Fe de erratas al Decreto por el que se condonan y eximen contribuciones y accesorios en materia de derechos por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales a cargo de los municipios, entidades federativas, Distrito Federal, organismos operadores o comisiones estatales o responsables directos de la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, publicado el 21 de diciembre de 2001
En la Primera Sección, página 12, en el primer párrafo del artículo segundo, en el segundo y tercer renglones, dice:
...de los créditos fiscales generados hasta la fecha de publicación del mismo,...
Debe decir:
...de los créditos fiscales generados hasta la entrada en vigor del presente Decreto,...
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(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 13 de febrero de 2002
Miércoles 13 de febrero de 2002 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)
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