DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 77/2001 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento del Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con sede en Juárez, Chihuahua; a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Tribunales Unitarios del mencionado Circuito, con residencia en Chihuahua; así como a la modificación de la jurisdicción territorial de los Tribunales Unitarios de Circuito anteriormente referidos   

Miércoles 21 de Noviembre 2001

ACUERDO General 77/2001 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento del Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con sede en Juárez, Chihuahua; a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Tribunales Unitarios del mencionado Circuito, con residencia en Chihuahua; así como a la modificación de la jurisdicción territorial de los Tribunales Unitarios de Circuito anteriormente referidos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del pleno.

  ACUERDO GENERAL 77/2001, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DENOMINACION, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO DEL CUARTO TRIBUNAL UNITARIO DEL DECIMOSEPTIMO CIRCUITO, CON SEDE EN JUAREZ, CHIHUAHUA; A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE LOS TRIBUNALES UNITARIOS DEL MENCIONADO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN CHIHUAHUA; ASI COMO A LA MODIFICACION DE LA JURISDICCION TERRITORIAL DE LOS TRIBUNALES UNITARIOS DE CIRCUITO ANTERIORMENTE REFERIDOS.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

  SEGUNDO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  TERCERO.- Que el artículo 17 de la Constitución Federal establece, entre otros principios, que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, por lo que para cumplir con el mandato constitucional es necesaria la creación de órganos jurisdiccionales, a fin de garantizar que la impartición de justicia sea pronta, completa, imparcial y gratuita;

  CUARTO.- Que la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, señala en sus artículos 81, fracción V, y 144, párrafo segundo, que corresponde al Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los Tribunales Unitarios en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana;

  QUINTO.- Que el artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos, las cuales fueron delegadas en la Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante el Acuerdo General 40/1998, del Pleno del propio Consejo;

  SEXTO.- Que a fin de atender la dinámica de la sociedad actual y su demanda de acceso a la justicia, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal se ha dado a la tarea de aprobar la Creación de Organos Jurisdiccionales Federales, cuyo inicio de funcionamiento ha quedado supeditado a que se tenga la infraestructura física requerida para su instalación;

  SEPTIMO.- Que por otra parte, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mediante sesión extraordinaria celebrada el dieciséis de abril de dos mil uno, entre otros puntos, aprobó la creación de un Tribunal Unitario en el Decimoséptimo Circuito, con residencia en Juárez, Chihuahua;

  OCTAVO.- Que de acuerdo con la información proporcionada por la Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, actualmente ya se cuenta con la infraestructura física para la instalación del órgano jurisdiccional mencionado, lo cual hace necesario determinar su denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento.

  En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, este Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

  PRIMERO.- El nuevo órgano jurisdiccional se denominará Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Juárez, Chihuahua.

  SEGUNDO.- El Tribunal Unitario de referencia, tendrá igual jurisdicción territorial que la de los Juzgados de Distrito que funcionan actualmente en Juárez, Chihuahua, asimismo conocerá de los asuntos a que se refiere el artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

  TERCERO.- El Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con sede en Juárez, Chihuahua, iniciará funciones el veintiséis de noviembre de dos mil uno.

  CUARTO.- A partir de la fecha precisada en el punto de Acuerdo que antecede, los tres Tribunales Unitarios que se encuentran funcionando en el Decimoséptimo Circuito, con sede en Chihuahua, tendrán la misma jurisdicción territorial que los Juzgados de Distrito de esa ciudad y conocerán de los asuntos previstos en el artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, conservando su denominación y residencia.

  QUINTO.- En los Tribunales Unitarios Primero, Segundo y Tercero del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua, permanecerán todos los asuntos que se reciban hasta el veinticinco de noviembre de dos mil uno, y conocerán de ellos hasta su conclusión.

  SEXTO.- Se modifica el Acuerdo General 23/2001 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de dieciséis de abril de dos mil uno, en el inciso 2, de su apartado XVII.- DECIMOSEPTIMO CIRCUITO, del punto SEGUNDO, para quedar como sigue:

   SEGUNDO.- ...

   XVII.- DECIMOSEPTIMO CIRCUITO: ...

  2.- Cuatro tribunales unitarios: tres con residencia en Chihuahua y uno con sede en Juárez .

  SEPTIMO.- Asimismo, se modifica el referido Acuerdo General, en el apartado XVII.- DECIMOSEPTIMO CIRCUITO, de su punto TERCERO, para quedar en los siguientes términos:

   TERCERO.- ...

   XVII.- DECIMOSEPTIMO CIRCUITO: ...

  En relación con los tribunales unitarios con residencia en Chihuahua, será igual a la establecida para los juzgados de distrito en el Estado de Chihuahua, con residencia en dicha ciudad.

  Por lo que hace al tribunal unitario con residencia en Juárez, será la misma que la establecida para los juzgados de distrito en el Estado de Chihuahua, con sede en la citada ciudad .

  OCTAVO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán todas las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- Este Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

  SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  EL LICENCIADO GUILLERMO ANTONIO MUÑOZ JIMENEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 77/2001, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Denominación, Residencia, Competencia, Jurisdicción Territorial y Fecha de Inicio de Funcionamiento del Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con Sede en Juárez, Chihuahua; a las Reglas de Turno, Sistema de Recepción y Distribución de Asuntos entre los Tribunales Unitarios del Mencionado Circuito, con Residencia en Chihuahua; así como a la Modificación de la Jurisdicción Territorial de los Tribunales Unitarios de Circuito Anteriormente Referidos; fue aprobado por el propio Pleno, en sesión extraordinaria de doce de noviembre de dos mil uno, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Genaro David Góngora Pimentel, Adolfo O. Aragón Mendía, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, José Guadalupe Torres Morales y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a doce de noviembre de dos mil uno.- Conste.- Rúbrica.


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