en materia penal, once en materia administrativa, doce en materia civil y cuatro en materia de trabajo, todos con sede en el Distrito Federal .

  SEPTIMO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán cualquier cuestión administrativa que pudiera suscitarse con motivo de la aplicación del presente acuerdo.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el diecisiete de septiembre de dos mil tres.

  SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  LA LICENCIADA GUADALUPE M. ORTIZ BLANCO, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 55/2003, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Denominación, Residencia, Competencia, Jurisdicción Territorial, Domicilio y Fecha de Inicio de Funcionamiento del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal; así como a las Reglas de Turno, Sistema de Recepción y Distribución de Asuntos entre los Juzgados de Distrito en la Materia y Residencia Indicadas, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión de tres de septiembre de dos mil tres, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Adolfo O. Aragón Mendía, Manuel Barquín Alvarez, Margarita Beatriz Luna Ramos, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Miguel A. Quirós Pérez y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a tres de septiembre de dos mil tres.- Conste.- Rúbrica.


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