ACUERDO de la Junta Directiva del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el criterio 1.21. de los Criterios de Selección y Actualización de los Especialistas de Concursos Mercantiles.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.
LUIS MANUEL C. MEJAN CARRER, Director General del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, con fundamento en el artículo 324, fracciones I, II y III de la Ley de Concursos Mercantiles, y
CONSIDERANDO
Que en términos de los artículos 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 311, fracción VI de la Ley de Concursos Mercantiles, el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal, es el órgano encargado de la elaboración y aplicación de los procedimientos públicos de selección y actualización para la autorización de los especialistas de concursos mercantiles, mismos que deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para su validez.
Que el 12 de julio de 2000 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Criterios de Selección y Actualización de los Especialistas de Concursos Mercantiles, mientras que por acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles tomado el 23 de enero de 2003 se expidieron las Reglas de Carácter General de la Ley de Concursos Mercantiles, a las que se dio publicidad en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2003.
Que con fecha 15 de marzo, la Junta Directiva del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles aprobó un acuerdo mediante el cual se adicionan y reforman las Reglas de Carácter General de la Ley de Concursos Mercantiles.
Que con el fin de que los Criterios de Selección y Actualización de los Especialistas de Concursos Mercantiles sean congruentes con lo previsto en las Reglas de Carácter General de la Ley de Concursos Mercantiles, dado que ambos ordenamientos guardan una estrecha relación por regular temas relativos a los especialistas de concursos mercantiles y deben formar un cuerpo regulativo coherente, la Junta Directiva del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 311, fracciones VI y XV; 321, fracción VII y demás aplicables de la Ley de Concursos Mercantiles, con fecha 15 de marzo de 2004 aprobó el siguiente acuerdo, que se hace del conocimiento del público en general:
ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL DE ESPECIALISTAS DE CONCURSOS MERCANTILES, QUE REFORMA EL CRITERIO 1.21. DE LOS CRITERIOS DE SELECCION Y ACTUALIZACION DE LOS ESPECIALISTAS DE CONCURSOS MERCANTILES
ACUERDO
UNICO. Se reforma el criterio 1.21., para quedar en los términos siguientes:
1.21. La vigencia del registro será por un año. El pago de Derechos por el Registro se hará en los términos que indique la Ley Federal de Derechos.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 15 de marzo de 2004.- El Director General del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, Luis Manuel C. Méjan Carrer.- Rúbrica.
DIARIO OFICIAL Miércoles 7 de abril de 2004
Miércoles 7 de abril de 2004 DIARIO OFICIAL
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