DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota aclaratoria a la Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Tecnology y Tecnología, S.A. de C.V., publicada el 15 de julio de 2004   

Jueves 29 de Julio 2004

NOTA aclaratoria a la Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Tecnology y Tecnología, S.A. de C.V., publicada el 15 de julio de 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Petroquímica Pajaritos, S.A. de C.V.- Area de Responsabilidades.- Expediente SA-08/2003.

NOTA ACLARATORIA 18/585/CI-PP1/472/2004

  NOTA ACLARATORIA A LA CIRCULAR 18/585/CI-PP1/410/2004, POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA TECNOLOGY Y TECNOLOGIA, S.A. DE C.V., PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 15 DE JULIO DE 2004.

  Con fecha 15 de julio de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el oficio Circular número 18/585/CI-PP1/410/2004, por la cual se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Tecnology y Tecnología, S.A. de C.V., de la citada Circular se aclara que la denominación correcta de la empresa es Trilogy y Tecnología, S.A. de C.V.; lo anterior en razón de que todas las referencias que se hicieron en la referida Circular que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2004, como Tecnology y Tecnología, S.A. de C.V.; deben entenderse hechas a la empresa Trilogy y Tecnología, S.A. de C.V.; sin existir variación alguna en la substancia del procedimiento que dio origen a la sanción la cual se ratifica en todas y cada una de sus partes.

  En Coatzacoalcos, Veracruz, a veinte de julio de dos mil cuatro.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Petroquímica Pajaritos, Sociedad Anónima de Capital Variable, José Luis Aldana Licona.- Rúbrica.




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