ACUERDO mediante el cual se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, cinco inmuebles con superficies de 208.58, 191.31, 292.09, 220.84 y 240.00 metros cuadrados, el primero ubicado en el Municipio de Iguala, Estado de Guerrero, y los cuatro restantes en la ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, a efecto de que los continúe dando en uso a magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación como casa-habitación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.
EDUARDO ROMERO RAMOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 6 fracción VI, 11 fracción I, 28 fracción I, 29 fracción V, 59 fracción II, 61, 66, 68, 67 párrafo primero, 69, 70, 71 fracción II, y 105 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. fracción VI, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación se encuentran los siguientes:
- Inmueble con superficie de 208.58 metros cuadrados, ubicado en la avenida Club de Leones sin número, identificado como lote número 3 de la manzana A del fraccionamiento Residencial del Valle , Municipio de Iguala, Estado de Guerrero, cuya propiedad se acredita con el contrato número CD-A 13/2001 de fecha 8 de enero de 2001, en el que consta la donación a favor del Gobierno Federal del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 61250 el 16 de octubre de 2001.
- Inmueble con superficie de 191.31 metros cuadrados, ubicado en bulevar Real del Arco número 78, identificado como lote número 3, fracción C de la manzana 23, del Cuartel Villa Satélite, Tercera Etapa, en la ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, cuya propiedad se acredita con el contrato número CD-A-001/2000 de fecha 14 de septiembre de 2000, en el que consta la donación a favor del Gobierno Federal del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 57990 el 7 de diciembre de 2000.
- Inmueble con superficie de 292.09 metros cuadrados, ubicado en la calle Paseo del Parque número 25, identificado como lote número 12 de la manzana VI, sección Valle Grande, II Etapa, del fraccionamiento Colonia del Valle, en la ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, cuya propiedad se acredita con el contrato número CD-A-002/2000 de fecha 14 de septiembre de 2000, en el que consta la donación a favor del Gobierno Federal del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 57993 el 7 de diciembre de 2000.
- Inmueble con superficie de 220.84 metros cuadrados, ubicado en la calle Paseo de la Herradura número 10, identificado como lote número 2 de la manzana 2 del fraccionamiento Rincón de la Herradura , en la ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, cuya propiedad se acredita con la escritura pública número 20 de fecha 4 de octubre de 2001, otorgada por el Notario Público número 51 de la ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, en la que consta la donación a favor del Gobierno Federal del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 68809 el 19 de febrero de 2003.
- Inmueble con superficie de 240.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Cartujos número 12 esquina con calle Oblatos, identificado como lote número 8 de la manzana XI del fraccionamiento Residencial Campanario, en la ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora, cuya propiedad se acredita con el contrato número CD-A 009/2000 de fecha 14 de septiembre de 2000, en el que consta la donación a favor del Gobierno Federal del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 58006 el 7 de diciembre de 2000.
Los inmuebles antes descritos tienen las medidas y colindancias que se consignan en los títulos de propiedad correspondientes, los cuales obran en el expediente respectivo;
Que el Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficios números SEA/DGIM/DF/2958/2004 de fecha 5 de abril de 2004 y SEA/DGIM/DF/3028/2004 de fecha 12 de abril de 2004, ha dejado constancia de su interés para que se destinen a su servicio los inmuebles federales descritos en el considerando primero de este ordenamiento, a fin de que el Poder Judicial de la Federación los continúe utilizando como casas habitación de magistrados y jueces federales, quienes son objeto de rotación constante en las distintas circunscripciones territoriales que corresponden a los órganos judiciales en los términos de la ley, con el propósito de coadyuvar en el desempeño de su función de impartir justicia;
Que en razón de que la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, el destino de los inmuebles materia del presente Acuerdo ha de realizarse a favor de ese Consejo, a efecto de que los continúe utilizando en el fin que se menciona en el párrafo precedente;
Que la Dirección General de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Ecología del H. Ayuntamiento Constitucional de Iguala de la Independencia, Estado de Guerrero, mediante oficio número D.U.U.DE S.0050/2004 de fecha 3 de marzo de 2004, y la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del H. Ayuntamiento Constitucional de Hermosillo, Estado de Sonora, por oficios números DUYOP/JQA/3232-04, DUYOP/JQA/3233-04; DUYOP/JQA/3234-04 y DUYOP/JQA/3236-04, todos de fecha 15 de marzo de 2004, hicieron constar que el uso que se le viene dando a los inmuebles descritos en el considerando primero de este ordenamiento, es compatible con los Planes de Desarrollo Urbano de las localidades en que cada uno se ubica, y
Que toda vez que se han integrado los expedientes respectivos con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a los otros Poderes de la Unión, con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, en el caso concreto, la de impartición de justicia a cargo del Poder Judicial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se destinan al servicio del Consejo de la Judicatura Federal los inmuebles descritos en el considerando primero del presente Acuerdo, a efecto de que continúe proporcionando su uso a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación como casas-habitación.
SEGUNDO.- Si el Consejo de la Judicatura Federal diere a los inmuebles que se le destinan un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, o bien los dejare de utilizar o necesitar, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones se retirarán de su servicio para ser administrados por esta dependencia.
TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil cuatro.- El Secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos.- Rúbrica.
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