DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 83/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Vigésimo Tercer Circuito, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes   

Viernes 28 de Noviembre 2003

ACUERDO General 83/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Vigésimo Tercer Circuito, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

  ACUERDO GENERAL 83/2003, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL SEGUNDO Y TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS DEL VIGESIMO TERCER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

  SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  TERCERO.- El artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón, el Consejo de la Judicatura Federal estima necesario realizar el cambio de domicilio del segundo y tercer tribunales colegiados del vigésimo tercer Circuito, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes.

  En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

  PRIMERO.- Se autoriza el cambio de domicilio del segundo y tercer tribunales colegiados del vigésimo tercer Circuito, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes.

  SEGUNDO.- El nuevo domicilio de los órganos jurisdiccionales en cita será el ubicado en avenida Aguascalientes Sur 603, fraccionamiento Jardines de Aguascalientes, código postal 20270, Aguascalientes, Aguascalientes.

  TERCERO.- El Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes, iniciará funciones en su nuevo domicilio el uno de diciembre de dos mil tres; mientras que el segundo tribunal colegiado del Circuito y sede referidos, iniciará funciones en el aludido domicilio el dos del mes y año en cita.

  CUARTO.- A partir de las fechas señaladas en el punto que antecede, toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales en cita, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el punto segundo de este acuerdo.

  QUINTO.- El segundo y tercer tribunales colegiados del vigésimo tercer Circuito, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes, conservarán su denominación, competencia y jurisdicción territorial.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

  SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  EL MAESTRO EN DERECHO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 83/2003, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo al Cambio de Domicilio del Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Vigésimo Tercer Circuito, con Residencia en Aguascalientes, Aguascalientes, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión de diecinueve de noviembre de dos mil tres, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Manuel Barquín Alvarez, Margarita Beatriz Luna Ramos, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, Miguel A. Quirós Pérez y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a diecinueve de noviembre de dos mil tres.- Conste.- Rúbrica.


En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.