ACUERDO General 73/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica el diverso Acuerdo General 37/2002, del Pleno del propio Consejo; que determina la creación temporal de los Juzgados Tercero de Distrito A y Tercero de Distrito B , ambos en el Estado de Chihuahua, con residencia en la ciudad del mismo nombre; a la denominación, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento de dichos órganos jurisdiccionales; así como las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito en el mencionado Estado y sede.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 73/2003, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE MODIFICA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 37/2002, DEL PLENO DEL PROPIO CONSEJO; QUE DETERMINA LA CREACION TEMPORAL DE LOS JUZGADOS TERCERO DE DISTRITO A Y TERCERO DE DISTRITO B , AMBOS EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DEL MISMO NOMBRE; A LA DENOMINACION, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO DE DICHOS ORGANOS JURISDICCIONALES; ASI COMO LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL MENCIONADO ESTADO Y SEDE.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo; de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO.- El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO.- El artículo 81, fracción XXIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establece que es atribución del Consejo de la Judicatura Federal dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos mediante el artículo 65, fracción III del Acuerdo General 48/1998, del Pleno del propio Consejo;
QUINTO.- En sesión extraordinaria de ocho de julio de dos mil dos, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General 37/2002, que determina la creación temporal de los Juzgados Tercero de Distrito A y Tercero de Distrito B en el Estado de Chihuahua, con residencia en la ciudad del mismo nombre; la denominación, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento de dichos órganos jurisdiccionales, así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los juzgados de Distrito de la residencia indicada;
SEXTO.- Mediante comunicación a este Cuerpo Colegiado, los jueces tercero de Distrito A y tercero de Distrito B en el Estado de Chihuahua, con residencia en la ciudad del mismo nombre, realizaron diversas manifestaciones relacionadas con las excesivas cargas de trabajo que tienen en sus respectivos órganos jurisdiccionales y plantearon la problemática que les rige en torno a la oficialía de partes común, archivo, papelería, Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, control de valores, sistema de turno, así como en relación con el oficial de servicios y mantenimiento;
SEPTIMO.- La Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, realizó el análisis de la problemática planteada por los jueces de Distrito A y B en el Estado de Chihuahua, con sede en la ciudad del mismo nombre, así como de las estadísticas correspondientes a los asuntos que actualmente se tramitan en los juzgados de Distrito de referencia.
Con base en lo anterior, la Comisión de Creación de Nuevos Organos advirtió que las cargas de trabajo en dichos juzgados de Distrito son excesivas, motivadas en gran medida por el ingreso de asuntos que reciben, advirtiéndose la necesidad de dictar medidas que mejoren su funcionamiento administrativo, razón por la cual, en sesión de veintidós de octubre del presente año, determinó proponer al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal modificar los puntos sexto y octavo del Acuerdo General 37/2002 del propio Pleno, con la finalidad de reestructurar la organización de los juzgados tercero de Distrito A y B , que actualmente funcionan en el Estado de Chihuahua, con residencia en la ciudad del mismo nombre, así como establecer las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los juzgados de Distrito en el Estado y residencia indicados.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se modifican los puntos sexto y octavo del Acuerdo General 37/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, para quedar en los términos siguientes:
SEXTO.- A partir del diez de noviembre de dos mil tres, los juzgados tercero de Distrito A y tercero de Distrito B , ambos en el Estado de Chihuahua, con residencia en la ciudad del mismo nombre, contarán con oficialía de partes, archivo, papelería, Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, control de valores y oficial de servicios y mantenimiento independientes, agregándose, en su caso, el personal necesario para completar la plantilla autorizada para dichos órganos jurisdiccionales federales.
OCTAVO.- Para la recepción de nuevos asuntos en horas y días hábiles, la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Chihuahua, con sede en la ciudad del mismo nombre, los turnará de forma independiente y alternada, de tal manera que por cada cuatro asuntos que reciban los juzgados de Distrito permanentes, se turnarán tres asuntos al juzgado tercero de Distrito A y tres al juzgado tercero de Distrito B .
Para la recepción de nuevos asuntos en horas y días inhábiles, los juzgados de Distrito anteriormente referidos, continuarán con el turno ya establecido .
SEGUNDO.- Los titulares de los juzgados de Distrito indicados, deberán ordenar las certificaciones de inicio de recepción de asuntos en forma independiente en los libros de gobierno que llevan en sus respectivos órganos jurisdiccionales; posteriormente, registrarán con el número subsecuente, los asuntos de nuevo ingreso que les sean turnados en números nones para el juzgado tercero de Distrito A y pares al juzgado tercero de Distrito B .
Respecto de los asuntos que obren en el archivo hasta antes del quince de julio de dos mil dos, los conservará el titular del juzgado tercero de Distrito A ; asimismo los asuntos que se encuentren en el archivo a partir de la fecha referida, se repartirán conforme les haya correspondido el conocimiento del asunto de que se trate.
TERCERO.- Los titulares de los juzgados tercero de Distrito A y tercero de Distrito B mencionados en este acuerdo, a la brevedad posible, informarán a la oficina de correspondencia común de la localidad, los asuntos que hayan recibido a partir del quince de julio de dos mil dos, para hacer los cambios que correspondan en el sistema de turno y lograr la distribución equitativa, tanto de los asuntos de nuevo ingreso como de los relacionados.
CUARTO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor a partir del diez de noviembre de dos mil tres.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAESTRO EN DERECHO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 73/2003, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Modifica el Diverso Acuerdo General 37/2002, del Pleno del Propio Consejo; que Determina la Creación Temporal de los Juzgados Tercero de Distrito A y Tercero de Distrito B , ambos en el Estado de Chihuahua, con Residencia en la Ciudad del mismo Nombre; a la Denominación, Competencia, Jurisdicción Territorial y Fecha de Inicio de Funcionamiento de Dichos Organos Jurisdiccionales; así como las Reglas de Turno, Sistema de Recepción y Distribución de Asuntos entre los Juzgados de Distrito en el Mencionado Estado y Sede, fue aprobado por el Pleno de dicho Cuerpo Colegiado, en sesión de veintinueve de octubre de dos mil tres, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Manuel Barquín Alvarez, Margarita Beatriz Luna Ramos, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Miguel A. Quirós Pérez y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a veintinueve de octubre de dos mil tres.- Conste.- Rúbrica.
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