DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 66/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio de los Juzgados Primero, Segundo, Tercero y Décimo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo   

Lunes 15 de Noviembre 2004

ACUERDO General 66/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio de los Juzgados Primero, Segundo, Tercero y Décimo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.

  ACUERDO GENERAL 66/2004, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DE LOS JUZGADOS PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y DECIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

  SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  TERCERO.- El artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón, el Consejo de la Judicatura Federal estima necesario realizar el cambio de domicilio de los juzgados primero, segundo, tercero y décimo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, así como de la Oficina de Correspondencia Común de los juzgados de Distrito en el Estado de Sonora con residencia en Hermosillo, con la finalidad de concentrar en un solo inmueble a todos los juzgados de Distrito de la sede.

  En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

  PRIMERO.- Se autoriza el cambio de domicilio de los juzgados primero, segundo, tercero y décimo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, así como de la Oficina de Correspondencia Común de los juzgados de Distrito en el Estado y sede referidos.

  SEGUNDO.- El nuevo domicilio de los órganos jurisdiccionales en cita será el ubicado en Doctor Paliza 44, esquina Londres, colonia Centenario, código postal 83260, Hermosillo, Sonora.

  TERCERO.- El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, iniciará funciones en su nuevo domicilio el quince de noviembre de dos mil cuatro. El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, iniciará funciones en su nuevo domicilio el dieciséis de noviembre de dos mil cuatro. Mientras que los juzgados primero y décimo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, así como la Oficina de Correspondencia Común de los juzgados de Distrito en el Estado de Sonora con residencia en Hermosillo iniciarán funciones en su nuevo domicilio el veintidós de noviembre de dos mil cuatro.

  CUARTO.- A partir de las fechas señaladas en el punto que antecede toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales en cita, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el punto segundo de este acuerdo.

  QUINTO.- Los juzgados primero, segundo, tercero y décimo de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, conservarán su denominación, competencia y jurisdicción territorial.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

  SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  LA LICENCIADA GUADALUPE M. ORTIZ BLANCO, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 66/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo al Cambio de Domicilio de los Juzgados Primero, Segundo, Tercero y Décimo de Distrito en el Estado de Sonora, con Residencia en Hermosillo, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión de diez de noviembre de dos mil cuatro, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Adolfo O. Aragón Mendía, Constancio Carrasco Daza, Elvia Díaz de León D Hers, y Miguel A. Quirós Pérez.- México, Distrito Federal, a diez de noviembre de dos mil cuatro.- Conste.- Rúbrica.


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