ACUERDO CCNO/22/2002 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la interrupción del plazo de exclusión del turno de asuntos nuevos al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/22/2002, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA INTERRUPCION DEL PLAZO DE EXCLUSION DEL TURNO DE ASUNTOS NUEVOS AL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción ll, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO.- Que el artículo 17 constitucional establece, entre otras disposiciones, que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;
CUARTO.- Que el artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos, las cuales fueron delegadas a la Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante el Acuerdo General 48/1998, del Pleno del propio Consejo;
QUINTO.- Que mediante el Acuerdo General 24/2002, relativo a la exclusión temporal del turno de asuntos nuevos al Primer, Segundo y Tercer Tribunales Colegiados en Materia Penal del Primer Circuito; así como a la redistribución de los asuntos no relacionados radicados en los propios órganos jurisdiccionales federales, entre los demás tribunales colegiados de la materia y Circuito mencionados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal excluyó del turno de nuevos asuntos al Primer, Segundo y Tercer Tribunales Colegiados en Materia Penal del Primer Circuito, durante el periodo que comprende del uno de junio al quince de septiembre de dos mil dos;
SEXTO.- Que los magistrados del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, con sede en el Distrito Federal, mediante oficio dirigido a la Comisión de Creación de Nuevos Organos, manifestaron que han sido logrados los propósitos del Acuerdo General 24/2002, por lo que solicitan que dicho tribunal quede incluido de nueva cuenta en el turno normal de asuntos; atento lo anterior, la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, realizó el análisis de las estadísticas correspondientes a los asuntos que actualmente se tramitan en el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la mencionada ciudad, dando cuenta del resultado a la Comisión de Creación de Nuevos Organos;
SEPTIMO.- Que el punto PRIMERO, párrafo final, del Acuerdo General 24/2002, señala que el plazo de exclusión indicado, podrá ser interrumpido antes de su conclusión, cuando a juicio, entre otras instancias, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, se presenten circunstancias especiales que así lo ameriten;
OCTAVO.- Que la citada Comisión advierte que el número de asuntos radicados en el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, no excede a los existentes en los demás tribunales colegiados de la materia y Circuito mencionados, por lo que es necesario adoptar medidas que permitan la administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal, mediante el equilibrio de las cargas de trabajo en los órganos jurisdiccionales, razón por la que considera conveniente incluir en el turno de asuntos nuevos al tribunal colegiado mencionado.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales invocadas, así como en los Acuerdos Generales citados, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- A partir del uno de agosto de dos mil dos, se interrumpe el plazo de exclusión de turno de asuntos nuevos al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, conforme a lo establecido en el punto PRIMERO del Acuerdo General 24/2002.
Los asuntos nuevos que se reciban desde la fecha antes señalada en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal, serán del conocimiento del Tercer, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno y Décimo Tribunales Colegiados de la materia y Circuito referidos; con excepción de aquellos que estén relacionados con los que se encuentren en trámite en el primer y segundo tribunales colegiados de la materia y Circuito aludidos, en cuyo supuesto se turnarán a estos últimos, con el propósito de evitar el pronunciamiento de resoluciones contradictorias, y las demás excepciones que procedan conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 23/2002, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL LICENCIADO CESAR THOME GONZALEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/22/2002, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la interrupción del plazo de exclusión del turno de asuntos nuevos al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primero Circuito, con residencia en el Distrito Federal, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada extraordinaria celebrada el ocho de julio de dos mil dos, por los señores Consejeros: Presidente José Guadalupe Torres Morales y Manuel Barquín Alvarez.- México, Distrito Federal, a ocho de julio de dos mil dos.- Conste.- Rúbrica.
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