ACUERDO General 52/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de asuntos nuevos al Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Juárez, Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 52/2002, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA PRORROGA DEL PLAZO DE EXCLUSION DEL TURNO DE ASUNTOS NUEVOS AL CUARTO TRIBUNAL UNITARIO DEL DECIMOSEPTIMO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN JUAREZ, CHIHUAHUA.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción ll, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO.- Que el artículo 17 constitucional establece, entre otras disposiciones, que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;
CUARTO.- Que el artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos;
QUINTO.- Que mediante Acuerdo General 40/2002, relativo al cambio de residencia y domicilio del Tercer Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con sede en Chihuahua, a Juárez, Chihuahua, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, excluyó del turno de asuntos nuevos al cuarto tribunal unitario del mencionado Circuito, del diecinueve de agosto al diecisiete de noviembre de dos mil dos;
SEXTO.- Que la magistrada del Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con sede en Juárez, Chihuahua, solicitó se prorrogara la exclusión del turno de asuntos nuevos otorgada en el citado Acuerdo General 40/2002; con motivo de lo anterior, la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, presentó al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal el análisis de las estadísticas correspondientes a los asuntos que actualmente se tramitan en los dos tribunales unitarios del decimoséptimo Circuito, con residencia en la mencionada ciudad;
SEPTIMO.- Que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, advierte que el número de asuntos radicados en el Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Juárez, Chihuahua, excede notoriamente a los existentes en el tercer tribunal unitario del Circuito y sede mencionados; por lo que es necesario adoptar medidas que permitan la administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal, mediante el equilibrio de las cargas de trabajo en los tribunales unitarios que residen en Juárez, Chihuahua, razón por la que se considera conveniente prorrogar la exclusión del turno de asuntos nuevos al Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Juárez, Chihuahua.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se prorroga, por un mes, el plazo de exclusión del turno de asuntos nuevos al Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Juárez, establecido en el punto Decimosegundo del Acuerdo General 40/2002, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo al Cambio de Residencia y Domicilio del Tercer Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con Sede en Chihuahua, a Juárez, Chihuahua; a la Nueva Jurisdicción Territorial del Mencionado Tribunal Unitario, así como a las Reglas de Turno, Sistema de Recepción y Distribución de Asuntos entre los Tribunales Unitarios del Mencionado Circuito.
El periodo de prórroga aludido comprenderá del dieciocho de noviembre al diecisiete de diciembre de dos mil dos; por ende, los asuntos nuevos que se reciban en el lapso indicado en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Unitarios del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Juárez, Chihuahua, serán del conocimiento del tercer tribunal unitario del citado Circuito; con excepción de aquellos que estén relacionados con los que se encuentren en trámite en el cuarto tribunal unitario del Circuito y residencia aludidos, en cuyo supuesto se turnarán a este último, con el propósito de evitar el pronunciamiento de resoluciones contradictorias, y las demás excepciones que procedan conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 23/2002, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
SEGUNDO.- Una vez transcurrido el plazo señalado en el punto de acuerdo anterior, los nuevos asuntos se distribuirán entre los dos tribunales unitarios del decimoséptimo Circuito, con residencia en Juárez, Chihuahua, con las salvedades apuntadas, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.
TERCERO.- Al finalizar la prórroga otorgada, la titular del tribunal excluido deberá informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, la que resolverá cualquier cuestión administrativa que se suscite con motivo de la aplicación del presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL LICENCIADO GUILLERMO ANTONIO MUÑOZ JIMENEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 52/2002, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Prórroga del Plazo de Exclusión del Turno de Asuntos Nuevos al Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, con Residencia en Juárez, Chihuahua, fue aprobado por el propio Pleno, en sesión de trece de noviembre de dos mil dos, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Genaro David Góngora Pimentel, Adolfo O. Aragón Mendía, Jaime Manuel Marroquín Zaleta, José Guadalupe Torres Morales y Sergio Armando Valls Hernández.- México, Distrito Federal, a trece de noviembre de dos mil dos.- Conste.- Rúbrica.
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