DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria a la Circular 18/580/AR/408/2004, por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Rodmex del Sureste, S.A., publicada el 21 de junio de 2004   

Viernes 02 de Julio 2004

NOTA Aclaratoria a la Circular 18/580/AR/408/2004, por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Rodmex del Sureste, S.A., publicada el 21 de junio de 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Petroquímica Cangrejera, S.A. de C.V.- Area de Responsabilidades.- Expediente DS 006/2003.

  Asunto: Nota Aclaratoria.

  NOTA ACLARATORIA A LA CIRCULAR 18/580/AR/408/2004, POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA RODMEX DEL SURESTE, S.A. DE C.V., PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE JUNIO DE 2004.

  Con fecha 21 de junio de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el oficio Circular número 18/580/AR/408/2004, por la cual se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Rodmex del Sureste, S.A. de C.V., de la citada Circular, con fecha 22 de junio de 2004, se emitió acuerdo en virtud del cual se aclara que la denominación correcta de la empresa es Rodmex del Sureste, S.A.; por tanto, todas las referencias que se hicieron en la resolución de fecha 7 de junio de 2004 dictada por esta autoridad, así como las plasmadas en la referida Circular que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 2004, como Rodmex del Sureste, S.A. de C.V., deben entenderse hechas a la empresa Rodmex del Sureste, S.A., sin existir variación alguna en la substancia de la mencionada resolución la cual se ratifica en todas y cada una de sus partes.

  En Coatzacoalcos, Veracruz, a veintidós de junio de dos mil cuatro.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Petroquímica Cangrejera, Sociedad Anónima de Capital Variable, Jorge Sánchez Figueroa.- Rúbrica.


 DIARIO OFICIAL Viernes 2 de julio de 2004


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