DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota aclaratoria a la Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Construcciones ICAR, S.A. de C.V., publicada el 21 de julio de 2004   

Viernes 06 de Agosto 2004

NOTA aclaratoria a la Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Construcciones ICAR, S.A. de C.V., publicada el 21 de julio de 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua.- Area de Responsabilidades.- Expediente PSL-010/2003.- Oficio 16/005/0.1.1.-3253/2004.

  NOTA ACLARATORIA A LA CIRCULAR NUMERO 16/005/0.1.1.-2976/2004, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 21 DE JULIO DE 2004, POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA CONSTRUCCIONES ICAR, S.A. DE C.V.

  Con fecha 21 de julio de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Circular número 16/005/0.1.1.-2976/2004 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Construcciones ICAR, S.A. de C.V., la cual en su primer párrafo dice: esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.

  Sin embargo, el periodo de inhabilitación impuesto por el Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua a la citada persona moral, fue por el periodo de nueve meses y no por tres meses como se publicó el día 21 de julio de 2004, por lo que debe decir: esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de nueve meses.

  Atentamente

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 26 de julio de 2004.- Por ausencia del Titular del Area de Responsabilidades, con fundamento en el artículo 74 tercer párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y en términos del oficio de designación número 16/005/0.1.-0904/2004 de fecha 19 de julio de 2004, el Titular del Area de Auditoría Interna del Organo Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua, Alejandro R. de Pando Muñoz.- Rúbrica.


 DIARIO OFICIAL Viernes 6 de agosto de 2004


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